ACTA Nº 57-2009

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del once de junio de dos mil nueve, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González, quien preside, Max Alberto Esquivel Faerron y Mario Seing Jiménez, la señora Magistrada Zetty Bou Valverde y el señor Fernando del Castillo Riggioni.

 ARTÍCULO PRIMERO.APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.

Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por el señor Magistrado Del Castillo Riggioni quien no participó de dicha sesión.

ARTÍCULO SEGUNDO.ASUNTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA.

A) Informe trimestral relativo al proceso contencioso administrativo sobre el SICI.De la señora Arlette Bolaños Barquero, Asistente Legal de la Presidencia del Tribunal, se conoce oficio n.° ALP-005-2009 del 10 de junio del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual presenta el XIV informe trimestral relativo al proceso contencioso administrativo sobre el SICI, según lo requerido por el señor José Luis Alvarado Vargas, Gerente del Área de Servicios Gubernamentales de la Contraloría General de la República, y el oficio n.° DFOE-GU-24/2005 sobre el cumplimiento de las disposiciones emitidas en el Informe DFOE-GU-87/2002 “Informe sobre el cumplimiento de las disposiciones emitidas en el Informe Nº 5/2000”.

Al respecto la señora Bolaños Barquero expone sobre las acciones para el seguimiento del asunto en el último trimestre, el estado actual ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José y anexa un borrador que representa el décimo cuarto informe trimestral para ser remitido al órgano contralor antes del 15 de junio en curso, de conformidad con lo indicado.

Se dispone: Tener por rendido el informe correspondiente, el cual se pondrá en conocimiento de la Contraloría General de la República según se sugiere. ACUERDO FIRME.

B) Adjudicación de licitación para el arrendamiento de dos máquinas fotocopiadoras. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i., se conoce oficio n.° PROV-0830-2009 del 3 de junio del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 4 de este mes, mediante el cual rinde informe sobre el resultado del estudio realizado a las plicas sometidas para la licitación abreviada para el arrendamiento de dos máquinas fotocopiadoras, según los antecedentes, la disponibilidad presupuestaria, la publicidad del procedimiento, las ofertas presentadas y la calificación a éstas, lo cual expone.

En virtud de lo anterior, recomienda lo que se transcribe a continuación:

“(…) 5- RECOMENDACIÓN

De acuerdo con lo que se deja expuesto supra, y en virtud de la valoración técnica y económica de las ofertas, así como lo dispuesto en los artículos 9 y 100 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, es dable para el Tribunal, salvo superior criterio, dictar la adjudicación de los ítems 1 y 2 de esta licitación abreviada a la empresa Copias Dinámicas S.A., según el siguiente detalle:

ÍTEM 1: Arrendamiento de una fotocopiadora marca Sharp modelo AR-450 (refaccionada) para uso de la Secretaría del Tribunal, por un plazo de dos años con posibilidad de prorrogarse por tres períodos iguales, para un total de ¢1.080.000,00, a razón de ¢45.000.00 mensuales, que cubre 5.000 copias e incluye el mantenimiento del equipo (repuestos, suministros y mano de obra), costo adicional de ¢5.00por cada copiaa partir de la 5.001.

ÍTEM 2: Arrendamiento de una fotocopiadora marca Sharp modelo AR-450 (refaccionada) para uso de la Proveeduría Institucional, por un plazo de dos años con posibilidad de prorrogarse por tres períodos iguales, para un total de ¢1.080.000,00, a razón de ¢45.000.00 mensuales, que cubre 5.000 copias e incluye el mantenimiento del equipo (repuestos, suministros y mano de obra), costo adicional de ¢5.00 por cada copia a partir de la 5.001.

En caso de que sea acogida la recomendación que antecede, resulta necesario que el Tribunal disponga lo siguiente:

1. Que el Departamento Legal defina si a la luz del artículo 190 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa procede la formalización del negocio; que en caso de ser así, tome en cuenta para su rige el vencimiento del contrato actual de la Secretaría del Tribunal, sea el 20 de agosto del 2009. En el caso de la Proveeduría Institucional el contrato venció hoy.

2. Que la Comisión de Presupuesto tome las previsiones necesarias para atender los pagos en los ejercicios económicos en que se ejecute el arrendamiento de los equipos, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

3. Que el señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del Tribunal, y el suscrito Proveedor a.i., seamos ratificados como Órgano Fiscalizador de los ítemes (sic) 1 y 2 separada y respectivamente, o a quienes nos sustituyan en nuestras ausencias temporales o permanentes.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se propone. Procedan de conformidad el Departamento Legal y la Comisión de Presupuesto. Se ratifican como órganos fiscalizadores de las respectivas contrataciones a los señores Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del Tribunal, y Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i.ACUERDO FIRME.

C) Adjudicación de la licitación para la compra de tintas y tóner. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i., se conoce oficio n.° PROV- 0860-2009 del 8 de junio del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 9 de este mes, mediante el cual informa sobre el resultado de los estudios, análisis y valoraciones efectuados dentro del procedimiento de licitación abreviada para la "Compra de tintas y toner (sic)", según detalla.

De conformidad con los antecedentes, la disponibilidad presupuestaria, la publicidad del procedimiento, las ofertas recibidas y el criterio técnico expuestos, recomienda lo que se transcribe a continuación:

“(…) 6- RECOMENDACIÓN

En virtud de que se calificaron las ofertas de acuerdo con el precio como único factor de evaluación, lo que permitió seleccionar las mejores ofertas con los resultados que lucen en el cuadro que se levantó y que se anexa a este informe, es dable para el Tribunal dictar el acto de adjudicación de conformidad con el siguiente detalle:

A la empresa Bruno Internacional S.A., cédula jurídica: 3-101-190550 lo siguiente:

 

 

 

 

Precio Unitario

Precio total

Item

Cantidad

Descripción

 

 

1

40

Cartuchos de toner (sic)para impresora marca Hewlett Packard modelo DN2420, originales.

$125.85

$5.034.00

Total en colones al tipo de cambio de la apertura de la oferta. ¢579.01

 

¢2.914.736.34

La empresa ofrece un plazo de entrega de 15 días hábiles y garantía de 12 meses.

A la empresa Instalaciones Telefónicas Costa Rica S.A., cédula jurídica: 3-101-035198 lo siguiente:

 

 

 

Precio Unitario

Precio total

Item

Cantidad

Descripción

 

 

2

10

Cartuchos de tinta color Cyan para impresora de inyección de tinta marca Epson modelo C 110 originales, marcaEpsonmodelo T073320.

$8.80

 

 

$88.00

3

10

Cartuchos de tinta color Magenta para impresora de inyección de tinta marca Epson modelo C 110 originales, marcaEpsonmodelo T073320.

$8.80

$88.00

4

10

Cartuchos de tinta color Amarillo para impresora de inyección de tinta marca Epson modelo C 110 originales, marcaEpsonmodelo T073320.

$8.80

$88.00

 

 

TOTAL

 

$264.00

Total en colones al tipo de cambio de la apertura de la oferta. ¢579.01

 

¢152.858.64

La empresa ofrece un plazo de entrega de 15 días hábiles y garantía de 12 meses.

A la empresa Distribuidora Ramírez y Castillo S.A., cédula jurídica: 3-101-080638 lo siguiente:

 

 

 

Precio Unitario

Precio total

Item

Cantidad

Descripción

 

 

5

25

Cartucho de tinta marca Epson original modelo T082120AL, color negro para usar en impresora modelo R290.

$11.27

$281.75

6

25

Cartucho de tinta marca Epson original modelo T082220AL, color cyan para usar en impresora modelo R290.

$11.27

$281.75

7

25

Cartucho de tinta marca Epson original modelo T082320AL, color magenta para usar en impresora modelo R290.

$11.27

$281.75

8

25

Cartucho de tinta marca Epson original modelo T082420AL, color amarillo para usar en impresora modelo R290.

$11.27

$281.75

9

25

Cartucho de tinta marca Epson original modelo T082520AL, color light cyan para usar en impresora modelo R290.

$11.27

$281.75

10

25

Cartucho de tinta marca Epson original modelo T082620AL, color light magenta para usar en impresora modelo R290.

