ACTA Nº 113-2008
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas con treinta minutos del once de diciembre de dos mil ocho, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González, quien preside, y Max Alberto Esquivel Faerron. La señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría se excusa por encontrarse participando del Seminario “Declaración Universal de Derechos Humanos 60 años después: Una visión desde las necesidades del mundo globalizado” organizado por la Defensoría de los Habitantes, el Instituto Interamericano de Derechos Humanos, y con el auspicio de la Embajada de Alemania.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.
Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA.
A) Solicitud de reajuste de precio a los locales que ocupan la oficina y la bodega de la Unidad de Almacenamiento de la Proveeduría. De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio DL-626-2008 de fecha 9 de diciembre de 2008, recibido ese día en la Secretaría del despacho, con el cual adjunta informe relacionado con la solicitud de reajuste de precio promovida por la señora Hilda Boletti Kepfer, apoderada generalísima de Corporación Inversionista Costarricense S.A., propietaria de los locales que ocupan la oficina y bodega de la Unidad de Almacenamiento del Departamento de Proveeduría, en el cual literalmente se recomienda:
“De lo expuesto se recomienda ajustar en un 15% la renta de alquiler de los locales arrendados a la Corporación Inversionista Costarricense S.A. y que alojan la oficina y bodega de la Unidad de Almacenamiento de la Proveeduría de este Tribunal.
De acoger el Tribunal este informe, se sugiere encomendar a la Contaduría la elaboración de los cálculos –de acuerdo con el porcentaje de aumento recomendado- que permitirán ajustar a la arrendante las rentas de alquiler, gastos que se imputarán a la subpartida presupuestaria número 101.01 “Alquiler de Edificio, Locales y Terrenos”, previa elaboración de los documentos de ejecución que confeccionará la Proveeduría.”
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. Proceda el Departamento de Proveeduría según corresponda. Tome nota para lo de su cargo el Departamento de Contaduría. ACUERDO FIRME.
B) Solicitud de reajuste de precio de arrendamiento del local que ocupa la Oficina Regional de estos organismos en Cañas. De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.º DL-628-2008 del 9 de diciembre del 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 10 de este mes, mediante el cual informa sobre el reajuste de precio del contrato de arrendamiento de la Oficina Regional de estos organismos en Cañas.
Por las razones que detalla en su informe, recomienda lo que se transcribe a continuación:
“5. Recomendación.
Con base en lo expuesto, al estimar que el reajuste del precio de arrendamiento del local que ocupa la Oficina Regional de estos organismos en Cañas resulta jurídica y contablemente procedente –tomando en consideración lo informado por el señor Contador institucional en oficio CONT-858-2008-, este Departamento recomienda su aprobación en el sentido de cancelar un precio reajustado de ¢387.750,00 (trescientos ochenta y siete mil setecientos cincuenta colones exactos) a partir del 1º de mayo de 2008, sin que sea necesario, a efecto de honrar la obligación, el dictado de resolución administrativa alguna, debiéndose además pagar, de manera retroactiva a esa fecha las diferencias correspondientes, todo lo anterior con cargo en la subpartida número 101.01 “Alquiler de Edificio, Locales y Terrenos”. A efectos de hacer efectivo el reajuste del año 2008, corresponderá a la Proveeduría institucional emitir los documentos de ejecución presupuestaria correspondientes.”.
Se dispone: Aprobar el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal. Proceda en consecuencia el Departamento de Proveeduría según corresponda. Comuníquese a la Contaduría el presente acuerdo. ACUERDO FIRME.
C) Solicitud de reajuste de precio del contrato de servicios de aseo y limpieza de las Regionales de Corredores, Pococí y Limón. De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.º DL-629-2008 del 9 de diciembre del 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 10 de este mes, mediante el cual informa sobre el reajuste de precio del contrato de servicios de aseo y limpieza de las Oficinas Regionales de estos organismos en Corredores, Pococí y Limón.
Por las razones que detalla en su informe, recomienda lo que se transcribe a continuación:
“5. Recomendación.
Con base en lo expuesto, al estimar que el reajuste de precio del contrato de los servicios de aseo y limpieza de las Oficinas Regionales del Tribunal Supremo de Elecciones en Corredores, Pococí y Limón, resulta jurídica y contablemente procedente -tomando en consideración lo informado por el señor Sub-Contador institucional en el oficio CONT-689-2008-, este Departamento recomienda su aprobación en el sentido de cancelar a partir de enero de 2008, la suma de ¢494.267,84 (cuatrocientos noventa y cuatro mil doscientos sesenta y siete colones con ochenta y cuatro céntimos) que refleja el reajuste correspondiente al primer semestre de 2008, y a partir de julio del año en curso, el precio de ¢535.727,69 (quinientos treinta y cinco mil setecientos veintisiete colones con sesenta y nueve céntimos), que comprende el reajuste correspondiente al segundo semestre de 2008. Según lo expuesto por el señor Sub-Contador en su oficio, el gasto de servicios de limpieza se registra en la subpartida número 1.04.06 “Servicios Generales”, siendo innecesario el dictado de resolución administrativa alguna, pues el reajuste corresponde al período presupuestario actual.”.
Se dispone: Aprobar el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal. Proceda en consecuencia el Departamento de Proveeduría según corresponda. Comuníquese a la Contaduría el presente acuerdo. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE PERSONAL.
