ACTA Nº 114-2009
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del diez de noviembre de dos mil nueve, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, los señores Magistrados Max Alberto Esquivel Faerron y Mario Seing Jiménez y la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde.
ARTÍCULO PRIMERO.APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.
Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO.ASUNTOS DE ADMINISTRACION DE PERSONAL.
A) Resultado obtenido por el funcionario Terry Sandoval Carballo en el Curso Project Básico. De la señora Ana Hazel Villar Barrientos, Jefa de la Sección de Capacitación, se conoce oficio n.° CAP-579-2009 del 3 de noviembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:
“Para los efectos correspondientes y de conformidad con lo que establece el Reglamento para Facilidades de Capacitación, a continuación me permito informar al Superior:
1.Por medio de memorando ARQ-065-2009, el señor Percy Zamora Ulloa, solicitó la participación de Terry Sandoval Carballo y Karla Villalta Medina en el cuso (sic) Project Básico: Planeando, Dirigiendo y Controlando sus Proyectos con Microsoft Office Project, que impartiría la empresa Grupo Asesor en Informática S.A., con un costo de $200.00 (doscientos dólares) por persona.
2.En oficio No. DE-973-2009, la Dirección Ejecutiva aprobó la participación de 7 personas en dicha actividad, entre las que se incluyó al señor Sandoval Carballo y a la señorita Villalta Medina.
3.Con fecha 6 de octubre, la empresa presentó el informe del curso, los certificados y el control de asistencia, el cual revela que el señor Terry Sandoval Carballo reprobó el curso con el siguiente resultado:
a.Asistencia75%
b.Prácticas100%
c.Quizes 0%
d.Examen final75%
e.Promedio final59%
4.El señor Sandoval Carballo, con fecha 20 de los corrientes, presentó, con el visto bueno de su jefatura, el oficio ARQ-253-2009, donde indicó que el 8 de setiembre faltó por motivo de la licencia otorgada en virtud de su matrimonio y ese mismo día no pudo hacer el quiz.Indicó que el 29 de setiembre llegó tarde, por motivo de una gira realizada a la Oficina Regional de Turrialba, y esto le impidió realizar el segundo quiz.
5.Con fecha CAP-553-2009 elevé a la Dirección Ejecutiva el caso, para que se valorara la situación del señor Sandoval.
6.El señor Fernando Víquez Jiménez, mediante oficio DE-1314-2009 indicó lo siguiente:
“En relación con su oficio N. CAP-553-2009 del 22 de octubre del presente año, en el que informa que el funcionario Terry Sandoval Carballo reprobó el curso “Planeando, dirigiendo y controlando sus proyectos con Microsoft Office Project Professional 2007 (Nivel 1”), esta Dirección, luego de valorar las justificaciones del interesado, hace de su estimable conocimiento, para los efectos correspondientes, que este Despacho considera que la primera es aceptable dado que se origina en un evento que, aunque personal, es relevante. En cuanto a la segunda, lo expuesto se considera insuficiente como para determinar si las razones que incidieron en la ausencia son atendibles ya que no está establecida la necesidad de que la gira tuviese que realizarse específicamente ese día, pues se tenía previo conocimiento del compromiso adquirido con el curso de capacitación, a la vez que tampoco se explica que la visita a la Regional de Turrialba tuviese una duración que le impidiera cumplir con la obligación contraída.”
7.Según lo indicado por el señor Director Ejecutivo, en relación con la segunda ausencia, de conformidad con lo que establecen los artículos 36, 37 y 38 del Reglamento de Facilidades de Capacitación, elevo el presente informe para que, si así lo dispone el Superior, se solicite un procedimiento administrativo en el que se de (sic) oportunidad al interesado de exponer sus razones y determinar si la justificación es atendible o por el contrario, cabe alguna sanción administrativa.”.
Se dispone: Proceder conforme lo sugiere la Licda. Villar Barrientos. ACUERDO FIRME.