$11.27

$281.75

 

 

TOTAL

 

$1.690.50

Total en colones al tipo de cambio de la apertura de la oferta. ¢579.01

 

¢978.816.41

La empresa ofrece un plazo de entrega de 15 días hábiles y garantía de 12 meses.

A la empresa Southland Technology S.A., cédula jurídica: 3-101-283620 lo siguiente:

 

 

 

 

 

Precio Unitario

Precio total

Item

Cantidad

Descripción

 

 

13

125

Cartuchos de toner (sic)para impresora láser marca Hewlett Packard modelo 1200 N, originales.

$61.03

$7.628.75

14

15

Cartuchos de toner (sic)para impresora láser marca Xerox modelo Phaser 7760 color negro, originales.

$116.79

 

 

$1.751.85

15

12

Cartuchos de toner (sic)para impresora láser marca Xerox modelo Phaser 7760 color magenta originales.

 

 

$282.56

 

 

$3.390.72

16

12

Cartuchos de toner (sic)para impresora láser marca Xerox modelo Phaser 7760 color cyan, originales.

 

$282.56

 

$3.390.72

17

12

Cartuchos de toner (sic)para impresora láser marca Xerox modelo Phaser 7760 color amarillo, originales.

 

$282.56

 

$3.390.72

19

03

Cartuchos de toner (sic)para impresora láser jet marca Hewlett Packard modelo 4500 color magenta, originales.

 

 

$112.35

 

 

$337.05

20

05

Cartuchos de toner (sic)para impresora láser jet marca Hewlett Packard modelo 4500 color amarrillo originales.

 

 

$134.01

 

 

$670.05

22

07

Cartuchos de toner (sic)para impresora láser jet marca Samsung modelo ML4050N, color negro, originales.

 

 

$157.88

 

 

$1.105.16

23

25

Toner (sic)kit para impresora marca kyocera modelo 1030 D, originales.

 

$66.10

 

$1.652.50

24

20

Cartuchos de toner (sic)para impresora marca Hewlett Packard modelo 3390 originales.

 

$71.70

 

$1.434.00

29

100

Cartuchos de toner para impresora marca Oki modelo 6300, color negro, originales.

 

$190.73

 

$19.073.00

30

08

Cartuchos de toner (sic)para impresora marca Hewlett Packard modelo 8150, color negro, originales.

 

 

$175.91

 

 

$1.407.27

31

15

Cartuchos de toner (sic)para marca Hewlett Packard modelo 2500 L, color negro originales.

 

$79.83

 

$1.197.45

32

08

Cartuchos de toner (sic)para marca Hewlett Packard modelo 2500 L, color amarillo originales.

 

 

$93.33

 

 

$746.64

33

08

Cartuchos de toner (sic)para marca Hewlett Packard modelo 2500 L, color magenta originales.

 

 

$92.51

 

 

$740.08

34

08

Cartuchos de toner (sic)para marca Hewlett Packard modelo 2500 L, color cyan originales.

 

$92.47

 

$739.76

 

 

TOTAL

 

$48.655.72

Total en colones al tipo de cambio de la apertura de la oferta. ¢579.01

 

¢28.172.148.44

 

 

La empresa ofrece un plazo de entrega de 15 días hábiles, de la siguiente manera: 12 días hábiles para el trámite de exoneración y 3 días para la entrega de la mercancía una vez recibida la exoneración,y garantía de 12 meses.

A la empresa I P L Sistemas S.A., cédula jurídica: 3-101-090056 lo siguiente:

 

 

 

Precio Unitario

Precio total

Item

Cantidad

Descripción

 

 

18

4

Cartuchos de toner (sic)para impresora láser jet marca Hewlett Packard modelo 4500 color magenta, original No .de parte C4191A.

$93.15

 

 

$372.60

21

3

Cartuchos de toner (sic)para impresora láser jet marca Hewlett Packard modelo 4500 color cyan, original No .de parte C4192A.

$135.70

$407.10

28

25

Cartuchos de toner (sic)para impresora marca Oki modelo B6100, color negro, originales numero de parte 52113704.

$126.05

$3.151.25

 

 

TOTAL

 

$3.930.95

Total en colones al tipo de cambio de la apertura de la oferta. ¢579.01

 

¢2.276.059.36

 

La empresa ofrece un plazo de entrega de 15 días hábiles y garantía de 12 meses.

A la empresa Servicios Técnicos Especializados S T E S.A., cédula jurídica: 3-101-112933 lo siguiente:

 

 

 

Precio Unitario

Precio total

Item

Cantidad

Descripción

 

 

26

20

Cartucho de tinta para impresora Canon Pixma 1600 CL-41 color, original marca Canon.

$22.07

$441.40

27

10

Cartucho de tinta para impresora Canon Pixma 1600 PG-40 negro, original marca Canon.

$17.78

177.80

39

200

Cartuchos de toner (sic)para impresora Brother modelo HL-5250 TN550 original, marca Brother.

$54.78

$10.956.00

 

 

TOTAL

 

$11.575.20

Total en colones al tipo de cambio de la apertura de la oferta. ¢579.01

¢6.702.156.55

 

La empresa ofrece un plazo de entrega de 15 días hábiles y garantía de 24 meses.

A la empresa American Ink S.A., cédula jurídica: 3-101-350216lo siguiente:

 

 

 

Precio Unitario

Precio total

Item

Cantidad

Descripción

 

 

35

164

Cartucho de tinta de color negropara impresora Epson C60, mod. T028, marca American Ink.

¢910.00

¢149.240.00

36

172

Cartucho de tinta a color para impresora Epson C60, mod. T029, marca American Ink.

¢1.090.00

¢187.480.00

37

20

Cartucho de tinta de color negro para impresora Epson 880, mod. T019, marca American Ink.

¢530.00

¢10.600.00

38

25

Cartucho de tinta color para impresora Epson 880 mod., T020, marca American Ink.

¢760.00

¢19.000.00

 

 

TOTAL

 

¢366.320.00

La empresa ofrece un plazo de entrega de 2 días hábiles y garantía de 12 meses.

Los ítems 11, 12 y 25 se deben declarar infructuosos, el 11 y 12 porque las ofertadas no cumplen con los requerimientos cartelarios y el 25 por inopia de ofertas.

En caso de que sea acogida la recomendación que antecede, resulta necesario que el Tribunal disponga lo siguiente:

Que el señor William Montero Mayorga, Administrador de la Unidad de Almacenamiento de la Proveeduría, o quién (sic) le sustituya

Se dispone: Adjudicar conforme se recomienda. Procedan de conformidad el Departamento Legal y la Proveeduría. Se ratifica al señor William Montero Mayorga, Administrador de la Unidad de Almacenamiento de la Proveeduría como órgano fiscalizador. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO.ASUNTOS DE ADMINISTRACION DE PERSONAL.

A) Ascenso en propiedad del señorMauricio Jiménez Marín en la Coordinación de Servicios Regionales. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce resolución n.° DG-RA-0044-2009 de las quince horas con diez minutos del tres de junio del año en curso, recibida el 5 de mayo de 2009 en la Secretaría de este Tribunal, mediante la cual se dispone ascender en propiedad a partir del próximo 16 de junio, al servidor Mauricio Jiménez Marín, Auxiliar de Operación en la Oficina de Comunicación y Protocolo, al cargo Asistente de Operación -Cedulador Ambulante-, vacante en la Sección de Coordinación de Servicios Regionales, dada la renuncia del señor Guillermo Hernández Jiménez, para acogerse a la pensión.

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

B) Ascenso en propiedad del señor Daniel Jiménez Altamirano en la Coordinación de Servicios Regionales.De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce resolución n.° DG-RA-0043-2009 de las quince horas del tres de junio del año en curso, recibida el 8 de junio de 2009 en la Secretaría de este Tribunal, mediante la cual se dispone ascender en propiedad a partir del próximo 16 de junio, al servidor Daniel Jiménez Altamirano, Coordinador de Apoyo de la Sección de Coordinación de Servicios Regionales, al cargo de Coordinador de Gestión -Coordinador de Cedulación Ambulante-, que ha quedado vacante en esa misma Unidad Administrativa, dada la renuncia del señor Oscar Parra Villalobos, para acogerse a la pensión.

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.”

