ACTA Nº 37-2010
  
Sesión ordinaria  celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del veintinueve  de abril de dos mil diez, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio  Sobrado González, quien preside, las señoras Magistradas Eugenia María Zamora  Chavarría y Zetty María Bou Valverde y los señores Magistrados Max Alberto Esquivel Faerron y Mario Seing Jiménez.
ARTÍCULO PRIMERO.  APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR.
  Se  leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
  ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE  ADMINISTRACION DE PERSONAL.
  A)  Colaboración de  oficiales de seguridad para el Traspaso de Poderes 2010-2014. Del  señor Alejandro Bermúdez Mora, Jefe a.i. de la Oficina de Seguridad Integral,  se conoce oficio n.º SI-166-2010 del 26 de abril de 2010, mediante el cual  literalmente manifiesta:
  "Con base en el Oficio UEI OP 062-2010, mediante el  cual se solicita la colaboración de este Tribunal para que facilite diez  oficiales de seguridad, en razón del Traspaso de Poderes 2010 – 2014, se eleva  dicha gestión a conocimiento de esta instancia superior para lo que a bien  tenga disponer.".
  De  la señora Grettel Amador Rojas, Encargada del Área de Prevención y Salud  Ocupacional del Departamento de Recursos Humanos y del señor Roger Pérez  Godínez, Profesional de Salud Ocupacional de dicha Área, se conoce  conjuntamente oficio n.º PRESAL-042-2010 del 26 de abril de 2010, recibido el  día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente  manifiestan:
  "En atención a un correo electrónico enviado por el  señor Alexander Matarrita a continuación se detalla el criterio que priva, en  relación a la cobertura de la póliza de riesgos del trabajo para los oficiales  de seguridad integral que asistirán al traspaso de poderes en funciones atinentes  al puesto y custodia de los señores magistrados.
  Desde  un punto de vista de Salud Ocupacional y de acuerdo a las disposiciones  consignadas en los artículos 195 y 196 en (sic) la Ley de Riesgos del Trabajo del  ordenamiento jurídico costarricense:
  Los funcionarios de seguridad integral que participarán  en el evento de traspaso de poderes el día 8 de mayo, siempre y cuando realicen  labores de seguridad y sigan las órdenes de sus superiores, se encuentran  cubiertos por la póliza de riesgos del trabajo de la institución.
  Lo anterior con el fin de salvaguardar la salud de los  funcionarios del TSE, público en general y cumplir con todo lo establecido en  la Ley de Riesgos del Trabajo y la normativa nacional en Salud  Ocupacional.".
  De los funcionarios José Pacheco Barquero, Diego García  Granados, Luis Cruz Rodríguez y Álvaro Gutiérrez Ugarte, se conoce asimismo  memorial del 26 de abril de 2010, recibido el día siguiente en la Secretaría de  este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:
  "En atención al Oficio OP 062-2010, relacionado con  la participación del Tribunal Supremo de Elecciones en el acto del Traspaso de  Poderes que se llevará a cabo el 8 de mayo, nosotros los abajo firmantes  estamos anuentes a colaborar con la Institución y con el Estado en la seguridad  de la actividad protocolaria programada con ocasión de este magno evento, y a  no cobrar emolumento alguno por tal servicio.".      
Se dispone: Autorizar  a los funcionarios que a continuación se enlistan para que laboren en el  operativo de seguridad del traspaso de poderes 2010-2014 que se celebrará el 08  de mayo próximo:
Funcionario (a)  | 
    Número de cédula  | 
  
