ACTA Nº 109-2007
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del seis de noviembre de dos mil siete, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría y el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron.
ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:
a) De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.º 002-2007-V.P. del 1º del mes en curso, mediante el cual, con base en las razones que expone, solicita -si a bien se tiene- autorización para continuar llevando a cabo la celebración del Rosario por el resto del año, de las 7:10 a.m. a 7:30 a.m., en una parte del Salón Multiuso, garantizando que la participación de los asistentes no afectará la labor que realizan, ni el servicio público que prestan sus oficinas, todo a juicio de la jefatura respectiva.
Se dispone: Conceder la autorización que se solicita. ACUERDO FIRME.
b) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce:
1) Oficio n.º DE-1109-2007 del 31 de octubre del año en curso, al que, de conformidad con lo dispuesto en sesión ordinaria n.º 29-2007, adjunta el Plan de Acción 2008-2012, el cual contiene 22 matrices con su respectivo perfil. Sobre el particular el señor Víquez Jiménez menciona lo siguiente:
“1. Los recursos que se incluyen en las matrices están sujetos a la aprobación de los respectivos planes operativos anuales que se elaborarán cada año.
2. La Acción Estratégica AE-7.2, a cargo del señor Néstor Cordero López, se trasladó del Eje Estratégico “Infraestructura Tecnológica, Física y Medio Ambiente” al Eje Estratégico “Servicios”, siendo entonces que el código correcto es AE-6.4. Esto por la afinidad de dicha acción con la descripción que sustenta el Eje Temático de Servicios, además de la afinidad que también se da con lo expuesto en el “diagnóstico” relativo al eje precitado y por lo expuesto en el análisis FODA de dicho eje.
3. La Acción Estratégica AE-3.5, cuyo responsable era el señor Luis Sáenz Venegas, se eliminó del presente Plan de Acción en virtud de que una “recomendación inmediata”, también a cargo del señor Sáenz, se encarga de la actualización y revisión de los manuales de procedimientos, por lo que la necesidad sentida en el diagnóstico ya está atendida.”.
Se conoce conjuntamente con el oficio n.º CGD-034-2007, que suscribe el Lic. Rodolfo Delgado Rojas, en su condición de Secretario de la Comisión de Gobierno Digital, mediante el cual se refiere a lo acordado por dicha comisión en el artículo 2º de la reunión ordinaria n.º 9-2007.
Se dispone: 1.- Incluir en el orden del día el oficio n.º CGD-034-2005. 2.- Aprobar conforme lo somete el Lic. Víquez Jiménez, estableciendo que las acciones del Plan Estratégico se orienten hacia el concepto de “Gobierno Digital”, por lo que -en las que corresponda- se harán los cambios pertinentes para cumplir con este propósito. En relación con el punto del financiamiento para la cartera de proyectos que se detalla, proceda la Oficina de Proyectos Tecnológicos a determinar posibles fuentes de recursos. ACUERDO FIRME.
2) Oficio n.º DE-1119-2007 del 1º del mes en curso, mediante el cual, literalmente, se comunica:
“En virtud de que se están finiquitando los pormenores de la entrega de las áreas que esta Administración todavía utiliza en el antiguo edificio del Registro Civil -hoy propiedad de la Municipalidad de San José- el señor Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i., en oficios números PROV-2233-2007 y 2447-2007, ha informado de algunos equipos utilizados en el proceso de elaboración de las cédulas de anterior formato, especialmente los que se usaron en el laboratorio fotográfico, así como de archivadores de tarjetas, todo lo cual ya no es de utilidad.
Sobre el particular, es criterio de esta Dirección que los citados activos, por carecer de utilidad para los intereses institucionales, pueden ser catalogados en desuso y mal estado. Por tal razón, mediante oficios DE-1028-2007 y DE-1118-2007 del 12 y 31 de octubre de este año, respectivamente, le he comunicado al señor Herrera Herrera que los bienes pueden ser excluidos del patrimonio institucional, pues no agregan valor alguno a la gestión del Tribunal.
Por lo antes expuesto, me permito solicitar al Superior, si a bien lo tiene, acoger la recomendación de esta Dirección para declarar en desuso los activos a que se refieren los oficios citados en el párrafo anterior, así como autorizar a la Proveeduría para darlo (sic) de baja en el inventario institucional.”.
Se dispone: Acoger la recomendación de la Dirección Ejecutiva por lo que se declaran en desuso los bienes a que se refieren los oficios números DE-1028-2007 y DE-1118-2007. Proceda la Proveeduría a darlos de baja del inventario institucional. ACUERDO FIRME.
