ACTA Nº 119-2009

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del veintiséis de noviembre de dos mil nueve, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, los señores Magistrados Max Alberto Esquivel Faerron y Mario Seing Jiménez, y la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde.

 ARTÍCULO PRIMERO.APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.

Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por el señor Magistrado Sobrado González, por no haber participado de dicha sesión.

ARTÍCULO SEGUNDO.ASUNTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA.

A) Informe sobre el reajuste de precio del contrato de vigilancia y seguridad externa de la sede central del Tribunal.De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.º DL-602-2009 del 24 de noviembre de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual informa sobre la solicitud de reajuste de precio presentado por la empresa Servicio de Cuido Responsable S.A., correspondiente al contrato suscrito para el servicio de vigilancia y seguridad externa en la sede central de estos organismos electorales y literalmente recomienda:

“Con base en lo expuesto, al estimar que el reajuste del precio del contrato suscrito con este Tribunal y la empresa Servicio de Cuido Responsable Sociedad Anónima, para la prestación de servicios vigilancia (sic) y seguridad externa de la Sede Central de estos organismos, resulta jurídica y contablemente procedente -tomando en consideración lo informado en oficio CONT-557-2009-, este Departamento recomienda su aprobación en el sentido de cancelar un precio reajustado de ¢2.726.699,51 (dos millones setecientos veintiséis mil seiscientos noventa y nueve colones con cincuenta y un céntimos) a partir de agosto de 2008 y de ¢2.900.410,51 (dos millones novecientos mil cuatrocientos diez colones con cincuenta y un céntimos) a partir de enero de 2009. La cancelación de las diferencias generadas con dichos reajustes se harán con cargo en la subpartida número 104.06 “Servicios Generales”, siendo necesario el dictado de una resolución administrativa que disponga su cancelación, cuyo borrador se adjunta a este informe.”.

Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, el cual se acoge. En relación con la resolución adjunta, proceda de inmediato con lo de su cargo la Secretaría del despacho. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de la señora Ana Yolanda Arguedas Campos, para prorrogar el permiso para la venta de especies fiscales.Del señor Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil, se conoce oficio n.º DC-10205-2009 del 23 de noviembre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Con el objeto de que se someta a consideración y eventual aprobación por parte de la (sic) y los señores Magistrados, adjunto original de memorial de fecha “San José, 19 de noviembre de 2009”, mediante el que la señora Ana Yolanda Arguedas Campos solicita, con fundamento en lo preceptuado en la cláusula “DECIMA” del documento denominado “PERMISO DE USO DE LAS INSTALACIONES DEL TRIBUNAL PARA LA VENTA DE ESPECIES FISCALES”, la prórroga del mismo por un año más.

Al efecto, con el debido respeto me permito indicar que la permisionaria Arguedas Campos una vez más, durante el año que termina, ha cumplido a cabalidad con los términos establecidos en el documento relacionado en el párrafo inmediato anterior, por lo que bien podría el Tribunal aprobar o autorizar la prórroga en relación.

Además, considera el Suscrito (sic) que la intención consignada en las cláusulas “PRIMERA” y “SEGUNDA” del documento en relación continúa siendo satisfecha en su totalidad. ya (sic) que se ha garantizado a los usuarios de los servicios que brinda el Tribunal asequibilidad y eficiencia.”.

Se dispone: Prorrogar por un año más el "Permiso de uso de las instalaciones del Tribunal para la venta de especies fiscales", suscrito entre este Tribunal y la señora Ana Yolanda Arguedas Campos. Se encarga al señor Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil -en su calidad de fiscalizador del permiso en cuestión- someter la eventual solicitud de prórroga sucesiva, con al menos un mes de antelación a la finalización de la prórroga que aquí se aprueba. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO.ASUNTOS DE ADMINISTRACION DE PERSONAL.

A) Acta n.° 05-2009 de la Comisión de Dedicación Exclusiva. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa a.i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° CDE-93-2009 de fecha 18 de noviembre de 2009, recibido el 23 de este mes en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:

“En sesión número 05-2009 celebrada el pasado 30 de octubre, esta Comisión conoció las solicitudes que presentaron varios funcionarios de la institución para ser incorporados al Régimen de Dedicación Exclusiva o bien para que se ajuste el beneficio que por ese concepto perciben.Todos ellos estiman cumplir con los requisitos y reunir las condiciones establecidas para lo que solicitan, siendo que con tal propósito aportan los documentos necesarios a fin de demostrarlo.