Álvarez Ramírez Leonel  | 
    3-0257-0599  | 
  
Carmona Badilla Andrés  | 
    1-1213-0293  | 
  
Cruz Rodríguez Luis  | 
    6-0195-0326  | 
  
Chavarría Jiménez Giovanni  | 
    1-0628-0125  | 
  
García Granados Diego  | 
    1-0756-0586  | 
  
Gutiérrez Ugarte Álvaro  | 
    2-0532-0265  | 
  
Matarrita Saborío Alexander  | 
    1-0756-0979  | 
  
Pacheco Barquero José  | 
    9-0047-0578  | 
  
Poveda Solórzano Richard  | 
    6-0202-0178  | 
  
Ramírez Ugalde Rose Mary  | 
    1-1102-0461  | 
  
Para  lo que corresponda, tome nota el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
  B) Renuncia del funcionario Jorge Vargas Mora. Del  señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce  oficio n.º  RH-0900-2010 de fecha 27 de  abril de 2010, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, en el  cual literalmente manifiesta:
  “Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, me  permito elevar a consideración la nota recibida ayer en este despacho que  suscribe el señor Jorge Martín Vargas Mora, Analista de Operación de la Sección  de Analisis, mediante la cual presenta la renuncia a su cargo para acogerse al  beneficio de pensión por el Régimen General de Pensiones Ley Marco (Ley N. 7302  del 15 de julio de 1992).
  El señor Vargas Mora labora para este organismo electoral  desde el 16 de octubre de 1986 y desea que su cese de funciones sea efectivo a  partir del próximo 1° de junio de 2010, motivado para ello en la resolución  número DNP-OA-1148-2010 que emitió la Dirección Ejecutiva de la Dirección  Nacional de Pensiones a las nueve horas del 25 de marzo de 2010.
  Además, solicita el pago tanto de las prestaciones legales  que pudieran corresponderle de acuerdo con la legislación laboral vigente, como de las vacaciones que no haya disfrutado a la fecha de su retiro.”.
  Se dispone: Se tiene por  presentada la renuncia del señor Jorge Martín Vargas Mora, a quien se le dan  las gracias por los servicios prestados por tantos años a este Tribunal,  deseándole el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida. Proceda  oportunamente la Contaduría a realizar los cálculos de rigor para el pago de  las prestaciones legales que pudieran corresponderle, así como de las  vacaciones a que tenga derecho a la fecha de su retiro, cuyo informe trasladará  oportunamente al Departamento Legal, para la confección del respectivo proyecto  de resolución. ACUERDO FIRME. 
  C) Nombramientos por sustitución ó en plazas de Servicios  Especiales. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del  Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0902-2010 de fecha 28  de abril de 2010, recibido ese día en la Secretaría del despacho, en el cual  literalmente manifiesta:
  “Para los efectos consiguientes, me permito someter a  consideración del Tribunal Supremo de Elecciones los oficios que han remitido a  este departamento diferentes jefaturas de la institución, mediante los cuales  solicitan que se nombren funcionarios interinos para llenar plazas que por  diferentes motivos se encuentran temporalmente vacantes o que fueron incluidas  en el presupuesto dentro de la subpartida de Servicios Especiales.  El detalle es el siguiente:
OFICINA  | 
      NÚMERO Y CLASE  | 
      CONDICION DE LA PLAZA  | 
      CANDIDATO Y PERIODO DEL NOMBRAMIENTO  | 
    
Dirección General de Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos  | 
      353743, Profesional de Gestión  | 
      Plaza de cargos fijos que ha quedado vacante en virtud del ascenso interino de su propietario, señor Osvaldo Muñoz Pinkay, a una plaza de Profesional Especializado.  | 
      Kattia Segura Villegas,   | 
    
Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos  | 
      101901, Profesional de Gestión  | 
      Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior.  | 
      Alejandra Peraza Retana,  | 
    
Secretaría del Tribunal  | 
      104977, Coordinador de Apoyo  | 
      Plaza de cargos fijos que el Tribunal recién aprobó reasignar de Auxiliar de Operación a Coordinador de Apoyo en el Archivo del TSE y trasladarla a la Secretaría del Tribunal.  | 
      Ramón Morera Gil,  | 
    
Secretaría del Tribunal  | 
      353554, Oficial de Servicios Generales  | 
      Plaza de Servicios Especiales que el Tribunal Supremo de Elecciones, según consta en oficio número STSE-1048-2010 del pasado 23 de abril, dispuso que fuera utilizada en la Secretaría del TSE  | 
      Edwin Chaves Quesada,  | 
    
Secretaría del Tribunal  | 
      47878, Auxiliar de Servicios Generales  | 
      Plaza de cargos fijos que quedaría temporalmente vacante en virtud del anterior movimiento. Presupuestariamente esta plaza pertenece a la Sección de Servicios Generales, pero desde hace varios años está ubicada físicamente en la Secretaría del Tribunal.  | 
      Alberth Monge Elizondo,  | 
    
Oficina de Arquitectura  | 
      101912, Profesional Especializado  | 
      Plaza de Servicios Especiales dispuesta para un Ingeniero Mecánico.  | 
      Manuel Corella Vargas,  | 
    
Sección de Archivo  | 
      45534, Auxiliar de Operación  | 
      Plaza de cargos fijos que ha quedado vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria, señora Marlene Cárdenas Amaya, a una plaza de Asistente de Operación en la Sección de Análisis  | 
      Luis Ángel Rosales Rojas,  | 
    
Sección de Inscripciones  | 
      349946, Auxiliar de Operación  | 
      Plaza de cargos fijos que ha quedado nuevamente vacante en virtud del traslado de su anterior ocupante interino a otro puesto de Servicios Especiales en la Dirección General del Registro Electoral.  | 
      Geiner Díaz Méndez,  | 
    