A) Solicitud de encargo de funciones en la Biblioteca institucional y de modificación del encargo de funciones en el Archivo. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio RH-1863-2008 de fecha 8 de diciembre de 2008, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta lo que se transcribe a continuación:
“Para lo que a bien tenga resolver el Tribunal Supremo de Elecciones, me permito elevar a consideración el oficio número BIB-354-2008 del pasado 24 de noviembre que suscribe la Licda. Rocío Montero Solano, Bibliotecaria de la institución, mediante el cual indica que disfrutará vacaciones los días 22 y 23 de diciembre y del 5 al 9 de enero de 2009, y solicita que durante esos lapsos sus funciones se encarguen en la señora Mayela Mena Hidalgo, quien se desempeña como Asistente de Bibliotecología en esa unidad administrativa.
De acuerdo con el Manual Descriptivo de Puestos, para ocupar el cargo de Bibliotecaria se requiere poseer una licenciatura en el área de especialidad y amplia experiencia en labores relacionadas con el puesto. Siendo así, el encargo de funciones pretendido podría ser viable únicamente si el Superior acoge la excepción que establece el artículo 40 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, pues si la candidata que se propone cuenta con experiencia y es egresada del programa de Licenciatura en Bibliotecología, aún no posee el título correspondiente. (sic).
Por otro lado, en sesión ordinaria número 95-2008 celebrada el 23 de octubre del presente año, el Superior dispuso aprobar el recargo de funciones de la Jefatura de la Sección de Archivo en la Licda. Montero Solano, por lo que, en vista de sus vacaciones, la Licda. Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, manifestó vía telefónica que durante esos períodos se encarguen las funciones en el Lic. Juan Rafael Madrigal Hernández, Secretario General del Registro Civil.”.
Se dispone: Por excepción se aprueba el encargo de funciones de la jefatura de la Biblioteca institucional, en la señora Mena Hidalgo. Asimismo, se encargan las funciones de la jefatura de Archivo-Microfilm en el señor Juan Rafael Madrigal Hernández. ACUERDO FIRME.
B) Solicitud de prórroga de nombramientos de 63 funcionarios de Servicios Especiales para el 2009. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º 1864-2008 de fecha 8 de diciembre de 2008, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, que literalmente dice:
“Actualmente laboran en la institución 75 funcionarios interinos de Servicios Especiales desglosados de la siguiente forma: 1 Profesional Especializado, 6 Profesionales de Gestión, 1 Profesional de Apoyo, 9 Asistentes Funcionales, 2 Coordinadores de Gestión, 7 Coordinadores de Apoyo, 19 Asistentes de Operación, 29 Auxiliares de Operación y 1 Conserje, los cuales fueron contratados paulatinamente para reforzar a la institución con ocasión de los proyectos específicos de algunas oficinas y además las actividades propias de los procesos electorales que se aproximan. De acuerdo con el presupuesto institucional para el año entrante, la situación laboral de todos estos servidores en el 2009 será la siguiente:
CANTIDAD DE FUNCIONARIOS |
PLAZO DE PRORROGA |
FIN DE CONTRATO |
12 |
No hay prórroga |
31 de diciembre de 2008 |
2 |
6 meses |
30 de junio de 2009 |
36 |
12 meses |
31 de diciembre de 2009 |
Las restantes 25 plazas pasarán de Servicios Especiales a cargos fijos y por ello se hace necesario prorrogar los nombramientos de sus actuales ocupantes hasta que se designen los nuevos propietarios siguiendo los mecanismos que establece nuestra Ley de Salarios y su respectivo reglamento.
De conformidad con lo anterior, se solicita al Tribunal Supremo de Elecciones adoptar el acuerdo respectivo para prorrogar el contrato de los que continuarán laborando total o parcialmente durante el año entrante, todo según los listados que se muestran en los cuadros anexos a este oficio. Para esos efectos, es importante aclarar que no se efectuó ninguna selección a fin de determinar cuáles funcionarios pueden continuar y cuáles terminan su relación laboral, pues eso fue establecido de acuerdo con los números de puesto que aprobó el Ministerio de Hacienda y la Asamblea Legislativa en nuestro presupuesto para el año entrante. Debe recordarse que la jurisprudencia de la Sala Constitucional señala que no se puede quitar a un empleado interino de un puesto para nombrar a otro, por lo que quienes ocupan hoy las plazas que fueron incorporadas en el presupuesto del 2009 son los que tienen la posibilidad de continuar laborando para el Tribunal.”.
Se dispone: Aprobar la prórroga de los nombramientos interinos según lo solicita el señor Jefe del Departamento de Recursos Humanos, y de conformidad con los listados que se someten a conocimiento de este Tribunal. ACUERDO FIRME.
