ACTA Nº 127-2009

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del diecisiete de diciembre de dos mil nueve, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, los señores Magistrados Max Alberto Esquivel Faerron, Mario Seing Jiménez y la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde.

 ARTÍCULO PRIMERO.APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.

Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO.ASUNTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA.

A) Contrato de novación del arrendamiento del inmueble que ocupa la Regional en Upala.Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio n.º CONT-1060-2009 del 14 de diciembre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Mediante Oficio CONT-850-2009 del 9 de octubre del 2009 este Departamento trasladó la gestión de novación del arrendamiento del inmueble en donde se alberga la regional del Tribunal Supremo de Elecciones en Upala al Departamento Legal, este despacho mediante oficio N. DL-638-2009 del 4 de diciembre del 2009, señala que se tiene por realizada la novación de arrendante.

Asimismo en dicho oficio se sugiere que por tratarse de una novación de arrendante el informe de ese despacho debe ser puesto en conocimiento del Superior.

Así las cosas adjunto copia del informe del Departamento Legalrelacionado con la novación de arrendante solicitada por el Apoderado Generalísimo de la firma Librería América S.A., propietaria del local que ocupa la sede regional del Tribunal en Upala, y en acatamiento a la recomendación IV del citado informe, solicito por su digno medio, hacer de conocimiento al Superior la novación de arrendante interpuesta por el señor Guillermo Medrano Barreto, Apoderado Generalísimo de Librería América S. A., nuevo propietario del inmueble.”.

Se dispone: Tomar nota.

ARTÍCULO TERCERO.ASUNTOS DE LAS ELECCIONES DEL 2010.

A) Solicitud de aclaración relativa a los informes contables de los partidos políticos.Del señor René Castro Salazar, en su condición de jefe de campaña del Partido Liberación Nacional, se conoce oficio sin número del 14 de diciembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 15 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“El suscrito, RENE (sic) CASTRO SALAZAR, en mi condición de jefe de campaña del Partido Liberación Nacional, con el debido respeto, amparado en la normativa vigente en esta materia, con el debido respeto (sic) manifiesto:

1. Ayer 13 de diciembre, el periódico La Nación publicó un reportaje sobre las donaciones reportadas por los diferentes partidos políticos, en los que se cita al señor Héctor Fernández, director (sic) del Registro Electoral.

2. De las declaraciones brindadas por el funcionario citado, parece deducirse que, a la fecha, todos los partidos políticos se encuentran al día en la presentación de sus informes y que la información de todos los partidos se encuentra disponible en la pagina web de ese Tribunal; situación que es totalmente falsa.

3.Mediante ya tres notas, incluyendo la presente, hemos señalado ante este Tribunal el incumplimiento en el que incurren varios de los partidos políticos al no presentar los reportes que exige la ley y la inercia que ha mostrado el tribunal (sic) ante esos incumplimientos, al no aplicar las sanciones que indica el ordenamiento jurídico y al no publicar la información completa de los partidos en su página web.

Petitoria

En razón de lo anterior y con el fin de no llamar a error a los medios de comunicación y a la ciudadanía, respetuosamente solicito que, de una vez por todas, el TSE aclare a la opinión pública la verdadera condición y cumplimiento de los informes contables que todos los partidos políticos deben presentar ante dicho Tribunal y se tomen las acciones que corresponden contra los partidos que incurren en incumplimientos.”.

Se dispone: Para su atención e informe en el término de2 días, pase este asunto al señor Director General del Registro Electoral.ACUERDO FIRME.

B) Divulgación del “Reglamento sobre el registro de contadores públicos autorizados a los partidos políticos” emitido por la Contraloría General de la República.Del señor Walter Ramírez Ramírez, Gerente de División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República, se conoce oficio n.° 13016 (DFOE-405) del 8 de diciembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 15 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Como es de su conocimiento, el nuevo Código Electoral vigente no contempla participación directa de la Contraloría General de la República en la revisión de los gastos de los partidos políticos, como se realizaba en años anteriores, por corresponder a una función del Tribunal Supremo de Elecciones. De acuerdo con el artículo 104 de dicho Código, la liquidación debidamente refrendada por un contador público autorizado en su condición de profesional responsable y fedatario público, es el medio por el cual los partidos políticos comprueban los gastos en que han incurrido. Asimismo, el artículo 106 del Código Electoral establece que toda liquidación que se presente al Tribunal Supremo de Elecciones deberá contener, entre otros, la certificación de los gastos del partido político emitida por un contador público autorizado -registrado ante la Contraloría General de la República- contratado al efecto por el partido.

