ACTA Nº 39-2009
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del veintiuno de abril de dos mil nueve, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, los señores Magistrados Max Alberto Esquivel Faerron y Mario Seing Jiménez y la señora Magistrada Zetty Bou Valverde.
ARTÍCULO PRIMERO.APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.
Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO.ASUNTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA.
A) Informe sobre el addendum n.º 3 al contrato de alquiler del local donde funciona la Oficina Regional de Limón.De la señora Martha (sic) Castillo Víquez, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio DL-137-2009 de fecha 15 de abril de 2009, recibido ese día en la Secretaría del despacho, con el cual adjunta el informe relacionado con la solicitud de modificación al contrato de arrendamiento de los dos locales que albergan la Oficina Regional de este Tribunal en Limón, y de conformidad con las razones que expone, literalmente se recomienda a este Organismo, lo que literalmente se transcribe a continuación:
“(…) RECOMENDACIÓN.
En virtud de lo analizado se recomienda:
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a este Tribunal cuyas recomendaciones se acogen, el cual se hará del conocimiento de la arrendante mediante la remisión de copia íntegra del mismo. Proceda el Departamento Legal con los trámites de rigor para la suscripción del addendum cuyo proyecto se adjunta y que en este acto de aprueba. ACUERDO FIRME.
B) Carteles que regularán la compra de partes y equipo de cómputo y de un camión de carga. Del señor Ronny Jiménez Padilla, Subproveedor a.i. de este Tribunal, se conoce oficio n.° PROV-0493-2009 de fecha 15 de abril de 2009, recibido ese día en la Secretaría del despacho, en el que manifiesta que por encontrarse incapacitado el señor Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i., y de conformidad con el Plan Anual Proyectado de Adquisiciones, con base en la respectiva programación financiera, y por haber sido visadas las respectivas Solicitudes de Pedido (artículo 8 de la Ley de Contratación Administrativa en relación con los ordinales 50 inciso a) y 53 del Reglamento de la Ley de la Administración Financiera), somete a aprobación de este Tribunal, los pliegos de condiciones y especificaciones (carteles) que reglamentarán las Licitaciones Abreviadas para: “COMPRA DE PARTES Y EQUIPO DE CÓMPUTO”; “COMPRA DE UN CAMIÓN DE CARGA”, y “COMPRA DE EQUIPO DE CÓMPUTO”.
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
C)Solicitud para que se designe a un funcionario para que colabore en la fiscalización del contrato para la sustitución del servidor central.Del señor Gerardo Lang Gutiérrez, representante del Consorcio CRSoluciones-Advantics-Infca, se conoce oficio n.º CR-046-2009 del 15 de abril de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, mediante el cual se refiere a la contratación para la sustitución del servidor central SMP 6400 y literalmente manifiesta:
"Luego de 138 días de adjudicada la contratación en referencia al consorcio que represento y sin entrar en detalle sobre el excesivo tiempo tomado para ello, le informamos que ayer en horas de la tarde hemos firmado el contrato.
Con el debido respeto consideramos que este proyecto requerirá, de forma obligatoria, el involucramiento de un funcionario del más alto nivel, que bien podría ser uno de los señores Magistrados o Magistrados (sic), durante las 24 semanas estimadas para su desarrollo y con una dedicación de medio día por semana.Como usted sabrá, es una exigencia contractual que el contratante se comprometa con los recursos y periodos establecidos para que el proyecto se desarrolle e implemente de forma exitosa, dentro de los plazos y del presupuesto contratado.
El incluir a un funcionario de más alto nivel que ayude y requiera la toma de decisiones administrativas, que comprometa a la institución y que resuelva en los tiempos correspondientes, se considera un factor clave de éxito y no una exigencia caprichosa, más bien es una recomendación pretendida por las mejores metodologías y “best practices” de la industria.
Adicionalmente, le solicitamos la autorización para proceder, de inmediato, con el intercambio de información y el planteamiento de las primeras decisiones antes de que el órgano fiscalizador de la orden oficial de inicio de este proyecto lo que ayudara (sic) a ir conformando la logística, coordinaciones previas, como lo es el espacio físico en donde se ubicaran (sic) los funcionarios de nuestra empresa y la conectividad de los equipos, situaciones que ayudaran (sic) a evitar retrasos innecesarios.
