ACTA Nº 78-2008

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del cuatro de setiembre de dos mil ocho, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría y el señor Magistrado Mario Seing Jiménez. 

APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.

ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto el señor Magistrado Sobrado González, por no haber participado de dicha sesión.

ASUNTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA.

Cartel para la compra de un sistema de prevención de intrusos.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i. de este Tribunal, se conoce oficio n.º PROV-1758-2008 de fecha 1º de septiembre de 2008, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, en el que manifiesta que de conformidad con el Plan Anual Proyectado de Adquisiciones, con base en la respectiva programación financiera y por haber sido visada la respectiva Solicitud de Pedido (artículo 8 de la Ley de Contratación Administrativa en relación con los ordinales 50 inciso a) y 53 del Reglamento de la Ley de la Administración Financiera), somete a aprobación de este Tribunal el pliego de condiciones y especificaciones (cartel) que reglamentará la Licitación Abreviada “COMPRA DE UN SISTEMA DE PREVENCIÓN DE INTRUSOS”.

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

ARTÍCULO TERCERO.- Se conocen los siguientes asuntos:

Informe de los partidos políticos que no presentaron informes contables.

a) Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio n.º CONT-605-2008 de fecha 1º de setiembre de 2008, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:

“De conformidad con lo dispuesto en Sesión Ordinaria Nº 52-2007 celebrada el catorce de junio del 2007 y comunicado a esta Contaduría mediante Oficio Nº TSE-2791-2007 del 15 de junio de 2007, se procedió a notificar mediante nuestra Circular Nº 04 -2008 del 22 de abril del 2008 a los Comités Ejecutivos de los partidos Solidaridad Ramonense, Alajuelita Nueva, Auténtico Turrialbeño Cartaginés, Unión Agrícola Cartaginés y Fuerza Democrática, en vista de la omisión en que incurrieron de remitir los informes de contribuciones y reportes de carácter financiero contable que establece el artículo 176 Bis (sic) del Código Electoral y el artículo 14 del Reglamento Sobre el Pago de los Partidos Políticos, pese a una primera prevención que en tal sentido se les hizo llegar. Esto porque esa omisión abarca varios períodos de delimitación temporal para la información requerida. Tampoco existe documento alguno en el que cualquiera de estas agrupaciones políticas haya informado que no reciben contribuciones. Como es sabido, la comunicación debe ser dirigida a los tesoreros, sin embargo, en algunos casos la localización de estos se tornó prácticamente imposible porque no se ubicaban en el lugar de domicilio consignado en sus respectivos datos personales o en los lugares que según los registros de inscripción que mantiene la Dirección General del Registro Civil, mantienen para recibir notificaciones, ni nadie da razón de ellos.

Asimismo se procedió también a hacer de conocimiento de esta situación a los tesoreros respectivos mediante Edicto publicado en el Diario Oficial La Gaceta, Nº 106 y con fecha de 03 de junio de 2008 en el cual se les otorgó diez días hábiles contados a partir del tercer día de haber aparecido dicha publicación para que remitieran los informes respectivos, los cuales igualmente no fueron entregados a esta Contaduría. La información omitida es la siguiente:

Partido Solidaridad Ramonense: Pendiente de entregar la información de los periodos Nº 1: del 01 de abril al 30 de junio del 2006, Nº 2: del 01 de julio al 30 de setiembre del 2006; Nº 3: del 01 de octubre al 31 de diciembre del 2006; Nº 4: del 01 de enero al 31 de marzo del 2007; Nº 5: del 01 de abril al 30 de junio del 2007; Nº 6: del 01 de julio al 30 de setiembre del 2007; Nº 7: del 01 de octubre al 31 de diciembre del 2007, (sic)

Partido Alajuelita Nueva: Pendiente de entregar la información de los periodos Nº 1: del 01 de abril al 30 de junio del 2006, Nº 2: del 01 de julio al 30 de setiembre del 2006; Nº 3: del 01 de octubre al 31 de diciembre del 2006; Nº 4: del 01 de enero al 31 de marzo del 2007; Nº 5: del 01 de abril al 30 de junio del 2007; Nº 6: del 01 de julio al 30 de setiembre del 2007; Nº 7: del 01 de octubre al 31 de diciembre del 2007, (sic)

Partido Auténtico Turrialbeño: Pendiente de entregar la información de los períodos Nº 1: del 01 de abril al 30 de junio del 2006, Nº 2: del 01 de julio al 30 de setiembre del 2006; Nº 3: del 01 de octubre al 31 de diciembre del 2006; Nº 4: del 01 de enero al 31 de marzo del 2007; Nº 5: del 01 de abril al 30 de junio del 2007; Nº 6: del 01 de julio al 30 de setiembre del 2007; Nº 7: del 01 de octubre al 31 de diciembre del 2007.

