ACTA Nº 70-2008
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del siete de agosto de dos mil ocho, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría y el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron.
APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.
ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ASUNTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:
-Prórroga de contrato de mantenimiento del aire acondicionado.
a) Del señor Ronny Jiménez Padilla, Proveedor a.i., se conoce oficio n.º PROV-1347-2008 del 24 de julio de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 30 de julio de 2008, mediante el cual informa sobre la prórroga del contrato de mantenimiento de equipos de aire acondicionado de este Tribunal, suscrito con la empresa Comercial Tectronic S.A. Según señala, el órgano fiscalizador de dicha contratación -señor Carlos Ysaac Márquez, Encargado de la Unidad de Mantenimiento de Servicios Generales- manifestó que técnicamente resulta improcedente acceder a dicha prórroga, por lo que si este Tribunal acoge dicho criterio, recomienda se proceda de la siguiente manera:
“1) Que el Órgano Fiscalizador se pronuncie expresamente respecto a si conviene que el contrato finalice en la fecha prevista (05 de noviembre de 2008), o si considera que debe rescindirse anticipadamente por incumplimientos graves por parte del contratista. En el primer (sic) de los casos, deberá comunicar al representante legal de la contratista que el convenio llega a su fin en la fecha indicada y, en el segundo supuesto, determinará si debe solicitar a esta Proveeduría la ejecución de la garantía de cumplimiento, previa estimación de daños y perjuicios que se le hayan ocasionado a la Administración (artículo quinto, inciso 4 del Instructivo de Fiscalización Contractual del TSE aprobado por el Tribunal en Sesión Ordinaria No. 107-2007 y comunicado mediante circular No. STSE-5339-2007 del 30 de octubre de 2007).
2) Que una vez hechas las previsiones de contenido económico en el presupuesto del próximo año, la Dirección Ejecutiva autorice a esta Proveeduría a iniciar un procedimiento licitatorio durante el I Semestre del 2009 tendiente a contratar el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los sistemas de aire acondicionado del TSE para concretar un nuevo convenio.
3) Que el Ingeniero en Mantenimiento de Servicios Generales tome las medidas pertinentes a fin de garantizar el mantenimiento mínimo de los sistemas de aire acondicionado de la Institución por el tiempo que tome la concreción del nuevo contrato de mantenimiento.
4) Que la Inspección Electoral inicie la investigación respectiva de conformidad con los artículos 99 y 100 de la Ley de Contratación Administrativa.”.
Se dispone: Aprobar según se recomienda, debiendo proceder de conformidad los despachos concernidos. Las medidas contingenciales que se le encarguen al señor Ingeniero serán adoptadas en consulta y bajo el seguimiento del señor Director Ejecutivo, dado que el adecuado funcionamiento del aire acondicionado es esencial para el apropiado desempeño del personal institucional. ACUERDO FIRME.
- Sobre el Manual de Operación del Fondo de Caja Chica del Tribunal.
b) Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio n.º CONT-514-2008 de fecha 30 de julio de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 31 de julio de 2008, al cual adjunta el proyecto de “Manual de Operación del Fondo Fijo de Caja Chica del Tribunal Supremo de Elecciones”, en el cual se incluyeron las modificaciones sugeridas por el Departamento Legal.
Se dispone: Tener por aprobado el documento que somete a conocimiento de este Tribunal el señor Gómez Guillén. Tomen nota la Biblioteca Institucional y el Web máster. ACUERDO FIRME.
-Solicitudes de endoso de garantías de participación en licitaciones.
Sale del Salón de Sesiones el Magistrado Sobrado González.
c) Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador de este Tribunal, se conoce:
1) Oficio n.º CONT-533-2008, de fecha 4 de agosto de 2008, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, al que, con el propósito de que se endose por parte del señor Magistrado Presidente, a favor de “CERRADURAS Y ACCESORIOS DECORATIVOS”, adjunta la garantía de participación que consiste en: “Cheque de gerencia N° 573587 por setecientos mil trescientos cincuenta colones exactos (¢700,350.00) extendido por El (sic) banco HSBC (sic) y que fuera presentado por dicha empresa como garantía de participación para la licitación N° 2008-(sic)LA-000146-85002.”
Se dispone: Autorizar al señor Magistrado Presidente para que efectúe el endoso que se solicita. ACUERDO FIRME.
2) Oficio CONT-534-2008, de fecha 05 de agosto de 2008, recibido ese mismo día en la Secretaría del despacho, al que, con el propósito de que se endose por parte del señor Magistrado Presidente, a favor de “CORPÓRACIÓN (sic) COMERCIAL SIGMA (sic)”, adjunta la garantía de participación que consiste en: “Certificado de Depósito a Plazo N° (sic) 0182580 por doscientos veintisiete mil ciento cuatro colones con cincuenta céntimos (¢227.104,50) extendido por el BANCO HSBC (sic) y que fuera presentado por dicha empresa como garantía de participación para la licitación N° 2008LN-000058-85001.”
Se dispone: Autorizar al señor Magistrado Presidente para que efectúe el endoso que se solicita a favor de “CORPORACIÓN COMERCIAL SIGMA INTERNACIONAL S.A.”. ACUERDO FIRME.
El Magistrado Sobrado González se reincorpora al Salón de Sesiones.