Nuestra solicitud solo pretende ser consecuente con las justificaciones emanadas por el Tribunal ante la Contraloría General de la República, cuando se justificó esta contratación directa concursada.
Esperamos que esta solicitud sirva de ejercicio para que la organización del TSE se apresure en la toma de decisiones requeridas para este proyecto, considerado por nosotros como de alto riesgo por los excesivos trámites y tiempos necesarios para que el TSE responda y ejecute.
Finalmente, estamos en total disponibilidad de detallarle personalmente y así lo hemos solicitado, el impacto positivo de nuestra solicitud pero también las consecuencias si se desequilibrara el proyecto de forma financiera y justificadamente, tuviéramos que abandonar la obra e iniciar un proceso legal.".
Se dispone:Hacer del conocimiento del señor Lang Gutiérrez que, de conformidad con lo establecido por este Tribunal en el acuerdo del artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 112-2008, celebrada el 09 de diciembre de 2009, la Oficial Mayor del Departamento Electoral, el Subjefe del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones y el Jefe de Coordinación de Servicios Regionales componen el órgano fiscalizador colegiado que atenderá lo relativo a dicha contratación, acuerdo que se adiciona para establecer que el último de los funcionarios referidos fungirá como coordinador de dicho órgano y como enlace primario por parte de estos organismos electorales, para los efectos requeridos por el señor Lang en su misiva. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO.ASUNTOS DE ADMINISTRACION DE PERSONAL.
A) Nombramiento interino de Fiorella Madrigal Gutiérrez en la Secretaría del Registro Civil.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio RH-0469-2009 de fecha 15 de abril de 2009, recibido ese día en la Secretaría del despacho, con el cual remite a consideración de este Tribunal, el oficio SGRC-0428-2009, recibido en aquel departamento el 3 de abril, y que suscribe el señor Juan Rafael Madrigal Hernández, Secretario General del Registro Civil, mediante el cual solicita que se nombre en forma interina a la señora Fiorella Madrigal Gutiérrez en una plaza de Auxiliar de Operación de esa unidad administrativa, en sustitución de la señora Isabel López León, quien fue nombrada en propiedad en el Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones a partir del 16 de abril. Agrega el señor Carías Mora que la candidata propuesta no es funcionaria actual de la institución pero sí cumple los requisitos que el cargo demanda, además ha manifestado interés y disponibilidad para aceptar el eventual nombramiento interino y posee experiencia pues ha laborado anteriormente para la institución. De no existir objeciones, se podría nombrar interinamente a la señora Madrigal Gutiérrez en el puesto número 45807 de la Secretaría General del Registro Civil, con fundamento en el artículo noveno del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, y solicita que el nombramiento se concrete a partir del día siguiente de la firmeza del acuerdo que así lo disponga, el cual se extendería hasta que se designe al nuevo propietario de esa plaza.
Se dispone: Aprobar el nombramiento de la señora Fiorella Madrigal Gutiérez, en los términos propuestos por el señor Carías Mora, con fundamento en lo que ordena el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil. ACUERDO FIRME.
B) Redacción propuesta para el cargo de Profesional en Ingeniería Industrial (Profesional de Gestión) de la Dirección Ejecutiva.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0477-2009, de fecha 16 de marzo de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, en el cual manifiesta literalmente:
“Para los efectos consiguientes y en atención a lo que disponen los artículos 5-q, 52 y 53 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, me permito someter a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones la redacción o descripción de puesto que se propone para el nuevo cargo de Profesional en Ingeniería Industrial, el cual se incluyó en la subpartida de Servicios Especiales del presupuesto institucional del presente año, adscrito a la Dirección Ejecutiva y clasificado como Profesional de Gestión. Entre sus principales tareas tendrá a cargo la planeación, coordinación y ejecución de labores especializadas orientadas a la práctica administrativa y técnica de la ingeniería industrial, tendientes a mejorar la eficiencia en los procesos de trabajo.
Tal proyecto fue elaborado a partir de la información brindada por el Lic. Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, y la obtenida a través de las entrevistas efectuadas sobre el particular. De acoger el Tribunal la redacción que se propone para el nuevo cargo, será incluida en el Manual Descriptivo de Puestos vigente y podremos realizar los trámites pertinentes con el fin de ocupar dicha plaza a la mayor brevedad.”