B) Resultado del concurso para Profesional Asistente en la Oficina de Proyectos Tecnológicos. Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-3664-2009 del 5 de noviembre de 2009, en el cual literalmente manifiesta:
“Previo un cordial saludo, para lo que a bien tenga disponer el Superior, con base en lo informado por la Licda. Jocelyn Brown Pérez, Jefa a.i. del Departamento de Recursos Humanos, mediante oficio n.° RH-1942-2009 del cuatro de noviembre del año en curso -el cual adjunto- y en punto al nombramiento en dos plazas de Profesional Asistente en Proyectos Tecnológicos (Asistentes Funcionales) en la Oficina de Proyectos Tecnológicos de este Organismo, actualmente vacantes por los ascensos también en propiedad de sus anteriores ocupantes, me permito exponer lo siguiente:
1.-Para ambos casos la cantidad de elegibles es insuficiente para conformar terna, por lo que debería aplicarse el artículo 21 del reglamento correspondiente; sin embargo, para mejor conveniencia institucional, por la experiencia de los oferentes me permito someter a consideración los candidatos postulantes.
2.-Con base en los resultados obtenidos en las pruebas respectivas, a los fines de aceptar un eventual nombramiento en los puestos ya dichos por parte de los candidatos, se somete a consideración del Superior los siguientes aspirantes:
Para el puesto Nº. 76579:
- Bogantes Gómez Kenneth
- Arguedas Hernández Marianela
Para la plaza Nº. 76578:
- González Barboza Alejandra
- Arce Cubero Rafael
3.- De acuerdo con la facultad que concede el artículo 6-b del Reglamento de Salarios, el Lic. Rodolfo Delgado Rojas, Jefe de Proyectos Tecnológicos, mediante oficio PTE-165-2009 del 3 de noviembre del año en curso, ha recomendado a las personas que ocupan el primer lugar de las nóminas, lo cual -previo examen de los atestados de los candidatos- secunda el suscrito Secretario, por el conocimiento directo que tiene de los méritos y condiciones laborales de los aquí recomendados.
4.- Las personas que resulten seleccionadas podrán nombrarse en propiedad como Profesionales Asistentes en Proyectos Tecnológicos - Asistentes Funcionales - en los puestos número 76579 y 76578, respectivamente, en Proyectos Tecnológicos, a partir del próximo 16 de noviembre del año en curso, con un salario base de ¢ 440.300.oo por mes y anualidades a razón de ¢ 9.188.oo cada una, más un complemento salarial de un 18% como incentivo por responsabilidad en el ejercicio de la función electoral, todo de conformidad con el índice salarial vigente en estos Organismos Electorales.”.
Se dispone: Nombrar en propiedad al señor Kenneth Bogantes Gómez en el puesto n.° 76.579 y a la señora Alejandra González Barboza en la plaza n.° 76.578, ambos a partir del 16 de noviembre del año en curso, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 21 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil. ACUERDO FIRME.
C) Resultado del concurso para Asistente de Auditoría de Tecnologías de Información.Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-3663-2009 del 5 de noviembre de 2009, en el cual literalmente manifiesta:
“Previo un cordial saludo, para lo que a bien tenga disponer el Superior, con base en lo informado por la Licda. Jocelyn Brown Pérez, Jefa a.i. del Departamento de Recursos Humanos, mediante oficio n.° RH-1937-2009 del cuatro de noviembre del año en curso -el cual adjunto- y en punto al nombramiento de un Asistente de Auditoría de Tecnologías de Información (Profesional de Gestión) en la Auditoría Interna de este Organismo, que se encuentra vacante, me permito exponer lo siguiente:
1.- Con base en los resultados obtenidos en las pruebas respectivas, a los fines de aceptar un eventual nombramiento en el puesto ya dicho por parte de los candidatos, se somete a consideración del Superior la siguiente terna:
- Pérez Richmond Jonnathan
- Leitón Alvarado Giselle
- Ulate Campos Alejandro
2.- De acuerdo con la facultad que concede el artículo 6-b del Reglamento de Salarios, el Lic. Oscar Alberto León Alonso, Auditor Interno, mediante oficio AI-242-2009 del 29 de octubre del año en curso, ha recomendado a la persona que ocupa el primer lugar de la terna, lo cual -previo examen de los atestados de los candidatos- secunda el suscrito Secretario.
3.- La persona que resulte seleccionada podrá nombrarse en propiedad como Asistente de Auditoría de Tecnologías de Información - Profesional de Gestión - en el puesto número 353415, de la Auditoría, a partir del próximo 1° de diciembre del año en curso, con un salario base de ¢ 568.000.oo por mes y anualidades a razón de ¢ 11.742,oo cada una, más complementos salariales del 65% por concepto de prohibición y un 18% como incentivo por responsabilidad en el ejercicio de la función electoral, todo de conformidad con el índice salarial vigente en estos Organismos Electorales.”.