C) Nombramientos interinos de los señores Hazel Ulloa Umaña, Carmen Arce Ulloa, Jorge Solano Delgado, Grettel Monge Quesada, Marvin Morales Abarca, Álvaro Durán Rodríguez, Mariano Villarreal Salazar, Fernando Arce Oviedo, Johanna Cortés Vega y Laura González Acuña. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos,se conoce oficio n.° RH-0762-2009 de fecha 8 de junio de 2009, recibido ese mismo día en la Secretaría de este Tribunal, en el cual literalmente manifiesta:

“Para los efectos consiguientes, me permito someter a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones los oficios que han remitido a este departamento diversas jefaturas de la institución, con los cuales solicitan que se nombren funcionarios interinos en sus oficinas para llenar plazas que por diferentes motivos se encuentran temporalmente vacantes o que fueron asignadas en la subpartida de Servicios Especiales para el presente año que es preelectoral.El detalle es el siguiente:

 

OFICINA

NÚMERO Y CLASE

DEL PUESTO

CONDICION DE LA PLAZA

CANDIDATO Y PERIODO DEL NOMBRAMIENTO

Comunicación y Protocolo

76576, Auxiliar de Operación

Plaza de cargos fijos que ha quedado temporalmente vacante. Su propietaria es la señora Elissette Saborío Corrales, quien fue ascendida en forma interina.

Hazel Ulloa Umaña,

16-JUNal30-NOV-2009

Sección de Actos Jurídicos

349947, Auxiliar de Operación

Plaza de Servicios Especiales

Carmen Arce Ulloa,

16-JUNal31-DIC-2009

Servicios Generales

353732, Asistente de Operación

Plaza de Servicios Especiales

Jorge Solano Delgado,

01-JULal31-DIC-2009

Servicios Generales

086311, Auxiliar de Operación

Plaza de cargos fijos que ha quedado temporalmente vacante. Su propietaria es la señora Mariselle Solís Arce, quien se encuentra ascendida en forma interina en otra oficina.

Grettel Monge Quesada,

01-JUL y hasta que la titular de la plaza regrese a ocuparla.

Sección de Archivo

045537, Auxiliar de Operación

Plaza de cargos fijos que ha quedado temporalmente vacante. Su propietaria es la señora Charlotte Jiménez Solano, quien fue ascendida en forma interina.

Marvin Morales Abarca,

16-JUNal31-DIC-2009

Servicios Regionales

045932, Asistente de Operación

Plaza de cargos fijos que ha quedado temporalmente vacante. Su propietario es el señor Wilson Espinoza Coronado, quien se encuentra ascendido en forma interina en otra oficina.

Alvaro Durán Rodríguez,

16-JUNal31-DIC-2009

Tecnologías de Información y Comunicaciones

353710, Coordinador de Apoyo

Plaza de Servicios Especiales

Mariano Villarreal Salazar,

16-JULal31-DIC-2009

Tecnologías de Información y Comunicaciones

076479, Asistente Funcional

Plaza de cargos fijos que ha quedado temporalmente vacante.Su propietario es el señor Tommy Aguilar Peralta, quien fue ascen-dido en forma interina. (sic)

Fernando A. Arce Oviedo,

16-JUN y hasta que el titular de la plaza regrese a ocuparla.

Sección de Capacitación

045532, Coordinador de Apoyo

Plaza de cargos fijos que ha quedado temporalmente vacante. Su propietaria es la señora Gabriela Villalobos Retana, quien fue ascendida en forma interina.

Johanna Cortés Vega,

16-JUNal31-DIC-2009.

Departamento de Contaduría

045442, Coordinador de Gestión

Plaza de cargos fijos que ha quedado temporalmente vacante. Su propietaria es la señorita Kattia Segura Villegas, quien fue ascendida en forma interina.

Laura Gozález (sic)Acuña,

01-JUL y hasta que la titular de la plaza regrese a ocuparla.

 

Con excepción del señor Durán Rodríguez que ya ocupa plaza en propiedad en la institución, todos los demás candidatos que se proponen forman parte del registro de elegibles para ese tipo de puestos o bien cumplen los requisitos que establece el Manual Descriptivo de Puestos para los cargos que interesa, siendo que además cuentan con interés y disponibilidad para los eventuales nombramientos interinos.

Si el Superior no tiene objeciones, las personas que se proponen se nombrarían con fundamento en los artículos 9 y 22 del reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría en los puestos, oficinas y por los períodos que se citan en el anterior cuadro. Puede apreciarse que las solicitudes cuentan con los respectivos vistos buenos de los superiores jerárquicos.”.

Se dispone: Aprobar los nombramientos interinos conforme se propone, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 9 y 22 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil. ACUERDO FIRME.

D) Ascenso interino del señor Wilson Espinoza Coronado en el DTIC.Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1809-2009 de fecha 8 de junio de 2009, en el cual literalmente manifiesta:

“Visto el oficio Nº. RH-0744-2009 del 4 de junio del año en curso, me permito elevar a su estimable consideración, para lo que bien se sirvan disponer, la solicitud de la Licda. Patricia Chacón Jiménez, Jefa del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, quien gestiona el nombramiento interino del servidor Wilson Espinoza Coronado a la plaza de Asistente Administrativo o Asistente Funcional que ha quedado vacante dado el ascenso también interino de su anterior ocupante.

El señor Espinoza Coronado no se ubica en línea directa de ascenso ya que entre su clase en propiedad -Asistente de Operación- y la del Asistente Funcional se encuentran de por medio el Técnico de Operación, Coordinadores de Apoyo y de Gestión y el Analista de Operación, no obstante actualmente se encuentra ascendido interinamente en una plaza de Técnico de Operación en el mismo Departamento que ahora gestiona el nuevo movimiento, por lo que resultaría necesario aplicar lo que disponen el artículo 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios.

Cabe mencionar que el servidor Espinoza Coronado ha obtenido en sus últimas cinco calificaciones anuales el grado de muy bueno, reúne los requisitos académicos que el cargo exige, y el suscrito no tiene objeción alguna para que se realice dicho ascenso, por lo que de aprobarse se ubicaría en el puesto número 76482 a partir del 16 de junio del año 2009.”.

Se dispone: Aprobar el ascenso interino conforme se propone, a partir del 16 de junio de 2009, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 36 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil. ACUERDO FIRME.

E) Ascenso en propiedad del señor Luis Carlos Reyes Esquivel en el Departamento Legal.Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1810-2009, del 8 de junio de 2009, mediante el cual eleva en consulta la resolución de las once horas con quince minutos de esa misma fecha, en la que se dispone ascender en propiedad, a partir del 16 de junio de 2009, al servidor Luis Carlos Reyes Esquivel a una plaza de Asistente de Operación vacante en el Departamento Legal, con ocasión del ascenso, también en propiedad, del señor Gonzalo Moreno Cruz.

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

F) Informe sobre las razones quemediaron para trasladar a la funcionaria Ana Julia Madriz Flores. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0578-2009 del 8 de junio del 2009, suscrito conjuntamente con el señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, y recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“En atención a los acuerdos tomados por el Tribunal Supremo de Elecciones, números STSE-1704 de fecha 28 de mayo y STSE-1758-2009 del 2 de junio en curso, hecha la consulta por esta Dirección General sobre las razones que mediaron para el traslado de la funcionaria Ana Julia Madriz Flores de la Oficialía Mayor Civil (sic) a la Sección de Actos Jurídicos, respetuosamente los suscritos hacemos de conocimiento del Superior el informe que sobre el particular rindiera el Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil, mediante oficio DC-5968-2009, el cual nos permitimos transcribir:

“En atención a su oficio DGRC 0575-2009 del día de hoy, luego de mantener conversación con los funcionarios Carlos Cortés Alfaro, Supervisor de la Unidad de Tomos y Ana Julia Madriz Flores, Auxiliar de Operación, me permito indicarle lo siguiente:

En el traslado de la funcionaria Madriz Flores, no se encuentra un fundamento razonable por cuanto la misma cumple a cabalidad las funciones que se le encomiendan, por lo que a todas luces lo que existió fue un mal asesoramiento por parte del encargado de la Unidad para la cual laboraba la funcionaria Madriz Flores, puesto que enfocó que el problema con la citada funcionaria es (sic) sus constantes incapacidades, situación que estaría fuera de todo contexto para solicitar el traslado de la misma, dado que las incapacidades ni siquiera están en control de la propia persona sino que más bien son situaciones fortuitas.

