ACTA Nº 59-2007

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del cinco de julio del dos mil siete, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González, quien preside, y Mario Seing Jiménez, y la señora Magistrada Zetty Bou Valverde. 

ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por el señor Magistrado Seing Jiménez por no haber participado de dicha sesión.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:

a) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio Nº DE-728-2007 del 5 de julio del 2007, en el que indica que mediante Decreto Ejecutivo Nº 33789-H, publicado en La Gaceta Nº 133 del 30 de mayo del año en curso, se realizó la distribución por subpartida presupuestaria de los montos definidos por este Tribunal para dar cumplimiento a la Ley Nº 8492,“Regulación del Referéndum”, no obstante, una vez obtenidas diversas cotizaciones para los diferentes bienes y servicios a adquirir, así como concluidas las revisiones de las existencias finales de algunos de ellos, se ha determinado la necesidad de modificar las sumas asignadas a varios rubros según lo propone en el referido oficio, por lo que recomienda lo siguiente:

“… 4) RECOMENDACIÓN

De conformidad con lo establecido en los artículos 99 y siguientes y 177 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, con arreglo a los principios de gestión financiera y programación contenidos en el artículo 5, incisos b) y e), en ese orden, de la LAFPP, como consecuencia de lo expuesto y con base en el inciso r) del artículo 2º del Reglamento de esta Dirección Ejecutiva, se recomienda al Superior que se dirija atenta instancia a la señora Directora General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda, para que, como decreto ejecutivo de excepción, fuera del calendario previamente establecido por esa Dirección, se sirva efectuar los siguientes traspasos presupuestarios: 

REBAJAR

TITULO 401

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

PROGRAMA 850

SUBPROGRAMA 02- ORGANIZACIÓN DE ELECCIONES

REGISTRO CONTABLE 401.850.02

  

Subpartida /Descripción
 
Clasificaciones Presupuestarias
Monto ¢
10203 Servicio de correos
 
FF= 001, CE=1120, CF= 1190
4.000.000,oo
20101 Combustibles y lubricantes
 
FF= 001, CE=1120, CF= 1190
3.000.000,oo
29903 Productos de papel, cartón e impresos
 
FF= 001, CE=1120, CF= 1190
4.000.000,oo
29904 Textiles y vestuarios
 
FF= 001, CE=1120, CF= 1190
1.000.000,oo
TOTAL REBAJA DEL SUBPROGRAMA 850-02
 
 
12.000.000,oo
TOTAL REBAJA DEL TITULO 401
 
12.000.000,oo
 
 
 
 

AUMENTAR

 

TITULO 401

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

PROGRAMA 850

SUBPROGRAMA 02- ORGANIZACIÓN DE ELECCIONES

REGISTRO CONTABLE 401.850.02

 

 
Subpartida /Descripción
 
Clasificaciones Presupuestarias
Monto ¢
20401 Herramientas e instrumentos
FF=001, CE=1120, CF= 1190
2.000.000,oo
 
29901 Útiles y materiales de oficina y cómputo
FF=001, CE=1120, CF= 1190
8.500.000,oo
 
29999 Otros útiles, materiales y suministros
 
FF=001, CE=1120, CF= 1190
1.500.000,oo
TOTAL AUMENTAR DEL SUBPROGRAMA 850-02
 
 
12.000.000,oo
TOTAL AUMENTAR DEL TITULO 401
 
12.000.000,oo

 

Se acompaña la certificación del saldo de las subpartidas a rebajar emitida por la Contaduría, así como el cuadro “Uso y Aplicación de Recursos Subprogramas “02”, documentos que deben adjuntarse al oficio que se remitirá al Ministerio de Hacienda.”

Se dispone: Aprobar conforme lo recomendado por el señor Director Ejecutivo; proceda la Secretaria del despacho con la respectiva comunicación a la Dirección General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda. ACUERDO FIRME.

b) Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i., se conoce oficio Nº PROV-1135-2007 del 29 de junio del año en curso, en el que informa sobre la prevención formal realizada a la empresa MUTIASA, en relación con las deficiencias apuntadas por los órganos fiscalizadores en la ejecución del contrato de limpieza, en las Sedes Regionales de Alajuela, Heredia y Cartago, así como el requerimiento al contratista de un compromiso por escrito de subsanar las fallas reportadas y recomienda, en virtud de que a los órganos fiscalizadores les compete la ejecución del contrato y poseen la inmediatez de la información, resulta oportuno que sean ellos quienes brinden el respectivo seguimiento al compromiso asumido por la empresa y de lo contrario lo informen a la Inspección Electoral para que se tomen las medidas del caso.

