ACTA Nº 69-2008
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del cinco de agosto de dos mil ocho, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría y el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron.
APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.
ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ASUNTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:
- Informe referente a la contratación con el Consorcio SAGEM-IAFIS.
a) Del señor Luis Fernando Alfaro Martínez, Inspector Electoral a.i., se conoce oficio n.º IE-561-2008 de fecha 29 de julio de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 30 de julio de 2008, mediante el cual literalmente manifiesta:
“En atención a lo dispuesto por el Tribunal Supremo de Elecciones en el artículo cuarto de la sesión ordinaria número 66-2008, celebrada el 24 de julio del año en curso, respetuosamente se hace de conocimiento del Superior, que el expediente 037-I-2008, correspondiente a la investigación preliminar relacionada con la Licitación Pública 04-2006, contratación suscrita con el consorcio SAGEM IAFIS, se encuentra en la última etapa de la elaboración del informe final, el cual se estará haciendo del conocimiento de la Señora y Señores Magistrados a más tardar el próximo viernes 01 de agosto del presente año.”.
Se dispone: Tomar nota de lo que informa el señor Alfaro Martínez. ACUERDO FIRME.
- Recomendación de adjudicación de licitaciones.
b) Del señor Ronny Jiménez Padilla, Proveedor a.i., se conoce oficio n.º PROV-1480-2008 de fecha 29 de julio de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 30 de julio de 2008, mediante el cual literalmente manifiesta en lo conducente:
“[…] me permito informar a la señora y señores Magistrados, el resultado del estudio de las ofertas sometidas en la Licitación Abreviada Nº.2008LA-000187-85001, que se tramitó para el: “Suministro e Instalación de Muebles Modulares para varias oficina del TSE” de conformidad con los artículos 44 y 45 de la Ley de Contratación Administrativa, y artículos 97 y siguientes de su Reglamento, por lo que se procede a brindar el informe respectivo en los siguientes términos:
1. OFERTAS PRESENTADAS
Oferta Nº 1: Panel Ex S.A.
Oferta Nº 2: Compañía Leogar S.A.
Oferta Nº 3: Muebles Metálicos Alvarado S.A.
Oferta Nº 4: Euromobilia S.A.
2. ASPECTOS LEGALES
2.1. Que se determinó el día 18 de junio del 2008 a las 10:00 horas para la apertura de las ofertas, las que cumplen con los apartados de admisibilidad y los aspectos legales, lo que las hace elegibles, excepto la oferta presentada por Compañía Leogar que no cumple con los apartados de admisibilidad, tales como el plazo de entrega supera el máximo indicado por el cartel.
3. ASPECTOS TECNICOS:
De conformidad con el oficio ARQ-113-2008, de 14 de julio de 2008, suscrito por el señor Percy Zamora Ulloa, Arquitecto Institucional, se indica que en virtud de la revisión practicada a las ofertas presentadas las empresas Panel Ex S.A. y Muebles Metálicos Alvarado S.A. son las elegibles para el concurso. La oferta Euromobilia S.A. de conformidad con el criterio técnico no cumple con las especificaciones cartelearias (sic).
4. ADMISIBILIDAD
Las ofertas citadas en el aparte anterior, cumplen con los aspectos de admisibilidad solicitados en el cartel.
5. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA
PROGRAMA |
SOLICITUD DE PEDIDO |
MONTO |
ORDINARIO (850-01) |
4010820101 |
¢20.363.691,00 |
La Contaduría estableció mediante constancia suscrita por el Lic. Gilberto Gómez Guillén, Contador Institucional, de las nueve horas y veinte minutos del veintidós de julio del año en curso, que la citada Solicitud de Pedido cuenta con los fondos respectivos, cumpliéndose así con lo preceptuado en el artículo 8 de la Ley de Contratación Administrativa, en lo que a disponibilidad presupuestaria se refiere como prerrequisito para iniciar la contratación.
6. RESULTADO DEL ANALISIS
De conformidad con la aplicación del sistema de valoración a las ofertas presentadas y el criterio técnico emitido por el Arquitecto Institucional, la oferta presentada por Panel Ex S.A., es la oferta técnica y legalmente elegible. Se cuenta con recursos económicos suficientes para atender la eventual erogación, incluido el porcentaje estipulado para atender diferencias cambiarias.
7. RECOMENDACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN
Efectuado el análisis correspondiente, ajustándose el presupuesto destinado para esta compra según la Solicitud de Pedido No. 4010820101 y tomando en cuenta, los aspectos legales y técnicos, se recomienda adjudicar a la oferta Nº 1 de Panel Ex S.A. de acuerdo con el siguiente detalle:
Línea Nº 1 por un monto de $33.100,00
Línea Nº 2 por un monto de $2.300,00
En caso que esta recomendación sea compartida por el Tribunal, es menester además, que se comisionen las siguientes actuaciones:
1) Que el Departamento Legal defina la vía de formalización de la contratación.
2) Que se ratifique al señor Percy Zamora Ulloa, Arquitecto Institucional, como Órgano Fiscalizador, o a quien le sustituya en sus ausencias temporales o permanentes.”.
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.
- Solicitud de prórroga de contrato para el mantenimiento del servidor Sun Enterprise 6500.
c) Del señor Ronny Jiménez Padilla, Proveedor a.i., se conoce oficio n.º PROV-1474-2008 del 30 de julio de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 31 de julio de 2008, mediante el cual informa sobre la prórroga del contrato para el servicio de mantenimiento del servidor Sun Enterprise 6500 y una Librería L3500 de dispositivos DLT, el cual vence el 22 de noviembre de 2008. Según señala, el órgano fiscalizador de dicha contratación -señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones- brindó criterio favorable para proceder con dicha prórroga, por lo cual, dado que la empresa ha cancelado las especies fiscales hasta el quinto año de vigencia contractual inclusive, recomienda la aprobación de la sexta prórroga, lo que significaría que el órgano fiscalizador debería vigilar lo relativo al pago de las especies fiscales correspondientes a las prórrogas quinta y sexta. Finalmente apunta que existe contenido económico para hacer frente a las erogaciones respectivas, en caso de acogerse su recomendación.
Se dispone: Procédase conforme se recomienda. Tome nota el señor Hernández Granda, en su condición de órgano fiscalizador de la presente contratación. ACUERDO FIRME.
- Informe sobre la conveniencia de que la institución utilice CompraRed.
d) De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal y de los señores Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones y Ronny Jiménez Padilla, Proveedor a.i., se conoce oficio n.º DE-783-2008 de fecha 24 de julio de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 30 de julio de 2008, mediante el cual informan sobre la conveniencia de continuar utilizando CompraRED y su relación con el Sistema Integrado de Actividad Contractual (SIAC). En dicho informe se concluye y recomienda:
“[…] A. Conclusiones
A.1 En virtud de que institucionalmente no tenemos sistemas que integren datos contables, presupuestarios y de contratación administrativa, es ineludible continuar como usuarios de CompraRED en lo que corresponde a los procedimientos de contratación administrativa.