Se dispone: Aprobar. Procédase con el trámite de rigor para ocupar dicha plaza. ACUERDO FIRME.
C) Comunicación de la no aceptación del nombramiento de la señora Izayda Duarte García.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-0486-2009 del 17 de abril del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 20 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:
“En sesión ordinaria número 019-2009 celebrada el pasado 24 de febrero, comunicado mediante oficio número STSE-0601-2009, el Tribunal Supremo de Elecciones aprobó el nombramiento interino – entre otros – de la señora Izayda Duarte García en una plaza de Auxiliar de Operación de Servicios Especiales en la Contraloría Electoral a partir del pasado 1º de marzo y por el resto del año. Posteriormente, a solicitud de la interesada, en sesión ordinaria 026-2009 del 12 de marzo (oficio STSE-0817-2009) el Superior dispuso modificar la fecha del nombramiento para el 1º de abril.
Sin embargo, la señora Duarte García presentó vía fax un nuevo escrito el pasado 31 de marzo, mediante el cual indica que se le presentó una mejor oportunidad laboral en la Auditoría Interna de la Caja Costarricense de Seguro Social. Siendo así, desiste del nombramiento interino y reitera su interés por mantenerse en el registro de elegiblesy optar por un nombramiento en propiedad en la institución.”.
Se dispone: Dejar sin efecto el nombramiento de la señora Duarte García, según se había acordado.
D) Encargo de funciones en las jefaturas de las oficinas de Actos Jurídicos y Archivo - Microfilm, por incapacidades. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-0501-2009 del 20 de abril de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos consiguientes, me permito elevar a conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones los oficios números DGRC-0362-2009 y DGRC-0363-2009 de hoy, suscritos por la Licda. Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, mediante los cuales informa que las señoras Nuria Ugalde Martínez y Ligia González Richmond, jefas de las secciones de Archivo y Actos Jurídicos, respectivamente, han sido incapacitadas y que oportunamente serán remitidos los documentos probatorios.
En virtud de lo anterior, solicita que las funciones de la jefatura de la Sección de Archivo se encarguen en el Lic. Juan Rafael Madrigal Hernández, Secretario General del Registro Civil y las de la Sección de Actos Jurídicos se encarguen en el Lic. Carlos Luis Brenes Molina, quien labora como Profesional de Gestión en la Sección de Inscripciones y en otras oportunidades ha asumido dicha responsabilidad.".
Se dispone:1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar los encargos de funciones propuestos a partir de hoy. ACUERDO FIRME.
Sale del Salón de Sesiones el señorMagistrado Mario Seing Jiménez.
E) Despido del chofer del señor Magistrado Mario Seing Jiménez. Del señor Magistrado Mario Seing Jiménez, se conoce memorial del 20 de abril de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Hago del conocimiento del pleno mi decisión de prescindir de los servicios del señor Paul Araya Cambronero, quien desde el 09 de febrero pasado fue nombrado en la plaza de chofer, dado que después de lo acaecido la semana pasada en relación con la sustracción del vehículo institucional asignado a mi persona, dejó de gozar de mi confianza.".
Se dispone:1.- Incorporar al orden del día. 2.-Considerando que el señor Araya Cambronero no superó el período de prueba establecido en el artículo 50 del Reglamento Autónomo de Servicios de estos organismos electorales, que ocupa un puesto de confianza -de libre nombramiento y remoción- y dadas las razones externadas por el señor Magistrado Seing Jiménez, se despide al señor Araya Cambronero sin responsabilidad patronal. ACUERDO FIRME.
Reingresa alSalón de Sesiones el señorMagistrado Mario Seing Jiménez.
ARTÍCULO CUARTO.ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Reforma del artículo décimo, inciso h), del Reglamento de Carrera Profesional. Se dispone: Promulgar el siguiente decreto:
"DECRETO N.º 03-2009
EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Con fundamento en los artículos 99 y 102.9 de la Constitución Política, así como en lo dispuesto en la Ley n.º 4519 del 24 de diciembre de 1969, denominada Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, y
CONSIDERANDO
I. Que el artículo décimo, inciso h), del Reglamento de Carrera Profesional, publicado en La Gaceta n.º 210 del 29 de octubre de 1999, contempla un incentivo que consiste en reconocer a los profesionales que laboran en este organismo, cubiertos por dicho régimen, un 18% sobre su salario base por concepto de la “Responsabilidad en el ejercicio profesional de la función electoral”.