- Contratación Directa Autorizada para el “Licenciamiento corporativo Microsoft denominado Enterprise Agreement”.
d) Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i., se conoce oficio n.º PROV-1569-2008, de fecha 6 de agosto de 2008, recibido hoy en la Secretaría del despacho, mediante el cual informa sobre la Contratación Directa Autorizada n.º 2008CD-002394-85002: “Licenciamiento corporativo Microsoft denominado Enterprise Agreement”, en los siguientes términos:
“1. Antecedentes
Por medio del oficio N° 06649 (DCA-1977) del 3 de julio del año en curso, la División de Contratación Administrativa de la Contraloría General de la República autorizó condicionadamente a esta Administración para celebrar una contratación directa con MSLI Latam Inc (sic), a través de su representada, para la adquisición y actualización de licencias de uso Microsoft bajo el licenciamiento corporativo denominado Enterprise Agreement, por un monto máximo de USD$389.243.40 por tres años. Dicho oficio fue conocido por el Tribunal en el artículo segundo de la Sesión Ordinaria Nº 62-2008, celebrada el 10 de julio del año en curso, oficio STSE-2294-2008, y dispuso, entre otros, que la Proveeduría procediera de inmediato para cumplir en el plazo establecido.
2. Formalización de la oferta y criterio técnico
En virtud de la autorización concedida, este Departamento instauró el procedimiento de Contratación Directa Nº 2008CD-002394-85002 y a través del oficio PROV-1370-2008 del 14 de julio del presente año solicitó la presentación formal de la oferta al señor Gustavo Quesada Roldán, Apoderado Generalísimo de Microsoft de Centroamérica S.A., empresa que a su vez es la representante de MSLI Latam Inc,.
Atendiendo el llamado de esta Proveeduría, el día 16 de ese mes se recibió la oferta formal suscrita por el señor Carlos Vilchis Gutiérrez, en su condición de representante legal de MSLI Latam Inc, la cual fue remitida –una copia- al señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del DTIC, a través del oficio Nº PROV-1399-2008 del día siguiente, con el fin de que la analizara desde el punto de vista técnico y emitiera su criterio, siendo que por medio de su oficio Nº DTIC-1268-2008 del 1º de los corrientes, señaló que ésta cumplía con lo requerido; no obstante, indicó que no se mencionaba los beneficios que favorecerían a la Institución con la firma del contrato, considerando conveniente solicitarlos a la empresa. De esta manera, y con el fin de acelerar el trámite, el pasado lunes 4 de los corrientes se solicitó vía telefónica, cuya respuesta fue recibida hasta hoy por fax y ya fue incorporada al expediente.
Respecto al licenciamiento propiamente, el personero de la empresa presentó la descripción en español de los productos ofrecidos con su respectivo precio que resulta en un monto total de USD$ 389.243.40 por tres años, los cuales se deben cancelar a razón de tres tractos iguales –por año- de USD$129.747.80, el primero de ellos una vez que la Contraloría General de la República refrende el contrato.
3. Disponibilidad presupuestaria
De conformidad con el artículo 8 de la Ley de Contratación Administrativa y 9 de su Reglamento, se hizo la previsión económica necesaria para garantizar el pago de la obligación a (sic) que eventualmente contraería este Tribunal, se generaron las Solicitudes de Pedido número (sic) 4010820107 y 4010820247 por un monto de ¢26.724.500,00 y ¢46.835.750,00, respectivamente, siendo que el señor Contador Institucional, mediante documentos emitidos a las 11:10 horas del 29 de mayo del año en curso, constató la existencia de dicho contenido económico.
4. Recomendación
Con la anuencia concedida por la División de Contratación Administrativa de la Contraloría General de la República mediante oficio 06649 (DCA-1977) del 3 de julio del corriente, y con fundamento en el artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, esta Proveeduría recomienda que el acto de adjudicación de la Contratación Directa número 2008CD-002394-85002 tramitada para la adquisición y actualización de licencias de uso Microsoft bajo el licenciamiento corporativo denominado Enterprise Agreement, recaiga sobre la empresa MSLI Latam Inc, por un monto total de USD$ 389.243.40, los cuales deberán cancelarse a razón de tres tractos iguales –por año- de USD$129.747.80, el primero de ellos una vez que la Contraloría General de la República refrende el contrato resultante, ello de conformidad con las condiciones y especificaciones ofertadas, y avaladas desde el punto de vista técnico por parte del señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del DTIC, en su oficio Nº DTIC-1268-2008.
En caso de que sea acogida la presente recomendación, es indispensable que se comisionen las siguientes actuaciones:
1) Que el Departamento Legal formalice la presente negociación.
2) Que la Comisión de Presupuesto tome nota del compromiso que se adquiera imputable a la subpartida 50105: “Equipo y Programas de Cómputo”, con el fin de atender los pagos anuales durante los ejercicios presupuestarios en que se encuentre vigente el contrato.
3) Que la Contaduría Institucional tome nota de que los pagos deberán realizarse mediante transferencia electrónica al extranjero.
4) Que se ratifique como órgano fiscalizador de esta contratación al Encargado (a) del Área de Soporte del DTIC, o quien lo sustituya en sus ausencias temporales o permanentes, con los deberes, atribuciones y responsabilidades contenidas en el ordinal 13 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 8 inciso g) de su Reglamento.”.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar según se recomienda. Procedan de inmediato los despachos concernidos. El Departamento Legal pondrá todo su empeño para que la contratación se formalice a la brevedad posible. 3.- Hágase del conocimiento de la Inspección Electoral y de los señores German Brenes Roselló, Alejandro Herrera López y Pedro Jiménez García, Gerente Asociado y Fiscalizadores, respectivamente, de la División de Contratación Administrativa de la Contraloría General de la República. ACUERDO FIRME.
