ACTA Nº 17-2008

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del veintiséis de febrero del dos mil ocho, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González, quien preside, Max Alberto Esquivel Faerron y Juan Antonio Casafont Odor. 

ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por el señor Magistrado Casafont Odor por no haber participado de esta.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:

a) Se dispone: Con motivo de la celebración de la Semana Santa, se concede al personal del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil el disfrute, a título de vacaciones, de los días 17, 18 y 19 de marzo de 2008, con excepción de los Oficiales de Seguridad, los funcionarios de Servicios Generales y del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones necesarios para resguardar y mantener adecuadamente los bienes, instalaciones, equipos y sistemas institucionales. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 148 del Código de Trabajo, se declara que el disfrute del día feriado viernes 11 de abril de 2008 corresponde trasladarlo al lunes 14 de abril de 2008. La Oficina de Comunicación y Protocolo preparará la publicación correspondiente para hacer del conocimiento público los días en que las oficinas de estos organismos estarán cerradas. ACUERDO FIRME.

b) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce:

1) Oficio n.º DE-236-2008 con fecha 20 de febrero de 2008, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 21 de este mismo mes, que literalmente dice: “La empresa Microsoft de Costa Rica ha programado una actividad denominada “{Estamos} con los HEROES”, en la que hará el lanzamiento de la nueva generación de servidores: Windows Server 2008, SQL Server 2008 y Visual Studio 2008, la cual se realizará el 6 de marzo del año en curso en el Hotel Crowne Plaza Corobicí a partir de las 8:00 horas, evento que es gratuito y solo requiere registrarse vía electrónica.

El párrafo segundo del artículo 97 de la Ley de Contratación Administrativa establece que los funcionarios públicos pueden asistir a estos eventos si lo autoriza expresamente el superior jerárquico, en forma razonada en que se demuestre el beneficio para la Administración. Sobre este particular la señora Patricia Chacón Jiménez, Jefa a.i. del DTIC, en su oficio N. DTIC-194-2008 del 18 de los corrientes, al solicitar autorización para que participen funcionarios del Departamento a su cargo, lo justifica indicando que: “…con motivo de la presentación de los nuevos productos tecnológicos que se lanzarán al mercado, los cuales son de sumo interés para este Departamento, dada la necesidad de mantenerse actualizado respecto a los productos que se presentarán en dicha actividad, los cuales pueden ser de utilidad y de conveniencia institucional para los proyectos del futuro cercano.”

Por consiguiente, previa consulta a los jefes respectivos y dado que no pareciera haber inconveniente toda vez que no implica ningún tipo de compromiso para el Tribunal, se solicita autorización para que asistan los siguientes funcionarios:

De 8:00 a las 12:00 horas (presentación ejecutiva)

1. Jorge Prendas Chaves, Dirección Ejecutiva

2. Ingrid Paola Chaves Mora, Proyectos Tecnológicos

3. Danilo Rodríguez Barboza, Proyectos Tecnológicos

De 13:30 a 16:30 horas (presentación técnica)

4. Mario Pereira Granados, Departamento TIC

5. Ana Yanci Gutiérrez Francis, Departamento TIC

6. Pamela Garbanzo Valverde, Departamento TIC."

Se dispone: Conceder la autorización que se solicita. ACUERDO FIRME.

2) Oficio n.º DE-241-2008 del 22 de febrero del 2008, con el que adjunta copia del acta de la reunión ordinaria N. 04-2008, celebrada el 18 de los corrientes por el equipo de trabajo integrado por este Tribunal a efecto de proponer medidas para que las cédulas de identidad sean accesibles a personas con discapacidad visual, con la recomendación de que se apruebe lo propuesto en su artículo 4º, que dice:

“ARTICULO CUARTO: En relación con lo dispuesto en el artículo tercero de la sesión precedente, el señor Ronny Jiménez Padilla, Proveedor a.i., informa que el 7 de setiembre de este mes (sic) se efectuó una reunión con varias empresas para determinar lo relativo a calcomanías metálicas de fuerte adherencia y embozadas, las que entregarían en un plazo de 15 días y cuyo costo rondaría los 40.5 millones para una cantidad de 500 mil, según cotización que adjunta.

Los funcionarios del DTIC, por su parte, hacen una presentación sobre lo que han investigado en relación con máquinas embozadoras conforme al documento que se adjunta a esta acta.