3) Oficio n.º DE-1126-2007 del 1º del mes en curso, mediante el cual en lo conducente manifiesta:
“Esta Dirección recibió nota del 10 de octubre de este año suscrita por el señor Juan Bautista Campos Rodríguez, Presidente de la Asociación de Desarrollo Integral Los Ángeles, Atenas -de la que adjunto copia-, mediante la cual, por los motivos que expone, solicita que se le cedan los materiales utilizados en la confección de los recintos electorales instalados en el Salón Comunal de esa localidad que funcionó como centro de votación en el referéndum recién celebrado.
(…)
… me permito solicitar al Superior, si lo tiene a bien, que se apruebe la solicitud en cuestión y en consecuencia se autorice a esta Dirección a enviar atento oficio al señor Campos Rodríguez, en el que se le informaría que dichos materiales no serán retirados del Salón Comunal de esa localidad, como compensación por el derecho de uso de que gozó el Tribunal Supremo de Elecciones en la organización del referéndum, conforme lo estipulan los artículos 5 y 23 de la Ley de Regulación del Referéndum y 11 de su Reglamento, en concordancia con el 56 del Código Electoral y el numeral 19 de la ley N. 3859 sobre el desarrollo de la Comunidad, norma ésta última que faculta al Estado (Tribunal) a donar bienes a las asociaciones de desarrollo integral debidamente constituidas y legalizadas, como una forma de contribuir al desarrollo de las comunidades y al progreso económico y social del país. Este planteamiento se ha hecho de conocimiento del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, quien no ha tenido objeción alguna sobre el particular.”.
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
c) De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce:
1) Oficio n.º DL-614-2007 del 31 del mes pasado, al que adjunta el informe relativo a la cesión de pago de la factura n.º 0025364, por un monto de $31.319,20 (treinta y un mil trescientos diecinueve dólares con veinte centavos estadounidenses) de la empresa IPL Sistemas Sociedad Anónima -contratista de estos organismos electorales- a favor de Kineret Sociedad Anónima, la cual se encontró ajustada a derecho, recomendándose la remisión de la gestión a la Contaduría Institucional, para que ésta continúe con el trámite de pago correspondiente, en el entendido de que deberá verificarse que los montos consignados en las facturas sean los correspondientes a los servicios contratados por este Tribunal.
Se dispone: Aprobar las recomendaciones vertidas en el informe rendido por el Departamento Legal. Proceda la Contaduría conforme se recomienda, una vez realizada la verificación que se señala. ACUERDO FIRME.
2) Oficio n.º DL-615-2007 del 31 del mes pasado, mediante el cual, según lo dispuesto en el artículo segundo de la Sesión Ordinaria n.º 39-2007, celebrada el 03 de mayo de 2007 y según el oficio n.º CONT-661-2007 del 1º de octubre de 2007, suscrito por el Contador, remite el informe de mérito en relación con la solicitud de reajuste de precio del contrato de servicio de aseo y limpieza en la Torre Principal, en la Plaza de la Libertad Electoral y de jardinería en las áreas verdes externas del edificio de estos organismos, presentada por Multinegocios Internacionales América Sociedad Anónima.
Se dispone: Tener por rendido el informe, cuya recomendación se aprueba. Comuníquese a la empresa gestionante. ACUERDO FIRME.
3) Oficio n.º DL-618-2007 del 1º del mes en curso, mediante el cual, en atención al oficio n.º CONT-678-2007, suscrito por el señor Gilberto Gómez Guillén, en su condición de Contador Institucional, de fecha 09 de octubre del año en curso, remite el informe que el Departamento a su cargo elaboró en relación con la solicitud de reajuste de precio de arrendamiento del local que ocupa la Oficina Regional del Registro Civil en Limón, presentada por la señora Moy Kiey Ching Chang, en su condición de Apoderada Generalísima de KITACHI S.A., en el cual se recomienda: “Con base en lo expuesto, al estimar que el reajuste del precio del alquiler del local norte en que se ubica la Oficina Regional del Registro Civil en Limón resulta jurídica y contablemente procedente –tomando en consideración lo informado por el señor Contador institucional en oficio CONT-678-2007-, este Departamento recomienda su aprobación en el sentido de cancelar un precio reajustado de ¢143.000,00 (ciento cuarenta y tres mil colones exactos), a partir del 8 de agosto del 2007, sin que sea necesario el dictado de resolución administrativa alguna, a efecto de honrar la obligación del año pasado, debiéndose además pagar de manera retroactiva a esa fecha las diferencias correspondientes. En cuanto al reajuste que debe ser aplicado en el presente año, la Proveeduría deberá emitir los documentos de ejecución presupuestaria correspondientes.”.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, cuya recomendación se acoge. Procedan en consecuencia los Departamentos de Proveeduría y Contaduría según corresponda. ACUERDO FIRME.
d) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:
1) Oficio n.º RH-2413-2007 del 31 de octubre del año en curso, que literalmente dice:
“Para lo que a bien tenga resolver el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración el oficio número CSR-589-2007 recibido ayer en este despacho y que suscribe el Lic. Rodolfo Villalobos Orozco, Coordinador de Servicios Regionales, mediante el cual informa sobre la incapacidad por maternidad de que será objeto tentativamente a partir del próximo 9 de noviembre la señora Yudleny Brenes Fonseca, quien se desempeña como Jefa de la Oficina Regional de Coto Brus. En virtud de tal situación, solicita que se tomen las previsiones del caso para reforzar dicha sede durante la ausencia de esa funcionaria, de manera que siempre permanezcan dos empleados en el local.