Se dispone: Nombrar en propiedad al señor Jonnathan Pérez Richmond en el puesto n.° 353.415 a partir del 1° de diciembre del año en curso. ACUERDO FIRME.
D) Renuncia del funcionario Roberto Aguilar León en la Sección de Servicios Generales.De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa a.i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1955-2009, en el cual literalmente manifiesta:
“Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, me permito elevar a consideración la nota recibida el pasado 27 de octubre, que suscribe el señor Roberto Aguilar León, quien se desempeña como Trabajador Especializado en la Sección de Servicios Generales, mediante la cual presenta la renuncia a su cargo para acogerse al beneficio de Pensión de Hacienda.
El señor Aguilar León labora para este organismo electoral desde el 4 de enero de 1971 y desea que su cese de funciones sea efectivo a partir del próximo 1° de diciembre, motivado para ello en la resolución número R-AP-DNP-0203-97 que emitió la Dirección Ejecutiva de la Dirección Nacional de Pensiones a las once horas del dos de julio de mil novecientos noventa y siete.
Además, solicita el pago de las prestaciones legales que pudieran corresponderle de acuerdo con la legislación laboral vigente.”.
Se dispone: Se tiene por presentada la renuncia del señor Roberto Aguilar León, a quien se le dan las gracias por los servicios prestados por tantos años a este Tribunal, deseándole el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida. Proceda oportunamente la Contaduría a realizar los cálculos de rigor para el pago de las prestaciones legales que pudieran corresponderle, así como de las vacaciones a que tenga derecho a la fecha de su retiro, cuyo informe trasladará oportunamente al Departamento Legal, para la confección del respectivo proyecto de resolución. ACUERDO FIRME.
E) Permiso para funcionarios del Programa de Empaque de Material Electoral.Del señor Francisco Rodríguez Siles, Coordinador de Programas Electorales, se conoce oficio n.° CPE-019-2009 del 6 de noviembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 9 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:
“El pasado 07 de octubre se oficializó la firma del contrato de arrendamiento de las bodegas ubicadas en la Zona Industrial Hacienda San Rafael, ubicada en San Rafael Arriba de Desamparados, la cual albergará entre otras dependencias al Programa de Empaque de Material Electoral, el cual dio inició (sic) a su traslado elpasado 10 de octubre.
Como parte de las tareas de coordinación y ejecución que conllevan la preparación y empaque de todos los materiales electorales que utilizará cada Junta Receptora de Votos el día de las elecciones, se hace indispensable contar con un grupo de funcionarios que colaboren tanto en jornada ordinaria como extraordinaria. Existe un grupo conformado por al menos doce funcionarios que por la naturaleza de sus funciones en la Institución, colaborarán con el Programa de Empaque posterior a la jornada ordinaria, lo que implicaría trasladarse a la bodega al finalizar su jornada a las 16:00 horas, sin embargo, se estaría consumiendo la jornada extraordinaria de estos funcionarios producto de la distancia y duración en su traslado.
Ante este panorama, respetuosamente le solicito gestionar ante el Superior una autorización a efecto de que el personal de la Sede Central (aprox. 12 personas) que se seleccione para colaborar con el Programa de Empaque del Material Electoral, se retire de sus oficinas a las 15:00 horas para que se traslade a la precitada bodega.”.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Autorizar conforme lo propone el señor Coordinador de Programas Electorales, quien suministrará al Departamento de Recursos Humanos el listado de los funcionarios a que se refiere. ACUERDO FIRME.
Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González.
F) Vacaciones del señor Magistrado Presidente Sobrado González.Del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, se conoce memorial del 09 de noviembre de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual solicita se le autorice -excepcionalmente- a disfrutar vacaciones durante la tarde del próximo jueves 12 y el día viernes 13 de noviembre, con el propósito de poder preparar la exposición que debe realizar en Quito, Ecuador, el 23 de noviembre de 2009.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se solicita. Para sustituirlo, previo sorteo de rigor, se designa al señor Magistrado Casafont Odor. ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González.