De conformidad con lo anterior, el Suscrito coordinará lo pertinente para que a partir del día de mañana la servidora Ana Julia Madriz Flores, regrese a laborar al despacho a mi cargo, en razón de que se manipuló equivocadamente el criterio de desempeño laboral de la citada servidora.”.

Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a consideración de este Tribunal. En lo sucesivo las Jefaturas de estos organismos electorales adoptarán los recaudos que sean necesarios con objeto de que los traslados se ajusten a criterios de razonabilidad y proporcionalidad y se efectúen de conformidad con lo que establece el Reglamento a la Ley 4519. ACUERDO FIRME.

G) Redacción o descripción del puesto para el nuevo cargo de Profesional en Estadística. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos se conoce oficio n.° RH-0769-2009 del 9 de junio del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Para los efectos consiguientes y en atención a lo que disponen los artículos 5-q, 52 y 53 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, me permito someter a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones la redacción o descripción del puesto que se propone para el nuevo cargo de Profesional en Estadística.

Tal proyecto de redacción fue elaborado a partir de los resultados obtenidos en las investigaciones realizadas por este departamento, basadas principalmente en el estudio de reclasificación de puesto del señor Eladio Ramírez Campos y en la información suministrada por la Dirección Ejecutiva. Es importante advertir que el presente proyecto de descripción de clase cuenta con la anuencia del Lic. Fernando Víquez Jiménez en su condición de Director Ejecutivo.

De acoger el Tribunal la redacción que se propone para el citado cargo, será incluida en el Manual Descriptivo de Puestos vigente y podremos continuar los trámites pertinentes con el fin de ocupar la plaza en propiedad.”.

Se dispone: Aprobar conforme se propone. Proceda el Departamento de Recursos Humanos conforme con lo que indica.ACUERDO FIRME.

H) Ascenso interino de la funcionaria Nancy Avendaño Infante en la Sección de Análisis y Control.De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0574-2009, de fecha 08 de junio de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, en el cual manifiesta literalmente:

“Respetuosamente elevo a conocimiento del Superior, para lo que tenga a bien disponer, el oficio RH-0736-2009, de fecha 04 de junio del año en curso, suscrito por el Lic. Ricardo Carías Mora, Jefe de Recursos Humanos, referido al ascenso interino de la servidora Nancy Avendaño Infante, Asistente de Operación en la Sección de Inscripciones, a la plaza de Oficial Calificador o Analista de Operación que temporalmente se encuentra vacante en la Sección de Análisis, pues su actual propietario, señor Jorge Luis Varela Rojas, fue ascendido a una plaza de Profesional de Apoyo en la Coordinación de Programas Electorales.

La servidora Nancy Avendaño Infante, fue recomendada por escrito por elLic. Oscar Fernando Mena Carvajal, Jefe de la Sección de Análisis, quien en lo que interesa manifiesta: “…posee el grado académico necesario que exige el puesto, ha mostrado interés y quien actualmente se encuentra desempeñando estas funciones de Analista en forma interina.”

Cumpliendo con lo que establecen los artículos 34 y 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios y con lo acordado por el Tribunal Supremo de Elecciones en Sesión No.129-2002, artículo quinto, comunicado mediante Oficio No.4168-2002 del 26 de setiembre del 2002, la suscrita avala la petición formulada por la Jefatura, razón por la cual solicito al Superior, si a bien lo tiene, la aprobación del ascenso interino que se propone.

De contar con la anuencia del Tribunal Supremo de Elecciones, la servidora Nancy Avendaño Infante, podría ser ascendida interinamente al cargo de Oficial Calificador o Analista de Operación, puesto número 45738, a partir del próximo 16 de junio y hasta que el titular del puesto regrese a ocuparlo o haya que nombrar en dicha plaza a otro propietario.”.

Se dispone: Aprobar el ascenso interino conforme se propone, a partir del 16 de junio del año en curso, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 34 y 36 de Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO.ASUNTOS DE LAS ELECCIONES DEL 2010.

A) Solicitud para adoptar medidas a fin de que las personas con discapacidad puedan votar en igualdad de condiciones.Del señor Alberto Cabezas Villalobos se conoce fax correspondiente a nota recibida el 8 de junio del 2009 en la Secretaría del despacho, mediante la cual reclama medidas urgentes para que las personas con discapacidad puedan votar en igualdad de condiciones que el resto de la ciudadanía, según expone, e insta a realizar un llamado a los poderes públicos centrales y autonómicos con competencia de ayuda a la organización y gestión de procesos electorales, a que pongan todos los medios precisos para garantizar el derecho al voto de esa población, así como la creación de una comisión electoral en los términos que señala.

Se dispone: Reiterarle al señor Cabezas Villalobos que este Tribunal ha implementado el Programa de Equiparación de Condiciones para el Ejercicio del Voto para hacer accesible el voto a poblaciones con discapacidad. Para efectos de divulgación de los logros del programa antedicho, pasen las manifestaciones del señor Cabezas Villalobos a la funcionaria Ana Hazel Villar Barrientos, a fin de que las considere en su oportunidad. ACUERDO FIRME.

B) Nombramiento del señor Erick Schmidt Fonseca como Encargado de Programa de Escrutinio.Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce oficio n.° CPE- 344-2009 del 5 de junio del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 9 de junio del 2009, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Dado que la Licda. Patricia Chacón Jiménez, Jefa del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones nos ha informado que en los próximos días iniciará la actualización del software que se empleará en el Programa de Escrutinio y habida cuenta de que el señor Jaime Madríz Muñoz ha manifestado su intención de jubilarse a finales del presente año, se hace necesario definir el nombre de la persona que se hará cargo del precitado programa electoral para que se capacite en la metodología que se empleará en el ciclo de desarrollo y ajustes de la aplicación, además de que en este proceso, según nos lo ha indicado la Licda. Chacón Jiménez, es relevante el rol que desempeña el usuario principal desde el inicio del diseño de la herramienta informática.

En virtud de lo expuesto me permito sugerir al Superior que se designe al Lic. Eric Schmidt Fonseca como encargado del Programa de Escrutinio, quien ya ha tenido experiencia como encargado de los programas de Voto Electrónico (diciembre 2002) y Control de Transporte Gratuito de Electores (Referéndum 2007) y cuenta con más de veintinueve años de laborar en la Institución; actualmente este funcionario labora en la Dirección Ejecutiva.”.

Se dispone: Aprobar conforme se sugiere. ACUERDO FIRME.

C) Informe sobre las observaciones al proyecto de reglamento para regular el arrendamiento de vehículos propiedad de funcionarios de la institución. De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal y del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce oficio CPE-350-2009, de fecha 08 de junio de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, quienes -en atención a los acuerdos adoptados por este Tribunal en las sesiones ordinarias n.° 048-2009, artículo cuarto, y n.° 039-2009 artículo cuarto, celebradas por su orden el21 de abril y 14 de mayo, ambas fechas del presente año- informan sobre las observaciones formuladas por la Contraloría General de la República mediante oficio n.° 03860 (DAGJ-0535-2009), al proyecto de reglamento para regular el arrendamiento de vehículos propiedad de funcionarios de este Tribunal.

Sobre el particular comunican que, el pasado 12 de mayo, el señor Coordinador de Programas Electorales y dos de sus colaboradoras asistieron a una reunión con la señora Rocío Aguilar Montoya, Contralora General de la República, y el señor Carlos Arguedas Vargas, Gerente de División de esa entidad, con la finalidad de exponer un panorama más amplio sobre las actividades que se desarrollan en cada proceso electoral y comentar los supuestos en los que resulta más conveniente y beneficioso para este organismo electoral contar con la referida figura contractual. Agregan que de acuerdo con lo conversado, se les solicitó plasmar por escrito algunos de esos supuestos,a fin de justificar la necesidad de utilizar esta modalidad de contratación.

Asimismo, en principio se refieren a las observaciones efectuadas por el ente contralor, las cuales se basan en lo establecido por el artículo 131, inciso l) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, y al respecto manifiestan y recomiendan lo que literalmente se transcribe a continuación:

I. Sobre la procedencia del sistema.

Aclaramos que en efecto, este servicio se utilizará única y exclusivamente en los procesos electivos o consultivos en que se requiera, siempre y cuando sea en el cumplimiento de funciones propiamente electorales.