C) Resultado del concurso externo 03-2008-E tramitado con el propósito de reclutar candidatos para el cargo de Auditor Interno. De los señores Alejandro Bermúdez Mora, Ricardo Carías Mora y Erick Guzmán Vargas, quienes componen la "Unidad responsable del proceso para el reclutamiento y la selección de los candidatos idóneos para ocupar el cargo de Auditor Interno por tiempo indefinido", se conoce oficio n.º URCAI-002-2008 de fecha 08 de diciembre de 2008, mediante el cual remiten el informe relativo al concurso externo tramitado para tal fin. Según exponen, previo a la celebración de dicho concurso se aprobó el cronograma de actividades, los criterios de selección y el aviso correspondiente, el cual fue publicado en el sitio Web institucional y en el periódico "La Nación". El trámite se dividió en dos etapas, en la primera se valoró la formación académica adicional a los requisitos del puesto, la experiencia en el ejercicio de la auditoría interna o externa en el sector público, la experiencia en puestos de jefatura y supervisión del personal dedicado a ese tipo de labores, la capacitación o conocimientos complementarios en temas relacionados con las actividades de auditoría y los resultados de las pruebas psicométricas que para tales efectos se desarrollaron, etapa a la que se asignó un máximo de 100 puntos, los cuales representan un 80% de la nota final del concurso, siendo necesario alcanzar cuando menos 80 de esos 100 puntos para poder continuar en el proceso de selección. La segunda etapa consistió en la aplicación de una prueba oral grupal, la cual corresponde al restante 20% de la nota final del concurso. Afirman que se presentaron 27 personas a retirar las ofertas y demás documentos, que en el plazo de recepción establecido se recibieron 12 ofertas, que uno de los oferentes no se presentó a realizar las pruebas psicométricas, lo que redujo el grupo a 11 candidatos, de ellos 7 lograron alcanzar el puntaje necesario para participar en la segunda etapa de selección: la prueba oral grupal. Una de las aspirantes manifestó que no se presentaría a la prueba, por lo que ésta se realizó en dos grupos de 3 personas cada uno, realizada la cual, se notificaron las notas obtenidas a los aspirantes, los cuales componen la nómina de candidatos elegibles y que por su orden son los siguientes:
NÓMINA DE CANDIDATOS ELEGIBLES PARA EL
CARGO DE AUDITOR INTERNO DEL TSE
NOMBRE |
CALIFICACIÓN TOTAL |
1.- León Alonso Oscar Alberto |
97,92% |
2.- Bonilla Monge Leonidas Alberto |
96,72% |
3.- González Castro Javier Francisco |
95,24% |
4.- Gómez Vargas Irma |
92,92% |
5.- García Matamoros Juan Vicente |
91,32% |
6.- Murillo Arce Oldemar |
85,12% |
Según lo anterior, dicha Unidad elaboró la terna de candidatos elegibles, la cual se integró -luego de consultar el interés y disponibilidad de cada candidato- como sigue:
TERNA DE CANDIDATOS ELEGIBLES PARA EL
CARGO DE AUDITOR INTERNO DEL TSE
NOMBRE |
CALIFICACIÓN TOTAL |
1.- León Alonso Oscar Alberto (Cédula de identidad n.º 105890952) |
97,92% |
2.- Bonilla Monge Leonidas Alberto (Cédula de identidad n.º 302240437) |
96,72% |
3.- González Castro Javier Francisco (Cédula de identidad n.º 106170026) |
95,24% |
Finalmente manifiestan:
"[...] La citada terna se somete conjuntamente con este informe y el expediente del concurso a conocimiento y aprobación del Tribunal Supremo de Elecciones de acuerdo con el artículo 14 de la normativa ya citada. Una vez que el Superior otorgue su aprobación a lo actuado y a la terna, ésta se comunicará a los participantes según disponen los lineamientos de la CGR.
Por último, el Tribunal deberá enviar a la Contraloría General de la República la solicitud para obtener la aprobación del proceso de nombramiento de auditor interno por plazo indefinido y adjuntar las certificaciones indicadas en el apartado 5.1 de los Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor interno (L-1-2006-CO-DAGJ) emitidos por el órgano contralor, quien dictará dentro del plazo de veinte días hábiles el oficio que corresponda a efectos de aprobar o vetar el proceso. Las certificaciones que se citan serán preparadas por el Departamento de Recursos Humanos.
Si el concurso público resulta aprobado, el Tribunal deberá, dentro de los diez días hábiles luego de recibido el oficio de la CGR, hacer efectivo el nombramiento del oferente que ocupará el cargo de Auditor Interno y comunicarlo a la Contraloría General de la República a más tardar el primer día hábil siguiente del inicio de funciones, de conformidad con lo que señala el artículo 31 de la Ley General de Control Interno. [...]".
Se dispone: Tener por rendido el informe que se conoce, el cual se aprueba, así como la integración del expediente adjunto y la terna propuesta. Procedan de inmediato con lo de sus cargos el Departamento de Recursos Humanos y la Secretaría del despacho, a fin de remitir la comunicación y documentación respectiva a la Contraloría General de la República. Atendiendo a criterios de transparencia y cortesía, comuníquese a todos los oferentes la integración de la terna que aquí se aprueba, a quienes este Tribunal agradece por haber participado en dicho concurso. ACUERDO FIRME.
D) Remisión de solicitud de permiso de estudio de la funcionaria Gioconda Pérez López para realizar el TCU en la carrera de Nutrición. Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio DE-1436-2008 de fecha 8 de diciembre, 2008, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:
“El Tribunal Supremo de Elecciones, en sesión ordinaria N. 30-2007 del 29 de marzo del año pasado, oficio N. TSE-1567-2007, dispuso que a la Dirección Ejecutiva, como regla de principio, le corresponde aprobar lo concerniente a permisos de estudio de las carreras relacionadas con Administración, Derecho, Ciencias Políticas e Informática, siempre que no se sobrepase el máximo de diez horas por semana, según lo establece el artículo 11 del Reglamento de Facilidades de Capacitación.
Con base en lo anterior y para lo que a bien tenga disponer el Superior, me permito adjuntar el oficio N. CAP-514-2008 del 3 de diciembre del año en curso, suscrito por la señora Ana Hazel Villar Barrientos, Jefa de la Sección de Capacitación, al que adjunta la petición de la funcionaria Gioconda Pérez López, Auxiliar de Operación del Área de Prevención y Salud Laboral, en la que solicita se le conceda permiso para realizar el “Trabajo Comunal Universitario”, requisito para obtener el grado académico de bachiller en la carrera de Nutrición que imparte la Universidad Hispanoamericana, carrera distinta a las mencionadas en el párrafo precedente.