Todos los candidatos que se proponen forman parte del  registro de elegibles para ese tipo de plazas o bien han acreditado el cumplimiento de los requisitos que  establece el Manual Descriptivo de  Puestos, siendo que además cuentan con interés y disponibilidad para los  eventuales nombramientos interinos. 
  Si  el Superior no tiene objeciones, las personas que han sido recomendadas se  nombrarían con fundamento en los artículos 9, 22 y 25 del reglamento a nuestra  Ley de Salarios, lo que se haría en los puestos, oficinas y por los períodos  que se citan en el cuadro anterior. Puede apreciarse que las presentes solicitudes cuentan con el respectivo visto bueno de  sus superiores jerárquicos. En el caso de las cadenas producto de movimientos  originados por plazas de “Servicios Especiales”, salvo superior criterio se  recomienda que los nombramientos involucrados se mantengan vigentes, por  razones presupuestarias, hasta el 31 de diciembre de 2010.”. 
  Se dispone: Aprobar los  nombramientos interinos propuestos, de conformidad con lo dispuesto por los  artículos 9, 22, y 25  del Reglamento a  la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y  del Registro Civil, bajo el entendido según el  cual las eventuales prórrogas deben ser expresamente acordadas por este  Tribunal.  ACUERDO FIRME.
  D) Permiso solicitado por la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del  Registro Civil. De la señora Marisol Castro Dobles,  Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.º DGRC-0239-2010 del  28 de abril de 2010, recibido el mismo día en la Secretaría  de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
  "En relación al permiso otorgado por el Tribunal Supremo  de Elecciones para que la suscrita participara en el simposio internacional  Redes Sociales y Derecho, según acuerdo tomado en Sesión Ordinaria No.036-2010, (sic) artículo  segundo, comunicado mediante oficio STSE-1069-2010 de fecha 27 de abril del año  en curso, respetuosamente hago de conocimiento del Superior que el día de hoy  me presenté al Colegio de Abogados para participar en el citado Simposio, (sic) sin embargo el horario fue modificado, lo  que implicaba esperar alrededor de 90 minutos.
  Siendo esto demasiado tiempo, decidí retirarme y regresar  a mis labores en la Institución, por lo que con todo respeto solicito dejar sin  efecto el permiso concedido.".
  Se dispone: 1.-  Incorporar al orden del día. 2.- Conforme se solicita, dejar sin efecto el  permiso concedido. ACUERDO FIRME.
  E) Corrección de itinerario  de viaje. Informa  el señor Magistrado Seing Jiménez que ha recibido el itinerario del viaje que  la próxima semana realizará a Washington D.C., Estados Unidos de América, en el  marco de la Séptima Reunión Interamericana de Autoridades Electorales, titulada  "Promoviendo el Acceso a los Procesos Electorales",  según lo dispuesto en el acuerdo  del artículo sétimo de la sesión ordinaria n.º 029-2010, celebrada por este  Tribunal el 06 de abril de 2010, comunicado mediante oficio n.º STSE-0864-2010  de la misma fecha, y que, en virtud de  dicho compromiso se ausentará del país, en definitiva, del miércoles 05 al  sábado 08 de mayo de 2010, ambos días inclusive. 
  Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Seing  Jiménez. 
  Se dispone: En virtud de lo informado, se corrige el detalle de  dicho viaje, para que se lea de la siguiente manera: 
Nombre completo del funcionario (a)  | 
      Cargo que desempeña  | 
      País (es) a visitar  | 
      Período del viaje  | 
      Objetivos del viaje  | 
      Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación  | 
      Gastos conexos y justificación  | 
    
Mario Seing Jiménez  | 
      Magistrado  | 
      Estados Unidos de América  | 
      05 al 08 de mayo de 2010  | 
      Participación en la Séptima Reunión Interamericana de Autoridades Electorales titulada "Promoviendo el Acceso a los Procesos Electorales"  | 
      Ninguno  | 
      Ninguno  | 
    
