ACTA Nº 96-2009

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del veinticuatro de setiembre de dos mil nueve, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, los señores Magistrados Max Alberto Esquivel Faerron y Mario Seing Jiménez, y la señora Magistrada Zetty Bou Valverde.

 ARTÍCULO PRIMERO.APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.

Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO.ASUNTOS DE ADMINISTRACION DE PERSONAL.

A) Ascenso en propiedad del funcionario Mario Alberto Retana Martínez, en la Sección de Inscripciones.Del señor Erick Guzmán Vargas, Director General a.i. del Registro Civil, se conoce resolución n.° DGRA-0065-2009 de las catorce horas con quince minutos del diecisiete de setiembre de dos mil nueve, recibida el 22 de setiembre en la Secretaría de este Tribunal, mediante la cual se dispone ascender en propiedad a partir del próximo 1° de octubre, al servidor Mario Alberto Retana Martínez, Auxiliar de Operación de la Sección de Inscripciones, al cargo de Asistente de Operación que ha quedado vacante en esa misma Unidad Administrativa, dado el ascenso en propiedad de la servidora Nancy Avendaño Infante.

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

B) Ascenso en propiedad del señor Federico Quirós Coronado, en la Sección de Cédulas.Del señor Erick Guzmán Vargas, Director General a.i. del Registro Civil, se conoce resolución n.° DGRA-0064-2009 de las catorce horas del diecisiete de setiembre de dos mil nueve, recibida el 22 de setiembre en la Secretaría de este Tribunal, mediante la cual se dispone ascender en propiedad a partir del próximo 1° de octubre, al servidor Federico Quirós Coronado, Asistente de Operación de la Sección de Cédulas, al cargo de Técnico de Operación, vacante en esa misma Unidad Administrativa, en sustitución del señor Marcos Bogarín Quesada, quien fue ascendido a una plaza de Coordinador de Apoyo a partir del 16 del mes en curso.

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

C) Recargo de las funciones de Contralor de Servicios.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1682-2009 del 22 de setiembre de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, en el cual manifiesta literalmente:

“Para lo que a bien tenga resolver el Tribunal Supremo de Elecciones, me permito elevar a consideración el oficio número CS-0377-2009 recibido hoy en este despacho y suscrito por el Lic. Jonnathan González León, Asistente de la Contraloría de Servicios, mediante el cual informa que el Lic. Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios, fue incapacitado por la Caja Costarricense de Seguro Social del 14 de setiembre al 14 de octubre del presente año.

En virtud de lo anterior, se solicita autorización para que durante la ausencia del señor Contralor de Servicios, sus funciones se recarguen en el Lic. González León, quien en otras oportunidades ha asumido esa responsabilidad.

Puede apreciarse que la gestión cuenta con la anuencia del señor Secretario del Tribunal y con el aval presupuestario de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría.”.

Se dispone: Aprobar el recargo de funciones a partir de la firmeza del presente acuerdo. ACUERDO FIRME.

D) Solicitud para que se autorice el nombramiento del funcionario Elmer Fonseca Abarca, como Delegado ad honorem. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral, se conoce oficio n.° CPE(sic)-594-2009 del 17 de setiembre de 2009, recibido el 22 de este mes en la Secretaría del despacho, en el cual manifiesta literalmente:

“La licenciada Katia Zamora Guzmán, Encargada del Programa de Impresión de Papeletas, mediante oficio No. PIP-010-2009, indica que el programa que tiene a su cargo ha contado con la valiosa colaboración del señor Elmer Fonseca Abarca, quién recientemente se acogió a su pensión. Indica la señora Zamora Guzmán, que el señor Fonseca Abarca ha logrado acumular una gran experiencia, específicamente en la actividad de confrontación de papeletas, además el señor Fonseca Abarca ha manifestado su anuencia en colaborar con la Institución en forma voluntaria.

En virtud de lo anterior, la señora Zamora Guzmán solicita que se designe alseñor Fonseca como delegado ad-honorem del Tribunal, para los procesos electorales de febrero y diciembre del 2010.

Al respecto, este despacho no tiene objeción en que el señor Elmer Fonseca Abarca se nombre como delegado ad honorem del TSE, por el contrario, se agrade (sic) profundamente la colaboración de don Elmer, de aportar en forma ad honorem su amplia experiencia en este programa, razón por la cual solicitamos al superior que autorice el nombramiento que se indica.”.

Se dispone: Conforme lo solicita el señor Fernández Masís, se nombra al señor Elmer Fonseca Abarca como Delegado ad honorem de este Tribunal para los procesos electorales de febrero y diciembre de 2010, en el área de confrontación de papeletas. Este Tribunal le da al señor Fonseca Abarca las más expresivas gracias por su gesto generoso y desprendido para con los cometidos de estos organismos electorales. ACUERDO FIRME.

E) Solicitud de nombramiento de diferentes Asistentes de Programas Electorales.Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral, se conoce oficio n.° CPE(sic)-601-2009 del 18 de setiembre de 2009, recibido el 22 de este mes en la Secretaría del despacho, mediante el cual, en virtud de las razones que expone, recomienda la aprobación del nombramiento de los funcionarios que indica en la nómina que detalla, como asistentes que laborarán directamente con los encargados de los respectivos programas electorales y sugiere además, que las designaciones de los funcionarios que trabajan en oficinas diferentes se notifiquen a las respectivas jefaturas. Por último, dada la nueva estructura del Registro Electoral, propone que se designe como encargado del programa de Inscripción de Candidaturas al señor Danilo Chavarría Chavarría, y al señor Carlos Arguedas Chavarría, como su asistente.

Se dispone: Aprobar los nombramientos que propone el Lic. Fernández Masís. Comuníquese según corresponda. ACUERDO FIRME.

