ACTA Nº 116-2009

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del diecisiete de noviembre de dos mil nueve, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, los señores Magistrados Max Alberto Esquivel Faerron y Mario Seing Jiménez y la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde.

 ARTÍCULO PRIMERO.APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.

Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO.ASUNTOS DE ADMINISTRACION DE PERSONAL.

A) Solicitud de vacaciones de la señora Magistrada Bou Valverde.De la señora Magistrada Zetty Bou Valverde se conoce oficio sin número del 10 de noviembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 12 de este mes, mediante el cual, por las razones que detalla, solicita se le concedan, excepcionalmente, a título de vacaciones, los días 10, 11, 29 y 30 de diciembre próximo.

Se dispone: Aprobar por excepción las vacaciones de la señora Magistrada Bou Valverde. Previo sorteo, para sustituirla, se designa al señor Magistrado Fernando del Castillo Riggioni. ACUERDO FIRME.

B) Renuncia por pensión de los funcionarios Marta Eva Chaves Arguedas y Eduardo Roberto Lizano Lépiz. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa a.i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1995-2009, del 11 de noviembre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, en el cual manifiesta literalmente:

“Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, me permito elevar a consideración dos notas que suscriben igual número de funcionarios de la institución, mediante las cuales presentan la renuncia al cargo que ocupan, a partir del próximo 1º de diciembre de 2009 y 1° de enero de 2010 respectivamente, para acogerse al beneficio de Pensión por el Régimen General de Pensiones Ley Marco (Ley N. 7302 del 15 de julio de 1992).

NOMBRE DEL SERVIDOR

PUESTO Y OFICINA

FECHA DE

INGRESO

FECHA DE RENUNCIA

Marta Eva Chaves Arguedas

Auxiliar de Operación,

Regional de Heredia

03/MAY/1976

01/ENE/2010

Eduardo Roberto Lizano Lepiz

Asistente de Operación,

Departamento Civil

01/AGO/1984

01/DIC/2009

 

Asimismo, los servidores solicitan el pago tanto de las prestaciones legales que pudieran corresponderles de acuerdo con la legislación laboral vigente, como de las vacaciones que no hayan disfrutado a la fecha de su retiro.”.

Se acuerda: Se tiene por presentada la renuncia de la señora Marta Eva Chaves Arguedas y del señor Eduardo Roberto Lizano Lepiz, a quienes se les dan las gracias por los servicios prestados por tantos años a este Tribunal, deseándoles el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida.Proceda oportunamente la Contaduría a realizar los cálculos de rigor para el pago de las prestaciones legales que pudieran corresponderles, así como de las vacaciones a que tengan derecho a la fecha de su retiro, cuyos informes trasladará oportunamente al Departamento Legal, para la confección de los respectivos proyectos de resolución. ACUERDO FIRME.

C) Renuncia de la funcionaria María Bernardita Méndez Aguilar.De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa a.i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1998-2009, del 11 de noviembre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, en el cual manifiesta literalmente:

“Para conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, remito la nota del pasado 04 de noviembre que suscribe la señora Maria (sic) Bernardita Méndez Aguilar, mediante la cual presenta renuncia a partir del 30 de ese mismo mes (sic) al cargo que ocupa de Asistente de Operación en la Oficina Regional de Cartago, argumentando para ello la posibilidad de un nombramiento en propiedad en el Ministerio de Hacienda.

La servidora Méndez Aguilar ingresó a laborar el 01 de octubre de este año para sustituir a la señora Ericka Guevara Solano quien fue ascendida interinamente. Siendo así, aún se encuentra en el período de prueba de tres meses que señala nuestra Ley de Salarios y su respectivo reglamento, lapso dentro del cual, según indica esa normativa, “…cualquiera de las partes puede ponerle fin al contrato de trabajo sin previo aviso y sin responsabilidad de ningún tipo.”.”

Se acuerda: Se tiene por presentada la renuncia de la señora María Bernardita Méndez Aguilar a partir del 30 de noviembre en curso. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO.ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe de propuesta de reestructuración de la Contraloría de Servicios. Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1348-2009, de fecha 9 de noviembre de 2009, recibido el 11 de este mes en la Secretaría del despacho quien -en cumplimiento a lo dispuesto en sesión n.° 049-2009 celebrada el 19 de mayo del año en curso- adjunta el informe requerido por este Tribunal ante la propuesta de reestructuración de la Contraloría de Servicios, presentada por el señor Max Solórzano Alvarado, el cual -según indica- se efectuó conforme a lo establecido en el “Procedimiento para la elaboración de informes sobre análisis administrativo”, DE-PO12-02 del respectivo Manual de esa Dirección; y, en el cual, de conformidad con las razones que se exponen, se recomienda a este Organismo lo que literalmente se transcribe a continuación:

“(…) 5. RECOMENDACIONES:

Si así lo tiene a bien el Superior, se recomienda aprobar las siguientes acciones o modificaciones específicas con base en la petitoria del documento “propuesta de reestructuración de Contraloría de Servicios” y los resultados del presente estudio e informe efectuado por la Dirección Ejecutiva:

4.1 Aprobar la reclasificación del puesto de Asistente de Operación (oficinista 3), puesto número 93969, de la categoría 19 a Coordinador de Gestión, categoría 15, como Asistente de Contraloría de Servicios, a partir de enero del año 2010, por razones presupuestarias.

