ACTA Nº 58-2008

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del primero de julio de dos mil ocho, con asistencia de la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, quien preside, y los señores Magistrados Ovelio Rodríguez Chaverri y Fernando del Castillo Riggioni. 

APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.

ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

INFORMES DE LOS SEÑORES MAGISTRADOS.

Sale del Salón de Sesiones la señora Magistrada Zamora Chavarría.

ARTÍCULO SEGUNDO.- De la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, se conoce oficio STSE-2064-2008 de fecha 25 de junio de 2008, recibido ese mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual hace entrega del Informe de Misión correspondiente al viaje que realizó al Ecuador, el pasado mes de abril del año en curso, atendiendo la invitación de la Organización de los Estados Americanos (OEA) -Departamento para la Cooperación y Observación Electoral- para participar en la V Reunión Interamericana de Autoridades electorales, efectuada en Quito, los días 22, 23 y 24 de ese mes. Asimismo adjunta una serie de documentos para que sean remitidos a la Biblioteca institucional y solicita a este Tribunal agradecer las atenciones recibidas del Tribunal Supremo Electoral del Ecuador y de la OEA.

Se dispone: Tener por presentado el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal. Conforme lo solicita la señora Magistrada Zamora Chavarría, remítase atenta nota de agradecimiento al Tribunal Supremo Electoral del Ecuador y a la Organización de los Estados Americanos por las atenciones dispensadas a la Licda. Zamora Chavarría durante el desarrollo del citado evento. Envíese la documentación que se aporta a la Biblioteca de estos organismos.

La señora Magistrada Zamora Chavarría reingresa al Salón de Sesiones.

ASUNTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA.

ARTÍCULO TERCERO.- Se conocen los siguientes asuntos:

a) Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i., se conoce oficio n.º PROV-1236-2008 de fecha 30 de junio de 2008, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:

“[…] me permito informar a la señora y señores Magistrados, el resultado del estudio de las ofertas sometidas en la Licitación Abreviada Nº.2008LA-000174-85002, que se tramitó para la: “Compra de Equipo para Embozar e Indentar las Cédulas de Identidad” de conformidad con el artículo 44 y 45 de la Ley de Contratación Administrativa y con los artículos 97 y siguientes de su Reglamento, por lo que se procede a brindar el informe respectivo en los siguientes términos:

1. OFERTAS PRESENTADAS

Oferta Nº 1: IDNET S.A.

Oferta Nº 2: ABM DE COSTA RICA S.A.

2. ASPECTOS LEGALES

2.1. Que se determinó el día 04 de junio del 2008 a las 10:00 horas para la apertura de las ofertas, con el siguiente resultado:

Las ofertas cumplen con los apartados de admisibilidad y los aspectos legales, lo que las hace elegibles.

3. ASPECTOS TECNICOS:

De conformidad con el oficio DTIC-0949-2008, DTIC-1019-2008 y DTIC-1035-2008 del 9, 18 y 20 de junio de 2008, respectivamente, suscritos por el señor Gerardo Hernández Granda Jefe a.i. del DTIC, se indica que de conformidad con las especificaciones técnicas solicitadas en el cartel de la presente contratación, las ofertas presentadas reúnen las condiciones cartelarias solicitadas por la Administración.

4. ADMISIBILIDAD

La oferta cumple con los aspectos de admisibilidad solicitados en el cartel.

5. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA  

PROGRAMA
SOLICITUD DE PEDIDO
MONTO
ELECTORAL (850-02)
4010820204 (Modificada)
¢39.700.000,00
 

La Contaduría estableció mediante constancia suscrita por el Lic. Gilberto Gómez Guillén, Contador del Tribunal Supremo de Elecciones, de las ocho horas y cuarenta minutos del treinta de junio del año en curso, que la citada Solicitud de Pedido cuenta con los fondos respectivos, cumpliéndose así con lo preceptuado en el artículo 8 de la Ley de Contratación Administrativa, en lo que a disponibilidad presupuestaria se refiere como prerrequisito para iniciar la contratación.

6. RESULTADO DEL ANALISIS

De conformidad con el cuadro económico de las ofertas presentadas y el criterio técnico emitido por el DTIC, la oferta presentada por ABM DE COSTA RICA S.A. es la oferta que presenta el precio más económico y es técnica y legalmente elegible. Se cuenta con recursos económicos suficientes para atender la eventual erogación, incluido el porcentaje estipulado para atender diferencias cambiarias.

7. RECOMENDACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN

Efectuado el análisis correspondiente, ajustándose el presupuesto destinado para esta compra según la Solicitud de Pedido No. 4010820204 y tomando en cuenta, los aspectos legales y técnicos, se recomienda adjudicar a la oferta Nº 2 de ABM DE COSTA RICA S.A. por un monto en dólares de $68.990,00, de conformidad con el siguiente detalle:

Línea Nº 1 Oferta Nº 2 de ABM DE COSTA RICA S.A. por un monto de $68.990,00 que incluye el mantenimiento correctivo y preventivo por un año sin costo adicional, así como la transferencia de conocimiento. Plazo de entrega de 15 días hábiles luego de entregados los documentos para desalmacenar.

En caso que esta recomendación sea compartida por el Tribunal, es menester además, que se comisionen las siguientes actuaciones:

1) Que el Departamento Legal defina la vía de formalización de la contratación.

2) Que se ratifique al señor Oliver (sic) López, Jefe de Cédulas (sic), como Órgano Fiscalizador, o quien le sustiya en sus ausencias temporales o permanentes.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar según se recomienda. ACUERDO FIRME.

b) Del señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se conoce oficio n.º DTIC-1066-2008 del 27 de junio del 2008, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, el que se transcribe a continuación:

“En atención al Oficio STSE-2026-2008 del 23 de junio, concerniente al recordatorio sobre lo requerido en el oficio STSE-1400-2008, en donde se comunica el acuerdo sobre el interés de atender lo relativo al uso del medio CompraRed y sobre la viabilidad de implementación de una interfase entre los sistemas SIGAF-SIAC, se indica que los sistemas SIGAF-SIAC, son dos sistemas que no pertenecen al Tribunal, somos simples usuarios a los cuales se nos brinda una licencia para colaborar en la función propia de los organismos propietarios de esos sistemas.

En vista que los sistemas no han sido construidos por el personal del DTIC y no poseemos los códigos fuentes para modificarlos, ni conocemos su construcción y características técnicas y funcionales (apoderamiento técnico), como usuarios del sistema, se deberían presentar a los constructores del sistema, los requerimientos de usuario necesarios para que la función esperada por el Tribunal se pueda realizar.

De todas formas, este Departamento está solicitando mediante oficio dirigido al Director Ejecutivo, para que se convoque a la reunión ordenada por el Superior, con el fin de conocer más de lo expuesto por la Licda. Mannix Arnold y el Lic. Herrera Herrera, para poder emitir un criterio más concreto de lo recomendado por estos dos funcionarios.”.

Se dispone: Tomar nota. Este Tribunal confirma su interés en que se le recomiende lo que proceda, según se ordenó en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 39-2008, celebrada el pasado 5 de mayo y comunicado mediante oficio n.º STSE-1400-2008, por lo que a la mayor brevedad los despachos concernidos programarán una reunión de coordinación, sobre cuyos resultados informarán oportunamente y a la brevedad a este Tribunal. ACUERDO FIRME.

ASUNTOS DE PERSONAL.

ARTÍCULO CUARTO.- Se conocen los siguientes asuntos:

Nombramientos interinos en el Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones y en la Sección de Inscripciones.

a) Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario de este Tribunal, se conoce oficio STSE-2063-2008 de fecha 25 de junio de 2008, mediante el cual eleva en consulta la resolución de las trece horas con treinta minutos del veinticinco de junio de dos mil ocho, en la que se dispone ascender interinamente a partir del 16 de julio de 2008, a la servidora Carolina Cordero Álvarez, a una nueva plaza de Profesional de Gestión de Servicios Especiales que se incluyó en el presupuesto institucional del presente año, asignada al Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones.

Se dispone: Aprobar.

b) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:

1) Oficio n.º RH-0923-2008 de fecha 26 de junio de 2008, recibido el 30 de junio de 2008 en la Secretaría del despacho, el cual literalmente dice:

“Con ocasión de la incapacidad por maternidad que se le otorgó hasta el próximo 2 de julio a la señora Lady Pérez Moreira, quien se desempeña como secretaria en el área de Letrados, el Tribunal Supremo de Elecciones dispuso aprobar los nombramientos interinos de la señora Karen Bonilla Sánchez en sustitución de Lady Pérez, del señor José Esteban González Sequeira en reemplazo de Karen Bonilla y del señor Rolando Araya Mora para sustituir al señor José Esteban González.

