ACTA Nº 4-2008

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del diez de enero del dos mil ocho, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González, quien preside, Max Alberto Esquivel Faerron y la señora Magistrada Zetty Bou Valverde. 

ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por la señora Magistrada Bou Valverde, por no haber participado de dicha sesión.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:

a) Se dispone: Para el segundo semestre del 2007, este Tribunal aprobó un aumento salarial del 7% por costo de vida habida cuenta que el índice de inflación acumulada a junio de ese año -según datos del Banco Central de Costa Rica- ascendió a un 4.65%, lo que sumado a la diferencia de 6.3% que se dejó de reconocer en la revaloración de enero del 2007 daba un total de 10.95%, por lo que quedó pendiente un 3.95% que no fue posible cubrir por razones presupuestarias y aunque no se pudo compensar la inflación en su totalidad, se procuró resarcir de la mejor forma posible el deterioro del poder adquisitivo conforme a la política que el Tribunal ha mantenido en esta materia.

En esta oportunidad, de conformidad con los datos emanados de dicha entidad bancaria, la inflación acumulada en el período de julio a diciembre del 2007 es de 6.16%, lo que sumado a la diferencia de 3.95% que quedó pendiente en la aplicación de la revaloración de julio del año pasado, da un total de 10.11%.

El incremento por costo de vida debe ajustarse a la disponibilidad presupuestaria de la partida 0 “Remuneraciones” y, dentro de ésta, al de aquellas subpartidas para las cuales en la Relación de Puestos institucional se calculó para cada plus salarial (coletilla) el correspondiente aumento. Con base en ello y habida cuenta que el Poder Ejecutivo resolvió aumentar un 5.88% para este semestre, este Tribunal, con fundamento en sus facultades constitucionales y legales, dispone incrementar los salarios base en ese mismo porcentaje por ajustarse a la disponibilidad presupuestaria, limitante que impide compensar en su totalidad el 10.11% señalado, por lo que queda sin resarcirse un 4.23%.

Remítase el índice salarial correspondiente a la Dirección General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

b) Se dispone: Del Manual de Procedimiento Administrativo editado conjuntamente por la Procuraduría General de la República y la Comisión Nacional para el Mejoramiento de la Administración de Justicia, remita la Secretaría del despacho 2 ejemplares a la Biblioteca institucional, 2 al Departamento Legal, 2 a la Inspección Electoral, 2 al Departamento de Proveeduría y uno a la Dirección General del Registro Civil. Los restantes quedarán en poder del la Secretaría. ACUERDO FIRME.

c) Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario de este Tribunal, se conoce:

1) Oficio n.º STSE-0041-2008 del 7 de enero de 2008, que literalmente dice:

“Visto el oficio n.º RH-0037-2008 del 4 de enero del año en curso, me permito elevar a su estimable consideración, para lo que bien se sirvan disponer, la solicitud del Lic. Gustavo Fitoria Mora, Jefe de Servicios Generales, quien gestiona el ascenso interino de la servidora Nancy Avendaño Infante a la plaza de Asistente Funcional de Servicios Especiales que se asignó a esa oficina en el presupuesto institucional del presente año.

La servidora Nancy Avendaño Infante no se ubica en línea directa de ascenso ya que entre su clase actual – Asistente de Operación - y la de Asistente Funcional se encuentran de por medio las clases de Técnico de Operación, Coordinador de Apoyo, Coordinador de Gestión y Analista de Operación, El señor Jefe de Servicios Generales justifica su petición al indicar que “ 1.- La plaza de asistente funcional asignada a este despacho es en carácter interino. 2.- La señora Avendaño infante (sic), posee los requisitos académicos que el puesto requiere. 3.-Producto de la formación profesional que la señora Avendaño Infante posee, ha estado brindando su colaboración en la sección que labora, lo cual le ha permitido adquirir mayor capacitación y experiencia en el quehacer administrativo, ya que su respectiva jefatura ha recurrido de sus servicios en los asuntos relacionados con Plan Estratégico; Control Interno; Valoración de Riesgos; Planes Operativos; etc.”. Según lo expuesto, para acceder a tal solicitud resulta necesario aplicar lo que dispone el artículo 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios.