Es importante señalar que el permiso sería para todos los viernes dando inicio el 12 del presente mes y finalizando el 24 de abril del próximo año.”.
Se dispone: De previo a resolver y en el plazo de veinticuatro horas, refiérase la Jefatura de la Sección de Capacitación al eventual interés institucional que pueda revestir la gestión de la funcionaria Pérez López, razón que en lo sucesivo adicionará a su informe en gestiones análogas. Tome nota la Dirección Ejecutiva. ACUERDO FIRME.
E) Solicitud de traslado interino de Francisco Meléndez Delgado, Auxiliar de Operación de Archivo al mismo puesto e igual oficina en lugar del servidor Luis Carlos Reyes Esquivel. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce en consulta la resolución n.º DG-RA-0147-2008 de las 14:00 horas del 9 de diciembre del 2008, recibida en la Secretaría del despacho el 10 de este mes, en la cual, visto el oficio n.º RH-1861-2008 de fecha 5 de diciembre del año en curso, suscrito por el Lic. Ricardo Carías Mora, Jefe de Recursos Humanos, quien adjunta oficio n.º AM-291-2008 que suscribe la Licda. Rocío Montero Solano, Jefe a.i. de la Sección de Archivo, resuelve trasladar interinamente a partir del 16 de diciembre del año en curso al servidor Francisco Meléndez Delgado, Auxiliar de Operación de la Sección de Archivo, en el mismo cargo y en la misma Unidad Administrativa, en sustitución del servidor Luis Carlos Reyes Esquivel, quien fue ascendido interinamente. Se le ubicará en el puesto número 45536 y devengará un salario base mensual de ¢281.000.00, con anualidades de ¢6.002.00 cada una, conservando sus derechos laborales adquiridos.
Se dispone: Aprobar.
F) Traslados de la servidora Margarita Loría Chaves, a la Sección de Análisis y Control, y del servidor Minor Hernández Portugués, a la Sección de Archivo Microfilm. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil se conocen en consulta las resoluciones n.º DG-RA-0148-2008 y n.º DG-RA-0149-2008, ambas de las nueve horas de hoy, mediante las cuales por su orden se resuelve trasladar en propiedad a partir del 16 de diciembre del año en curso a la servidora Margarita Loría Chaves, Oficial Calificador (Analista de Operación) de la Sección de Opciones y Naturalizaciones, a la plaza de Oficial Calificador (Analista de Operación) que quedó vacante en la Sección de Análisis y Control, en virtud de la renuncia del señor Manuel Sánchez Rojas, quien se acogió a la pensión, siendo que se ubicará en el puesto n.º 45804 y trasladar en propiedad a partir del 16 de diciembre del año en curso al servidor Minor Hernández Portuguez, Supervisor de Unidad (Coordinador de Gestión) de la Sección de Opciones y Naturalizaciones, a la plaza de Supervisor de Unidad (Coordinador de Gestión) que dejó vacante el señor Luis Gerardo Villalobos Picado, en la Sección Archivo-Microfilm, siendo que se le ubicará en el puesto n.º 76581, en ambos casos conservando sus derechos laborales adquiridos.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar ambas resoluciones. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Informe sobre la solicitud de la Contaduría para proceder con el cobro por los servicios que brinda el TSE. De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.º DL-608-2008 del 2 de diciembre del 2008, suscrito conjuntamente con la señora Ana Isabel Fernández Alvarado, Oficial Mayor del Departamento Electoral, y los señores Rodolfo Delgado Rojas, Jefe de la Oficina de Proyectos Tecnológicos, Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil, Gilberto Gómez Guillén, Contador, Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios, y Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, recibido en la Secretaría del despacho el 8 de este mes, mediante el cual, en atención a lo dispuesto en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 3-2008, relativo a la propuesta realizada por el Contador, señor Gilberto Gómez Guillén, en oficio n.º CONT-007-2008 del 3 de enero de 2008, en relación con la posibilidad de cobrar por los servicios prestados por el Tribunal, remiten el informe que se les ordenara rendir.
Se dispone: Pase a estudio individual de la señora y señores Magistrados. ACUERDO FIRME.
B) Informe de participación en Taller Internacional de Capacitación a las Autoridades electorales de Bosnia-Herzegovina en Ciudad de México. Del señor Hugo Picado León, Letrado de este Tribunal, se conoce oficio sin número del 8 de diciembre del 2008, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual rinde informe de su participación en el Taller Internacional de Capacitación a las autoridades electorales de Bosnia-Herzegovina, en Ciudad de México, organizado por el IFE, con apoyo del PNUD y de CAPEL, según detalla.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se conoce.
C) XII Informe sobre proceso contencioso administrativo relacionado con el "Sistema Integral para la Automatización de la Cédula de Identidad". De la señora Arlette Bolaños Barquero, Asistente Legal de la Presidencia de este Tribunal, se conoce oficio n.º ALP-20-2008 del 9 de diciembre del 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 10 de este mes, mediante el cual rinde el XII Informe sobre proceso contencioso administrativo relacionado con el “Sistema Integral para la Automatización de la Cédula de Identidad.”, según detalla.