La propuesta para tales efectos es la siguiente:
• Nombrar en el puesto de jefe de la oficina al señor Carlos Eduardo Salazar Álvarez, quien labora en esa oficina como único auxiliar desde el 19 de abril de 1999, reúne los requisitos que el Manual Descriptivo de Puestos exige y tiene experiencia en las tareas a realizar, pues en diversas ocasiones las ha ejecutado por recargo de funciones e incluso por ascensos interinos como el que ahora se pretende.
• Que en la plaza de Auxiliar de Operación que quedaría vacante por el anterior ascenso, se nombre a la señora Diana Rodríguez Barrantes, quien forma parte del registro de elegibles para dicha oficina, cumple los requisitos que se exigen y ha manifestado interés y disponibilidad con respecto al eventual nombramiento.
Si el Tribunal no tiene objeciones, los dos movimientos citados bien pueden autorizarse con fundamento en lo que dispone el artículo noveno del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, regirían a partir del inicio de la incapacidad de la señora Brenes Fonseca que está prevista para el viernes 9 de noviembre y se mantendrían vigentes hasta que esta funcionaria se reincorpore al puesto.
Puede apreciarse que la presente gestión cuenta con la anuencia de la señora Directora General del Registro Civil, lo mismo que con el aval presupuestario de parte de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría”.
Se dispone: Aprobar los nombramientos interinos conforme se propone, a partir del inicio de la incapacidad por maternidad de la señora Brenes Fonseca y hasta que dicha funcionaria se reincorpore a su puesto. ACUERDO FIRME.
2) Oficio n.º RH-2469-2007, del 1º del mes en curso, al que adjunta el oficio n.º OMC-6661-2007 que suscribe el Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil, mediante el cual solicita – de conformidad con el segundo párrafo del artículo 110 de nuestra Ley Orgánica – que se autorice al servidor Daniel Peña Alvarado para firmar las certificaciones que expide dicho departamento, pues fue ascendido en propiedad a un cargo de Coordinador de Apoyo y entre sus nuevas funciones está justamente la de firmar ese tipo de documentos.
Indica el Lic. Carías Mora que el señor Peña Alvarado fue nombrado en ese cargo en virtud de que su anterior ocupante, el señor Luis Gerardo Zamora Barahona, se acogió a la pensión a partir del 1º de febrero del presente año. Siendo así, debe dejarse sin efecto la autorización que en su oportunidad se le otorgó a este último funcionario para esos mismos propósitos y en su lugar autorizar ahora al nuevo propietario del cargo. De acuerdo con el citado artículo 110, el acuerdo correspondiente debe publicarse en el diario oficial La Gaceta.
Se dispone: Dejar sin efecto la autorización concedida al señor Luis Gerardo Zamora Barahona para firmar las certificaciones que expide el Departamento Civil y autorizar al servidor Daniel Peña Alvarado. ACUERDO FIRME.
e) Del señor Percy Zamora Ulloa, Jefe de Arquitectura, se conoce oficio n.º ARQ-195-2007 del 1º del mes en curso, mediante el cual, en relación con el oficio n.º SGMI-276-2007, suscrito por el Ing. Carlos Ysaac Márquez, Ingeniero en Mantenimiento, lo acordado por la Comisión de Construcciones en el artículo cuarto de la reunión celebrada el 23 de octubre de 2007 (Acta 604-07) y lo acordado por este Tribunal en el artículo 2º de la sesión ordinaria n.º 107-2007, celebrada el 30 de octubre de 2007, manifiesta su criterio en cuanto a la ubicación de los equipos de aire acondicionado ubicados en el sexto piso del edificio “La Torre”, según las especificaciones técnicas indicadas por el Ing. Ysaac Márquez en el oficio predicho, con el fin de resolver los inconvenientes presentados con las fugas de agua de tales dispositivos, afirmando que es “importante antes de tomar una decisión integral, esperar los resultados de la consultoría estructural, la cual nos puede conducir a realizar un reforzamiento estructural en ciertas zonas, de manera que se pueda asegurar la estabilidad del equipo, la seguridad del personal y la integridad del edificio.”.