Realizados los estudios que corresponden, considera esta Comisión que en efecto las solicitudes de las señoritas Ileana Madrigal Mora, Cinthya Miranda Rojas, Marianela Quirós Arias y de los señores Rafael Esteban Arce Cubero y Gustavo Morales González son procedentes, pues se trata de colaboradores que han sido ascendidos a cargos de nivel profesional para los cuales se requiere los grados académicos de bachillerato o licenciatura, condición que todos poseen en diferentes disciplinas.

De acuerdo con lo anterior y con fundamento en el artículo sexto del Reglamento para el Régimen de Dedicación Exclusiva, se elevan a conocimiento del Superior los expedientes que seguidamente se detallan y que se recomiendan aprobar en virtud de las razones dadas.

EXPE-DIENTE

NOMBRE Y CARGO

SOLICITA

COMPLEMENTO

FECHA DE RIGE

158

Rafael Esteban Arce Cubero

- Asistente Funcional -

Reincorporación

20 %

01 - OCT - 2009

177

Ileana Madrigal Mora

- Profesional Especializado -

Ajuste

65 %

01 - NOV - 2009

233

Cinthya Miranda Rojas

- Asistente Funcional -

Incorporación

20 %

25 - JUL - 2009

234

Gustavo Morales González

- Profesional de Apoyo -

Incorporación

20 %

27 - AGO - 2009

235

Marianela Quirós Arias

- Asistente Funcional -

Incorporación

20 %

01 - NOV - 2009

 

De confirmar el Tribunal Supremo de Elecciones lo resuelto por la Comisión, a cada funcionario se le otorgaría el porcentaje anotado en el cuadro anterior como incentivo o complemento salarial por concepto de dedicación exclusiva, con rige a partir de la fecha que se anota en la última columna y que corresponde a aquella (sic) en que asumieron el nuevo puesto.Se adjunta también copia del acta de la citada sesión número 05-2009.”.

Se dispone: Aprobar.

B) Nombramientos interinos por sustitución y en plazas de Servicios Especiales. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa a.i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH- 2057-2009 del 23 de noviembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 25 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Para los efectos consiguientes, me permito someter a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones los oficios que han remitido a este departamento diversas jefaturas de la institución, con los cuales solicitan que se nombren funcionarios interinos en sus oficinas para llenar plazas que por diferentes motivos se encuentran temporalmente vacantes o que fueron asignadas en la subpartida de Servicios Especiales para el presente año que es preelectoral. El detalle es el siguiente:

 

 

OFICINA

NÚMERO Y CLASE

DEL PUESTO

CONDICION DE LA PLAZA

CANDIDATO Y PERIODO DEL NOMBRAMIENTO

Oficina Regional de Cartago

46113, Asistente de Operación

Plaza de cargos fijos queha quedado temporalmente vacante pues la titular de este puesto es la señora Ericka Guevara Solano, quien fue ascendida interinamente a un cargo de Coordinador de Apoyo en esa misma sede regional.

Luis Miguel Mora Chavarría,

01-DIC y por el plazo de 6 meses prorrogables según artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que el titular regrese a ocuparla o hasta que se concrete el trámite respectivo para designar al nuevo propietario de la plaza, lo que ocurra primero.El oferente no ha laborado para la institución.

Coordinación de Programas Electorales

353651, Auxiliar de Operación

Plaza de Servicios Especiales

Carlos Díaz Espinoza,

01-DIC al 31-DIC-2009.El oferente ocupa un puesto de la clase Auxiliar de Operación de cargos fijos que se encuentra en trámite de nombramiento en propiedad.

Departamento de Proveeduría

86902, Auxiliar de Operación

Plaza de cargos fijos que ha quedado temporalmente vacante pues el titular de este puesto es el señor Farid Ovares Soto, quien fue ascendido interinamente a un cargo de Asistente Funcional en el Departamento de Proveeduría.

Ronny Villalta Jiménez,

01-DIC y por el plazo de 6 meses prorrogables según artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que el titular regrese a ocuparla o hasta que se concrete el trámite respectivo para designar al nuevo propietario de la plaza, lo que ocurra primero.El candidato ocupa un puesto de la misma clase en la Dirección General del Registro Electoral.