4.2 Aprobar la reclasificación del puesto de Secretaria 1, puesto número 76363, de la categoría 16 Coordinador de Apoyo a categoría 15 Coordinador de Gestión, a partir de enero del año 2010, por razones presupuestarias.

4.3 Incluir una plaza por cargos fijos de Profesional de Gestión, cuando la Contraloría de Servicios disponga de mayor espacio físico, para que se desempeñe como asistente de Gestión de Calidad en la Contraloría de Servicios.

4.4 Mantener la ubicación jerárquica de la Contraloría de Servicios y la clasificación de su jefatura tal como está en la actualidad en la categoría 7, Profesional de Apoyo Directo al TSE.

4.5 Mantener la clasificación del Asistente de la Contraloría de Servicios en la categoría 11 como Profesional de Gestión. No procede su designación como Subcontralor. Cada vez que se requiera, podría desempeñarse como Contralor a.i. con el recargo de funciones respectivo.

Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuyas recomendaciones se acogen. Procédase en consecuencia según se sugiere. ACUERDO FIRME.

B) Revisión y validación de firmas para los proyectos de “Ley para la Gestión Integrada del Recurso Hídrico” y de“Ley de Unión Civil entre personas del Mismo sexo”. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General de Registro Electoral, se conoce oficio n.° DGRC-805-2009 del 11 de noviembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Me permito indicarle que en esta Dirección se encuentran los legajos de firmas de apoyo, correspondientes al proyecto “Ley para la Gestión Integrada del Recurso Hídrico” y a la gestión de convocatoria ciudadana para someter a referéndum el “Proyecto de Ley de Unión Civil entre personas del mismo Sexo”, razón por la cual y a efectos de cumplir con el mandato legal contenido en los artículos 3 de la Ley de Iniciativa Popular y 9 de la Ley de Regulación del Referéndum, le solicito respetuosamente se sirva someter a consideración de las señoras y los señores magistrados, para su oportuna aprobación, la lista con los nombres de los funcionarios que estarían llevando a cabo las tareas de revisión y validación de firmas de ambas gestiones.

1

Alvarado Ortiz Alfonso

Sección Análisis

2

Chinchilla Rojas Luis

Sección Análisis

3

Melanie Rojas Herrera

Contraloría Electoral

4

Flory Villalobos Barquero

Contraloría Electoral

5

Sánchez Sequerira (sic) Shirley

Oficialía Mayor Electoral

6

Sánchez Monge Róger

Sección Inscripciones

7

Sing Córdoba Katty

Archivo Microfilm

8

Valerín Corrales Jorge

Sección Solicitudes Cedulares

9

Valle Corté Carlos

Oficialía Mayor Civil

10

Valverde Sánchez Óscar

Sección Cédulas

En ese sentido, no omito informarle que el equipo de trabajo estaría a cargo del Lic. Carlos Murillo Montoya, quien ya en una oportunidad anterior había realizado tales funciones, y llevaría a cabo su labor en la bodega ubicada en el subsuelo del Edificio de Elecciones, donde se encuentra acondicionado un laboratorio con diez estaciones de trabajo habilitadas con el Sistema Informático para Revisión de Firmas y acceso a las bases SICI y SINCE.”.

Se dispone: Aprobar conforme se propone. Se informará posteriormente lo que corresponda a este Tribunal. ACUERDO FIRME.

C) Notificación al partido Frente Amplio.Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del Tribunal, se conoce oficio n.° STSE- 3748-2009 del 16 de noviembre del 2009, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Conforme a los habituales controles que al efecto ejecuta esta Secretaría, hemos detectado que entre la ingente cantidad de comunicaciones que gestiona este despacho, la notificación -vía correo electrónico- de la circular STSE-0057-2009 del 29 de setiembre de 2009, que debió dirigirse al partido político Frente Amplio se vio truncada por razones de índole técnica, por lo que, enterados de tal situación, procedimos a notificarla -conforme corresponde- el pasado 12 de noviembre.

Hago lo anterior del conocimiento del Pleno, en atención a las consecuencias que dicho retraso involuntario pudo causar.”.

Se dispone: Tomar nota. Póngase en conocimiento de la Dirección General del Registro Electoral. ACUERDO FIRME.