  
  Hágase del conocimiento del señor Magistrado Rodríguez  Chaverri, quien sustituirá al señor Magistrado Seing Jiménez durante esos días. ACUERDO FIRME. 
  Reingresa al Salón de Sesiones el señor Magistrado Seing  Jiménez. 
  F) Recargo de funciones en el Departamento de Servicios  Generales. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del  Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-0933-2010 del 29 de  abril de 2010, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal,  mediante el cual literalmente manifiesta:
Enrique Mora Chang, dadas las vacaciones que durante ese  período disfrutaría el Lic. Gustavo Fitoria Mora.
  No  obstante, mediante oficio número SG-383-2010 de ayer se informa que el señor  Fitoria Mora fue incapacitado justamente por ese lapso y que, con la anuencia  de la Dirección Ejecutiva, ha trasladado las vacaciones para la próxima semana,  es decir, del 3 al 7 de mayo.
  De acuerdo con lo anterior, se solicita mantener al señor  Mora Chang como jefe interino de la citada unidad administrativa hasta el 7 de  mayo, lo que se haría ahora bajo la modalidad de recargo de funciones pues la  ausencia del titular del puesto alcanzaría 10 días hábiles.  Para tales efectos, puede apreciarse que la  gestión cuenta con el aval presupuestario de parte de la Dirección Ejecutiva y  del Departamento de Contaduría.". 
  Se dispone: 1.- Incorporar al  orden del día. 2.- Por excepción, aprobar el recargo de funciones conforme se  propone. ACUERDO FIRME.
  G)  Corrección de itinerario de viaje. La señora Magistrada Bou Valverde y el señor Magistrado  Seing Jiménez informan que han recibido el itinerario del viaje que el próximo  mes realizarán a República Dominicana, en el marco de las "Elecciones  Ordinarias Generales Congresionales y Municipales",  según lo dispuesto en el acuerdo  del artículo décimo primero de la sesión ordinaria n.º 016-2010, celebrada por  este Tribunal el 16 de febrero de 2010, comunicado mediante oficio n.º  STSE-0489-2010 de la misma fecha, y que,  en virtud de dicho compromiso se ausentarán del país, en definitiva, del  miércoles 12 al lunes 17 de mayo de 2010, ambos días inclusive. 
  Salen del Salón de Sesiones la señora Magistrada Bou  Valverde y el señor Magistrado Seing Jiménez. 
  Se dispone: En virtud de lo informado, se corrige el detalle de  dicho viaje, para que se lea de la siguiente manera: 
Nombre completo del funcionario (a)  | 
    Cargo que desempeña  | 
    País (es) a visitar  | 
    Período del viaje  | 
    Objetivos del viaje  | 
    Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación  | 
    Gastos conexos y justificación  | 
  
Zetty María Bou Valverde  | 
    Magistrada  | 
    República Dominicana  | 
    12 al 17 de mayo de 2010  | 
    Participación en "Elecciones Ordinarias Generales Congresionales y Municipales"  | 
    Ninguno  | 
    Ninguno  | 
  
Mario Seing Jiménez  | 
    Magistrado  | 
    República Dominicana  | 
    12 al 17 de mayo de 2010  | 
    Participación en "Elecciones Ordinarias Generales Congresionales y Municipales"  | 
    Ninguno  | 
    Ninguno  | 
  