Debe tenerse en cuenta que con motivo de los procesos electorales, el Tribunal Supremo de Elecciones ejecuta una serie de actividades por medio de los diferentes programas electorales, que permiten el buen desarrollo de las elecciones. Tal es el caso del Programa de Asesores Electorales, cuya labor se refiere a la integración, capacitación, acreditacióny juramentación de los miembros de mesa y auxiliares electorales a nivel nacional, por lo que este programa se encarga de enviar funcionarios a los diferentes cantones del país para llevar a cabo dicha tarea, quienes se denominan Asesores Electorales. Para tal fin, los mencionados Asesores Electorales elaboran un plan de juramentación para el cantón que se les asignó, el cual es previamente aprobado por el Encargado del Programa, donde (sic) se establecen los días y horas en que deberá presentarse en determinado lugar a realizar la respectiva capacitación y juramentación. Para llevar a cabo las funciones antes descritas, los Asesores Electorales necesitan desplazarse a los distritos del cantón, razón por la cual se hace necesario y, en algunos casos es indispensable, contar con un medio de transporte que permita ese traslado de forma pronta y oportuna, de manera que pueda cumplirse a cabalidad con la labor encomendada.

Otro de los programas que eventualmente podría incluirse dentro de este supuesto, son los funcionarios Ad-Honoren del Cuerpo de Delegados, ya que éstos, el día de las elecciones ponen sus vehículos a disposición del Tribunal, con el objeto de ejecutar sus labores de fiscalización y coordinación en los diferentes cantones del país. En procesos electorales pasados, el mecanismo utilizado ha sido la entrega de cupones de combustible para que lleven a cabo dicha labor. Según las estimaciones hechas por la Coordinación de Programas Electorales, resulta más beneficioso para la institución pagar sólo el kilometraje recorrido de acuerdo a la tarifa establecida por la Contraloría que el otorgamiento de esos cupones de combustible por un monto definido. Este sistema permitirá además, aplicar con mayor facilidad los debidos controles.

En este punto es necesario exponer al menos dos casos mediante los cuales se puede demostrar la razonabilidad y el beneficio económico que representa para la institución, la aplicación del reglamento de reconocimiento de kilometraje para los funcionarios.

Para la fase demostrativa adjuntamos a este documento dos cuadros representativos, elaborados por la Coordinación de Programas Electorales, en los que se toma como base el recorrido real efectuado por dos funcionarios que formaron parte del Programa de Transmisión de Datos en los pasados procesos electorales de Elecciones Presidenciales y Municipales 2006. Los cálculos realizados fueron bajo el supuesto de que ambos vehículos tenían las mismas características, en cuanto a tipo y modelo de vehículo.

En el primer caso, se refiere a un funcionario que desempeñó sus funciones electorales en la zona de Puntarenas, al cual se le habían asignado la realización de seis giras en un plazo de 58 días. Dicho funcionario hizo un recorrido total de 8.934 kilómetros, por lo que, a continuación detallaremos los costos en los dos estadios posibles, sea mediante el arrendamiento del vehículo a la empresa Nacional Car Rental, -la cual fue consultada- o mediante el reconocimiento de pago de kilometraje a los funcionarios que pongan a disposición sus vehículos, utilizando los precios ajustados a la actualidad.

En el segundo caso, tomamos como referencia un funcionario que desempeñó sus funciones electorales en la zona de Pérez Zeledón, el cual hizo un recorrido total de 6.250 kilómetros en una gira que tardó 33 días.

Como se evidencia a partir de los ejemplos señalados, en ambos casos se percibe un beneficio económico para la institución; que en el primer caso se ve reflejado en un 43% de ahorro real que equivale a la suma de ¢851.797.54 y en el segundo supuesto el ahorro es de un 27% equivalente a la suma de ¢279.387.38.

De igual manera, con el fin de evidenciar con mayor claridad la magnitud del ahorro en términos globales y a modo de ejemplo, supongamos que para el último mes del proceso electoral se requieran 40 vehículos, los cuales recorren un total de 200.000 kilómetros durante las giras programadas, por lo que, tomando como parámetro los supuestos antes citados; el costo total al que asciende la renta de los vehículos más el gasto de combustible es de aproximadamente ¢37.904.016.00; mientras que, por medio del sistema de reconocimiento de pago de kilometraje, el costo total sería de ¢25.300.000.00.

Ante este escenario, en donde ambas figuras contractuales cumplen a cabalidad con las funciones electorales que se desarrollan durante un proceso electoral, es claro que la implementación de un sistemas (sic) como el que se pretende representa un mayor beneficio económico para estos organismos electorales, ya que la renta de los vehículos, en cuyo caso se debe cubrir tanto el monto por concepto de alquiler como el gasto de combustible, es más onerosa.

En el proyecto del reglamento propuesto, a partir del artículo 17 se establecen los diferentes canales de enlace entre la Oficina de Coordinación (sic), Encargados de Programas, Jefes de Unidades Administrativas y el Encargado del Programa de Transportes, quienes ejercerán labores de control y fiscalización.

El Coordinador de Programas Electorales será el responsable de firmar los contratos como representante del Tribunal, previo visado de los requisitos y documentos solicitados. Además, deberá otorgar el respectivo visto bueno de las solicitudes de pago por kilometraje cuando éstas estén debidamente aprobadas tanto por el encargado del programa electoral o por la jefatura inmediata según corresponda, así como la aprobación del Encargado del Programa de Transportes.

A continuación detallaremos el mecanismo a seguir:

A modo de ejemplificar unpoco el procedimiento de estos mecanismos internos de control, podemos citar el caso del Programa de Asesores Electorales, que como explicamos anteriormente, cada uno de los funcionarios de ese programa presentan un plan de trabajo, que debe ser previamente aprobado, mediante el cual establecen los días y horas en que deberán presentarse en determinado lugar a realizar la respectiva capacitación y juramentación, por lo que para el encargado del Programa de Asesores Electorales resulta factible verificar el kilometraje recorrido por día.

Por su parte, el encargado del Programa de Transportes verificará que el kilometraje reportado sea el mismo que el establecido en la tabla de distancias.De esta manera, en ningún caso se reconocerá el pago de más kilometraje de lo ahí establecido, salvo los casos de excepción contemplados en el reglamento.

II. Sobre el texto de reglamento propuesto.

En cuanto a las observaciones puntuales para mejorar la propuesta del proyecto del reglamento, presentamos una nueva versión del proyecto que incorpora las recomendaciones realizadas por la Contraloría General de la República.

Recomendaciones:

En virtud de lo expuesto, recomendamos que se remita a la Contraloría General de la República la respuesta al oficio N° 03860 (DAGJ-0535-2009), donde se adjunte (sic) la nueva propuesta del proyecto de reglamento para regular el pago de kilometraje de vehículos propiedad de funcionarios del Tribunal Supremo de Elecciones, para su respectiva aprobación.

Por otra parte, solicitamos que en caso de que el reglamento de cita sea aprobado por el ente contralor, se ordene al Encargado del Programa de Transportes, en coordinación con el jefe de la Sección de Coordinación de Servicios Regionales, la elaboración de una tabla de distancias, que puede fundarse en la tabla de distancias del Ministerio de Obras Públicas y Transportes.

Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuya recomendación se acoge. Proceda la Secretaría del despacho a remitir la nueva propuesta de reglamento, a la Contraloría General de la República, para la respectiva aprobación, para lo cual se adjuntará copia del informe que se conoce. ACUERDO FIRME.

D) Acuerdo del CONAVI para garantizar el libre tránsito los días de elecciones, convenciones o consultas populares.Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce oficio n.° CPE-341-2009, de fecha 05 de junio de 2009, recibido el 9 de junio en la Secretaría del despacho, con el cual adjunta copia del aviso del acuerdo adoptado por el Consejo de Administración del Consejo Nacional de Vialidad, en el artículo V de la sesión n.° 664-09 del 28 de mayo de 2009, y dirigido al Director Ejecutivo de dicha entidad, el cual emite instrucciones tendientes a garantizar el libre tránsito de la ciudadanía a las urnas electorales, cuando se efectúe cualquier tipo de consulta popular, convenciones de partidos políticos o elecciones generales.