Posteriormente, en sesión ordinaria 46-2008 del 27 de mayo de este año, oficio número STSE-1805-2008, el Superior aprobó el ascenso interino de la señora Bonilla Sánchez al puesto de Secretaria en la Sección de Coordinación de Servicios Regionales, pues la titular de este último fue ascendida también interinamente a un cargo en el Departamento de Proveeduría por el resto del presente año. En virtud de lo anterior, su ausencia en la Sección de Inscripciones ya no será hasta el 2 de julio como estaba previsto inicialmente, sino que se extenderá hasta el 31 de diciembre.

Siendo así, el Lic. Eric Schmidt Fonseca, quien actualmente se desempeña como Jefe a.i. de la Sección de Inscripciones, solicita mediante oficio INS-599-2008 del pasado 23 de junio que se mantengan los nombramientos de los señores González Sequeira como Asistente de Operación y Araya Mora como Auxiliar de Operación mientras permanezca vigente el anterior movimiento.

Salvo superior criterio, los nombramientos interinos que se proponen bien se pueden prorrogar con fundamento en el artículo noveno del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría a partir del próximo 3 de julio y hasta que la señora Bonilla Sánchez regrese a su plaza o haya que nombrar en ella a un nuevo propietario.”.

Se dispone: Aprobar la prórroga de los nombramientos interinos de los señores José Esteban González Sequeira y Rolando Araya Mora, conforme se solicita, a partir del próximo 3 de julio de 2008 y hasta que la señora Karen Bonilla Sánchez regrese a su plaza o se nombre en ella a un nuevo propietario. ACUERDO FIRME.

2) Oficio n.º RH-0925-2008 del 26 de junio del 2008, recibido en esa misma fecha en la Secretaría del despacho, con el que remite a consideración el oficio n.º INS-606-2008 que suscribe el Lic. Eric Schmidt Fonseca, Jefe a.i. de la Sección de Inscripciones, mediante el cual solicita que se prorrogue por el resto del año el nombramiento del señor Minor de Jesús Vargas López en la plaza de Auxiliar de Operación de Servicios Especiales asignada a la sección a su cargo.

Indica el señor Carías Mora que si bien esa plaza se presupuestó por los doce meses del presente año, en sesión ordinaria n.º 123-2007 celebrada el 11 de diciembre de 2007, oficio número STSE-5926-2007 del 13 de diciembre de 2007, el Superior aprobó el nombramiento interino del señor Vargas López en ella por el primer semestre. En caso de que no se tenga objeciones, la prórroga pretendida se puede efectuar con fundamento en lo que señala el artículo 9º del Reglamento a nuestra Ley de Salarios y regiría del 1º de julio al 31 de diciembre del presente año. La gestión cuenta con el aval de la Dirección General del Registro Civil.

Se dispone: Aprobar el nombramiento interino conforme se propone, a partir del 1º de julio del año en curso. ACUERDO FIRME.

Solicitud de encargo de funciones en el Departamento Legal y en la Oficina de Comunicación y Protocolo.

c) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:

1) Oficio n.º RH-0914-2008 del 24 de julio del 2008, recibido en la Secretaría del despacho el pasado 25 de ese mes, con el que eleva a consideración el oficio n.º DL-290-2008 recibido el pasado 20 de junio en este despacho, suscrito por la Licda. Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, mediante el cual solicita que durante los cinco días de vacaciones que disfrutará a partir del próximo 7 de julio, sus funciones se encarguen en la señora Marta Castillo Víquez, quien labora como Profesional Especializado dentro de ese mismo departamento y en otras oportunidades ha asumido la responsabilidad que ahora se le pretende endosar.

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita.

2) Oficio n.º RH-0941-2008 del 30 de junio del 2008, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Para los efectos consiguientes, me permito elevar a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones el oficio número CYP-192-2008 recibido el pasado 27 de junio en este despacho que suscribe el Lic. Javier Matamoros Guevara, Profesional de Gestión de la Oficina de Comunicación y Protocolo, mediante el cual informa que la Licda. Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de esa oficina, fue incapacitada por el período comprendido entre el 26 de junio y el 3 de julio del año en curso.  