SE ACUERDA: agradecer los informes presentados. Los funcionarios del DTIC se servirán valorar lo relativo al eventual costo de mantenimiento y los efectos que podría producir el embozado en cuanto a la adherencia del Duragard a efecto de determinar si a futuro se requieren medidas adicionales. Por su parte, con base en lo que ha sido expuesto y en vista que las embozadoras tienen un costo menor al de las calcomanías y que estas suponen un trabajo manual para el que se requeriría recurso humano adicional, en tanto que dichos equipos trabajan en forma automática con lotes de 200 cédulas y con una producción de 600 documentos por hora, lo cual satisface adecuadamente la demanda diaria, incluyendo la que se da en época electoral, se elevará esta propuesta a consideración del Superior a la vez que –dada la próxima presentación de un traslado de partidas- se solicitará a la Comisión de Presupuesto, como medida de previsión, reforzar la subpartida que corresponda en la suma de 30.0 millones con el propósito de adquirir dos máquinas como las propuestas en el “Escenario 2”.”

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

c) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Coordinador de la Comisión de Presupuesto, se conoce oficio n.º CPRE-006-2008 de fecha 22 de febrero de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 25 de febrero de 2008, mediante el cual, en virtud del acuerdo del artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 15-2008, celebrada el 19 de febrero de 2008, en el que se dispuso que dicha comisión valorara la posibilidad de dotar de contenido económico a un eventual acuerdo interinstitucional entre este Tribunal y el Programa Estado de la Nación, informa que en el traslado de partidas que se está tramitando se incluyeron los fondos necesarios para darle contenido al eventual convenio.

Se dispone: Para la confección del convenio y su tramitación, pase al Departamento Legal, el cual pondrá todo su empeño para que la suscripción del documento se realice a la brevedad posible, una vez consolidado el traslado de partidas necesario. Hágase del conocimiento del Programa Estado de la Nación y de la Comisión de Presupuesto. ACUERDO FIRME.

d) Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio n.º CONT-116-2008 de fecha 21 de febrero de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 25 de febrero de 2008, al cual adjunta misiva suscrita por el señor Erick Guillén Miranda, Apoderado Generalísimo sin límite de suma de “CONSORCIO DE INFORMACIÓN Y SEGURIDAD S.A.”, mediante la cual solicita se rescinda el contrato de servicios de seguridad y vigilancia de la oficina regional de Corredores, en virtud de la situación apremiante que afirma, enfrenta dicha empresa, a raíz del desequilibrio económico que genera, según dice, el que no se haya acogido a la fecha la solicitud de reajuste que presentaron.

Se dispone: De previo a resolver, estése a la espera del informe que sobre el particular debe rendir el Departamento Legal. Remítase la documentación que aquí se conoce a conocimiento de dicho despacho. Comuníquese a la empresa contratista, a la Proveeduría y a la Contaduría. Tomen nota la Dirección Ejecutiva y la Coordinación de Servicios Regionales, a fin de que se tomen las providencias del caso para contar siempre con la debida vigilancia de los activos y bienes institucionales. ACUERDO FIRME.

e) Del señor Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios, se conoce oficio n.º CS-056-2008 del 21 de febrero del 2008, mediante el cual rinde el informe relativo a la función de los puestos de información y el apoyo que su personal pueda brindar a la Secretaría del despacho en la recepción de correspondencia externa, según detalla.

Por las razones que se exponen, el señor Contralor de Servicios recomienda lo que se transcribe a continuación:

“(…) Conforme con lo anterior esta Contraloría de Servicios respetuosamente se permite plantear las siguientes recomendaciones:

a) Que la Secretaria del T.S.E. con un funcionario del personal que anteriormente estaba destacado en la recepción de documentos de ese despacho, se traslade al puesto de información respectivo con el fin de asumir en forma directa las tareas de recepción y entrega de la documentación externa dirigida al Superior, así como el trámite de las certificaciones autenticadas, ya que posee la experiencia y conocimiento necesario en la atención de dicha tarea, de acuerdo con las instrucciones pertinentes. Lo anterior sin detrimento del apoyo que pudiera en algún momento prestar el personal del puesto de información.

b) En caso de que la Secretaría no cuente con el personal respectivo, el Departamento de Recursos Humanos en conjunto con la Coordinación de Programas Electorales valoren la posibilidad de asignar un funcionario de Servicios Especiales para atender las labores indicadas de la Secretaria (sic) del despacho.