Se dispone: Agradecer al Consejo Nacional de Seguridad Vial los recaudos que adopta en orden a facilitar la emisión del sufragio.Tome nota para lo de su cargo el Cuerpo Nacional de Delegados de este Tribunal y comuníquesele a los partidos políticos inscritos. ACUERDO FIRME.

E) Denuncia del señor Diputado Alfaro Salas por declaraciones del Presidente de la República. Del señor Sergio Iván Alfaro Salas, Diputado de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° PAC-DSIAS-0363-2009 del 9 de junio del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el día siguiente, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Reciban un cordial saludo y la presente denuncia. Consigna la prensa de hoy, propiamente nacion.com, en un avance, lo siguiente:

REACCION TRAS COMICIOS INTERNOS

Oscar Arias celebra triunfo de Chinchilla

"Se cumple un viejo sueño mío", dijo en alusión de una mujer candidata

MERCEDES AGÜERO |

Publicado: 2009/06/09| 02:47 PM

Alajuela (Redacción). El presidente Oscar Arias expresó esta mañana su satisfacción por la designación de su anterior vicepresidenta, Laura Chinchilla, como candidata presidencial del PLN.

"Se cumple un viejo sueno mío de que los costarricenses puedan algún día escoger a una mujer como presidenta", dijo Arias, quien evitó extenderse en sus comentarios para no violar normas "estúpidas" que impiden jerarcas (sic) del Gobierno opinar sobre política electoral o votar en comisios (sic) internos de cualquier partido político.

"Me puedo meter en líos con el Tribunal Supremo de Elecciones. No hay nada más estúpido y más hipócrita que esa norma que Ie impide a los presidentes votar por una persona de su partido. Es una de esas cosas que hemos venido arrastrando desde el pasado y que demuestran la hipocresía de leyes que no tienen ningún sentido. Por eso debo ser muy precavido".

Estas declaraciones las dio Arias en la inauguración de una planta industrial en El Coyol de Alajuela.

Arias se convirtió un inevitable protagonista de la contienda liberacionista, pues el derrotado Johnny Araya denuncio preferencia del mandatario por su rival Laura Chinchilla, quien triunfo con una diferencia de 14% de los votos, según los datos procesados hasta ahora por el partido oficialista.

La ahora candidata enfatizó su vínculo con el Gobierno y prometió ser la carta de continuidad.

Señores Magistrados y Magistradas, el Presidente de la República se burla de ustedes y de las resoluciones que ustedes emiten, de las leyes de la republica (sic) y de la democracia de Costa Rica. Esta actitud es, en buena parte, responsabilidad de el (sic) mismo Tribunal Supremo de Elecciones, la falta de contundencia con que ha resuelto este tribunal (sic) las anteriores denuncias por beligerancia política contra el Presidente y varios Ministros de su gobierno (sic) ha provocado que los titulares del Poder Ejecutivo pierdan el respeto a la ley que les impide participar en política ante una casi segura impunidad.

Esta es la única oportunidad que tendrán ustedes para rectificar lo actuado, estas declaraciones requieren de una resolución pronta y tajante, de no producirse una resolución inmediata el Presidente de la Republica, que ya desprecia nuestra Constitución y nuestras Leyes calificándolas como "estúpidas", intervendrá directamente en los comicios que se avecinan y, lo peor, lo hará con impunidad poniendo en peligro la paz social.

La Constitución Política Ie asigna a ese Tribunal la competencia para conocer este asunto y llevarlo hasta las últimas consecuencias, el Tribunal Supremo de Elecciones debe hacer respetar la Constitución y las Leyes Electorales, es su juramento y su función en nuestro estado de derecho.

Agradeciendo su atención a la presente y pidiéndoles inmediata acción ante esta denuncia, me despido.”.

Se dispone: Cursar la denuncia presentada. Pase a la Inspección Electoral a fin de que desarrolle la respectiva investigación preliminar de los hechos denunciados (artículo 102 inciso 5° de la Constitución Política y Reglamento sobre denuncias por parcialidad o participación política). ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO.ASUNTOS PRESUPUESTARIOS.

A) Solicitud de autorización para sustituir firmas mancomunadas en cheques.Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del Tribunal, se conoce oficio n.° STSE- 1837-2009 del 9 de junio del 2009, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Previo un cordial saludo, y con objeto de solicitar amablemente la autorización del Tribunal me permito recordarle al Superior que estos organismos electorales poseen dos cuentas corrientes en el Banco de Costa Rica, a saber:

1.- N°. 001-0132062-9 Tribunal Supremo de Elecciones – Contaduría TSE, cuenta en la que se depositan dineros rendidos por los participantes como garantía de participación y/o cumplimiento, y

2.- N°. 31337-8 Cuenta Especial TSE-Contaduría, es una cuenta transitoria en la que se depositan las devoluciones de dineros de los funcionarios que están de gira.

En ambas cuentas figuran el suscrito Secretario y el señor Juan Rafael Salas Navarro, Prosecretario, como firmantes en forma conjunta con personeros de nuestro Departamento de Contaduría.

Como es sabido, las funciones de este despacho son múltiples, y éstas se duplican en periodo preelectoral, por lo que -en ocasiones y para efectos de adoptar los recaudos mínimos en punto a las firmas que debe dar este despacho- el trámite de suscripción de los cheques sufre retrasos involuntarios, razón por la cual vengo a solicitarle al Tribunal permita sustituir las firmas registradas del suscrito y del señor Salas Navarro por las de los señores Fernando Víquez Jiménez y José Gilberto Alvarado Vargas, Director Ejecutivo y Subdirector Ejecutivo, respectivamente, conservándose así el principio de firmas mancomunadas con los funcionarios de la Contaduría.

Muy respetuosamente, se recomienda que la Contaduría efectúe los trámites necesarios ante ese Banco, a fin de que el cambio se concrete a la brevedad posible.”.

Se dispone: Aprobar. Procedan de conformidad el Departamento de Contaduría y los señores Director y Subdirector Ejecutivo. ACUERDO FIRME.

B)Plan Operativo Institucional Preliminar y Presupuesto Ordinario y Presupuesto Electoral. Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-785-2009 del 10 de junio del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“De conformidad con las instrucciones recibidas de parte del Superior, lo analizado por la Comisión de Presupuesto institucional, teniendo como marco global el Plan Estratégico Institucional 2008-2012 y con base en los planes operativos anuales elaborados por cada unidad administrativa, todo como parte de un extenso ciclo de planificación, me permito adjuntar al presente oficio el Plan Operativo Institucional Preliminar 2010, la respectiva Exposición de Motivos y los cuadros del Presupuesto Ordinario (Subprograma 850-01) y Presupuesto Electoral (Subprograma 850-02) que le dan sustento al referido plan a efecto de que pueda ser ejecutado, en los que se detallan los rubros necesarios que permitan realizar las actividades previstas, de conformidad con los cuales el anteproyecto de presupuesto global para el año próximo es por un monto de ¢33.938.000.000,oo desglosado de la forma siguiente:

Subprograma 850-01.................................. ¢ 14.670.000.000,oo

Subprograma 850-02................................ ¢19.268.000.000,oo

TOTAL¢33.938.000.000,oo

En relación con el Subprograma 850-01, es menester señalar que se ha hecho un gran esfuerzo para reducir el gasto, producto de lo cual, en términos globales, en este subprograma se presupuestan ¢14.670.0 millones por lo que crece un 6.1% (838.6 millones) de lo que procede descontar un monto de ¢32.135.000,oo destinados a cumplir con lo ordenado por la Ley 7600, por lo que realmente el aumento es de un 5.83%.

De acuerdo con las atribuciones y obligaciones que la Constitución Política y las leyes de la República asignan al Tribunal, en este subprograma, que es el de gasto ordinario, se han presupuestado los recursos que se necesitan para el desarrollo de la gestión administrativa; inscribir los hechos civiles y sus modificaciones; expedir certificaciones, constancias y la tarjeta (sic) TIM; resolver las opciones y naturalizaciones, desarrollar las acciones del Plan Estratégico y todos los otros trabajos normales que constituyen la misión de esta entidad.