Se dispone: Tener por rendido el informe de la Proveeduría institucional; procedan los órganos fiscalizadores conforme lo recomienda ese departamento. ACUERDO FIRME.

c) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:

1) Oficio Nº RH-1606-2007 del 4 del mes en curso, por medio del cual eleva a consideración de este Tribunal, el oficio DG-0580-2007 que suscribe la Licda. Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, en el cual informa que fue incapacitada por los servicios médicos de la institución, del 4 al 6 de julio del año en curso, por lo que solicita que durante ese lapso sus funciones se encarguen en el Lic. Rodrigo Fallas Vargas, quien ocupa el cargo de Oficial Mayor Civil y en múltiples oportunidades ha asumido esa misma responsabilidad.

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº RH-1607-2007 del 4 del mes en curso, mediante el cual se refiere al nombramiento en propiedad del señor Ronny Salas Sánchez y de la señora Giselle Garnier Fuentes, en plazas de Auxiliar de Operación de la Auditoría Interna y de la Oficina Regional de Liberia, respectivamente, ambos a partir del 1º de julio del presente año. Indica el señor Carías Mora que siendo que ese día fue domingo, se solicita modificar los acuerdos respectivos a fin de que tales nombramientos rijan a partir del lunes 2 de julio, como es usual en casos de esta naturaleza.

Se dispone: Modificar los acuerdos adoptados en el artículo segundo de las sesiones Nº 54-2007 y 56-2007, a los efectos de tener por fecha de ingreso del señor Ronny Salas Sánchez y de la señora Giselle Garnier Fuentes el 2 de julio pasado. ACUERDO FIRME.

d) Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce oficio Nº CPE-356-2007 del 4 del mes en curso, en el que informa que la capacitación para los miembros de Cuerpo de Delegados Ad Honórem, se llevara a cabo en coordinación con la Sección de Capacitación, durante los meses de julio, agosto y setiembre, por lo que, en virtud de lo anterior, la Jefatura del citado cuerpo se ha reunido con funcionarios de ese despacho, con el fin de definir la hora, fecha, sedes, regiones y provincias, donde se llevará a cabo la capacitación, proceso que ya se completó. Con el propósito de que la información, instrucción y capacitación sea uniforme, esa Sección está elaborando el temario guía para los Delegados en relación a la función de los Asesores Electorales, funcionarios de las Oficinas Regionales, Transmisión de Datos, Distribución del Material Electoral, entre otros. Por último, indica el señor Fernández Masís que esa oficina siempre estará en la mejor disposición de colaborar con el Cuerpo Nacional de Delegados, a fin de que la información que se genere y sea de su interés, se le haga llegar oportunamente.

Se dispone: Tomar nota. Se informará al Tribunal pormenorizadamente sobre los resultados de la capacitación al Cuerpo Nacional de Delegados. Sobre la documentación que se produzca, el Coordinador de Programas Electorales recomendará si es conveniente ponerla en el sitio web del Tribunal. ACUERDO FIRME.

e) De las señoras Laura Téllez Romero y Andrea Artavia Cárdenas, Gerente y Administradora del Proyecto de Estaciones de Trabajo y Servidores de Búsqueda y Concordancia para el SICI, respectivamente, se conoce oficio Nº PST-042-2007 del 4 del mes en curso, con el visto bueno del señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, mediante el cual manifiestan su preocupación en relación con la urgencia apremiante en la confección y envió del addendum a la Contraloría General de la República para el contrato de “Soluciones Tecnológicas para la Adquisición e Integración de Servidores al Módulo de Búsqueda y Concordancia y Adquisición e Integración de Estaciones de Trabajo del Sistema Integrado de Cédula de Identidad SICI y Servidores del Sistema Integrado de Cédula de Identidad” y la forma en que se ha tramitado hasta ahora. Señalan asimismo la necesidad de definir un plazo para la realización de dicho addendum, en vista de la importancia del proyecto y para evitar el posible riesgo de un monto no devengado en el presupuesto del próximo año.