ARTÍCULO TERCERO.ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Informe sobre incapacidades médicas de los funcionarios del Tribunal.De la señora Mercedes Barrantes Solórzano, Médico institucional y del señor Manrique Luna Jiménez, Odontólogo institucional, se conoce oficio n.º SM-123-2009 del 28 de octubre de2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual, en atención a lo ordenado en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 078-2009, celebrada el 13 de agosto de 2009 por este Tribunal, rinden informe sobre incapacidades de funcionarios que pudieran prolongarse.
Del señor Jaime Gerardo Garita Sánchez, Inspector Electoral, se conoce asimismo oficio n.º IE-847-2009 del 28 de octubre de 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 30 de octubre de 2009, mediante el cual, de forma individual, en atención al acuerdo supra referido, rinde informe sobre el mismo particular.
Se dispone: De previo a resolver, rindan criterio conjunto el señor Director Ejecutivo y la señora Jefa del Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
B) Designación de la empresa ABS Group Services de México para el proyecto “Implementación de un sistema de gestión de calidad en el TSE de CR”.Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE- 1323-2009 del 4 de noviembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:
“La señora María Teresa Mellenkamp, funcionaria del Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la Secretaría de Asuntos Políticos de la OEA, en correo electrónico del pasado 19 de octubre indicó que el señor Pablo Gutiérrez, Director del citado departamento, había enviado una carta al señor Presidente del Tribunal el primero de setiembre del año en curso, comunicando el nombre de la empresa seleccionada para la revisión de procesos en nuestra Institución. Efectuadas las consultas del caso, no se encontró evidencia de recibo de esa carta en el TSE, por lo que se solicitó a la señora Mellenkamp que nos remitiera una copia, lo que se sirvió atender el 26 de ese mes y en nuevo correo del 2 de este mes expresa que dicha misiva fue enviada al casillero del señor Max Solórzano Alvarado el 2 de setiembre a las 3:17 p.m., quien, consultado telefónicamente, manifiesta no haber recibido la referida comunicación.
Por lo anterior y para los efectos consiguientes, adjunto copia de dicho documento.”.
Se dispone: Tomar nota de lo informado por el señor Director Ejecutivo. Hágase del conocimiento de la Contraloría de Servicios. ACUERDO FIRME.
C) Autoevaluación de control interno de la Auditoría Interna.Del señor Oscar Alberto León Alonso, Auditor Interno, se conoce oficio n.° AI-246-2009 del 4 de noviembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:
“Para los efectos pertinentes y con fundamento en la Guía de Autoevaluación 2009, aprobada por ese estimable Tribunal en Sesión Ordinaria No. 096-2009, celebrada el 24 de setiembre del año en curso, acuerdo comunicado con oficio No. STSE-3120-2009 de la misma fecha, me permito adjuntar losresultados de la autoevaluación de control interno correspondiente a esta Auditoría Interna, la cual comprende las normas generales relativas a los siguientes componentes funcionales de control interno:“Sistemas de Información” y “Seguimiento”.”.
Se dispone: Tomar nota de lo informado por la Auditoría Interna. Remítase a la Dirección Ejecutiva para lo de su cargo.
ARTÍCULO CUARTO.ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.
A) Informe de conciliación del aporte patronal cedido por el Tribunal a la Asociación Solidarista. Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio n.° CONT- 920-2009 del 4 de noviembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 5 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:
“En atención a lo dispuesto por el Tribunal en SesiónNº 70-2008, oficio STSE-2558-2008 de 07 de agosto de 2008 donde la periocidad (sic) en que se deben conciliar los montos del aporte patronal entregado por el Tribunal Supremo de Elecciones a la Asociación Solidarista, será con corte 30 de marzo me permito informar que esta Contaduría procedió a realizarlo ordenado con el siguiente resultado.
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TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES |
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CONTADURIA |
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RESUMEN DE MOVIMIENTOS |
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CONCILIACION DE CUENTA APORTE PATRONAL GIRADO A ASOTSE |
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AL 30 DE SETIEMBRE DE 2009 |
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a) |
Montos registrados por la Contaduria |
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558.957.999,91 |
b) |
Reporte de aporte patronal de la Asociación |
541.270.287,37 |
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MAS: |
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c) |
Reporte de aporte patronal liquidado por salida de la Institución |
19.252.180,90 |
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MENOS: |
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d) |
Diferencias por redondeo |
21.065,35 |
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e) |
Reporte de aporte patronal proveniente de otras intituciones (sic) |
1.070.264,20 |
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f) |
Aportes extraordinarios de períodos anteriores y aportes de exfuncionarios no retirados en la Asociación. |
473.138,81 |
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SUMAS IGUALES: |
558.957.999,91 |
558.957.999,91 |
Detalle de cada una de las cuentas que componen la conciliación:
a) Montos registrados por la Contaduría de aporte patronal con corte al 30 de setiembre de 2009.