Hágase del conocimiento del señor Magistrado Casafont Odor  y de la señora Magistrada Castro Dobles, quienes por su orden sustituirán al  señor Magistrado Seing Jiménez y a la señora Magistrada Bou Valverde durante  esos días, así como del señor Erick Guzmán Vargas, Prosecretario de este  Tribunal, quien a su vez asumirá la Dirección General del Registro Civil  durante tales fechas. ACUERDO FIRME. 
  Reingresan al Salón de Sesiones la señora Magistrada Bou  Valverde y el señor Magistrado Seing Jiménez. 
  ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS INTERNOS  DIVERSOS.
  Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Luis  Antonio Sobrado González.
  A) Endoso de certificado de inversión. Del  señor Carlos   Alberto Umaña Morales, Contador del Tribunal, se conoce  oficio n.° CONT-302-2010 de fecha 26 de abril de 2010, recibido el día  siguiente en la Secretaría del  despacho, en el cual manifiesta literalmente:
  “La empresa “E  S CONSULTORIA Y CONSTRUCCION S.A (sic)” solicita la devolución  de la garantía de participación que se  sirvieron presentar (sic) para la licitación N° (sic) 2008LA-000423-85002 que  consiste en un certificado de inversión N° (sic)62202991 del Banco de Costa  Rica por un monto de un mil setecientos nueve dólares con 92/100, según recibo  de garantía de participación N° (sic)329.
  En razón de lo anterior se solicita el endoso a favor de  la citada empresa por parte del señor Magistrado Presidente.
  No se omite manifestar que el certificado se encuentra en  custodia en esta Contaduría en espera de la aprobación de endoso solicitado.”. 
  Se dispone: Autorizar  al señor Magistrado Presidente de este Tribunal para que efectúe el endose  conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
  Reingresa al Salón de Sesiones el señor Magistrado Luis  Antonio Sobrado González. 
  B)  Informe relativo a suscripción de convenio de confidencialidad con RACSA. De  la señora Mary Anne Mannix Arnold,  Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.º DL-222-2010 del 27 de  abril de 2010 al cual -según lo ordenado en los acuerdos de los artículos  cuarto y tercero, respectivamente, de las sesiones ordinarias n.º 027-2010 y  032-2010, celebradas por su orden el 23 de marzo y el 13 de abril de 2010-  adjunta informe relativo a la suscripción de un convenio de confidencialidad de  información sensible con la empresa Radiográfica Costarricense S.A. (RACSA), en  el cual recomienda:
  "Por lo expuesto, resulta improcedente suscribir un  convenio de confidencialidad sin que éste cuente con el respaldo de acto  administrativo que establezca, de forma clara y precisa los alcances y  objetivos de la asesoría técnico (sic) que se recibirá de la empresa Radiográfica  Costarricense S.A. (RACSA), para la estructuración de la red institucional, que  es lo que, en definitiva justificaría que personal de dicha empresa se  encuentre en el Tribunal y entre en contacto con información sensible y  privada.".      
  Se dispone: Tener  por rendido el informe, cuya recomendación se acoge. Hágase del conocimiento de  la Dirección Ejecutiva y del Departamento de   Tecnologías de Información y Comunicaciones. ACUERDO FIRME. 
  ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS RELATIVOS A LA  CONTRALORIA ELECTORAL.
  A) Informe sobre la recomendación 7.2, del informe final del  señor Jaime Madriz, como Contralor Electoral del T.S.E. Del  señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de  Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.º DGRE-0368-010 (sic)  del 23 de abril de 2010, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 26 de  abril de 2010, mediante el cual literalmente manifiesta:
  "Previo un cordial saludo y en atención a lo  dispuesto por el Superior en Sesión Ordinaria n° 014-2010, oficio  STSE-0391-2010, en donde se le solicita al suscrito rendir un informe sobre la  recomendación 7.2, consignada en el informe final del señor Jaime Madriz como  Contralor Electoral del Tribunal Supremo de Elecciones, sobre el particular me  permito informar lo siguiente; en lo que respecta a la División Territorial  Electoral y la recomendación de mantener su domicilio en la Contraloría  Electoral, ésta Dirección considera oportuno analizar dicha recomendación al  tenor (sic) de la coyuntura histórica en la que nos encontramos respecto a la  gestiones que se están ultimando para el inicio y pronta implementación del  proyecto denominado Sistema de Información Geográfica Electoral (SIGE). 