c) Que la recepción de dicha documentación y la atención del servicio de autenticación de certificaciones se traslade a un solo puesto de información, y en este caso el más idóneo sería el puesto de información (R2) ubicado en el Salón del Departamento Electoral, toda vez que es el que menos visitas recibe por parte de los usuarios, posee una infraestructura adecuada para la atención dada su reciente construcción y tiene la posibilidad de habilitar una tercera ventanilla de atención y una estación de trabajo en caso de que se requiera su uso.  

d) Que la Sección de Servicios Generales proceda con la habilitación de la ventanilla de atención en el puesto de información señalado en el aparte b (sic).

e) Que la Dirección Ejecutiva -de acuerdo con sus atribuciones reglamentarias- realice el estudio administrativo respectivo, a fin de valorar la asignación de una plaza adicional a las existentes para el 2009, para atender la labor requerida por la Secretaría del T.S.E. en el cubículo de los puestos de información.”

Se dispone: Para que se estudie e informe, respecto de cada una de las recomendaciones que formula el señor Contralor de Servicios, pase a la Dirección Ejecutiva. ACUERDO FIRME.

f) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:

1) Oficio n.º RH-0259-2008 del 20 de febrero de 2008, mediante el cual remite a consideración de este Tribunal, la nota que suscribe el señor Alí Francisco Durán Abarca, servidor de la institución, mediante la cual solicita que se le conceda una nueva licencia sin goce de salario por espacio de cinco meses, a partir del próximo 1º de marzo, con el propósito de seguir ocupando una plaza como docente en la Universidad de Costa Rica para el ciclo lectivo que está próximo a iniciar. Al respecto, el señor Carías Mora manifiesta que: “…El señor Durán Abarca labora para la institución desde diciembre de 1985, se desempeña en la actualidad como Auxiliar de Operación en la Sección de Archivo y durante su trayectoria laboral ha disfrutado varias licencias como la que ahora pretende. De hecho, desde octubre del año 2001 en adelante, este funcionario ha laborado para el Tribunal Supremo de Elecciones únicamente durante los meses de enero y febrero, siendo que el resto del año – esto es, de marzo a diciembre – se ha desempeñado como docente en la Universidad de Costa Rica. Así las cosas, tenemos entonces que las últimas siete licencias sin goce de salario aparecen registradas por los meses de octubre a diciembre de 2001, de marzo a diciembre de 2002, de marzo a diciembre de 2003, de marzo a diciembre de 2004, de marzo a diciembre de 2005, de marzo a diciembre de 2006 y de marzo a diciembre de 2007, todas con la misma finalidad de ocupar esa plaza de docente en el citado centro universitario.”.

Asimismo, se indica que dicha solicitud cuenta con la anuencia de la Dirección General del Registro Civil, y de la jefatura inmediata, quien mediante oficio número AM-029-2008 solicita que en caso de aprobarse la supracitada gestión, se nombre a un servidor interino para sustituirlo durante esa licencia, recomendando para tales efectos al señor Yenson Guerrero Bejarano. De no existir objeciones, se le concedería al servidor Durán Abarca una licencia por los cinco meses comprendidos entre el 1 de marzo y el 31 de julio de 2008 y se nombraría al señor Guerrero Bejarano como Auxiliar de Operación por ese mismo período en el puesto número 72868 de la Sección de Archivo.

Se dispone: Conceder la licencia sin goce de salario solicitada por el señor Durán Abarca y aprobar el nombramiento interino del señor Guerrero Bejarano, sujeto a que el señor Durán Abarca presente -a la mayor brevedad- el documento probatorio de su nombramiento en la Universidad de Costa Rica. ACUERDO FIRME.

2) Oficio n.º RH-0260-2008 del 20 de febrero de 2008, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal, el oficio CSR-065-2008 recibido en su despacho el pasado 15 de febrero y que suscribe el señor Coordinador de Servicios Regionales, mediante el cual informa que el señor Wilfredo Molina Camacho, Jefe de la Oficina Regional de Puriscal, disfrutará 3 días de vacaciones a partir del próximo 27 de febrero y por ello solicita que las funciones correspondientes se recarguen en el servidor Giovanny Solís Angulo, quien se desempeña como Asistente de Operación en esa sede y usualmente lo sustituye durante sus ausencias. Asimismo se comunica que la referida gestión cuenta con la anuencia de la Dirección General del Registro Civil y el aval presupuestario de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría.

