ACTA Nº 41-2009

 

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del veintiocho de abril de dos mil nueve, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, los señores Magistrados Max Alberto Esquivel Faerron y Mario Seing Jiménez y la señora Magistrada Zetty Bou Valverde.

 

ARTÍCULO PRIMERO.APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.

Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por el señor Magistrado Sobrado González quien no participó de ella.

ARTÍCULO SEGUNDO.ASUNTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA.

A) Aprobación de los carteles para la "Contratación del mantenimiento preventivo y correctivo para un servidor Sun FIRE 208R" y "Remodelación de espacios en el área de Servicios Internos del TSE".Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i. de este Tribunal, se conoce oficio n.º PROV-0544-2009 de fecha 23 de abril de 2009, recibido ese día en la Secretaría del despacho, en el cual manifiesta que en virtud de haber concluido la fase de formulación y aval, somete a la aprobación de este Tribunal los pliegos de condiciones (carteles) que reglamentarán las licitaciones abreviadas para la “Contratación del mantenimiento preventivo y correctivo para un servidor Sun FIRE 208R”, y para la “Remodelación de espacios en el área de Servicios Internos del Tribunal Supremo de Elecciones”.

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO.ASUNTOS DE ADMINISTRACION DE PERSONAL.

A) Nombramiento del señor Manrique Alvarado Chaves.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-0489-2009 del 17 de abril del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 20 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“En sesión ordinaria número 033-2009 celebrada el 31 de marzo del año en curso, oficio STSE-1129-2009 de la misma fecha, el Tribunal Supremo de Elecciones dispuso el nombramiento interino de cuatro Auxiliares de Operación de Servicios Especiales en plazas asignadas a la Oficina de Coordinación de Programas Electorales. Uno de esos nombramientos, concretamente en la plaza número 353446 por un plazo de seis meses, fue el de la señora Wendy Villarreal Calderón, candidata que cuando se le consultó sobre su disponibilidad e interés a fin de concretar el nombramiento en dicha plaza respondió en forma afirmativa.

Sin embargo, la señora Villarreal Calderón no se presentó a trabajar el miércoles 1º de abril que era la fecha de inicio de labores y al consultarle telefónicamente solamente indicó que no tenía interés en el nombramiento. Se le advirtió que debía enviar una nota indicando los motivos por los cuales no se presentó, no obstante a la fecha no ha remitido ningún documento ni tampoco ha manifestado interés en continuar siendo parte del Registro de Elegibles para puestos de Auxiliares de Operación.En virtud de lo anterior, la citada señora será excluida del respectivo registro de conformidad con lo que establece el inciso g) del artículo 30 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios.

En razón de lo anteriormente expuesto, el Lic. Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, mediante oficio número CPE-166-2009 del pasado 2 de abril, solicita entonces que se nombre en esa plaza al señor Manrique Alvarado Chaves, quien en la actualidad labora interinamente en el Departamento Civil con un contrato que vence el próximo 30 de abril y ha manifestado interés y disponibilidad para aceptar el nombramiento que se propone.

En caso de que el Superior no tenga objeciones, el señor Alvarado Chaves sería nombrado en la plaza número 353446 de Auxiliar de Operación de Servicios Especiales, lo que bien puede hacerse con base en el artículo 22 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios.En cuanto al rige de tal nombramiento, sería a partir del próximo 1º de mayo, para darle continuidad a su actual contrato, y por espacio de seis meses, que es la vigencia presupuestaria de la plaza.”.

Se dispone: Dejar sin efecto el nombramiento de la señora Villarreal Calderón y, en su lugar, nombrar interinamente al señor Manrique Alvarado Chaves, según lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, a partir del próximo 1º de mayo y por espacio de seis meses. ACUERDO FIRME.

B) Encargo de funciones del Responsable del Almacén de la Proveeduría.Del señor Ricardo Carías Mora,Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio RH-0506-2009 de 21 de abril de 2009, recibido el 22 de abril en la Secretaría del despacho, en el cual manifiesta:

“Para los efectos pertinentes, me permito elevar a consideración del Superior el oficio número PROV-0480-2009 recibido el pasado 15 de abril en este despacho que suscribe el Lic. Allan Herrera Herrera, Proveedor a. i. de la institución, mediante el cual informa que el señor William Montero Mayorga, Administrador del Almacén de Proveeduría, disfrutará vacaciones por espacio de 20 días a partir del próximo 4 de mayo. En virtud de lo anterior, solicita que durante ese lapso sus funciones se recarguen en el señor Manuel Castro Porras, quien se desempeña como Coordinador de Apoyo en esa misma unidad.

En este caso resultaría necesario aplicar la excepción que contempla el artículo 40 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, pues el candidato propuesto no cumple con el requisito académico que exige el Manual Descriptivo de Puestos. Sin embargo, el Lic. Herrera Herrera, solicita que se considere como excepción calificada tomando en cuenta las razones apuntadas en oficio PROV-0209-2009 del 27 de febrero de este año, que el Superior conoció en sesión ordinaria número 021-2009, oficio número STSE-0650-2009.

Puede apreciarse que esta gestión cuenta con la anuencia del señor Secretario del Tribunal y con el aval presupuestario de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría.”.

Se dispone: En vista de las razones invocadas por el señor Proveedor a.i. en el oficio referido, por excepción se aprueba el recargo de funciones solicitado. ACUERDO FIRME.

C) Renuncia de los funcionarios Ernesto Cerdas Álvarez y Jorge Arturo Sánchez Conejo.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio RH-0518-2009 de 22 de abril de 2009, recibido ese día en la Secretaría del despacho, en el cual manifiesta:

“Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, me permito elevar a consideración dos notas que suscriben igual número de funcionarios de la institución, mediante las cuales presentan la renuncia al cargo que ocupan, a partir del próximo 1º de mayo, para acogerse al beneficio de PENSION POR EL RÉGIMEN GENERAL DE PENSIONES LEY MARCO (Ley N. 7302 del 15 de julio de 1992).

NOMBRE DEL SERVIDOR

PUESTO Y OFICINA

FECHA DE INGRESO

Ernesto Cerdas Álvarez

Analista de Operación,

Sección de Análisis

01/JUN/1973

Jorge Arturo Sánchez Conejo

Asistente de Operación,

Oficina Regional de Cañas

01/MAR/1972

 

Asimismo, los servidores solicitan el pago tanto de las prestaciones legales que pudieran corresponderles de acuerdo con la legislación laboral vigente, como de las vacaciones que no hayan disfrutado a la fecha de su retiro.”.

Se dispone: Se tiene por presentada la renuncia de los señores Ernesto Cerdas Álvarez y Jorge Arturo Sánchez Conejo, a quienes se les dan las gracias por los servicios prestados por tantos años a este Tribunal, deseándoles el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida. Proceda oportunamente la Contaduría a realizar los cálculos de rigor para el pago de las prestaciones legales que pudieran corresponderles, así como de las vacaciones a que tengan derecho a la fecha de su retiro, cuyo informe trasladará oportunamente al Departamento Legal, para la confección del respectivo proyecto de resolución. ACUERDO FIRME.