ASUNTOS DE PERSONAL.
ARTÍCULO TERCERO.- Se conocen los siguientes asuntos:
- Reintegro por sumas pagadas de más a exfuncionarios.
a) De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.º DL-364-2008 de fecha 1º de agosto de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 04 de agosto de 2008, mediante el cual literalmente manifiesta:
“En atención a su oficio No. STSE-2444-2008 del 29 de julio del 2008, mediante el cual se comunicó lo dispuesto por el Tribunal en sesión N° 67-2008, en relación con lo indicado en el oficio N° ADPb-2819-2008, de fecha 23 de julio del 2008, remitido por la señora Magda Inés Rojas Chaves, Procuradora Asesora de la Procuraduría General de la República, referente a la solicitud que le hiciera el Tribunal de determinar si procedía realizar el cobro en sede judicial de sumas pagadas de más que debían reintegrar varios exfuncionarios, en el sentido de que pasara a conocimiento de este Departamento, para su valoración y recomendación, me permito manifestar lo siguiente:
a. Del oficio N° ADPb-2819-2008 del 23 de julio del 2008, emitido por la Procuraduría General de la República.
La señora Magda Inés Rojas Chaves, Procuradora Asesora de la Procuraduría General de la República, hace referencia a que en el oficio remitido por el Tribunal N° STSE-2222-2008 del 14 de julio del año en curso, se deriva de manera expresa que la institución había valorado que iniciar un proceso judicial para recobrar las sumas pagadas de más a varios exfuncionarios, resultaría más oneroso y produciría más daño a la Hacienda Pública que el no cobro de las mismas, por lo que considera “incomprensible” que dichos casos sean remitidos a su representada para su valoración recomendando que para futuras gestiones, este Tribunal se base en la jurisprudencia administrativa existente.
b. Del oficio N° DL-286-2008 del 18 de junio del 2008, emitido por el Departamento Legal.
Este Departamento realizó la investigación correspondiente en el sistema nacional de legislación vigente (SINALEVI) de la Procuraduría General de la República, acerca del tema de sumas pagadas de más por diversas causas y específicamente en el ámbito del empleo público, en cuanto a sumas pagadas de más a exfuncionarios, y al no localizar jurisprudencia en la que se establecieran parámetros objetivos, que la Administración pudiera tener por acreditados para tomar la decisión de declinar el cobro de esas sumas, se consideró que se podría asimilar el caso a una situación parecida, en relación con el no cobro de un preaviso dejado de percibir, en tanto podía resultar más oneroso para la Administración realizar el cobro en sede judicial que recuperar la suma adeudada, como que no se había causado mayor daño a la Institución (pues se había podido sustituir prontamente al funcionario, por ejemplo).
Sin embargo, como se mencionó anteriormente, al no encontrar un pronunciamiento de la Procuraduría que estableciera en forma expresa que la Administración, en casos similares al examinado, estuviera facultada para determinar, de oficio, el que no se realizara el trámite cobratorio por parte de dicha institución, consideramos prudente, para evitar eventuales responsabilidades para el Tribunal, remitir los diferentes casos a la Procuraduría General de la República, para que fuera ese órgano asesor, quien definiera si procedía o no el cobro en sede judicial.
Consideramos conveniente que el Tribunal valore la posibilidad de formular una consulta a la Procuraduría General de la República sobre el tema –en abstracto- con la finalidad de tener una base sólida para actuar en futuros casos que se asemejen al presente, para lo cual, este Departamento colaboraría con la elaboración del borrador respectivo.”.
Se dispone: Proceda el propio Departamento Legal a formular el proyecto de consulta respectiva. ACUERDO FIRME.
- Solicitud de permiso de estudio.
b) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce n.º oficio DE-768-2008 de fecha 22 de julio de 2008, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, el cual literalmente dice:
“El Tribunal Supremo de Elecciones, en sesión ordinaria N. 30-2007 del 29 de marzo del año pasado, oficio N. TSE-1567-2007, dispuso que a la Dirección Ejecutiva, como regla de principio, le corresponde aprobar lo concerniente a permisos de estudio de las carreras relacionadas con Administración, Derecho, Ciencias Políticas e Informática, siempre que no se sobrepase el máximo de diez horas por semana, según lo establece el artículo 11 del Reglamento de Facilidades de Capacitación.
Con base en lo anterior y para lo que a bien tenga disponer el Superior, me permito adjuntar el oficio N. 325-2008 del 30 de julio del año en curso, suscrito por la señora Ana Hazel Villar Barrientos, Jefa de la Sección de Capacitación, al que adjunta petición del funcionario Carlos Luis Marín Jara, Auxiliar de Operación del Archivo Microfilm, en la que solicita se le conceda permiso de estudio para recibir el curso “Gestión Pública y Política Fiscal” que imparte la Universidad Nacional, como parte de la carrera de Economía, la que no está incluida en el artículo ya citado.
Es importante señalar que el permiso sería de las 8:00 a las 10:30 horas todos los jueves, que el curso inició el 24 de julio y finaliza el 25 de noviembre del presente año y que la señora Villar Barrientos recomienda su aprobación.”.