  Este proyecto tiene como uno de sus pilares, el  establecimiento de un sistema integral o unidad especializada en el uso de la  data geográfica, que dentro de sus principales funcionalidades tendría por  premisa el manejo, actualización y mejora de la División Territorial Electoral.  A manera de antecedente resulta importante traer a colación que el Superior en  Sesión Ordinaria n° 10-2010 aprobó el estudio técnico-financiero elaborado por  el la (sic) Oficina de Proyectos Tecnológicos en donde se avaló la propuesta de  establecer un Sistema de Información Geográfica aplicable al ámbito electoral.  Dentro de las recomendaciones incluidas en dicho estudio se solicitaba la  contratación de un consultor experto en el área de planeamiento de Sistemas de  Información Geográficos, cuya responsabilidad consistiría en coordinar junto  con el equipo interdisciplinario que se establecerá a partir de mayo, el  planeamiento y ejecución de cada una de las etapas del desarrollo del  proyecto.  
  Así las cosas, este equipo de trabajo tiene como una de  sus primeras y más importantes responsabilidades la realización de un  diagnóstico de las actividades y funciones de los distintos departamentos u  oficinas;  que en el marco de desarrollo  de sus competencias, requieren de modo indefectible y necesario el uso de datos  geográficos, como insumos para la generación de productos informativos de gran  importancia, tales como la determinación y optimización de rutas, en el marco  de un proceso de cedulación ambulante, distribución y recolección de material,  o la actualización de la cartografía que comporta la División Territorial  Electoral. 
  Sobre esta línea de pensamiento este equipo de trabajo  tendrá además por responsabilidad el valorar la factibilidad técnica del  establecimiento de una Unidad de Cartografía Electoral;  un ente especializado en el manejo de la data  geográfica que tendría la ventaja de contar con personal capacitado y  herramientas tecnológicas modernas y versátiles, todo lo cual redundaría en el  desarrollo de mejores controles en la administración de recursos (giras); así  como un mayor nivel de precisión y confiabilidad, en los procesos de  modificación y actualización de la División Territorial Electoral. Con la  eventual creación de una unidad especializada en el manejo de la data  geográfica, se daría un paso adelante en materia de planificación y desarrollo  electoral al poder contar con un centro de resolución de consultas, como los  que poseen la ONPE en Perú o el IFE en México, que a su vez supliría de insumos  y productos informativos (cartografía, informes técnicos, listados de control)  a las distintas dependencias que así lo requieran.
  Finalmente, y en virtud de las razones antes expuestas,  el suscrito considera importante que tanto la recomendación de la creación de  una unidad especializada en el manejo de la data geográfica, como un eventual  cambio en la domiciliación de la División Territorial Electoral, se suscriban  al ámbito de competencia del grupo de trabajo y el consultor experto que  iniciarían funciones en el segundo semestre del presente año, esto por cuanto  se considera que la dilucidación de estos aspectos son y serían por su  naturaleza, parte de las competencias que deberían de atender los profesionales  ligados al desarrollo de este proyecto. Así las cosas, se recomienda al  Tribunal que la formulación y actualización de la División Territorial Electoral  se mantenga en la Contraloría Electoral, hasta que se conozca el criterio  técnico que sobre el respecto emitiría el citado grupo de trabajo.".      
  Se dispone: Tener  por rendido el informe, cuya recomendación se acoge. La propia Dirección  General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos  informará oportunamente a este Tribunal sobre el particular. ACUERDO FIRME.
  ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.
  A) Informe de observación de  la Centésima Segunda Asamblea General Ordinaria del colegio de Licenciados y  Profesores en Letras, Filosofía, Ciencias y Arte. Del  señor Rodolfo Delgado Rojas y de la señora Elizabeth Quirós Meza, funcionarios  de la Oficina de Proyectos Tecnológicos, se conoce oficio n.° PTE-058-2010 de  fecha 26 de abril de 2010, recibido el día siguiente en la Secretaría del  despacho, en el cual literalmente manifiestan:           
  “De  conformidad con lo dispuesto en el oficio STSE-0527-2010 del 19 de febrero del  año en curso, mediante el cual informa la designación para que asista como  observador a la Centésima Segunda Asamblea General Ordinaria organizada por el  Colegio de Licenciados y Profesores en Letras, Filosofía y Artes (sic) a  realizarse el día sábado 27 de marzo de 2010, para elegir cinco miembros de la  Junta Directiva de ese Colegio, me permito rendir informe sobre nuestra  participación. 