A.2 Para facilitar el flujo de datos de la información que genera el Tribunal y que se requiere para alimentar el SIAC, es necesario concertar citas con funcionarios de la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa del Ministerio de Hacienda y de la Contraloría General de la República, para conocer aspectos técnicos del funcionamiento de sus sistemas.
A.3 Se ha de establecer si desde el punto de vista técnico es posible que la información que CompraRED traslada en forma automática al SIAC discrimine los datos del Tribunal, con el fin de que, de manera independiente y mediante la información que ingrese el auxiliar de operación, se alimente al SIAC en forma directa, hasta tanto la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa solucione los inconvenientes que actualmente presenta la referida interfase.
A.4 Por los motivos que se apuntan en este informe, se ha determinado la necesidad de que la Proveeduría cuente con un auxiliar de operación cuya labor fundamental y prioritaria sería la revisión de los datos que a la fecha están pendientes en el SIAC, así como su inclusión, a fin de poder certificar a la Contraloría General de la República los datos que efectivamente se encuentran ingresados en dicho sistema atinentes a la actividad contractual que desarrolla la institución.
A.5 Que por intermedio de la Coordinación de Programas Electorales es posible la asignación temporal de un servidor de ese despacho, para que colabore con el Departamento de Proveeduría y de persistir la necesidad con miras al 2010, se deberá proceder como se señaló en el último párrafo del punto 4 de este informe.
B. Recomendaciones
B.1 Continuar tramitando los procedimientos de contratación administrativa en CompraRED.
B.2 Que el DTIC estudie la posibilidad, a nivel de la “guía de análisis de requerimientos”, de diseñar un sistema robusto a la medida de nuestra necesidad institucional a efecto de contar con una aplicación que integre información contable, presupuestaria y de contratación administrativa, de manera que la Proveeduría pueda, de manera independiente, tramitar los procesos de contratación de forma ágil, confiable, segura y transparente. Dicho sistema sería aprovechado también por otras unidades como por ejemplo la Contaduría para la emisión de estados financieros y los subprogramas presupuestarios para el seguimiento de la ejecución del presupuesto.
B.3 Que se designe a la señora Patricia Chacón Jiménez, del DTIC, y a los señores Ronny Jiménez Padilla y Mynor Mora Chang, de Proveeduría y Dirección Ejecutiva, respectivamente, para que realicen las indagaciones del caso en la Contraloría General de la República y en la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, para dar respuesta a los puntos A.2 y A.3 del apartado de conclusiones, cuyos resultados harán de conocimiento de los suscritos lo antes posible, a fin de realizar el análisis respectivo e informar lo propio al Superior.
B.4 Que se envíe atento agradecimiento a los señores Héctor Fernández Masís y Francisco Rodríguez Siles, Coordinador y Subcoordinador respectivamente de Programas Electorales, por prestarle al Departamento de Proveeduría un funcionario, para los propósitos consignados en este informe, lo que solicitaríamos se pueda concretar a partir del 1° de agosto de este año.”.
Se dispone: Procédase conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.
- Solicitud del señor Contador para que se señale lugar de notificaciones en los documentos que indica.
e) Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio n.º CONT-515-2008 de fecha 31 de julio de 2008, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:
“En ocasiones, el Tribunal Supremo de Elecciones ha ordenado a esta Contaduría efectuar lo propio a fin de que tanto personas físicas como jurídicas procedan a depositar sumas a favor del Estado sumas de dinero (sic) que por diversos motivos adeudan al Estado.
Esta labor o proceso cobratorio previo debe cumplir con el debido proceso para que pueda surtir efecto, por lo que debe al menos efectuarse tres intimaciones de pago.
Esta labor no siempre produce el efecto deseado por cuanto las direcciones que previamente se nos han suministrado, ya sea en los documentos de ofertas a licitaciones o en los prontuarios de los funcionarios cambian con el devenir del tiempo y no existe, en la mayoría de los casos, la preocupación de los interesados para actualizarlas.
Esta situación no permite a los funcionarios de esta Contaduría localizar a las personas o empresas para su debida notificación, lo que atrasa en un alto grado el cumplir con lo dispuesto por el Superior.
Preocupado por la situación apuntada, quien suscribe se permite muy respetuosamente sugerir que en todo contrato de compra venta, arrendamiento, orden de compra o contrato de trabajo u otros, se solicite al interesado indicar un lugar o medio para notificaciones, con indicación de que el lugar o medio escogido tiene su fundamento jurídico y sus implicaciones en todo aquello que, sea aplicable en la LEY DE NOTIFICACIONES, CITACIONES Y OTRAS COMUNICACIONES JUDICIALES N° 7637, publicada en La Gaceta N° 211 del 04/11/1996.”.
Se dispone: Para su estudio e informe, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
- Solicitud de endoso de cheque.
Sale del Salón de Sesiones el Magistrado Sobrado González.
f) Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador de este Tribunal, se conoce oficio CONT-523-2008, de fecha 01 de agosto de 2008, recibido el 4 de agosto de 2008 en la Secretaría del despacho, al que, con el propósito de que se endose por parte del señor Magistrado Presidente, a favor de “SPC INTERNACIONAL S.A.”, adjunta la garantía de participación que consiste en: “Cheque de gerencia Nº 67857 por novecientos dólares (US $900.00) extendido por BANCA PROMERICA y que fuera presentado por dicha empresa como garantía de participación para la licitación Nº 008-LA000145-85002.”
Se dispone: Autorizar al señor Magistrado Presidente para que efectúe el endoso que se solicita. ACUERDO FIRME.
El Magistrado Sobrado González se reincorpora al Salón de Sesiones.
ASUNTOS DE PERSONAL.
ARTÍCULO TERCERO.- Se conocen los siguientes asuntos:
- Informe sobre inclusión de plazas en la Contaduría del Tribunal.
a) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.º DE-776-2008 del 31 de julio del 2008, recibido el 1º de agosto en la Secretaría del despacho, mediante el cual se refiere a la solicitud del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador institucional, para que se gestione ante la Dirección General de Presupuesto Nacional, la inclusión en el presupuesto del 2009 de dos plazas a nivel de Profesional de Apoyo en cargos fijos para la dependencia a cargo del señor Gómez Guillén respecto de lo cual, de previo a resolver, este Tribunal solicitó el criterio de esa Dirección.
Según los antecedentes que detalla y el análisis expuesto, recomienda lo que se transcribe a continuación:
“… 3. Recomendaciones:
Con base en lo anterior, se recomienda al Superior lo siguiente:
3.1 Solicitar autorización al Ministerio de Hacienda para crear una plaza de Profesional de Apoyo, con cargo a la subpartida de servicios especiales, por 12 meses, a ser ubicada en el Área de Contabilidad de la Contaduría, con el propósito de contar con un recurso humano cuyas funciones estarían orientadas hacia el registro de información contable, la elaboración de los estados financieros y el análisis e implementación de las nuevas normas de contabilidad para el sector público (NICSP), respecto de lo cual se realizaría, a futuro, un análisis sobre el nivel de transacciones que esto implique y las cargas de trabajo que genere, para determinar con mayor criterio la necesidad real de recurso humano y su permanencia en servicios especiales o su eventual traslado a cargos fijos.