Se dispone: Conceder el permiso solicitado. Procédase con el consiguiente trámite de rigor.
- Nombramiento en la Oficina Regional de Alajuela.
c) De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio DG-0644-2008, de fecha 1º de agosto de 2008, recibido el 4 de agosto en la Secretaría del despacho, mediante el cual somete a consideración de este Tribunal, terna para llenar en propiedad -a partir del próximo 16 de agosto- una plaza de Auxiliar de Operación que se encuentra vacante en la Oficina Regional de Alajuela.
Se dispone: Nombrar a la señora Ana Marcela Barrantes Gutiérrez, quien figura en el primer lugar de la terna a partir del 16 de agosto del año en curso.
- Solicitud de vacaciones del señor Magistrado Presidente.
Sale del Salón de Sesiones el Magistrado Sobrado González.
d) Del señor Magistrado Presidente, Luis Antonio Sobrado González, se conoce memorial de fecha 6 de agosto de 2008, mediante el cual solicita le sea concedido el disfrute de vacaciones el día 08 de agosto de 2008.
Se dispone: Aprobar según se solicita. Durante su ausencia la Presidencia ad interim la ejercerá la Magistrada Zamora Chavarría. ACUERDO FIRME.
El Magistrado Sobrado González se reincorpora al Salón de Sesiones.
ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
ARTÍCULO CUARTO.- Se conocen los siguientes asuntos:
- Acuerdo de Cooperación Internacional con la Fábrica Nacional de la Moneda de España.
a) De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.º DL-363-2008 de fecha 31 de julio de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 1º de agosto de 2008, al cual adjunta el informe y el proyecto de “Acuerdo de Cooperación Internacional entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda de España”.
Se dispone: El Jefe de Proyectos Tecnológicos hará del conocimiento de la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda de España el proyecto remitido por el Departamento Legal, para que se le imparta la aprobación a dicho texto y se proceda con su suscripción, o bien se formulen las observaciones finales que se estimen pertinentes. ACUERDO FIRME.
- Propuestas del Asesor de la Gestión Político Institucional en estudio individual de los señores Magistrados.
b) Del señor Javier Ignacio Vega Garrido, Asesor de la Gestión Político-institucional, se conoce oficio n.º AGPI-037-2008 del 4 de agosto del 2008, recibido ese mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:
“De conformidad con lo dispuesto por el Tribunal en Sesión Ordinaria No.61-2008, celebrada el 8 de julio de este año, comunicado por el señor Prosecretario mediante Oficio STSE-2230 del 8 de ese mes, y que se refiere a la presentación que debía realizar el suscrito –y que se concretó– el pasado 30 de julio de las tres propuestas formuladas oportunamente al Tribunal, me permito por su intermedio recomendar a la señora y señores Magistrados las siguientes acciones, producto justamente de sus observaciones durante dicha presentación.
Así, respecto al proyecto de “Pacto ético-cívico para las elecciones 2010”, y en consideración de la legitimación de origen que le asiste a esa iniciativa, resulta aconsejable que con arreglo al artículo 3 inciso d) del Reglamento sobre Consejo de Partidos, se traslade el asunto al señor Coordinador de Programas Electorales dada su condición de enlace entre el Tribunal y ese Consejo, con el fin de que esa instancia conozca en su seno del citado proyecto en tanto canal institucional por el que transitaría la eventual formalización del pacto. Se adjunta con ese propósito su última versión en formato físico y electrónico.
La propuesta para el desarrollo e implementación de medios alternativos para la resolución de conflictos internos basados en la metodología denominada Círculos de Paz, tiende a propiciar una cultura sustentada en el entendimiento, reconocimiento, práctica y reafirmación por parte del sistema organizacional de que aquellos medios favorecen la construcción de un ambiente y relaciones que potencian la negociación o facilitan la toma de decisiones como factores ambos que incrementan el rendimiento institucional.
En ese sentido, es recomendable que el señor Jefe del Departamento de Recursos Humanos, la señora Jefa de Capacitación y la Encargada del Área de Prevención y Salud Laboral, rindan criterio conjuntamente con indicación de las medidas que recomiendan adoptar para comenzar a construir aquella cultura organizacional.
En cuanto a los apuntes sobre posdemocracia y comportamiento electoral, lo propuesto tendría incidencia en el futuro diseño y operacionalización de la campaña informativa y de difusión para las elecciones 2010, y por ello se recomienda pasar la propuesta a la señora Jefa de Comunicación y Protocolo para que la considere como parte del proceso de identificación de dicha acción comunicativa para el próximo año.
También, se estima pertinente que se traslade esta propuesta a la Señora Jefa de Capacitación y al Señor Jefe de la Coordinación de Servicios Regionales, para que en asocio con la Jefatura de Comunicación y Protocolo propongan en el término de dos meses y a modo de complemento de la indicada acción, un programa de visitas a los ámbitos que podrían albergar a los grupos abstencionistas identificados, el temario a divulgar, la lista de “capacitandos” que lo divulgarán (al menos 10) y las fechas en que tendrán lugar las visitas teniendo presente para su concreción la gestión de los demás programas electorales de los que son encargados.
En la definición de estos ámbitos de divulgación se tendrá en cuenta el desarrollo institucional del lugar y la existencia y disponibilidad de grupos organizados de la sociedad civil.”.
