ACTA Nº 53-2008
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del diecinueve de junio de dos mil ocho, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría y el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron.
APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.
ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ASUNTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:
a) Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i. de este Tribunal, se conoce:
1) Oficio n.º PROV-1080-2008 de fecha 11 de junio de 2008, recibido el 16 de junio en la Secretaría del despacho, mediante el cual informa sobre el resultado del estudio de las ofertas sometidas en la Licitación Abreviada n.º 2008LA-000130-85001, que se tramitó para la: “Compra de Insumos para la Elaboración de Tarjetas de Identidad de Menores (TIM) por medio de Impresoras CP80” de conformidad con los artículos 44 y 45 de la Ley de Contratación Administrativa y con los numerales 97 y siguientes de su Reglamento; y, de conformidad con las razones que se exponen, literalmente recomienda:
“Efectuado el análisis correspondiente, ajustándose el presupuesto destinado para esta compra según la Solicitudes de Pedido No. 4010820043 y 4010820063 y tomando en cuenta la valoración económica, los aspectos legales y técnicos, se recomienda adjudicar a la oferta 02 del Consorcio CR Soluciones/ABM por un monto en dólares de $55.192,16, según el siguiente detalle:
Item |
Cantidad |
Descripción |
Monto Unitario |
Monto Total |
1 |
120 |
Cintas de colores YMCK-K para impresión de tarjetas PVC en impresora CP-80 |
$129,63 |
$15.555,60 |
2 |
160 |
Lámina protectora para impresión de tarjetas PVC en Impresoras CP-80 |
$ 47,37 |
$ 7.579,20 |
3 |
172 |
Cintas holográficas para impresión de tarjetas PVC en impresoras CP-80 |
$186,38 |
$32.057,36 |
TOTAL FINAL |
$55.192,16 |
En caso que esta recomendación sea compartida por el Tribunal, es menester además, que se comisionen las siguientes actuaciones:
1) Que el Departamento Legal defina la vía de formalización de la contratación.
2) Que se ratifique al señor Jaime Madriz Muñoz, Contralor Electoral, como Órgano Fiscalizador, o quien le sustiya en sus ausencias temporales o permanentes.”.
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. Se ratifica como Órgano Fiscalizador del respectivo contrato, al señor Jaime Madriz Muñoz, o quien lo sustiya en sus ausencias temporales o permanentes. Proceda el Departamento Legal según corresponda. ACUERDO FIRME.
2) Oficio n.º PROV-1081-2008 de fecha 11 de junio de 2008, recibido el 17 de junio en la Secretaría del despacho, el cual literalmente dice:
"Por su intermedio, me permito informar a la señora y señores Magistrados, el resultado del estudio de las ofertas sometidas (sic) en la Licitación Abreviada Nº.2008LA-000194-85001, que se tramitó para la:"Compra de Vehículos de Transporte” de conformidad con el artículo 44 y 45 de la Ley de Contratación Administrativa y con los artículos 97 y siguientes de su Reglamento, por lo que se procede a brindar el informe respectivo en los siguientes términos:
1. NO SE PRESENTARON OFERTAS
2. ASPECTOS LEGALES
Que se determinó el día 11 de junio del 2008 a las 10:00 horas para la apertura de las ofertas, no habiéndose presentado ninguna oferta.
3. DECLARATORIA DE INFRUCTUOSIDAD
De acuerdo con lo anterior y con arreglo al artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, en estas circunstancias debe el Tribunal dictar una resolución motivada que declare infructuoso el concurso respectivo, y en ese sentido se recomienda, salvo mejor criterio, trasladar el asunto al Departamento Legal para lo respectivo. Asímismo, conforme a una reunión sostenida entre los señores Erick Schmidt Fonseca, Ejecutivo Supervisor de la Dirección Ejecutiva, Marco Zuñiga Alvarado, Encargado de la Unidad de Transportes y el suscrito se recomienda valorar la promoción de un nuevo concurso para la adquisición pura y simple del vehículo sedan y los pick Ups (sic) agregarlos a la contratación que se tramitará para el subprograma presupuestario 02, una vez que se concrete el trámite de trasferencia de recursos respectivo. Se recomienda a su vez que la Dirección Ejecutiva valore la posibilidad de incrementar el monto presupuestado para el automovil sedán.”.
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. Proceda el Departamento Legal con lo de su cargo. ACUERDO FIRME.