Se dispone: Aprobar el recargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

3) Oficio n.º RH-0269-2008 del 22 de febrero, recibido el 25 del mes en curso, con el que remite a consideración el oficio n.º STSE-0535-2008 que suscribe el Lic. Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del Tribunal, mediante el cual informa sobre la incapacidad por maternidad que afectará tentativamente a partir del próximo 3 de marzo a la señora Lady Pérez Moreira, quien se desempeña como Coordinador de Apoyo o Secretaria 1 en el área de Letrados. En virtud de tal situación, solicita que para sustituirla durante el lapso de su ausencia se nombre interinamente a la servidora Karen Bonilla Sánchez, quien actualmente labora en propiedad como Asistente de Operación en la Sección de Inscripciones, cumple con el requisito académico que se exige para el puesto secretarial y posee experiencia pues ya el año pasado ocupó un cargo idéntico por varios meses en la Sección de Capacitación.

Si no se tienen objeciones, el nombramiento interino que se propone regiría a partir del inicio de la incapacidad de la señora Pérez Moreira -que está previsto para el lunes 3 de marzo- y se mantendría vigente hasta que esta funcionaria se reincorpore al puesto. Agrega el señor Carías Mora que la gestión cuenta con el aval presupuestario de parte de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría.

Se dispone: Nombrar interinamente a la funcionaria Karen Bonilla Sánchez a partir del inicio de la incapacidad de la señora Pérez Moreira y hasta que esta funcionaria se reincorpore al puesto. ACUERDO FIRME.

4) Oficio n.º RH-0270-2008 de fecha 22 de febrero de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el mismo día, al cual adjunta el proyecto de reglamento de protocolo de vestimenta que le fuera ordenado proponer, el que recomienda trasladar a estudio del Departamento Legal. Adicionalmente, el señor Carías Mora sugiere reformar el inciso c) del artículo 3 del Reglamento Autónomo de Servicios de estos organismos electorales, a fin de que los jefes de las diferentes unidades administrativas asuman el papel que les corresponde en cuanto a la fiscalización y el acatamiento de disposiciones sobre la presentación personal y el uso correcto del gafete.

Se dispone: Para su estudio e informe, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

g) Del señor Gilberto Jeréz Rojas, Diputado a la Asamblea Legislativa por el Partido Liberación Nacional, se conoce oficio n.º DGJR-084-2008 de fecha 20 de febrero de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 22 de febrero de 2008, mediante el cual se sirve hacer una serie de comentarios en relación con la resolución n.º 405-E8-2008 de las 07 horas 20 minutos del 08 de febrero de 2008, por medio de la cual este Tribunal interpretó el artículo 14 del Código Municipal, ley n.º 8611, publicada en La Gaceta n.º 225 del 22 de noviembre de 2007 y artículos 97 y 98 del Código Electoral. Según sus manifestaciones, el Diputado Jeréz Rojas considera que el traslado de la elección de los regidores debió suponer, en principio, una reforma legal; no obstante declara que -como Diputado conocedor del sistema municipal- reconoce que este es un primer paso para fortalecer dicho régimen, el cual día tras día, contribuye con el progreso de nuestros pueblos.

Se dispone: Agradecer al señor Jerez Rojas las manifestaciones que hace del conocimiento de este Tribunal, cuya resolución n.º 405-E8-2008 se emitió en vista de la necesidad de colmar una laguna habida en el ordenamiento jurídico, toda vez que la misma Asamblea Legislativa -al reformar el artículo 14 municipal- omitió armonizar el sistema de elección de cargos municipales aprobado por la propia Ley N.º 8611 con el sistema actual. ACUERDO FIRME.

h) De la señora Magda Inés Rojas Chaves, Procuradora Asesora de la Procuraduría General de la República, se conoce oficio n.º ADPb-778-2008 de fecha 20 de febrero de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 21 de febrero de 2008, mediante el cual comunica la concesión de audiencia por el término de cinco días hábiles a este Tribunal, en virtud de la consulta que ante dicho órgano realizó el Ministro de Hacienda en relación con la resolución n.º 3091-E-2007 de las 09 horas 30 minutos del 06 de noviembre de 2007, por medio de la cual este Tribunal interpretó el artículo 29 de la Ley sobre Regulación del Referéndum.