En virtud de lo anterior, se recomienda que durante la ausencia de la Licda. Jiménez Rodríguez, sus funciones se encarguen en el Lic. Matamoros Guevara, quien en múltiples oportunidades ha asumido esa misma responsabilidad.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar el encargo de funciones, a partir de la firmeza de este acuerdo. ACUERDO FIRME.

Autorización para firmar constancias y certificaciones de hechos civiles.

d) De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio DG-0513-2008 de fecha 25 de junio de 2008, recibido el 26 de junio de 2008 en la Secretaría del despacho, mediante el cual eleva a conocimiento de este Tribunal el oficio CSR-357-2008 de fecha 23 de junio del año en curso, suscrito por el señor Rodolfo Villalobos Orozco, Coordinador de Servicios Regionales, en el que solicita autorización para que la servidora Nelly Sánchez Franco, Auxiliar de Operación de la Oficina Regional de Corredores, pueda firmar las constancias y certificaciones de hechos civiles que emiten estos organismos electorales. Al respecto, la señora Castro Dobles pide que en aras del buen servicio público, se conceda la autorización requerida.

Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a la señora Nelly Sánchez Franco, para que firme certificaciones de hechos civiles, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial. Para esos efectos regístrense ante la Secretaría del despacho la firma y los sellos que utilizará la referida servidora. Publíquese. ACUERDO FIRME.

Reforma del Reglamento del Concurso Público para el Proceso de Reclutamiento, Selección y Nombramiento del Auditor y Subauditor Internos.

e) De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.º DL-295-2008 de fecha 24 de junio de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 25 de junio de 2008, al cual adjunta informe relativo al decreto de reforma del Reglamento de Concurso Público para el Proceso de Reclutamiento, Selección y Nombramiento del Auditor y Subauditor Internos de estos organismos electorales, según lo ordenado por este Tribunal en la sesión ordinaria n.º 5-2008, celebrada el 15 de enero de 2008.

Se dispone: Promulgar el decreto que interesa, cuya publicación se ordena, bajo el siguiente texto:

“N.º 03-2008

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

De conformidad con las atribuciones que le confieren el inciso 10) del artículo 102 de la Constitución Política y el inciso f) del artículo 19 del Código Electoral,

DECRETA:

La siguiente:

REFORMA A LOS ARTÍCULOS 1, 13 Y 14 DEL REGLAMENTO

DE CONCURSO PÚBLICO PARA EL PROCESO DE RECLUTAMIENTO,

SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR Y SUBAUDITOR

INTERNOS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

Artículo 1.- Refórmense los artículos 1, 13 y 14 del Reglamento de Concurso Público para el Proceso de Reclutamiento, Selección y Nombramiento del Auditor y Subauditor Internos del Tribunal Supremo de Elecciones, Decreto n.º 02-2006 publicado en La Gaceta n.º 30 del 10 de febrero de 2006, cuyos textos se leerán, respectivamente:

“Artículo 1.- De la naturaleza. El presente Reglamento tiene como propósito regular el proceso de reclutamiento, selección y nombramiento del Auditor y Subauditor Internos del Tribunal Supremo de Elecciones -en adelante Tribunal- de conformidad con lo estipulado en los artículos 29 y 31 de la “Ley General de Control Interno” n.º 8292 del 31 de julio de 2002 y los “Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, y las condiciones para las gestiones de nombramiento en dichos cargos”, resolución n.º R-CO-91-2006, emitida por la Contraloría General de la República -en adelante Contraloría- publicada en La Gaceta n.º 236 del 08 de diciembre de 2006, así como lo dispuesto en la “Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil” n.º 4519 del 24 de diciembre de 1969 en lo que fuere compatible con este proceso.”.

