ACTA Nº 82-2008

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del dieciocho de setiembre de dos mil ocho, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría y el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron. 

APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.

ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ASUNTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:

a) Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i., se conoce oficio n.º PROV-1870-2008 de fecha 16 de setiembre de 2008, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:

“De conformidad con nuestro Plan Anual Proyectado de Adquisiciones, con base en la respectiva programación financiera, y por haber sido visada la respectiva Solicitud de Pedido (artículo 8 de la Ley de Contratación Administrativa en relación con los ordinales 50 inciso a) y 53 del Reglamento de la Ley de la Administración Financiera), me permito por su intermedio someter a aprobación del Tribunal el pliego de condiciones y especificaciones (cartel) que reglamentará la Licitación Abreviada “SOLUCIÓN DE VIRTUALIZACIÓN”.”.

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

ARTÍCULO TERCERO.- Se conocen los siguientes asuntos:

Pago de gastos de participación del señor Auditor Interno a.i. en el Congreso Latinoamericano de Auditoría Interna.

a) Adicionar el acuerdo del artículo quinto de la sesión ordinaria n.º 81-2008, celebrada el pasado 16 de setiembre y comunicado mediante oficio n.º STSE-2997-2008 de la Secretaría del despacho, relativo a la autorización concedida al señor Juan Vicente García Matamoros, Auditor Interno a.i. institucional, para participar en el Congreso Latinoamericano de Auditoría Interna a celebrarse en República Dominicana del 25 al 28 de setiembre próximos, por lo que se autoriza que el señor García Matamoros viaje el día anterior. Se ordena expresamente a la Contaduría y a la Proveeduría que procedan con las gestiones necesarias a fin de sufragar los gastos relativos al tiquete aéreo, viáticos y cuota de inscripción. ACUERDO FIRME.

Autorización a funcionarios del Proyecto de voto electrónico para viajar a Brasil en misión de observación electoral.

b) Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce oficio n.º CPE-353-2008 del 8 de setiembre del 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 11 de setiembre del 2008, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“En el presupuesto del presente año, este despacho incluyó recursos para realizar una investigación de campo con el objetivo de proponer mejoras para el proceso electoral costarricense, que le brinde al electorado un proceso eficiente y eficaz.

En virtud de que el próximo 5 de octubre se estarán celebrando los comicios municipales en Brasil, se ha venido gestionando ante el Tribunal Electoral Superior de ese país la posibilidad de asistir en calidad de observadores internacionales.

Si bien es cierto, el pasado mes de julio la Oficina de Proyectos Tecnológicos envió a una funcionaria a ese país para obtener información sobre los dispositivos de votación electrónica, en su momento el suscrito externó su criterio de que el proceso electoral era una excelente oportunidad para analizar no sólo el funcionamiento de la urna electrónica durante el proceso de votación, sino también la logística implementada por el organismo electoral para su almacenaje, distribución y recolección.

En virtud de lo expuesto, el señor Simplicio Francisco Valente Menezes de la Asesoría de Ceremonial y Asuntos Internacionales nos remitió correo electrónico de fecha 8 de setiembre -del cual adjuntamos una copia-, en el que nos informa que el Tribunal Electoral Superior de Brasil recibirá autoridades extranjeras para la misión de acompañamiento de la primera vuelta de las elecciones municipales del 5 de octubre, ocasión en la que se nos daría el estatus de invitados internacionales, para lo cual se hace necesario que hagamos la solicitud formal del caso ante ese organismo electoral y que posteriormente nos enviarían una respuesta oficial con los detalles de la misión de observación. No obstante, hace la aclaración de que los gastos de alojamiento, traslado y alimentación deben ser costeados por la organización solicitante.

De acuerdo con los recursos previstos en las subpartidas presupuestarias correspondientes, existe un disponible de ¢2.102.547,25 para transportes en el exterior y de ¢2.850.000,oo para viáticos en el exterior. Por otra parte, hecha la consulta en línea, en la página web del Grupo Taca, el costo del tiquete aéreo a Sao Paulo ronda los $1.233,47.

Por lo anteriormente señalado, respetuosamente le solicito eleve a conocimiento del Superior, la posibilidad de autorizar al Lic. Francisco Rodríguez Siles a viajar a Sao Paulo en calidad de observador internacional para asistir al citado proceso electoral, que provisionalmente podría ser para las fechas del 2 al 6 de octubre del año en curso. No obstante, dada la relevancia del tema con el estudio de factibilidad que actualmente está realizando la Oficina de Coordinación de Proyectos Tecnológicos sobre voto electrónico, este despacho considera que sería de sumo provecho que además del Lic. Rodríguez Siles, se autorice a la Licda. Elizabeth Quirós Meza, administradora del proyecto de Voto Electrónico a realizar dicho viaje, lo cual ya fue conversado y cuenta con la anuencia del Lic. Rodolfo Delgado Rojas, Jefe de la Oficina de Proyectos Tecnológicos.