D) Nombramiento interino de la señora María Auxiliadora Protti Quesada.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio RH-0526-2009 de fecha 22 de abril de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, con el cual adjunta para consideración de este Tribunal, el oficio DE-532-2009 que suscribe el Lic. Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, en el que solicita que en la plaza de Profesional de Gestión de Servicios Especiales que se incluyó en el presupuesto institucional del presente año para esa oficina, con el propósito de contratar a un profesional en Ingeniería Industrial, se nombre en forma interina a la señora María Auxiliadora Protti Quesada, quien no es funcionaria actual de estos organismos electorales pero cumple los requisitos que el cargo demanda y ha manifestado interés y disponibilidad para aceptar el eventual nombramiento interino. Al respecto el señor Carías Mora manifiesta que el señor Director Ejecutivo indica que dicha plaza se asignó a su oficina con el propósito de iniciar las acciones pertinentes con miras a obtener una certificación ISO en el proceso de expedición de la cédula, a la vez que colaborará en el desarrollo de procedimientos y administración del proyecto de modernización de dicho documento de identidad.Con respecto a la candidata que se propone, manifiesta lo siguiente: “…dado que internamente no se cuenta con profesionales en esta disciplina, le agradeceré tramitar el nombramiento interino de la señora María Auxiliadora Protti Quesada a partir del 4 de mayo y por el resto del año en curso, quien ha acumulado gran experiencia en el desempeño de cargos similares y cumple con los requisitos que exige el Manual Descriptivo de Puestos, incluida precisamente capacitación específica en los procesos ISO.”.

Por último se índica que de no haber objeciones, bien se podría nombrar interinamente a la señora Protti Quesada con fundamento en los artículos 22 y 25 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría en el puesto número 353703 como Profesional de Gestión de Servicios Especiales en la Dirección Ejecutiva, a partir del próximo lunes 4 de mayo y por el resto del año, lapso que cubre la vigencia presupuestaria de dicha plaza. Tendría asignado un salario base de ¢545.000,oo por mes, anualidades a razón de ¢11.282,oo cada una y un complemento del 18% como incentivo por la responsabilidad en el ejercicio profesional de la función electoral, todo de conformidad con el índice salarial vigente.Igual tendría la opción de incorporarse a los regímenes de Dedicación Exclusiva y Carrera Profesional si lo desea.

Se dispone: Aprobar el nombramiento interino conforme se propone, a partir de 4 de mayo de 2009, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 22 y 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil. ACUERDO FIRME.

E) Estudio sobre plazas de Servicios Especiales para la formación de diferentes actores electorales en la Sección de Capacitación.Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio DE-539-2009 de fecha 23 de abril de 2009, recibido ese día en la Secretaría del despacho, en el cual manifiesta lo que seguidamente se transcribe:

“La señora Ana Hazel Villar Barrientos, Jefa de la Sección de Capacitación, mediante oficio N. CAP-120-2009 del 20 de marzo del año en curso, con el visto bueno del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, solicitó a esta Dirección que las plazas de servicios especiales que fueron creadas para la formación de los diferentes actores electorales con miras a los comicios del 2010, sean trasladadas a cargos fijos, respecto de lo cual me permito informar lo siguiente:

Antecedentes

1.En Sesión Ordinaria N. 31-2008 del 10 de abril del 2008, oficio N. STSE-1102-2008, el Superior aprobó – entre otras cosas – incluir en servicios especiales, para el presente año, una plaza de Profesional de Gestión y una de Asistente Funcional, a efecto de que atendieran las capacitaciones dirigidas a los asesores electorales, delegados del TSE e integrantes de las juntas receptoras de votos, entre otros, con lo que se constituyó una especie de nueva unidad de “Capacitación Electoral”, cuya conformación se extendería hasta diciembre del próximo año.

2.Sobre el particular la señora Villar Barrientos indica que realmente las actividades de formación electoral se han convertido en permanentes, lo que justifica con las charlas a mujeres asambleístas de diferentes partidos, al personal del Tribunal de oficinas centrales y regionales para participar como delegados en las asambleas de los partidos políticos y a los jefes de Delegación de la Fuerza Pública. Añade que ha de considerarse que las elecciones serán cada dos años, y que, en cualquier momento, se pueden llevar a cabo consultas populares (referendos).

Análisis

3.Toda organización debe tener como una de sus finalidades desarrollar el potencial de sus funcionarios, a lo que ha de añadirse, para nuestro caso, que a lo externo necesitamos la participación directa de los ciudadanos en cada proceso electoral, por lo que resulta indispensable para que estos coadyuven en forma efectiva y exitosa, que reciban una adecuada capacitación.

Siendo así, la Coordinación de Programas Electorales y la Sección de Capacitación, preparan las acciones tendientes a formar de la mejor manera a los funcionarios que colaboran directamente en el proceso electoral, tales como los asesores, auxiliares electorales, guías, miembros de juntas cantonales y receptoras de votos, Cuerpo de Delegados y otros actores involucrados.

4En cuanto a la proyección del Tribunal Supremo de Elecciones a la comunidad nacional, la visión es clara en el sentido de que se deben crear las condiciones necesarias y abrir espacios para fomentar su participación en la consolidación de la democracia, siendo que le corresponde a la sección citada organizar la labor descrita, ejecutando acciones formativo-educativas para brindar conocimientos, destrezas y la información necesaria en el componente cívico-electoral.

Por lo anterior, esta Dirección considera razonable que las plazas de servicios especiales que se han presupuestado para la formación electoral, se mantengan en forma permanente, lo que a la vez permitiría efectuar nombramientos en propiedad y capitalizar la experiencia que van adquiriendo en un tema de suyo especializado.

5.Recomendación

Trasladar a cargos fijos una plaza de Asistente Funcional y otra de Profesional de Gestiónpara que laboren en la formación electoral, ambos pertenecientes a la Sección de Capacitación.”.

Se dispone: Tener por rendido el informe se que somete a conocimiento de este Tribunal, cuya recomendación se acoge. Proceda la propia Dirección Ejecutiva según corresponda. ACUERDO FIRME.

F) Solicitud de permiso de estudio de la funcionaria Gioconda Pérez López.Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.º DE-544-2009 del 24 de abril del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“El Tribunal Supremo de Elecciones, en sesión ordinaria N. 30-2007 del 29 de marzo del año 2007, oficio N. TSE-1567-2007, dispuso que a la Dirección Ejecutiva, como regla de principio, le corresponde aprobar lo concerniente a permisos de estudio de las carreras relacionadas con Administración, Derecho, Ciencias Políticas e Informática, siempre que no se sobrepase el máximo de diez horas por semana, según lo establece el artículo 11 del Reglamento de Facilidades de Capacitación.