b) Reporte de la Asociación Solidarista del aporte patronal con corte al 30 de setiembre de 2009.
c) En los registros que lleva la Contaduría del aporte patronal a cada funcionario se encuentran montos que la ASOTSE tiene por liquidados. Esto obedece a que algunos funcionarios solicitaron el aporte patronal de la Asociación en razón de haber terminado su contrato de trabajo con el Tribunal Supremo de Elecciones y sin embargo, por parte de la institución no se les reconoció Auxilio de Cesantía, consecuentemente no serebajo el aporte patronal de nuestra parte.
d) El reporte de aporte patronal de la Asociación en general coincide con los montos registrados por esta Contaduría, sin embargo existen algunos registros con diferencias menoresa los mil colones que se originan porredondeo de montos.
e) También existen funcionarios cuyo aporte patronal es superior, el cual se justifica en razón de que contiene aportes patronales provenientes de otras instituciones.
f) En los aportes extraordinarios de períodos anteriores los funcionarios autorizaron que dicho acumulado no le sea reintegrado, sino que la Asociación Solidaristalo siga administrando en su cuenta personal de aporte patronal.También existen montos de funcionarios que fueron liquidados por el Tribunal y que a la fecha no han sidoretirados los cuales se mantienenen custodia porla ASOTSE.
Asimismo se adjunta copia de los registrosde la Contaduría por concepto de aporte patronal y los de la Asociación que sirvieron de base para la verificación.
Además el Tribunal aprobó implementar un control para determinar el uso de los recursos por concepto de aporte patronal, mediante el análisis de los estados financieros proporcionados por la Asociación Solidarista en donde se llega a la conclusión que los recursos se están utilizando conforme el artículo 18 de la Ley de Asociaciones Solidaristas.”.
Se dispone: Tener por rendido el informe del señor Contador. Continúese informando sobre el particular, según la periodicidad señalada en el acuerdo adoptado en la sesión ordinaria n.° 70-2008, artículo cuarto, comunicado mediante oficio n.° STSE-2558-2008 del 7 de agosto del 2008. Hágase del conocimiento de la Asociación Solidarista del Tribunal Supremo de Elecciones y de la Auditoría Interna. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO.ASUNTOS EXTERNOS.
A) Resolución de recurso de amparo interpuesto por el señor Ignacio Rivas Suárez, a favor de Oscar y Daisy Rivas Samuel.De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia se conoce cédula de notificación recibida en la Secretaría del despacho el 02 de noviembre de 2009, relativa a la resolución n.º 2009-12964 de las diecisiete horas con cincuenta y ocho minutos del dieciocho de agosto de dos mil nueve, dictada en recurso de amparo tramitado bajo número de expediente judicial 09-010688-0007-CO, interpuesto contra este Tribunal por Ignacio Rivas Suárez, el cual fue declarado sin lugar.
Se dispone: Tomar nota. Remítase copia a la Dirección General del Registro Civil y al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
B) Informe relativo a incluir una referencia sobre discapacidad visual.De la señora Ana Hazel Villar Barrientos, Jefa de la Sección de Capacitación, se conoce oficio n.° CAP-530-2009 del 6 de noviembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:
“En relación con el memorando STSE-854-2009, al que adjunta el oficio No. PNC-324-09 suscrito por la señora Leticia Hidalgo Ramírez, Directora del Patronato Nacional de Ciegos, para valoración de la suscrita, mediante el cual solicita la posibilidad de incluir en la base de datos del Tribunal un ítem que indique si la persona tiene discapacidad visual, a continuación informo:
1. La ley 7286 a la que hace referencia la solicitante, es del año 1992, posteriormente se aprobó la ley 7600, en el año 1996 y la ley 8661 en el 2008, que aprueba la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su protocolo, haciendo énfasis en la universalidad y considerando todo tipo de “distinción” como una discriminación.