3.2 Dicho puesto se abriría con recursos fuera del límite de crecimiento definido para el presupuesto del próximo año, tal como el señor Contador señala que fue manifestado por el señor Viceministro de Egresos del Ministerio de Hacienda.
3.3 En su oportunidad y una vez consolidada esta función, la Contaduría deberá actualizar su Manual de Procedimientos para incorporar aquellos derivados del registro, actualización y emisión de estados financieros y de la aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público.”.
Se dispone: Tener por rendido el informe que somete el señor Director Ejecutivo y aprobar las recomendaciones que formula. Póngase en conocimiento del señor Contador institucional y curse la Secretaría del despacho a la Dirección General de Presupuesto Nacional la solicitud de autorización a que se refiere el señor Víquez Jiménez. ACUERDO FIRME.
- Informe sobre el ajuste salarial de los señores Magistrados.
b) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.º DE-800-2008 del 31 de julio del 2008, recibido el 1º de agosto mediante el cual indica que, de conformidad con información suministrada por el señor Gilberto Gómez Guillén, Contador de este Tribunal, el Departamento de Personal del Poder Judicial le remitió copia del índice salarial con un incremento del 6.55% por costo vida para el segundo semestre de este año, por lo que el salario base de las clases MAGISTRADO PRESIDENTE Y MAGISTRADO se revalora a ¢1.384.600,oo y ¢1.267.000,oo respectivamente, lo que aplica para los integrantes del Tribunal conforme con lo que dispone el artículo 100 de la Constitución Política. Por consiguiente, y con base en consulta realizada a funcionarios del Ministerio de Hacienda, informa el señor Víquez Jiménez que este ajuste salarial se hará efectivo en la segunda quincena del mes de agosto del año en curso.
Se dispone: Tomar nota.
- Encargos y recargos de funciones en diversas oficinas.
c) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:
1) Oficio n.º RH-1133-2008 del 4 de agosto del 2008, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, con el que eleva a consideración el oficio n.º CSR-430-2008 recibido el pasado 25 de julio en este despacho y que suscribe el Lic. Rodolfo Villalobos Orozco, Coordinador de Servicios Regionales, mediante el cual informa que el señor Carlos Ramírez Artavia, Jefe de la Oficina Regional de Turrialba, disfrutará 2 días de vacaciones a partir del próximo 11 de agosto. Asimismo, solicita que las funciones se recarguen en el servidor Rafael Ángel Cambronero Brenes, quien se desempeña como Coordinador de Apoyo en esa sede y es quien usualmente los sustituye durante sus ausencias.
Indica a su vez el señor Carías Mora que, en este caso, por tratarse de un lapso inferior a diez días, la presente gestión corresponde a un encargo de funciones. Asimismo, puede apreciarse que la solicitud cuenta con la anuencia de la Dirección General del Registro Civil.
Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita.
2) Oficio n.º RH-1134-2008 del 4 de agosto del 2008, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, con el que eleva a consideración el oficio n.º CYP-231-2008 del pasado 29 de julio, suscrito por la Licda. Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, mediante el cual solicita que se le concedan cinco días de vacaciones a partir del próximo 11 de agosto. En virtud de lo anterior, el señor Jefe del Departamento de Recursos recomienda que, durante su ausencia, sus funciones se encarguen en el Lic. Javier Matamoros Guevara, quien se desempeña como Técnico en Relaciones Públicas, cumple con los requisitos exigidos para dicho puesto y en otras oportunidades ha asumido esa responsabilidad.
Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita.
3) Oficio n.º RH-1135-2008 del 4 de agosto del 2008, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, con el que eleva a consideración los oficios n.º CSR-347-2008 y CSR-347-2008, ambos suscritos por el Lic. Rodolfo Villalobos Orozco, Coordinador de Servicios Regionales, mediante los cuales informa que la Licda. María Isabel Loaiza Chinchilla, Jefa de la Oficina Regional de Siquirres, por razones de salud no se presentó a laborar los días 29 y 30 de julio, razón por la cual durante esos días las funciones correspondientes las asumió el señor Federico Picado Le Frank, quien es el funcionario que sustituye a la jefatura durante sus ausencias. Indica el señor Carías Mora que, según información telefónica suministrada por el mismo señor Picado Le Frank, en realidad la señora Loaiza Chinchilla estuvo ausente por incapacidad del 29 de julio al 1º de agosto (4 días). De acuerdo con lo anterior, el señor Jefe del Departamento de Recursos Humanos solicita la autorización para proceder a tramitar el pago respectivo del recargo de funciones al señor Picado Le Frank. Puede apreciarse que dicha gestión cuenta con la anuencia de la señora Directora General del Registro Civil y el aval presupuestario de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría.
Se dispone: Autorizar el pago respectivo conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
- Solicitud de licencia sin goce de salario.
d) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-1128-2008 del 31 de julio del 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 4 de agosto, con el que eleva a consideración la nota recibida el pasado 17 de julio en este despacho que suscribe la señora Elissette Saborío Corrales, funcionaria de la institución, mediante la cual solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario por espacio de dos meses a partir del próximo 1º de setiembre, dados los motivos que se sirve exponer.
Por las razones apuntadas, indica el señor Carías Mora que, en caso de que no se tengan objeciones y se conceda la licencia, que sería del 1º de setiembre al 31 de octubre del año en curso, la empleada disfrutará previamente las vacaciones ordinarias y proporcionales a que tiene derecho, tal y como es usual en casos de esta naturaleza. Asimismo, puede apreciarse que la gestión cuenta con la anuencia de su jefa inmediata y del señor Secretario del Tribunal.
Se dispone: Aprobar la licencia sin goce de salario, conforme lo propone el señor Jefe del Departamento de Recursos Humanos.
ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
ARTÍCULO CUARTO.- Se conocen los siguientes asuntos:
- Remisión del proyecto de Reglamento de Disponibilidad
a) De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i del Departamento Legal y del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º DL-361-2008 de fecha 30 de julio de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 31 de julio de 2008, al cual adjuntan el proyecto de Reglamento de disponibilidad de estos organismos electorales.
Se dispone: Pase a estudio individual de la señora y los señores Magistrados. Proceda el señor Coordinador de Programas Electorales a emitir criterio sobre el antedicho proyecto, dentro del plazo de diez días. ACUERDO FIRME.