Se dispone: Proceda el Departamento Legal con carácter urgente, en el plazo máximo de 5 días hábiles, a remitir el addendum correspondiente. ACUERDO FIRME.

f) De la señora Marjorie Moreno González, Directora General de Presupuesto Nacional, se conoce circular Nº DGPN-279-2006 (sic) del 28 de junio del año en curso, mediante la cual, con el objetivo de dar cumplimiento a las disposiciones que en materia de control y evaluación del presupuesto de la República que señalan las normas que indica, comunica que los formularios e instructivos para que este Tribunal pueda preparar el respectivo Informe de Seguimiento de Gestión Presupuestaria del I semestre 2007, ya se encuentran en la página electrónica cuya dirección consigna. Asimismo manifiesta que ese informe deberá ser remitido y firmado por el máximo jerarca institucional, a más tardar el 31 de julio de 2007, tanto en forma impresa como en medio magnético, agregando algunas observaciones al respecto.

Se dispone: Pase a la Comisión de Presupuesto institucional para que prepare el respectivo proyecto de respuesta. ACUERDO FIRME.

g) De la señora Rosa María Vega Campos, Jefa de Área a.i. de la Comisión Especial dictaminadora de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo, de la Asamblea Legislativa, se conoce fax correspondiente al oficio Nº CM-123-07 del 2 del mes en curso, quien, con instrucciones del Presidente de dicha Comisión, procede a consultar el criterio de este Tribunal sobre el proyecto “Reformas al Código Municipal y al Código Electoral para unificar la (sic) elecciones de las autoridades municipales y realizarlas en medio período”, expediente 16.535, publicado en La Gaceta Nº 113 del 13 de junio de 2007.

Se dispone: Pase a estudio individual. Se fijan las 11:00 horas del 10 de julio para conversar sobre el particular. Remítase copia a la Licda. Mary Anne Mannix Arnold. ACUERDO FIRME.

h) Del señor Álvaro Pinto Pinto, Vicepresidente de Disexport Internacional Sociedad Anónima, se conoce nota del 3 del mes en curso, en el que informa que mediante nota del día 20 de abril del 2007 remitieron las pruebas que justificaron el atraso en la entrega de los vehículos, el cual considera no imputable a su representada. Adiciona el señor Pinto Pinto que el atraso en el pago de este Tribunal los obligará a presentar el reclamo administrativo correspondiente, asimismo señala que la institución se encuentra garantizada del pago de cualquier multa por la garantía de cumplimiento vigente, por lo que no considera que exista justificación en la retención de la cancelación de las facturas.

Se dispone: Remítase al Departamento Legal para el análisis correspondiente en el momento oportuno. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO.- Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del despacho, se conoce:

1) Oficio Nº TSE-3021-2007 del 3 de julio del 2007, mediante el cual somete a consideración de este Tribunal, terna para llenar en propiedad -a partir del próximo 16 de julio- una plaza de Programador 2 (Profesional de Apoyo) vacante en el Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones.

Se dispone: Nombrar a la funcionaria Carolina Cordero Álvarez, quien figura en el primer lugar de la terna a partir del 16 de julio del año en curso.

2) Oficio Nº TSE-3042-2007 del 4 de julio del 2007, en el que rinde informe de conformidad con lo ordenado en el artículo 2º de la sesión Nº 57-2007 en relación con el nombramiento interino de la funcionaria Vilma Hernández Prado, como Oficial de Seguridad y, por las razones que expone, indica que en su criterio no hay mérito suficiente para revocar el nombramiento interino de la señora Hernández Prado, a quien sí debe advertírsele que su trato con los Coordinadores de Base Cero debe darse de forma moderada y con el tono adecuado. Por otro lado, señala el señor Bermúdez Mora que, en lo que respecta a la solicitud del funcionario Álvaro Gutiérrez Ugarte, en el sentido de que se revoque el nombramiento de la señora Hernández Prado y se le indiquen las razones por las cuales no se le nombro a él en lugar de aquélla, sugiere a este Tribunal darle traslado del presente informe y transcribirle lo que el Tribunal dispuso cuando nombró a la señora Hernández Prado. 

Se dispone: Acoger la recomendación que plantea el señor Bermúdez Mora. La propia Secretaría remitirá las comunicaciones del caso.