Partido Unión Agrícola Cartaginés: Pendiente de entregar la información de los períodos Nº 5: del 01 de abril al 30 de junio del 2007; Nº 6: del 01 de julio al 30 de setiembre del 2007; Nº 7: del 01 de octubre al 31 de diciembre del 2007.

Partido Fuerza Democrática: Pendiente de entregar la información de los períodos Nº 2: del 01 de julio al 30 de setiembre del 2006; Nº 3: del 01 de octubre al 31 de diciembre del 2006; Nº 4: del 01 de enero al 31 de marzo del 2007; Nº 5: del 01 de abril al 30 de junio del 2007; Nº 6: del 01 de julio al 30 de setiembre del 2007; Nº 7: del 01de octubre al 31 de diciembre del 2007.

Todo esto se hace de conocimiento del Superior para lo que a bien tenga disponer, pues dentro de las facultades que pueda tener este Departamento sobre el particular, estimo que se ha agotado la vía que podemos administrar.

Se adjuntan copias de las respectivas notificaciones que se le dirigieron a cada partido.”.

Se dispone: Poner la situación descrita en conocimiento del Ministerio Público, a la luz de lo preceptuado en el artículo 176 bis del Código Electoral, para lo cual la Secretaría del despacho remitirá la comunicación correspondiente, anexando los antecedentes a que se refiere el señor Contador. Comuníquese este acuerdo a los Comités Ejecutivos superiores de los respectivos partidos políticos. ACUERDO FIRME.

Informe referente a las mejoras implementadas en el sistema de Inscripciones.

b) De la señora Patricia Chacón Jiménez y el señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Jefa a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones y Jefe de la Sección de Inscripciones, respectivamente, se conoce oficio n.º DTIC-1448-2008 de fecha 1º de setiembre de 2008, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual rinden informe relacionado con las mejoras implementadas en el sistema de inscripciones.

Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, el cual se pondrá en conocimiento de la Contraloría General de la República en virtud del informe de ese ente contralor n.º DFOE-GU-13/2006. Asimismo, de previo a resolver sobre la solicitud de autorización para que en el momento que se habilite la posibilidad de imprimir defunciones en forma automática, se prescinda de los asientos de defunción que constan al pie de los de nacimiento, en el plazo de 7 días, pronúnciense conjuntamente sobre el particular la señora Directora General del Registro Civil y el señor Oficial Mayor del Departamento Civil. ACUERDO FIRME.

ASUNTOS DE COMISIONES INSTITUCIONALES.

ARTÍCULO CUARTO.- Se conocen los siguientes asuntos:

Informe referente a la accesibilidad del sitio web.

a) De los señores Fernando Víquez Jiménez y Juan Rafael Madrigal Hernández, Director Ejecutivo y Coordinador de la Comisión de Accesibilidad respectivamente, se conoce oficio n.º DE-925-2008 de fecha 28 de agosto de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 1º de setiembre de 2008, mediante el cual, según lo ordenado en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 60-2008, celebrada el 3 de julio de 2008, rinden informe relacionado con la accesibilidad de personas discapacitadas al sitio Web institucional. Manifiestan que el 18 de agosto de 2008 se llevó a cabo una sesión de trabajo con varios funcionarios y se determinó que ya se han aplicado acciones encaminadas a que dicho sitio Web sea más accesible a personas en situación de discapacidad, entre las que destacan:

“[…] 1. Para este año se tiene prevista la contratación de servicios de consultoría para la elaboración y análisis de un diagnóstico de accesibilidad física para las sedes del Tribunal Supremo de Elecciones, para lo cual -según información brindada por la Proveeduría- ya se tiene listo un pliego de condiciones que fue revisado, entre otros, por la referida Comisión y próximamente se promoverá el respectivo procedimiento de contratación administrativa. Una de las condiciones específicas contenidas en el cartel es que “El trabajo se debe ubicar dentro del paradigma actual de Vida Independiente, que incorpora la inclusión y la equiparación de oportunidades de todas las personas en el espacio físico, social y cultural, asegurando la accesibilidad física al entorno, a los productos y objetos en general.” (el subrayado es propio) (sic). En ese sentido, el señor Villalobos Orozco manifiesta que a partir de lo anterior la empresa que resulte adjudicataria deberá referirse a la accesibilidad del sitio Web, debiendo emitir recomendaciones que a futuro la Administración procurará implementar en tanto sean factibles.