- Solicitud para que se asigne funcionario en proyecto de Voto Electrónico.
b) Del señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se conoce oficio n.º DTIC-1272-2008 de fecha 31 de julio de 2008, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:
“En atención a lo dispuesto por el Superior en sesión ordinaria Nº 66-2008 del 24 de julio de los corrientes y comunicado mediante oficio Nº STSE-2403-2008 del mismo día, este Departamento solicita autorización para que se asigne al Lic. Orlando Carrillo Ugalde en sustitución del Lic. Orlando Solano Marín en razón de que éste último ha sido designado para atender de manera exclusiva lo concerniente a la Acción Estratégica del MAI, de manera que el Señor (sic) Carrillo Ugalde atienda dentro de sus funciones propias, las que también tengan relación directa con las funciones y labores que demande el proyecto de Voto Electrónico.”.
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
- Convenio con el Banco Central de Costa Rica.
c) Del señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se conoce oficio n.º DTIC-1269-2008 de fecha 31 de julio de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 1º de agosto de 2008, mediante el cual se refiere a los requerimientos y aspectos técnicos mínimos a contemplar en la elaboración del Convenio que se pretende suscribir entre este Tribunal y el Banco Central de Costa Rica.
Se dispone: Para lo que corresponda, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
- Informe en respuesta a la solicitud que hiciera el señor Hernán Collado.
d) Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio n.º CONT-517-2008 del 1º de agosto del 2008, recibido el 4 de este mes, mediante el cual se refiere a lo dispuesto en la sesión ordinaria n.º 68-2008, relacionado con la notificación recibida por el señor Hernán Collado Martínez y la manifestación que hiciera, según la cual no ha obtenido de la Contaduría la respuesta que solicitó, según detalla ampliamente.
De acuerdo con las razones que expone el señor Contador, indica haber dirigido un oficio al señor Collado Martínez informándole sobre el resultado de su gestión, tal como lo solicitó.
Por último consulta el señor Contador institucional si además del acuse de recibo que se le brinda a todo documento probatorio que envían al programa, éstos deben ser contestados en términos similares a los que reclamaba el señor Collado Martínez o bien si su proceder ha sido adecuado, habida cuenta que solo en muy pocos casos se ha solicitado algún tipo de respuesta, que el que se describe y otros en el sentido de que piden que indiquen si están notificando a determinada tendencia, lo cual considera improcedente, pues no conocen la afinidad de ningún notificado en términos generales, a menos que expresamente el titular del requerimiento de prueba lo señale.
Se dispone: Póngase lo informado por el Lic. Gómez Guillén en conocimiento del señor Collado Martínez. En lo demás, proceda el señor Contador según determine en cada caso, considerando que a los administrados les asiste constitucionalmente el derecho a ser debidamente informados. ACUERDO FIRME.
- Directrices sobre el uso de teléfonos celulares institucionales.
e) Se dispone: Establecer las siguientes directrices sobre el uso de teléfonos celulares asignados a los Magistrados y otros empleados de estos organismos electorales:
1. Se cancelará únicamente la tarifa básica mensual más un 50% de ésta por servicio de teléfono celular. A partir de la convocatoria a procesos electorales y hasta la declaratoria de elección o proclamación de resultados de referéndum se cancelará únicamente la tarifa básica mensual más un 100% de ésta por servicio de teléfono celular. En cualquier caso, el excedente lo cancelará el funcionario a quien está asignado el teléfono, para lo cual la Contaduría le formulará el respectivo requerimiento de pago.
2. En caso de pérdida o daño del teléfono celular y sus accesorios -salvo por razones de fuerza mayor, caso fortuito o deterioro normal por su uso- el costo por reposición o reparación será cubierto por el funcionario responsable de su custodia. La Proveeduría dará seguimiento a esta disposición.
El señor Héctor Fernández Masís valorará la necesidad de reglamentar el uso de los teléfonos celulares que se utilicen transitoriamente durante los procesos electorales. Notifíquese a los despachos institucionales mencionados. ACUERDO FIRME.
-Integración del Consejo Editorial de la Revista de Derecho Electoral.
f) Se dispone: Adicionar los acuerdos del artículo tercero de la sesión ordinaria n.º 105-2005, celebrada el 27 de octubre de 2005 y del inciso k) del artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 84-2007, celebrada el 11 de setiembre de 2007, a efecto de nombrar como integrante adicional del Consejo Editorial de la “Revista de Derecho Electoral” a la Licda. Wendy González Araya, Letrada de este Tribunal, de forma tal que la Dirección, Subdirección y conformación actual de dicho Consejo pasa a ser la siguiente: Director: Dr. Luis Antonio Sobrado González, Subdirector: Lic. Alejandro Bermúdez Mora, Miembros del Consejo Editorial: Máster Hugo Picado León (Coordinador), Máster Arlette Bolaños Barquero, Lic. Luis Bolaños Bolaños, Licda. Wendy González Araya, Lic. Olivier López Jiménez, Máster Mary Anne Mannix Arnold, Licda. Rocío Montero Solano y Máster Juan Luis Rivera Sánchez. Tome nota el Web máster. ACUERDO FIRME.
-Informe de la Comisión de Presupuesto institucional sobre la revisión de los gastos propuestos para el 2009, según lo solicitó el señor Guillermo Zúñiga Chávez, Ministro de Hacienda.
g) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Coordinador de la Comisión de Presupuesto, se conoce oficio n.º CPRE-025-2008 del 5 de agosto del 2008, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, con el que indica lo que se transcribe a continuación:
”El Tribunal Supremo de Elecciones, en sesión ordinaria Nº 68-2008, celebrada el 31 de julio del año en curso, Oficio STSE-2476-2008, pasó a estudio e informe de esta Comisión el oficio Nº DM-1165-2008 del 29 de julio del 2008, suscrito por el señor Guillermo Zúñiga Chávez, Ministro de Hacienda, en el que exhorta que, en la medida de las posibilidades, el Tribunal realice una revisión de los gastos propuestos para el 2009.
Sobre el particular me permito informar que en reunión Nº 10-2008, artículo segundo, inciso b), efectuada hoy por esta Comisión, se acordó proponer al Superior el texto que se adjunta, como respuesta a la petición del señor Ministro de Hacienda.”
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Informar al señor Ministro de Hacienda lo que de seguido se consigna:
“En relación con su atento oficio N° DM-1165-2008 del 29 de julio del año en curso, este Tribunal estima necesario hacer de su estimable conocimiento que, luego de los análisis respectivos efectuados por la Comisión de Presupuesto institucional, no ha resultado posible practicar rebajas en nuestro anteproyecto de presupuesto para el 2009, el cual se considera racional y austero a la luz de los factores exógenos que usted menciona, pues de lo contrario se podría incurrir en un grave perjuicio al servicio público que estamos obligados a brindar conforme a los mandatos de la Constitución Política y la legislación que nos rige.