F) Informe de reclasificación del puesto de Auxiliar de Operación de la Sección de Inscripciones. Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1115-2009 del 22 de setiembre de 2009, recibido ese día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual se refiere a la solicitud planteada ante su despacho por el señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Jefe de la Sección de Inscripciones, en oficio n.° INS-0704-2009 de fecha 11 de setiembre del año en curso, para que se estudiara la posibilidad de reclasificar la plaza número 86320 de Auxiliar de Operación a Asistente Funcional. De conformidad con los argumentos que se sirve exponer, el Lic. Víquez Jiménez recomienda lo que literalmente se transcribe a continuación:

“(…) Dada la necesidad de que la Sección de Inscripciones cuente con un asistente administrativo que realice, entre otras, las funciones ya mencionadas en este informe, que se reclasifique el puesto vacante número 86320 de la categoría 20, Auxiliar de Operación, a la categoría 13 Asistente Funcional, con un rige a partir del primero de enero de 2010. De acogerse lo anterior, resultará necesario que el Departamento de Recursos Humanos y la Secretaría del Tribunal preparen el proyecto de la resolución respectiva y la remitan a la Dirección General de Presupuesto Nacional a efecto de que se le dé contenido económico con base en la coletilla 180 de la subpartida 00101 "Sueldos para cargos fijos" del subprograma 850-01, que dice: ”Para dar financiamiento a resoluciones de reasignación, asignación y reajustes de salarios, emitidas por la DGSC, Autoridad Presupuestaria, los Poderes y sus Órganos Auxiliares, así como el Tribunal Supremo de Elecciones, producto de estudios individuales de Puestos y reestructuraciones institucionales (a distribuir por resolución administrativa aprobada por la DGPN)".

Se dispone: Aprobar la recomendación que se le formula a este Tribunal. Procedan la Secretaría del despacho y el Departamento de Recursos Humanos según corresponda. ACUERDO FIRME.

G) Sustitución del funcionario Alexander Porras Guerrero por el señor Eric Arias Solano, en la Plaza de Asistente Electoral.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos se conoce oficio n.° RH-1684-2009 del 23 de setiembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“En sesión 086-2009 celebrada el pasado 27 de agosto, oficio número STSE-2785-2009 de esa misma fecha, el Tribunal Supremo de Elecciones dispuso el nombramiento de 68 Asistentes Electorales en plazas de Analista de Operación de Servicios Especiales, entre los cuales está incluido el señor Alexander Porras Guerrero.

Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración el oficio número CPE-606-2009 recibido ayer en este despacho, que suscribe el Lic. Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, mediante el cual solicita -en virtud de los motivos que se sirve exponer- que se sustituya a ese funcionario por el señor Eric Arias Solano, quien actualmente labora en propiedad en un puesto de Auxiliar de Operación en el Departamento Civil.

El candidato que se propone no cumple el requisito académico de dos años aprobados de educación superior que exige el Manual Descriptivo de Puestos para la clase Analista de Operación, motivo por el cual habría que aplicar la misma excepción, contenida en el artículo 25 del reglamento a nuestra Ley de Salarios, que se ha dispuesto con respecto a otros Asistentes Electorales.

En consecuencia, si el Superior no tiene objeciones en relación con la solicitud que formula el señor Director General del Registro Electoral, se hace necesario proceder de la siguiente forma:

a)- Dejar sin efecto el nombramiento del señor Alexander Porras Guerrero como Analista de Operación, según acuerdo adoptado en sesión 086-2009 del 27 de agosto de 2009.

b)- Nombrar como Asistente Electoral, en la plaza número 353529 de Analista de Operación, al señor Eric Arias Solano lo que se haría con fundamento en los artículos 22 y 25 de la normativa antes citada y presupuestariamente regiría del 1° de octubre al 31 de diciembre del presente año.

El señor Arias Solano sería nombrado en forma interina como Analista de Operación de Servicios Especiales, con un salario base de ¢424.700,oo por mes, anualidades a razón de ¢8.876,oo cada una y un 10% de complemento por la responsabilidad en el ejercicio de la función electoral, todo de conformidad con el índice salarial aprobado por el Tribunal para el segundo semestre de este año.”.

Se dispone: Dejar sin efecto el nombramiento del señor Alexander Porras Guerrero como Analista de Operación, según acuerdo adoptado en sesión 086-2009 del 27 de agosto de 2009. Asimismo, nombrar en su lugar como Asistente Electoral en la plaza número 353529 de Analista de Operación, al señor Eric Arias Solano, del 1° de octubre al 31 de diciembre del presente año y de conformidad con los artículos 22 y 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil. ACUERDO FIRME.

H) Préstamo de funcionaria de la Contraloría General de la República. Se dispone: Autorizar al señor Magistrado Presidente, Dr. Luis Antonio Sobrado González, a suscribir el “Convenio de Cooperación Interinstitucional para el Préstamo de Funcionaria entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la Contraloría General de la República”, por intermedio del cual se posibilitará el préstamo de la funcionaria del órgano contralor Fanny Segura Castro a estos organismos electorales del 1º de octubre de 2009 al 31 de marzo de 2010, la cual brindará asesoría a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos en su labor. Una vez suscrito por el Magistrado Presidente, proceda la Secretaría del despacho a remitir el original a la Dirección Ejecutiva para su diligenciamiento. Remítase copia al Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

I) Nombramiento interino de 75 Auxiliares de Operación para reforzar programas electorales. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos se conoce oficio n.° RH-1689-2009 del 24 de setiembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual se refiere a las 75 plazas de Auxiliar de Operación en la subpartida de Servicios Especiales, que fueron incluidas por un lapso de tres meses con el propósito de asignar personal a los diferentes programas electorales que ya han iniciado o están por iniciar actividades, lo mismo que para reforzar a algunas de las oficinas de las cuales se toman funcionarios de experiencia para dichos programas.

En virtud de lo anterior, el señor Carías Mora remite a consideración el oficio n.° DGRE-613-2009 que suscribe el Lic. Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral, a través del cual solicita que se nombre a las personas que a continuación se indican, todas las cuales forman parte del Registro Temporal de Elegibles recién creado por ese departamento con fundamento en lo que señala el artículo 23 del Reglamento a nuestra ley de Salarios, según detalla, indicando además que todos los candidatos cumplen los requisitos que señala el Manual Descriptivo de Puestos para el cargo de Auxiliar de Operación y han manifestado contar con disponibilidad e interés para los posibles nombramientos interinos, siendo que fueron advertidos de la eventual obligación de laborar jornada extraordinaria entre semana o fines de semana, participar en giras de entrega o recolección de material, trabajar el propio día de las elecciones y tener que ejecutar sus funciones en las bodegas que se pretenden alquilar en San Rafael Arriba de Desamparados.