2. En el PEI 2008-2012 figura la acción estratégica A.E.1.5 relativa a la “Modernización del sitio Web”, a cargo del señor Alpízar Alvarado, cuya descripción, según se observa en el perfil del Plan de Acciones Estratégicas, señala, en lo que interesa, que “…se ubica dentro del eje estratégico de ‘comunicación’ y fue creada en atención a la necesidad de que los usuarios de la página Web tengan acceso a los servicios que brinda la institución sin tener que desplazarse a la sede central u oficinas regionales, que ésta mantenga información de interés general y sea accesible a personas con discapacidad.” (el subrayado no es del original) (sic). Al respecto, el señor Alpízar expresa que efectivamente su acción contempla lo relativo a la accesibilidad, lo que se reflejará en las propuestas de diseño de la información que en su momento presentará, conforme lo ha programado en las actividades a ejecutar. Asimismo, manifiesta que ha probado el actual sitio con un software denominado “Jaws”, facilitado por la Corte Suprema de Justicia, el que realiza un recorrido por cada página del sitio y describe, en formato de voz, su contenido, sin embargo al no ser experto en ese software, estima oportuna la colaboración de la Comisión de Accesibilidad para efectuar algunas pruebas. Por su parte, señala el señor Alpízar que, pese a que le hubiese gustado participar en la referida charla en razón de la afinidad del tema en relación con su labor habitual, muchos de los tópicos que se mencionan en el informe de la Oficina de Proyectos Tecnológicos ya habían sido considerados por él y que otros los tomará como insumo para el desarrollo de su acción. En ese sentido, los señores Prendas Chaves y Mora Chang, indican que han realizado algunas indagaciones en Internet sobre materia de accesibilidad para sitios Web, respecto de lo cual le suministran al señor Alpízar material que eventualmente contribuiría a su gestión[…]”.  

Finalmente recomiendan:

“[…] 1. Que una vez que haya concluido la mencionada consultoría, la Comisión de Accesibilidad ponga en conocimiento del señor Vladimir Alpízar Alvarado las recomendaciones que puedan surgir en el ámbito que nos ocupa, con el propósito de que éste integre lo que corresponda en su acción estratégica a efecto de implementar lo que resulte posible, dentro del horizonte en que se desarrolla el actual plan estratégico.

2. Que la Comisión de Accesibilidad brinde el apoyo que requiere el señor Alpízar Alvarado con la finalidad de efectuar las pruebas de funcionamiento del software “Jaws”.”.

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas recomendaciones se acogen. Procedan en consecuencia la Comisión de Accesibilidad y el señor Alpízar Alvarado, webmáster, de este organismo, de cuyas acciones se informará lo pertinente a este Tribunal en su oportunidad. ACUERDO FIRME.

Autorización para las actividades de celebración del Día del Empleado Electoral.

b) Del señor Fernando Víquez Jiménez, en su condición de Coordinador del Comité Organizador del Día del Empleado Electoral, se conoce oficio n.º DE-951-2008 del 3 de setiembre del 2008, recibido en esta Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Me permito hacer del estimable conocimiento del Superior las actividades correspondientes a la celebración del Día del Empleado Electoral y de la Semana Cultural, que en esta oportunidad se han programado de la siguiente forma:

Lunes 8: 8:30 a.m. Santa Misa

3:30 p.m. Presentación de la obra de teatro

“Única Mirando al Mar”

Martes 9: 3:30 p.m. Bingo a cargo de ASOTSE

Miércoles 10: 3:30 p.m. Juegos recreativos

Jueves 11: 3:30 p.m. Festival de la Canción a cargo de UNEC

Viernes 12: 3:30 p.m. Acto cultural y entrega de reconocimientos a los funcionarios que cumplen 20, 25, 30, 35 y 40 años de servicios con participación de la señora y los señores Magistrados y la señora Directora General del Registro Civil

Presentación de la coreografía “La Extinción” a cargo de alumnos del Colegio Vocacional Monseñor Sanabria.