En efecto, tal como se consignó en el oficio con que fue enviado a su despacho nuestro plan de gastos para el próximo año, en lo que respecta al subprograma 850-01 se hizo un gran esfuerzo para reducir el gasto, especialmente si se considera que solamente la partida 0 “Remuneraciones” implicó un aumento de 674.5 millones de colones que consumió un 87% del incremento esperado (775.2 millones) para el total del subprograma, el cual se fundamenta en el límite de crecimiento del 6% establecido por las autoridades hacendarias. Sobre este particular es menester mencionar que, conforme a las instrucciones recibidas, se consideró el dólar a un tipo de cambio de ¢549,oo el cual en la actualidad ya ha sido superado, lo que podría traer serias implicaciones en las compras y contratos que se hacen con base en dicha moneda, si la tendencia al alza se mantiene. Por su parte, en lo que concierne a costo de vida, se instruyó de parte de ese Ministerio que para este segundo semestre se previera un incremento salarial de un 5% así como un 4% y un 3% para el primer y segundo semestre del 2009, en ese orden. No obstante, para el periodo actual el Gobierno de la República decretó un 6.55% siendo que las instituciones deben financiar las diferencias con base en lo originalmente calculado, a lo que no escapa este Tribunal, máxime si se considera que para el 2008 las estimaciones del Banco Central son de un 14% de inflación, lo que hace suponer a su vez reajustes salariales más altos de lo previsto para el 2009, sin que se tenga certeza de que se recibirá financiamiento adicional para ese propósito.
En relación con este subprograma, ha de indicarse que las peticiones que las diferentes unidades administrativas incluyeron en sus planes operativos anuales, conforme a sus necesidades, no pudieron ser atendidas debidamente a efectos de ajustarnos al límite de crecimiento fijado, por lo que se dejaron sin contemplar requerimientos por el orden de dos mil quinientos millones aproximadamente, sin contar recurso humano.
En cuanto al subprograma 850-02, su monto es de 8.989.0 millones de colones, lo que obedece básicamente a lo necesario para la organización de las elecciones del 2010 (¢3.888.232.600,oo) y a los ¢2.289.700.000,oo que se incluyeron para la preparación de un eventual referéndum, tal como lo obliga la Ley 8492 del 4 de abril de 2006. A su vez, con el propósito de reflejar adecuadamente lo correspondiente al gasto típicamente electoral, se trasladó a este subprograma -en la relación de cargos fijos- el “Tribunal Propiamente” y el “Archivo del Tribunal”, según fue debidamente explicado en la Exposición de Motivos, lo que responde a la iniciativa de la Dirección General de Presupuesto Nacional de separar estos gastos, tema sobre el que continuarán desarrollándose los estudios de rigor, especialmente cuando se cuente con el sistema de costos conforme a la contratación que en la actualidad se ejecuta.
En lo que corresponde al financiamiento estatal a los partidos políticos, el monto de ¢29.400.000.000,oo que se incluyó en la subpartida 60404 “Transferencias corrientes a otras entidades privadas sin fines de lucro”, corresponde al 0.19% de la estimación del PIB que hace el Banco Central a precios de mercado para el 2008, lo que tiene asidero en el artículo 96 de la Constitución Política y el artículo 179 del Código Electoral que dice: “A más tardar en la fecha de convocatoria a elecciones nacionales, el Poder Ejecutivo emitirá bonos por el monto que el Estado reconocerá a los partidos políticos para pagar sus gastos de acuerdo con el artículo 96 de la Constitución Política. Para tal efecto, incluirá en el presupuesto ordinario de la República, correspondiente al año anterior al de las elecciones, la partida respectiva para el pago de la amortización, según lo estime, oportunamente y con anterioridad, el Tribunal Supremo de Elecciones.” A este respecto ha de recordarse que el primero de octubre de 2009 este Tribunal hará la convocatoria a las elecciones nacionales de febrero de 2010.
Por último y con el propósito de coadyuvar en la contención del gasto público, hacemos de conocimiento del señor Ministro que, en caso de que no resultare procedente convocar a un referéndum a efectuarse dentro de los primeros siete meses del 2009 y dado que la Ley respectiva no permite que este tipo de consulta popular se celebre dentro de los seis meses anteriores a una elección nacional, este Tribunal se lo hará saber en su oportunidad con la finalidad de que pueda disponerse de los recursos previstos para este fin según las prioridades que tenga el Poder Ejecutivo.”. ACUERDO FIRME.
- Informe de Evaluación de los Programas Electorales.
h) Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce nuevamente oficio n.º CPE-252-2008 del 30 de junio del 2008, al que adjunta el “Informe de Evaluación de los Programas Electorales Implementados para las Elecciones Municipales, 3 de Diciembre del 2006 y para el Referéndum, 7 de Octubre del 2007”, así como el informe de costos de los programas electorales que se ejecutaron con ocasión del pasado Referéndum, en el que se recomienda lo siguiente:
Que por la vía del reglamento correspondiente se establezca, como término máximo para la presentación de solicitudes de sustitución de fiscales, una semana antes de las elecciones, con el objeto de poder tener listos a tiempo todos los carnés. Además, el Reglamento deberá establecer que dichas solicitudes pueden ser firmadas tanto por un miembro del Comité Superior de los partidos inscritos o por cualquier persona a quienes ellos autoricen, de manera que si así lo desean, faculten a sus dirigentes regionales a firmar las nóminas de fiscales para facilitar la regionalización de esta labor.
Que se autorice la posibilidad de alquilar los vehículos propiedad de los funcionarios de la institución, de acuerdo con las tarifas que para tal efecto tiene establecidas la Contraloría General de la República, de manera que en época electoral los asesores que estén de acuerdo en ello, destinen su vehículo para el desempeño de sus funciones y se les reconozca una retribución por ello, para lo cual la OCPE oportunamente presentará un borrador del respectivo reglamento.
Que se aumente a ¢50.000,00 la retribución o pago a los Auxiliares Electorales o delegados de mesa en caso de referéndum, para los próximos procesos.
Que se establezca la plaza de servicios especiales de Asesor Electoral, con una categoría similar a la de un analista y que se les otorgue un plus por disponibilidad durante el tiempo en que estén llevando a cabo sus funciones en los respectivos cantones, es decir, cuando menos durante todo el mes de enero y la primera quincena de febrero.
Que el Tribunal defina las competencias del Programa de Atención de Observadores respecto a la organización de la jornada de capacitación (sic), estableciendo cuáles funciones deben ser llevadas a cabo por el programa y cuáles son competencia de CAPEL.
De igual forma, que el superior establezca claramente las competencias, responsabilidades y obligaciones del señor David Reuben Hatounian como Delegado de Seguridad del TSE, tanto en su función asesora del Tribunal como en su relación con los diferentes programas electorales, principalmente en los programas señalados en las conclusiones.
Que para atender algunas de las rutas de los observadores internacionales, éstos salgan un día antes de la votación, por ejemplo el día sábado después de las 5 p.m., una vez que han finalizado las actividades académicas, de manera que puedan presenciar las elecciones en lugares alejados y rurales del país y que, en caso que los DAO participen en el proceso, que el Tribunal defina que éstos deben hacerlo ajustándose a las directrices del programa, cumpliendo con los itinerarios y actividades propuestas y, también en caso que participen en las rutas de observación, que viajen junto con los observadores en los vehículos dispuestos por el TSE para hacer dichos recorridos.