Para el registro de contadores públicos ante esta Contraloría General, ese Código establece en el artículo 105, que la Contraloría General de la República registrará al contador público autorizado que quiera brindar servicios profesionales a los partidos políticos y reglamentará los requisitos para conformar dicho registro.

En cumplimiento de este último artículo citado, este órgano contralor emitió el "Reglamento sobre el registro de contadores públicos autorizados para servicios atinentes a las liquidaciones de gastos de los partidos políticos ante el Tribunal Supremo de Elecciones (R-4-2009-DC-DFOE)", mediante la Resolución Nro. R-DC-83-2009, publicada en el diario oficial La Gaceta Nro. 234 del miércoles 2 de diciembre de 2009. Se adjunta copia de la Resolución.

El registro de contadores públicos autorizados se conformará con todos aquellos interesados, miembros del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, que soliciten el registro y que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento, de conformidad con el trámite establecido al respecto.

De acuerdo con lo anterior, resulta conveniente que los partidos políticos conozcan sobre la emisión y contenido del citado Reglamento, por lo que, en virtud de las competencias asignadas a ese alto Tribunal y su relación directa con los citados partidos, se le solicita realizar la comunicación respectiva. Cabe señalar que esta Contraloría General solicitó al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica una comunicación amplia a sus colegiados, sobre este particular.”.

Se dispone: Sin perjuicio de la posibilidad de que se descargue de la web institucional, en la que se encuentra desde su publicación, la Secretaría del despacho pondrá en conocimiento de todos los partidos políticos la reglamentación a que se refiere el señor Ramírez Ramírez. La Oficina de Comunicación la hará del conocimiento del público mediante comunicado de prensa. ACUERDO FIRME.

C) Acreditación de miembros de la Universidad para la Paz como Observadores Internacionales para las elecciones del 7 de febrero, 2010.Del señor Víctor M. Valle, Decano/Profesor y Director del Departamento de Estudios de Paz y Conflicto de la Universidad para la Paz, se conoce oficio n.º UPEACE-PCS/VV-061-2009 del 15 de diciembre de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:

“[…] Agradezco profundamente su buena voluntad para aceptar que un grupo de miembros de la Universidad, formado por estudiantes y profesores, se acrediten como Observadores Internacionales en las elecciones presidenciales programadas para el domingo 7 de febrero del año próximo.

Seguiremos al pie de la letra las regulaciones contenidas en el Reglamento para la Observación de Procesos Electivos y Consultivos publicado el 12 de noviembre de 2009.

La misión estará integrada por 68 estudiantes de postgrado y 5 docentes de la Universidad para la Paz. Ellos vienen de 30 países de África, América, Asia y Europa y participan en la observación como parte de un ejercicio práctico de sus estudios de posgrado. Los estudiantes y los docentes están en los posgrados de Estudios de Paz Internacional y Estudios de Medios de Comunicación, Paz y Conflicto.

Adjunto a esta carta encontrará la lista de los estudiantes que serían observadores internacionales como parte de la misión de la Universidad para la Paz. Además de los estudiantes, habrá un grupo de docentes que serán parte de la misión. Ellos son los profesores:

Flor Cubero, de Costa Rica.

Victoria Fontan, de Francia.

Balazs Kovacs, de Hungría

Alvaro Sierra, de Colombia.

Victor Valle, de El Salvador, el suscrito quien fungirá como el Director de la Misión.

Solicito respetuosamente que se me indique el nombre de la persona con la que, para propósitos operativos, nos comunicaremos desde la Universidad. […]”.

Se dispone: Tomar nota de la valiosísima participación que docentes de la Universidad para la Pazdesean tener en el proceso electoral que culminará el próximo 7 de febrero de 2010, según lo comunica el profesor Víctor Valle. Para su debida atención y la acreditación que corresponda, pase la solicitud que se conoce a la Licda. Sandra Mora Navarro, Encargada del Programa de Observadores Internacionales. ACUERDO FIRME.

D) Conferencia de prensa para informar sobre la eventual segunda ola pandémica en el país.De la señora Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud, se conoce oficio n.° DM-11225-2009 del 15 de diciembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 16 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Reciba un cordial saludo. En complemento a la conversación telefónica que sostuvimos el día de hoy (sic), deseo agradecerle su visto bueno para la realización de la Conferencia de Prensa el día viernes 18 de diciembre a las 9:00 a.m., en la Sala de Exministros del Ministerio de Salud, y donde estaremos informando a la población costarricense sobre las acciones, estrategias de contención y mitigación de los efectos de una eventual segunda ola pandémica en el país.