Con base en lo anterior y para lo que a bien tenga disponer el Superior, me permito adjuntar el oficio N. CAP-160-2009 del 16 de abril del año en curso, recibido en esta Dirección el 22 de este mes, suscrito por la señora Ana Hazel Villar Barrientos, Jefa de la Sección de Capacitación, al que acompaña nota de la funcionaria Gioconda Pérez López, Auxiliar de Operación, quien labora provisionalmente en la Unidad de Prevención y Salud Laboral del Departamento de Recursos Humanos, en la que solicita que se le conceda permiso de estudio para recibir las materias “Microeconomía y Dietética de la carrera de Nutrición” que imparte la Universidad Hispanoamericana, como parte de la carrera de Nutrición.

El permiso sería de las 9:00 a las 12:00 horas, todos los lunes y viernes, a partir del 11 de mayo y finalizando el 28 de agosto del presente año. Resulta importante señalar que la señora Villar Barrientos, en lo que interesa, recomienda lo siguiente:

“…la suscrita considera que la salud laboral ha venido tomando auge en los últimos años y que el trabajo que realiza la solicitante, relacionado con el diagnóstico del estado nutricional, el cálculo del índice de masa e índice de grasa corporal de nuestro personal, ha sido importante para establecer parámetros en las condiciones de salud, además de que con sus conocimientos en Nutrición, ha venido apoyando la labor de la de la Unidad en la que actualmente labora, según indica la encargada de esta área …”.”

Se dispone: Autorizar el permiso de estudio de conformidad con lo solicitado. ACUERDO FIRME.

G) Nombramientos de la funcionaria Viviana Valverde y de los funcionarios Edgar Madrigal, Hugo Brenes y Fausto Campos.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-0533-2009 del 23 de abril del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 27 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Para los efectos consiguientes, me permito someter a su estimable consideración el oficio número SG-190-2009 del pasado 17 de abril, suscrito por el Lic. Gustavo Fitoria Mora, Jefe de la Sección de Servicios Generales, mediante el cual solicita que se realicen nombramientos interinos en su oficina para sustituir a funcionarios que recién fueron ascendidos temporalmente a otros cargos.El detalle es el siguiente:

PUESTO

NÚMERO DE PUESTO

ANTERIOR OCUPANTE

CANDIDATO PROPUESTO

Trabajador Misceláneo 1

45493

Aldhen Arguedas Rojas

Viviana Valverde Valverde

Trabajador Misceláneo 1

97604

Ronald Céspedes Naranjo

Edgar Madrigal Quesada

Chofer 1

45950

Rafel Castillo Medina (sic)

Hugo Brenes Arrieta

Chofer 1

97745

Ingrid Ramírez Quesada

Fausto Campos Campos

 

Los candidatos que se proponen cumplen los requisitos que se exigen para cada uno de los puestos y cuentan además con interés y disponibilidad para el eventual nombramiento interino. Si el Superior no tiene objeciones, se nombrarían interinamente en las plazas que se indican con fundamento en los artículos 9 y 25 del reglamento a nuestra Ley de Salarios. En el caso de la señorita Valverde Valverde y del señor Madrigal Quesada, sus nombramientos regirían a partir del próximo 1º de mayo, pues actualmente se encuentran laborando en la Contraloría Electoral. En cuanto al señor Brenes Arrieta sería a partir del próximo 4 de mayo y el del señor Campos Campos, a partir del 18 de mayo. No omito manifestar, que todos los nombramientos estarían vigentes hasta que los titulares de dichas plazas regresen a ocuparlas o haya que nombrar en ellas a otros propietarios.”.

Se dispone: Aprobar los nombramientos propuestos, según se indica, de conformidad con lo establecido en los artículos 9 y 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil. ACUERDO FIRME.

H) Nombramientos interinos de las señoras Dahiana Salazar Delgado y Karla Jiménez Mora.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-0532-2009 del 23 de abril del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 27 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Para lo que a bien tenga resolver el Tribunal Supremo de Elecciones, elevo a consideración el oficio número DGRC-0375-2009 del pasado 21 de abril que suscribe el Lic. Erick Guzmán Vargas, Director General a.i. del Registro Civil, mediante el cual solicita el nombramiento de dos empleadas interinas en las plazas de Auxiliar de Operación que se encuentran nuevamente vacantes en la oficina a su cargo, en virtud de que los funcionarios que se encontraban ocupándolas interinamente fueron ascendidos a puestos de Técnicos en Servicios Informáticos en el Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones.

Para tales efectos recomienda a las señoritas Dahiana Salazar Delgado y Karla Jiménez Mora, quienes forman parte del registro de elegibles para ese tipo de cargos, cumplen los requisitos que se exigen y cuentan con experiencia en las tareas a realizar, pues ya han laborado para la institución en forma interina.

Si el Superior no tiene objeciones, las candidatas propuestas se nombrarían en los puestos números 101886 y 101890 de Auxiliar de Operación de la Dirección General del Registro Civil, con fundamento en el artículo noveno del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que regiría a partir del próximo lunes 4 de mayo y hasta que se designen a los nuevos propietarios de esas plazas.”.

Se dispone: Aprobar los nombramientos propuestos, según se indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil.

I) Nombramiento interino del señor Manuel Francisco Guerrero Cambronero.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-0530-2009 del 23 de abril del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 27 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración el oficio número CPE-160-2009 recibido en este despacho el pasado 27 de marzo y que suscribe el Lic. Francisco Rodríguez Siles, Subcoordinador de Programas Electorales, mediante el cual solicita el nombramiento interino del señor Manuel Francisco Guerrero Cambronero en la plaza de Oficial de Servicios Generales (Chofer 1) de Servicios Especiales, que quedará vacante en esa oficina a partir del próximo mes, dado el nombramiento del señor Manuel Díaz Sequeira en un puesto de igual categoría en la Sección de Servicios Generales.

El candidato que se propone cumple los requisitos que demanda la plaza vacante y cuenta con disponibilidad e interés para aceptar un eventual nombramiento en esa unidad administrativa. Si el Superior no tiene objeciones, el señor Guerrero Cambronero se nombraría en el puesto número 353549 como Chofer 1 de Servicios Especiales, lo que se haría con fundamento en los artículos 9, 22 y 25 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, a partir del próximo 4 de mayo y hasta el 31 de diciembre del presente año.”.

Se dispone: Aprobar el nombramiento que se propone, según se indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 9, 22 y 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil.

J) Nombramiento interino del señor Carlos Eduardo Vargas Morales.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-0531-2009 del 23 de abril del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 27 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, me permito elevar a consideración los oficios números DTIC-283-2009 y DTIC-0639-2009 del 16 de febrero y 16 de abril del año en curso respectivamente que suscribe la Licda. Patricia Chacón Jiménez, Jefa del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones (DTIC), mediante los cuales solicita que en la plaza de Asistente Funcional de cargos fijos que actualmente se encuentra vacante en ese despacho se nombre a un funcionario interino mientras se ejecuta el trámite correspondiente para seleccionar al nuevo propietario de la misma.Para tales efectos recomienda al señor Carlos Eduardo Vargas Morales, quien no es funcionario de nuestra institución pero sí cumple los requisitos que el cargo demanda y ha manifestado interés y disponibilidad para aceptar el eventual nombramiento interino.En la actualidad labora en la Dirección de Informática de Gestión del Ministerio de Educación Pública, por lo que en caso de ser nombrado en el Tribunal haría uso de una licencia sin goce de salario en ese ministerio.