En caso de que el Superior apruebe lo solicitado, deberán girarse instrucciones a la Oficina de Comunicación y Protocolo, para que dicha oficina gestione lo relativo al pasaporte de servicio de los funcionarios señalados.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar según se propone. ACUERDO FIRME.

Criterio de la Coordinación de Programas Electorales respecto de la consulta formulada por el grupo Movimiento Social Unidad Popular de Alajuela (MOSUPA).

c) Del señor Francisco Rodríguez Siles, Subcoordinador de Programas Electorales, se conoce oficio no. CPE-362-2008 de fecha 10 de setiembre de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 16 de setiembre de 2008, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Me permito remitirle para lo que corresponda, el oficio número MOSUPA-019-2008 de fecha 8 de setiembre del 2008, suscrito por el señor Douglas Alberto Bolaños Villalobos, Presidente del grupo Movimiento Social Unidad Popular de Alajuela (MOSUPA), el cual es dirigido al señor Magistrado Presidente, donde hace referencia al oficio de esta oficina número CPE-169-2008 del día 21 de mayo del 2008, manifestando no estar de acuerdo con el criterio externado. En ese sentido, no omito indicar que las apreciaciones contenidas en el oficio de esta oficina resultan lo suficientemente claras ante la consulta y solicitud que en su momento formuló el mismo señor Bolaños Villalobos, por lo cual dicho criterio se mantiene salvo mejor criterio de la señora y señores Magistrados.

Asimismo, cabe señalar que los requisitos para la constitución e inscripción de partidos políticos están claramente indicados en los artículos 57 y siguientes del Código Electoral.”.

Se dispone: Acoger el criterio externado por el señor Héctor Fernández Masís en el oficio n.º CPE-169-2008. Hágase del conocimiento del señor Bolaños Villalobos. ACUERDO FIRME.

Autorización para firmar constancias y certificaciones de hechos civiles en la Oficina Regional de San Ramón.

d) De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.º DG-0805-2008 del 16 de setiembre del 2008, recibido el 17 de ese mes en la Secretaría del despacho, mediante el cual remite el oficio n.º CSR-557-2008 suscrito por el Lic. Rodolfo Villalobos Orozco, Jefe de la Sección de Coordinación de Servicios Regionales, con el que solicita autorización para que la servidora Enid María Carvajal Salas, Coordinador de Apoyo de la Oficina Regional de San Ramón, pueda firmar constancias y certificaciones de hechos civiles que emite la institución.

Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a la señora Enid María Carvajal Salas para que firme constancias y certificaciones del Departamento Civil que se emitan en la Oficina Regional de San Ramón, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial. Para esos efectos regístrense ante la Secretaría del despacho la firma y los sellos que utilizará la señora Carvajal Salas. ACUERDO FIRME.

Solicitud de la Oficina de Proyectos Tecnológicos sobre políticas institucionales del Proyecto de voto electrónico.

e) Del señor Rodolfo Delgado Rojas, Jefe de la Oficina de Proyectos Tecnológicos, se conoce oficio n.º PTE-149-2008 del 16 de setiembre del 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 17 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Mediante Oficio Nº TSE-1025-2007, Sesión Ordinaria Nº 23-2007 del 6 de marzo de 2007 en el cual el Superior acordó fijar como meta, la implementación del voto electrónico para las elecciones municipales del 2010, bajo la modalidad de un plan piloto de gran alcance, aprovechándose las elecciones de febrero de ese año para desarrollar una campaña de sensibilización y capacitación ciudadana que prepare adecuadamente el terreno.

Se estima que la formulación del estudio de voto electrónico finalizará en diciembre del año en curso, motivo por el cual en este momento es necesario que el Superior dicte políticas, con el fin de direccionar el estudio a los objetivos deseados. En virtud de lo anterior, y sin demérito de que el Superior agregue o modifique los puntos que considere necesarios, con toda consideración se proponen los siguientes aspectos para los efectos mencionados.  

1. Alcance del proyecto

a. Se aplicará una prueba no vinculante, a efecto de iniciar el proceso de sensibilización del electorado en el uso y aceptación del dispositivo que se llegue a seleccionar. Adicionalmente, a partir de esta prueba se dará inicio a la campaña de sensibilización, información, comunicación y capacitación.

b. Elecciones Municipales: Prueba vinculante. En el estudio se debe analizar tres escenarios a saber: 30%, 50% y 100%.

c. Criterios para implementar el plan piloto: la selección de los lugares donde se aplique la prueba responde a los que tienen una mayor afluencia de electores, minorías -una zona indígena, un hogar de ancianos y el centro penitenciario con el mayor número de electores-. Además se incluyen los centros donde se realizó el plan piloto del 2002.

d. De conformidad con lo dispuesto por el Tribunal en la sesión N° 47-2003, del 21 de abril del 2003, comunicado en el oficio1143-2003, el voto electrónico será obligatorio en aquellos lugares en que se llegue a determinar su implementación.