ARTÍCULO CUARTO.- De los señores Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, y Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se conoce oficio Nº DE-717-2007 del 3 de julio del 2007, mediante el cual rinden el criterio sobre el otorgamiento de permiso con goce de salario por un año al señor Dennis Cascante Hernández, Encargado del Área de Seguridad del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones (DTIC), a fin de que participe en la implementación del Sistema Nacional de Certificación Digital, específicamente en la creación de la Raíz de Certificación Nacional que se haría en el Banco Central. La jefatura del DTIC, por las razones que expone, considera contraproducente autorizar la participación del funcionario en los términos señalados, asimismo indica que existe la posibilidad de asignar un sustituto en iguales condiciones en el área de seguridad. Agregan los señores Víquez Jiménez y Hernández Granda que es su interés colaborar en este valioso proyecto, que el TSE también impulsa y apoya por su trascendencia, recomendando lo que se transcribe a continuación:

“… 1) Autorizar al señor Cascante Hernández para que participe como colaborador en el proyecto, pero sin desatender las actividades que ahora tiene a cargo, algunas de las cuales son de alta prioridad. Esto quiere decir que lo referente a firma digital se incluiría en la cartera actual de proyectos del área de seguridad del DTIC y sería atendido en forma conjunta y de la misma manera que los demás que ya están en cartera.

2) Para concretar lo anterior y poder estudiar las posibilidades reales, que se solicite al MICIT se sirvan facilitarnos el plan de trabajo y su respectivo cronograma de actividades, con indicación de aquellas en las que el señor Cascante Hernández tendría activa participación, de manera que se pueda diseñar la forma y los momentos oportunos en que él podría atenderlas.”

Se dispone: Tener por rendido el informe conjunto del Director Ejecutivo y el Jefe a.i. del DTIC. Se acogen las recomendaciones planteadas en el referido informe, las cuales se harán del conocimiento de la señora Eugenia M. Flores V., Ministra de Ciencia y Tecnología, con el fin de que se sirva remitir a este Tribunal el plan de trabajo y el cronograma de actividades del proyecto, resaltando aquellas en las que el señor Cascante Hernández tendría participación.

ARTÍCULO QUINTO.- Del señor Fernando Víquez Jiménez, Coordinador de la Comisión de Construcciones, se conoce oficio Nº CC-066-2007 del 4 de julio del 2007, al que adjunta copia del acta de la reunión Nº 598-07, celebrada el 2 de julio por dicha Comisión.

Se dispone: Tomar nota. Continúese informando sobre el particular.

ARTÍCULO SEXTO.- De las señoras y señores miembros del Comité Institucional de Selección y Eliminación de Documentos, se conoce oficio Nº CSED-006-2007 del 29 de junio del 2007, en el cual transcriben el artículo tercero de la sesión 1-2007, celebrada el 6 de junio pasado por dicho Comité, donde conocieron el oficio Nº TSE-0619-2007 del 8 de febrero del 2007, en el que se les comunicó el acuerdo adoptado por este Tribunal, disponiendo que rindieran informe sobre la solicitud de eliminación de la documentación que presentaron los partidos políticos para los efectos de la liquidación de la deuda política del período 1998-2002, y en el que acordaron: “Informar al Tribunal que, a pesar de que no se indica en forma expresa la antigüedad de la referida documentación, este Comité considera, al amparo de los reiterados pronunciamientos que sobre idénticos tipos documentales ha emitido la Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos, siendo el último pronunciamiento al respecto de fecha 23 de febrero del 2005, no haber impedimento alguno para que se proceda con la destrucción de la misma, en el entendido de que se refiere únicamente a aquella que tenga una antigüedad de por lo menos cinco años.”

Se dispone: Con vista en el informe que se rinde ante este Tribunal, se concede la autorización solicitada por la Contraloría Electoral, para destruir la documentación que presentaron los partidos políticos con motivo de la liquidación de la deuda política de la campaña electoral 1998-2002, en el entendido que corresponde únicamente a aquélla que tenga una antigüedad de por lo menos cinco años.

ARTÍCULO SETIMO.- Del señor Diputado José Ángel Ocampo Bolaños se conoce oficio Nº JAOB-645-07 del 28 de junio del 2007, mediante el cual hace del conocimiento de este Tribunal, el documento electrónico que contiene una sinopsis del trabajo legislativo desarrollado por su Despacho en la primera legislatura del presente período constitucional, indicando además que lo está también trasladando a las instituciones que indica.