“Artículo 13.- Sobre la conformación de la terna. La terna será conformada por los tres candidatos que hayan obtenido las calificaciones más altas de entre los elegibles. Corresponderá a la unidad responsable del proceso elaborar la terna, con base en la lista de los diez candidatos elegibles disponibles que hayan obtenido las calificaciones más altas dentro del concurso. En caso de que la nómina no alcance los diez candidatos elegibles, será integrada por quienes obtuvieron esa condición siempre y cuando sean suficientes para conformar la terna. Si de los tres candidatos que conforman la terna, uno o más se retiran del concurso por cualquier motivo, su lugar será ocupado por el siguiente candidato elegible de la nómina elaborada, en orden de calificación.”.

“Artículo 14.- De la aprobación del proceso del concurso. Concluido el proceso del concurso, la unidad responsable presentará al Tribunal el informe sobre todo lo actuado, el expediente completo y la terna correspondiente para su aprobación o improbación.”.

Artículo 2.- Rige a partir de su publicación.”. ACUERDO FIRME.

ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

ARTÍCULO QUINTO.- Se conocen los siguientes asuntos:

- Cálculo financiero para la inauguración de la Tarjeta de Identidad de Menores en Oficinas Regionales.

a) De la señora Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, se conoce oficio n.º CYP-176-2008 del 17 de junio del 2008, recibido ese mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual presenta el cálculo de la inversión requerida para realizar la inauguración del servicio de Tarjeta de Identidad de Menores en las Oficinas Regionales de Pococí, San Ramón y Nicoya, durante el 2008 y según detalla.

Indica la señora Jiménez Rodríguez que según el desglose que presenta, el costo total del proyecto de Inauguración del servicio TIM para el 2008, sería de ¢3.840.000, más el costo por jornada extraordinaria que se determinará en el momento que se definan las personas que asistirán a cada una de las giras, pues debe ser determinada según su categoría de puesto.

Se dispone: Aprobar conforme se desglosa.

- Informe sobre situación del laboratorio de pruebas de ADN.

b) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio DE-655-2008 de fecha 25 de junio de 2008, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, mediante el cual informa que en conversación sostenida el 24 del presente mes con el Dr. Eduardo Cambronero Hernández, Director General de Redes de Servicios de Salud de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), manifestó que el laboratorio de pruebas de ADN se encuentra funcionando normalmente y por ende se ha regulado la entrega de los resultados en cuanto a Paternidad Responsable.

Se dispone: Tomar nota de lo que informa el Lic. Víquez Jiménez.

- Sistema contable para controlar el financiamiento de los partidos políticos.

c) Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio n.º CONT-435-2008 de fecha 26 de junio de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 27 de junio de 2008, mediante el cual literalmente manifiesta:

“En relación con lo dispuesto por el Tribunal en sesión Nº STSE-1977-2008 del 17 de junio del año en curso, sobre las conclusiones cuarta y quinta del Departamento Legal y de conformidad con lo acordado en reunión con la Licda. Mary Anne Mannix Arnold y el Lic. Erick Guzmán Vargas me permito señalar que en cuanto a la recomendación 6.6 de este despacho planteada en Oficio Nº 374-2008 sobre la adquisición de un sistema contable por parte del Tribunal con sus respectivas licencias para facilitarlas a título de préstamo a los partidos políticos, es cierto que el Departamento Legal ya emitió criterio desde una perspectiva de contratación administrativa en donde señala que no existe regulación expresa que faculte al Tribunal Supremo de Elecciones a adquirir licencias de contabilidad para ser facilitadas a título de préstamo a los partidos políticos. Al respecto y al amparo del principio de legalidad administrativa la Contraloría General de la República en informe FOE –PGA-115 del 30 de marzo del 2007 coincide con el citado criterio del Departamento Legal.

La razón de la necesidad de contar con un sistema contable para los partidos políticos, es que este (sic) permite estandarizar las contabilidades de estas agrupaciones utilizando las mismas cuentas contables derivadas de los reglamentos sobre financiamiento a los partidos políticos y también a nivel de reportes, de manera que la presentación de los estados financieros y sus auxiliares van ser (sic) igual para todos, en el entendido de que esto facilita el análisis financiero y por otro lado le permite al Tribunal contar con un proceso integral de control de ingresos y gastos de todos los partidos políticos.

La posición de la Contaduría en este punto es que la adquisición de estas licencias es materia electoral, en razón de que lo que se pretende es controlar el financiamiento a los partidos políticos, en consecuencia la norma jurídica autorizante para adquirirlas se debe analizar al amparo del Principio de Legalidad Electoral y no desde un enfoque técnico-jurídico administrativo.