Se dispone: Tomar nota de lo que informa el Arq. Zamora Ulloa, cuyas observaciones pasarán a conocimiento de la Comisión de Construcciones para su estudio y recomendación final, a la cual se le hace saber que el Tribunal estima básico el tema del aire acondicionado. ACUERDO FIRME.
f) De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, se conoce cédula de notificación realizada a las 10 horas y 10 minutos del 1º de noviembre de 2007, referida a la resolución n.º 2007011901 de las 14 horas y 57 minutos del 21 de agosto de 2007, dictada por esa Sala dentro de recurso de amparo contra la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y este Tribunal, interpuesto por Erick Ramón Chacón Valerio, Esteban Segura Peñaranda y Osliam Ernesto Castillo Solera, expediente n.º 06-002530-0007-CO, cuya parte dispositiva establece, literalmente: “Se declara parcialmente CON LUGAR el recurso contra la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y contra el Tribunal Supremo de Elecciones. (…) Asimismo se ordena a Oscar Fonseca Montoya en su condición de Presidente del Tribunal Supremo de Elecciones o a quien desempeñe dicho cargo, que en el término improrrogable de UN AÑO, contado a partir de la notificación de esta resolución, tome las medidas de su competencias (sic) para que la expedición de las cédulas de identidad de las personas con discapacidad visual sea accesible según sus necesidades específicas.”.
Se dispone: Reiterar lo dispuesto en el artículo 2º de la sesión n.º 79-2007 y recordarles a la señoras Directora General del Registro Civil y Oficial Mayor del Departamento Electoral y a los señores Director Ejecutivo y Jefe del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones que, a la mayor brevedad, deben diseñar una solución, presenten un cronograma de actividades y propongan a este Tribunal las medidas a adoptar para que la expedición de las cédulas de identidad de las personas con discapacidad visual sea accesible según sus necesidades específicas, con la finalidad de cumplir oportunamente con el voto dictado por la Sala Constitucional. Sobre el particular informarán mensualmente, con el propósito de mantener informado a este Tribunal sobre el avance del proyecto. Para tales efectos, se aclara que la coordinación general de actividades quedará a cargo del Lic. Fernando Víquez Jiménez. Los funcionarios aludidos tomarán en cuenta que la resolución que interesa de la Sala Constitucional, de la cual se les suministrará copia, fue notificada el día 1º de noviembre. En consecuencia, a partir del 1º de diciembre próximo se deberá rendir el primer informe mensual. ACUERDO FIRME.
g) De la señora Estefanía Brenes Alfaro, Jueza Penal del Primer Circuito Judicial de San José, se conoce fax correspondiente a notificación n.º 39084 de las ocho horas con treinta y cinco minutos del diecinueve de octubre del año en curso, recibido el 1º de noviembre de 2007, en el que ordena desestimar por atipicidad y archivar -según lo solicitado por el señor Carlos Sáenz Quesada, Fiscal de la Unidad de Delitos Varios del Ministerio Público-, lo relativo al extravío de varios folios del libro de actas de este Tribunal dentro del expediente N.º06-002894-647-PE.
Se dispone: Agréguese a sus antecedentes. Póngase en conocimiento de la Auditoría Interna institucional. ACUERDO FIRME.
h) Del señor Rolando Rodríguez Brenes, Alcalde de la Municipalidad de Cartago, se conoce oficio n.º AM-M-4121-2007 del 22 del mes pasado, mediante el cual, en atención al oficio n.º STSE-4009-2007 del 28 de agosto de 2007 en el que se le comunicó el acuerdo del artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 79-2007, celebrada el 28 de agosto de 2007, reitera la solicitud para que se les suministre el padrón electoral con el respectivo registro fotográfico, con base en las alegaciones que expone.
Se dispone: Este Tribunal ratifica su anterior decisión de no acceder a la solicitud formulada, estableciendo claramente que, en su determinación de no suministrar la información que se solicita, no se ha dejado de lado la naturaleza tributaria de las corporaciones municipales ni la normativa aplicable. En efecto, resulta evidente que la integridad del padrón electoral nacional -con el respectivo registro fotográfico- no tiene la trascendencia tributaria que se alega para el ayuntamiento solicitante y que incluso no todos los vecinos de un municipio son sujetos de obligaciones tributarias, por lo cual es necesario reiterar que la información relativa a las direcciones y fotografías de los administrados es de carácter privado y que su divulgación no es libre y antes bien goza de amparo constitucional en virtud del derecho a la intimidad, lo cual así fue reconocido por este Tribunal en las sesiones ordinarias n.º 111-2005 y n.º 138-2006 en las que se indicó -con ocasión de una gestión similar del propio Director General de Tributación Directa- que es criterio de este Tribunal que el Código de Normas y Procedimientos Tributarios no establece la obligación de este organismo de suministrar íntegro el padrón electoral con el respectivo registro fotográfico a un ayuntamiento, sino sólo datos específicos en casos concretos en los que se justifique fehacientemente la trascendencia tributaria del requerimiento, en cuyo caso se deberán considerar las consecuencias penales que podrían derivarse del uso indebido de información que en principio pertenece a los administrados y no a este Tribunal. ACUERDO FIRME.