Si el Tribunal no tiene objeciones, se podría nombrar interinamente al señor Vargas Morales con fundamento en los artículos 9 y 25 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría en el puesto número 076478 como Asistente Funcional en el DTIC, a partir del próximo 1º de mayo y hasta que se designe al nuevo propietario de dicha plaza.Si bien la fecha que se propone corresponde a un día feriado, así se recomienda con el propósito de darle continuidad a la relación laboral del funcionario con el Estado. Tendría asignado un salario base de ¢422.500,oo por mes, anualidades a razón de ¢8.832,oo cada una y complementos del 18% como incentivo por la responsabilidad en el ejercicio profesional de la función electoral y del 25% por su especialidad en computación, todo de conformidad con el índice salarial vigente.Igual tendría la opción de incorporarse al Régimen de Carrera Profesional si lo desea.”.

Se dispone: Aprobar el nombramiento propuesto, según se indica, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 y 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil. ACUERDO FIRME.

K)Ascenso en propiedad del servidor Steven Venegas Sandí.De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio DGRC-0398-2009 de fecha 27 de abril de 2009, recibido ese día en la Secretaría del despacho, en el cual manifiesta literalmente:

“Respetuosamente elevo a conocimiento del Superior, para lo que tenga a bien disponer, el oficio RH-0535-2009 de fecha 27 de abril del año en curso, suscrito por la Licda. Jocelyn Brown Pérez, Jefe a.i. de Recursos Humanos, referido al ascenso en propiedad del servidor Steven Venegas Sandí, Asistente de Operación en la Oficina Regional de Puntarenas, a la plaza de Coordinador de Apoyo de esa oficina que ha quedado vacante, dado el traslado también en propiedad del señor David Antonio Peña a una plaza similar en esa sede regional.

El servidor Steven Venegas Sandí, fue recomendado por escrito por laLicda. Dunia Knöhr Rodríguez, Jefe de la Oficina Regional de Puntarenas, quien en lo que interesa manifiesta: “Ascender en propiedad al señor Steven Venegas Sandí cédula 1-1111-0304, a la plaza de Coordinador de Apoyo TIM que quedó disponible con el ascenso del señor Peña Guzmán.”.

Cumpliendo con lo que establecen los artículos 34 y 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios y con lo acordado por el Tribunal Supremo de Elecciones en Sesión No.129-2002, artículo quinto, comunicado mediante Oficio No.4168-2002 del 26 de setiembre del 2002, la suscrita avala la recomendación dada por la Jefatura, razón por la cual solicito al Superior, si a bien lo tiene, la aprobación del ascenso que se propone.

De contar con la anuencia del Tribunal Supremo de Elecciones, el servidor Steven Venegas Sandí, podría ser ascendido en propiedad al cargo de Coordinador de Apoyo de la Oficina Regional de Puntarenas, puesto número 46160, a partir del próximo 01 de mayo.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar el ascenso en propiedad conforme se propone, a partir del 01 de mayo de 2009, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 34 y 36 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil. ACUERDO FIRME.

L)Nombramiento interino del señor Yanán Andrés Ramírez González. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-0557-2009 del 28 de abril del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, me permito elevar a consideración el oficio número DTIC-621-2009 recibido el pasado 17 de abril en este despacho y que suscribe la Licda. Patricia Chacón Jiménez, Jefa del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones (DTIC), mediante el cual solicita que en la plaza de Asistente Funcional de cargos fijos que actualmente se encuentra vacante en ese despacho en virtud del ascenso interino del servidor Eduardo González Paniagua, se nombre en forma interina al señor Yanán Andrés Ramírez González, quien no es funcionario de nuestra institución pero sí cumple los requisitos que el cargo demanda y ha manifestado interés y disponibilidad para aceptar el eventual nombramiento interino. Con el fin de justificar tal petición, la Licda. Chacón Jiménez señala, en relación con el candidato que propone, lo siguiente: “…cumple con las expectativas de programador que se necesita, dado que tiene conocimiento y experiencia en los lenguajes de .NET y Java y se requiere contar con un programador en Java para cumplir con la disposición de Control Interno y dado que actualmente solo se tiene a una persona realizando el mantenimiento al Sistema de Información Civil y Electoral (SINCE). Por tanto, es necesario contar con otro desarrollador que tenga conocimientos en el lenguaje “Java”, para darle transferencia de conocimiento en la funcionalidad del sistema SINCE/Por otra parte, al contar con conocimiento en .NET será de gran ayuda para el Proyecto de Rediseño, el cual consiste en la reprogramación de varios sistemas entre estos el SINCE, en la plataforma .NET que se está implementando en la institución… ”

Si bien la jefatura del DTIC menciona en su oficio que al candidato le falta aún la juramentación en el Colegio de Profesionales en Informática y Computación para concretar su incorporación a dicha entidad, es lo cierto que justamente hoy él ha presentado la documentación que le permite acreditar su afiliación a dicho colegio profesional, por lo que cumple los requisitos que señala el Manual Descriptivo de Puestos para la plaza vacante que ahora nos ocupa.

Si el Tribunal no tiene objeciones, se podría nombrar interinamente al señor Ramírez González con fundamento en los artículos 9 y 25 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría en el puesto número 076480 como Asistente Funcional en el DTIC, a partir del próximo lunes 4 de mayo y hasta que el titular de la plaza regrese a ocuparla o haya que nombrar en ella a un nuevo propietario. Tendría asignado un salario base de ¢422.500,oo por mes, anualidades a razón de ¢8.832,oo cada una y complementos del 18 % como incentivo por la responsabilidad en el ejercicio profesional de la función electoral y del 25 % por su especialidad en computación, todo de conformidad con el índice salarial vigente. Igual tendría la opción de incorporarse al Régimen de Carrera Profesional si lo desea.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar interinamente según se propuso, con fundamento en los artículos 9 y 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil. ACUERDO FIRME.

M) Evaluación del periodo de prueba del señor Auditor Interno. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio RH-0480-2009 de 17 de abril del año en curso, recibido el 20 de abril en la Secretaría del despacho, en el cual manifiesta:

“En virtud del nombramiento del señor Oscar Alberto León Alonso a partir del 1º de febrero de este año como Auditor Interno de esta institución, su período de prueba en dicho cargo concluye, en consecuencia, el próximo 30 de abril.Siendo así, me permito solicitarle al Superior un informe sobre el resultado del período de prueba correspondiente, a efecto de cumplir con lo dispuesto en los artículos 39 del Reglamento Autónomo de Servicios y 38 del Reglamento a la Ley de Salarios.”