3) Oficio n.º PROV-1093-2008 de fecha 13 de junio de 2008, recibido el 16 de junio en la Secretaría del despacho, el cual literalmente dice:
“Por su intermedio, me permito informar a la señora y señores Magistrados lo siguiente:
1) Por oficio No. PROV 1047-2008, del 9 de los corrientes, esta Proveeduría recomendó la adjudicación de la Licitación Abreviada No.2008LA-000092-85002: “Compra de 32 Appliances (sic) de Seguridad Adaptable Multifuncional Similar al Cisco ASA 5505”, a favor de la única oferta presentada por la empresa SPC Internacional S.A. por un monto de $217.088,64.
2) En el artículo segundo de la Sesión No. 51-2008, celebrada el doce los corrientes y comunicada mediante oficio No. STSE-1929-2008, de igual fecha, se informó que la recomendación de adjudicación propuesta por la Proveeduría fue aprobada.
3) Que la empresa SPC Internacional S.A, presentó una oferta base y una oferta alternativa, y que conforme lo indicó el Lic. Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del DTIC, en su oficio No. DTIC-0776-2008 del 19 de mayo del corriente, la primera es la que se ajusta a todas la especificaciones técnicas, no así la alternativa, ya que incumple con el ítem 9 de las características mínimas al no poseer un puerto auxiliar; sin embargo manifiesta que el funcionamiento del dispositivo no se ve afectado por la ausencia de dicho puerto, por lo que estima que esta oferta se puede considerar para efectos de adjudicación.
4) En virtud de lo anterior, y por convenir a los intereses institucionales, lo procedente es modificar la recomendación que en un principio emitió esta Proveeduría, y por ende el acto de adjudicación.
5) Que de adjudicarse la oferta alternativa, deberá rebajarse la cantidad de dispositivos de 32 a 31 ello con el fin de ajustarlo al contenido presupuestario existente.
Por todo lo anterior, esta Proveeduría recomienda modificar el acto de adjudicación recaído a favor de la empresa SPC Internacional S.A (sic), en el sentido de que dicha adjudicación es sobre la oferta alternativa, según el siguiente detalle:
Descripción |
Cantidad |
Precio Unitario |
Precio Total |
ASA5505-BUN-K9 |
31 |
$550,66 |
$17.070,46 |
Instalación y Configuración |
6 |
$500,00 |
$ 3.000,00 |
Mantenimiento Preventivo y Correctivo |
31 |
$120,00 |
$ 3.720,00 |
TOTAL FINAL |
$ 23.790,46 |
.”
Se dispone: Adjudicar según los términos formulados por el señor Proveedor a.i. ACUERDO FIRME.
4) Oficio n.º PROV-1113-2008 de fecha 13 de junio de 2008, recibido el 16 de junio en la Secretaría del despacho, mediante el cual informa sobre el resultado del estudio de las ofertas sometidas en la Licitación Abreviada n.º 2008LA-000173-85002, que se tramitó para el: “Servicio de Consultoría para la Implementación y Adopción del Proceso Unificado de Desarrollo de Software según necesidades del Tribunal Supremo de Elecciones”, de conformidad con los artículos 44 y 45 de la Ley de Contratación Administrativa y los numerales 97 y siguientes de su Reglamento; y, con fundamento en las razones que se exponen, literalmente se recomienda:
“Efectuado el análisis correspondiente, ajustándose el presupuesto destinado para esta compra según la Solicitud de Pedido No. 4010820116 y tomando en cuenta la valoración económica, los aspectos legales y técnicos, se recomienda adjudicar a la oferta 1 de G Con de Costa Rica S.A. por un monto en dólares de $59.100,00, según el siguiente desglose de pagos:
Descripción |
Monto |
Primer pago al finalizar el Desarrollo de la Etapa (sic) I y II y la implementación de la disciplina de Requerimientos (Definición del proceso, entrenamiento, proyecto piloto) |
$11.820,00 |
Segundo pago al finalizar la implementación de la disciplina de Análisis y Diseño (Definición del proceso, entrenamiento, proyecto piloto) |
$11.820,00
|
Tercer Pago al finalizar la implementación de la disciplina de Pruebas (Definición del proceso, entrenamiento, proyecto piloto) |
$11.820,00 |
Cuarto Pago al finalizar la implementación de la disciplina de Cambios (Definición del proceso, entrenamiento, proyecto piloto) |
$11.820,00 |
Quinto Pago al finalizar la implementación de la disciplina de Versiones (Definición del proceso, entrenamiento, proyecto piloto) |
$11.820,00 |
TOTAL FINAL |
$59.100,00 |
En caso que esta recomendación sea compartida por el Tribunal, es menester además, que se comisionen las siguientes actuaciones:
1) Que el Departamento Legal defina la vía de formalización de la contratación.