Indica la señora Bolaños Barquero que, actualmente, según el sistema informático del Poder Judicial “Consulta de Expedientes Sistema de Gestión Despachos” del Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del II Circuito Judicial de San José, el asunto fue asignado desde el 30 de octubre del año en curso al Juez Lic. David Monge y se encuentra para dictar sentencia. Asimismo, anexa un borrador que representa el duodécimo informe trimestral que podría ser remitido al órgano contralor el 15 de diciembre de los corrientes, de conformidad con lo indicado.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se conoce, el cual se hará del conocimiento de la Contraloría General de la República, según el borrador que se anexa. ACUERDO FIRME.
D) Lineamiento técnico para la elaboración de la “Programación de la Ejecución Presupuestaria para el ejercicio económico 2009”. Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador institucional, se conoce oficio n.º CONT-875-2008 del 10 de diciembre del 2008, recibido en la Secretaría ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:
“La Dirección General de Presupuesto Nacional y la Tesorería Nacional, mediante oficio No. DGPN-0659-2008/TN-1902-2008 del 20 de noviembre del año en curso, emite lineamiento técnico para la elaboración de la Programación de la Ejecución Presupuestaria para el ejercicio económico 2009.
Con base en dicha directriz técnica y una vez que la Asamblea Legislativa aprobó la Ley de Presupuesto para el Ejercicio Económico del 2009 la Contaduría como responsable de la coordinación, consolidación y presentación ante el jerarca de dicha programación, consultó a las unidades ejecutoras de los programas como son la Dirección Ejecutiva, Coordinación de Programas Electorales y la Proveeduría Institucional con el objeto de formular la propuesta de ejecución presupuestaria del Tribunal Supremo de Elecciones para el año 2008 (sic), la cual está compuesta por la Programación de la Ejecución Presupuestaria que se presenta en el formulario PFE-SIGAF y el formulario PFE-EFECTIVO con la Proyección de Gasto Efectivo.
Es conveniente acotar, que en el formulario PFE-SIGAF sobre la Programación de la Ejecución Presupuestaria para el Ejercicio 2009 en la primera cuota semestral es donde se agrupa el mayor requerimiento de recursos en razón de que se deben cubrir los compromisos no devengados del año 2008 en cuanto a bienes y servicios contratados y además de que las solicitudes de pedido que inician los procesos de contratación deben emitirse a más tardar en junio del 2009, lo cual para efectos operativos es lo que establece el compromiso y que a nivel contable genera en el sistema el solicitado y el comprometido, lo que asegura la utilización de los recursos.
Por otra parte en formulario sobre la Proyección del Gasto Efectivo, se muestra el requerimiento de recursos para hacer efectivos los compromisos adquiridos por el Tribunal, los cuales se consolidan una vez que los bienes y servicios se reciben.
Con base a lo expuesto, someto para su aprobación por parte del Superior la propuesta de Programación de la Ejecución Presupuestaria del Tribunal Supremo de Elecciones para el ejercicio económico del 2009, la cual de ser autorizada debe remitirse en forma impresa y en medio magnético el formulario PFE-SIGAF a la Dirección General de Presupuesto Nacional para su aprobación definitiva.
En cuanto a la propuesta de Proyección del Gasto Efectivo del Ejercicio Económico, se presenta en formulario PFE-EFECTIVO, el cual deberá remitirse en forma impresa y en medio magnético a la Tesorería Nacional.
No omito manifestar que de contar con la aprobación del Superior, este despacho se encargará de remitir la información requerida en los términos establecidos a la Dirección General de Presupuesto Nacional y la Tesorería Nacional.”.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar. Proceda de inmediato la Contaduría institucional conforme lo sugiere. ACUERDO FIRME.
E) Reglamento del Cuerpo de Delegados. Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce nuevamente oficio n.º CPE-495-2008 de fecha 1º de diciembre de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 02 de diciembre de 2008, mediante el cual somete a consideración de este Tribunal el proyecto de reforma del Reglamento del Cuerpo de Delegados.
Se dispone: Promulgar el decreto que interesa, cuya publicación se ordena, bajo el siguiente texto:
"N.º 08-2008
EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
De conformidad con las atribuciones que le confieren los incisos 6) y 10) del artículo 102 de la Constitución Política y el inciso f) del artículo 19 del Código Electoral,
DECRETA:
El siguiente:
REGLAMENTO DEL CUERPO DE DELEGADOS
Artículo 1.- Del Cuerpo de Delegados. El Cuerpo de Delegados se constituye como un grupo de funcionarios públicos de carácter permanente que coadyuva al Tribunal Supremo de Elecciones en el ejercicio de su función, en los términos del inciso 6) del artículo 102 constitucional y de este reglamento.
Artículo 2.- Constitución. El Cuerpo de Delegados estará integrado por ciudadanos que serán nombrados discrecionalmente por el Tribunal Supremo de Elecciones, pudiendo representarle por delegación ante los diferentes actores que participan en los procesos electorales o consultivos con ocasión de las facultades que normativamente le corresponden.
Artículo 3.- Requisitos para ser miembro. Podrán ser miembros del Cuerpo de Delegados los ciudadanos costarricenses en ejercicio, de conducta intachable y notoria imparcialidad política y que tengan una excelente presentación personal, acorde con su investidura, quedando sujetos a las causales de impedimento que se indican en el párrafo segundo del ordinal 27 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil.
Artículo 4.- De la solicitud de ingreso. Las solicitudes para integrar el Cuerpo de Delegados deberán formularse por escrito ante la Coordinación de Programas Electorales o ante la Jefatura Nacional de Delegados. El interesado declarará, bajo fe de juramento, no ser miembro de ningún partido político, indicará su profesión u oficio y demás calidades.