Se dispone: Aprobar. Póngase en conocimiento de los despachos supra indicados para que procedan de conformidad con lo sugerido por el señor Vega Garrido y dentro del plazo a que éste hace referencia. Descárguense los respectivos asientos del capítulo de agenda referido a asuntos en estudio individual de los señores Magistrados.
- Libro "Computo de votos" del referéndum por el TLC.
c) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.º DE-808-2008 del 4 de agosto del 2008, recibido el 5 de este mes, con el que adjunta borrador del libro “Cómputo de Votos”, relativo al referéndum sobre el “Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos (TLC)” realizado el 7 de octubre del 2007, el que incluye datos a nivel de provincia, cantón, distrito administrativo y distrito electoral, así como la declaratoria oficial del resultado.
Indica el señor Director Ejecutivo que se estaría ordenando la impresión de 600 ejemplares, así como la colocación de este material en el sitio web en forma de publicación.
Se dispone: Aprobar, pero se suprimirá la sección relativa a los símbolos patrios y la fotografía de los Magistrados. Proceda de inmediato la Dirección Ejecutiva con la publicación del libro por los medios que indica. Tome nota para que requiera oportunamente este material el señor Vladimir Alpízar, Web master de este Tribunal. ACUERDO FIRME.
- Informe de fiscalización, verificación y contabilidad al Padrón Nacional Electoral.
d) Del señor Jaime Madriz Muñoz, Contralor Electoral, se conoce oficio CE-135-2008 de fecha 4 de agosto de 2008, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual informa sobre el resultado de la labor de fiscalización, verificación y contabilidad de los movimientos al Padrón Nacional Electoral, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, correspondiente al mes de junio. Sobre el particular manifiesta que, de la confrontación de sus resultados con los de la sumaria que publica la Sección de Padrón Electoral, la cual contiene el resumen de la tramitación de documentos que inciden en el Padrón, las cifras son iguales, por lo que se da por cerrado dicho período. Finalmente el señor Contralor Electoral informa que el libro que contiene el resumen, con los totales por distritos, cantones, provincias, en general de toda la República, agrupado por sexo, resultado de la tramitación de las solicitudes que inciden en la información cedular, correspondiente al citado periodo, emitido por la Sección de Padrón Electoral, lo recibió el 16 de julio del 2008.
Se dispone: Tomar nota. Continúese informando oportunamente al Tribunal sobre el particular.
- Informe de Auditoría Interna sobre el Aporte Patronal a ASOTSE.
e) Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio n.º CONT-531-2008 del 4 de agosto del 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 5 de este mes, mediante el cual se refiere al ítem 4 de lo acordado por este Tribunal en su sesión ordinaria Nº 65-2008, relacionado con las recomendaciones 4.3 y 4.5 del informe de la Auditoria Interna del Tribunal, indicando lo que se transcribe a continuación:
“(…) a) La periocidad en que (sic) se conciliarán los montos del aporte patronal será cada 6 meses y en razón de que la última conciliación se realizó al 30 de marzo de 2008, la próxima se hará con un cierre 30 setiembre (sic).
b) Los mecanismos previos, durante y posteriores al giro de los recursos aportados por la institución se realizará (sic) de la siguiente forma:
a. Previo: Actualmente la factura que presenta la ASOTSE a la Contaduría se revisa de manera que el aporte cobrado para cada asociado se ajuste al porcentaje aprobado y que sea acorde con su salario devengado. Este proceso se mantendrá para verificar que el monto facturado se ajuste a lo autorizado por el Tribunal.
b. Durante: Una vez revisada y verificada la factura que la ASOTSE presenta, se procede con el trámite de pago, asegurándose que el depósito se haga en la cuenta corriente Nº 001-0261935-00 designada por la Asociación para la transferencia de los recursos por concepto de Aporte Patronal. Este proceso se realiza actualmente y se mantendrá como proceso normal para hacer llegar el aporte patronal a la Asociación.
c. Posterior: Se implementará un control que nos permita determinar el uso de los recursos por concepto de Aporte Patronal mediante el análisis de los estados financieros certificado por Contador Público Autorizado que proporcionara (sic) en forma semestral la Asociación de la cuenta Aporte Patronal.”.
Se dispone: Aprobar conforme lo expone el señor Contador. Póngase en conocimiento de la Auditoría Interna y de la Asociación Solidarista de este Tribunal. ACUERDO FIRME.
- Informe de la Inspección Electoral sobre empleado de MUTIASA.
f) Del señor Jaime Garita Sánchez, Inspector Electoral, se conoce oficio n.º IE-585-2008 de fecha 4 de agosto de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 05 de agosto de 2008, mediante el cual eleva a conocimiento de este Tribunal la situación presentada con el señor Javier Antonio Soto Valerio, quien presuntamente expende timbres en la Oficina Regional de Golfito y labora para la empresa que brinda el servicio de limpieza en dicha sede.
Se dispone: Para su atención inmediata, según corresponda, pase al Coordinador de Servicios Regionales. ACUERDO FIRME.
- Convenio con el Banco Central de Costa Rica.
g) De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.º DL-371-2008 de fecha 05 de agosto de 2008, mediante el cual literalmente manifiesta:
“En atención al oficio STSE-2523-2008 del 5 de agosto de este año, mediante el cual pasa a este departamento para lo que corresponda, el oficio .DTIC-1269-2008 (sic) del 31 de julio, en el que se refiere a los requerimientos y aspectos técnicos mínimos para la elaboración del convenio a suscribir con el Banco Central de Costa Rica, me permito informarle que de conformidad con lo establecido por la Comisión de Gobierno Digital y el propio Tribunal, corresponde a dicha Comisión, en primera instancia, dar su aval al documento técnico, y recomendar al Tribunal lo que procede.