Lo anterior, debido a que extraoficialmente he sido informada que las vacunas contra este virus estarán ingresando a Costa Rica en el mes de enero del año 2010, y por lo tanto considero importante extremar la información farmacológica y no farmacológica que en este tema compete.

Agradezco al Tribunal Supremo de Elecciones su anuencia para la realización de dicha conferencian (sic) y le aseguro que durante la realización de la misma se respetaran todas las disposiciones que en materia de beligerancia política el Tribunal Supremo de Elecciones ha dictado.”.

Se dispone: Tomar nota de lo que informa la señora Ministra de Salud y agradecerle la comunicación cursada. ACUERDO FIRME.

E) Instancia a la Imprenta Nacional para finalizar el proceso de impresión de papeletas.Este organismo electoral ve con extrema preocupación el paro de labores suscitado a partir del día de ayer por parte de los funcionarios de la Imprenta Nacional, cuando nos encontramos a pocos días para finalizar el proceso de impresión de papeletas, el cual debe estar concluido, a más tardar, el 30 de diciembre del año en curso, a los efectos de no afectar los procesos de empaque, distribución y entrega de material electoral, así como la revisión de éste por parte de las juntas receptoras de votos. En este momento se encuentra pendiente la impresión de los frentes correspondientes a dos millones setecientos cuarenta y cinco mil papeletas de regidores municipales, aproximadamente, que, como se indicó, deben estar listas en la fecha apuntada, pues de lo contrario se

pone en riesgo la elección de los regidores y regidoras convocada para el próximo 7 de febrero del 2010.Por lo tanto:

Se dispone: Dirigir atenta instancia al señor Director de la Imprenta Nacional, a efectos deque interponga sus buenos oficios con el fin de cumplir a cabalidad con los términos del convenio suscrito entre dicha institución y este Tribunal, en lo que respecta a la fecha de entrega de la totalidad de las papeletas que serán utilizadas en el acto comicial del 7 de febrero de 2010. ACUERDO FIRME.

F) Aclaración sobre actividades durante “tregua navideña”. Del señor Sergio Iván Alfaro Salas, Diputado a la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.º PAC-DSIAS-0735-2009 del 9 de diciembre de 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 16 de diciembre de 2009, mediante el cual consulta si durante la “tregua navideña” los candidatos a la Presidencia de la República pueden asistir y otorgar entrevistas a los diferentes medios de comunicación colectiva.

Del señor René Castro Salazar, quien manifiesta ser Jefe de Campaña del Partido Liberación Nacional, se conoce conjuntamente memorial del 15 de diciembre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, mediante el cual manifiesta que en esta última fecha los periódicos nacionales publicaron información relativa a una conferencia de prensa llevada a cabo por este Tribunal en la que se dimensionaron los alcances de la “tregua navideña”. Sostiene que, dado que tal dimensionamiento se realizó verbalmente, la prensa no lo transmitió completo y que como el reglamento decretado al efecto no abarca todos los aspectos que se comentaron en dicha conferencia, es necesario se entregue a todos los partidos políticos un documento donde se consigne tal detalle. Requiere además que se aclaren las reglas que rigen para la información que se puede remitir por Internet, que se le indique si durante dicha tregua se aplican las regulaciones, directrices y límites que ha establecido la jurisprudencia de este Tribunal, específicamente las contenidas en la resolución n.º 0978-E8-2009 y que en caso de confirmarse esto último, se le recuerde y advierta a todos los partidos políticos tales límites, incluyendo las sanciones a las que se exponen en caso de incumplimiento.