Las solicitudes para integrar el Cuerpo de Delegados serán valoradas previamente por la Jefatura Nacional o por la Coordinación de Programas Electorales, a efectos de que se emita una recomendación al Tribunal para que éste acuerde lo pertinente. La documentación y atestados que se someten a consideración del Tribunal, pasarán a ser propiedad de éste.
Artículo 5.- Del régimen de los delegados. El cargo de delegado del Tribunal Supremo de Elecciones es ad honorem y se considerará funcionario de confianza, es decir, de libre nombramiento y remoción por parte del Tribunal. La relación que se establezca entre los delegados y el Tribunal no se considerará en modo alguno como de carácter laboral; sin embargo, le serán aplicables las disposiciones contenidas en el Título Quinto del Libro Primero de la Ley General de la Administración Pública.
El cargo de delegado es renunciable en cualquier momento, debiendo comunicarlo así el interesado por escrito a la Jefatura Nacional de Delegados, con copia a la Coordinación de Programas Electorales, con al menos diez días de antelación. Con esa misma comunicación, el delegado deberá devolver el carné y las demás insignias de acreditación y documentos que se le hubieren entregado.
Artículo 6.- Del nombramiento y juramentación. Habiendo sido acordado su nombramiento por parte del Tribunal y previo a rendir el juramento constitucional dispuesto en el artículo 194, los delegados deberán asistir a un taller de capacitación, en el cual se les instruirá sobre sus funciones. Una vez cumplido este requisito, se deberá presentar ante el Jefe Nacional de Delegados para que sea juramentado. Una vez juramentados, se les expedirá el carné que los acredita como delegados.
Artículo 7.- Del libro de juramentación. Se llevará un solo libro de juramentación en formato de hojas sueltas o bien encuadernado, en el que se hará constar en asiento separado el nombre y número de cédula de cada uno de los delegados que presten juramento. Ese libro se mantendrá bajo custodia del Jefe Nacional de Delegados y estará compuesto por doscientas hojas debidamente foliadas en forma consecutiva y selladas por la Coordinación de Programas Electorales en cada uno de sus folios, quien además incluirá en dicho libro una razón de apertura en su primer folio.
Cuando se dé por finalizado el libro de juramentaciones se iniciará otro, señalándose la razón de cierre, para lo cual se consignará la firma y el sello de la oficina responsable del registro y resguardo. El mismo será entregado a la referida Coordinación, la que velará por su custodia en los archivos de la Institución.
Los registros correspondientes podrán ser llevados tanto en forma digital como manual.
Artículo 8.- Potestades. Los delegados serán nombrados directamente por los Magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones y responderán, para todos los efectos, ante éste. Tendrán las siguientes potestades:
a) Velar por el cabal y correcto cumplimiento de las instrucciones, órdenes y demás medidas que el Tribunal establezca, imparta o llegare a girar, a los efectos de que los procesos electorales y consultivos se desarrollen y transcurras en condiciones de garantía, de orden y libertad absoluta e irrestricta.
b) Actuar como representantes del Tribunal ante los alcaldes municipales, cuerpos de rescate y emergencias y autoridades de los distintos cuerpos policiales del país.
c) Vigilar el desarrollo de las reuniones públicas, mítines políticos, piquetes y demás actos y manifestaciones que organizaren los partidos políticos y aplicar respecto de dichas actividades las medidas que resulten oportunas y convenientes, para que éstas se realicen en concordancia con la autorización expedida por la autoridad competente y con respeto absoluto de la propiedad privada, la integridad y la seguridad de las personas y el orden público.
d) Ejecutar con la mayor celeridad las órdenes e instrucciones que el Tribunal les imparta en forma directa o a través del funcionario de enlace y que corresponda con las competencias propias del Cuerpo de Delegados.
e) Cooperar en todas los etapas de los procesos electorales y consultivos con la ejecución de todas aquellas actividades delegadas por el propio Tribunal en otros sujetos de relevancia en el proceso.
f) Llevar una bitácora donde se hagan constar todas las incidencias de su labor, lo cual deberá informar en forma oportuna al Tribunal.
g) Tramitar y resolver las gestiones para la realización de piquetes que formulen los partidos políticos que intervienen en la elección o consulta.
h) Las demás atribuciones que por ley, reglamento o por acuerdo del Tribunal se les asigne.
Artículo 9.- De la organización de la oficina del Cuerpo de Delegados. Siendo el Cuerpo de Delegados una dependencia coadyuvante de este Tribunal de naturaleza permanente, contará con una oficina en la Sede Central, la cual estará a cargo de un funcionario de la Institución, quien deberá coordinar todos los aspectos administrativos propios de dicha oficina y así permitir el mejor desempeño de las funciones específicas de dicho cuerpo auxiliar. Todas las acciones que dicho funcionario administrativo ejecute lo hará a través de la Coordinación de Programas Electorales, la cual para todos los efectos laborales se tendrá como el superior inmediato de aquél.