i) Del señor Fabio Vargas Navarro, Auditor Interno de la Municipalidad de Tarrazú, se conoce oficio n.º AIM-33-2007 del 31 del mes pasado, mediante el cual remite copia del informe presentado al Concejo de dicho ayuntamiento, sobre la solicitud de investigación, según circular n.º STSE-3984-2007 del 27 de agosto de 2007, referida a la gestión de los señores Albino Vargas Barrantes y Edgar Morales Quesada, Secretario General y Secretario General Adjunto, respectivamente, de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), oficio n.º S.G.07-09-0026-07 del 14 de agosto de 2007, de conformidad con la cual solicitaron se investigara la participación de Alcaldes de varios municipios del país en una reunión habida en el auditorio de la Conferencia Episcopal de Costa Rica con el Presidente de la República y otros jerarcas del Gobierno el 14 de agosto de 2007. Se adjunta a dicho oficio el n.º SM-359-2007, mediante el cual el Concejo de dicha Municipalidad aprobó tal informe.
Se dispone: Póngase en conocimiento de los denunciantes y, para lo de su cargo, de la Contraloría General de la República. ACUERDO FIRME.
j) Del señor Donaldo Castañeda Avellán, Auditor Interno de la Municipalidad de Liberia, se conoce fax relativo a oficio n.º AI-134-2007 del 1º del mes en curso, mediante el cual da contestación a la circular n.º STSE-3984-2007 del 27 de agosto de 2007, referida a la gestión de los señores Albino Vargas Barrantes y Edgar Morales Quesada, Secretario General y Secretario General Adjunto, respectivamente, de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), oficio n.º S.G.07-09-0026-07 del 14 de agosto de 2007, de conformidad con el cual solicitaron se investigara la participación de Alcaldes de varios municipios del país en una reunión habida en el auditorio de la Conferencia Episcopal de Costa Rica con el Presidente de la República y otros jerarcas del Gobierno el 14 de agosto de 2007 y comunica que la solicitud de investigación se da por archivada.
Se dispone: Tomar nota. Póngase en conocimiento de los denunciantes. ACUERDO FIRME.
k) De la señora Jeannette Carrillo Madrigal, Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), se conoce oficio n.º PE-1025-2007, del 25 de octubre del año en curso, mediante el cual extiende cordial invitación al señor Magistrado Presidente de este organismo electoral para participar en el conversatorio “Paridad entre mujeres y hombres: reafirmando la democracia”, el cual tendrá lugar el próximo 8 de noviembre a las 9:00 a.m. en el Aula Interamericana del IIDH. El conversatorio al que se refiere la señora Carrillo Madrigal se inscribe dentro del ciclo de actividades denominado “Nuevos tiempos, nuevas legislaciones: por la igualdad plena y efectiva entre hombres y mujeres”.
Se dispone: 1.- Incluir en el orden del día. 2.- Designar para que asista en representación de este Tribunal a la Licda. Arlette Bolaños Barquero. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO.- Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del Tribunal Supremo de Elecciones, se conoce:
a) Oficio n.º STSE-5356-2007 de fecha 31 de octubre de 2007, que literalmente dice: “Visto el oficio Nº. RH-2407-2007 suscrito por el Lic. Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, del 30 de octubre del año en curso, me permito elevar a su estimable consideración, para lo que a bien se sirvan disponer, la solicitud del Lic. Jaime Garita Sánchez, Inspector Electoral, quien gestiona los ascensos interinos de los servidores Rosa Ivette Segura Salas y Billy Araya Olmos a las plazas de Asistente de la Inspección Electoral (Asistentes Funcionales) que han quedado vacantes en esa oficina dados los ascensos interinos de los señores Juan Pablo Salguero López y Rui Steven López González.
En el caso de la señorita Segura Salas, el Jefe del Departamento de Recursos Humanos ya ha indicado al señor Inspector Electoral que lamentablemente no se podrá darle trámite, debido a que la misma no ha acreditado el cumplimiento del requisito académico que establece nuestro Manual Descriptivo de Puestos para el cargo que interesa.
Con respecto al señor Araya Olmos se debe señalar que no se ubica en línea directa de ascenso ya que entre su clase actual -Asistente de Operación- y la del Asistente de la Inspección Electoral se encuentran de por medio el Técnico de Operación, Coordinador de Apoyo, Coordinador de Gestión y Analista de Operación, por lo que resultaría necesario aplicar lo que dispone el artículo 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios.