Cabe mencionar que la candidata reúne los requisitos que el cargo exige y el suscrito no tiene objeción alguna para que se realice dicho ascenso antes bien lo prohíja, por lo que de aprobarse se ubicaría en el puesto número 349941 a partir del 16 de enero del año en curso.”

Se acuerda: Aprobar el ascenso interino de la señora Nancy Avendaño Infante, conforme se propone a partir del 16 de enero en curso. ACUERDO FIRME.

2) Oficio n.º STSE-0073-2008 de fecha 8 de enero de 2008, mediante el cual eleva en consulta la resolución de las catorce horas del siete de enero del año en curso, mediante la cual se dispone ascender interinamente a partir del 16 de enero, a la servidora Eyling Alvarado Montero, quien se desempeña interinamente como Auxiliar de Operación de Servicios Especiales en la Contraloría Electoral, al cargo de Asistente de Operación vacante en esa misma unidad administrativa, con ocasión del ascenso también interino del servidor Billy Araya Olmos.

Se acuerda: Aprobar. ACUERDO FIRME.

3) Oficio n.º STSE-0083-2008 del 9 de enero del 2008, respecto de la ampliación de vacaciones del señor Eduardo Acosta Cortés, funcionario actualmente a cargo de la Oficina de Seguridad Integral, mediante el cual informa que ha recibido solicitud verbal a los efectos de que se le amplíe el periodo de vacaciones que actualmente disfruta, de modo que incluya los días 10 y 11 del mes en curso, respecto de lo cual no tiene objeción alguna que plantear por lo que recomienda aprobarlas.

Manifiesta además el señor Bermúdez Mora que actualmente el cargo lo desempeña el funcionario Alexander Matarrita Saborío, según lo dispuesto por el Tribunal en el artículo segundo de la sesión n.º 124-2007.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se solicita, bajo el entendido según el cual lo acordado en el artículo 2º de la sesión n.º 124-2007, así como la presente prórroga, se autorizan a título de encargo de funciones. ACUERDO FIRME.

d) De los señores Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, Erick Schmidt Fonseca, Ejecutivo Supervisor de la Dirección Ejecutiva, y la señora Laura Téllez Romero, Encargada de la Acción Estratégica de Gobierno Digital, se conoce oficio sin número del 7 de enero del 2008, con el que hacen entrega del informe técnico correspondiente a la visita realizada a la República de Chile, del 19 al 23 de noviembre pasado. Conforme con los argumentos que detallan, recomiendan lo que se transcribe a continuación:

“(…) 7. Recomendaciones

Se proponen las siguientes:

La pasantía efectuada nos dio una visión más clara de las estrategias que Chile ha formulado para incursionar y dar sostenibilidad al tema de gobierno digital durante varios periodos de gobierno. Por consiguiente, con base en las experiencias aprovechables consignadas en el aparte 5 de este informe, que se retome el documento “Propuesta de Estrategia de Gobierno Digital Institucional” presentado a la Comisión de Gobierno Digital por el señor Rodolfo Delgado Rojas y la suscrita Téllez Romero mediante Oficio N° CGD 032-2007 del 25 de octubre (conocido en la reunión N° 09-2007 de ese mismo día, artículo segundo), en el sentido de que se adicione lo acordado en cuanto a que se aprueben las recomendaciones números 4, 5 y 6, de manera que se concrete el desarrollo de una campaña de capacitación y sensibilización, se elabore la propuesta para la normativa y reglamentación interna así como el dictado de las políticas para la implementación de gobierno digital y se confeccione el plan de acción para llevar a la práctica lo que fue aprobado respecto de la estrategia propuesta.

En lo que concierne a los proyectos de firma digital y el de modernización de la cédula, que las instancias correspondientes tomen nota de lo incluido en el aparte 5 de este informe, a efecto de que analicen cada uno de estos asuntos en los estudios que se están realizando y determinen su aplicabilidad.