Sección de Opciones y Naturalizaciones

97468, Auxiliar de Operación

Plaza de cargos fijos que ha quedado temporalmente vacante pues el titular de este puesto es el señor Walter Jiménez González, quien fue ascendido en propiedad a un cargo de Asistente de Operación en la Contraloría Electoral.

Federico Sánchez Delgado,

01-DIC y por el plazo de 6 meses prorrogables según artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para designar al nuevo propietario de la plaza, lo que ocurra primero.El oferente no ha laborado para la institución.

Sección de Cédulas

45717, Asistente de Operación

Plaza de cargos fijos que se encuentra temporalmente vacante pues el titular del puesto es el señor Marco Moraga Núñez, quien fue ascendido interinamente a un cargo de Asistente Funcional en la Sección de Capacitación.

Gustavo Arroyo Godínez,

01-DIC y por el plazo de 6 meses prorrogables según artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que el titular regrese a ocuparla o hasta que se concrete el trámite respectivo para designar al nuevo propietario de la plaza, lo que ocurra primero.El candidato ocupa un puesto de Auxiliar de Operación en esa misma dependencia.

Sección de Cédulas

353731, Auxiliar de Operación

Plaza de Servicios Especiales

Abel Gerardo León Contreras,

01-DIC al 31-DIC-2009.El oferente no ha laborado para la institución.

Sección de Servicios Generales

349949, Asistente de Operación

Plaza de Servicios Especiales

José Arturo Leal Montenegro,

01-DIC al 31-DIC-2009.El oferente no ha laborado para la institución.

Sección de Servicios Generales

86311, Auxiliar de Operación

Plaza de cargos fijos que ha quedado temporalmente vacante pues la titular de este puesto es la señora Mariselle Solis (sic) Arce, quien se encuentra ascendida interinamente a una plaza de Profesional de Gestión en la Sección de Capacitación.

Marcela Brenes Román,

01-DIC y por el plazo de 6 meses prorrogables según artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que el titular regrese a ocuparla o hasta que se concrete el trámite respectivo para designar al nuevo propietario de la plaza, lo que ocurra primero.La oferente no ha laborado para la institución.

Departamento de Tecnologías de Información

45838, Profesional de Apoyo

Plaza de cargos fijos que ha quedado temporalmente vacante pues el titular de este puesto es el señor Billy Porras Meléndez, quien se encuentra ascendido interinamente a una plaza de Profesional de Gestión en el Departamento TIC.

Paola Vega Moreno,

01-DIC y por el plazo de 6 meses prorrogables según artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que el titular regrese a ocuparla o hasta que se concrete el trámite respectivo para designar al nuevo propietario de la plaza, lo que ocurra primero.La candidata no ha laborado para la institución.

 

Todos los candidatos que se proponen forman parte de los registros de elegibles para ese tipo de plazas o bien cumplen los requisitos que establece el Manual Descriptivo de Puestos para los cargos que interesa, siendo que además cuentan con interés y disponibilidad para los eventuales nombramientos interinos.

Si el Superior no tiene objeciones, las personas que han sido recomendadas se nombrarían con fundamento en los artículos 9, 22 y 25 del reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría en los puestos, oficinas y por los períodos que se citan en el cuadro anterior.Puede apreciarse que las solicitudes cuentan con los respectivos vistos buenos de los superiores jerárquicos.”.

Se dispone: Aprobar los nombramientos interinos propuestos, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 9, 22 y 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil. Tome nota el Departamento de Recursos Humanos que eventuales prórrogas a estos nombramientos deben ser expresamente acordadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

C) Rectificación del apellido de la funcionaria Marta Eva Chaves Castellón.Se dispone: Rectificar el error material contenido en el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.° 116-2009, celebrada el 17 de noviembre de 2009, para entender que se tiene por presentada la renuncia de la funcionaria Marta Eva Chaves Castellón y no Marta Eva Chaves Arguedas, como por error se consignó. ACUERDO FIRME.

Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.