Cabe mencionar que el servidor Araya Olmos reúne los requisitos académicos que el cargo exige, y el suscrito no tiene objeción alguna para que se realice dicho ascenso, por lo que de aprobarse se ubicaría en el puesto número 45904 a partir del 16 de noviembre del año en curso.”.
Se dispone: Aprobar el ascenso interino del señor Billy Araya Olmos, a partir del 16 de noviembre en curso, conforme se propone.
b) Oficio n.º STSE-5357-2007 de fecha 31 de octubre de 2007, mediante el cual eleva en consulta la resolución de las 15:00 horas del 31 de octubre de 2007, en la cual se dispone trasladar a la funcionaria Lidia Mercedes Conejo Calvo, Auxiliar de Operación de la Oficina de Comunicación y Protocolo, a la plaza de Auxiliar de Operación número 45733, vacante en la Oficialía Mayor del Departamento Electoral, a partir del 1º de diciembre del año en curso.
Se dispone: Aprobar.
ARTÍCULO CUARTO.- Del señor Fernando Víquez Jiménez, Coordinador del Comité Asesor en Tecnologías de Información, se conoce oficio n.º CATI-029-2007 de fecha 1º de noviembre de 2007, al cual se adjuntó copia del acta de la reunión ordinaria n.º 06-2007 de dicho Comité, celebrada el 31 de octubre de 2007, en cuyo artículo tercero se transcribe el contenido del oficio n.º DTIC-2032-2007, relativo a la valoración del planteamiento de la Superintendencia de Pensiones para contar con bases de datos institucionales a través de la interconexión de sus sistemas de cómputo con el Sistema Civil para consultas sobre nacimientos, defunciones y Padrón Electoral de manera automática por medio de Internet/Gobierno Digital, según fuera ordenado por este Tribunal en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 58-2007, celebrada el 3 de julio de 2007.
Se dispone: Póngase en conocimiento de la indicada Superintendencia, a la cual se le indica que, por el momento y por los motivos que se señalan, no es posible facilitar el servicio de interconexión que se desea.
ARTÍCULO QUINTO.- Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.º DE-1117-2007, mediante el cual, de conformidad con los datos suministrados, vía correo electrónico, por el señor José Rafael Soto, funcionario de la Unidad de Análisis de Presupuesto de la Comisión de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa, relativo al dictamen afirmativo dado por esa instancia al Proyecto de Presupuesto Ordinario para el Ejercicio Económico del 2008, informa sobre los siguientes aspectos de mayor relevancia:
1. El “Proyecto de Presupuesto” mantiene el monto total de ¢17.963,0 millones, desagregado en ¢12.920,5 millones en el subprograma 850-01 “Tribunal Supremo de Elecciones” y ¢5.042,5 millones para el subprograma 850-02 “Organización de Elecciones”, guardando idéntica composición, por objeto del gasto, a lo presentado a la corriente legislativa por parte del Ministerio de Hacienda.
2. En Oficio n.º DE-980-2007 del 17 de setiembre del año en curso, conocido en Sesión Ordinaria n.º 89-2007 de ese mismo mes, informó respecto de las variantes introducidas por Hacienda al anteproyecto original. Sobre el particular, se señaló que la solicitud realizada a dicho Ministerio mediante oficio n.º DE-987-2007 del 24 de setiembre del año en curso, tendiente al envío de una moción que desagregara la subpartida 90202 “Sumas con destino específico sin asignación presupuestaria” en los rubros destinados originalmente al gasto de un eventual referéndum, no se presentó a la Asamblea Legislativa por lo que se mantiene el nivel de agregación apuntado y la obligatoriedad de que, para su uso, se deba de previo emitir un Decreto Ejecutivo.
3. Por su parte, con base en las modificaciones presentadas vía moción por parte de la Dirección General de Presupuesto, se produjeron los cambios que detalla a nivel del Dictamen de Comisión.
4. Por último, señala que el dictamen fue aprobado el 17 de octubre por unanimidad de los miembros de la Comisión de Asuntos Hacendarios y ahora entrará a conocimiento del Plenario de la Asamblea Legislativa.
Se dispone: Tomar nota de lo comunicado por el Lic. Víquez Jiménez, quien mantendrá informado al Tribunal sobre este particular.
ARTÍCULO SEXTO.- Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:
a) Oficio n.º RH-2400-2007 de fecha 29 de octubre de 2007, al que adjunta oficio n.º CSR-582-2007, recibido en ese despacho el pasado 25 de octubre y suscrito por el señor Coordinador de Servicios Regionales, mediante el cual informa que la señora Carmen Nuria Campos Jara, Jefa de la Oficina Regional de Atenas, se ausentó de sus labores el 15 de octubre (sic), razón por la cual durante ese día las funciones correspondientes le fueron recargadas al servidor Michael Rojas Alvarado, que es el único funcionario que labora con ella en esa sede. Por lo anterior, se solicita la autorización de este Tribunal para proceder a tramitar el pago respectivo del recargo de funciones, por la ausencia de la señora Campos Jara. Agrega que dicha gestión cuenta con la anuencia de la señora Directora General del Registro Civil y el aval presupuestario de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría.