2. Atendiendo al principio de “diseño universal” las instituciones más bien deben convertir sus productos, entornos, programas y servicios, para que puedan ser utilizados por todas las personas, sin necesidad de adaptación ni diseño especializado y mucho menos distinción, aunque no excluye las ayudas técnicas para grupos particulares de personas con discapacidad, cuando se necesiten.
Según lo expuesto, la suscrita considera que incluir en la base datos un ítem que indique si la persona tiene cualquier tipo de discapacidad podría atentar contra los principios expuestos en la legislación posterior a la mencionada, por lo que mi recomendación es que se haga la consulta legal al Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial como ente rector en materia de discapacidad.”.
Se dispone: Procedaconforme lo sugiere la Licda. Villar Barrientos la Secretaría del despacho.
ARTÍCULO SEXTO.ASUNTOS PRESUPUESTARIOS.
A) Modificación presupuestaria para atender sobregiro provocado por la entrada en vigencia de laLey Nº 8785 “Primer Presupuesto Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2010”. Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE- 1350-2009 del 9 de noviembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 10 de este mes, mediante el cual se refiere a lo solicitado por la señora Marjorie Morera González, Directora General de Presupuesto Nacional, en oficio n.° DGPN-859-2009 del cinco de este mes en el que indica que, con base en la publicación de la Ley Nº 8785 “Primer Presupuesto Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2010”, requiere que se elabore una propuesta de modificación presupuestaria con el fin de solucionar un sobregiro presentado en el Sistema Integrado de Gestión de la Administración Financiera (SIGAF), al momento de aplicar la ley ya citada.
Sobre el particular y de previo a detallar los movimientos que solventarán el sobregiro apuntado, el señor Víquez Jiménez señala que éste se presenta como consecuencia de una serie de ajustes aplicados a nuestro presupuesto en forma directa por el Ministerio de Hacienda, lo cual fue informado por ese despacho mediante oficio n.° DE-1103-2009 del 18 de setiembre del año en curso, al que también se adjuntó copia del oficio n.° DE-1093-2009 fechado el 16 de ese mes, en el que se solicitó a la Dirección General de Presupuesto Nacional una serie de aclaraciones respecto a los movimientos presupuestarios propuestos en el proyecto de ley, según informa.
A pesar de lo anterior, indica el Lic. Víquez Jiménez, se ha presentado la circunstancia de un sobregiro presupuestario que debe ser corregido a efectos de que la liquidación presupuestaria esté financieramente equilibrada, razón por la que se redistribuyen varias sumas para dar financiamiento al requerimiento presentado por el Ministerio de Hacienda.
En razón de lo expuesto y de la normativa que se cita, el señor Director Ejecutivo recomienda dirigir atenta instancia a la señora Directora General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda, para que se sirva efectuar los traspasos presupuestarios indicados.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar. Proceda la Secretaría del despacho, con la colaboración usual de la Dirección Ejecutiva, a remitir la comunicación que se señala. ACUERDO FIRME.
Reingresa al Salón de Sesiones el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron.
ARTÍCULO SETIMO.ASUNTOS DE ORGANISMOS INTERNACIONALES.
A) Implementación de un sistema de gestión de calidad en el Tribunal. Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE- 1344-2009 del 9 de noviembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:
“Para los efectos consiguientes me permito adjuntar los documentos “Acuerdo de cooperación técnica electoral”, así como sus anexos, conforme a los textos aportados por la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos, los cuales, con excepción del “Llamado a licitación” que por estar en ejecución no resulta posible variar, fueron revisados, modificados y adicionados por la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal y por el suscrito.
Dichos documentos se refieren al proyecto de implementación de un sistema de gestión de calidad en nuestra Institución, lo que ha dado base al diagnóstico que en estos momentos desarrolla la empresa ABS Group.
La firma de este convenio está prevista para el lunes 16 de este mes, a las diez horas, con asistencia del Embajador de dicha Organización en nuestro país, señor Patricio Zuquilanda, y del señor Pablo Gutiérrez, Director del Departamento de Cooperación de la OEA.”.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Autorizar al señor Magistrado Presidente para que suscriba el convenio indicado, según el borrador adjunto. Tome nota la Secretaría del despacho en cuanto a la preparación del evento por parte de la Unidad de Protocolo. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis AntonioSobrado González |
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Eugenia María Zamora Chavarría |
Max Alberto Esquivel Faerron |
Mario Seing Jiménez |
Zetty María Bou Valverde |