Asimismo se conoce oficio n.° REMB 219-2009-PAC, de fecha 17 de diciembre del año en curso, recibido en la Secretaría del despacho hoy, suscrita por los señores Rafael Elías Madrigal Brenes y Olivier Pérez González, Diputados ala Asamblea Legislativa, mediante el cual se refieren al campo pagadoque figura en la página 29 A, parte inferior, del periódico La Nación del 15 del presente mes y según el cual la candidata Laura Chinchilla presentará su programa de gobierno2010-2014 en el Hotel Corobicí a las 10 a.m. del día de hoy, lo cual estiman constituye un acto de proselitismo político que viola las regulaciones relacionadas con la tregua navideña.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Reiterar -conforme a lo establecido en el acuerdo del artículo quinto de la sesión ordinaria n.º 122-2009, celebrada el pasado 03 de diciembre, comunicado a los partidos políticos mediante circular n.º STSE-0089-2009 de la misma fecha- que por “tregua navideña” se entiende el sometimiento a las prohibiciones puntuales que imponen los artículos 136 párrafo cuarto y 137 inciso d) del Código Electoral, para que del 16 de diciembre al 1º de enero inmediatos anteriores a la celebración de la elección no se difunda propaganda, entendida como la publicación de espacios pagados en medios de comunicación colectiva (prensa escrita, radio, televisión e Internet), ni se celebren reuniones o mítines en zonas públicas, que la única excepción autorizada es la posibilidad que tienen los candidatos a la Presidencia de la República de contratar con esos medios la divulgación de tres mensajes navideños, según la reglamentación dictada al efecto por este Tribunal y que la transgresión de tales reglas lleva aparejada la aplicación de las sanciones establecidas en los artículos 286 y 289 del mismo Código. En tal inteligencia, se ha de insistir en que, durante tal período, se encuentra proscrita la publicación de espacios pagados en Internet, como lo son, por ejemplo, “banners” de los partidos políticos o de sus candidatos en sitios web; ésta es la única restricción que pesa en relación con el uso de Internet por parte de los partidos. Se aclara al señor Diputado Alfaro Salas que en la hipótesis a la que hace alusión -según lo expuesto supra- no se halla quebrantamiento alguno a las normas referidas, como tampoco tratándose de cualquier conducta diferente a las específicamente indicadas. En cuanto a la resolución a la que hace referencia el señor Castro Salazar, se hace ver que dicho pronunciamiento se refiere a supuestos fácticos y normativos distintos a los que aquí se analizan. Notifíquese a los gestionantes, a los partidos políticos y a los medios de comunicación colectiva. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO.ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.

A) Sustitución del representante del Tribunal ante la Junta Directiva de ASOTSE.Del señor Francisco Guillermo Paniagua Acosta, se conoce nota de fecha 14 de diciembre de 2009, recibido ese día en la Secretaría del despacho, mediante la cual comunica que este Tribunal -en sesión n.° 65-2008, celebrada el 22 de julio de 2008- lo designó como representante de este Organismo ante la Junta Directiva de la Asociación Solidarista del Tribunal Supremo de Elecciones (ASOTSE), y que en vista de que se acogerá a la pensión a partir del 1° de enero de 2010, según fuera conocido en sesión n.° 125-2009 del 10 de diciembre del año en curso, es que informa lo anterior para lo que a bien tenga disponerse.

Se acuerda: Agradecer al señor Paniagua Acosta la comunicación que dirige a este Tribunal. Para sustituirlo como representante de este organismo ante la Junta Directiva de la Asociación Solidarista del Tribunal Supremo de Elecciones (ASOTSE), se designa al funcionario Douglas Sandí Guillén. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO.ASUNTOS EXTERNOS.

A) Consulta del señor José Antonio Li Piñar, Presidente Ejecutivo del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), sobre campaña publicitaria.Del señor José Antonio Li Piñar, Presidente Ejecutivo del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), se conoce oficio n.° PE-1622-12-2009 del 15 de diciembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Con el fin de continuar nuestra gestión con la debida transparencia y de cumplir con las disposiciones del Tribunal Supremo de Elecciones en esta época electoral, les remito el material que se publicará en la televisión y en los programas de radio nacionales. Este se apega a las recomendaciones planteadas por sus excelentísimas personas en lo referente a las excepciones a la publicidad y cumple con un carácter eminentemente técnico, indispensable, impostergable y de servicios públicos esenciales.

A su vez, les agradezco la gentileza de haber atendido el día 4 de diciembre del presente año las consultas sobre esta campaña, planteadas por nuestra Gerente General, Margarita Fernández Garita, nuestro Asesor Legal, Bernal Vargas Mejía y a nuestro Asesor de Prensa, Nelson Mora Céspedes.”.

Se dispone: Habida cuenta de que la información que se somete a conocimiento de este Tribunal versa sobre asuntos relativos a ayudas sociales para educación, propias del giro de esa administración y dada la urgencia de comunicarlos a un amplio sector de interesados, este organismo electoral no halla impedimento alguno para que se difunda. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de participación en el programa televisivo “Costa Rica Elige”.Del señor Braulio Carrillo Montoya se conoce memorial del 20 de noviembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 15 de diciembre en curso, mediante el cual solicita nuevamente un espacio para participar en el programa de televisión “Costa Rica Elige”, conforme lo expone.

Se dispone: Agradecer las aclaraciones que efectúa al señor Carrillo Montoya, a quien se la hace saber que no es posible acceder a su petición, toda vez que el diseño y la finalidad del programa se han concebido para generar espacios que le permitan a los candidatos y a los partidos exponer y debatir sus planteamientos e ideas y que así informen debidamente a los electores sobre sus respectivas ofertas electorales. ACUERDO FIRME.