De no haber objeciones, las personas indicadas se nombrarían, con un salario base de ¢315.400,oo por mes, anualidades a razón de ¢ 6.690,oo cada una y un complemento del 10% por la responsabilidad en el ejercicio de la función electoral, todo de conformidad con el índice salarial vigente.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar interinamente, con fundamento en los artículos 22 y 23 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones, y a partir del próximo 1° de octubre y hasta el 31 de diciembre de este año, a las siguientes personas:

 

NOMBRE

NUMERO DE PUESTO

1

Achoy Pérez Jorge

353577

2

Aguilar Durán Carlos

353615

3

Aguilar Fonseca Donald

353618

4

Aguilar Montenegro Antonio Jesús

353614

5

Alemán Arroyo Braulio

353649

6

Alfaro Fonseca Jesús

353642

7

Alvarado Chaves Manrique Alonso

353589

8

Amador Chacón Marco Antonio

353620

9

Arias Chacón Wendy Melissa

353586

10

Artavia Segura Félix Andrés

353653

11

Bacca Trejos Jonathan

353605

12

Barrantes Villalobos Ronald

353596

13

Bonilla García Mauricio

353617

14

Campos Centeno Orlando

353645

15

Carmona Loría Marcela

353606

16

Cascante Solís Luis Gerardo

353613

17

Castillo Porras Luis Jorge

353619

18

Castro Aguilar María Pía

353650

19

Chavarría Mora Richard

353585

20

Díaz Méndez Geiner

353597

21

Espinoza Mendieta Róger

353644

22

Fajardo Solís Maricela

353646

23

Fernández Sánchez Gerardo Esteban

353594

24

González Alvarado Yanixia

353640

25

González Jiménez Oscar Gerardo

353634

26

González Zúñiga Reinaldo

353584

27

Granados Vargas Alejandro Javier

353643

28

Guido Rojas Marcos Vinicio

353635

29

Ledezma Solís Seidy

353603

30

León Castro Alexander

353580

31

Lizano Araya Grettel

353636

32

Lobo Regidor Laura

353637

33

Loría Fonseca Bernal Antonio

353607

34

Martínez Alpízar Randall

353599

35

Mata Zúñiga Diana Vanessa

353578

36

Mejía Estrada Morgan

353602

37

Méndez Cubero Virginia

353641

38

Molina De Bernardi María Fernanda

353604

39

Molina Solís Wilfredo

353616

40

Monge González María Jesús

353612

41

Mora Araya Edwin

353611

42

Mora Flores Jorge Eduardo

353593

43

Mora González Marcela

353598

44

Mora Palacios Roberto

353621

45

Navarrete Solís Oscar José

353639

46

Navarro Vega Juan Pablo

353633

47

Parra Sánchez Leandro

353582

48

Pérez Ugalde Nuria

353638

49

Porras Orellana Paola

353581

50

Quesada Trigueros Geiner

353647

51

Ramírez Calderón Federico Andrés

353588

52

Ramírez Jiménez Rita

353601

53

Rodríguez Araya Mario Andrés

353583

54

Rojas Herrera Melanie

353631

55

Rosales Rojas Luis

353630

56

Ruiz Vargas Keity

353629

57

Saborío Peña Alejandro

353648

58

Salas Artavia Xinia Mayela

353628

59

Sánchez López Karla Vanessa

353627

60

Sancho Paz Mariana

353626

61

Sancho Quirós Marlon Anthony

353625

62

Segura Quirós Cristina

353610

63

Solano Monge Cinthya

353624

64

Soto Sánchez Rosibel

353623

65

Ugalde Piedra Olga Marta

353587

66

Vallejos Abarca Oscar

353600

67

Valverde Saurez Julio Alfonso

353608

68

Valverde Valverde Elizabeth

353595

69

Vargas Rodríguez Julio

353579

70

Vega Díaz Johan Manuel

353632

71

Villagra Gómez Karen

353609

72

Villalobos Sánchez Juan Pablo

353591

73

Villalta Jiménez Ronny

353592

74

Wright Ureña Marva

353590

75

Zamora Bolaños Gabriela

353622

ACUERDO FIRME.

J) Nombramientos interinos por sustitución, o en plazas de Servicios Especiales.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio RH-1685-2009 del 24 (sic) de setiembre de 2009, recibido el 23 de setiembre de 2009 en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual somete a consideración, los oficios remitidos al departamento a su cargo por diversas jefaturas de la institución –los que cuentan con los respectivos vistos buenos de los respectivos superiores jerárquicos–, en los cuales solicitan que se nombren funcionarios interinos en sus oficinas para llenar plazas que por diferentes motivos se encuentran temporalmente vacantes, o que fueron asignadas en la subpartida de Servicios Especiales para el presente año que es preelectoral, conforme lo detalla. Agrega el señor Carías Mora, que todos los candidatos que se proponen forman parte del registro de elegibles para ese tipo de plazas, y cumplen los requisitos que establece el Manual Descriptivo de Puestos para los respectivos cargos, contando además con interés y disponibilidad para los eventuales nombramientos interinos. Asimismo señala que los funcionarios Carlos Hernández Quirós, Álvaro Calvo Flores, Richard Avendaño Romero y Kattia Rojas Madrigal que serían nombrados en el Departamento Civil; Ana Marcela Barrantes Gutiérrez en la Oficina Regional de Alajuela, Ericka Guevara Solano en la Oficina Regional de Cartago, Raúl Alfaro Núñez en la oficina Regional de Grecia y Rugenia Lynch Peterkin en la Oficina Regional de Limón, deben ser autorizados para firmar las certificaciones que se expiden en dichas oficinas, pues ésa será la principal tarea a su cargo en los nuevos puestos de Coordinador de Apoyo. Por último, indica que las personas que han sido recomendadas se nombrarían con fundamento en los artículos 9, 22, 25 y 34 del reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría en los puestos, oficinas y por los períodos que detalla.