Si el Tribunal determina desde la perspectiva jurídica-electoral que si se cuenta con una norma jurídica autorizante y además se establece que se tienen los recursos económicos se estaría en la posibilidad de que la Proveeduría inicie el proceso de contratación del sistema contable con sus licencias, con el objeto de facilitarlo a los partidos políticos inscritos a escala nacional y provincial a título de préstamo, con la finalidad de que lleven el registro de sus operaciones y sus gastos conforme lo establece el artículo 8 del Reglamento Sobre el Pago de los Gastos de los Partidos Políticos emitido por la Contraloría General de la República.”.

Se dispone: Pase a estudio individual de la señora Magistrada y los señores Magistrados. ACUERDO FIRME. 

- Informe de control interno de la Auditoría Interna.

d) Del señor Juan Vicente García Matamoros, Subauditor interno, se conoce oficio AI-123-2008 de fecha 27 de junio de 2008, recibido el 30 de junio de 2008 en la Secretaría del despacho, mediante el cual, con el propósito de dar cumplimiento a lo que establece el Manual para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público en su aparte 2.5.4.1, “Comunicación verbal de los resultados de los servicios de auditoría”, solicita respetuosamente se les conceda una audiencia para la presentación del informe denominado “Informe de Control Interno sobre la transferencia y administración de los recursos que el Tribunal Supremo de Elecciones aporta a la ASOTSE”. Agrega el licenciado García Matamoros, que en virtud de la materia objeto del indicado informe, salvo mejor criterio de este Tribunal, esa Auditoría estima conveniente que se cuente con la participación de los señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo; Gilberto Gómez Guillén, Contador Institucional; Marcos Zúñiga Alvarado, Jeimy González Ardón y Germán Chacón Andrés, Presidente, Administradora y Contador de dicha organización, respectivamente.

Se dispone: Conceder la audiencia solicitada para próximo 23 de julio del año en curso, a las catorce horas, a la cual asistirán las personas sugeridas. ACUERDO FIRME.

ASUNTOS DE COMISIONES INSTITUCIONALES.

ARTÍCULO SEXTO.- Se conocen los siguientes asuntos:

a) De la señora Ana Isabel Fernández Alvarado, en su condición de Coordinadora de la Comisión de Rescate de Valores, se conoce oficio CRV-012-2008 de fecha 24 de junio de 2008, recibido el 25 de junio en la Secretaría del despacho, con el cual informa que la licenciada Rocío Montero Solano ha manifestado su imposibilidad de continuar como miembro de esa Comisión, por motivos laborales que le demandan tiempo y dedicación, aunque está en disposición para seguir colaborando. En virtud de lo anterior, la señora Fernández Alvarado, al considerar la importancia de que esa Comisión cuente con miembros de diferentes áreas de estos organismos con la finalidad de promover y divulgar los valores institucionales, solicita en forma atenta y si a bien se tiene, se acepte la renuncia supracitada y se incluya como miembros de la referida Comisión a los funcionarios Flor Calvo Gómez de la Dirección Ejecutiva; Marta Marín Rosales del Departamento de Recursos Humanos, Max Solórzano Alvarado de la Contraloría de Servicios, y Alejandra Ocampo Rodríguez de Oficina de Comunicación y Protocolo.

Se dispone: Aprobar conforme se solicita.

b) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Coordinador de la Comisión de Construcciones, se conoce oficio n.º CC-088-2008 del 25 de junio del 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 27 de ese mes, con el que adjunta copia del acta de la reunión ordinaria n.º 623-08, celebrada el 23 de junio pasado por esa Comisión.

Se dispone: Tomar nota. Continúese informando sobre el particular.

ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.

ARTÍCULO SETIMO.- De la señora Ilenia Ortiz Ceciliano y el señor Carlos Murillo Alvarado, Secretaria General y Secretario General Adjunto, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.º UNEC-93-2008 del 27 de junio del 2008, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, con el que dan respuesta a lo acordado en la sesión ordinaria n.º 47-2008, artículo segundo, del 29 de mayo de 2008, respecto a su solicitud de aumento salarial por costo de la vida.