2) Que se ratifique al señor Néstor Cordero López, Encargado de la Acción Estratégica Rediseño de los Sistemas Civil y Electoral, como Órgano Fiscalizador, o quien le sustiya (sic) en sus ausencias temporales o permanentes.”
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. Se ratifica como Órgano Fiscalizador de la respectiva contratación, al señor Néstor Cordero López, Encargado de la Acción Estratégica Rediseño de los Sistemas Civil y Electoral, o quien le sustituya en sus ausencias temporales o permanentes. Proceda el Departamento Legal según corresponda. ACUERDO FIRME.
ASUNTOS DE PERSONAL.
ARTÍCULO TERCERO.- Se conocen los siguientes asuntos:
a) Del señor Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil, se conoce oficio DC-3444-2008 de fecha 13 de junio de 2008, recibido el 17 de junio en la Secretaría del despacho, mediante el cual, en vista del ascenso interino de la funcionaria Amelia Gutiérrez Espinoza, al cargo de Coordinadora de Apoyo, aprobado por este Tribunal en la sesión n.º 51-2008 celebrada el pasado 12 de junio, solicita se autorice a dicha servidora a firmar certificaciones expedidas por el sistema de cómputo de esa Oficialía.
Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 2º del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a la señora Amelia Gutiérrez Espinoza para que firme certificaciones del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial. Para esos efectos regístrense ante la Secretaría del despacho la firma y los sellos que utilizará la referida servidora. ACUERDO FIRME.
b) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:
1) Oficio n.º RH-0835-2008 de fecha 16 de junio de 2008, recibido el 17 de junio en la Secretaría del despacho, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal el oficio n.º DG-461-2008 que suscribe la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, con el cual solicita que durante los diez días de vacaciones que a partir del próximo 1º de julio disfrutará la señora Ana Isabel Fernández Alvarado, Oficial Mayor del Departamento Electoral, las funciones que le corresponden se recarguen al Lic. Oscar Mena Carvajal, quien se desempeña como Jefe de la Sección de Análisis y Control de ese mismo departamento y ya en otras oportunidades ha desempeñado el cargo. Agrega el señor Carías Mora que la gestión cuenta con el aval presupuestario de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría.
Se dispone: Aprobar.
2) Oficio n.º RH-0838-2008 de fecha 16 de junio de 2008, recibido el 17 de junio en la Secretaría del despacho, el cual literalmente dice:
“Para lo que a bien tenga resolver el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración el oficio número CAP-238-2008 del pasado 9 de junio que suscribe la Licda. Ana Hazel Villar Barrientos, Jefa de la Sección de Capacitación, mediante el cual informa que disfrutará 10 días de vacaciones a partir del próximo 14 de julio, motivo por el cual solicita que durante ese lapso las funciones correspondientes se le recarguen al Lic. Mario Sancho Madrigal, quien se desempeña como Profesional en Capacitación y ya en otras oportunidades ha asumido esa misma responsabilidad.
Puede apreciarse que la gestión cuenta con el aval presupuestario de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría.”
Se dispone: Aprobar.
3) Oficio n.º RH-0839-2008 de fecha 16 de junio de 2008, recibido el 17 de junio en la Secretaría del despacho, con el cual remite a consideración de este Tribunal el oficio n.º CSR-304-2008 recibido en este despacho el pasado 4 de junio y que suscribe el señor Rodolfo Villalobos Orozco, Coordinador de Servicios Regionales, mediante el cual informa que el señor Rainier Barrantes Ramírez, Jefe de la Oficina Regional de Pococí, desea disfrutar 17 días de vacaciones a partir del próximo 26 de junio y por ello solicita que durante esa ausencia, las respectivas funciones se recarguen en el señor Fabricio Alberto Cerdas Díaz, quien se desempeña como Coordinador de Apoyo en la misma sede y ya en otras oportunidades ha asumido esa responsabilidad. Agrega que dicha gestión cuenta con la anuencia de la Dirección General del Registro Civil y el aval presupuestario de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría.