II. Que la aplicación de un único porcentaje a todos los funcionarios que ocupan puestos profesionales no guarda concordancia con la razón de ser de este plus, cual es un incremento salarial en función del nivel de responsabilidad que genera el ejercicio del cargo, el que se deriva de la particular naturaleza de cada uno, de las funciones inherentes, de la toma de decisiones que les corresponde y del grado que alcanza la consecuencia del error, todo lo cual es diferente según sea el puesto que se desempeña, razón por la que se deben armonizar los diferentes niveles de responsabilidad con el porcentaje a otorgar, con lo que se logra disponer de un modelo más justo y acorde con el fin que se persigue.
III. Que un reconocimiento escalonado de este plus salarial conlleva una mayor proporcionalidad en relación con lo que por conceptos similares se reconoce a funcionarios de otros Poderes del Estado.
Por consiguiente:
DECRETA:
Artículo 1.- Refórmese el artículo décimo, inciso h), del Reglamento de Carrera Profesional, publicado en La Gaceta n.º 210del 29 de octubre de 1999, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:
“h- Responsabilidad por el ejercicio profesional de la función electoral:
A quienes cumplan con los requisitos que exige el presente Reglamento, se les reconocerá un plus salarial por este concepto equivalente al 18% de su sueldo base, con excepción de los ocupantes de los puestos ubicados en las categorías 1 y 2 del Índice Salarial de estos organismos para quienes será de un 30% sobre su sueldo base y de los de las categorías 3 y 4 en cuyo caso se aplicará un 25% sobre el salario base.”.
Artículo 2.- Rige a partir del primer día del mes inmediato siguiente al de su publicación en el Diario Oficial. ACUERDO FIRME.
B) Informe sobre las inspecciones realizadas por funcionarios del Departamento de Recursos Humanos a las instalaciones de la soda.De la señora Fabiola Bustamante Marín, concesionaria de la soda de este Tribunal, se conoce memorial del 15 de abril del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual se refiere a las visitas de inspección efectuadas por parte del Departamento de Salud Ocupacional a las instalaciones en la que presta servicios de alimentación según detalla.
Se dispone: Pase este asunto al Departamento de Recursos Humanos para que, dentro de un ambiente distendido, respetuoso y cordial que el Tribunal desea caracterice las relaciones con la concesionaria, se atiendan puntualmente las inquietudes de la señora Bustamante Marín. ACUERDO FIRME.
C) Informe resumen del resultado de las gestiones de solicitudes cedulares aprobadas en marzo.Del señor Carlos Alberto Murillo Montoya, Jefe de la Sección de Padrón Electoral, se conoce oficio PE-1073-2009, de fecha 16 de marzo de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, con el cual adjunta libro con el resumen con totales por distritos, cantones, provincias y el general de toda la República por sexo, resultado de gestión de solicitudes cedulares aprobadas en el mes de marzo de 2009. Asimismo informa sobre aspectos importantes que describen el comportamiento numérico del Padrón Nacional Electoral, en razón de la procedencia de las inclusiones y exclusiones que se ejecutan.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se refiere el señor Murillo Montoya, quien continuará refiriéndose a este particular.
D)Informe con observaciones al “Reglamento para regular el arrendamiento de vehículos propiedad de funcionarios del Tribunal Supremo de Elecciones para el cumplimiento de funciones propias de la institución durante los procesos electorales”.Del señor Roberto Rodríguez Araica y de la señora Silvia María Chanto Castro, por su orden Gerente Asociado y Fiscalizadora de la División de Asesoría y Gestión Jurídica de la Contraloría General de la República, se conoce oficio n.º 03860 (DAGJ-0535-2009) del 15 de abril de 2009, recibido -vía fax- el día siguiente en la Secretaría del despacho, mediante el cual brindan respuesta al oficio n.º STSE-1156-2009 del 1º de abril de 2009, por medio del cual, según lo dispuesto por este Tribunal en el acuerdo del artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 031-2009, celebrada el 24 de marzo de 2009, se remitió al órgano contralor -para su aprobación- el proyecto de "Reglamento para regular el arrendamiento de vehículos propiedad de funcionarios del Tribunal Supremo de Elecciones para el cumplimiento de funciones propias de la institución durante los procesos electorales". En su oficio, el señor Rodríguez Araica y la señora Chanto Castro externan varias observaciones en relación con dicho proyecto, las cuales habrán de atenderse a fin de solicitar nuevamente su aprobación.