En cuanto a la parte que le corresponde al Departamento Legal en relación con la elaboración del borrador de convenio, el texto está en consulta ante el Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, y una vez que se cuente con sus observaciones, se remitirá a la Comisión de Gobierno Digital.”.
Se dispone: Se le hace ver a la señora Mannix Arnold que según fue recomendado por la Comisión de Gobierno Digital -y aprobado por este Tribunal- en el punto 6 del acuerdo del artículo segundo de la reunión ordinaria celebrada el 29 de abril de 2008, se estableció que los Departamentos Legal y de Tecnologías de Información y Comunicaciones procederían con la confección del convenio respectivo, en el cual se deben contemplar los requerimientos técnicos y legales que este Tribunal ha dispuesto, así como los demás aspectos aprobados que interesan al Banco Central de Costa Rica, cuyo borrador se presentará primeramente a consideración de la predicha Comisión, para luego ser remitido a consideración de este Tribunal, por lo que se le instruye para que actúe según lo ya definido en ambas instancias. ACUERDO FIRME.
- Disposición respecto de las audiencias de la Contraloría General de la República en recursos de objeción al cartel o de apelación.
h) Se dispone: En lo sucesivo, para casos de audiencias otorgadas por la Contraloría General de la República en recursos de objeción al cartel o de apelación, la Proveeduría remitirá lo relativo directamente al Departamento Legal, para que éste a su vez prepare el proyecto que corresponda y lo remita a la Secretaría del despacho al menos un día antes de su vencimiento. ACUERDO FIRME.
- Informe respecto del Plan Operativo Anual Preliminar 2009.
i) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.º DE-827-2008 del 6 de agosto de 2008, recibido el 7 de este mes, en el que indica lo que se transcribe a continuación:
“El Tribunal Supremo de Elecciones, en sesión N. 51-2008 celebrada el 12 de junio de este año, oficio N. STSE-1938-2008, al conocer el oficio N. DE-607-2008 de esta Dirección, dispuso aprobar, entre otras cosas, el Plan Operativo Anual Preliminar 2009, en el que se incluyó la programación presupuestaria con los nuevos conceptos puestos en práctica por la Dirección General de Presupuesto Nacional (DGPN) del Ministerio de Hacienda, específicamente en cuanto a indicadores y su vinculación con la misión de cada subprograma presupuestario y los respectivos objetivos estratégicos. En esa oportunidad se señaló que el cambio propuesto no era factible de aplicar en su totalidad, a pesar de lo cual se había hecho un esfuerzo razonable para ajustar nuestra programación a lo requerido y que, en todo caso, estábamos en la mayor disposición de revisarla en forma coordinada con los funcionarios de ese Ministerio y modificarla en lo que resultara factible.
En vista de lo anterior, los días 31 de julio y 1º de agosto de este año, se llevaron a cabo dos sesiones de trabajo con funcionarios de la DGPN, en las que se intercambiaron criterios y se realizaron algunas modificaciones a la referida programación conforme luce en el anexo que se adjunta, la que sustituye la que inicialmente se incorporó en el citado POA preliminar.
Con base en lo expuesto me permito solicitar al Superior la aprobación del documento que se adjunta, el que deberá remitirse a la Dirección General de Presupuesto Nacional con la mayor brevedad.”.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar el documento que se adjunta. La Secretaría del despacho, con la colaboración de la Dirección Ejecutiva que sea necesaria, lo remitirá de inmediato a la Dirección General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda. ACUERDO FIRME.
ASUNTOS DE COMISIONES INSTITUCIONALES.
ARTÍCULO QUINTO.- Se conocen los siguientes asuntos:
a) De la señora Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, se conoce oficio Nº CYP-212-2008 del 14 del mes en curso, en el que informa que se encuentra en esa Oficina el acta formal con la deliberación de los jueces del premio de prensa “Construyendo Democracia: Promoción de la Participación Electoral” en su edición Referéndum 2007, y agrega que “dado que la designación de los ganadores en cada una de las categorías que otorgan el TSE y las instituciones coauspiciantes ha quedado en firme, de la manera más atenta me permito solicitar al Superior girar las instrucciones correspondientes con el fin de notificar a los participantes y a los jerarcas de las instituciones coauspiciantes, así como instruir a esta Oficina acerca de la fecha, lista de invitados y demás características del acto de premiación, con el fin de iniciar los preparativos del mismo”.
Se dispone: Agradecer la información sobre la deliberación en firme del Jurado Calificador del Premio de Prensa institucional; proceda la Secretaría con las notificaciones del veredicto a los participantes y a las instituciones coauspiciantes. Coordine la Oficina de Comunicación y Protocolo con la Secretaría, la Proveeduría y la Contaduría institucionales a efectos de preparar para el día miércoles 27 de agosto a partir de las 9 de la mañana, en el Salón Multiusos, el acto formal de premiación, ofrecer un café de honor a los invitados y contratar el respectivo servicio de catering. La lista de asistentes y las invitaciones, así como otros aspectos formales para la actividad serán preparados conjuntamente por la Secretaría del Tribunal y la Oficina de Comunicación y Protocolo, con el apoyo de la Comisión encargada. ACUERDO FIRME.
b) Del señor Rodolfo Delgado Rojas, Secretario del Comité Asesor en Tecnologías de la Información, se conoce oficio CATI-090-2008, de fecha 05 de agosto de 2008, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, al cual adjunta copia del acta de la reunión ordinaria n.º 17-2008, celebrada el 30 de julio del presente año por dicho Comité.