  Conforme le había mencionado de  antemano, el día de la elección tenía programada una actividad en las primeras  horas de la mañana, por lo cual, en calidad de funcionaria  de esta unidad administrativa y encargada de  la Acción Estratégica de Voto Electrónico, solicité la colaboración de la  señora Elizabeth Quirós Meza, quien se integró a partir de las 10:00  horas. El suscrito ingresó a las 11:30 horas.  Nos recibió el señor Ricardo Esquivel Ugalde, Presidente del Tribunal  Electoral, quien dio una amplia explicación del proceso, los puestos a elegir y  todas las facilidades para desplegar nuestro trabajo de observación.  
  Al ingreso de las instalaciones,  todas las tendencias de los candidatos tenían un amplio despliegue de  propaganda.  El recinto para emitir el  voto estaba bien custodiado con varios controles de ingreso por parte del  Tribunal Electoral, que tenía destacados una cantidad importante de  funcionarios dirigiendo a las personas a las urnas de votación.  
  El sistema fue creado por  funcionarios de la Caja Costarricense del Seguro Social, este sistema se le  alquiló a COLYPRO, le hicieron las adecuaciones para la elección que  realizarían.   Consta de dos equipos uno  en el que se descarga al elector del padrón y el otro en donde se emite el  voto. Los puestos a escoger eran presidencia, fiscalía, prosecretaría, vocalía  I y vocalía III. Las urnas de votación estaban ubicadas en un salón bastante  amplio con todas las facilidades, se instalaron 12 urnas electrónicas, ubicadas  de 2 en 2. Cada recinto contaba con una microcomputadora (teclado, monitor,  mouse y cpu, conectada a un servidor) manipulada por un representante de la  CCSS, el elector presentaba su cédula de identidad, el miembro de mesa digitaba  la cédula y se descargaba del padrón, este padrón estaba en línea. Si el  elector intentaba  acreditarse nuevamente  no lo podía hacer, pues el sistema no se lo permitía.  
siguiente papeleta y así  sucesivamente. Al final se imprime el comprobante con la elección, el elector  lo revisa y lo deposita en una urna. 
  A la (sic) 13:00 horas  concluyó la elección y procedieron a cerrar el sistema, con el fin de que nadie  pudiera acceder al mismo y se procedió a realizar el escrutinio electrónico. En  presencia del encargado de elecciones y el presidente del Tribunal, el  encargado del servidor realiza una revisión del sistema e imprime el resultado  final.  En el lugar se revisa si no hay  empate, ya que si existiera, se abre nuevamente la votación con el fin de  desempatar. Posteriormente se recogen las urnas con los comprobantes y las  colocan en un área segura. Una vez acomodadas se procede a abrirlas y colocar  los comprobantes en sobres rotulados con el número de mesa. 
  A las 14:00 horas en la Asamblea  General se hace público el resultado de la elección. 
  Durante el proceso fuimos  entrevistados por la periodista de la institución, quien entre otras cosas  estaba interesada en el motivo de nuestra visita.  Se comentó también las metas que tiene el  Tribunal en cuanto al desarrollo del Proyecto de Voto Electrónico. 
  Observaciones: aspectos relevantes  para destacar.
  Falta secretividad  a la hora de emitir el voto, ya que no  existía un recinto secreto. 
  En el comprobante se reflejaba la  hora, por lo que sería importante por razones de seguridad eliminarla. 
  Conclusiones. En términos  generales el proceso se desarrolló en un ambiente que facilitó la participación  de los electores.
  Recomendaciones. Revisar  la ubicación de las urnas, a efecto de que el  elector tenga más garantía en cuanto a la secretividad (sic) de su  voto.”.
  Se dispone:  Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, el  cual se pondrá en conocimiento del Tribunal Electoral del Colegio de  Licenciados y Profesores en Letras, Filosofía, Ciencias y Artes. ACUERDO FIRME.
  ARTÍCULO  SEXTO. ASUNTOS  RELACIONADOS CON LA COMISION NACIONAL PARA EL MEJORAMIENTO DE LA ADMINISTRACION  DE JUSTICIA (CONAMAJ).
  A) Agradecimiento y solicitud de colaboración de la  Comisión Nacional para el Mejoramiento de la Administración de Justicia. Del  señor Magistrado Román Solís Zelaya, Presidente de la Comisión Nacional para el  Mejoramiento de la Administración de Justicia, se conoce oficio n.°  of-90-CONAMAJ-110 de fecha 15 de abril de 2010, dirigido al señor Magistrado  Presidente de este Tribunal y recibido el 27 de abril en la Secretaría del despacho,  en el cual literalmente manifiesta: 
  