Por las razones que exponen, la señora Ortiz Ceciliano y el señor Murillo Alvarado, concluyen lo que se transcribe a continuación:

“(…) En síntesis: hay un error aritmético claro, por lo que consideramos importante que esto se resuelva en una reunión ya que la diferencia entre lo que menciona la comisión y lo que es real es bastante significativo, más cuando de lo que se trata es del aumento adeudado a los servidores abnegados de ese Tribunal y del Registro Civil, asimismo reiteramos nuestro deseo de que nos señale una audiencia a la mayor brevedad, para evitar que se confundan nuestras diligencias con el año preelectoral que ya se avecina a fin de resolver, de manera civilizada y con el diálogo, el diferendo que por aumentos salariales existe.”.

Se dispone: De previo a conceder la audiencia solicitada, pase este asunto a la Comisión de Presupuesto, la cual informará in extensu lo pertinente a la mayor brevedad posible. ACUERDO FIRME.

ASUNTOS EXTERNOS VARIOS.

ARTÍCULO OCTAVO.- Se conocen los siguientes asuntos:

- Consultas legislativas sobre proyectos de ley en trámite.

a) De la señora Rosa María Vega Campos, Jefa de Área de la Comisión Permanente de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa, se conoce fax relativo al oficio n.º CG-345-08 de fecha 26 de junio de 2008, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual, atendiendo instrucciones de la señora Olga Marta Corrales Sánchez, Diputada y Presidenta de dicha Comisión, consulta el criterio de este Tribunal en relación con el Proyecto de Ley denominado “Creación del Cantón XII de la Provincia de Puntarenas, Orocú”, el cual se tramita bajo número de expediente 16.456, para lo cual se fija el plazo de ocho días hábiles.

Se dispone: Para la elaboración del proyecto de respuesta respectivo -que deberá rendirse a más tardar el 7 de julio de 2008- pase al Departamento Legal, el cual contará con la colaboración de la Contraloría Electoral. Para su examen, se fijan las 11:00 horas del 3 de julio de 2008. ACUERDO FIRME.

- Solicitudes de recolección de firmas para un eventual referéndum.

b) De la señora Alexandra Loría Beeche y los señores Jorge Fisher Aragón, Gustavo Edwards Valerín y Cleto Lacey Lacey, se conoce memorial de fecha 26 de junio de 2008, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual solicitan “[…] la autorizaciòn (sic) para la recolección de las firmas necesarias, en orden a convocar al pueblo costarricense a un referéndum que apruebe o impruebe el Proyecto de Ley, identificado como: “LEY DE UNIÓN CIVIL ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO”, que se encuentra en estudio en la Asamblea Legislativa bajo el Expediente número: “16390”, publicado en el Diario Oficial La Gaceta nùmero (sic) 214 del dìa (sic) 8 de Noviembre del año 2006. […]”.

Se dispone: Túrnese a la señora Magistrada o al señor Magistrado que corresponda. Comuníquese a los gestionantes. ACUERDO FIRME.

ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

ARTÍCULO NOVENO.- Del señor Christian Guillermet Fernández, Director General de Política Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, se conoce fax correspondiente al oficio n.º DGPE/PE II-265/08 del 23 de junio del 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 26 de ese mes, con el que se refiere a la convocatoria a Referéndum Revocatoria de Mandato en la República de Bolivia, que está previsto a realizarse el próximo domingo 10 de agosto del año en curso.

Por las razones que expone, indica el señor Guillermet Fernández que la Embajada de la República de Bolivia ha solicitado a ese Ministerio que transmita la invitación para que una Delegación de Observadores Electorales de Costa Rica participen en dicho proceso electoral, quienes deberán cubrir los gastos que demande el desplazamiento a dicho evento, por cuanto por razones presupuestarias el Gobierno boliviano se ve imposibilitado de hacerlo.

Se dispone: Agradecer la invitación cursada por la Embajada de la hermana República de Bolivia, la cual se declina por no tener el Tribunal presupuesto para atender invitaciones como la que se le cursa. Se le desea a la Corte Nacional Electoral éxito en el proceso que debe atender. ACUERDO FIRME.

A las dieciséis horas terminó la sesión. 

 
 
 
Eugenia María Zamora Chavarría
 
 
 
 
Ovelio Rodríguez Chaverri
 
 
 
 
Fernando del Castillo Riggioni