Se dispone: En el plazo de 10 días hábiles, procedan conjuntamente la Coordinación de Programas Electorales y el Departamento Legal a informar lo pertinente, en relación con las observaciones formuladas a dicho proyecto por el órgano contralor, con el objetivo de remitir nuevamente el proyecto que interesa a su aprobación. ACUERDO FIRME.
E)Solicitud de autorización para solicitar ante el Colegio de Periodistas el Sello Garantía para el Periódico El Elector.De la señora Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, se conoce oficio CYP-98-2009, de fecha 15 de abril de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, en el cual manifiesta literalmente:
“(…) El Colegio de Periodistas de Costa Rica otorga dos veces al año un sello de garantía a los medios de comunicación regionales, locales, sectoriales y especializados que, voluntariamente lo soliciten. Esta certificación busca promover la calidad de los medios en cuanto al equilibrio informativo, diversidad de fuentes, veracidad, fidelidad con el público que atiende, profesionalismo en la cobertura de los temas y redacción periodística. Adjunto copia de la convocatoria realizada por la institución a todos sus agremiados.
Por esa razón, y, en mi calidad de Directora del Periódico El Elector me permito solicitar con todo respeto, la autorización respectiva para realizar los trámites necesarios ante el citado colegio. Para tales efectos debo presentar una solicitud firmada por mi persona y por el representante legal del medio, que en este caso se trata del Presidente del Tribunal Supremo de Elecciones. Por esa razón adjuntamos el citado formulario para la firma correspondiente, salvo Superior criterio.
De igual manera, junto con la solicitud deberemos entregar los últimos 6 ejemplares del periódico y una certificación emitida por la imprenta que indique el número de ejemplares que se imprimen para cada edición. Adjunto también copia de ese documento.
Debo indicar además que, el plazo para solicitar el Sello de Garantía vence el próximo 24 de abril.”.
Se dispone: Conceder la autorización que se solicita. ACUERDO FIRME.
F) Estudio de factibilidad del proyecto de voto electrónico.Del señor Rodolfo Delgado Rojas, Jefe de la Oficina de Proyectos Tecnológicos, se conoce oficio n.º PTE-048-2009 del 17 de abril de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:
"De acuerdo con lo dispuesto por elSuperior, en Sesión N° 50-2006 celebrada el veintitrés de febrero del año 2006 y comunicado mediante oficio 1161-TSE-2006, para los fines consiguientes, le remito el estudio de factibilidad del Proyecto de Voto Electrónico, así como la ampliación solicitada por la señora y señores magistrados en reunión celebrada el 13 de febrero pasado, en el sentido de analizar otro posible escenario para la automatización del padrón fotográfico.
Con toda consideración solicito se nos conceda una audiencia, a efecto de hacerle la correspondiente presentación al Tribunal.".
Se dispone:Conceder la audiencia solicitada para el 08 de mayo de 2009, a las 09:30 horas.Asistirán a la misma los señores Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales y el señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo. ACUERDO FIRME.
Sale del Salón de Sesiones la Magistrada Zamora Chavarría.
G) Comunicación sobre notificación tardía de resolución dentro del expediente 036-Z-2009. De la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, se conoce memorial del 20 de abril de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con ocasión del expediente n.º 036-Z-2009, cuya instrucción por turno correspondió a la que suscribe (Amparo Electoral contra el Partido Liberación Nacional y el Comité Político del Cantón de Poás), el TSE emitió la resolución de 6 de febrero de 2009, en la que se ordenaba una medida cautelar.Esta resolución fue notificada hasta el 12 de febrero de 2009.
Me permito informarle de lo anterior, a los efectos pertinentes.[...]".