D) Prórroga para rendir informe sobre trámite de cédula de identidad solicitado por la Defensoría de los Habitantes. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.º DGRC-1222-2009 del 17 de noviembre de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cualliteralmente manifiesta:

“En atención a lo dispuesto por el Superior en Sesión Ordinaria No.115-2009, artículo sexto, comunicado mediante oficio STSE-3743-2009 del 12 de noviembre del año en curso, relacionado con la fotografía de hombres con apariencia de mujer para la obtención de cédula de identidad, respetuosamente hago de su conocimiento que la suscrita aún no ha concluido el análisis para emitir un criterio sobre el particular, y requiero al menos un día más, razón por la cual respetuosamente solicito al Tribunal Supremo de Elecciones, se me conceda una ampliación del plazo al próximo jueves 19 de noviembre para cumplir con el informe requerido.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día.2.- Aprobar la prórroga conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO.ASUNTOS DE LAS ELECCIONES DEL 2010.

A) Consulta sobre la identificación de las televisoras a los anuncios de campaña como espacios políticos pagados.Del señor Antonio Calderón Castro, Secretario General del Partido Liberación Nacional, se conoce oficio n.º SGAC-179 del 02 de noviembre de 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 11 de noviembre de 2009, mediante el cual manifiesta que el Comité Ejecutivo Superior de dicha agrupación política acordó solicitar pronunciamiento de este Tribunal respecto de la legalidad de la identificación de su propaganda televisiva como “espacios políticos pagados”, medida que califica de arbitraria y discriminatoria de parte de las televisoras, así como contraria a la eficiencia y al adecuado uso de recursos públicos. Adicionalmente solicita pronunciamiento “[…] respecto al derecho que asiste a la (sic) televisoras de aplicar prácticas discriminatorias en el (sic) forma de pago de la publicidad electoral, así como de su obligación de hacer públicas las tarifas, descuentos y condiciones aplicables, considerando, sobre todo, que se trata de pagos que se realizan, en última instancia, con fondos públicos. […]”.

Se dispone: Hacer del conocimiento del señor Calderón Castro que este Tribunal estima que identificar propaganda televisiva como “espacio político pagado” o similar, no constituye una medida arbitraria o discriminatoria, dado que efectivamente esa identificación responde a la naturaleza de estos espacios. En cuanto a las otras prácticas que señala como discriminatorias por parte de las televisoras en general, aclare el Partido interesado los términos específicos de su consulta.Sin perjuicio de lo anterior, se le hará llegar a la referida agrupación copia de la resolución n.° 4560-E8-2009. ACUERDO FIRME.

B) Designación de la Dra. María Emma Mejía como Jefa de la Misión de Observación Electoral de la OEA para las elecciones de febrero de 2010.Del señor Pablo Gutiérrez, Director del Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la Secretaría de Asuntos Políticos de la Organización de los Estados Americanos, se conoce oficio n.° SG/SAP/DECO-1429/09 del 11 de noviembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“El Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la Secretaría de Asuntos Políticos de la Organización de los Estados Americanos tiene el agrado de dirigirle la presente comunicación para poner en su conocimiento que la Dra. María Emma Mejía ha sido designada por nuestro Secretario General como Jefa de la Misión de Observación Electoral de Costa Rica, con motivo de las Elecciones Generales a llevarse a cabo en su país, el próximo 7 de febrero de 2010.”.

Se dispone: Agradecer al señor Director la comunicación que cursa a este Tribunal sobre la designación de la Dra. María Emma Mejía como Jefa de la Misión de Observación Electoral en Costa Rica, a quien se le reitera que estos organismos electorales dispensarán todas las facilidades que requiera para el cabal cumplimiento de su objetivo. Tomen nota del presente acuerdo el señor Director General del Registro Electoral, así como la Licda. Sandra Mora Navarro, Encargada del Programa de Atención a Observadores. ACUERDO FIRME.

C) Consulta sobre la inscripción del Partido Rescate Nacional para las elecciones municipales.Del señor Fabio Enrique Delgado Hernández, se conoce memorial del 10 de noviembre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, mediante el cual manifiesta que -actuando por última vez en representación del partido Rescate Nacional- solicita se dé respuesta a una solicitud de información, que afirma, realizó ante la Dirección General del Registro Civil y que a la fecha no le ha sido contestada. Indica además que es bien sabido por parte de este Tribunal que dicha agrupación política quedó excluida del proceso electoral hacia febrero de 2010, por lo que solicita se le indique qué deben subsanar, dado que, según sostiene, existieron criterios diferentes entre las Direcciones Generales de los Registros Civil y Electoral y este Tribunal; lo anterior para poder participar en las elecciones municipales de diciembre de 2010. Finalmente solicita que se le “[…] excluya como presidente del partido, de toda la información pública del T.S.E. sobre partidos políticos. Lo anterior en razón de que ello afecta mi derecho al trabajo, pues estoy enlistado para ejercer cargos, que son incompatibles con los puestos directivos de partidos políticos. […]”.

Se dispone: Atienda la presente gestión el señor Director General del Registro Electoral. ACUERDO FIRME.