Sábado 13: 8:00 a.m. Día de campo

Por su parte y para efectos de concretar la convivencia en el tradicional día de campo, se realizó una amplia consulta de posibles lugares que cumplieran con las necesidades mínimas y que además se ajustaran a la previsión presupuestaria, entre ellos se solicitó cotización al Colegio de Licenciados y Profesores, al Colegio de Contadores Privados, sin embargo manifestaron no tener cupo libre para el día previsto; también se consultó a Capreverde en Atenas, al Centro Recreativo del Poder Judicial, al ANEJUD, RECOPE y La Tertulia, sin embargo no mostraron interés y por ello no se obtuvo respuesta; en igual sentido, se consultó al Club Campestre La Gloria, que pertenece a la Asociación Solidarista de empleados de Tienda La Gloria y afines quienes cobraron un monto de ¢510.000,00, y al Club Terratur, conocido como antiguo Club Llobet, cuya cotización ascendió a la suma de ¢570.000,00.

Por otra parte, y para efectos del transporte de los funcionarios el día de campo, se realizó también una consulta de mercado considerando a varias empresas recibiéndose respuesta de Transportes Turísticos por ¢210.000 y de TRAVISA cuya cotización asciende a la suma de ¢233.000,00; no obstante la primera no se encuentra inscrita en el Registro de Proveedores.

Entre las actividades deportivas programadas están: campeonato de fútbol, campeonato de fútbol 5, carrera de atletismo y torneos de poker, bola negra y baloncesto.

Para finiquitar algunos detalles relacionados con las actividades propiamente, solicitamos la anuencia del Tribunal para lo siguiente:

1. Que el personal que desee participar en la Santa Misa pueda asistir el día y a la hora indicada, sin que se perjudique la atención al público.

2. Autorizar el gasto y por ende la contratación de las instalaciones recreativas con la Asociación Solidarista de Empleados de Tienda La Gloria y Afines, por un monto de ¢510.000,00, basado en la consulta de mercado realizada.

3. Autorizar el gasto y la contratación de tres buses con la empresa TRAVISA por un monto de ¢233.000,00, basado en la consulta de mercado.

4. Para la actividad programada para el viernes 12 de este mes, autorizar por concepto de refrigerio un monto de ¢100.000,oo.

Para respaldar las contrataciones existe previsión presupuestaria en las respectivas subpartidas, y la Proveeduría se encargaría de materializar los procedimientos verificando el régimen de prohibiciones y los requerimientos legales en materia de contratación administrativa.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al Orden del día. 2.- Autorizar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

ASUNTOS EXTERNOS.

ARTÍCULO QUINTO.- Se conocen los siguientes asuntos:

Solicitud de audiencia para tratar el rechazo de solicitud de naturalización del señor Gilberto Lopes.

a) Del señor Lic. Arturo Fournier Facio se conoce nota n.º AJB-4651-2008 del 29 de agosto del 2008, recibida en la Secretaría del despacho el 1º de setiembre, mediante la cual se refiere a la solicitud de naturalización presentada a nombre del señor Gilberto Lopes, tramitada mediante expediente n.º 3155-07, declarada sin lugar por la Sección de Opciones y Naturalizaciones y así confirmada por la Dirección General del Registro Civil, según expone.

Al respecto, el señor Fournier Facio solicita audiencia con este Tribunal para exponer con detalle las razones de dicha apelación, las cuales considera de extrema gravedad para la institucionalidad de nuestro país.

Se dispone: Incorpórese al expediente la gestión del Lic. Fournier Facio, con objeto de resolver sobre su petición en su oportunidad. ACUERDO FIRME.

Autorización al señor Gilberto Gómez para que asesore al Tribunal Supremo Electoral de Guatemala.

b) Del señor Carlos Enrique Girón Girón, Auditor Interno y Electoral del Tribunal Supremo Electoral de la República de Guatemala, se conoce fax correspondiente a oficio n.º AO-351-09-2008 del 3 de setiembre del 2008, recibido ese mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual se refiere a la ayuda técnica que recibe esa Auditoría del Programa de Transparencia y Anticorrupción que ejecuta la Misión de USAID/GUATEMALA para el diseño del Manual de Procedimientos de Auditoría y, como parte de ese apoyo, se ha contemplado la posibilidad de contar con la asesoría del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador de este Tribunal, quien ya participó el año pasado en el diagnóstico de esa dependencia.

Por lo expuesto, solicita la autorización correspondiente para que el señor Gómez Guillén, viaje a Ciudad de Guatemala, durante la semana comprendida entre el 15 y 19 de setiembre en curso, informando que los gastos de traslado y estancia serán cubiertos por la Misión USAID/GUATEMALA.

