ACTA Nº 13-2006

 

Sesión extraordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las dieciséis horas del tres de febrero del dos mil seis, con asistencia de los señores Magistrados Fonseca Montoya, quien preside, Sobrado González, la señora Magistrada Zamora Chavarría y los señores Magistrados Casafont Odor y Rodríguez Chaverri. 

ARTÍCULO UNICO.- Se conocen los siguientes asuntos:

a) Del señor Jorge Alfredo Robles Arias, Fiscal del Partido Liberación Nacional (PLN), se conoce oficio sin número del 2 de febrero del 2006, mediante el cual eleva queja contra la decisión del Delegado de este Tribunal en Grecia, la cual consideran injusta y perjudicial para esa agrupación política y solicita revocar lo resuelto por el señor Víctor Víquez Rojas, y en su lugar autorizar el normal funcionamiento del club del supracitado Partido que interesa, haciendo la sugerencia de que se intercambien los lugares asignados entre el PLN y el Partido Movimiento Libertario.

Se dispone: Comuníquese a la Jefatura del Cuerpo Nacional de Delegados que todos los clubes partidarios que cuentan con la respectiva autorización de funcionamiento, expedida por la autoridad de policía de la respectiva localidad, tienen el derecho de seguir haciéndolo en el tanto dicha autoridad no haya ordenado su cierre o clausura; decisión, esta última, que es recurrible ante este Tribunal. ACUERDO FIRME.

b) Del señor Oscar Fernández Venegas, Tesorero del Comité Ejecutivo del Partido Acción Ciudadana, se conoce nota del 3 del mes en curso, mediante la cual y en virtud de los motivos que expone, solicita se envíe atenta nota excitativa a los medios de comunicación escritos, radiales y televisivos para que se abstengan de dar cabida a campos pagados por ciudadanos, con temas de carácter político electoral.

Se dispone: Se ordena a los Presidentes de los Comités Superiores de todos los partidos políticos respetar puntualmente la tregua preelectoral estipulada en el inciso g) del artículo 85 del Código Electoral, a cuyo tenor está prohibida toda difusión propagandística, abierta o encubierta, durante los dos días anteriores a la jornada electoral y durante ésta. Cualquier trasgresión al respecto supondrá la apertura de la respectiva investigación, incluida la remisión del asunto al Ministerio Público. Notifíquese a los partidos políticos mediante circular. La Oficina de Comunicación preparará el respectivo comunicado de prensa. ACUERDO FIRME.

Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Casafont Odor.

c) Del señor Eugenio Desanti Hurtado, Fiscal Propietario del Partido Unión para el Cambio, se conoce nota del 3 del mes en curso, mediante la cual solicita que se sustituyan todos los miembros de mesa presentados a nivel nacional por su partido, que no se encuentran juramentados, para que sean acreditados como fiscales generales en cada uno de los cantones para el que fueron presentados.

Se dispone: Rechazar ad portas la gestión, a causa de que el solicitante no se encuentra legitimado para efectuar la acreditación de fiscales ante este Tribunal, ya que de conformidad con el artículo 93 del Código Electoral esta facultad corresponde a cualquiera de los miembros del Comité Ejecutivo Superior del Partido y en el presente caso el gestionante no ostenta esta condición. ACUERDO FIRME.

A las diecisiete horas terminó la sesión. 

 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
 
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
 
Eugenia María Zamora Chavarría
 
 
 
 
 
Juan Antonio Casafont Odor
 
 
 
 
 
Ovelio Rodríguez Chaverri