D) Consulta sobre el Proyecto de Red de Conectividad Intermunicipal.Del señor Dionisio Miranda Rodríguez, Director Ejecutivo del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, se conoce oficio n.º DE-1169-09 del 11 de noviembre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, mediante el cual consulta si la realización de una actividad organizada por dicho Instituto con la presencia de autoridades municipales y los encargados de la sección de informática de los gobiernos locales, así como representantes gubernamentales que han colaborado con el desarrollo de la “Red de Conectividad Intermunicipal”, prevista para el 04 de diciembre de 2009, riñe con la normativa electoral.

Se dispone: Hacer del conocimiento del señor Miranda Rodríguez que este Tribunal no halla en la hipótesis que señala quebrantamiento alguno de las normas electorales, siempre y cuando la actividad programada no vaya acompañada de la contratación de difusión publicitaria en medios de comunicación que prohíbe el artículo 142 del Código Electoral. ACUERDO FIRME.

E) Ampliación de la desaplicación de la restricción vehicular para carros particulares que porten placa del Tribunal.Del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se conoce notificación relativa ala resolución n.º 000909 de las dieciséis horas con cincuenta y tres minutos del once de noviembre de dos mil nueve, recibida el día siguiente en la Secretaría del despacho, en la cual se dispuso ampliar y adicionar los alcances de la resolución n.º 000768 de las dieciséis horas con cuarenta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil nueve, para entender que la desaplicación temporal de la restricción vehicular determinada por dicho acto a favor de los vehículos de este Tribunal se extiende también a los vehículos particulares que utilizan sus Delegados, según los términos que se detallan.

Se dispone: Agradecer al señor Marco Vargas Díaz, Ministro de dicha cartera, por la atención dispensada a este Tribunal y a los miembros del Cuerpo Nacional de Delegados. Hágase del conocimiento de la Dirección General del Registro Electoral, de la Dirección Ejecutiva, del Cuerpo Nacional de Delegados, del Departamento Legal, de la Oficina de Seguridad Integral y de la Sección de Servicios Generales. ACUERDO FIRME.

F) Integración de las juntas cantonales para las elecciones de febrero de 2010.Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-815-2009 del 13 de noviembre de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:

“De conformidad con lo establecido en el párrafo final del artículo 37 del Código Electoral, y a propósito del pronunciamiento que debe realizar este Tribunal sobre las designaciones de las personas propuestas por los partidos políticos, me permito remitirle a efectos que se sirva elevarlo a conocimiento y consideración de las señoras y señores Magistrados, la integración de las juntas cantonales conformada con base en la información suministrada por cada agrupación política.

Al respecto, debo indicar que en la integración de las Juntas Cantonales, se advierten varias inconsistencias en los datos brindados por los partidos políticos, las cuales se señalan debajo del nombre correspondiente en los siguientes términos: “cédula no existe en el padrón”, “nombre y apellidos no coinciden con los del padrón”, “repetido en junta cantonal”. En ese sentido y como ha sido lo usual en procesos electorales anteriores el suscrito recomienda, salvo mejor criterio, que en el decreto que se emita se les recuerde a los partidos políticos que las inconsistencias apuntadas deberán ser subsanadas ante este Tribunal, ya sea con la corrección de los datos o bien con la sustitución, previo a la instalación de la Junta Cantonal ante la respectiva Autoridad de Policía por cuanto en caso contrario, dichas personas no podrán ser juramentadas.”.

Del señor Fernández Masís, se conoce conjuntamente memorando n.º DGRE-1330-2009 del 16 de noviembre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, mediante el cual sustituye la integración de las juntas cantonales adjunta al oficio n.º DGRE-815-2009 supra referido.

Se dispone: Emitir el decreto relativo a la integración de las Juntas Cantonales, según el texto que se adjunta.

Hágase del conocimiento de la Biblioteca y de la funcionaria Arlette Bolaños Barquero para lo de sus cargos. Comuníquese -mediante circular- a los partidos políticos. ACUERDO FIRME.

G) Acuerdo del Consejo de Rectoría de la UCR sobre pautas de propaganda política en medios universitarios.De la señora Giselle Boza S., Directora del Sistema Radiofónico de la Universidad de Costa Rica, se conoce oficio n.° RUCR-663-2009, del 10 de noviembre del 2009, recibido el 13 de noviembre en la Secretaría del despacho, al que -para conocimiento e información de este Tribunal- adjunta copia del acuerdo del Consejo de Rectoría adoptado en sesión n.° 22-2009, en el que se dispuso: “1.- Comunicar a los medios de comunicación universitarios (Emisoras Culturales, Semanario Universidad y Canal 15) que no deben pautar propaganda político-electoral de ningún tipo, excepto mensajes del Tribunal Supremo de Elecciones. 2.- Solicitar a los medios de comunicación universitarios fortalecer durante este período electoral su misión de servicio público y garantizar el derecho de acceso a la información adecuada y veraz de la ciudadanía.”.

Se acuerda: Tomar nota y agradecer la comunicación cursada, la cual se hará del conocimiento de la Oficialía Mayor del Departamento Electoral, para lo de su cargo, así como de la Dirección General del Registro Electoral. ACUERDO FIRME.