Se dispone: Tomar nota. Continúese informando a este Tribunal sobre el particular. ACUERDO FIRME.
c) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.º DE-817-2008 del 5 de agosto del 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 6 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:
“El Tribunal, en sesiones ordinarias números 79-2007 y 109-2007 del 28 de agosto y 6 de noviembre del año pasado, respectivamente, oficios STSE-4012-2007 y STSE-5464-2007, designó un equipo de trabajo que presentara las medidas a adoptar para que la expedición de las cédulas de identidad de las personas con discapacidad visual sea accesible según sus necesidades específicas, con la finalidad de cumplir oportunamente con el voto dictado por la Sala Constitucional.
Sobre el particular, en calidad de coordinador del citado equipo de trabajo, me permito adjuntar copia de las actas de las reuniones 9 y 10 que hemos celebrado, la primera de las cuales, por omisión, no se envió en su oportunidad.”.
Se dispone: Tomar nota. Continúese informando al Tribunal sobre el particular. El Tribunal recuerda a todos los despachos concernidos la necesidad de que apliquen su mayor esfuerzo para concretar en tiempo lo ordenado por la Sala Constitucional. ACUERDO FIRME.
d) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º CP-86-2008, de fecha 1º de agosto de 2008, recibido el 4 de agosto de 2008 en la Secretaría del despacho, con el cual adjunta copia del acta n.º 06-2008 de la sesión celebrada por la Comisión de Carrera Profesional el 3 de julio pasado, con la finalidad de que el Tribunal se sirva resolver lo que estime pertinente, para lo cual acompaña los respectivos expedientes.
Se dispone: Aprobar.
ASUNTOS EXTERNOS.
ARTÍCULO SEXTO.- Se conocen los siguientes asuntos:
- Resolución de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia relativa a la demanda interpuesta por el servidor Jorge Enrique Villaplana Ramírez.
a) De la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia se conoce fax recibido en la Secretaría del despacho el 6 de agosto de 2008, relativo a la resolución de las 09:14 horas del 04 de julio de 2008, dictada dentro del expediente judicial n.º 08-000042-0161-CA, según la cual, habiéndose conocido la inconformidad interpuesta por Jorge Enrique Villaplana Ramírez contra la resolución n.º 111-2008, dictada a las 14:30 horas del 24 de marzo de 2008 por la Jueza Tramitadora del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda -en la que se declaró incompetente para conocer la solicitud de medida cautelar anticipada contra el Estado- dicha Sala resuelve declarar que el proceso es de conocimiento del Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José.
Se dispone: Tomar nota. Póngase en conocimiento de la Inspección Electoral y del Departamento Legal.
- Copias de las misivas del señor Fernando Berrocal Soto a los señores Presidente de la República y Presidente y Secretario del PLN.
b) Del señor Fernando Berrocal Soto se conoce memorial de fecha 5 de agosto de 2008, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual remite copias de las misivas que remitió a los señores Francisco Antonio Pacheco Fernández y Antonio Calderón Castro, Presidente y Secretario General del Partido Liberación Nacional y al señor Oscar Arias Sánchez, Presidente de la República, en las cuales se refiere a sus intenciones políticas y al proceso interno de renovación de las autoridades del Partido Liberación Nacional.
Se dispone: Tomar nota.
- Nombramiento interino del señor Juan Vicente García Matamoros y promoción del concurso para nombrar en propiedad al Auditor Interno de este Tribunal.
c) Del señor Carlos Arguedas Vargas y de las señoras Silvia Chanto Castro y María Gabriela Zúniga Quesada, por su orden Gerente de División, Gerente Asociada y Fiscalizadora Asistente de la División de Asesoría y Gestión Jurídica de la Contraloría General de la República, se conoce oficio n.º 07915 (DAGJ-1059-2008) de fecha 5 de agosto de 2008, mediante el cual dan respuesta al oficio n.º TSE-2400-2008, mediante el que se solicitó autorización para nombrar interinamente al señor Juan Vicente García Matamoros como Auditor Interno de estos organismos electorales por un plazo de seis meses. Según señalan, el artículo 31 de la Ley General de Control Interno establece la obligación del máximo jerarca de acudir a los mecanismos legales para ocupar dicha plaza, sea el nombramiento por tiempo indefinido mediante concurso público -previa autorización de dicha Contraloría de la terna resultante- o el nombramiento interino mientras se realiza el referido concurso. Afirman además que este Tribunal deberá efectuar el concurso referido y remitir la solicitud de aprobación del proceso y la terna dentro del plazo de los seis meses del nombramiento interino, salvo por razones debidamente acreditadas en el expediente que se confeccione al efecto. Concluyen otorgando la autorización para nombrar interinamente como Auditor Interno de estos organismos electorales al señor Juan Vicente García Matamoros, por un plazo de seis meses contados a partir del día hábil siguiente a la fecha en la que este Tribunal recibió el oficio que aquí se conoce, en el entendido que se deberá necesariamente realizar en ese plazo máximo el concurso público para el nombramiento en forma indefinida del Auditor Interno de este Tribunal, acatando en forma obligatoria lo dispuesto en el punto 5.1 de los lineamientos emitidos por el órgano contralor. Asimismo advierten que una vez recibido el oficio que aquí se conoce se deberá hacer efectivo el nombramiento y se deberá comunicar a dicha Contraloría a más tardar el primer día hábil siguiente al inicio de funciones y que el nombramiento de Auditor Interno titular por tiempo indefinido será causal suficiente de terminación del interinazgo sin responsabilidad patronal, lo cual deberá ser advertido al señor García Matamoros. Finalmente se recuerda que el incumplimiento injustificado de los deberes estipulados en la Ley General de Control Interno podría conllevar a la determinación de responsabilidades administrativas y civiles, sin perjuicio de otras causales previstas en el ordenamiento jurídico, según lo establece el artículo 39 de la Ley General de Control Interno.