Se dispone: Aprobar.
c) Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce oficio n.º CPE-185-2008 de fecha 16 de junio de 2008, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:
“[…] En oficio CPE-085-2008 del 12 de marzo del presente año, este despacho le solicitó al Tribunal la autorización para la utilización de dos plazas de profesional coordinador que se encuentran actualmente vacantes en la estructura de la Dirección de Financiamiento Privado de Partidos Políticos. Dicho oficio fue conocido en la Sesión Ordinaria N° 26-2008 celebrada el 26 de marzo del año en curso, cuyo acuerdo dispone pasar el estudio al Departamento de Recursos Humanos. Mediante oficio RH-0534-2008 el señor Ricardo Carías Mora, Jefe de Recursos Humanos, recomendó que se debía esperar el informe del estudio que estaba pendiente en conjunto del Departamento Legal, la Dirección Ejecutiva y la Coordinación de Programas Electorales respecto al funcionamiento de la Dirección de Financiamiento Privado de Partidos Políticos.
La señora Mary Anne Mannix Arnold, en conjunto con los señores Fernando Víquez Jiménez y Héctor Fernández Masís, por su orden jefa del Departamento legal, Director Ejecutivo y Coordinador de Programas Electorales, mediante oficio DL-214-2008 del 14 de mayo de los corrientes remitieron al Tribunal el informe que señala el señor Carías Mora, donde se concluye que no es recomendable proceder con la apertura de la ya citada Dirección de Financiamiento. Dicho informe fue conocido por el Tribunal en sesión ordinaria No. 45-2008 del 22 de mayo último.
Por otra parte, en sesión ordinaria No. 49-2008 del 5 de junio de este año, el Tribunal dispuso aprobar lo recomendado por la Dirección Ejecutiva en oficio No. DE-567-2008 del 30 de mayo del año en curso, respecto a la reestructuración de la Coordinación de Programas Electorales, según la cual, entre otras cosas, se reclasifican los puestos 98737 y 97559 a la categoría “Profesional Coordinador” y se incluyen 12 plazas de cargos fijos, todo con un rige a partir del 1° de enero del 2009.
En virtud que aún se encuentra pendiente lo solicitado por este despacho en el oficio CPE-085-2008 respecto a la autorización para utilizar temporalmente dos plazas de profesional coordinador ubicadas en la ya mencionada Dirección de Financiamiento, le solicito muy respetuosamente someter nuevamente a consideración de la señora y señores magistrados esta solicitud, toda vez que el informe del cual dependía dicha autorización ya fue presentado y ya se aprobaron dos plazas de Profesional Coordinador a partir del 1° de enero del 2009, de ahí que el objetivo es poder utilizar los mencionados puestos a partir del próximo 1° de julio. […]”.
Se dispone: Aprobar según se solicita y hasta que se requieran las plazas para la Dirección de Financiamiento Privado de Partidos Políticos o el ejercicio de funciones vinculadas a esa materia. Para lo de su cargo, tome nota el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
ARTÍCULO CUARTO.- Se conocen los siguientes asuntos:
-Informe de autoevaluación de la Auditoría Interna.
a) Del señor Juan Vicente García Matamoros, Subauditor Interno, se conoce oficio n.º AI-115-2008 del 13 de junio del 2008, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, con el que acompaña el Informe n.º 001-3-PAC-01-2008, relativo a la autoevaluación de calidad de la Auditoría Interna, correspondiente al período 2007.
Indica el señor García Matamoros que dicho informe se emite en cumplimiento de la normativa que detalla, y que el mismo fue puesto en conocimiento del personal de esa Auditoría Interna.
Por las razones que detalla en su informe, el señor Subauditor Interno recomienda lo que se transcribe a continuación:
“(…) 4. RECOMENDACIONES
4.1 Que la Auditoría Interna analice para el 2009 las posibles opciones de capacitación disponibles en el mercado en lo relativa (sic) a las materias de fraude y corrupción, así como en el uso de técnicas de auditoría asistidas por computador, con el propósito de gestionar su contratación. En caso de de que se requieran recursos presupuestarios adicionales, se deben realizar las gestiones pertinentes ante quien corresponda.