Se dispone:Proceda la Inspección Electoral con la respectiva investigación administrativa preliminar, en relación con los hechos comunicados por la señora Magistrada Zamora Chavarría. ACUERDO FIRME.
La Magistrada Zamora Chavarría se reincorpora al Salón de Sesiones.
ARTÍCULO QUINTO.ASUNTOS PRESUPUESTARIOS.
A) Excitativa para el control del gasto público y recordatorio de la fecha para la presentación del anteproyecto de presupuesto.Del señor Guillermo Zúñiga Chaves, Ministro de Hacienda, se conoce oficio n.º DM-495-2009 del 13 de abril del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 15 de este mes, mediante el cual insta a sumarse a los esfuerzos que en materia de control del gasto público implementa el Gobierno, a efectos de que en la formulación presupuestaria para el ejercicio 2010, el Anteproyecto de Presupuesto de este Tribunal no exceda los ¢14,544.3 (sic) millones, excluyendo el presupuesto para gasto electoral en atención a lo dispuesto en el artículo 177 constitucional, según indica.
Asimismo, recuerda que el Anteproyecto indicado, deberá ser remitido a ese despacho a más tardar el 15 de junio próximo, conforme a lo establecido en la normativa de cita.
Se dispone: Póngase en conocimiento de la Comisión de Presupuesto institucional.ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO.ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.
A) Conformación de la Junta Directiva de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles, según Asamblea General Extraordinaria de medio periodo. De la señora Ilenia Ortiz Ceciliano y el señor Róger Espinoza Artavia, Secretarios de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles, la primera General y el segundo de Salud Laboral, se conoce oficio n.º UNEC-61-2009 del 17 de abril de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiestan:
" [...] El jueves 19 de marzo del año en curso, se realizó la Asamblea General Extraordinaria de Medio de (sic) Período de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles UNEC, en la cual presentaron la renuncia algunos compañeros en las siguientes Secretarías:
Jefrey Salazar Montero Secretario de Conflictos
Manuel Mora GarcíaSecretario de Educación
Marielos Blanco Olsen Secretaria de Organización
Así como la destitución del Fiscal, el señor Guillermo Monge Camacho.
Por lo tanto, se nominan a los compañeros Claudio Cordero Aguilar en la Secretaría de Organización, Denia Rodríguez Bonilla en la Secretaría de Educación y en la Fiscalía al compañero Juan Diego Quirós Delgado, en quienes recae la elección.Quedando la Junta Directiva conformada de la siguiente manera:
Ilenia Ortíz CecilianoSecretaria General
Carlos Murillo Alvarado Secretario General Adjunto
Christian Arias Acosta Secretario de Actas y Correspondencia
Gerardo Zamora Ramírez Secretario de Finanzas
Denia Rodríguez Bonilla Secretaria de Educación
Claudio Cordero AguilarSecretario de OrganizaciónRóger Espinoza ArtaviaSecretario de Salud Laboral
Rafael Castillo Medina Secretario Suplente
Juan Diego Quirós DelgadoFiscal
Para lo que corresponda es necesario que la compañera Denia Rodríguez Bonilla, funcionaria de la Oficina Regional de Cartago, se retire los días miércoles de su oficina a las 10:30 a.m. [...]".
Se dispone: Tomar nota de la nueva integración de la Junta Directiva de dicha organización y desearle éxitos en sus funciones.En relación con el permiso solicitado para la funcionaria Rodríguez Bonilla, de previo a resolver, proceda la UNEC a circunstanciar y justificar lo requerido.ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SETIMO.ASUNTOS EXTERNOS.
A) Solicitud para el envío de un recordatorio sobre la importancia de contar con la cédula de identidad en buen estado a la hora de solicitar algún servicio.Del señor Antonio Jiménez Bastos, Director General de Educación Vial, se conoce oficio n.º DG-0359-09 del 1º de abril de 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 15 de abril de 2009, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Sirva la presente para saludarles y desearles éxitos en sus trascendentales funciones a favor de la democracia.Aprovecho esta misiva para hacer de su conocimiento y solicitar su criterio con respecto a una situación que se está presentando en lo concerniente a la identificación de personas que se presentan a solicitar servicios en la Dirección General de Educación Vial, específicamente en el proceso de obtención de licencias de conducir.Es sumamente común que muchas personas se apersonen con la Cédula de Identidad vencida, en mal estado, sin la cédula pero pretendiendo se les atienda con otro tipo de documento como por ejemplo pasaporte.