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Agradecer al señor Arguedas Vargas y a las señoras Chanto Castro y Zúñiga Quesada por la atención dispensada a este Tribunal. 3.- Nombrar como Auditor Interno ad interim de estos organismos electorales al señor Juan Vicente García Matamoros, a partir de hoy y por el plazo de seis meses, a quien se le hace ver que el nombramiento de Auditor Interno titular por tiempo indefinido, será razón suficiente para dar por terminado su interinazgo sin responsabilidad patronal. 4.- Proceda la “Unidad responsable del proceso para el reclutamiento y la selección de los candidatos idóneos para ocupar el cargo de Auditor Interno por tiempo indefinido” a tramitar lo que corresponda dentro del plazo y las condiciones establecidas por la normativa atinente, según lo indicado por el órgano contralor. 5. Proceda hoy mismo la Secretaría del despacho a hacer del conocimiento del señor García Matamoros y de los funcionarios de la División de Asesoría y Gestión Jurídica de la Contraloría General de la República el contenido del presente acuerdo. ACUERDO FIRME.
- 9° Encuentro de Magistradas de los más altos órganos de justicia de Iberoamérica “Por una Justicia de Género”
d) De la señora Beatriz de León Reyes de Barreda, Magistrada de la Corte Suprema de Justicia de Guatemala, y del señor Rodrigo Jiménez Sandoval, Codirector del Programa Mujer, Justicia y Género del ILANUD, se conocen oficios sin número del 5 de agosto del 2008, dirigidos a las señoras Magistradas Eugenia María Zamora Chavarría, Marisol Castro Dobles y Zetty Bou Valverde, con el que cursan cordial invitación para que asistan al 9° Encuentro de Magistradas de los más altos órganos de justicia de Iberoamérica “Por una Justicia de Género”, que se desarrollará del 5 al 7 de noviembre de 2008 en Antigua Guatemala.
Indican los remitentes que este importante evento será posible gracias al apoyo financiero de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, que ejecuta el Programa Mujer, Justicia y Género del Instituto de Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente (ILANUD), así como con la colaboración de la Fundación Justicia y Género y de la Corte Suprema de Justicia de Guatemala.
Según las razones que exponen la señora Reyes de Barreda y el señor Jiménez Sandoval, el Programa Mujer, Justicia y Género y la Corte Suprema de Justicia de Guatemala cubrirán los gastos de estadía de las Magistradas participantes en el 9° Encuentro, del 5 al 7 de noviembre, realizando el check out el día 8, asimismo esperan que los respectivos países cubran los gastos de traslado, según indica.
Adjuntan a su vez el programa tentativo del evento, el cual estará sujeto a las sugerencias y comentarios.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Autorizar la participación de las señoras Magistradas. Para sustituir a la Magistrada Zamora Chavarría durante su ausencia y previo el sorteo de rigor, se designa al Magistrado Rodríguez Chaverri. Se autoriza el pago de los respectivos tiquetes aéreos, así como el uso de pasaporte de servicio por parte de las Magistradas Castro y Bou. ACUERDO FIRME.
ASUNTOS DE PARTIDOS POLITICOS.
ARTÍCULO SETIMO.- De la señora Teresita Aguilar Mirambell, Secretaria General del Partido Acción Ciudadana, se conoce copia del oficio n.º PAC-CE-072-2008 del 5 de agosto del 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 6 de este mes, mediante el cual plantea consulta relativa a las condiciones de afiliación a dicha agrupación, según lo establecido en el estatuto del partido que representa.
Indica la señora Aguilar Mirambell que ha surgido la duda sobre las afiliaciones que se presentan el mismo día de la Asamblea Distrital y que, por tal razón, no hayan sido conocidas por la Secretaría General, según lo dispone el artículo 16 del Estatuto de esa agrupación política. Ante esos casos la Secretaría General de esa organización política ha propuesto que sea la misma Asamblea Distrital ya instalada la que conozca como primer punto de agenda la admisión o rechazo de dichas solicitudes de afiliación.
Conjuntamente se conoce oficio n.º PAC-CE-0074-2008 de hoy, mediante el cual, el señor Alberto Cañas Escalante, Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia del Partido Acción Ciudadana, transcribe el acuerdo de su Comité Ejecutivo, aprobado en la sesión del pasado martes 5 de agosto de 2008, según afirma, en el cual se reitera la consulta contenida en el oficio n.º PAC-CE-072-2008 referido supra.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Turnar al señor Magistrado que corresponda. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
Eugenia María Zamora Chavarría |
Max Alberto Esquivel Faerron |