D) Vacaciones del señor Magistrado Esquivel Faerron. Del señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron, se conoce memorial del 25 de noviembre de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual, por las razones que detalla, solicita se le concedan, excepcionalmente, a título de vacaciones, los días 29 y 30 de diciembre próximo.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Dadas las razones acreditadas, aprobar la solicitud de autorización para disfrute excepcional de vacaciones planteada. Previo sorteo de rigor, para sustituir al Magistrado Esquivel Faerron se designa a la señora Magistrada suplente Marisol Castro Dobles, quien a su vez será sustituida en la Dirección General del Registro Civilporel Lic. Erick Guzmán Vargas. ACUERDO FIRME.

Reingresa al Salón de Sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.

Sale del Salón de Sesiones la señora Magistrada Zamora Chavarría.

E) Vacaciones de la señora Magistrada Zamora Chavarría.De la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, se conoce memorial del 25 de noviembre de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual, por las razones que detalla, solicita se le concedan, excepcionalmente, a título de vacaciones, los días 29 y 30 de diciembre próximo.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día.2.- Dadas las razones acreditadas, aprobar la solicitud de autorización para disfrute

excepcional de vacaciones planteada. Previo sorteo de rigor, para sustituirla se designa al señor Magistrado suplente Juan Antonio Casafont Odor. ACUERDO FIRME.

Reingresa al Salón de Sesiones la señora Magistrada Zamora Chavarría.

ARTÍCULO CUARTO.ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.

A) Informe sobre fotografía de personas transexuales o travestidas en la cédula de identidad. De las señoras Marisol Castro Dobles y Mary Anne Mannix Arnold, Directora General del Registro Civil y Jefa a.i. del Departamento Legal, respectivamente, se conoce oficio n.º DGRC-1236-2009 del 23 de noviembre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, mediante el cual -según lo ordenado en el acuerdo del artículo sexto de la sesión ordinaria n.º 115-2009, celebrada el 12 de noviembre de 2009- rinden informe relativo a las recomendaciones planteadas por la Defensoría de los Habitantes, en relación con los criterios aplicables para fotografiar -a los efectos de obtención de la cédula de identidad- a la población transexual o travesti y a otros supuestos de alteración de la apariencia física.

Se dispone: 1.- Tener por rendido el informe. 2.- Acoger las recomendaciones conjuntas a. y b. de dicho informe que, a la letra, dicen:

“a.Dado que el acuerdo tomado por el Superior es del año 1985, por lo que han transcurrido más de 20 años de su vigencia, es conveniente que el Departamento Electoral del Registro Civil, en el plazo de un mes calendario elabore un reglamento que establezca los lineamientos en el manejo de la toma de fotografía a las personas que presenten una disparidad entre el “sexo psíquico” y el “sexo legal” de la persona.

b.El Departamento Electoral del Registro Civil, deberá tomar en cuenta en la elaboración del reglamento los demás casos de personas que al presentarse a llenar la solicitud de cédula porten aditamentos que distorsionan u ocultan la imagen natural.”.

En la propuesta de reglamento que aquí se ordena ciertamente se deberá garantizar que no se produzcan indebidas confusiones sobre la identidad del titular de la cédula, todo bajo una filosofía de pleno reconocimiento del derecho a la identidad sexual de las personas.

Conforme lo consignado por la Defensoría de los Habitantes en su informe y recomendaciones, proceda la Secretaría del despacho a comunicarle de inmediato el contenido el presente acuerdo. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de investigación en relación con el otorgamiento de la nacionalidad al señor Franklin Viveros Viveros. Del señor Mario Zamora Cordero, Director General de Migración y Extranjería, se conoce oficio n.º DG-3460-2009 del 23 de noviembre de 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 25 de noviembre de 2009, mediante el cual solicita se ordene la apertura de un procedimiento de investigación, en relación con la gestión de un trámite de naturalización a cargo del Registro Civil y que se valore considerar en lo sucesivo, para todo trámite de esa naturaleza, la serie de elementos que detalla.

De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce conjuntamente oficio n.º DGRC-1238-2009 del 24 de noviembre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, mediante el cual hace del conocimiento de este Tribunal la declaración que hizo llegar a un medio de prensa escrito, en relación con el mismo trámite de naturalización referido.