Esta Dirección, respetuosa de lo expresamente establecido en la ley (sic) Orgánica del tribunal (sic) Supremo de Elecciones y el Registro Civil, específicamente los artículos 95 y 96 exige la cédula de identidad vigente y en buen estado, lo cual como es de esperar provoca gran inconformidad de usuarios descuidados que no tramitan su documento de identidad puntualmente o descuidan su estado.En muchos casos, las personas acuden a interponer quejas contra los funcionarios de esta Dirección ante la Contraloría de Servicios del MOPT y despachos Ministeriales por supuesto incumplimiento de atención, despachos que desconociendo las normas dan trámite a estas denuncias ilegalmente infundadas, a tal extremo ha llegado esta situación que se está siguiendo investigaciones a funcionarios por lo que han catalogado GRAVES incumplimientos, cuando es la norma de ley la que exige esta obligación de poseer la cédula de identidad
Por lo anterior con el mayor de los respetos, les solicito extender un oficio a esta Dirección en respaldo del cumplimiento que debemos seguir los funcionarios públicos de exigir la Cédula conforme a la normativa orgánica de este (sic) honorable Tribunal, de ser posible cursar copia del mismo a la señora Ministra de Obras Públicas y Transportes para que gire las instrucciones pertinentes a los órganos subalternos de control, como lo son la Contraloría de Servicios del Ministerio y Viceministra de Transportes.".
Se dispone: Hacer del conocimiento del señor Jiménez Bastos, que de la literalidad de los artículos 95 y 96 de la Ley Orgánica de estos organismos electorales, resulta claro que la presentación de la cédula de identidad es indispensable para obtener o renovar la licencia de conducir, así como para realizar cualquier otra gestión administrativa, judicial o notarial. Asimismo,los funcionarios o empleados del Gobierno Central, Municipalidades, instituciones autónomas o semiautónomas que no exijan la presentación de la cédula de identidad, serán sancionados con suspensión de sus cargos, sin goce de sueldo, por ocho días la primera vez y quince días las veces siguientes, si bien a partir de la tercera vez podrán ser destituidos de sus funciones siendo ésta causa justa. Hágase del conocimiento de la señora Ministra de Obras Públicas y Transportes. ACUERDO FIRME.
B)Solicitud de emisión de resolución aclaratoria sobre los alcances de la prohibición contemplada en el artículo 85 del Código Electoral.Del señor Luis Enrique Ortiz Vaglio, Presidente de la Cámara Nacional de Radio de Costa Rica, se conoce memorial del 16 de abril de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Después de saludarlos cordialmente, paso a exponerles la siguiente consulta de interés de mi representada la Cámara Nacional de Radio - CANARA - y sus asociados radiodifusores, en materia que es de la competencia exclusiva de ese honorable Tribunal.
En éstos (sic) días hemos recibido múltiples inquietudes de nuestros asociados, preocupados porque las autoridades de Gobierno e Instituciones Autónomas, interpretan de manera muy restrictiva la disposición del Código Electoral que prohíbe hacer publicidad gubernamental durante el período electoral.
En efecto, según nos informan nuestros asociados, algunas autoridades, frente al temor de incurrir en una violación de Ley – lo que es compresible – extienden los alcances de aquella restricción, al extremo de suspender todo tipo de campañas de información pública, aún cuando aquellas sean de naturaleza preventiva, y necesarias para informar a la población sobre servicios públicos que serán suspendidos o modificados, durante el indicado período electoral, lo cual, en nuestro criterio, excede el fin pretendido por el legislador, que es de impedir la publicidad de los logros de un Gobierno.
Las campañas mencionadas abarcan muchos aspectos básicos de los cuales la ciudadanía debe seguir enterada, entre ellas la apertura de matrícula de universidades estatales, la oferta estacional de cursos del INA, las campañas de prevención de la Comisión Nacional de Emergencias, el Tránsito o el INS,el ahorro energético, la disponibilidad de nuevos servicios telemáticos del ICE, RACSA o los nuevos servicios de seguros del INS, por citar algunos ejemplos, no trasgreden, en nuestro criterio aquella disposición ni los principios en que se inspira, por lo que consideramos que las autoridades, al suspenderlas, proceden con exceso, ante el temor de sufrir una llamada de atención o sanción, por parte de ese respetado Tribunal.