Artículo 10.- Del Jefe Nacional de Delegados. Habrá un Jefe Nacional de Delegados, nombrado por el Tribunal Supremo de Elecciones, quien tendrá las siguientes atribuciones:
a) Disponer lo pertinente en punto a la organización interna y al funcionamiento del Cuerpo de Delegados, para lo cual propondrá al Tribunal, por intermedio de la Coordinación de Programas Electorales, el nombramiento o remisión de las jefaturas o cualquier otro cargo a nivel regional.
b) Velar para que dicho Cuerpo cumpla las instrucciones, órdenes y disposiciones que acuerde el Tribunal, en lo referente a las funciones y al trabajo de los delegados.
c) Proveer lo que corresponda a efecto de que las instrucciones, órdenes y disposiciones que acuerde el Tribunal, sean correctamente comunicados, conocidos y ejecutados.
d) Recibir y analizar las solicitudes de nombramiento como delegados y hacer la recomendación respectiva al Tribunal Supremo de Elecciones.
e) Dar el trámite respectivo a las solicitudes de revocatoria del nombramiento de delegados.
f) En un plazo máximo de quince días contado a partir del propio día en que se celebre una elección o consulta popular, rendir al Tribunal Supremo de Elecciones un informe detallado de todas aquellas incidencias suscitadas durante el proceso, teniendo como base los reportes que le deben remitir las jefaturas de región.
g) Coordinar oportunamente con el encargado administrativo de la oficina los requerimientos necesarios, para que el Cuerpo de Delegados lleve a cabo las funciones encomendadas, lo cual deberá gestionarse a través de la Coordinación de Programas Electorales.
h) Cualesquiera otras que le asigne el Tribunal.
Artículo 11.- Del Subjefe Nacional de Delegados. Habrá un Subjefe Nacional de Delegados, nombrado por el Tribunal Supremo de Elecciones, quien tendrá las siguientes atribuciones:
a) Colaborar con el Jefe Nacional en lo que corresponda con la organización interna y al funcionamiento del Cuerpo de Delegados.
b) Colaborar en todo lo que sea necesario para que se cumplan las instrucciones, órdenes y disposiciones que acuerde el Tribunal, en lo referente a las funciones y al trabajo de los delegados.
c) Sustituir al Jefe Nacional en sus ausencias temporales.
d) Cumplir con todas las funciones que le sean asignadas por el Jefe Nacional del Cuerpo de Delgados o por el Tribunal.
Articulo 12.- De las jefaturas regionales. El Tribunal nombrará un delegado jefe regional para cada una de las regiones del país, quien estará directamente subordinado al Jefe Nacional del Cuerpo de Delegados, sin perjuicio de los informes que el Tribunal le solicite rendir, así como de las instrucciones que éste llegare a girarle directamente.
Del delegado jefe regional dependerán el subjefe regional y los delegados coordinadores de zona que el Tribunal llegare a nombrar y que se encargarán del enlace entre la zona y la jefatura regional.
El jefe regional deberá, en un plazo máximo de ocho días contados a partir del día en que se celebre una elección o consulta popular, remitir a la Jefatura Nacional un informe detallado de sus labores haciendo indicación expresa de todas aquellas incidencias acaecidas en la circunscripción territorial a su cargo.
Artículo 13.- De la competencia del Cuerpo de Delegados. El Cuerpo de Delegados es un órgano permanente coadyuvante del Tribunal y no podrá en ningún momento eximirse del cumplimiento de aquellas funciones que le hayan sido asignadas, debiendo estimarse como prioritarias aquellas que imprescindiblemente debe cumplir a partir del momento en que oficialmente convoque a elecciones o referéndum y hasta el día en que se haga la declaratoria oficial de de los resultados.
Artículo 14.- De las bitácoras. Durante un proceso electoral los delegados deberán llevar un control de todos los hechos de relevancia acaecidos durante el ejercicio de sus labores, lo cual se hará constar en una bitácora o en un libro de incidencias. Dicha bitácora necesariamente deberá estar en poder de cada delegado al menos ocho días antes del día en que se celebrará una elección y deberá ser devuelta al superior inmediato a más tardar el segundo día inmediato posterior al de celebración de la elección o consulta popular, acompañando un informe detallado de labores. En el caso de que se trabaje en parejas, solo deberá llevarse una bitácora por cada una de ellas.
Artículo 15.- Del régimen de responsabilidad. Los actos que, en ejecución de sus funciones, llegaren a adoptar los delegados del Tribunal estarán sujetos al régimen de responsabilidad establecido en el Título Sétimo del Libro Primero de la Ley General de la Administración Pública.
Articulo 16.- Del uso de los recursos. Los delegados en todo momento deberán hacer un buen uso de los recursos que les sean asignados con ocasión del cargo que ostentan y de las funciones que les son propias, procurándose las medidas necesarias para su efectiva y eficiente custodia y consecuente conservación, exaltando la transparencia y la ética en el ejercicio de sus funciones, de conformidad con los enunciados de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito.
Artículo 17.- Del enlace con el Cuerpo de Delegados. La Coordinación de Programas Electorales fungirá como enlace entre el Cuerpo de Delegados y el Tribunal, y será la encargada de comunicar las políticas, normativa general, órdenes y directrices que gire el Tribunal a la Jefatura Nacional de Delegados, así como de hacer llegar al Tribunal las comunicaciones o solicitudes que ésta le formule.
La Coordinación de Programas Electorales será responsable de proveer a la Jefatura Nacional de Delegados, previa valoración y en la medida de las posibilidades institucionales, de todos los recursos materiales y técnicos que se requieren para el adecuado desempeño de sus funciones. Además, deberá coordinar lo pertinente con los demás programas electorales, para la colaboración que necesiten del Cuerpo de Delegados. Deberá además coordinar lo relativo a la capacitación de los delegados y demás funciones que le asigne el Tribunal.
Artículo 18.- Derogatoria y vigencia. El presente Decreto deroga el n.º 15-2001 del 04 de octubre de 2001, publicado en La Gaceta n.º 201 del 19 de octubre de 2001 y rige a partir de su publicación.".