Se dispone: En relación con el oficio del señor Zamora Cordero, este Tribunal estima que no existe mérito para ordenar investigación alguna, dado que resulta evidente, con la simple consulta del expediente en cuestión, que el oficio n.º 277-2008-PME de la Dirección General de Migración y Extranjería del 25 de febrero de 2008 -que corre a folios 46 y 47- es el primer indicio con el que se contó para presumir que el gestionante no es de buena conducta, comunicación que es posterior a la emisión de la resolución n.º 096 -que corre a folio 44- de la Dirección General del Registro Civil, en la cual declaró con lugar la solicitud de naturalización, con pendencia de la aprobación de este Tribunal. No obstante lo anterior, en cuanto a la valoración que se propone, para su estudio e informe, pase a la Dirección General del Registro Civil. En cuanto al oficio n.º DGRC-1238-2009 referido, tomar nota. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO.ASUNTOS DE PADRON ELECTORAL.

A) Informe resumen de la tramitación de documentos que incidieron en el Padrón Nacional Electoral a octubre del 2009. Del señor Jaime Madriz Muñoz, Contralor Electoral, se conoce oficio n.° CE-340-2009 de fecha 24 de noviembre de 2009, recibido ese día en la Secretaría de este Tribunal, en el cual literalmente manifiesta:

“Se procedió a la fiscalización, verificación y contabilidad de los movimientosal Padrón Nacional Electoral, de conformidad con el artículo 18de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, correspondiente al mes de NOVIEMBRE. De la confrontación de nuestros resultados con los de la sumaria que publica la Sección de Padrón Electoral, la cual contiene el resumen de la tramitación de documentos que inciden en el Padrón de las gestiones electorales presentadas hasta el 7 de octubre, las cifras son iguales, por lo que se da por cerrado dicho periodo.

La variación que se dio en el Padrón Nacional Electoral durante el citado mes con respecto a OCTUBRE 2009; es la siguiente:

1. TOTAL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL A OCTUBRE 2009:2.823.718

2. INCLUSIONES DE NOVIEMBRE

(La letra se refiere a la clave que asigna la Sección de Análisis a la calificación y resolución de la solicitud de cédula).

Letra A (primera vez e inclusión)

68

Letra a (primera vez e inclusión condicional)

17

Letra b (renovación cédula caduca)

29

Letra g (duplicado cédula e inclusión cancelados de letra C y K)

3

Letra I(inclusión simple en el Padrón sin emisión de cédula)

25

Letra F ( inclusión y duplicado letra E )

0

TOTAL DE INCLUSIONES:

142

3.EXCLUSIONES DE SETIEMBRE

 

Letra M (cancelación por defunción)

1359

Letra C (cancelación de otras causas)

10

Letra Q (cancelación por caducidad)

0

TOTAL DE EXCLUSIONES:

1369

 

 

4.- RESUMEN DE MOVIMIENTOS:

INCLUIDOS

142

EXCLUIDOS

1369

TOTAL VARIACIÓN

-1.227

 

5.TOTAL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL A NOVIEMBRE:2.822.491

El libro que contiene el resumen, con los totales por distritos, cantones, provincias, en general de toda la República, agrupado por sexo, resultado de la tramitación de las solicitudes que inciden en la información cedular, correspondiente al citado periodo, emitido por la Sección de Padrón Electoral, se recibió el13 de Noviembre.”.

Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO.ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.

A) Observaciones al proceso de selección y nombramiento de los oficiales de seguridad. De la señora Ilenia Ortiz Ceciliano y del señor Carlos Murillo Alvarado, Secretaria General y Secretario General Adjunto de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), respectivamente, se conoce oficio n.º UNEC-149-2009 del 17 de noviembre de 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 19 de noviembre de 2009, mediante el cual se refieren nuevamente al concurso de plazas vacantes en la Oficina de Seguridad Integral y con fundamento en una serie de consideraciones literalmente manifiestan:

“[…] De manera que se le solicita a ese Tribunal ordenar una investigación, para que se determine con precisión cuál es la persona o personas responsables de que los Oficiales de Seguridad se hayan mantenido tanto tiempo en condición de interinos, se sancionen a esa persona o esas personas y además se ordene la aplicación de alguna de las normas excepcionales que permite la reglamentación vigente para que los funcionarios de Seguridad y Vigilancia que tengan como perfil la situación descrita puedan adquirir su propiedad.”.

Se dispone: De previo a resolver, rinda criterio sobre el particular el señor Director Ejecutivo. ACUERDO FIRME.