H) Consulta de la señora Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.De la señora Janina Del Vecchio Ugalde, Ministra de Gobernación, Policía y Seguridad Pública, se conoce oficio n.º 4537-2009 DM del 12 de noviembre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, mediante el cual consulta si el corto televisivo que somete a conocimiento de este Tribunal, relativo a una campaña de prevención para evitar que los niños o niñas o adolescentes se quemen con pólvora este fin de año, riñe con lo establecido en el numeral 142 del Código Electoral.

Se dispone: Hacer ver a la señora Ministra Del Vecchio que, según la jurisprudencia de este Tribunal (vgr. resoluciones n.º 3005-E8-2009 de las quince horas con cincuenta minutos del dos de julio de dos mil nueve y n.º 5023-E8-2009 de las ocho horas con treinta minutos del doce de noviembre de dos mil nueve, de las cuales se le remitirá copia), se tiene por establecido que no están incluidas en la prohibición del artículo 142 del Código Electoral las campañas de prevención. No obstante, en publicidad gubernamental de ese tipo no debe figurar la imagen de la jerarquía de las instituciones públicas y debe omitirse la inclusión de leyendas o elementos gráficos que, directa o indirectamente, exalten la gestión del gobierno de turno; restricciones que aparecen excedidas en el corto que se somete a conocimiento. ACUERDO FIRME.

I) Informe de la tramitación de documentos que inciden en el Padrón a setiembre del 2009.Del señor Jaime Madriz Muñoz, Contralor Electoral, se conoce oficio n.° CE-331-2009 de fecha 13 de noviembre de 2009, recibido ese día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual informa sobre el resultado de la labor de fiscalización, verificación y contabilidad de los movimientos al Padrón Nacional Electoral, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, correspondiente al mes de setiembre del presente año. Sobre el particular manifiesta que, de la confrontación de sus resultados con los de la sumaria que publica la Sección de Padrón Electoral, la cual contiene el resumen de la tramitación de documentos que inciden en el Padrón, las cifras son iguales, por lo que se da por cerrado dicho período. Finalmente el señor Contralor Electoral manifiesta que el libro que contiene el resumen, con los totales por distritos, cantones, provincias, en general de toda la República, agrupado por sexo, resultado de la tramitación de las solicitudes que inciden en la información cedular, correspondiente al citado período, emitido por la Sección de Padrón Electoral, lo recibió el 26 de octubre.

Se dispone: Tomar nota. Continúese informando oportunamente al Tribunal sobre el particular. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO.ASUNTOS PRESUPUESTARIOS.

A) Informe de asuntos relevantes del dictamen de la Comisión de Asuntos Hacendarios para el Presupuesto 2010. Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE- 1357-2009 del 11 de noviembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 12 de noviembre del 2009, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“De conformidad con los datos obtenidos, vía correo electrónico, del Departamento de Análisis Presupuestario de la Asamblea Legislativa, relativos al expediente legislativo Nº 17.509 “Proyecto deLey de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, para el Ejercicio Económico 2010”, correspondiente al dictamen afirmativo dado por la Comisión de Asuntos Hacendarios de ese órgano legislativo al expediente en mención, me permito informar al Superior los aspectos de mayor relevancia:

El “Proyecto de Presupuesto” varió en su monto total pasando de ¢33.812,4 a ¢33.662,0 millones, por lo que se da una diferencia de ¢150.4 millones de rebaja según se detallará más adelante.

Entre el “Anteproyecto” y el “Dictamen de Comisión” se mantuvo la disminución de ¢308.304 (trescientos ocho mil trescientos cuatro colones) de cuyo detalle se informó en el oficio Nº DE-1095-2009 del

18 de setiembre del año en curso, en el que se señalaron las variantes introducidas por el Ministerio de Hacienda al anteproyecto original, a la vez que recomendé solicitar a la Dirección General de Presupuesto la presentación de varias mociones tendientes a corregir algunos aspectos, lo cual fue acogido por el Tribunal (Oficio Nº STSE-3080-2009 de 22 de setiembre del año en curso).

Adicionalmente se presenta una rebaja por ¢150.0 millones en la subpartida 50201 “Edificios”, del subprograma 850-02, practicada vía moción por los diputados de la Comisión, lo que afectará la obra de construcción del “Edificio de Programas Electorales”.

En el Anexo Nº 1 “Comparativo Anteproyecto – Dictamen de Comisión, Presupuesto Ordinario 2010 (Global)”, se observan los principales cambios en la composición del gasto.En los anexos números 2 y 3 se anotan las variantes por subprograma presupuestario.