Se dispone: 1.- Incorporar al Orden del día. 2.- Autorizar al señor Gómez Guillén, en razón de la necesaria cooperación horizontal entre organismos electorales, que deriva de nuestra pertenencia común a las asociaciones interamericanas de éstos, a viajar a Ciudad Guatemala, según lo solicitado. Se encargan sus funciones en el señor Subcontador mientras dure su ausencia. ACUERDO FIRME.

ASUNTOS DE PERSONAL.

ARTÍCULO QUINTO.- Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio DE-926-2008 de fecha 29 de agosto de 2008, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, el cual literalmente dice:

“Por su digno medio me permito hacer de conocimiento del Superior que la Corte Plena, en sesión N° 26-08 del 11 de agosto del año en curso, dispuso aprobar el “Estudio para la definición del Estrato Gerencial del Poder Judicial y su correcta ubicación salarial”, presentado por su Departamento de Gestión Humana, efecto para el cual adoptó el concepto elaborado por el Área de Instrumentalización Tecnológica de la Dirección General del Servicio Civil que dice:

"Estrato Gerencial o Directivo: Contempla los procesos de definición y formulación de las políticas institucionales, así como la planificación, dirección y coordinación del funcionamiento general de la institución. Corresponde a la dirección de unidades administrativas del más alto nivel o bien su asesoría. La adopción de procesos de esta naturaleza requieren características de liderazgo, visión futurista, amplitud de criterios, originalidad para el desarrollo de políticas, identificación con las normas generales y programas de Gobierno, además de facilidad para organizar y dirigir grupos. Comprende las clases cuyas tareas consisten en la formulación de una política general, así como su interpretación para la toma de decisiones, dentro de los límites de las facultades que les hayan sido conferidas en virtud de leyes, decretos y reglamentos a nivel superior de la institución".

Con base en lo anterior, dicho “estrato gerencial” quedó conformado por 46 puestos que corresponden a 22 del Ámbito Jurisdiccional (magistrados), ocho del Ámbito Auxiliar de Justicia y 18 del Ámbito Administrativo.

En el caso particular de los cargos de magistratura, aplica a partir del próximo mes de setiembre un plus salarial del orden de ¢455.600,oo para el Magistrado Presidente y de ¢416.400 para la clase Magistrado.

A raíz de lo expuesto y en acatamiento de lo que dispone el párrafo tercero del artículo 100 de la Constitución Política, se ha coordinado lo pertinente con la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda, lo que ha generado la apertura de la coletilla denominada “Sobresueldo para reconocer plus salarial a los puestos gerenciales del Poder Judicial y Tribunal Supremo de Elecciones, según sesión de Corte Plena del 12 de agosto del 2008”, para la cual se incluyó contenido en el traslado de partidas recientemente aprobado por el Tribunal por la suma de 5.5 millones de colones, a la vez que se está gestionando lo propio para proceder de igual manera con el proyecto de presupuesto para el 2009.”.

Se conoce conjuntamente con oficio n.º STSE-2888-2008 del 4 de setiembre en curso, suscrito por el señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del despacho, en el que dice lo siguiente: 

“Con un respetuoso saludo, en relación con el asunto supra indicado y para lo que a bien tenga disponer el Superior por este medio me permito informar que el señor Gilbert Elizondo, Prosecretario de la Corte Suprema de Justicia, me ha indicado que en el acta n.º. 29, correspondiente a la sesión de Corte Plena del mismo número, celebrada el pasado 1º de septiembre del año en curso, concretamente en los artículos 3º y 16º, esa Corte discutió lo relativo al aumento que adoptara ese órgano en sesión n.º 26-08 del 11 de agosto anterior, aplicable al Estrato Gerencial del Poder Judicial, disponiendo formular consulta tanto ante la Contraloría General de la República como ante la Procuraduría de la Ética Pública, con objeto de determinar si dicho aumento había sido acordado conforme a Derecho; dispuso asimismo dicha Corte suspender el aumento en mención mientras se obtenía la respuesta del ente contralor y de la Procuraduría supra indicada.”.

Se dispone: Tome nota el señor Director Ejecutivo de lo acordado por la referida Corte, con el propósito de que se tomen las medidas administrativas que correspondan para no aplicar el aumento salarial a los Magistrados en el tanto se encuentre suspendido, por resultar ello un imperativo que deriva de lo estipulado en el artículo 100 constitucional, párrafo 3º. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.

 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
Eugenia María Zamora Chavarría
 
 
 
 
Mario Seing Jiménez