A pesar que la solución chilena es diferente a la arquitectura costarricense en relación con firma digital, se recomienda que la Oficina de Proyectos Tecnológicos continúe con las fases siguientes del estudio que lleva a cabo y se avance en la investigación técnica en otros países, relacionada con el tema y su implementación en el TSE.”

Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal. De conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo de la sesión 107-2007, pase a la Comisión de Gobierno Digital. ACUERDO FIRME.

e) Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i., se conoce oficio n.º PROV-0023-2008, de fecha 08 de enero de 2008, recibido en la Secretaría del Tribunal el 09 de enero de 2008, mediante el cual informa que el contrato suscrito entre estos organismos electorales y la empresa Compañía de Mantenimiento Preventivo MAMPRE S.A. por el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de las máquinas de escribir eléctricas vence el próximo 31 de marzo, ante lo cual, una vez recabado el criterio del Jefe de Servicios Generales, órgano fiscalizador, concluye y recomienda:

“En función de lo anterior, se concluye lo siguiente:

• En vista que la institución cuenta con un total de 88 máquinas de escribir y que 67 de ellas continúan siendo utilizadas en tareas internas o de atención al usuario, es evidente que existe necesidad de dar mantenimiento preventivo y correctivo a tal equipo en procura que se mantenga en buen estado para que no se vean afectados ni el funcionamiento interno de cada una de las oficinas ni el de la institución como un todo. 

• De la consulta de mercado se colige que es factible realizar un proceso de contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de máquinas de escribir eléctricas y electrónicas, ya que existen al menos tres empresas interesadas –además del contratista actual– en ofrecer tal servicio. Al comparar el monto anual que se cancela por el contrato vigente (¢1.290.664.20) contra las tres cotizaciones presentadas en la consulta de mercado, se obtiene que dicho monto resulta un 15,754% y un 1,490% menor que dos de las cotizaciones aunque un 4,824% mayor que la menor cotización recibida.

Por consiguiente, se recomienda:

Por último y con independencia de la decisión que finalmente se tome, se indica que existe la previsión económica en el anteproyecto de presupuesto 2008 para atender los pagos respectivos durante el presente año en caso que el Tribunal decida prorrogar este contrato.”

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

f) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:

1) Oficio n.º RH-0002-2008 del 2 de enero de 2008, mediante el cual informa que en sesión número 118-2007 del pasado 29 de noviembre, este Tribunal aprobó que del 3 al 21 de diciembre las funciones de Encargado de Servicios Misceláneos de la Sección de Servicios Generales se recargaran en el servidor Julio Ramírez Guillén, dadas las vacaciones que disfrutaría el titular de dicho puesto. No obstante, siendo que los conserjes de Servicios Especiales solamente tenían dos días de vacaciones, debieron presentarse a laborar hasta el jueves 27 de diciembre inclusive, motivo por el cual, con el propósito de supervisar el trabajo que desarrollarían durante esos días, fue necesario que el señor Ramírez Guillén también laborara en esa semana, por lo que se solicita autorización para que el recargo de funciones aprobado previamente en el citado colaborador se reconozca hasta el 27 de diciembre.

Se acuerda: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

2) Oficio n.º RH-0052-2008 del 9 de enero del 2008, con el que eleva a consideración la nota del pasado 2 de enero que suscribe la señora Arlene Castro Jiménez, quien se desempeña como Asistente de Operación en la Oficialía Mayor Civil, mediante la cual solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario por el período comprendido entre el 15 de enero y el 1º de febrero, ambas fechas inclusive, con el propósito de atender los asuntos personales que se sirve exponer.

Indica el señor Carías Mora que la gestión cuenta con la anuencia del señor Oficial Mayor Civil como su jefe inmediato y de la Dirección General del Registro Civil. Si el Tribunal no tiene objeciones, puede concederla con fundamento en lo que dispone el artículo 31 de nuestro Reglamento Autónomo de Servicios.