A nivel de resumen, seguidamente, se presentan las modificaciones por objeto del gasto:

 

Código

Descripción

Monto ¢

00101

Sueldos para cargos fijos

-(8.325,00)

00103

Servicios especiales

472.00

00301

Retribución por años servidos

2.159.00

00302

Restricción al ejercicio liberal de la profesión

-(106.181)

00303

Decimotercer mes

-(13.000)

00399

Otros incentivos salariales

1.086

00401

Contribución patronal al seguro de salud de la CCSS

10.000

00502

Aporte patronal al Régimen de Obligatorio de Pensiones Complementarias

-(800.00)

00503

Aporte patronal al Fondo de Capitalización Laboral

400.00

10101

Alquiler de edificios, locales y terrenos

-(115.00)

29999

Otros útiles, materiales y suministros diversos

-(195.000)

50201

Edificios

-(150.000.000)

60103

Transferencias corrientes a instituciones descentralizadas no empresariales

1.000.00

Total

-(150.308.304.00)

Tal como se indicó en el Oficio DE-1095-2009 ya citado, se reitera que, a diferencia de lo sucedido en ejercicios anteriores en los que las previsiones presupuestarias para la organización y ejecución de un referéndum fueron, en forma parcial,agrupadas por el Ministerio de Hacienda en la subpartida 90202 “Sumas con destino específico sin asignación presupuestaria”; para el ejercicio de 2010 esto no ha sucedido, por lo que se mantuvo la forma de presupuestación adoptada por el TSE en su anteproyecto institucional.

Asimismo se confirma que la relación de puestos fue ya revalorada con el índice salarial por costo de vidadel segundo semestre del 2009, por lo que, tanto para cargos fijos como para servicios especiales, se presentan modificaciones en el contenido económico de la coletilla 82 “Reconocimiento de incremento salarial por costo de vida”.

La Dirección de Presupuesto Nacional consideró las solicitudes de corrección formuladas por el TSE, las que a su vez fueron acogidas por los señores diputados de la Comisión de Asuntos Hacendarios, de forma que se aplicaron las mociones que permitieron realizar los ajustes siguientes:

Se ubicó correctamente el puesto Nº 357.805, Profesional de Gestión,en la Auditoría Interna.

Se corrigió la cédula jurídica del registro contable: 401-850-02-60103 IP 208 “Consejo Nacional de Rectores (CONARE) (Para apoyar la preparación, publicación y difusión del “Informe del Estado de la Nación”).

La programación física no sufrió variaciones.

Es menester señalar que el dictamen que nos ocupa fue aprobado por los miembros de la Comisión de Asuntos Hacendarios y entró a conocimiento del Plenario de la Asamblea Legislativa, instancia en la que normalmente no sufre ninguna variación, por lo que podría asegurarse que los montos e información contenida en el documento que nos ocupa (del cual se adjunta copia) corresponderá en definitiva a la ley de presupuesto para el próximo año.”.

Se dispone: Tener por rendido el informe que somete el señor Director Ejecutivo. ACUERDO FIRME.

B) Informe de seguimiento de la Gestión Presupuestaria para el I Semestre del 2009.De la señora Marjorie Morera González, Directora General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda, se conoce oficio n.° DGPN-874-2009 del 5 de noviembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 12 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Me refiero al oficio TSE-2459-2009, de 29 de julio del presente año, mediante el cual se remite el Informe de Seguimiento Presupuestario Semestral 2009.

Al respecto me permito indicarle que con fundamento en los artículos 32, 55 y 56 de la Ley No. 8131 de 18 de setiembre de 2001, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos (LAFRPP), 73 y siguientes de su Reglamento y sus reformas, esta Dirección General de Presupuesto procedió a efectuar la revisión y análisis de dicho informe.

Adjunto sírvase encontrar el Informe de Seguimiento de la Gestión Presupuestaria I Semestre 2009 elaborado por esta Dirección. Dicho documento, contienen (sic) Observaciones y Recomendaciones, así como un apartado de Disposiciones que deberán ser considerados para los informes de evaluación anual.

Así mismo le informo que el mismo se ha remitido por correo electrónico a la Unidad Institucional de Recursos Financieros y a la Unidad de Planificación y está disponible también en la página electrónica de esta Oficina, en la siguiente dirección:

https://www.hacienda.go.cr/Msib21/Espanol/Direccion+General+de+Presupuesto+Nacional/infosem es2009.htm.”.

Se dispone: Hágase del conocimiento de la Dirección Ejecutiva para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO.ASUNTOS DE LA AUDITORIA INTERNA.

A) Necesidades de evaluación para incorporar en el “Plan Anual de Trabajo 2010”.Del señor Juan Vicente García Matamoros, Subauditor Interno, se conoce oficio n.° AI-248-2009 del 10 de noviembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“De conformidad con los “Lineamientos generales que deben observar las Auditorías Internas de las entidades y órganos sujetos a la fiscalización de la Contraloría General de la República” y el Manual de Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público, las unidades de Auditoría Interna deben elaborar un plan de trabajo, que contemple todas las actividades a realizar durante el año correspondiente.