Se dispone: Tomar nota. Este Tribunal omite ulterior pronunciamiento sobre el particular, toda vez que en la resolución referida ya ha definido el fondo del asunto de forma amplia y categórica, con fundamento en la facultad -que le es inherente por mandato constitucional- de interpretar, en forma exclusiva y obligatoria, las disposiciones constitucionales y legales referentes a la materia electoral. Las resoluciones que se emiten con fundamento en esa potestad, en general, no son fiscalizables por ninguna instancia administrativa o judicial (artículo 103 constitucional). Sin perjuicio de lo anterior, póngase en conocimiento de la señora Procuradora lo resuelto por este Tribunal en la resolución de las nueve horas quince minutos del veintidós de febrero de dos mil ocho. ACUERDO FIRME.

i) De los señores German Brenes Roselló y Alejandro Herrera López, por su orden Gerente Asociado y Fiscalizador de la División de Contratación Administrativa de la Contraloría General de la República, se conoce fax relativo a oficio n.º 01409 (DCA-00554) de fecha 19 de febrero de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 22 de febrero de 2008, mediante el cual remiten sin trámite de refrendo, por no necesitarse, el addendum n.º 2 al contrato del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para el equipo activo de la red suscrito entre este Tribunal e I.T. Servicios de Infocomunicación S.A.

Se dispone: Agradecer a los señores Brenes Roselló y Herrera López por la atención dispensada a este Tribunal. Remítase copia del oficio que aquí se conoce a la Dirección Ejecutiva, el Departamento Legal, la Proveeduría, la Contaduría, el Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones y a la contratista. ACUERDO FIRME. 

j) Del señor José Thompson, Director del Centro de Asesoría y Promoción Electoral, CAPEL, se conoce:

1) Fax relativo a oficio sin número de fecha 19 de febrero de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 21 de febrero de 2008, mediante el cual remite el Resumen de Conclusiones de la Jornada de Evaluación correspondiente a la Misión de Observación Internacional del proceso de referéndum celebrado el 07 de octubre de 2007.

Se dispone: Agradecer al señor Thompson la remisión de dicho informe, del cual se remitirá copia a la Coordinación de Programas Electorales para que sirva de insumo en la evaluación que de dicho proceso se está preparando. Hágase además del conocimiento de la Dirección Ejecutiva, de la Oficina de Comunicación y Protocolo e inclúyase en la Web institucional. ACUERDO FIRME.

2) Oficio sin número del 20 de febrero del año en curso, mediante el cual insta a este Tribunal a realizar el pago de la cuota anual de $5.000,00 conforme se acordó en la XIV Conferencia de la Asociación de Organismos Electorales de Centroamérica y el Caribe, en el mismo sentido de que fuera oportunamente acordado en la XIII Conferencia, de esa misma Asociación.

Se dispone: Pase a la Contaduría institucional para que se proceda con el trámite de rigor para el pago correspondiente. ACUERDO FIRME.

k) Del señor Francisco Antonio Pacheco Fernández, Presidente del Comité Ejecutivo del Partido Liberación Nacional se conoce oficio sin número de fecha 21 de febrero de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 22 de febrero de 2008, mediante el cual, en respuesta al requerimiento de información sobre “Fideicomiso por Costa Rica” y “Sí al futuro S.A.” que realizó el señor Secretario de este Tribunal por medio del oficio n.º STSE-0531-2008 del 12 de febrero de 2008, a efecto de comunicar el acuerdo del artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 12-2008, celebrada el 07 de febrero de 2008 (oficio n.º STSE-0485-2008), adjunta copia de la documentación que obra en su poder, respecto a las donaciones en cuestión. El señor Pacheco Fernández concluye que de acuerdo con los montos donados por “Fideicomiso por Costa Rica” (¢20.706.250,00) y “Sí al futuro S.A.” (¢18.118.750,00), no se está excediendo el monto máximo de ¢22.473.000,00 fijado por este Tribunal, de conformidad con el artículo 176 bis del Código Electoral, por lo que considera que los reportes de dicho partido no infringen la normativa.

Se dispone: Tener por recibida la documentación remitida por el señor Pacheco Fernández. Pase ésta a la Contaduría y remítase copia certificada al Ministerio Público para lo que en derecho corresponda. En relación con las observaciones que realiza el señor Pacheco Fernández, se le indica que según lo establecido por este Tribunal en la resolución n.º 0352-E-2006 de las 07 horas 55 minutos del 1º de febrero de 2006 (de la cual se le remitirá copia), una persona física o jurídica nacional puede contribuir con varios partidos en forma simultánea pero, su aporte total a esos partidos, no puede sobrepasar el monto límite fijado en el artículo 176 bis del Código Electoral. ACUERDO FIRME.

l) Del señor Javier Gil, Director de Ventas Iberia y Latinoamérica, de la firma Scytl Secure Electronic Voting, se conoce correo electrónico recibido el 22 de febrero del 2008, con el que presenta los servicios que esa empresa presta y a la vez informa sobre su participación en el Seminario Internacional sobre voto electrónico que se celebrará en Lima, Perú, durante los días 3, 4 y 5 de marzo, ofreciendo tramitar la inscripción para este Tribunal como invitados de su empresa.