Se han incluido además las plazas nuevas que han sido debidamente aprobadas por el Tribunal con base en los estudios administrativos efectuados por esta Dirección, a la vez que se ha reclasificado a Profesional de Gestión el puesto N° 353417, que en la actualidad aparece como Asistente Funcional en el Departamento de Recursos Humanos y al que corresponde encargarse de los asuntos de género, lo que regirá a partir del mes de enero de 2010 y para lo que se requiere que se dicte la resolución respectiva y se nos haga llegar pues debemos remitirla como respaldo de esta variación a la Dirección General de Presupuesto Nacional.

Por su parte, el porcentaje por costo de vida para el segundo semestre de 2009 se estimó en un 5% (que es lo que está presupuestado) mientras que para el próximo año se ajustó a lo indicado en las directrices giradas por el Ministerio de Hacienda por lo que se calculó un 5% para el primer semestre y un 4.5% para el segundo, lo cual no significa apartarse de la directriz emanada del jerarca y defendida por el Tribunal desde el año 1999 que se orienta a compensar al menos la inflación para mantener el valor real de los salarios de su personal, así como a su decisión de resarcir las diferencias que aún se adeuden, lo cual debe hacerse dentro de las limitaciones presupuestarias y los porcentajes de crecimiento permitidos.

En cuanto al Subprograma 850-02, su monto es de ¢19.268.000.000,oo, suma que incluye ¢2.799.843.100,oo para las elecciones de febrero de 2010, ¢1.348.631.500,oo para una eventual segunda vuelta que se celebraría el primer domingo de abril, ¢6.754.493.000,oo para las elecciones municipales de diciembre y ¢2.500.000.000,oo para un eventual referéndum, conforme lo obliga la Ley 8492 del 4 de abril de 2006. Además ha de mencionarse que se trasladó a este subprograma el Departamento Electoral del Registro Civil habida cuenta que sus funciones básicas, asignadas constitucionalmente y por ley, son las de expedir las cédulas de identidad y conformar el Padrón Nacional Electoral, tareas típicas de este aparte presupuestario, en el que ya se han venido incluyendo los recursos necesarios para la confección de dicho documento y para la actualización y mantenimiento del registro de electores, con lo que ahora se obtiene una unidad consistente y lógica.

Como parte de lo presupuestado para dar efectividad al sufragio con miras a las elecciones del 2010, resulta de vital importancia reiterar lo ya expresado en cuanto a los proyectos del área estratégica de desarrollo tecnológico, concretamente en lo que concierne al cambio del computador central de la plataforma tecnológica del sistema de cédula por su repercusión directa en la organización de las elecciones, habida cuenta de su incidencia en la expedición del documento de identidad y en el mantenimiento del Padrón Electoral, proyecto que está en ejecución durante este año 2009, pero para el cual se ha incluido en el 2010 lo correspondiente al último pago ante la eventualidad de que se presenten circunstancias que impidan que el contrato se concluya en su totalidad dado su alto grado de complejidad.A su vez se ha presupuestado un monto inicial para el proyecto de “Modernización de la cédula de identidad”, cuyo estudio de factibilidad está terminado, de manera que se ha programado elaborar las respectivas especificaciones del cartel y desarrollar sus primeras etapas durante los últimos meses de 2010.

En Servicios Especiales se han incluido las plazas necesarias parareforzar algunas unidades administrativas que por la naturaleza de sus funciones ven incrementada su labor con motivo del proceso electoral, así como para atender la logística de los diversos programas electorales que con gran intensidad se desarrollarán para culminar las últimas etapas de la elecciones nacionales de febrero y prácticamente la totalidad de las de diciembre, para las cuales se deberán cumplir los términos legales establecidos para cada actividad, como es el caso de inscripción de candidaturas, exhibición del Padrón Electoral, impresión de papeletas, empaque del material electoral, asesores electorales, acreditación de fiscales, confección del Padrón Registro con Fotografía, transmisión de datos y otros.Toda esta logística implica recurrir a una serie de erogaciones de diversa naturaleza, tal como es el caso de la impresión de formularios y productos gráficos diversos, tiempo extraordinario, gastos de viaje, alquileres, campaña publicitaria y equipo y suministros, entre otros.

En lo que respecta a alquileres ha de mencionarse que la Coordinación de Programas Electorales se ha dado a la tarea de buscar un inmueble que permita ubicar ciertos programas electorales así como oficinas que se encuentran adscritas a ella, esto por cuanto en época electoral el espacio físico disponible en los edificios del TSE resulta insuficiente para situar la cantidad de personal que se requiere. A esta situación se debe aunar la necesidad de brindar un sitio para el personal de la Contraloría General de la República, para sus funciones de control del financiamiento de los partidos políticos. Todo lo anterior, deriva en la urgencia de contratar el alquiler de un local cercano al circuito electoral por todo el año 2010. Por otra parte, el servicio de bodegaje para el material electoral que se paga al Banco Nacional de Costa Rica no podrá continuar dado que dicha entidad en breve no dispondrá de las bodegas, por lo que se ha hecho necesario buscar nuevas opciones lo que ha motivado que en este rubro se presupueste un monto importante (336.0 millones) de forma que se pueda alquilar un inmueble con condiciones apropiadas para la preparación y empaque de los materiales electorales para las elecciones municipales de diciembre y en el que además se pueda reunir el Almacén de la Proveeduría y el archivo de expedientes de las cédulas de identidad.

También ha de resaltarse la incorporación de recursos por 1.374.0 millones de colones para contar con una solución tecnológica para dotar a un 30% de las juntas receptoras de votos de un padrón registro electrónico como plan piloto a implementar en las elecciones municipales, según lo acordó el Tribunal.

En lo que concierne a la programación presupuestaria, el 29 de mayo de 2009 se llevó a cabo en nuestras oficinas una reunión en la que participaron funcionarios de los dos subprogramas que conforman nuestro presupuesto, actividad en la que los representantes de la Dirección de Presupuesto Nacional explicaron los nuevos conceptos que están poniendo en práctica en cuanto a la elaboración de indicadores y su vinculación con la misión de cada subprograma y con sus objetivos estratégicos, con base en lo cual se ha procedido según las orientaciones recibidas. En todo caso, como ha sido usual, se está en la mayor disposición de revisar dicha programación en forma coordinada con los funcionarios de Hacienda y modificarla en lo que resulte factible según el consenso que se logre.Al respecto es menester señalar que para los efectos propios de la evaluación respectiva, a cada subprograma presupuestario se le ha asignado una ponderación del 50% lo que no obedece a los montos que se les han asignado sino a su impacto tanto a nivel nacional como institucional.En efecto, la Misión del TSE reúne dos grandes aspectos: la organización y arbitrio de los procesos electorales y la prestación de los servicios de registro e identificación de los costarricenses, por lo que ambos son fundamentales y se ejecutan gracias a su accionar conjunto y complementario.

Un mayor grado de detalle respecto de la justificación de los gastos se observa en la Exposición de Motivos que se remite con este oficio, en la que se condensan los acuerdos y directrices que en su oportunidad dictó el Superior respecto de esta materia, por lo que se recomienda la aprobación de los documentos adjuntos, a partir de lo cual esta Dirección procedería a incluir la información pertinente en los sistemas informáticos de la Dirección General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y a preparar los formularios respectivo (sic).”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme lo somete el señor Director Ejecutivo, quien se encargará de hacer llegar a las autoridades hacendarias el Plan Operativo Institucional Preliminar y Presupuesto Ordinario (subprograma 850-01) y Presupuesto Electoral (subprograma 850-02) para el 2010. ACUERDO FIRME.

 

ARTÍCULO SEXTO.ASUNTOS EXTERNOS.

A) Audiencia para presentar propuesta de automatización del proceso electoral costarricense. Del señor Ing. Pedro Mejía, Gerente de Ventas para Centro América y el Caribe de la empresa Gilat Satellite Networks LTD, se conoce oficio sin número del 9 de junio del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual solicita reunirse -el jueves 11 o el viernes 12 del mes en curso- con este Tribunal, a los efectos de someter una propuesta relativa de automatización del proceso electoral costarricense que en los próximos meses se llevará a cabo, según indica.

Se dispone: Atenderá la reunión solicitada el Comité Asesor en Tecnologías de la Información. ACUERDO FIRME.