4.2 Que la Auditoría Interna proceda a revisar en un plazo prudencial el Manual de Políticas de la Auditoría Interna, con el propósito de incorporar políticas relativas a la objetividad e impedimentos que puedan afectar. Además de lo anterior, es necesaria su actualización en la medida que sea requerido, así como brindarle la debida divulgación al Manual entre el personal.
4.3 Que la Auditoría Interna incluya como parte del Plan Anual de Trabajo de la Auditoría Interna del 2009 y con carecer prioritario, la conclusión del Programa de Aseguramiento de la Calidad, de tal manera que se pueda contar con ese importante instrumento, tal como lo contempla la normativa que en esa materia contiene el Manual para el Ejercicio de la Auditoría Interna.
4.4 Que la Administración Activa fiscalice la oportuna finalización del proceso de Valoración de Riesgo Institucional dentro de la fecha límite fijada para estos efectos, con el propósito de que pueda entrar en acción dentro del Tribunal y que además esta Auditoría pueda incorporar dicha valoración como insumo para formular su Plan de Trabajo.
4.5 Que la Dirección Ejecutiva remita en forma trimestral a esta Auditoría los respectivos informes de ejecución presupuestaria. Lo anterioridad (sic) de conformidad con lo dispuesto por el Tribunal en Sesión Ordinaria N° 57-2007 celebrada el 28 de junio de 2007, acuerdo comunicado mediante oficio N° TSE-3025-2007, en el sentido de que dicha Dirección “…coordinará con las unidades administrativas pertinentes el suministro oportuno de la información que en materia de ejecución presupuestaria requiera la auditoría”.
Se dispone: Tener por recibido el informe conforme al aparte 1.4.4 del Manual de Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público. En relación con las recomendaciones, en su mismo orden, se resuelve lo siguiente:
4.1 En materia de capacitación, durante el 2007 la Auditoría utilizó poco más de 2.6 millones de colones de los 3.0 millones que se le asignaron, lo cual, porcentualmente, es bastante alto en relación con el disponible para los funcionarios de la Administración Activa. Por consiguiente, para el 2009, dicho despacho bien puede proceder según lo señala pues es su prerrogativa orientar la capacitación a las áreas que estime pertinentes, lo cual deberá sujetarse a lo que haya previsto en el respectivo plan operativo anual.
4.2 Se toma nota de la acción que llevará a cabo la Auditoría en relación con su manual de políticas.
4.3 Proceda ese despacho conforme lo recomienda.
4.4 La Dirección Ejecutiva, por medio de su Área de Control Interno, velará por el cumplimiento del proceso de valoración del riesgo, tal como está dispuesto.
4.5 En relación con el tema presupuestario, ya este Tribunal, con ocasión de la presentación por parte de esa Auditoría de un informe similar, en Oficio N° TSE-3025-2007 le aclaró que los recursos que se le asignan se conceptúan como “actividad”, no por decisión propia ni por la estructura que tenga nuestro presupuesto, sino por haberlo dispuesto así el Ministerio de Hacienda en Oficio N° 228 del 28 de mayo de 2003 como ente rector en la materia. Por tanto no resulta de recibo que se afirme, en la página 17 del informe que se conoce, que es la estructura programática existente en el Tribunal la que no posibilita que tengan una categoría por separado. Reiterado lo anterior y siendo consecuente con lo dispuesto en el 2007 sobre este mismo tópico, de previo a que la Dirección Ejecutiva remita informes trimestrales, la Auditoría deberá explicitar sus requerimientos.
-Informe del DTIC respecto de la ejecución contractual de equipo del SICI.
b) Del señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se conoce oficio n.º DTIC-0982-2008 de fecha 16 de junio de 2008, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual informa sobre la contratación suscrita con el Consorcio SAGEM-IAFIS en virtud de la Licitación Pública n.º 4-2006, afirmando que se detecta un retraso de 7 días con respecto a la finalización de las fases 2 y 3 según cronograma adjunto al oficio n.º PST-107-2008 del 29 de mayo de 2008, el cual fue conocido en la sesión ordinaria n.º 48-2008, celebrada el 03 de junio de 2008. Agrega que se le comunicó al consorcio sobre el atraso y se informó a la Inspección Electoral sobre el estado de ejecución del proyecto.