B) Observaciones al Manual Descriptivo de Puestos. De la señora Ilenia Ortiz Ceciliano y del señor Carlos Murillo Alvarado, Secretaria General y Secretario General Adjunto de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), respectivamente, se conoce oficio n.º UNEC-150-2009 del 17 de noviembre de 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 19 de noviembre de 2009, mediante el cual se refieren al trámite de actualización del Manual Descriptivo de Puestos, aclarando una serie de puntos sobre su participación y la del Departamento de Recursos Humanos en dicho proceso.

Se dispone: Tener por hechas las manifestaciones de los estimables representantes de la UNEC, las cuales pasarán al Departamento de Recursos Humanos para su conocimiento y consideración. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SETIMO.ASUNTOS EXTERNOS.

A) Solicitud para que el Tribunal publique la información contable suministrada por los partidos políticos. Del señor René Castro Salazar, Jefe de Campaña del Partido Liberación Nacional, se conoce memorial del 24 de noviembre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, mediante el cual, literalmente manifiesta:

“En esta campaña, nuestro partido ha hecho un esfuerzo extraordinario por cumplir estricta y oportunamente con todas las obligaciones exigidas por la ley electoral, particularmente en lo que se refiere al financiamiento de los partidos políticos. Lo hemos hecho así, porque queremos asumir una posición de liderazgo y dar el ejemplo en el acatamiento de la moderna legislación que apenas se estrena y que estamos convencidos fortalece de manera importante nuestra democracia y la transparencia política. Creemos que los resultados del esfuerzo de nuestro partido son altamente satisfactorios. Lamentablemente, esa no es la situación de otras agrupaciones políticas que también participan en esta justa electoral.

Con la autoridad moral y legitimación que nos otorga el habernos sometido y acatado sin mella alguna el ordenamiento jurídico vigente, instamos a ese alto tribunal para que aplique con rigor y mano firme la ley electoral para que proceda a publicar al día en su página web toda la información contable suministrada por los partidos políticos, haciéndoles ver que ya no tienen derecho a la deuda política adelantada.

Aprovecho para reiterarle el apoyo de nuestro partido a la labor del tribunal que usted preside, convencidos como estamos que esta institución ha sido y sigue siendo un baluarte de nuestro Estado de Derecho y garante de las libertades políticas de que disfruta nuestro pueblo.”.

Se dispone: De acuerdo con el artículo 135 del Código Electoral, “Quien ocupe la tesorería del partido político deberá mandar a publicar, en el mes de octubre de cada año, en un diario de circulación nacional, un estado auditado de sus finanzas, incluida la lista de sus contribuyentes o donantes, con indicación expresa del nombre, el número de cédula y el monto aportado por cada uno de ellos durante el año.“; y el artículo 81 del Reglamento sobre el financiamiento de los partidos políticos, en lo conducente, agrega que “En caso de omitir el cumplimiento de esta obligación, no se girará a las agrupaciones políticas monto alguno de lo que pudiere corresponderles por contribución estatal, incluyendo lo relativo al financiamiento adelantado, hasta tanto no cumplan con la referida publicación del estado de sus finanzas y las listas de sus contribuyentes. Tan pronto se produzcan esas publicaciones, el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos divulgará, por medio de la web institucional, los estados financieros auditados.”. En consecuencia, proceda la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos a colocar en línea las citadas publicaciones, indicando cuáles de ellas están pendientes de cumplir las prevenciones realizadas por su despacho. Se le aclara al petente que, en relación con estos casos o con aquellos partidos que aún no han efectuado publicación alguna, la respectiva agrupación política -según la norma supracitada- no pierde su derecho a percibir el adelanto de la contribución estatal, sino que tan sólo se le retiene su desembolso hasta que cumpla debidamente con su obligación legal. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO OCTAVO.ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Orden sanitaria relativa al edificio de la Regional de Nicoya. Del señor Rodolfo Villalobos Orozco, Coordinador de Servicios Regionales, se conoce oficio n.° CSR-878-2009 del 24 de noviembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 25 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Para el trámite correspondiente, me permito remitir copia de oficio ORNI-922-2009 y ORNI-923-2009 del Lic. Víctor Elías Rodriguez Fajardo, relativos a Orden Sanitaria girada a oficina (sic) Regional de Nicoya con relación a la conexión de aguas residuales a sistema de tratamientos.No omito manifestarle que existe un plazo de 20 días hábiles, cuyo vencimiento es el día 21 de diciembre de 2009.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Atiendan de inmediato lo necesario el Departamento Legal y la Sección de Servicios Generales. Se le solicita al señor Alcalde, así como al Concejo de la Municipalidad de Nicoya, atender este asunto en lo que sea de su

competencia, con objeto de no suspender los servicios que prestan estos organismos electorales. Tome nota el Director Ejecutivo, a fin de darle seguimiento a las medidas que se tomen para dar inmediata solución al problema planteado. ACUERDO FIRME.