Se dispone: Este Tribunal agradece la gentil invitación que se le cursa, la cual lamentablemente debe ser declinada, toda vez que la legislación costarricense expresamente proscribe a los funcionarios públicos participar en actividades organizadas o patrocinadas por los proveedores -ordinarios o potenciales- de la Administración, incluyéndose dentro de ellas congresos, seminarios o cualquier otra actividad cuyos gastos sufraguen tales proveedores (artículo 97 de la Ley de Contratación Administrativa). ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO.- Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:

a) Oficio n.º RH-0263-2008 del 20 de febrero, recibido el 25 del mes en curso, con el que eleva a consideración el oficio n.º CSR-064-2008 que suscribe el Lic. Rodolfo Villalobos Orozco, Coordinador de Servicios Regionales, mediante el cual informa que el señor Marvin Villarreal Rodríguez, Jefe de la Oficina Regional de Santa Cruz, disfrutará 10 días de vacaciones a partir del próximo 3 de marzo. Por ese motivo, el señor Carías Mora solicita que las funciones se recarguen en la servidora Mayela Díaz Rodríguez, quien se desempeña como Asistente de Operación en esa sede y es quien usualmente lo sustituye durante sus ausencias. Puede apreciarse que la gestión cuenta con la anuencia de la Dirección General del Registro Civil y el aval presupuestario de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría.

Se dispone: Aprobar el recargo de funciones según se indica.

b) Oficio n.º RH-0272-2008 del 22 de febrero, recibido el 25 del mes en curso, en el que, por las razones que expone, eleva a consideración oficio n.º ORPU-0789-2008 que suscribe el señor Wilfredo Molina Camacho, actual Jefe de la Regional de Puriscal, con el cual solicita que se nombre interinamente al señor Carlos Manuel Valverde Chavarría, quien forma parte del registro de candidatos elegibles para esa oficina, cumple los requisitos que se exigen y cuenta con disponibilidad e interés para el eventual nombramiento.

Indica el señor Carías Mora que, en caso de que no se tengan objeciones con respecto al nombramiento interino que se propone, podría ubicarse al señor Valverde Chavarría en el puesto número 46111 como Asistente de Operación, lo que se haría con fundamento en el artículo 9 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, a partir del lunes 3 de marzo entrante y hasta que regrese el titular del puesto a ocupar dicha plaza.

Se dispone: Aprobar el nombramiento interino conforme se propone.

c) Oficio n.º RH-0274-2008 del 22 de febrero, recibido el 25 del mes en curso, con el que remite a consideración oficio n.º DC-0932-2008 que suscribe el Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil, mediante el cual solicita el nombramiento interino del señor Alejandro José Villegas Hernández en la plaza de Auxiliar de Operación que ha quedado vacante en ese departamento, dado el ascenso interino de la servidora Vangie Montoya Campos a otro puesto.

Indica el señor Carías Mora que si no se tienen objeciones, el señor Villegas Hernández se nombraría interinamente en el puesto número 45671 -como Auxiliar de Operación del Departamento Civil- a partir del próximo 3 de marzo y hasta que regrese la titular del puesto o se designe a un nuevo propietario, lo que se haría con fundamento en el artículo 9 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios.

Se dispone: Nombrar interinamente al señor Alejandro José Villegas Hernández, según se propone.

ARTÍCULO CUARTO.- De la señora Irma Campbell Stewart, Auditora Interna del Sistema Nacional de Radio y Televisión S.A., se conoce copia del oficio n.º AI-007-2008 del 15 de febrero del 2007, dirigido al señor Alfonso Estevanovich G., Presidente del Consejo Ejecutivo de ese Sistema, con el que remite pronunciamiento de esa Auditoría respecto del oficio n.º STSE-4814-2007 de este Tribunal, en el que se solicita una investigación basada en la denuncia presentada por parte de los señores Miguel Calderón y otros.

Se dispone: Tomar nota. Póngase en conocimiento de los denunciantes.

A las doce horas terminó la sesión. 

 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
Max Alberto Esquivel Faerron
 
 
Juan Antonio Casafont Odor