Se dispone: Tomar nota de lo informado. Agréguese a sus antecedentes y continúese informando sobre el particular. Remítase copia del oficio que aquí se conoce a la Inspección Electoral para lo de su cargo. Este Tribunal manifiesta una vez más su profunda preocupación por los constantes atrasos en la ejecución de la contratación en cuestión, cuyas causas serán determinadas por los medios que en Derecho corresponden. Los funcionarios concernidos pondrán todo su empeño para culminar el proyecto a la brevedad posible. ACUERDO FIRME.
Convenio de cooperación y asistencia recíproca con el Tribunal Electoral de Panamá.
Sale del Salón de sesiones el Magistrado Sobrado González.
c) De la señorita Wendy González Araya, Letrada de este Tribunal, se conoce oficio sin número de fecha 18 de junio de 2008, recibido hoy en la Secretaría del despacho, mediante el cual, en atención al acuerdo del artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 41-2008, celebrada el 13 de mayo de 2008, en el cual se le encargó proceder con la corrección del “Convenio de cooperación y asistencia recíproca para el intercambio de publicaciones y material informativo entre el Tribunal Electoral de Panamá y el Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica”, así como con la coordinación del momento y lugar de la firma de dicho documento, informa:
“[…] 1. Las correcciones al referido Convenio, recomendadas por el Departamento Legal y aprobados (sic) por este Tribunal, fueron debidamente incorporadas en el texto, el cual se adjunta.
2. El texto corregido fue enviado por correo electrónico, el 15 de mayo del 2008, al señor Andrés Sosa, Asesor de Relaciones Internacionales y Editor Internacional de la Revista Mundo Electoral del Tribunal Electoral de Panamá, a efectos de que ese organismo electoral revisara el documento y aprobara las correcciones incluidas por este Tribunal.
3. Mediante correo fechado 6 de junio del 2008 el señor Andrés Sosa me informó que el Convenio había sido revisado por el Tribunal Electoral de Panamá y que las correcciones habían sido aceptadas, por lo que no hubo cambios a la propuesta presentada por este Tribunal. De manera que el señor Andrés Sosa me remitió, vía correo electrónico, el Convenio debidamente aprobado el 11 de junio del año en curso.
4. En virtud de lo anterior, coordiné el lugar y momento de la firma del citado Convenio con el señor Magistrado Presidente Luis Antonio Sobrado González y el señor Andrés Sosa, quien se encargaría de verificar la disponibilidad del señor Erasmo Pinilla, Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de Panamá.
5. Como resultado de la comunicación sostenida con el señor Magistrado Sobrado González y el señor Andrés Sosa se acordó como fecha y lugar de la firma del predicho Convenio el 18 de julio del 2008 en Panamá.
6. No omito indicar que al inicio del presente trámite no se tenía decidido el lugar de la suscripción del Convenio, de manera que al final del documento se preveía su firma en lugares distintos -Panamá y Costa Rica-, empero, tomando en cuenta el acuerdo referido en el aparte anterior, llamé la atención del señor Andrés Sosa en punto a la necesidad de especificar que éste se firmaría en Panamá el 18 de julio en curso (sic), en respuesta a lo cual me indicó – vía correo electrónico- que la observación sería aplicada. […]”.
Finalmente, la señorita González Araya se manifiesta disponible para aclarar o complementar cualquier información que se requiera.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Tener por realizado el encargo ordenado a la señorita González Araya. Se autoriza al Magistrado Presidente Luis Antonio Sobrado González a suscribir el documento en cuestión en Panamá el 18 de julio de 2008, quien será acompañado por la licenciada González Araya, a la cual se autoriza el uso de pasaporte de servicio. Procedan con lo de su cargo la Proveeduría y la Contaduría. ACUERDO FIRME.
Reingresa al Salón de Sesiones el Magistrado Sobrado González.
ASUNTOS DE COMISIONES INSTITUCIONALES.
ARTÍCULO QUINTO.- Del señor Rodolfo Delgado Rojas, en su condición de Secretario del Comité Asesor en Tecnologías de la Información, se conoce oficio CATI-079-2008 de fecha 16 de junio de 2008, recibido ese mismo día en la Secretaría del despacho, con el cual adjunta copia del acta de la reunión ordinaria n.º 14-2008, celebrada el 11 de junio del presente año por dicho Comité.
Se dispone: Tomar nota. Continúese informando sobre el particular.
ASUNTOS EXTERNOS.