Se conoce conjuntamente el oficio RH-1690-2009 con fecha de hoy, suscrito también por el señor Carías Mora, en el cual literalmente manifiesta:

“En oficio número RH-1685-2009 de este despacho, presentado ayer a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones y referido a nombramientos interinos por sustitución o en plazas de Servicios Especiales, se propuso el nombramiento interino de la señora Alejandra Arguedas Barrantes para ocupar una plaza de Asistente de Operación en la Oficina Regional de Alajuela, concretamente para sustituir a la señora Ana Marcela Barrantes Gutiérrez quien a su vez se propone para ser ascendida a un cargo de Coordinador de Apoyo en esa misma sede regional (ver página 11 del referido oficio).

No obstante, me permito solicitar dejar sin efecto tal propuesta, pues por error involuntario incluimos su nombre en nuestro oficio atendiendo la solicitud que en ese sentido formuló el Lic. Walter Villalobos Zúñiga, Jefe de la Oficina Regional de Alajuela, ya que la señora Arguedas Barrantes no logró completar su oferta de servicios y expediente. En el momento en que se subsane tal situación, se podrá tramitar nuevamente la gestión.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- De conformidad con lo dispuesto por los artículos 9, 22, 25 y 34 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, conforme se propone se nombran interinamente a partir del 1° de octubre a los señores Geison Arce Méndez, Melvin Quesada Orozco, Carolina Madrigal Chacón, Lena Jiménez Carvajal, Jennifer Sibaja Sánchez, Rafael Arce Cubero, Alejandra Gutiérrez Morúa, Katty Sing Córdoba, Carlos Marín Jara, Ana Isabel Gutiérrez Castro, Ericka Castillo Jiménez, Carlos Hernández Quirós, Álvaro Calvo Flores, Richard Avendaño Romero, Kattia Rojas Madrigal, Jennifer Montero Cordero, Paola Castro Galeano, Yesenia Fonseca Umaña, Hazel Ulloa Umaña, Maureen Rodríguez Reyes, Johanna Sánchez Garita, Nelsy Fallas Jiménez, Jocelyn Calderón Ramírez, Karla Vanessa Villalobos Coto, Ismael Bustamante Rojas, Adriana Espinoza Sibaja, Gabriela Molina García, Marcela Soto Coto, Gabriela Villalobos Campos, Paola Arguedas Castellón, Andrea Duarte Galarza, Alexis Aguilar Araya, Mónica Murillo Hernández, Edgar Portuguez Salas, Javier Francisco Araya Muñoz, Ligia Jiménez Picado, Susanne Zúñiga Campos, Silvia Montoya Zamora, Ana Rosa Villalobos Alfaro, Jennifer Vicentti Muñoz, Gustavo Garita Arrieta, Flor Viviana Leiva Montero, Olga María Céspedes Rojas, Manrique Sáenz Apestegui, Paulo Valverde Canossa, Henry Castillo Barquero, Alexander Porras Guerrero, Hellen Sánchez Brenes, Carlina Rodríguez Cambronero, Luis Fernando Barquero Segura, Rosa María Cortés Oviedo, Rosa María Mejía Valenzuela, Norman Rodríguez Gamboa, Kimberlyn Suárez Moreira, Lady Salazar Sánchez, Yessenia Álvarez Rojas, Adriana Brenes Sánchez, Cindy Cordero Granados, Oscar Valverde Sánchez, Katherine Calderón Figueroa, Gustavo Arroyo Godínez, Víctor Manuel Zamora Cruz, Mauricio Jiménez Marín, Gustavo Morales Herrera, Erika Moreno González, Gleen Fernández Mora, César Víquez Vargas, Juan José Badilla Artavia, Hazel Marín Campos, Mario Barrantes Aragón, Meilyn Martínez Vargas, Gustavo Calderón Montero, Marcela Marques Hudjins, Allan Chaves Arrieta, Melissa Núñez Castillo, Ana Yanci Obando Barrantes, Vivian Ocampo Hidalgo, Heiner Paniagua Pérez, Alexander Reyes Valverde, Allan Rojas Núñez, Adriana Romero Mora, Steve Salas Campos, Manuel Valerio Freer, Eddy Valverde Campos, Dagoberto Vargas Arguello, Leonardo Villegas Chacón, Ana Marcela Barrantes Gutiérrez, Ericka Guevara Solano, María Bernardita Méndez Aguilar, Nancy Maritza López Rojas, Raúl Alfaro Núñez, María José Valverde Solano, Hilda Yaudeth Salguera Sánchez, Johan Guillén Marín, Rugenia Adina Lynch Peterkin, Jishar Fabián Rojas Anderson, Juan Carlos Sandí Calvo, José Mauricio Bolaños Salas y Yessenia Alfaro Rodríguez; y a partir del 16 de octubre de 2009, a Isaac Castro Quesada y Jonathan Hernández Rodríguez. Asimismo, con fundamento en lo que establece el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a los funcionarios Carlos Quirós Hernández, Álvaro Calvo Flores, Richard Avendaño Romero, Kattia Rojas Madrigal, Ana Marcela Barrantes Gutiérrez, Ericka Guevara Solano, Raúl Alfaro Núñez y Rugenia Adina Lynch Peterkin, para que firmen las certificaciones y constancias que se emitan en las respectivas oficinas en que trabajarán, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial. Para esos efectos regístrense las firmas y los sellos que utilizarán los referidos servidores. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO.ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe sobre la decisión de Acueductos y Alcantarillados de modificar la tarifa de agua. De los señores Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, Gustavo Fitoria Mora, Jefe de la Sección de Servicios Generales, y de la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.º DE-1076-2009 del 9 de setiembre de 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 21 de setiembre de 2009, mediante el cual literalmente manifiestan:

“En atención a lo dispuesto por el Superior en Sesión Ordinaria N° 074-2009 del 4 de agostodel presente año, oficio STSE-2500-2009, referente a que la Dirección Ejecutiva, conjuntamente con el Departamento Legal y la Sección de Servicios Generales, informemosrespecto a las recomendaciones que se estimen procedentes en relación con la decisión del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados de modificar la tarifa de referencia, luego de los análisis de rigor nos permitimos informar lo siguiente:

a) En oficio de la Procuraduría General de la República se concluye que no se encuentra motivo alguno que justifique la interposición de un proceso contencioso administrativo por la actuación desplegada por los funcionarios de Acueductos y Alcantarillados.

b) Con fecha 6 de marzo de este año, la suscrita, Jefa a.i. del Departamento Legal, envió al Superior el oficio DL-088-2009 con las siguientes recomendaciones: “1.- Que se instruya al señor Gustavo Fitoria Mora, Jefe de Servicios Generales, para que continúe con la gestión de independización del servicio de agua del Tribunal del servicio que abastece a la soda institucional y, que, conforme a la recomendación dada por la Subgerencia del AyA, plantee ante dicho instituto una solicitud para que el Tribunal pueda ser incluido en el sector preferencial”.

c) El 29 de agosto Acueductos y Alcantarillados instaló el hidrómetro independiente para el servicio de agua de la soda institucionaly solo resta instalar, por parte del Tribunal,la acometida interna, luego de lo cual el suscritoJefe de Servicios Generales efectuará la petición a dicho Instituto en el sentido de incluir a estos organismos electorales en la tarifa “preferencial”, por lo que se recomienda quedar a la espera del resultado de esta gestión.”.

Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge. Proceda en consecuencia la Sección de Servicios Generales conforme se propone. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO.ASUNTOS DE LAS ELECCIONES DEL 2010.

A) Desaplicación temporal del decreto sobre circulación de los vehículos del Tribunal durante el proceso electoral. De la señora Karla González Carvajal, Ministra de Obras Públicas y Transportes, se conoce resolución n.° 000768 de las 16:40 horas del 21 de setiembre del 2009, recibida en la Secretaría del despacho el 23 de este mes, mediante la cual dispone que -de conformidad con la normativa que indica- del 7 de octubre de 2009 al 7 de febrero de 2010 podrán circular libremente todos los vehículos que componen la flota vehicular del Tribunal Supremo de Elecciones y que, durante ese mismo intervalo, también podrán circular aquellos automotores de instituciones públicas que hayan sido facilitados en préstamo a esteTribunal. Agrega la resolución de marras que, a lo largo de la semana previa a las elecciones, sea del 1 al 7 de febrero del 2010, se desaplica de manera general la indicada restricción vehicular.

Finalmente expresa la señora Ministra en su resolución, que la desaplicación señalada tiene carácter temporal y excepcional y surtirá efectos hasta el 7 de febrero del 2010 inclusive.

Se dispone: Este Tribunal agradece la pronta y oportuna atención dispensada por la señora Ministra de Obras Públicas y Transportes a los requerimientos del organismo electoral. Póngase de inmediato en conocimiento del señor Director General del Registro Electoral, del Departamento Legal y de la Sección de Servicios Generales, para lo de sus cargos. La Oficina de Comunicación y Protocolo preparará el respectivo comunicado de prensa. ACUERDO FIRME.

B)Convenios con los Ministerios de la Presidencia y Seguridad Pública para la seguridad y protección de los señores Magistrados.Del señor Richard Poveda Solórzano, Jefe de la Oficina de Seguridad Integral, se conoce oficio n.° SI-331-2009 del 23 de setiembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Como parte de las tareas propias del Programa de Seguridad Electoral se encuentra la seguridad y protección de los señores Magistrados del TSE, labor que acompaña una serie de medidas por parte de esta jefatura. Asimismo, es imprescindible reforzar el área de las comunicaciones en la instalación y desinstalación de los equipos repetidores ubicados en el territorio nacional y la custodia del material electoral.

Tal y como se ha acostumbrado en procesos anteriores, a los efectos de que se asignen los custodios respectivos y se cuente con la colaboración del personal idóneo para el desempeño de las otras labores, se ha venido estableciendo un convenio interinstitucional entre el Tribunal Supremo de Elecciones y los Ministerios de la Presidencia y de Seguridad Pública, mediante los cuales se le brinda un marco normativo a dicha actividad, motivo por el cual y en virtud de lo avanzado de las elecciones, se solicita de la manera más atenta gestionar la tramitación de estos convenios.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Proceda el Departamento Legal a la mayor brevedad, con la colaboración del señor Poveda Solórzano, a encargarse de este asunto y a efectuar las gestiones que resulten necesarias. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO.ASUNTOS DE COMISIONES INSTITUCIONALES.

A) Acta de la reunión ordinaria n.° 01-2009 de la Comisión de Administración del Riesgo.Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1106-2009 del 18 de setiembre de 2009, recibido el 21 de setiembre en la Secretaría del despacho, en el cual manifiesta literalmente:

“Para los fines consiguientes me permito adjuntar copia del acta de la reunión ordinaria Nº 1 2009, celebrada el 10 de los corrientes por la Comisión de Administración del Riesgo, en cuyo artículo 4º se recomienda al Superior aprobar la Guía de Autoevaluación 2009 presentada por el señor Luis Sáenz Venegas, Coordinador de Control Interno, con la modificación de la fecha de entrega por parte de las jefaturas, la cual sería el 13 de noviembre del año en curso.”.

Se dispone: Tomar nota de lo consignado en el acta que se conoce.Asimismo, conforme se recomienda, se aprueba la “Guía de Autoevaluación 2009” en los términos que se solicita. ACUERDO FIRME.

B) Acta n.° 1 de la Comisión de Disponibilidad. Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1107-2009 del 21 de setiembre de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, en el cual manifiesta literalmente:

“Para los fines consiguientes me permito adjuntar copia del acta de la reunión ordinaria N. 001-09, celebrada el tres de setiembre del año en curso por esta Comisión.