Que independientemente de la evaluación que realiza CAPEL, el programa de Atención a los Observadores Internacionales debe también evaluar la misión de observación, con base en un formulario de evaluación o encuesta, con el objetivo de medir la atención y logística implementada por el programa, así como las recomendaciones para mejorarlo. Asimismo, se recomienda que el Tribunal valore nuevamente la posibilidad de que en futuros procesos se utilice el equipo del TIM para la impresión de las identificaciones con fotografía que requieran los programas electorales.
Que se establezca la figura del “encargado de centro de votación”, de forma que auxiliares electorales se encarguen de abrir y cerrar los centros de votación, rotular y acomodar las aulas que se utilizarán como Juntas Receptoras de Votos, así como recoger de los miembros de mesa el material electoral, una vez cerrada la mesa, custodiarlo y entregarlo a los funcionarios del programa de Recolección.
Que el DTIC valore la posibilidad de introducir modificaciones en el sistema que imprime el padrón registro con fotografía, a los efectos que éste imprima de una vez todos los documentos anexos (actas de apertura y cierre, hojas de incidencias, etc.) y que se incluya una forma de señalización –estilo directorio telefónico- que le facilite a los miembros de mesa la búsqueda de los electores. Además, que la impresión se haga en una hoja tamaño oficio y en una sola columna hacia abajo, tal y como se exhibe fuera del aula, para incluir más electores por página.
Se recomienda que la labor de empaque de material electoral se realice en el área del parqueo del edificio de Servicios Internos, proveyendo las condiciones de infraestructura necesarias, para lo cual se debe tomar en cuenta que existen recursos desde este año para construir paredes y techo en dicha área.
Que mediante un reglamento se establezca una fecha límite para que los partidos políticos presenten las nóminas de fiscales que estarán presentes en el escrutinio definitivo que realiza el TSE, y que la acreditación de éstos la realice el mismo programa de Acreditación de Fiscales de los Partidos Políticos.
En lo que se refiere al Programa de Prensa, se recomienda que con suficiente antelación se establezcan las directrices para el acceso de la prensa, debiéndose regular con certeza lo referente a las puertas de ingreso, procedimientos de revisión e identificación de los miembros de la prensa que se acrediten. Asimismo, se recomienda que se coordine con la Oficina de Comunicación lo relativo al lugar, hora y demás detalles de las conferencias de prensa, para poder brindar la asesoría del caso y encargarse de todos los aspectos logísticos.
En cuanto al Programa de Protocolo, se sugiere que se autorice la adquisición de uniformes para los edecanes, trajes enteros o al menos sacos para los hombres y mujeres, a los efectos de que sean fácilmente identificables por los invitados y darles mejor presencia en virtud de la formalidad de las actividades en que estas personas colaboran. Asimismo, se sugiere que las fotografías en estas actividades sean tomadas por personal de la institución, para evitar la contratación y el gasto de fotógrafos. Además, se recomienda que cuando se proponga la realización de actividades conjuntas con otras instituciones, de previo se definan claramente las competencias de cada una en cuanto a la organización del evento de que se trate.
Para el Programa de Publicidad se recomienda la adquisición de una impresora láser de amplio formato, con el fin de agilizar la producción de material gráfico y como medida de seguridad para efectos de manipulación y custodia de las versiones digitales, tales como el caso de las papeletas, ya que si bien muchos productos se diseñan en la institución y son de bajo volumen de producción, siempre hay que contratar la impresión porque se carece del equipo adecuado para hacerlo internamente, lo que reduciría plazos de entrega y cargas de contratación.
En cuanto al programa de Registro de Publicaciones, se recomienda modificar el Reglamento a los Procesos de Referéndum, a los efectos que los informes solicitados a los medios de comunicación se presenten en forma bisemanal o mensualmente, para que se pueda revisar la información remitida por los diferentes medios de comunicación y se tenga el tiempo necesario para realizar las prevenciones del caso, y que se pueda exigir a las personas físicas o jurídicas constancias de su solvencia económica, incluso hacer consultas al sistema bancario nacional. Asimismo, se recomienda que el reglamento autorice delegar en el programa la realización de prevenciones, tal y como lo hace el Programa de Permisos para Desfiles y Manifestaciones. Otra reforma reglamentaria que propone el programa, es que se debe incluir en la obligación de reportar los espacios publicitarios a los encargados o dueños de los programas de radio o de televisión que alquilan los espacios en los diferentes medios de comunicación, de manera que vía reglamento se establezca que también estén obligados a dar los informes, ya sea que se cobre o no por difundir pauta publicitaria.
Dentro de las reformas que se soliciten a la Ley de Regulación del Referéndum, se recomienda que la Ley establezca un período, que puede ser de un mes, para la inscripción de grupos o de tendencias afines al “Sí” o el “No”, que pueden ser partidos políticos, sociedades mercantiles, asociaciones, fundaciones, grupos de ciudadanos, etc., para poder definir en forma precisa quiénes tienen la posibilidad de pautar propaganda a favor o en contra del proyecto y regular accesos equilibrados en ese sentido, tal como se regula en el Código Electoral en cuanto a cantidad de tiempo en radio y televisión y páginas por edición de periódicos. Igualmente, debe solicitarse la reforma de la Ley para regular la figura de los intermediarios, que son las agencias de publicidad y que se capacite al personal del programa sobre el funcionamiento de éstas, de manera que se familiaricen con los descuentos o comisiones de agencia, saber a quién se le debe consignar el costo de la pauta, etc. Además, se recomienda incluir en estas reformas legales lo relativo a la participación de entidades estatales en la contratación de pauta publicitaria, incluyendo a las universidades públicas.
En relación con la custodia del material electoral en las oficinas regionales, se recomienda girar una directriz para que los jefes de regionales tomen las previsiones del caso, a los efectos que los custodios de la Fuerza Pública permanezcan dentro de las instalaciones cuidando el material, sin necesidad de que estén acompañados de funcionarios de las regionales.
En lo que concierne al Programa de Transmisión de Datos y en vista de los resultados obtenidos, se recomienda continuar con el nuevo sistema de transmisión, ya que este esquema facilitó mucho toda la logística, donde la meta sería valorar la posibilidad de conectar en red a mayor cantidad de oficinas regionales, en aras de fortalecer el sistema.
Se recomienda que la Proveeduría, la Contaduría y la Dirección Ejecutiva analicen la conveniencia o no de prescindir del SIGAF durante el proceso electoral, es decir, si existen riesgos de que este sistema suponga retrasos o mayores requisitos a los procesos de contratación, o bien si sería mejor contar con un sistema a la medida de las necesidades del TSE en materia electoral.