Se dispone: Conceder la autorización que se solicita.
b) Oficio n.º RH-2405-2007 de fecha 30 de octubre de 2007, al que adjunta oficio número ARQ-187-2007, que suscribe el señor Percy Zamora Ulloa, mediante el cual solicita que se prorrogue el nombramiento interino del señor Gustavo Vargas Loría como Profesional Especializado de Servicios Especiales, adscrito a la Oficina de Arquitectura. Asimismo el señor Carías Mora manifiesta que la plaza que ocupa dicho funcionario es de medio tiempo y su actual nombramiento concluye el próximo 15 de noviembre, siendo la intención del Arq. Zamora Ulloa que se amplíe ese nombramiento hasta finalizar el presente año, de manera que pueda darle continuidad a los diseños estructurales e inspección que realiza en la parte de ingeniería para los proyectos que se sirve citar en la referida nota. Agrega que de no existir objeciones, al señor Vargas Loría se le prorrogaría su nombramiento en los términos pretendidos con fundamento en el artículo 9 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría a partir del 16 de noviembre y hasta el 31 de diciembre del año en curso. Puede apreciarse que la gestión cuenta con la anuencia de la Dirección Ejecutiva.
Se dispone: Aprobar la prórroga del nombramiento interino del señor Vargas Loría, conforme se solicita.
c) Oficio n.º RH-2406-2007 de fecha 30 de octubre de 2007, en el que manifiesta que este Tribunal en sesión ordinaria n.º 105-2007, autorizó a la servidora Xinia Dyalá Estrada Mora, funcionaria de la institución, el disfrute de una licencia sin goce de salario por espacio de seis meses contados a partir del próximo 1º de noviembre, lo que propiciará que quede temporalmente vacante la plaza de Auxiliar de Operación de cargos fijos que ella posee en propiedad en la Sección de Padrón Electoral. En virtud de lo anterior, remite a consideración el oficio n.º PE-2231-2007 del 26 de octubre del año curso, que suscribe el señor Jefe de la Sección Padrón Electoral, en el cual solicita que se nombre interinamente en dicha plaza a la señorita Tatiana Batista Montes de Oca, quien forma parte del registro de candidatos elegibles para ese tipo de cargos, cumple los requisitos que se exigen y cuenta con disponibilidad e interés, lo mismo que con experiencia pues desde el 16 de mayo de este año labora para la institución en un cargo idéntico pero de la Oficialía Mayor Electoral, siendo que su actual contrato finaliza el mes entrante. Agrega el señor Carías Mora que en caso de que el Tribunal no tenga objeciones con respecto al nombramiento interino que se propone, el cual cuenta con la anuencia de la señora Directora General del Registro Civil, bien podría ubicarse a la señorita Batista Montes de Oca en el puesto número 45528 como Auxiliar de Operación, lo que se haría con fundamento en el artículo noveno del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, a partir del 16 de noviembre y hasta que la titular de la plaza regrese a ocuparla o haya que nombrar en ella a otro propietario.
Se dispone: Aprobar el nombramiento interino conforme se propone, a partir del 16 de noviembre del año en curso.
d) Oficio n.º RH-2412-2007 de fecha 31 de octubre de 2007, en el que indica que este Tribunal en sesión ordinaria N.º106-2007, celebrada el 25 de octubre del año en curso, aprobó la solicitud del señor Coordinador de Programas Electorales, para que se prorrogara hasta el 31 de diciembre, el nombramiento de algunos funcionarios de Servicios Especiales, dentro de los cuales se encuentra el de la señorita Ileana Madrigal Mora como Asistente Funcional en el puesto número 98734. Sobre el particular, remite el oficio número CPE-754-2007 de 30 de octubre de 2007, que suscribe el Lic. Fernández Masís, mediante el cual indica que en la anterior solicitud se anotó erróneamente el número de puesto en el cual debe prorrogarse el nombramiento de la señorita Madrigal Mora, por cuanto lo correcto es que en ese puesto número 98734 se nombre al señor Gerardo Abarca Guzmán, y a la funcionaria antes citada en el número 105005, siendo que en ambos casos será siempre como Asistentes Funcionales, a partir del 16 de noviembre y hasta el 31 de diciembre del año en curso.