Se dispone: Indicar al Departamento de Recursos Humanos que el desempeño del señor León Alonso ha sido satisfactorio. Póngase en conocimiento de la Contraloría General de la República, la conformidad de este Órgano Colegiado sobre la labor desempeñada por señor Auditor Interno, para los efectos de lo dispuesto por el artículo 19 del “Reglamento de Concurso Público para el Proceso de Reclutamiento, Selección y Nombramiento del Auditor y Subauditor Internos del Tribunal Supremo de Elecciones”. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO.ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Remisión de informe ante propuesta de reestructuración planteada por la Oficina de Proyectos Tecnológicos. Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo,se conoce oficio DE-533-2009 de 22 de abril de 2009, recibido ese día en la Secretaría del despacho, mediante el cual rinde el informe requerido por este Tribunal mediante acuerdo adoptado en el artículo sétimo de la sesión n.º 44-2008, celebrada el 22 de mayo del año pasado, sobre la propuesta de reestructuración de la Oficina de Proyectos Tecnológicos planteada por el señor Rodolfo Delgado Rojas, Jefe de esa unidad administrativa, y de conformidad con las razones que se exponen, se recomienda literalmente:

“Recomendaciones:

En concordancia con lo consignado en el presente informe se formulan las siguientes:

1. Aprobar la estructura interna de la Oficina de Proyectos Tecnológicos conforme al organigrama que se ha propuesto.

2. Dictar la resolución respectiva a efecto de reclasificar, con rige a partir del primero de enero de 2010, los siguientes puestos:

1.N. 76369 y N. 93970 de “Profesional de Gestión” a la categoría 10 “Profesional de Área”, con un puntaje total de 620 que responde a una asignación en el QUIEN de D2M con 306, C2D(37) para 114 puntos en el COMO y D2I con 200 puntos en el QUE.

2.N. 101871 y N. 101872 de “Asistente Funcional” a la categoría 11 “Profesional de Gestión”, con un puntaje total de 544 que responde a una asignación en el QUIEN de D2M para 258 puntos, C2A(33) en el COMO para 86 y D2I en el QUE con 200 puntos.

3.N. 97643 de “Coordinador de Gestión” a la categoría 13 “Asistente Funcional”, con un puntaje total de 411 que responde a una asignación en el QUIEN de D2M con 236, B2A(29) para 69 puntos en el COMO y C2S con 106 puntos en el QUE.

3.- Incluir en el anteproyecto de presupuesto del 2010, con rige a partir del 1 de abril, una plaza de cargos fijos de “Asistente Funcional” que se ubicará en el Área de Seguimiento de Proyectos e Investigación en Cooperación Internacional.

4.- Trasladar a la subpartida de cargos fijos, en el anteproyecto de presupuesto del 2010, tres plazas que actualmente figuran en Servicios Especiales, a saber: una de Profesional de Gestión (N. 47847) y dos de Asistente Funcional (N. 76388 y N. 104990).”

Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuyas recomendaciones se acogen. En consecuencia, se aprueba la estructura interna de la Oficina de Proyectos Tecnológicos que se propone. Proceda el Departamento de Recursos Humanos a confeccionar los respectivos proyectos de resolución que deberán emitirse. La propia Dirección Ejecutiva cumplirá con las recomendaciones consignadas en los ítems 3 y 4. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de la Auditoría Interna para que se informe el curso que han seguido diversas advertencias formuladas al Tribunal. Del señor Óscar León Alonso, Auditor Interno, se conoce oficio n.º AI-070-2009 del 20 de abril de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante Circular (sic) N° AI-001-2009 del 04 de febrero de 2009, esta Auditoría informó al Tribunal sobre la realización del estudio de seguimiento sobre las recomendaciones giradas mediante los informes de control interno y relaciones de hechos, correspondientes al período 2002-2008, así como sobre las advertencias emitidas entre el 2006 y 2008.

Sobre este particular, se estima de gran importancia para este Despacho (sic), como parte de la interacción que debe mantener con la Administración, conocer las acciones emprendidas en relacióncon las advertencias dirigidas a ese Órgano Colegiado (sic).

En tal sentido, con el propósito de complementar la información para el estudio, en el cuadro adjunto se presenta el detalle de los oficios de advertencia emitidos, con el propósito de que se describan las acciones realizadas, adicionales a las descritas, así como su nivel de cumplimiento, según se estime como cumplida, parcialmente cumplida, o incumplida.

Por otra parte, en los casos en los que la advertencia no se haya implementado en forma completa, interesa a esta Unidad de Control se indiquen las causas que a criterio de la Administración obstaculizaron su cumplimiento, así como señalar si a la fecha se ha implementadoen su lugar alguna solución alternativa con el propósito de mitigar los riesgos que se derivan de las advertencias formuladas.

Finalmente, con el propósito de cumplir con el programa de trabajo definido para la ejecución del seguimiento, y de conformidad con lo dispuesto por el inciso b) del artículo 33 de la Ley General de Control Interno, se le agradece remitir su respuesta en el curso de los próximos quince días hábiles contados a partir del recibo de la presente solicitud.".

Se dispone: El señor Secretario del despacho -con el apoyo de la Dirección Ejecutiva y del Archivo de este Tribunal- atenderá lo que corresponda y remitirá la información requerida, considerando el plazo concedido por el señor Auditor Interno. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO.ASUNTOS DE COMISIONES INSTITUCIONALES.

A) Autorización para realizar el I Taller de Inducción de la Comisión Nacional de Rescate de Valores.De la señora Ana Isabel Fernández Alvarado, en su condición de Coordinadora de la Comisión Rescate de Valores institucional,se conoce oficio CRV-0011-2009 de fecha 13 de abril de 2009, recibido el 23 de abril en la Secretaría del despacho, en el cual manifiesta literalmente:

“La Comisión Nacional de Rescate de Valores celebra mensualmente una sesión con las Comisiones de valores utilizando como sede una de las instituciones del Sistema Nacional.

Cada año nuestra institución ha colaborado como anfitriona, en una de estas reuniones o como sede en los dos talleres de Inducción en valores que la Comisión Nacional realiza durante el año. En esta oportunidad se nos solicita mediante oficio CNRV-2009-029, colaborar como sede en el Taller de Inducción que se realizará en el mes de mayo.

En virtud de lo anterior, por su digno medio se solicita al Superior la autorización para llevar a cabo la actividad en el Salón Multiuso de la Institución, asimismo, la posibilidad de ofrecer a los asistentes que nos visiten un pequeño refrigerio, ajustado al contenido económico aprobado en el POA-2009.

El Taller se llevará a cabo los días 27, 28 y 29 de mayo del presente año, de las 08:00 a las 16:00 horas, con la participación de 40 personas cada día.

De igual manera se solicita autorización para que los funcionarios que conforman nuestra Comisión participen en la celebración de este evento.”.

Se dispone: Conceder las autorizaciones solicitadas, quedando sujetas a la disponibilidad del Salón Multiuso, en la fechas correspondientes, pues corresponde a la Dirección Ejecutiva su administración. ACUERDO FIRME.