2. Presupuesto:

En vista de los altos costos del proyecto que imposibilita el desarrollo con presupuesto institucional, en el estudio se preverán posibles fuentes de financiamiento interno y externo.

3. Estrategia de Comunicación y Capacitación

Comunicación, sensibilización e información

La estrategia de comunicación se fundamenta en tres grandes áreas: sensibilización, campaña masiva de publicidad y campaña de promoción interna.

Capacitación

Solicitar a la Sección de Capacitación que formule la estrategia de capacitación, a fin de que se llegue a implementar para los fines indicados.”.

Se dispone: Este Tribunal, en acuerdo adoptado en el artículo segundo de sesión n.º 23-2007 del 6 de marzo del año pasado, ya había definido como meta “la implementación del voto electrónico para las elecciones del 2010, bajo la modalidad de un plan piloto de gran alcance, aprovechándose las elecciones de febrero de ese año para desarrollar una campaña de sensibilización y capacitación ciudadana que prepare adecuadamente ese terreno”. Por tal motivo resulta innecesario pronunciarse nuevamente sobre el particular, como tampoco sobre el carácter obligatorio que tendría votar electrónicamente en aquellos lugares que se seleccionen para el plan piloto (asunto definido también desde la sesión n.º 47-2003). Las demás propuestas del documento que se conocen son el lógico corolario de lo ya resuelto y, en todo caso, por vías distintas este Tribunal ya las había validado.

En todo caso, es necesario hacer notar que la calendarización meta dependerá de la celeridad con que pueda gestionarse y obtenerse el financiamiento, lo que a su vez depende de la prontitud con que este Tribunal pueda contar con los estudios de factibilidad debidamente concluidos. ACUERDO FIRME.

ASUNTOS DE COMISIONES INSTITUCIONALES.

Acta n.º 21-2008 del Comité Asesor en Tecnologías de la Información.

ARTÍCULO CUARTO.- Del señor Rodolfo Delgado Rojas, Secretario del Comité Asesor en Tecnologías de la Información, se conoce oficio n.º CATI-107-2008 de fecha 16 de setiembre de 2008, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, al cual adjunta copia del acta de la reunión ordinaria n.º 21-2008, celebrada el 10 de setiembre por dicho Comité.

Se dispone: Tomar nota. Continúese informando a este Tribunal sobre el particular.

ASUNTOS EXTERNOS.

Certificación del expediente de la investigación administrativa para determinar eventual responsabilidad del señor Jorge Villaplana Ramírez.

ARTÍCULO QUINTO.- Del señor Reinier Tosso Jara, Asistente Judicial de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, se conoce memorial sin número de fecha 09 de setiembre de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 17 de setiembre de 2008, mediante el cual remite copia certificada del expediente relativo al procedimiento administrativo n.º 389-E-2007, que corresponde a la “Investigación administrativa para determinar eventual responsabilidad del señor Jorge Villaplana Ramírez, en el atraso de pago de prestaciones a un exfuncionario de estos organismos electorales”, la cual fuera enviada a dicha Sala a fin de resolver el recurso de amparo tramitado bajo expediente judicial n.º 08-006001-007-CO, promovido por el señor Jorge Villaplana Ramírez contra el Presidente de este Tribunal, en el cual se dictó el voto n.º 2008013589 de las 10 horas con 49 minutos del 05 de setiembre de 2008, cuya parte dispositiva literalmente dice: “Se declara sin lugar el recurso.”.

Se dispone: Tomar nota.

ASUNTOS DE PERSONAL.

Nombramientos en propiedad en la Coordinación de Servicios Regionales.

ARTÍCULO SEXTO.- De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.º DG-0772-2008 de fecha 5 de setiembre de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 10 de setiembre, mediante el cual somete a consideración de este Tribunal, seis ternas para llenar en propiedad -a partir del próximo 1º de octubre- igual número de plazas de Cedulador Ambulante o Asistente de Operación que se encuentran vacantes en la Sección de Coordinación de Servicios Regionales.

Se dispone: Nombrar del siguiente modo: a Francisco Mora Ruiz, en el puesto n.º 45906; a Isaac Castro Quesada, en el puesto n.º 45918; a Rodrigo Mora Torres, en el puesto n.º 45922; a Álvaro Hernández Alfaro, en el puesto n.º 45923; a Glenn Fernández Mora, en el puesto n.º 45925, y a Freddy Pérez Cedeño, en el puesto n.º 45933, todos a partir del 1º de octubre del año en curso.

A las doce horas terminó la sesión. 

 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
Eugenia María Zamora Chavarría
 
 
 
 
Max Alberto Esquivel Faerron