B) Denuncia del Diputado Alfaro Salas sobre noticia publicada en prensa escrita.Del señor Sergio Iván Alfaro Salas, Diputado de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° PAC-DSIAS-0354-2009 del 8 de junio del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 9 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Reciban un cordial saludo. En el periódico La Nación del día de hoy, 8 de junio del 2009, se publica una noticia titulada “Araya atribuye derrota a presiones del Gobierno”, en la cual, el precandidato del Partido Liberación Nacional (PLN), Johnny Araya, indica que su derrota en la convención se debió a presiones ejercidas por el Gobierno de la República.

Por tal motivo, solicito que realicen las investigaciones del caso, para que se determine si se violento (sic) alguna de las disposiciones del Código Electoral. No omito manifestarles que incluyo copia de dicha noticia.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Informar al Diputado Alfaro Salas que, conforme lo ha establecido este Tribunal en otras oportunidades (ver resolución número 2534-E6-2008 de las 13:55 horas del 29 de julio del 2008) el Reglamento sobre denuncias por parcialidad o participación política prohibida, no habilita a este Tribunal para investigar denuncias genéricas. En este sentido, la denuncia que se presente debe cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 3, el cual indica:

“ARTICULO 3º. La denuncia deberá presentarse por escrito, personalmente o debidamente autenticada por abogado, ante el Tribunal Supremo de Elecciones y contendrá:

1. Nombre y calidades del denunciante.

2. Una relación clara, precisa y circunstanciada del hecho o hechos que sustentan la denuncia, indicándose el lugar, día y hora en que ocurrieron.

3. Los nombres de la persona o personas a quienes se atribuyen los hechos, el cargo que ejerce y el lugar en que puede ser notificado, este último si lo conociere.

4. Los nombres de los testigos, si los hubiere, así como sus respectivos domicilios, si el denunciante los conociere.

5. Las demás circunstancias que sirvan para comprobar los hechos y apreciar su naturaleza.

6. Los documentos o cualquier otro medio de prueba que se estimen convenientes para el esclarecimiento de lo sucedido.

7. Lugar o medio para recibir notificaciones; y

8. Fecha y firma.”

En consecuencia, dado que en este asunto no se precisan los hechos denunciados ni las personas a quienes se atribuyen éstos, debe rechazarse la gestión, sin perjuicio de que el Diputado Alfaro Salas la presente, posteriormente, cumpliendo los requisitos antes señalados.ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SETIMO.ASUNTOS DE CONTROL INTERNO.

A) Remisión de compendio de normativa sobre control interno. Del señor Federico Castro Páez, Gerente a.i. de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República, se conoce copia del oficio n.° 4263 (DFOE-139) del 24 de abril del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 2 de junio en curso, mediante el cual remite el “Compendio de normativa relacionado con el control interno emitida por la Contraloría General de la República”, que contiene las resoluciones mediante las que se emiten las “Normas de control interno para el Sector Público” y las “Normas de control interno para los sujetos privados que custodien o administren, por cualquier título, fondos públicos”, según expone.

Se dispone: Agradecer el envío de tan valiosa información, la cual será custodiada y mantendrá actualizada la Unidad de Control Interno de la Dirección Ejecutiva. Remítase copia a la Auditoría Interna de este Tribunal.ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO OCTAVO.ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

A) Invitación a participar como observadores en las elecciones internas de los partidos políticos del Uruguay.De los señores Carlos A. Urruty y Alfonso M. Cataldi, Presidente y Secretario Letrado respectivamente, de la Corte Electoral de la República de Uruguay, se conoce fax que corresponde al oficio sin número con fecha 30 de mayo del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 3 de junio en curso, mediante el cual cursa cordial invitación a participar como observadores de las elecciones internas de los partidos políticos el próximo 28 de junio, según le fue encomendado organizar y juzgar a dicha Corte en el numeral 12 del artículo 77 y en la disposición transitoria letra W de la Constitución de la República Oriental del Uruguay.

Indican los señores Urruty y Cataldi que ese Organismo carece de rubros presupuestales que le permitan cubrir los costos de participación.

Se dispone: Por razones de índole presupuestaria, este Tribunal lamenta tener que declinar la atenta invitación formulada, al paso que augura una administración exitosa del proceso a la estimable Corte Electoral Uruguaya. ACUERDO FIRME.

Sale del Salón de Sesiones la Magistrada Bou Valverde.

B) Invitación del Instituto de Procedimientos Electorales y Participación Ciudadana del Estado de Yucatán (México), para participar en el foro para un intercambio de experiencias en materia de Plebiscito y Referéndum.De la señora Ana Hazel Villar Barrientos, Jefa de la Oficina de Capacitación, se conoce oficio n.° CAP-255-2009, de fecha 8 de junio de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, en el que literalmente manifiesta:

“Por su medio, hago del conocimiento de las señoras y los señores Magistrados que primero por vía telefónica y luego ratificado mediante correo electrónico, el señor Luis Alberto Tello Dzul, titular de la Unidad de Apoyo a Comisiones del Instituto de Procedimientos Electorales y Participación Ciudadana del Estado de Yucatán (México), extendió invitación para que una persona participe en un foro a realizarse en Yucatán, México, los días 17, 18 y 19 de agosto del presente año, el cual ha sido organizado para realizar un intercambio de experiencias en materia electoral, con temas relativos a las figuras de Plebiscito y Referéndum.

Cabe mencionar que los gastos de hospedaje, viáticos y alimentación correrían a cargo de la organización.

Acompaño los correos electrónicos enviados por el señor Tello Dzul, para lo que a bien tenga resolver el Superior.”

Se dispone: Agradecer al señor Tello Dzul, la atenta invitación que se cursa a este Tribunal, y para atenderla se designa a la Magistrada Zetty Bou Valverde.Para sustituirla durante su ausencia y previo sorteo de rigor, se llama al ejercicio de la magistratura al Lic. Rodríguez Chaverri.ACUERDO FIRME.

La Magistrada Bou Valverde se reincorpora al Salón de Sesiones.

ARTÍCULO NOVENO.ASUNTOS DE PARTIDOS POLITICOS.

A) Listados de partidos que presentaron solicitud de inscripción, de partidos inscritos y de partidos constituidos que no presentaron solicitud de inscripción.De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0579-2009, con fecha 8 de junio de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, el cual literalmente dice lo que se transcribe a continuación:

“Muy respetuosamente, remito al Tribunal Supremo de Elecciones, información referente a las agrupaciones políticas con el siguiente detalle:

-Lista de partidos políticos que presentaron solicitud de inscripción al día 8 de junio de 2009, según su escala, con indicación de la circunscripción territorial y con la fecha de solicitud.

-Lista de partidos políticos inscritos a la fecha. Los nuevos partidos políticosque se inscribieron para las próximas elecciones, aparecen destacados con asterisco y en letra cursiva.

-Lista de partidos políticos que se constituyeron, pero que no presentaron la solicitud de inscripción.”.

Se dispone: Tomar nota de lo que se informa a este Tribunal. La Dirección General del Registro Civil suministrará al servidor Vladimir Alpízar, la información que deba publicarse en la página electrónica de este Tribunal. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO DÉCIMO.- ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A)Premio “Peter Benenson 2009” a la Dra. Line Bareiro. Informa la Magistrada Eugenia Zamora que ha recibido comunicación de la licenciada Ana Hidalgo, Consultora Externa del UNPFA para la elaboración de la Política de Género de este Tribunal, mediante la cual informa sobre el reconocimiento que ha concedido Amnistía Internacional a la Dra. Line Bareiro, al otorgarle el premio “Peter Benenson 2009”, por su trayectoria en el campo de los derechos humanos, democracia e igualdad de género.

Se acuerda: Expresar a la Dra. Bareiro, colaboradora de este Tribunal en diferentes ocasiones e insigne promotora de los derechos políticos de la mujer, un saludo y una felicitación por haber sido distinguida con tan alto reconocimiento.Proceda la Secretaría del Tribunal a comunicar el acuerdo a la Dra. Bareiro.ACUERDO FIRME.

B) Modificación del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.° 054-2009 de este Tribunal.Se dispone: Se modifica el acuerdo tomado en sesión ordinaria número 054-2009, artículo cuarto, comunicado mediante oficio número STSE-1790-2009, en el sentido que dentro de los invitados institucionales al acto de inauguración se adiciona al Lic. Alejandro Bermúdez Mora, Secretario de este despacho. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.

 

 

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

Mario Seing Jiménez

 

 

 

Zetty Bou Valverde

 

 

 

Fernando del Castillo Riggioni