De conformidad con lo consignado en los artículos segundo y tercero y con base en las razones que ahí constan, se recomienda al Superior denegar las peticiones formuladas por los señores Richard Poveda Solórzano, Jefe de la Oficina de Seguridad Integral y Róger Pérez Godínez del Área de Prevención y Salud Laboral del Departamento de Recursos Humanos.”

Se dispone: Tomar nota de lo consignado en el acta respectiva de la Comisión de Disponibilidad. Con fundamento en lo acordado en los artículos segundo y tercero de la misma, se deniegan las gestiones planteadas por los señores Poveda Solórzano y Pérez Godínez.

ARTÍCULO SEXTO.ASUNTOS DEL COMITÉ ASESOR DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION.

A) Acta n.° 15-CATI-2009 del Comité Asesor en Tecnologías de la Información. Del señor Rodolfo Delgado Rojas, Secretario del Comité Asesor en Tecnologías de la Información, se conoce oficio CATI-100-2009 del 22 de setiembre de 2009, recibido ese día en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:

Para hacerlo del conocimiento del Superior, adjunto copia del acta de la reunión ordinaria N° 15‑2009, celebrada el 16 de setiembre del presente año por este Comité.

Para los fines consiguientes me permito transcribir el artículo sexto,para lo que a bien tenga disponer el Superior:

ARTÍCULO SEXTO. De la Oficina de Proyectos Tecnológicos se conoce oficio PTE-131-2009 suscrito por el señor Rodolfo Delgado Rojas, Jefe de la Oficina de Proyectos Tecnológicos y la señora Patricia Chacón Jiménez, Jefa del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, que literalmente dice:

“En atención al Plan de Acción para la implementación de las Normas Técnicas para la Gestión y Control de las Tecnologías de Información (N-2-2007-CO-DFOE), específicamente en lo que respecta a la acción 4.1.1 que delega la responsabilidad a la Oficina de Proyectos Tecnológicos y el Departamento de TIC, para realizar la valoración de incluir dentro de los estudios preliminares y de factibilidad, un rubro de análisis que permita priorizar el momento idóneo de ejecución o su priorización (sic), así como el análisis de cargas de trabajo, los suscritos se permiten elevar para conocimiento de este Comité la siguiente propuesta, aclarando lo siguiente:

SE ACUERDA: acoger lo que se propone y elevarlo al Tribunal por si a bien tiene brindarle su aprobación en el entendido de que cada nuevo proyecto deberá analizarse a la luz de este listado para poder asignarle una prioridad realista y ordenada.”.

Se dispone: Tomar nota del contenido del acta que se somete a conocimiento de este Tribunal. Con respecto a lo consignado en el artículo sexto de la misma, se aprueba la respectiva propuesta de proyectos priorizada. Continúese informando oportunamente a este Tribunal sobre el particular. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SETIMO.ASUNTOS EXTERNOS.

A) Informe sobre la posibilidad de interponer revisión, en el procedimiento administrativo seguido en contra de varios funcionarios de este Tribunal. De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.º DL-420-2009 del 21 de setiembre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, al cual -de conformidad con lo ordenado en el acuerdo del artículo sexto de la sesión ordinaria n.º 092-2009, celebrada por este Tribunal el 17 de setiembre de 2009- adjunta informe relativo a la posibilidad de interponer gestión de revisión contra la recomendación comunicada mediante oficio n.º 09483 (DJ-1080-2009), del 10 de setiembre de 2009, suscrito por el señor Roberto Rodríguez Araica, Gerente Asociado de la División Jurídica de la Contraloría General de la República, relativa al procedimiento administrativo n.º DAGJ-27-2003. En su informe, la señora Mannix Arnold literalmente manifiesta:

“En atención a su oficio STSE-3064-2009, de 17 de setiembre de este año, mediante el cual comunica lo ordenado por el Tribunal en Sesión Ordinaria Nº 092-2009, de esa misma fecha, artículo sexto, dentro del plazo conferido, me permito informar lo siguiente:

1.- El artículo 68 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República establece:

“Artículo 68.- Potestad para ordenar y recomendar sanciones

La Contraloría General de la República, sin perjuicios de otras sanciones previstas por ley, cuando en el ejercicio de sus potestades determine que un servidor de los sujetos pasivos ha cometido infracciones a las normas que integran el ordenamiento de control y fiscalización contemplado en esta Ley o ha provocado lesión a la Hacienda Pública, recomendará al órgano o autoridad administrativa competente, mediante su criterio técnico, que es vinculante, la aplicación de la sanción correspondiente de acuerdo con el mérito del caso. La Contraloría formará expediente contra el eventual infractor, garantizándole, en todo momento, un proceso debido y la oportunidad suficiente de audiencia y de defensa en su favor.

La autoridad competente del sujeto pasivo requerido deberá cumplir, dentro del plazo que le establezca la Contraloría, con la recomendación impartida por esta; salvo que, dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la comunicación del acto, se interponga una gestión de revisión, debidamente motivada y razonada, por parte del jerarca del sujeto pasivo requerido. En este caso y una vez resuelta la gestión indicada, deberá cumplir sin dilación, con lo dispuesto en el pronunciamiento técnico jurídico final de la Contraloría, so pena de incurrir en el delito de desobediencia, sin perjuicio del régimen de prescripciones contemplado en esta Ley.

La expiración del plazo fijado por la Contraloría General de la República para que el sujeto pasivo imponga la sanción ordenada, no hará prescribir, por sí, la responsabilidad del servidor ni caducar el derecho del sujeto pasivo a imponer dicha sanción, sin perjuicio del régimen de prescripciones contemplado en esta Ley.

El derecho de la Contraloría General de la República a ejercer, en el caso concreto, la potestad para recomendar u ordenar la aplicación de sanciones prescribirá en el término de dos años contados a partir de la iniciación del expediente respectivo.

El inicio del expediente se entenderá con la orden de la oficina competente de la Contraloría para comenzar la investigación del caso, en relación con determinados servidores”.