Descárguese del registro de asuntos pasados a estudio individual de los Magistrados. ACUERDO FIRME.
F) Recibo de documentación fuera de jornada laboral. Se dispone: Indicarle a todas las dependencias de estos organismos electorales que es su obligación recibir documentación interna fuera de la jornada laboral, así como acusar recibo, cuando permanezcan funcionarios en la oficina destinataria. Comuníquese a todos los departamentos de este Tribunal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE COMISIONES INSTITUCIONALES.
A) Remisión de copia del acta del Comité Institucional de Selección y Eliminación de documentos. Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario de este Tribunal, se conoce oficio n.º CSED-003-2008 de fecha 8 de diciembre de 2008, con el cual adjunta copia del acta de la sesión n.º 1-2008, celebrada el 20 de noviembre pasado por el Comité Institucional de Selección y Eliminación de Documentos.
Se dispone: Tomar nota. Continúese informando a este Tribunal sobre el particular.
B) Solicitud para que se considere el cambio de nombre de la Comisión de Discapacidad al de “Comisión de Accesibilidad Institucional”. Del señor Juan Rafael Madrigal Hernández, de la Comisión de Discapacidad, se conoce oficio n.º 30-CD-2008 (sic) de fecha 5 de diciembre, 2008, recibido el 9 de diciembre de 2008 en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:
“Por este medio le ruego considerar para lo que a bien tenga el Superior, la modificación del nombre de “Comisión en Materia de Discapacidad” por el de “Comisión de Accesibilidad Institucional” con el objeto de definir su rango de acción en el nombre, esto debido a que las funciones de esta comisión, son en su mayoría brindar un mejor acceso de toda la población a nuestros servicios, ya sean civiles, electorales, que presenten o no alguna deficiencia.”
Se dispone: Aprobar según se propone. Tome nota la Dirección Ejecutiva.
C) Comisión para conmemorar el sexagésimo aniversario de la creación de este organismo electoral. Se dispone: Crear una Comisión integrada por la señora Directora General del Registro Civil y los señores Secretario del despacho, Director Ejecutivo y Coordinador de Programas Electorales, cuya finalidad será proponerle al Tribunal un programa de actividades para conmemorar el sexagésimo aniversario de la creación de este organismo electoral. Dicha comisión considerará que esta celebración se va a desarrollar estando en curso el proceso electoral 2009-2010, a los efectos de que la dimensione en debida forma. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Solicitud de información respecto de los bienes inmuebles en el cantón de Puntarenas registrados a nombre del TSE. Del señor Diputado Bienvenido Venegas Porras se conoce oficio n.º DBVP-MA-574-08 del 4 de diciembre del 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 9 de este mes, mediante el cual solicita se le suministre un listado de los bienes inmuebles que estén registrados en el cantón de Puntarenas, a nombre de este Tribunal, conteniendo las dimensiones de la propiedad, la ubicación exacta, si es para construir o si está construido, además del tipo de edificación y por quién están siendo usadas.
Se dispone: Para que se remita la información que indica el señor Diputado, pase a la Coordinación de Servicios Regionales, dependencia que será asistida por el señor Jaime Madriz Muñoz y el Departamento de Arquitectura. ACUERDO FIRME.
B) Remisión de copia de las actas 66, 67 y 68 de la Comisión de Reformas Electorales y Partidos Políticos. Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce oficio CPE-525-2008 de fecha “09 de diciembre de de 2008” (sic), recibido ese día en la Secretaría del despacho, con el cual adjunta copia de las actas de las sesiones números 66, 67 y 68 celebradas por la Comisión Especial de Reformas Electorales y Partidos Políticos de la Asamblea Legislativa.
Se dispone: Agréguense a sus antecedentes.
C) Propuesta del Gobierno de España para que los ciudadanos extranjeros residentes legalmente en España puedan ejercer el derecho al voto en las elecciones municipales. Del señor Christian Guillermet Fernández, Director General de Política Exterior, se conoce oficio n.º DGPE/PEII/EU/No.196-12-08 del 4 de diciembre del 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 9 de diciembre del 2008, mediante el cual se refiere a la nota n.º 404/08, suscrita por el señor Embajador de Costa Rica en España, señor Melvin Alfredo Sáenz Biolley, quien a su vez transmite la información recibida de parte del Gobierno de España en la que manifiesta que los ciudadanos extranjeros residentes legalmente en ese país podrán ejercer el derecho a voto en las elecciones municipales, atendiendo a criterios de reciprocidad.
Indica además que el Gobierno de España ha solicitado por medio de las Embajadas en ese país, comunicarle una eventual decisión de concluir un Acuerdo Bilateral en la materia, para lo cual se adjunta un modelo de Acuerdo por canje de nota, así como una nota con las condiciones para el ejercicio del derecho al voto en las elecciones municipales a celebrar en España.
Se dispone: Manifestarle al señor Director General de Política Exterior que este Tribunal debe declinar lamentablemente la gentil instancia que se le formula, toda vez que el régimen electoral costarricense reserva para los nacionales el ejercicio del sufragio. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SETIMO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Remisión del Informe Anual 2007-2008, Resumen Ejecutivo, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de los Estados Unidos Mexicanos. De la señora María del Carmen Alanis Figueroa, Magistrada Presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de los Estados Unidos Mexicanos, se recibe el “Informe Anual 2007-2008. Resumen Ejecutivo” de ese Tribunal.
Se dispone: Agradecer a la señora Magistrada Presidente el envío de tan importante documento. Pase a la biblioteca para su custodia y consulta.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
Max Alberto Esquivel Faerron |