ARTÍCULO SEXTO.- Se conocen los siguientes asuntos:
-Informe de Seguimiento Presupuestario del 2008.
a) Del señor Fabián David Quirós Álvarez, Director General a.i. de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda, se conoce circular n.º DGPN-0271-2008 del 12 de junio del 2008, recibida el 17 de ese mes, en la que -con motivo de dar cumplimiento a las disposiciones que en materia de control y evaluación del presupuesto de la República, las cuales enumera- indica que el procedimiento e instrumentos diseñados para tal efecto, así como la dirección electrónica donde se encuentran.
Agrega el señor Quirós Álvarez que dichos informes deben ser remitidos por el máximo jerarca, con los que se preparará el instrumento Informe de Seguimiento de la Gestión Presupuestaria 2008 de este Tribunal, siendo la fecha límite para esa entrega el próximo 31 de julio, para lo que se cuenta con la colaboración de los analistas de esa Dirección, quienes harán aclaraciones y ampliarán cualquier información.
Solicita además el señor Quirós Álvarez designar funcionarios de las dependencias institucionales de Planificación, Proveeduría y Recursos Financieros, para que participen el próximo 1º de julio de la presentación de tales instrumentos, según detalla.
Se dispone: Para su debida atención en forma inmediata, incluyendo la designación de los participantes en la presentación indicada, pase a la Dirección Ejecutiva de este Tribunal. ACUERDO FIRME.
-Solicitud de conexión electrónica entre el TSE y la Junta de Pensiones.
b) Del señor Alfredo Hasbum Camacho, Director Ejecutivo de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, se conoce oficio n.º DE-0452-08 del 16 de junio del 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 17 de ese mes, mediante el cual, por las razones que detalla, solicita concretar una reunión para profundizar su interés y necesidad de buscar alternativas más seguras y simples en los controles que ambas instituciones deben implementar, como la conexión electrónica, para procurar el respeto de la legalidad en las pensiones del Magisterio.
Se dispone: Pase este asunto al señor Director Ejecutivo, quien para atenderlo se hará acompañar de los funcionarios del Departamento TIC que estime pertinentes. En el marco de ese encuentro, se valorará si el mecanismo de suministro de información que se tiene implementado con otras instituciones, aunado a la pronta puesta en marcha de la consulta en línea de la base de datos, es suficiente para atender las necesidades de información de la precitada Junta.
-Asuntos relativos al Proyecto de Secretaría Digital.
c) De la señorita Silvia Navarro Romanini, Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, se conoce oficio n.º 5003-08 del 9 de junio del 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 17 de ese mes, en el que transcribe el acuerdo tomado por el Consejo Superior del Poder Judicial, en la sesión n.º 37-08 celebrada el pasado 20 de mayo, al conocer la solicitud de la Presidencia de este Tribunal, formulada mediante oficio n.º TSE-1567-2008, para obtener el “Programa de Seguimiento de Correspondencia” que utiliza esa Corte, así como el respectivo código fuente. En dicho acuerdo la señora Navarro Romanini se refiere también al informe del señor Rafael Ramírez López, Jefe del Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial, constante en oficio n.º 365-DTI-2008, en el que indica no tener objeción en suministrar ese software según lo solicitado pero estableciendo como obligación de este Tribunal el solicitar autorización del Poder Judicial para cederlo a terceros, así como compartir con las mejoras que se le hagan al programa.
Finalmente indica la señora Navarro Romanini que el Consejo Superior del Poder Judicial acordó acoger la solicitud de este Tribunal y autorizar el uso del Programa lo mismo que la suscripción del convenio respectivo.
Se dispone: Agradecer al Consejo Superior del Poder Judicial la autorización brindada a este Tribunal. Póngase en conocimiento de la Secretaría del despacho y del Departamento TIC para los efectos del desarrollo y continuidad del proyecto Secretaría Digital. El Departamento Legal procederá con lo pertinente en cuanto a la confección y suscripción del convenio interinstitucional de rigor. ACUERDO FIRME.