2.-Mediante resolución PA-04-2009, de las 13 horas del 30 de enero del 2009, la Contraloría General de la República, resolvió un procedimiento administrativo seguido en contra de varios funcionarios de este Tribunal y dictaminó lo que de seguido se transcribe:

“Con fundamento en los hechos probados y las razones de derecho antes expuestas, SE RESUELVE: 1. Declarar responsables disciplinariamente a los señores Julio HumbertoSáenz Aguilar y Javier Ignacio Vega Garrido en relación con el vencimiento de la garantía de cumplimiento del Contrato de Automatización de la Cédula de Identidad. Razón por la cual se recomienda, en forma vinculante, sancionarlos con una suspensión sin goce de salario por ocho días naturales. 2. Exonerar de responsabilidad administrativa a los señores Fernando Víquez Jiménez, Ana IsabelFernández Alvarado, Alvaro Artavia Mora, Rodolfo Villalobos Orozco, Marisol Castro Dobles, Gilberto Gómez Guillén, Oscar Fernando Mena Carvajal, Gerardo Hernández Granda y Raymond Chagnon Esquivel. Contra esta resolución son oponibles los recursos ordinarios de revocatoria y apelación los cuales deberán presentarse ante esa División de Asesoría y Gestión Jurídica dentro de tercer día contado a partir del día siguiente a su notificación y serán conocidos por su orden, por la División de Asesoría y Gestión Jurídica y por la Contraloría General de la República. Notifíquese”.

3.- El funcionario Javier Ignacio Vega Garrido presentó recurso de apelación contra la sanción interpuesta a la resolución citada. Esta gestión se resolvió mediante resolución R-DC-2009, de las 8 horas del 3 de setiembre de 2009, dictaminándose lo siguiente:

“De conformidad con lo señalado y lo dispuesto en los artículos 39, 41, 183 y 184 de la Constitución Política, 1, 4, 8, 9, 10, 12 y 68 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, 351 y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, se resuelve: 1) DECLARAR CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el señor Javier Ignacio Vega Garrido, portador de la cédula de identidad 1-655-832, en contra de lo resuelto por la División de Asesoría y Gestión Jurídica en el PA-04-2009 de las trece horas del treinta de enero de dos mil nueve. En consecuencia, se anula la sanción de suspensión por ocho días naturales, en todo lo demás se mantiene la resolución de mérito”.

4.- Mediante oficio Nº 09483 (DJ-1080-2009) de 10 de setiembre de 2009, la Contraloría General de la República comunica al Tribunal la finalización del procedimiento administrativo dicho y señala, en lo que interesa:

“En el caso de señor Julio Humberto Sáenz Aguilar, la recomendación de suspensión por ocho días naturales no fue impugnada, por lo que dicha decisión se encuentra firme. Dado lo anterior, se remite copia certificada de la resolución PA-04-2009, a fin de que procedan a ordenar la ejecución de los extremos impuestos en esta resolución, dentro del improrrogable plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de recibo de esta comunicación.

No se omite indicar que en caso de que el señor Sáenz Aguilar no labore actualmente para el Tribunal Supremo de Elecciones y por consiguiente no se pueda aplicar la sanción, se debe incorporar dicha resolución a su expediente personal como parte de sus antecedentes. Del cumplimiento de la recomendación deberá informársenos de inmediato. (...)”

5.- Siendo que el señor Julio Humberto Sáenz Aguilar dejó de laborar para el Tribunal desde el 15 de noviembre del 2003, la única actuación ordenada por la Contraloría, que resulta vinculante para el Tribunal, sería incorporar la resolución PA-04-2009, de las 13 horas del 30 de enero del 2009, al expediente del ex funcionario Sáenz Aguilar, en tanto todos los demás funcionarios involucrados fueron exonerados de toda responsabilidad en el proceso. Una vez incorporado tal documento, lo que debe realizar dentro del plazo de quince días hábiles que vencen el 7 de octubre del año en curso, el Tribunal deberá infórmalo (sic) de inmediato al órgano contralor.

6. En conclusión: Luego de realizar el análisis legal del tema planteado, no se encuentra razón jurídica que justifique interponer una gestión de revisión.”.

Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge. En consecuencia, este Tribunal desiste de plantear gestión de revisión respecto de lo recomendado por el órgano contralor. Proceda de inmediato con lo de su cargo el Departamento de Recursos Humanos e informe lo pertinente a la Contraloría General de la República, una vez incorporada la resolución referida en el prontuario del ex funcionario Sáenz Aguilar. Hágase del conocimiento del señor Rodríguez Araica. ACUERDO FIRME.

B) Consulta sobre lo estipulado en el artículo 142 del Código Electoral por campañas de radio y televisión. Del señor Guillermo Constenla Umaña, Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Seguros (INS), se conoce oficio n.º PE-20091328 del 16 de setiembre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, mediante el cual se refiere a la reforma al Código Electoral, específicamente al inciso j) del artículo 85 del anterior Código y detalla que en mercado abierto y dada la posibilidad de que sus competidores pauten imagen durante la restricción, el INS no puede quedarse atrás, pues la promoción de los diferentes atributos, estima, es un tema “indispensable e impostergable”, por lo que solicita valorar la posibilidad de que dicho Instituto pueda pautar imagen en igualdad de condiciones que sus competidores.

De la señora Ileana Rojas Garro, Jefa de Prensa del Ministerio de Cultura y Juventud, se conoce conjuntamente fax correspondiente a oficio n.° DPR-175-09 del 14 de setiembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 21 de este mes, mediante el cual solicita el criterio de este Tribunal en lo concerniente al cumplimiento del artículo 142 del Código Electoral, relacionado con la prohibición de difundir información publicitaria sobre la gestión promovida por ese Ministerio, según refiere.

Se dispone:Se le informa al señor Presidente Ejecutivo del INS y a la señora Jefa de Prensa del Ministerio de Cultura y Juventud que la jurisprudencia electoral ha precisado que corresponde a las propias instituciones ponderar sus actuaciones, a fin de ajustarlas puntualmente al mandato legal que disponía el artículo 85, inciso j) del Código Electoral derogado -norma contenida en el artículo 142 del Código Electoral vigente- el cual deberá ser interpretado a favor de la restricción publicitaria y que compete a los tribunales de justicia sancionar su incumplimiento.