B) Directrices sobre el servicio de sistematizacióne información de la jurisprudencia y la normativa del Tribunal Supremo de Elecciones. Se dispone: El servicio de sistematización, actualización y divulgación jurisprudencial y normativa del TSE, se está desarrollando para responder a los requerimientos de información jurisprudencial y normativa, así como de atención a consultas internas y externas y de capacitaciones y actividades institucionales, con el fin de brindar un servicio profesional, uniforme, actualizado y oportuno. Para cumplir con esta función de interés estratégico del TSE y continuar con la prestación de este servicio, se emiten las siguientes:

DIRECTRICES SOBRE EL SERVICIO DE SISTEMATIZACIÓNE INFORMACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA Y LA NORMATIVA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

1. Objeto del Servicio de Sistematización e Información Jurisprudencial y Normativa.- El Servicio de Sistematización e Información Jurisprudencial y Normativa tiene como finalidad la sistematización, actualización, divulgación y atención de consultas de la jurisprudencia y la normativa del Tribunal Supremo de Elecciones, con el objeto de responder de manera profesional, uniforme, actualizada y oportuna a los requerimientos de usuarios y usuarias tanto a lo interno de la institución como a lo externo, mediante la facilitación de un espacio virtual en la web institucional, la atención de consultas personales, telefónicas y electrónicas y la colaboración en las capacitaciones y actividades institucionales, con el fin de brindar una compilación jurisprudencial y normativa y un servicio informativo como una herramienta que contribuirá a una mejor comprensión y apropiación, por parte de la colectividad, de todos los aspectos relacionados con la jurisdicción electoral y los procesos de elecciones costarricenses.

2. Contenido de la información jurisprudencial y normativa.- La información jurisprudencial y normativa consiste en un compendio de resoluciones del TSE y normas aplicables a los organismos electorales, a los partidos políticos y a la ciudadanía, debidamente sistematizadas y actualizadas, según distintos criterios y clasificadores predeterminados. El proceso de compilación y cantidad de documentación que abarque, dependerá de los recursos económicos, logísticos y humanos del TSE que se dispongan para ese fin.

3. Coordinación y colaboradores del Servicio de Sistematización e Información Jurisprudencial y Normativa.- El Servicio de Sistematización e Información Jurisprudencial y Normativa estará bajo la coordinación de quien designe el Tribunal y podrá contar con la colaboración del personal institucional y de estudiantes universitarios avanzados en la carrera de Derecho que estén interesados en realizar práctica legal, siempre que se cuente con la respectiva disponibilidad de espacio y recursos en el TSE.

4. Apoyos institucionales.- Cuando los fines del servicio y las actividades a las que se destine lo requieran, la Coordinación del Servicio de Sistematización e Información Jurisprudencial y Normativa podrá solicitar a las dependencias institucionales el apoyo y colaboración respectiva, las cuales deberán prestar la asistencia, según sus funciones y posibilidades.

5. Forma de atención de las consultas y de requerimientos de información jurisprudencial y normativa.- La sistematización de la información jurisprudencial y normativa, la actualización de los sitios de resoluciones y de normativa en la web institucional, la atención de consultas personales, telefónicas y electrónicas o por cualquier otro medio que el avance tecnológico y las políticas de seguridad permitan y la colaboración en las capacitaciones y actividades institucionales que requieran de la información jurisprudencial y normativa, estarán a cargo únicamente del Servicio de Sistematización e Información Jurisprudencial y Normativa, todo lo cual deberácanalizarse a través de su Coordinación.

6. Vigencia.- Rige a partir de su comunicación.

ARTÍCULO NOVENO.ASUNTOS DE PARTIDOS POLITICOS.