B) Acta Nº 5 del Comité Ejecutivo del Plan Estratégico Institucional. Del señor Fernando Víquez Jiménez, en su condición de Coordinador del Comité Ejecutivo del Plan Estratégico Institucional, se conoce oficio CPEI-026-2009 de 22 de abril de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, con el cual adjunta copia del acta de la reunión número 5-2009, celebrada por el referido Comité el 21 del mes en curso, y con base en lo consignado en el artículo primero y por las razones que ahí se invocan, se solicita que el señor Alejandro Bermúdez Mora reemplace al señor Vladimir Alpízar Alvarado como responsable de la Acción Estratégica 1.5 “Modernización del sitio Web”, en el entendido que este último fungiría como su colaborador.

Asimismo, según se acordó en el artículo segundo del acta indicada, se recomienda a este Tribunal, aprobar las “Políticas Institucionales” conforme al documento que se adjunta y comisionar su divulgación a la Oficina de Comunicación y Protocolo.

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. Procedan de conformidad el señor Bermúdez Mora y la Oficina de Comunicación y Protocolo.

C)Acta de la reunión n.º 05-2009 de la Comisión de Presupuesto. Del señor Fernando Víquez Jiménez, Coordinador de la Comisión de Presupuesto, se conoce nuevamente oficio n.º CPRE-025-2009 del 21 de abril de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, al que adjuntó copia del acta de la reunión n.º 05-2009, celebrada el 16 de abril de 2009 por dicha Comisión, el cual se encontraba en estudio individual de las señoras Magistradas y de los señores Magistrados de este Tribunal. En relación con artículo segundo, inciso a) de dicha acta, relacionado con lo dispuesto por este Tribunal en sesión ordinaria n.º 026-2009 del 12 de marzo pasado, el cual versa sobre la evaluación de la gestión presupuestaria del año 2008, se recomienda que el señor Presidente del Tribunal se sirva dirigir atento oficio al señor Ministro de Hacienda, para lo cual se propone el proyecto de redacción que se consigna en el acta.

Se dispone: Aprobar el proyecto propuesto, el cual suscribirá el señor Magistrado Presidente de este Tribunal. De inmediato, proceda con lo de su cargo, la Secretaría del despacho. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO.ASUNTOS PRESUPUESTARIOS.

A) Directrices Técnicas y Metodológicas para la Formulación del Presupuesto 2010.Del señor Fabián David Quirós Álvarez, Director General a.i. de Presupuesto Nacional, se conoce oficio n.º DGPN-0240-2009 del 22 de abril del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 23 de este mes, mediante el cual, de conformidad con la normativa que indica, informa de las Directrices Técnicas y Metodológicas para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto del año 2010, las que podrán ser accesadas en la dirección electrónica que indica.

Se dispone: Póngase en conocimiento de la Dirección Ejecutiva para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SETIMO.ASUNTOS EXTERNOS.

A) Invitación al Curso de formación de Auxiliares Judiciales.Del señor Marvin Carvajal Pérez, Director de la Escuela Judicial, se conoce oficio n.º EJ-DIR-084-2009 del 23 de abril de 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 27 de abril de 2009, mediante el cual manifiesta que como parte del plan de capacitación de la academia a su cargo, se prevé continuar con la ejecución del Programa de Formación a Distancia para Auxiliares Judiciales y que considerando que este Tribunal tiene colaboradoras y colaboradores con un perfil análogo a los auxiliares judiciales del Poder Judicial, extienden cordial invitación para dos participantes de estos organismos electorales en tal programa, para así acentuar la ya provechosa relación de colaboración entre ambas instituciones, en beneficio de las personas usuarias de servicios.

Se dispone: Agradecer al señor Carvajal Pérez y a la Escuela Judicial la cordial invitacióncursada, la cual se inscribe en una valiosa filosofía de intercambio y apoyo recíproco entre la jurisdicción común y la electoral que este Tribunal también auspicia. Para recibir esa capacitación se designa a los funcionarios Wagner Granados Chaves y Leslie Calvo Tencio. La Secretaría del despacho cursará atenta solicitud al señor Carvajal Pérez para que valore la posibilidad de conceder un tercer cupo, en cuyo caso participará en dicha capacitación el señor Gerardo Abarca Guzmán. ACUERDO FIRME.

Salen del Salón de Sesiones la señora Magistrada Zetty Bou Valverde y el señor Magistrado Luis Antonio sobrado González.

B) Invitación a participar en el programa “Fortalecimiento de la democracia centroamericana desde sus órganos electorales”. De la señora Kerstin von Bremer, representante de la Fundación Konrad Adenauer, se conocen memoriales del 23 de abril de 2009, recibidos en la Secretaría del despacho el 27 de abril de 2009, dirigidos al señor Magistrado Presidente Luis Antonio Sobrado González y a la señora Magistrada Zetty Bou Valverde, respectivamente, mediante los cuales manifiesta que en su permanente compromiso con el fortalecimiento institucional democrático de la región, dicha Fundación promueve un programa denominado "Fortalecimiento de la democracia centroamericana desde sus órganos electorales" y que, como punto de partida del mismo, se desarrollará una visita a la República Federal de Alemania en la última semana de mayo, iniciando el periplo el día 24 y retornando el día 31. Según afirma, la visita tiene como propósito facilitar un espacio de interacción directo con personas que tienen a su cargo la conducción de instituciones con responsabilidades similares a las asumidas por los organismos electorales de la región, para conocer e intercambiar sobre temas afines, a saber, el modelo alemán de formación política, el financiamiento de los partidos políticos, la administración y jurisdicción del proceso político-electoral y comunicación institucional. En tal contexto, extiende cordial invitación a efecto de contar con la presencia del señor Magistrado Presidente Sobrado González y de la señora Magistrada Bou Valverde en tal cita.

Se dispone: Agradecer a la señora von Bremer y a la Fundación Konrad Adenauer la cordial invitación cursada. Con beneplácito, este Tribunal autoriza la participación del señor Magistrado Presidente Sobrado González y de la señora Magistrada Bou Valverde en tan relevante evento. Para sustituirlos, previo sorteo de rigor, se designa al Magistrado del Castillo y al Magistrado Casafont. Durante la ausencia del Magistrado Sobrado González, la Presidencia ad interim será ejercida por la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría. Las sustituciones antedichas regirán del 25 al 29 de mayo próximos.

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:

 

Nombre completo del funcionario

Cargo que desempeña

País a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

 

Luis Antonio Sobrado González y

Zetty María Bou Valverde

 

 

Magistrado Presidente y

 

 

Magistrada

 

República Federal de Alemania

 

24 al 31 de mayo de 2009

Participación en Programa denominado "Fortalecimiento de la democracia centroamericana desde sus órganos electorales"

 

Ninguno

 

Ninguno

 

Para lo de su cargo, tome nota la Oficina de Comunicación y Protocolo. ACUERDO FIRME.

Reingresan al Salón de Sesiones la señora Magistrada Zetty Bou Valverde y el señor Magistrado Luis Antonio sobrado González.