Al respecto, en la resolución 3005-E8-2009 de las 15:50 horas del 2 de julio de este año -de la cual se remitirá copia a los gestionantes- este Tribunal emitió la siguiente declaración interpretativa: “(…) la prohibición que tienen el Poder Ejecutivo, la administración descentralizada y las empresas del Estado de pautar publicidad a partir de la convocatoria y hasta el día de las elecciones, prevista en el inciso j) del artículo 85 del Código Electoral, impide la divulgación de publicidad sobre obras y proyectos del gobierno de turno -gestión pasada, presente y futura-. Queda impedida, en ese sentido, la difusión de mensajes que destaquen la capacidad de acción de las instituciones indicadas así como mejoras, innovaciones, virtudes o ventajas cualitativas o cuantitativas en la prestación de los servicios que procuran.Tampoco cabe publicitar la discusión de planes o asuntos de interés nacional que, de manera explícita o implícita, favorezcan una visión de continuidad en la acción gubernamental. En atención a los principios de continuidad y eficiencia que orientan la prestación del servicio público, se aclara que no están incluidas en la prohibición del inciso j) del artículo 85 del Código Electoral las campañas de prevención ni aquellos mensajes que resulten necesarios para garantizar el cumplimiento de los citados principios. Tampoco está prohibida, por su naturaleza, la publicidad vinculada a la oferta y servicios educativos de las universidades estatales, del Instituto Nacional de Aprendizaje y del Ministerio de Educación Pública. Asimismo, las instituciones que tienen entre sus funciones la promoción de la participación de la población en los procesos electorales, en particular de grupos discriminados o en condición de vulnerabilidad, están habilitadas para apoyar con pauta publicitaria programas que promuevan la deliberación informada de la población en los medios de comunicación. En todos los casos se reitera que este tipo de publicidad no debe ir acompañada de mensajes que exalten atributos o logros de la institución ni figure la imagen de su jerarquía o que destaquen méritos de la gestión de gobierno a la que pertenece.”.ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO OCTAVO.ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

A) Comunicación del nombramiento del Juez Héctor J. Conty Pérez como Presidente de la Comisión Estatal de Elecciones de Puerto Rico.Del señor Walter Vélez Martínez, Secretario de la Comisión Estatal de Elecciones de Puerto Rico, se conoce memorial del 22 de setiembre de 2009, recibido el mismo día -vía correo electrónico- en la Secretaría del despacho, mediante el cual agradece las atenciones brindadas en el marco de la XXIII Conferencia de la Asociación de Organismos Electorales de Centroamérica y del Caribe (Protocolo de Tikal), llevada a cabo el presente año en Costa Rica. Asimismo informa que dicha Comisión ha nombrado por unanimidad de sus miembros al honorable juez Héctor J. Conty Pérez como Presidente de dicho organismo electoral, por lo que agradece tomar conocimiento de dicho nombramiento, así como de su correo electrónico y dirección postal.

Se dispone: Agradecer al señor Vélez Martínez su gentil comunicación y augurarle al señor Conty Pérez el mayor de los éxitos en su nueva y delicada función como Presidente de la Comisión Estatal de Elecciones de Puerto Rico.Para lo de su cargo, tome nota la Secretaría del despacho. ACUERDO FIRME.

B) Audiencia a la OEA para presentación del proyecto “Implementación de un Sistema de Gestión de Calidad en el Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica”.Del señor Jonnathan González León, Asistente de la Contraloría de Servicios, se conoce oficio n.° CS-0376-2009 del 21 de setiembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Este despacho recibió vía correo electrónico el oficio SG/SAP/DECO 1160-/09, por parte del señor Pablo Gutiérrez, Director, Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la OEA, el cual esta dirigido al señor Luis Antonio Sobrado, Magistrado Presidente de este Organismo Electoral, en el cual se refiere ala ejecución del proyecto “Implementación de un Sistema de Gestión de Calidad en el Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica”, solicitando una audiencia para el próximo 8 de octubre, con el fin de presentar la compañía consultora que estará realizando el proyecto.

Por lo anterior hago remisión del mencionado oficio para que se eleve a conocimiento de ese Tribunal y considerar lo pertinente.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Con todo gusto se recibirá al señor Gutiérrez el 8 de octubre del año en curso, a las 15:00 horas. Acompañarán en esta audiencia al Tribunal los funcionarios Fernando Viquez Jiménez, Director Ejecutivo, Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios, y María Auxiliadora Protti Quesada de la Dirección Ejecutiva. ACUERDO FIRME.

C) Participación en el Primer Encuentro de Magistradas de la Justicia Electoral “Por una justicia de género”.Se dispone:Considerando que el 07 de octubre próximo este Tribunal celebrará la sesión solemne de convocatoria a elecciones nacionales que tendrán lugar en febrero de 2010, modificar el acuerdo del artículo quinto de la sesión ordinaria n.º 082-2009, celebrada por este Tribunal el 20 de agosto de 2009, comunicado mediante oficios n.º STSE-2673-2009 y n.º STSE-2674-2009, ambos de la misma fecha, relativo a la invitación cursada por las señoras María del Carmen Alanis Figueroa, Magistrada Presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México y Roxana Arroyo Vargas, de la Fundación Justicia y Género de Costa Rica para asistir al 1° Encuentro de Magistradas de la Justicia Electoral “Por una justicia de género”, que se desarrollará del 7 al 10 de octubre de 2009 en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, México, en el cual se designó a la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría para atenderla, de manera tal que la sustitución recaída en el señor Magistrado Rodríguez Chaverri comprenderá los días 08 y 09 de octubre de 2009. Hágase del conocimiento del señor Magistrado Rodríguez Chaverri. Tome nota la Secretaría del despacho. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.

 

 

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Mario Seing Jiménez

 

 

 

 

Zetty Bou Valverde