A) Solicitud de información sobre certificados de cesión de contribución electoral. Del señor Sergio Iván Alfaro Salas, Diputado de la Fracción Legislativa del Partido Acción Ciudadana, se conoce oficio n.° PAC-DSIAS-0706-2009 del 25 de noviembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Reciban un cordial saludo. Por medio de la presente, el suscrito, Sergio Iván Alfaro Salas, casado, vecino de Alajuela, Diputado de la República y portador de la cédula 2-464-884, les solicito que con base a los artículos 87 y 118 del nuevo Código Electoral, sobre los principios de publicidad y transparencia, y y (sic) para comprobar el cumplimiento del artículo 116 de ese mismo código, le pidan al Partido Unidad Social Cristiana copia certificada de toda la información relacionada con los certificados de cesión de la contribución electoral.

Asimismo les solicito coloquen dicha información en un lugar donde pueda ser consultada de manera pública, y me indiquen donde (sic) estará la misma para poder revisarla.

Las notificaciones las estaré recibiendo en mi oficina, ubicada en la Asamblea Legislativa, edificio Sión, oficina 2-18: o al fax 2243-2967.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para lo de su cargo, pase este asunto a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. ACUERDO FIRME.

B) Convenio con la OEA para la Misión de Observación de las elecciones de febrero del 2010. Del señor Mario Duarte Jiménez, funcionario de la Oficina Asesora de Tratados Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, se conoce memorial, recibido -vía correo electrónico- en la Secretaría del despacho el 24 de noviembre de 2009, mediante el cual solicita criterio de este Tribunal, en relación con la propuesta de “Acuerdo entre la Secretaría General de Estados Americanos O.E.A., y el Gobierno de la República de Costa Rica, relativo a los privilegios e inmunidades de los Observadores de la Misión de Observación Electoral para las elecciones generales del 7 de febrero del 2010”, que adjunta.

Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce conjuntamente oficio n.º DGRE-877-2009 del 25 de noviembre de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:

Mediante oficio STSE-3727-2009 del 12 de noviembre del año en curso, se comunicó que la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), aceptó la invitación de este organismo electoral para organizar la Misión de Observación Electoral de cara al proceso electoral del 7 de febrero del 2010. De igual forma, en oficio STSE-3762-2009 se informó que se designó (sic) que esa Organización designó a la Dra. María Emma Mejía como Jefa de la Misión de Observación Electoral de Costa Rica.

En virtud de lo anterior, el Departamento de Cooperación y Observación Electoral de la OEA, remitió vía correo electrónico el borrador del Acuerdo relativo Al Procedimiento de Observación de las Elecciones Generales del 7 de febrero del 2010, para que sea suscrito el próximo 2 de diciembre entre el Presidente de este organismo electoral y la Jefe de Misión MOE/OEA.

Al respecto, cabe señalar que dicho borrador fue revisado tanto por el suscrito como por la Licda. Sandra Mora Navarro, encargada del Programa de Atención a Observadores Internacionales, por lo que se procedió a consultarle a la señora Marcela Garzón del Departamento de Cooperación y Observación Electoral de la Secretaría de Asuntos Políticos de la OEA, respecto a las siguientes inquietudes:

Sobre el particular, la señora Garzón indicó en relación con el artículo 24 de la Carta en mención, que como parte del procedimiento general para las Misiones de Observación de la OEA, se firman dos acuerdos: uno referido a los Privilegios e Inmunidades, el cual se suscribe entre la Secretaría General de la OEA y la Cancillería de cada país y otro relacionado a los Procedimientos de Observación que es el que se firma entre esa organización y la autoridad electoral de cada país, por lo que no existe inconveniente al respecto, de manera que según indicó procederán a realizar los cambios de forma sugeridos.

Por lo demás, no se advierte ningún inconveniente adicional para la suscripción de dicho Acuerdo entre este organismo electoral y la OEA, el cual se había programado para firmarse el próximo miércoles 2 de diciembre, por lo que respetuosamente recomendamos que se autorice al Señor Presidente de este Tribunal para que suscriba el referido acuerdo le ruego elevar esta recomendación a reconocimiento del Tribunal (sic).”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- En relación con el documento que corresponde suscribir al señor Presidente de este Tribunal, Dr. Luis Antonio Sobrado González, autorizar conforme recomienda el señor Fernández Masís, quien gestionará lo correspondiente. Hágase del conocimiento del señor Duarte Jiménez y de la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.

 

 

 

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Mario Seing Jiménez

 

 

 

 

Zetty María Bou Valverde