C) Invitación a la Sexta Reunión Interamericana de Autoridades Electorales.De los señores Dante Caputo, Secretario de Asuntos Políticos de la Organización de los Estados Americanos y Marc Mayrand, Director General de Elecciones de Canadá, se conoce memorial del 17 de abril de 2009, dirigido al señor Magistrado Presidente de este Tribunal, Dr. Luis Antonio Sobrado González, recibido -vía correo electrónico y fax- en la Secretaría del despacho, los días 21 y 23 de abril de 2009, respectivamente, mediante el cual extienden cordial invitación para asistir a la sexta reunión Interamericana de Autoridades Electorales titulada "Cómo fortalecer los procesos electorales: el rol de los organismos electorales entre elecciones, el registro de electores y la observación electoral internacional", la cual se llevará a cabo en Ottawa, Canadá, del 21 al 23 de junio de 2009, para lo cual, los organizadores del evento cubrirán los costos de transporte, alojamiento y alimentación de un miembro por autoridad electoral.

Se dispone: Agradecer a los señores Caputo y Mayrand, así como a la Secretaría de Asuntos Políticos de la Organización de los Estados Americanos y al organismo electoral de Canadá la cordial invitación cursada.

En función de compromisos previamente adquiridos por la Presidencia de este Tribunal, para atender la cordial invitación cursada se designa a la Magistrada Zamora Chavarría. Para sustituirla previo sorteo de rigor, se designaa al Magistrado Rodríguez Chaverri, quien se desempeñará del 22 al 24 de junio próximo.

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:

Nombre completo del funcionario (a)

Cargo que desempeña

País (es) a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

Magistrada

 

Canadá

 

21 al 23 de junio de 2009

 

Participación en la sexta reunión Interamericana de Autoridades Electorales

 

Ninguno

 

Ninguno

 

Para lo de su cargo, tome nota la Oficina de Comunicación y Protocolo. ACUERDO FIRME.

D) Resolución del Juzgado de Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial que declara inadmisible el proceso de Jorge Villaplana contra el Estado, en razón de la materia. El Magistrado Seing Jiménez hace del conocimiento del Tribunal copia de la resolución n.º 745-2009 del Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, de las 15:50 horas del 31 de marzo del 2009, dentro del expediente 03-00942-0163-CA de Jorge Villaplana Ramírez en contra del Estado y otros, en la cual se declara inadmisible el proceso, por incompetencia del Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda en razón de la materia, ordenando, consecuentemente, la remisión del expediente principal y del expediente administrativo respectivo al Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, para que esa instancia lo tramite conforme en derecho corresponda, hasta su fenecimiento.

Se dispone: Tomar nota. Póngase en conocimiento de los despachos concernidos.

E) Preparativos para la XXIII Conferencia del Protocolo de Tikal.A los efectos de atender de apropiadamente las acciones concernientes a la organización de la XXIII Conferencia del Protocolo de Tikal,

Se dispone: 1. La Oficina de Servicios Generales, por medio de su Unidad de Transportes, asignará tres vehículos institucionales con sus respectivos choferes, para uso del equipo organizador de la Conferencia, específicamente 1 buseta y 2 vehículos (1 tipo automóvil y otro pick up). El automóvil estará a disposición diaria a partir del 15 de julio de 2009 hasta el 1º de agosto y los restantes 2 vehículos (buseta y pick up) del 29 de julio al 1º de agosto. Para estos efectos la oficina supra dicha tomará en cuenta la limitante de la restricción vehicular y en los días que alguno de los vehículos asignados no pueda ser utilizado, lo sustituirá por otro que sí tenga la opción de tránsito libre deseada. Finalmente, la Unidad de Transportes tramitará la jornada extraordinaria que se requiera para los choferes que designe.

2. Para que las correspondientes jefaturas tomen las medidas de sustitución correspondientes, el equipo organizador de la Conferencia contará inicialmente con la colaboración como edecanes de los siguientes funcionarios: Leonardo Fernández Corea y Benoni Núñez Alpízar de la Sección de Cédulas; Héctor Chacón Barquero de Asesoría de la Gestión Política, y Melissa Díaz Bermúdez de la Sección de Análisis, todos entre el 28 de julio y el 1º de agosto de 2009. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO OCTAVO.ASUNTOS DE PARTIDOS POLITICOS.

A) Presentación de informes financieros y contribuciones de los partidos políticos. Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio n.º CONT-220-2009 del 17 de abril de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual informa sobre la presentación de informes financieros y contribuciones de los partidos políticos del período n.º 11, comprendido entre el 1º de octubre y 31 de diciembre de 2008, en observancia a lo establecido en el artículo 176 bis del Código Electoral y 14 del Reglamento sobre el pago de los gastos de los partidos políticos. En dicho informe, el señorContador consigna el detalle de los partidos que cumplieron con los requisitos establecidos por la normativa atinente, así como los que no lo hicieron, sea porque suministraron información parcial, sea porque hicieron caso omiso de las prevenciones cursadas y finalmente manifiesta:

"[...] Refuerzo la idea de que en principio, gran parte de los partidos estarían incumpliendo con los términos estrictos de la reglamentación por cuanto no presentan la información tal y como está concebida, no obstante y a nuestro juicio,muchos de los razonamientos que ellos argumentan para no presentarlos son razonables por su inactividad o simplemente falta de interés en dar continuidad a un proyecto político, esto sin perjuicio de la obligatoriedad que tiene el partido de informar lo propio porque reglamentariamente está definido.

Ante esto, el suscrito formuló en el Oficio CONT-374-2008 (página 4) en valorar eximir a los partidos políticos inscritos a escala cantonal de la presentación de los estados financieros mediante una reforma al artículo 14 del reglamento.Sobre esa propuestael Tribunal en Oficio Nº STSE-1977-2008 del 07 de junio de 2008 ordenó al Departamento Legal su estudio e informe y éste en Oficio Nº DL-440-2008 del 05 de setiembre de 2008 presentó su dictamen el cual se encuentra en estudio por parte de las señoras y señores Magistrados según Oficio STSE-2948-2008 del 11 de setiembre de 2008.

Sin embargo, mientras el pronunciamiento final del Superior en este sentido no se obtenga, se somete este informe para que el Tribunal determine la situación de cada partido, principalmente en el caso para aquel que no remitió respuesta y también para aquellos que expresamente adujeron que no pueden presentar estados financieros, copias de estados de cuenta, auxiliar de los estados ni flujos de efectivo por no tener dinero en sus arcas.

Con el objeto de que el Superior tenga más elementos de juicio, adjunto Anexo: Resultado de la prevención a los partidos políticos que fueron notificados en Circular CONT-01-2009.

No omito agregar que el análisis de la información presentada por las agrupaciones políticas se hace tanto paralela como posterior a la recepción de los datos, por lo que esta etapa es una de las fases de todo el proceso de control y fiscalización del tema de financiamiento privado, pudiéndose derivar nuevas comunicaciones e incluso, verificaciones en caso necesario a fin de garantizar en la mayor medida posible la transparencia y veracidad a favor del cumplimiento de lo establecido en el Código Electoral y su Reglamento respectivo.".