Con fundamento en lo indicado y en virtud de lo (sic) dispone la Ley General de Control Interno que el valor agregado de la función auditora está directamente relacionado con su aporte a la administración de riesgos, controles y procesos de dirección en la consecución de los objetivos, me permito solicitar respetuosamente informarnos sobre alguna necesidad particular de evaluación que estime necesario ese Órgano Colegiado, con el propósito de ser incorporado en el “Plan Anual de Trabajo 2010” que actualmente se está elaborando.”.

Se dispone: Solicitar a la Auditoría Interna incluir en su Plan de Trabajo para el año próximo, aquellas actividades necesarias para brindar un acompañamiento al desarrollo del proyecto tendiente a implementar un sistema de gestión de calidad en estos organismos electorales, conforme al convenio a suscribir con la OEA. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SETIMO.ASUNTOS DE PADRON ELECTORAL.

A) Control de nuevos electores resultado de las gestiones cedulares de octubre 2009. Del señor Carlos Murillo Montoya, Jefe de la Sección de Padrón Electoral, se conoce oficio n.° PE-3837-2009 del 11 de noviembre de 2009, recibido se día en la Secretaría del despacho, al que adjunta listado que contiene el Control de Nuevos Electores, con totales por provincia, partido especial y naturalizados, conforme al período que se detalla, resultado de la tramitación de gestiones cedulares correspondiente al mes de octubre de 2009.

Se acuerda: Tomar nota. Continúese informando a este Tribunal sobre el particular.

B) Informe resultado de la gestión de solicitudes cedulares de noviembre 2009. Del señor Carlos Alberto Murillo Montoya, Jefe de la Sección de Padrón Electoral, se conoce oficio PE-3896-2009, de fecha 13 de noviembre de 2009, recibido ese día en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:

“Cumplido el término establecido en el artículo 81 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil; le remito dos libros que contienen el resumen del Padrón Nacional Electoral; con totales por distritos, cantones, provincias y el general de toda la República por sexo, resultado de la actualización que incorpora los movimientos electorales aplicados en elmes de Noviembre, producto de las gestiones electorales presentadas hasta el 07 de octubre de 2009

Asimismo, se incluye algunos aspectos importantes que describen el comportamiento numérico del Padrón Nacional Electoral, según la procedencia de las inclusiones y exclusiones que se ejecutan.

 

PADRON NACIONAL ELECTORAL

 

PADRÓN NACIONAL ELECTORAL A OCTUBRE DE 2009

2.823.718

Más

 

Inclusión de nuevos electores mayores de 18 años

68

Inclusión condicional de nuevos electores menores de 18 años

17

Inclusión reincorpora electores con cédula anterior caduca

29

Otras inclusiones (incorporación de naturalizados, etc.)

28

Menos

 

Exclusión de electores por defunción

1.359

Exclusión de electores por caducidad de inscripción

0

Otras exclusiones

10

 

 

TOTAL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL ANOVIEMBRE DE 2009

2.822.491

 

 

Variación neta respectoal mes anterior

-1.227

 

Se dispone: Tener por recibidos los libros y el informe que somete el señor Murillo Montoya. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO OCTAVO.ASUNTOS EXTERNOS.

A) Consulta de la señora Yenifer Márquez González.De la señora Yenifer Márquez González, se conoce memorial del 09 de noviembre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, mediante el cual consulta sobre la posibilidad de mostrar logos de instituciones públicas costarricenses en un programa televisivo que manifiesta, producirá la DW-TV Alemana, cuyo tema es la carrera armamentista en la región latinoamericana, como agradecimiento por la colaboración que puedan prestar a dicho proyecto.

Se dispone: Hacer del conocimiento de la señora Márquez González que este Tribunal no halla en la hipótesis que señala quebrantamiento alguno de las normas electorales. ACUERDO FIRME.

B) Consulta del plan de publicidad del Banco Crédito Agrícola.Del señor Gregorio Segura Coto, Gerente General a.i. de Bancrédito, se conoce oficio n.º GG-098-09 del 12 de noviembre de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual expone a este Tribunal el plan de publicidad de dicha entidad bancaria, con la finalidad de obtener pronunciamiento expreso sobre la correspondencia del mismo con las actividades no prohibidas por el artículo 142 del Código Electoral.

Se dispone: Por ser de su interés y resolver el punto, remítase al señor Segura Coto copia de la resolución n.º 5023-E8-2009 de las ocho horas con treinta minutos del doce de noviembre de dos mil nueve, de reciente emisión y mediante la cual este Tribunal se pronunció sobre dicho numeral, en relación con entidades bancarias. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO NOVENO.ASUNTOS DE ORGANISMOS INTERNACIONALES.

A) Informe sobre participación en Seminario sobre Reformas Electorales organizado por la Fundación Friedrich Naumann.Del señor Hugo Picado León, Letrado de este Tribunal, se conoce nota de fecha 10 de noviembre de 2009, recibida el día siguiente en la Secretaría del despacho, mediante la cual rinde informe sobre su participación, por encargo de este Organismo, en el Seminario sobre Reformas Electorales organizado por la Fundación Friedrich Naumann para la Libertad, y que se realizó en Villa Belgrano, provincia de Córdoba, República Argentina, los días 30 y 31 de octubre pasado.