Se recomienda la creación de plazas de asesor electoral, con una categoría salarial superior a la de auxiliar de operación, a la que se le reconozca un plus por concepto de disponibilidad durante el mes anterior a la elección, que sirva de estímulo para la participación de funcionarios en propiedad y de experiencia en el programa y retribuya más adecuadamente sus responsabilidades. Asimismo, se recomienda que el plus de disponibilidad también se le reconozca a los encargados de programa, durante las etapas críticas de la ejecución de sus programas. El monto y forma de reconocimiento de este beneficio sería propuesto por el Departamento de Recursos Humanos, previo estudio de la forma en que se implementa en otras instituciones, como por ejemplo el Poder Judicial.
En virtud que la Ley de Referéndum establece la posibilidad de poder realizar al menos una consulta por año y debido a que tenemos restricciones para ejecutar el presupuesto que se destina para la organización de este tipo de eventos, que sea la OCPE la que tenga en custodia y administre todos aquellos bienes no consumibles, que se adquieran con ocasión de un Referéndum.
Que la OCPE forme parte de la Comisión de Construcciones permanentemente, con el propósito de que pueda emitir su criterio sobre el impacto que pueden tener la asignación de espacios o los requerimientos de construcciones en las necesidades de los programas electorales.
Con el fin de brindar más apoyo al Cuerpo Nacional de Delegados se propone que, a partir del mes de enero del año 2009, se designe permanentemente a un funcionario administrativo; para ello se podría disponer de una plaza de Asistente Funcional asignada en la reestructuración de puestos de la OCPE. Asimismo se recomienda que, una vez que finalice el Sistema Gerencial de Costeo de Proyectos y Actividades Sustantivas a cargo de la empresa Proyectica S.A., se restituya todo el espacio que ésta ocupa, a la oficina del Cuerpo Nacional de Delegados.
Se dispone: En atención a las recomendaciones formuladas por la Coordinación de Programas Electorales en el informe que se conoce, se resuelve:
Se aprueban las recomendaciones 1 y 2, en virtud de lo cual la citada Coordinación preparará los proyectos de reglamento respectivos y los presentará a este Tribunal.
En cuanto a la recomendación 3, previo a determinar si es necesario elevar la remuneración pagada a los auxiliares electorales para próximos comicios o procesos consultivos, debe realizarse un análisis del monto que se paga en otros países a los miembros de mesa o ciudadanos que colaboren en el proceso electoral de forma similar a las funciones de los referidos auxiliares.
Se aprueba la recomendación 4, para lo cual la Coordinación realizará los trámites respectivos para crear esas plazas por servicios especiales para el próximo proceso electoral. En cuanto a la disponibilidad, se estará a la espera que el Departamento Legal presente el informe que se le solicitó sobre ese particular para resolver lo pertinente.
En cuanto a la recomendación 5, se entiende que el Centro de Asesoría y Promoción Electoral -CAPEL- es el responsable de organizar la jornada académica, para lo cual el Programa de Atención de Observadores prestará toda la colaboración posible. La Coordinación de Programas Electorales velará para que se canalice y coordine adecuadamente toda la colaboración que solicite CAPEL.
En lo que se refiere a la recomendación número 6, el Coordinador de Programas Electorales será el enlace entre el señor Delegado Reuben Hatounian y los programas electorales, para lo cual los asuntos relativos a contrataciones administrativas o modificaciones a los planes de gestión de los programas o las acciones que éstos estén llevando a cabo que sugiera el señor Reuben deberán canalizarse a través de esa Coordinación.
Se aprueba la recomendación 7, por lo que el Programa de Atención de Observadores propondrá a la Coordinación de Programas Electorales las rutas que deban salir el día anterior a las elecciones o referéndum, para que se sometan a la aprobación de este Tribunal. En cuanto a los Delegados de Atención de Observadores -DAO- , éstos deberán ajustarse las directrices del citado Programa y la Coordinación.
Se aprueba la recomendación 8, pero se aclara que dicha evaluación deberá limitarse a la entrega de formularios o encuestas para que sean completadas por los miembros de la misión de observación, para lo cual el Encargado del programa debe procurar que la misma no se confunda con la metodología de evaluación empleada por CAPEL. En relación con la impresión de acreditaciones, se aprueba planificar la adquisición de una estación de trabajo, similar a las que se destinan a la emisión de las Tarjetas de Identidad de Menores (TIM), con cargo al subprograma presupuestario 850-02, a los efectos que se utilice para la emisión de las diferentes credenciales o acreditaciones que requieren los programas electorales y que, en época no electoral, la misma sea utilizada por el Departamento de Recursos Humanos para la impresión de gafetes de los funcionarios.
Se aprueba la recomendación 9, por lo que la Coordinación de Programas Electorales deberá realizar las previsiones presupuestarias correspondientes para la contratación de auxiliares que se dediquen a esta función, siendo lo deseable que el cargo sea ocupado por los educadores de las escuelas y colegios que funcionan como centros de votación, para lo cual deberán realizarse las gestiones respectivas ante el Ministerio de Educación Pública y con los propios educadores.
Se aprueban las recomendaciones 10, 11 y 12. En cuanto a esta última, deberá contemplarse lo pertinente en el proyecto de reglamento de fiscalización de procesos electorales referido en la recomendación 1.
En cuanto a la recomendación 13, la Coordinación de Programas Electorales deberá valorar la posibilidad de realizar una transferencia de recursos en el presupuesto aprobado para el año 2009 para la contratación de una consultoría especializada que colabore en la adopción de esas definiciones y, en general, de las directrices relativas a la relación con la prensa.
Se aprueban las recomendaciones 14 y 15, por lo que la Coordinación de Programas Electorales gestionará las contrataciones pertinentes y velará porque el programa de Protocolo coordine adecuadamente la realización de eventos conjuntos con otras instituciones.
En lo que se refiere a la recomendación 16, la Coordinación de Programas Electorales preparará el proyecto de reforma reglamentaria que interesa y lo presentará al Departamento Legal para que éste realice el análisis jurídico respectivo y presente el informe pertinente a este Tribunal.
La recomendación 17 no se aprueba porque considera este Tribunal que la decisión de gestionar o impulsar reformas a la Ley de Regulación del Referéndum deberá ser precedida de un amplio análisis y debate dentro del marco de una evaluación de este texto normativo que se realizará próximamente.
Se aprueban las recomendaciones 18, 19 y 20. En cuanto a esta última, la Dirección Ejecutiva, en conjunto con la Contaduría y la Proveeduría, deberán realizar el análisis pertinente y presentar un informe a este Tribunal.
En cuanto a la recomendación 21, estarse a lo resuelto respecto a la recomendación 4.
Se aprueban las recomendaciones 22, 23 y 24.
Además de velar por el debido seguimiento de las recomendaciones aquí aprobadas, la Coordinación de Programas Electorales deberá realizar las previsiones correspondientes para llevar a cabo lo siguiente:
I.- Para el caso de las elecciones presidenciales y de diputados, en las cuales los partidos tienen derecho a la contribución del Estado, que la Contaduría implemente el monitoreo de pauta publicitaria, mediante el cual se pueda controlar que se respeten los límites de tiempo semanal en radio y televisión y páginas por edición en prensa escrita, de suerte que todo exceso sea rechazado de los gastos que se liquiden por concepto de propaganda.