Se dispone: Sin perjuicio de lo que, en su momento, pueda resolver este Tribunal en el estudio para valorar la procedencia de eximir a los partidos políticos, a escala cantonal, de algún control y de las eventuales reformas reglamentarias que puedan disponerse a esos efectos, es claro que,antes de que se haga esa modificación reglamentaria, rigen plenamente las normas vigentes. Sobre la base de esa normativa, deberá reportarse al Ministerio Público cualquier situación de incumplimiento que así lo amerite. Por ende, procédase de conformidad en cuanto a los hechos informados, correspondiendo, a partir de ahora, hacerlo a la propia Contaduría, para lo cual podrá asesorarse con el Departamento Legal. De esas remisiones al Ministerio Público se informará oportunamente a este Tribunal. Agréguese copia del presente acuerdo al expediente n.º 294-E-2008.ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO NOVENO.INFORME DE LOS SEÑORES MAGISTRADOS.

Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González.

A) Informe de participación del señor Magistrado Sobrado González en el Seminario internacional “El control de los procesos electorales”.Del señor Magistrado Presidente, Dr. Luis Antonio Sobrado González, se conoce memorial del 27 de abril de 2009, recibido el mismo día en la Secretaria del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Por medio de la presente rindo informe sobre mi participación en el seminario internacional "El control de los procesos electorales", que fuera posible gracias al permiso que me concediera este Tribunal en sesión ordinaria n.º 026-2009 (art. 7.º).

Dicho evento se celebró en Madrid, España, del 23 al 25 del presente mes, lo organizaron conjuntamente la Comisión de Venecia del Consejo de Europa y el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales de España y se desarrolló según la agenda que se acompaña.

Como podrá apreciarse de ese documento, mi intervención se produjo en el marco del panel referido al control judicial especializado en América Latina, en el cual también participaron don Carlos Urruty de la Corte Electoral uruguaya y Salvador Nava del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación mexicana. Conforme me fuera solicitado de antemano por los organizadores, expuse las principales características del modelo costarricense de justicia electoral.

En disco compacto adjunto se recogen las diversas ponencias del seminario, cuya lectura permitirá evidenciar el extraordinario nivel académico que tuvo el encuentro, que permitió hacer una detallada y erudita revisión comparada del fenómeno que interesaba mediante el abordaje del estado de la cuestión en Europa y América Latina, así como el papel que juegan en este terreno las instancias americana y europea de protección de los derechos humanos. También se acompaña documentación diversa relativa al seminario.

Me permito hacer las siguientes sugerencias:

•Hacer un formal reconocimiento institucional a la Comisión de Venecia y al Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, por intermedio de la Directora de este último doña Paloma Biglino Campos, agradeciéndole de paso haber involucrado a nuestro Tribunal en tan relevante actividad y por la fina atención dispensada a su Presidente con ocasión de la misma.

•Solicitarle al Lic. Hugo Picado León, en su condición de Coordinador del Consejo Editorial de la Revista de Derecho Electoral, analizar la pertinencia y posibilidad de publicar alguna de las extraordinarias ponencias resultantes del seminario.

•Remitir la documentación a la Biblioteca o el Archivo institucionales, según corresponda.

Para finalizar, deseo dejar expresamente consignado que la organización reconoció honorarios a los disertantes del evento, aunque el suscrito declinó recibirlos en acatamiento a nuestra legislación y de sus términos restrictivos al respecto.".

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas sugerencias se acogen. Procedan con lo de sus cargos la Secretaría del despacho, el señor Picado León, la Biblioteca y el Archivo de este Tribunal. ACUERDO FIRME.

Reingresa al Salón de Sesiones el señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González.

ARTÍCULO DECIMO.ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.

A) Solicitud para elevar el tope de cesantía. De la señora Mary Anne Mannix Arnold y los señores Fernando Víquez Jiménez y Ricardo Carías Mora, Jefa a.i. del Departamento Legal, Director Ejecutivo, y Jefe del Departamento de Recursos Humanos, respectivamente, se conoce nuevamente oficio n.º DE-530-2009 de fecha 21 de abril de 2009, recibido ese día en la Secretaría del despacho, el cual se encontraba en estudio individual de las señoras Magistradas y los señores Magistrados de este Tribunal, al que adjuntan el informe sobre el estudio relacionado con la solicitud de varios funcionarios de la institución, apoyada por la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles, para que se eleve el tope de cesantía de 8 a 12 años. En dicho informe seconcluye:

"[...] De lo expuesto se sigue que es posible elevar el tope de cesantía establecido en el artículo 29 del Código de Trabajo, toda vez que constituye un parámetro mínimo que puede ser mejorado a favor del trabajador. Dicha modificación puede realizarse mediante la promulgación de una norma reglamentaria, siempre y cuando se respeten ciertos parámetros objetivos que se pueden resumir de la siguiente manera:

1) Competencia de la entidad para emitir, vía reglamentaria, un beneficio de esta naturaleza (autonomía administrativa y funcional de la entidad).

2) Que el beneficio adoptado atienda a criterios de razonabilidad y proporcionalidad, toda vez que se trata de fondos públicos (tratándose del auxilio de cesantía, se menciona la fijación expresa de un tope máximo, que no puede exceder los 20 años, en relación de proporcionalidad con la antigüedad del trabajador).

Desde la perspectiva legal, se colige que el Tribunal posee la competencia reglamentaria e independencia funcional necesaria para incorporar una norma reglamentaria tendiente a elevar el tope de cesantía establecido en el artículo 29 del Código de Trabajo, mientras que desde la óptica presupuestaria, con base en los datos aportados por la Dirección Ejecutiva y el Departamento de Recursos Humanos, se considera que se cuenta con recursos suficientes para llevar dicho tope a doce años.

Debe aclararse, sin embargo, que no existe una obligación legal del Tribunal para elevar ese tope. Asimismo y teniendo en cuenta el máximo de 20 años establecido por la Sala Constitucional para el reconocimiento del auxilio de cesantía, el eventual aumento debe atender, según lo expuesto y tratándose de fondos públicos, a criterios de proporcionalidad y razonabilidad que contemplan, desde luego, la realidad presupuestaria de la institución, lo que se cumpliría si se eleva esa cifra a doce años. [...]".

Se dispone: Dada la crisis económica internacional que actualmente impacta las finanzas públicas, este Tribunal estima que, en el presente período, deben priorizarse los esfuerzos dirigidos a compensar el efecto de la inflación en los salarios de todos los funcionarios electorales y, en ese contexto, procurar cubrir este año el déficit acumulado del 3%. Por tal motivo se dispone que, una vez alcanzado ese objetivo y superada la indicada crisis, el Tribunal podrá analizar nuevamente la propuesta que se conoce. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.

 

 

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Mario Seing Jiménez

 

 

 

 

Zetty Bou Valverde