Se acuerda: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal.

B) Informe sobre participación en la Cumbre Regional de Registros Civiles e Identificación.De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-1207-2009 del 11 de noviembre de 2009, recibido ese día en la Secretaría del despacho, mediante la cual rinde informe sobre su participación, por designación de este Organismo, en el evento denominado Cumbre Regional de Registros Civiles e Identificación: “Registros, Gobernabilidad, Desarrollo y Futuro”, que se realizó en Bogotá, Colombia, del 4 al 6 de noviembre en curso. Asimismo, remite un ejemplar del Atlas Electoral de Colombia, el cual le fue entregado en la clausura del citado evento.

Se acuerda: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal. Remítase la obra que se adjunta a la Biblioteca de este Tribunal para su debida custodia.

ARTÍCULO DECIMO.ASUNTOS DE PARTIDOS POLITICOS.

A) Inscripción de las Coaliciones Alianza San Carleña y Frente Patriótico Poaseño.De la señora Martha Castillo Víquez, Jefa del Departamento de Registro de Partidos Políticos, se conocen oficios n.º DRPP-058-2009 y n.º DRPP-060-2009, ambos del 11 de noviembre de 2009 y recibidos en la Secretaría del despacho el 13 de este mes, mediante los cuales hace del conocimiento de este Tribunal que mediante las resoluciones n.º DGRE-060-2009 y DGRE-053-2009, del 30 y 26 de octubre de 2009, respectivamente, se ordenó inscribir las Coaliciones Alianza San Carleña (sic) y Frente Patriótico Poaseño, a escala cantonal,por los cantones de San Carlos y Poás de la Provincia de Alajuela, por su orden. Asimismo, adjunta ejemplares de los respectivos pactos de coalición y detalla los señalamientos para notificaciones.

Se dispone: Tomar nota de lo informado. Para los efectos de notificaciones de acuerdos y resoluciones de este Tribunal a dichas coaliciones, la Secretaría del despacho comunicará lo correspondiente a los correos electrónicos señalados por los partidos políticos que conforman la coalición. ACUERDO FIRME.

B) Denuncia por beligerancia política del señor Ministro de la Presidencia por manifestaciones en conferencia de prensa.Del señor Ottón Solís, del Partido Acción Ciudadana, se conoce oficio n.° PAC-CP-OS-015-09 del 11 de noviembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 13 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Ante una propuesta de nuestra campaña política para desterrar el clientelismo político en las ayudas sociales, hecha en un acto partidario y en mi condición de candidato presidencial de Acción Ciudadana, el licenciado Rodrigo Arias Sánchez, Ministro de la Presidencia, me trató de mentiroso en la conferencia de prensa posterior al Consejo de Gobierno del miércoles 11 de noviembre. El Ministro Arias me responde y me ataca desde la Casa Presidencial y desde su puesto de Ministro de la Presidencia.

Una vez más, los hermanos Arias Sánchez se comportan como jefes de campaña de la candidata oficialista Laura Chinchilla Miranda. Una vez más, violan el artículo del Código Electoral que prohíbe la beligerancia política.

Licenciado Sobrado, con todo el respeto que merece la institucionalidad electoral que usted representa, agradeceré me informe si en este caso va actuar o si se va a permitir que el Poder Ejecutivo siga violando la legislación electoral, interfiriendo en la campaña para beneficiar la candidatura de la señora Chinchilla Miranda.”.

Se dispone: Túrnese alMagistrado que corresponda. ACUERDO FIRME.

C) Inscripción de las Coaliciones Popular de Alfaro Ruiz y Heredia Unida.De la señora Martha Castillo Víquez, Jefa del Departamento de Registro de Partidos Políticos, se conocen oficios n.º DRPP-070-2009 y n.º DRPP-072-2009, ambos del 13 de noviembre de 2009 y recibidos en la Secretaría del despacho el 16 de este mes, mediante los cuales hace del conocimiento de este Tribunal que en las resoluciones dictadas el 30 de octubre de 2009, n.º DGRE-061-2009 y n.° DGRE-058-2009, se ordenó inscribir las Coaliciones Heredia Unida y Popular de Alfaro Ruiz, a escala cantonal,por los cantones Central de la Provincia de Heredia, y de Alfaro Ruiz de la Provincia de Alajuela, por su orden. Asimismo, adjunta ejemplares de los respectivos pactos de coalición y detalla los señalamientos para notificaciones.

Se dispone: Tomar nota de lo informado. Para los efectos de notificaciones de acuerdos y resoluciones de este Tribunal a dichas coaliciones, la Secretaría del despacho comunicará lo correspondiente a los correos electrónicos señalados por los partidos políticos que conforman la coalición. ACUERDO FIRME.

A las quince horas terminó la sesión.

 

 

 

 

 

Luis AntonioSobrado González

 

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Mario Seing Jiménez

 

 

 

 

Zetty María Bou Valverde