II.- Planificar la forma de implementar los debates temáticos para los candidatos a la Presidencia de la República y a las Alcaldías, en las próximas elecciones nacionales y municipales, respectivamente.
III.- Al igual que en las elecciones nacionales y municipales del año 2006, que la Oficina de Coordinación de Programas continúe implementando la ficha técnica y programática, tanto de los candidatos a la presidencia como de los candidatos a los puestos de alcalde, para lo cual diseñará un solo documento que contemple dicha información, así como los programas de gobierno.
IV.- Valorar la posibilidad de ampliar el ancho de banda de la Web del TSE, para facilitar al elector las consultas de los centros de votación, de forma que la misma se haga a través de Internet, de manera eficiente en los días cercanos a la jornada electoral y sin perjuicio de la facilidad del teléfono 120.
V.- En vista que ya se completó el informe de costos del proceso de referéndum, deberá determinarse, con base en el monto total resultante, el costo individual por elector inscrito en el Padrón Nacional Electoral vigente para dicho proceso, cálculo que también debe realizarse para el caso de las elecciones municipales y, en la medida de las posibilidades, para las elecciones presidenciales del año 2006. En éstas últimas no debe incluirse dentro del cálculo lo pagado por concepto de contribución del Estado a los partidos políticos. Finalmente, deberá realizarse un análisis del costo de las elecciones en otros países para la elaboración de un cuadro comparativo, para lo cual se deberá aplicar un mismo tipo de cambio, que podría ser la conversión a dólares, para facilitar la comparación de dichos costos.
VI.- Además de publicar en estrados las resoluciones de las candidaturas inscritas, que el programa de Inscripción de Candidaturas tome las previsiones del caso para que se implemente una pizarra electrónica, de manera que las citadas resoluciones también sean publicadas en nuestra página web.
VII.- Que la Comisión de Productos Gráficos realice un análisis de los formularios que actualmente se remiten a las Juntas Receptoras de Votos (telegramas, acta de apertura y cierre, certificación del artículo 121, inciso k, entre otros), a los efectos que se simplifiquen estos documentos para las próximas elecciones y procesos consultivos.
VIII.- Que el Programa de Asesores Electorales haga indicación expresa a los auxiliares electorales o delegados del TSE, según sea el caso, para que se lleve un control de los electores que hacen uso de la plantilla en Braille y demás ayudas técnicas, así como de la reacción del elector frente a dichas facilidades.
IX.- Refórmese el Reglamento para la Observación Internacional de Procesos Electivos y Consultivos para que, en lo sucesivo, sólo se acrediten como observadores internacionales a organizaciones reconocidas a nivel internacional y con amplia experiencia en procesos de observación internacional.
ASUNTOS EXTERNOS.
ARTÍCULO QUINTO.- Se conocen los siguientes asuntos:
- Solicitud de audiencia para tratar voto de personas ciegas en Nicaragua.
a) Del señor Alberto Cabezas Villalobos se conocen fax (2) correspondientes a notas del 30 de julio y 1º de agosto del 2008, recibidos en esas mismas fechas en la Secretaría del despacho, mediante las cuales refiere que estuvo en la hermana República de Nicaragua del 13 al 30 de julio pasado, donde dio a conocer la experiencia costarricense de los electores ciegos, quienes votaron por primera vez , y respecto de lo cual expresa que le gustaría reunirse para dialogar acerca de este tema con el señor Presidente de este Tribunal, o con alguno de sus integrantes, y ver la posibilidad de que este organismo electoral pueda auxiliar en la celebración de votaciones de ese tipo en Nicaragua.
Se dispone: La señora Ana Hazel Villar Barrientos, Encargada del Programa de Equiparación para las Condiciones en el Ejercicio del Voto, atenderá al señor Cabezas Villalobos e informará lo pertinente a este Tribunal. ACUERDO FIRME.
-Seminario Internacional de Jurisprudencia Electoral.
Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Sobrado González.
b) Se dispone: Autorizar al señor Magistrado Presidente Sobrado González para que, entre el 1º y el 3 de setiembre de 2008 asista, en calidad de expositor, al “Seminario Internacional de Jurisprudencia Electoral”, a celebrarse en México, según invitación cursada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Los gastos correspondientes serán asumidos por el organismo electoral mexicano. Para sustituirlo, previo sorteo, se designa al Magistrado Rodríguez Chaverri. En su ausencia, la Presidencia ad interim la ejercerá la Magistrada Zamora Chavarría. ACUERDO FIRME.
El señor Magistrado Sobrado González se reincorpora al Salón de Sesiones.
ASUNTOS MUNICIPALES.
ARTÍCULO SEXTO.- Se conocen los siguientes asuntos:
a) De los señores Geiner Mora Miranda y Cristian Navarro Sánchez, por su orden Presidente y Secretario en ejercicio del Concejo Municipal de Montes de Oca, se conoce oficio n.º SM-863/2008 de fecha 15 de julio de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 18 de julio de 2008, mediante el cual transcriben el acuerdo del artículo n.º 9.3 de la sesión ordinaria n.º 114/2008, celebrada por dicho Concejo el 30 de junio de 2008, en el cual se dispuso solicitar pronunciamiento a este Tribunal en relación con el procedimiento a realizar en casos de adhesiones de un partido político a otro cuando se trata de un miembro del Concejo o de Síndicos.
Se dispone: Hacer del conocimiento de dicho Concejo que no existe tal procedimiento. Para una mejor comprensión del asunto de fondo que interesa, proceda la Secretaría a remitir la jurisprudencia de este Tribunal que se pronuncia sobre el particular. ACUERDO FIRME.
b) De la señora Deynis Pérez Arguedas, Auditora Interna de la Municipalidad de Coto Brus, se conoce oficio n.º AI-177-2008 de fecha 17 de julio de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 23 de julio de 2008, mediante el cual solicita criterio de este Tribunal en relación con la procedencia legal del nombramiento que realiza un Alcalde Municipal para que un Alcalde suplente realice labores específicas que aquél le vaya indicando.
Se dispone: Proceda la Secretaría del despacho a remitir a la señora Pérez Arguedas jurisprudencia de este Tribunal sobre el particular, que da puntual respuesta a su interrogante. ACUERDO FIRME.
c) De varios miembros del Concejo Municipal de Tibás se conocen memoriales de fechas 15 y 23 de julio, ambos recibidos en la Secretaría del despacho el 25 de julio de 2008, mediante los cuales presentan denuncias contra el señor Jorge Salas Bonilla, Alcalde Municipal de Tibás y contra la señora Estrella Pérez Fuentes, Regidora de dicho Concejo.
Se dispone: Turnar al Magistrado que corresponda. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
Eugenia María Zamora Chavarría |
Max Alberto Esquivel Faerron |