Se dispone: Tomar nota.

ARTÍCULO OCTAVO.- Del señor Vidar Helgesen, Secretario General de IDEA Internacional, se conoce nota recibida el 3 de julio del 2007, mediante la cual remite una copia del reporte regional de este Instituto denominado “Political Parties in Africa: Challenges for Sustained Multiparty Democracy”.

Se dispone: Agradecer a IDEA Internacional la remisión de dicho reporte. Remítase el ejemplar a la Biblioteca institucional para la clasificación, custodia y consulta que corresponda.

ARTÍCULO NOVENO.- De la señora Roxana Salazar, en representación de la Comisión de Observación, se conoce nota del 4 de julio del 2007, mediante la cual, por las razones que expone, solicita trescientas copias del proyecto de ley que será sometido a referéndum el día 7 de octubre en curso.

Se dispone: Se le informa a la gestionante que, de conformidad con lo dispuesto por este Tribunal en sesión nº 11653, artículo segundo, inciso l), todo escrito o petición realizada por una persona jurídica deberá ser autenticada o presentada por el firmante. Además, deberá formularla el personero con poder suficiente de la entidad, a la cual se adjuntará la certificación que lo acredite como tal. Sin perjuicio de lo anterior, se le comunica que la información de relevancia sobre el referéndum, incluyendo el texto del proyecto de ley, se encuentra en la página web de este Tribunal www.tse.go.cr. Dicho texto, adicionalmente, está disponible en formato convencional en las instalaciones del Tribunal y en cada una de sus oficinas regionales.

ARTÍCULO DECIMO.- Del señor Danilo Rodríguez Montero se conoce nota del 21 de mayo del 2007, recibida el 2 de julio pasado, mediante la cual consulta, a efecto de proponerlo al Comité Ejecutivo Electoral a escala distrital que preside, si está permitido y cuál es el procedimiento para donar contribución desde una de las cuentas de fondos prevenientes de militantes del Partido Fuerza Democrática (BPDC) (sic) hacia los grupos que apoyan la posición del “no” en el proceso de referéndum.

Se dispone: Informar al gestionante que este Tribunal reiteradamente ha señalado que la potestad de "Interpretar en forma exclusiva y obligatoria las disposiciones constitucionales y legales referentes a la materia electoral", conforme al inciso 3) del artículo 102 de la Constitución Política y el inciso c) del artículo 19 del Código Electoral, puede ejercerse "de oficio o a solicitud de los miembros del Comité Ejecutivo Superior de los partidos políticos inscritos"; bajo estas reglas jurídicas este Tribunal está facultado para resolver consultas de los partidos políticos, siempre que se hagan a través de su Comité Ejecutivo Superior, en el presente caso el solicitante no acreditó la legitimación para presentar la consulta a nombre del Comité Ejecutivo Superior del Partido Fuerza Democrática, en consecuencia, la gestión no es procedente. No obstante, se le informa que el artículo 20 de la Ley nº 8492, Ley de Referéndum, establece en lo atinente que: “Los particulares costarricenses, sean personas jurídicas o físicas, podrán contribuir, para campañas a favor o en contra del proyecto sometido a referéndum, con sumas que no excedan de veinte salarios base, conforme se define en la Ley No. 7337, del 5 de mayo de 1993.” Asimismo el numeral 30 de la ley citada regula la infracción para quien sobrepase el límite máximo establecido, imponiendo una multa de hasta tres veces el monto infringido, sin perjuicio de las sanciones penales que determine la ley.

ARTÍCULO DECIMOPRIMERO.- Del señor Marcelino Calvo Rodríguez, quien manifiesta ser el presidente de la empresa Umalva S.A., se conoce nota del 27 de junio del 2007, mediante la cual, por las razones que expone y para los efectos que señala, solicita se les facilite una copia del programa de cómputo denominado “Digitoverificador de pertenencia de cédula de identidad”.

Se dispone: Para su atención, pase a la jefatura del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, ante la cual el interesado deberá acreditar su personería.

A las quince horas terminó la sesión. 

 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
 
Mario Seing Jiménez
 
 
 
 
 
Zetty Bou Valverde