Es por esa razón que respetuosamente les solicitamos, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 102 de la Constitución Política y 19 del Código Electoral, que se nos evacue esta consulta emitiéndose una resolución de naturaleza aclaratoria, que contieneel artículo 85 de la misma Ley, sin que su aplicación produzca una distorsión de los principios que la orientan, lo que puede terminar por afectar la calidad, eficiencia u oportunidad en la prestación de servicios públicos en perjuicio de derechos de rango constitucional y legal de los ciudadanos. La consulta pretende también que tanto las autoridades públicas, como los medios publicitarios y de radio difusión, tengamos claro las reglas, límites, y los alcances de la disposición, para no entrar en contradicción con aquella, en el ejercicio de nuestras tareas y funciones habituales.".
Se dispone:Túrnese a la señora Magistrada o al señor Magistrado que corresponda. ACUERDO FIRME.
C)Comunicación del nombramiento de los señores José Álvaro Jenkins Rodríguez y Alejandro Soto Zúñiga como Presidente y Vicepresidente del Banco Nacional.Del señor Rodolfo González Cuadra, Secretario General de la Junta Directiva General del Banco Nacional, se conoce nota del 25 de marzo de 2009, recibida el 17 de abril del año en curso, mediante la cual informa que esa Junta Directiva, en el artículo 15.º, sesión n.º 11.532, celebrada el 24 de marzo del 2009, acordó elegir al presidente y al vicepresidente de dicho órgano colegiado para el periodo comprendido entre el 24 de marzoy el 31 de diciembre del 2009, quedando integrado de la forma que detalla.
Se dispone: Agradecer la información suministrada a este Tribunal y desear a los señores José Álvaro Jenkins Rodríguez y Alejandro Soto Zúñiga, el mayor de los éxitos en sus delicadas funciones.
D)Invitación para formar parte del proyecto para el aseguramiento de los activos públicos del Estado contra riesgos catastróficos. De los señores Alonso Brenes y José Ángel Villalobos, por su orden Consultor del Banco Mundial y Subgerente del Instituto Nacional de Seguros, se conoce oficio n.º G-00862-2009 del 13 de abril de 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 17 de abril de 2009, mediante el cual literalmente manifiestan:
"El Banco Mundial se encuentra desarrollando un proyecto de asistencia técnica al Gobierno de Costa Rica a través del INS, para el aseguramiento de los activos públicos del Estado costarricense contra riesgo catastrófico. Este (sic) busca generar cobertura para la infraestructura pública que actualmente no cuenta con ningún tipo de protección financiera contra desastres así como revisar las actuales condiciones de aseguramiento de infraestructura cubierta.
La iniciativa busca generar un cálculo de la pérdida máxima probable, para lo que se está construyendo un inventario de inmuebles e infraestructura logística.En su primera fase, el inventario contendrá una selección de las instituciones clave para el funcionamiento del Estado, dentro de la que se incluye al Tribunal Supremo de Elecciones.
Técnicamente, el inventario estará basado en una plataforma de información geográfica, que permitirá un manejo georreferenciado de la información de inmuebles y sus correspondientes bases de datos.Al cabo del proyecto, las bases ayudarán al cálculo de los valores expuestos.Asimismo, dichas bases serán entregadas a las instituciones con información actualizada, estandarizada y georreferenciada.
Gracias a conversaciones sostenidas con don Fernando Víquez, conocimos del estado de la información en el Tribunal.De modo que, por instrucciones del señor Víquez, le dirigimos esta nota a su despacho para hacer de su conocimiento la iniciativa, conocer si el TSE estaría interesado en participar y, de ser así, establecer un canal formal de comunicación entre el TSE, el INS y el BM para la construcción de la capa correspondiente de infraestructura para el TSE y el Registro Civil.".
Se dispone:Para los fines propuestos, atienda lo que corresponda la propia Dirección Ejecutiva. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
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Eugenia María Zamora Chavarría |
Max Alberto Esquivel Faerron |
Mario Seing Jiménez |
Zetty Bou Valverde |