  “En el marco de cooperación interinstitucional establecida  entre el Tribunal Supremo de Elecciones y el Poder Judicial, a través de  Conamaj, agradecemos la valiosa colaboración que hemos recibido para la  facilitación del proceso de construcción de la política institucional de  comunicación, materializada con el liderazgo de la Licda. Ana María Jiménez  Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación.
  Desde agosto del 2009, la Licda. Jiménez ha aportado a este  proceso con su amplio conocimiento profesional y académico, nutriéndolo además  de la experiencia que en este campo ha tenido el Tribunal. 
  Gracias a su facilitación, los y las comunicadores  institucionales del Poder Judicial han podido diagnosticar la gestión de  comunicación, profundizar teóricamente en el tema, conocer diferentes  paradigmas y elaborar los primeros capítulos de la política de comunicación.
  Aspiramos a que en este 2010 concluyamos la redacción,  presentación y publicación de la política de comunicación. Para esta última  etapa del proceso, de la manera más atenta, solicito la continuidad de esta  cooperación interinstitucional que hemos recibido del Tribunal en la persona de  la Licda. Ana María Jiménez Rodríguez.”.
  Se dispone: Agradecer las  manifestaciones del señor Magistrado Solís Zelaya y comunicarle que este  Tribunal gustosamente accede a que la señora Ana María Jiménez Rodríguez  continúe colaborando con esa Comisión en el desarrollo de la política de  comunicación que ha emprendido el Poder Judicial. Hágase del conocimiento de la  señora Jiménez Rodríguez lo manifestado por el Magistrado Solís Zelaya y tome  nota la Secretaría para lo que corresponda. ACUERDO FIRME.
  ARTÍCULO SÉTIMO. INFORMES DE LOS SEÑORES  MAGISTRADOS.
  Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Luis  Antonio Sobrado González.
  A) Informe relativo a la primera reunión relacionada con  el “Proyecto de Sistematización de las  Sentencias Judiciales en Materia Electoral para facilitar la actuación de las  Instituciones Jurisdiccionales en América Latina”. Del  señor Magistrado Presidente, Dr. Luis Antonio Sobrado González y de la señora Arlette Bolaños Barquero,  Asistente Legal y Coordinadora del Servicio de Sistematización e Información de  Jurisprudencia y Normativa, se conoce memorial del 26 de abril de 2010,  recibido el día siguiente en la Secretaría  de este Tribunal, mediante el cual rinden informe relativo a la primera reunión  -celebrada el 13 de abril de 2010 en Washington D.C., Estados Unidos de  América- relacionada con el proyecto de "Sistematización de las Sentencias Judiciales en Materia Electoral para  facilitar la actuación de las Instituciones Jurisdiccionales en América Latina",  el cual está siendo implementado entre el Departamento para la Cooperación y  Observación Electoral de la Secretaría  de Asuntos Políticos de la Organización de Estados Americanos y el Tribunal  Electoral del Poder Judicial de la Federación de México.
  Se dispone: Tener  por rendido el informe que se conoce. Conforme se sugiere, proceda la  Secretaría de este Tribunal a externar a la Organización de Estados Americanos  el agradecimiento por las atenciones brindadas. ACUERDO FIRME.
  Reingresa  al Salón de Sesiones el señor Magistrado Presidente Sobrado González.
  ARTÍCULO OCTAVO. CONSULTA LEGISLATIVA DE  PROYECTOS DE LEY.
  A) Consulta legislativa del proyecto  de “Ley de Fortalecimiento del Centro  Costarricense de la Ciencia y la Cultura, Museo de los Niños, Complejo Juvenil,  Galería Nacional y Auditorio Nacional”. De  la señora Ana Lorena Cordero Barboza, Jefa de Área de la Asamblea Legislativa,  se conoce nuevamente oficio n.º CPAS-399-17284 del 22 de abril de 2010,  recibido el mismo día -vía correo electrónico- en la Secretaría  de este Tribunal, dirigido al señor Magistrado Presidente, Dr. Luis Antonio  Sobrado González, mediante el cual literalmente manifiesta:
  "La Comisión Permanente de Asuntos Sociales  consulta el criterio de la institución a su cargo para el proyecto “Ley de Fortalecimiento del Centro  Costarricense de la Ciencia y la Cultura, Museo de los Niños, Complejo Juvenil,  Galería Nacional y Auditorio Nacional”, Expediente N.º 17284, publicado en  la (sic) Gaceta N.º 62 del 30 de  marzo de 2009, el cual se adjunta, cuyo plazo de respuesta es de ocho días  hábiles. Vencido ese plazo, la Comisión asumirá que no tiene objeciones que  hacer al proyecto.".   
  Se dispone: 1.-  Incorporar al orden del día. 2.- Contestar la consulta formulada en los  siguientes términos:
  Consideraciones preliminares
  El  artículo 97 de la Constitución Política dispone que, tratándose de la discusión  y aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral, la Asamblea  Legislativa deberá solicitar al Tribunal Supremo de Elecciones su criterio. Por  su parte, el artículo 12 inciso n) del Código Electoral, establece como función  propia de este Tribunal, evacuar las consultas que el órgano legislativo  realice al amparo del artículo 97 constitucional.
  En  punto a la interpretación de lo que debe considerarse “materia electoral”, este Tribunal ha entendido que al decir la  Constitución Política “actos relativos al  sufragio”, no sólo comprende los propios de la emisión del voto, sino todos  aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes electorales y que,  directa o indirectamente, se relacionen con el proceso electoral.
  Sobre el proyecto de ley objeto de consulta
  Como  se indicó, la Comisión Permanente de Asuntos Sociales de la Asamblea  Legislativa, somete en consulta a este Tribunal el texto del proyecto "Ley de Fortalecimiento del Centro  Costarricense de la Ciencia y la Cultura, Museo de los Niños, Complejo Juvenil,  Galería Nacional y Auditorio Nacional", expediente n.º 1728.
  Mediante  el proyecto de ley lo que se pretende es "[…] preservar la gran labor que a favor de la niñez costarricense  desarrolla la Fundación Ayúdenos para Ayudar, logrando garantizar las  condiciones financieras, operativas, y de seguridad jurídica que requiere esta  fundación para seguir prestando su valiosa labor […]". En concreto, lo  que se busca es fortalecer el Centro Costarricense de la Ciencia y la Cultura,  administrado por la citada fundación y que se ubica en la antigua Penitenciaría  Central de San José. 
  El  proyecto propone, entre otros extremos, una autorización -no una  obligación-  para que las entidades  públicas puedan aportar dinero, ceder bienes y destacar o trasladar recursos  humanos a fin de coadyuvar al logro de los objetivos y programas del Centro  Costarricense de la Ciencia y la Cultura.
  Este  Tribunal ve con agrado la propuesta para fortalecer el Centro Costarricense de  la Ciencia y la Cultura, que en tanto ha contribuido al desarrollo cultural e  intelectual de niños y jóvenes costarricenses. Sin embargo, de la lectura y  análisis del texto del proyecto de ley consultado, no se advierte que este  contenga disposición alguna que haga referencia o pretenda regular en ningún  modo actos relativos al sufragio, o bien disposiciones que directa o  indirectamente se vinculen con el proceso electoral o incidan en las labores de  Administración Electoral que ejerce este Tribunal, como encargado de organizar  y arbitrar los procesos electorales.
  Por  las razones expuestas, en virtud de que la propuesta legislativa resulta  totalmente ajena al Derecho Electoral y al giro competencial de estos  organismos electorales, este Tribunal estima improcedente emitir su criterio  respecto a la iniciativa legislativa consultada. ACUERDO FIRME.”.
  A las doce horas terminó  la sesión.
 
 Luis Antonio Sobrado González  | 
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 Eugenia María Zamora Chavarría  | 
    
 
 Max Alberto Esquivel Faerron  | 
  
 
 Mario Seing Jiménez  | 
    
 
 Zetty María Bou Valverde  |