Se dispone: Aprobar los nombramientos interinos del señor Gerardo Abarca Guzmán, en el puesto número 98734, y de la señorita Ileana Madrigal Moran en el puesto número 105005, ambos como Asistentes Funcionales, a partir del 16 de noviembre y hasta el 31 de diciembre del año en curso.
e) Oficio n.º RH-2476-2007, de fecha 02 de noviembre del año en curso, mediante el cual indica que ha recibido el oficio n.º SI-496-2007 que suscribe el señor Eduardo Acosta Cortés, Jefe a.i. (sic) de Seguridad Integral, con el cual adjunta memorando B-0 n.º 132-2007 del señor Alexis Barboza Ortega, Coordinador de Seguridad Integral, quien consulta si existe derecho de parte del trabajador para salir de la institución a ingerir o adquirir alimentos en aquellos casos en que la jornada de trabajo es diferente al horario administrativo que tiene este Tribunal. Estima que en horas de la noche los alrededores del complejo institucional son peligrosos y que por ello los funcionarios que salen con los propósitos antes citados se exponen a sufrir daños en su integridad física y en los bienes que portan. Especifica asimismo el Lic. Carías Mora que -durante el día- el trabajador usualmente hace uso de tres distintas opciones para el consumo de sus alimentos: los trae de su propio hogar, los adquiere en la soda institucional o bien en los comercios cercanos. No obstante, la soda cierra sus puertas a las 15:00 horas, por lo que esta alternativa no está disponible para quienes tienen jornadas de trabajo que van más allá de esa hora, como es el caso de los Oficiales de Seguridad y los Operadores de Computador. Siendo así, si no traen sus alimentos deben procurarlos en los establecimientos cercanos, a menos que prefieran prescindir de ellos.
El señor Barboza Ortega manifiesta su preocupación por lo que eventualmente pudiera ocurrirle al funcionario que sale durante sus horas de trabajo en busca de alimentos y consulta, en el penúltimo párrafo de su escrito, a qué consecuencias – legales y administrativas – se expone el Coordinador de Seguridad Integral al otorgar un permiso para tales propósitos a alguno de los Oficiales de Seguridad. También advierte el Lic. Carías Mora que esta misma situación se podría suscitar en las épocas de elecciones, con el personal de los programas electorales que deben laborar hasta horas de la noche y sugiere que se podría trasladar la presente consulta a estudio e informe del Departamento Legal, de forma tal que luego se puedan girar las instrucciones que resulten pertinentes.
Se dispone: conforme se sugiere, para su estudio e informe, pase este asunto el Departamento Legal.
f) Oficio n.º RH-2478-2007, mediante el cual somete a consideración el oficio n.º CE-208-2007 del pasado 30 de octubre que suscribe el señor Jaime Madriz Muñoz, Contralor Electoral, referido al acuerdo adoptado por este Tribunal en sesión n.º 79-2007 en virtud del cual se aprobó el traslado del señor Freddy Eduardo Chaves Arguedas al puesto n.º 104997, con lo que dejó vacante el cargo que ocupaba de Auxiliar de Operación de Servicios Especiales adscrito a la Contraloría Electoral, el cual está presupuestado por todo el año en curso y pertenece a la unidad que tiene a cargo el estudio de abstencionismo de las elecciones de 1986 y 1990.
Como producto de lo anterior, el señor Madriz Muñoz solicita que en esa plaza vacante, que responde al n.º 104994, se nombre a partir del próximo 16 de noviembre y por el resto del año a la señora Patricia Barrantes Brenes, quien cumple los requisitos exigidos para dicho cargo y actualmente ocupa una plaza idéntica en Programas Electorales, pero con un contrato que concluye el 15 de noviembre en curso. La intención del señor Contralor Electoral es aprovechar la experiencia que ya esta funcionaria ha acumulado y darle continuidad a su respectivo nombramiento en la plaza que indica.
La señora Barrantes Brenes se nombraría en el citado puesto del 16 de noviembre al 31 de diciembre de este año, lo que se haría con fundamento en los artículos 9 y 22 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios.
Se dispone: Aprobar el nombramiento de la señora Barrantes Brenes a partir del 16 de noviembre del año en curso.
ARTÍCULO SÉTIMO.- De la Licda. Sandra Mora Navarro, Jefa a.i. de la Oficina de Proyectos Tecnológicos, se conoce oficio n.º PTE-219-2007 de fecha 1º de noviembre de 2007, quien en atención a lo dispuesto por el Tribunal en el artículo cuarto de la sesión n.º 79-2003, de 29 de julio del año 2003, adjunta el informe suscrito por la funcionaria Paola Chaves Mora sobre la charla “Modelos de calidad para portales empresariales”, la cual se realizó el viernes 28 de setiembre del presente año en el Club Unión.
Se dispone: Tomar nota.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
Eugenia María Zamora Chavarría |
Max Alberto Esquivel Faerron |