Invitación para participar en un taller de consulta del Programa Estado de la Nación.
d) Del señor Miguel Gutiérrez Saxe, Director del Programa Estado de la Nación, se conoce oficio n.º PEN-646-2008 de fecha 18 de junio de 2008, recibido hoy en la Secretaría del despacho, mediante el cual extiende invitación para participar en el taller de consulta denominado “Análisis del referéndum (2007)” del capítulo “Fortalecimiento de la democracia”, el cual se realizará el martes 24 de junio a las 9:00 a.m. en las instalaciones del CONARE, edificio Dr. Franklin Chang Díaz.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Agradecer al señor Gutiérrez Saxe por la invitación cursada. Dado que el Presidente del Tribunal se encontrará fuera del país ese día, no podrá participar en tan relevante encuentro. Por tal motivo, concurrirán la Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, y el Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron, quienes serán acompañados por los licenciados Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales y Javier Vega Garrido, Asesor de la Gestión Político-Institucional. ACUERDO FIRME.
Consultas legislativas sobre el proyecto de ley que obra en el expediente legislativo n.º 16605.
e) De la señora Sonia Mata Valle, Jefa de Área de la Comisión de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente copia del correo electrónico correspondiente al oficio 291-16.605, de fecha 9 de junio del 2008, recibido el 10 de junio del año en curso en la Secretaría de este Tribunal, conjuntamente con el oficio de misma fecha y número, recibido hoy en la Secretaría del despacho, en el que aclara que la solicitud la realiza con fundamento en la moción Nº. 10 de la sesión Nº. 7 de dicha Comisión (….), mediante los cuales, consulta el criterio de este Tribunal sobre el proyecto “Ley que dota de libros las escuelas y colegios públicos”, expediente legislativo número 16.605, proyecto publicado en La Gaceta número 118 del 20 de junio de 2007.
SE ACUERDA: 1.- Incorporar al orden del día los documentos que se conocen. 2.- Contestar la consulta formulada en los siguientes términos:
Objeto del proyecto.-
El proyecto de ley consultado tiene por objeto, a partir del reconocimiento de la importancia que tienen los libros y la literatura en la formación integral de los estudiantes, crear dentro del Ministerio de Educación Pública un órgano conformado por docentes y especialistas en el campo pedagógico, que sea el encargado de redactar libros que sean utilizados en escuelas y colegios públicos. El proyecto propone que este órgano se financie de la siguiente manera:
“Artículo 6: Todas las instituciones de la Administración Central, la Administración Pública descentralizada y las empresas públicas, girarán al Ministerio de Educación Pública un cinco por ciento (5%) de las ganancias y del superávit presupuestario de cada período presupuestario, libre y total, que cada una de ellas reporte, el cual será depositado en un fondo del Ministerio de Educación Pública, para el pago que le realiza a la Imprenta Nacional por la producción al costo de los textos educativos, para el financiamiento de la producción de los textos necesarios.”.
Sobre el fondo del proyecto consultado.-
Este Tribunal coincide en la importancia de fomentar la cultura y fortalecer la educación de los estudiantes de las escuelas y colegios, dotándolos de todos los instrumentos necesarios, particularmente de libros costarricenses elaborados para transmitir y divulgar conocimientos. Pero por no ser materia propia de las competencias de este Organismo Electoral, omitimos referirnos al fondo de lo planteado por el proyecto de ley.
En relación con el artículo 6 del citado proyecto de ley, mediante el cual se pretende imponer a “Todas las instituciones de la Administración Central, la Administración Pública descentralizada y las empresas públicas, girarán al Ministerio de Educación Pública un cinco por ciento (5%) de las ganancias y del superávit presupuestario de cada período presupuestario”, nuestra posición es la que de seguido exponemos:
1.- En primer término, la norma propuesta no resulta aplicable al Tribunal Supremo de Elecciones, en tanto no forma parte de Administración Central ni Administración Pública descentralizada y mucho menos una empresa pública.
2.- Aún interpretándose que el Tribunal sí es sujeto pasivo de esta disposición, tampoco le resultaría aplicable en tanto que la institución no percibe ingresos, ni genera ganancias ni mucho menos superávit presupuestario, lo anterior en razón de que la Ley de Presupuesto lo que le otorga al Tribunal Supremo de Elecciones son asignaciones presupuestarias, cuyos saldos disponibles, de conformidad con el artículo 46 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, caducan al 31 de diciembre de cada año.
Conclusión.-
Con base en lo expuesto, este Tribunal omite pronunciarse sobre el fondo del proyecto de ley, por no ser materia de su competencia. En cuanto a lo que se dispone en el artículo 6 del proyecto consultado, no resulta aplicable al Tribunal. ACUERDO FIRME.
A las trece horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
Eugenia María Zamora Chavarría |
Max Alberto Esquivel Faerron |