Se dispone: Aprobar la licencia sin goce de salario conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

g) Del señor Rodolfo Villalobos Orozco, Coordinador del Equipo de Trabajo MAI, se conoce oficio n.º ET MAI-172-2007 de fecha 09 de enero de 2008, mediante el cual comunica el avance de los objetivos establecidos en cuanto al desarrollo del Sistema de Arquitectura de Información (SAI), según detalla.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.-Tener por rendido el informe que somete a conocimiento de este Tribunal el señor Villalobos Orozco, el cual se hará del conocimiento de la Contraloría General de la República. ACUERDO FIRME.

h) De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, se conoce cédula de notificación de la resolución dictada por dicho órgano jurisdiccional a las 15 horas y 30 minutos del 21 de diciembre de 2007, recibida en la Secretaría a las 9 horas y 48 minutos del 9 de enero de 2008, en acción de inconstitucionalidad tramitada bajo el número de expediente judicial 07-015484-0007-CO, en la que se dispuso dar curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Fernando Sánchez Campos, para que se declaren inconstitucionales los artículos 2, 3, 4 y 43 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, n.º 8422 del 06 de octubre de 2004 y el artículo 3, inciso h) de la Ley n.º 6815 y se confirió audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República y a este Tribunal.

Se dispone: Pase al Departamento Legal, a fin de que prepare el proyecto de respuesta, para lo cual se considerará el plazo conferido. Se fijan las 14:30 horas del 16 de enero de 2008 para su discusión. Agréguese la cédula de notificación y la respuesta que se remita a la Sala Constitucional al expediente n.º 317-S-2007. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO.- Del señor Fernando Víquez Jiménez, en su condición de Coordinador del Comité de Plan Estratégico Institucional, se conoce oficio n.º CPEI-1-2008 del 4 de enero del 2008, mediante el cual se refiere a lo acordado por este Tribunal en el artículo 2º de la sesión n.º 88-2007, respecto del cumplimiento de las recomendaciones relativas al proyecto del Plan Estratégico Institucional 2002-2007 “Revisión de procesos para las áreas de atención al público”, presentado por el señor Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios, adjuntando un cuadro resumen que contiene las acciones pertinentes, el seguimiento y el avance obtenido a la fecha.

Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se pondrá en conocimiento del señor Contralor de Servicios a fin de que proceda según se indica en cada caso y tome nota según corresponda.

ARTÍCULO CUARTO.- Del señor Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios, se conoce oficio n.º CSO-009-2008 del 7 de enero de 2008, mediante el cual informa que lamentablemente no fue escogido por parte de los Directores del Programa, para participar en el curso “Gerencia de Servicios Públicos”, organizado por la Agencia de Cooperación Sueca, por lo que solicita se deje sin efecto su solicitud respecto al permiso con goce de salario y otros rubros consignados en su oficio n.º CS 314-2007, presentado ante la Oficina de Capacitación y que ésta a su vez sometió a la Comisión de Asuntos Académicos. Finalmente el señor Solórzano Alvarado manifiesta su agradecimiento por el apoyo que se le brindó para que presentara su postulación.

Se acuerda: Conforme se solicita, se deja sin efecto lo resuelto en su oportunidad. Tome nota la Oficina de Capacitación.

ARTÍCULO QUINTO.- Del señor Rainier Barrantes Ramírez, Jefe de la Oficina Regional de Pococí, se conoce oficio n.º ORPO-019-2008 del 4 de enero del 2008, mediante el cual remite Informe Final de Gestión, correspondiente al señor Carlos Alberto Camacho Murillo, éste último en su condición de Jefe de la regional antedicha.

Se dispone: Tener por rendido el informe de marras. Pase al servidor Vladimir Alpízar Alvarado, webmáster de este Tribunal, para que lo cuelgue en la página electrónica de este organismo electoral. Remítase copia al Departamento de Recursos Humanos.

A las doce horas terminó la sesión. 

 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
Max Alberto Esquivel Faerron
 
 
 
 
Zetty Bou Valverde