C) Consulta legislativa del proyecto de ley de “Aprobación de la modificación estatutaria del Instituto Internacional para la Asistencia Democrática y Electoral (IDEA)”. De la señora Maureen Ballestero Vargas, Presidenta de la Comisión Especial de Reformas Electorales y Partidos Políticos, se conoce nuevamente oficio n.º CEE-25-12-08 del 07 de diciembre de 2009, recibido el 10 de diciembre de 2009 -vía fax- en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:

“La Comisión Especial de Reformas Electorales y Partidos Políticos, tiene para su estudio el proyecto de ley”, (sic) Expediente Nº 17.232, “Aprobación de la modificación estatutaria del Instituto Internacional para la Asistencia Democrática y Electoral (IDEA). En sesión No.9 (sic), se acordó consultar el proyecto a su representada.

Apreciaré nos remita, dentro de los ocho días hábiles siguientes a la recepción de esta solicitud, la correspondiente opinión y hacerla llegar a la Secretaría de la Comisión, ubicada en el tercer piso del edificio central (Comisión de Jurídicos).”.

Se dispone: 1.-Incorporar al orden del día.2.-Contestar la consulta formulada en los siguientes términos:

Objeto del proyecto

El proyecto de ley consultado tiene por objeto aprobar una modificación estatutaria del Instituto Internacional para la Democracia y la asistencia electoral (IDEA).

La Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica, mediante Ley n.º 7905 del 05 de agosto de 1999, publicada en “La Gaceta” n.º 179 del 14 de setiembre de 1999, aprobó el “Acuerdo estableciendo el Instituto Internacional para la Asistencia Democrática y Electoral (IDEA)”, como normativa estatutaria, a partir de lo cual el país es miembro de dicha organización.A instancia del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, el Tribunal Supremo de Elecciones, en su sesión n.º 11773 del 16 de noviembre de 1999, Artículo segundo, asumió la condición de contraparte técnica del Instituto. De esa manera, el país viene participando y beneficiándose de la interacción con una de las organizaciones de mayor reconocimiento internacional en temas de elecciones y democracia.

El Consejo de IDEA realizó una reunión extraordinaria en Estocolmo, Suecia, los días 23 y 24 de enero del 2006, con el objeto de discutir y decidir sobre la necesidad de reformar los Estatutos a fin de mejorar la estructura organizativa de IDEA, fortalecer su carácter intergubernamental, proveer lineamientos claros de responsabilidad y fortalecer el vínculo con los Estados Miembros.Como producto de esa reunión, el Consejo de IDEA acordó una enmienda significativa a los estatutos de la organización, cuya entrada en vigencia depende de la ratificación de los Estados miembros.

Sobre el fondo del proyecto consultado

En primer término, resulta relevante destacar que, como se indicó, el Tribunal Supremo de Elecciones actúa como contraparte técnica, por Costa Rica, del Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral.

En tal condición revisó la propuesta de reforma estatutaria en sus distintas fases y, en las sesiones ordinarias n.º 109-2005 del 10 de noviembre de 2005 y n.º 23-2008 del 11 de marzo de 2008, se informó al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto la conformidad del Tribunal con las reformas propuestas, por estimarlas acordes con las necesidades y requerimientos actuales del Instituto y sus fines. Se adjuntan copias de ambos acuerdos.

Consecuentemente, este Tribunal da respuesta a la consulta en el sentido de que avala el texto del proyecto de ley que se tramita en expediente legislativo n.º 17.232.

Conclusión

Con base en lo expuesto, este Tribunal avala el texto del proyecto de ley que se consulta. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO.ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

A) Informe de participación en el “XIV Curso Interamericano de Elecciones. Participación Política e Inclusión”.Del señor Javier Ignacio Vega Garrido, Asesor de la Gestión Político-Institucional, se conoce oficio n.° AGPI-050-2009 del 14 de diciembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual informa sobre su asistencia al XVI Curso Interamericano de Elecciones “Participación Política e inclusión”, conforme con la designación hecha por este Tribunal en acuerdo de la sesión ordinaria 109-2009, artículo octavo, y según detalla.

El señor Vega Garrido enumera en su informe el objetivo y los aspectos metodológicos del curso, cada uno de los módulos desarrollados, a saber, Módulo 1: Diversidad, inclusión y participación política; Módulo 2: Participación política de la mujer; Módulo 3: Desafíos derivados de la diversidad étnica para la participación política; y Módulo 4: La dimensión de la pobreza y su impacto en las facetas de la participación política; así como las conclusiones a que se llegó.

Se dispone: Tener por rendido el informe correspondiente.

A las doce horas terminó la sesión.

 

 

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Mario Seing Jiménez

 

 

 

 

Zetty María Bou Valverde