ACTA Nº 12-2006

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del dos de febrero del dos mil seis, con asistencia de los señores Magistrados Fonseca Montoya, quien preside, Sobrado González, la señora Magistrada Zamora Chavarría y los señores Magistrados Casafont Odor y Rodríguez Chaverri. 

ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:

a) Del señor Juan Vicente García Matamoros, Auditor Interno a.i., se conoce oficio Nº 32-A.I.-2006 del 2 del mes en curso, mediante el cual se refiere al acuerdo tomado por este Tribunal en sesión Nº 11-2006, de 30 de enero pasado, en la que se formula solicitud a la Secretaría y a la Auditoría Interna, para que se determine “…si es posible abrir el tomo N° 22 del Libro de Actas sin haber cerrado el N° 21…”., con base en el pronunciamiento de la Contraloría General de la República, N° 09937 del 12 de setiembre de 2003, que se refiere a la posibilidad de que por vía de excepción la Auditoría Interna pueda autorizar la razón de apertura a un tomo, sin que se haya dado la razón de cierre del anterior, con fundamento en las razones que expone, manifiesta que ese Despacho procederá a autorizar mediante razón de apertura los tomos de las actas, conforme a las consideraciones que puntualiza y que debe observar la Secretaría del Tribunal. Asimismo, en cuanto la supracitada solicitud, informa que día 1° de febrero en curso, se recibió de parte de la Secretaría del despacho el tomo N° 21 debidamente encuadernado, razón por la cual se dispondrá practicar su razón de cierre una vez revisado y se continuará en lo sucesivo, todo de conformidad con el procedimiento que indica.

Se dispone: Póngase en conocimiento de la Secretaría las pautas indicadas por el señor Auditor a.i. ACUERDO FIRME.

b) Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador institucional, se conoce:

1) Oficio Nº 079-2006 del 30 del mes pasado, mediante el cual informa que el señor Arias Arias Jorge Manuel, portador de la cédula de identidad Nº 1-550-993 aparece como donante del partido Liberación Nacional en el reporte del mes de noviembre del 2005 con un monto de ¢ 9.804.600,00, sin embargo, esta misma persona también se presenta como donante para el mes de diciembre con un monto de ¢ 9.402.150,00, para un total aportado de ¢ 19.206.750,00, monto que excedería para el 2005 el máximo permitido, tal y como lo indica el artículo 176 bis del Código Electoral.

Se dispone: Ante la posibilidad de que se haya cometido la infracción penal que prevé el artículo 176 bis, en relación con el 152 del Código Electoral, la Secretaría remitirá las piezas del caso al Ministerio Público. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº 080-2006 del 31 de enero pasado, mediante el cual informa sobre las diligencias que ese despacho sigue a fin de atender a la mayor brevedad lo solicitado por la señora Roxana Salazar, Presidenta de la organización Transparencia Internacional, de acuerdo con lo dispuesto en Sesión Nº 4-2006 del 14 de enero del año en curso, comunicado mediante Oficio Nº 255-TSE-2006, así como el Considerando III de la resolución Nº 0241-E-2006 de este Organismo Electoral, concluyendo que dicha Organización podrá contar con la información que requiere a más tardar el próximo 10 de febrero.

Se dispone: Póngase en conocimiento de la señora Salazar Cambronero. ACUERDO FIRME.

c) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:

1) Oficio Nº 193-2006-DRH del 26 de enero del 2006, mediante el cual eleva a consideración la solicitud de pago de prestaciones laborales que ha presentado ante ese despacho el señor Róger Arias Araya, quien laboró como Auxiliar de Operación de Servicios Especiales desde el 1º de julio hasta el 31 de diciembre de 2005, sugiriendo trasladar la solicitud a estudio del Departamento Legal para determinar su procedencia y luego al Departamento de Contaduría para calcular los montos que eventualmente deban cancelarse. Para tales efectos, adjunta certificación en la que se indican los datos requeridos por esas dos oficinas para ejecutar lo que a cada una corresponde.

Se dispone: Procédase conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº 219-2006-DRH del 31 de enero del 2006, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal, oficio Nº 099-C.P.E.-2006, suscrito por el señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, mediante el cual informa que la señora Cristina Vinocour Vargas, quien se desempeña como Asistente Funcional en esa oficina, será incapacitada por maternidad a partir del próximo 3 de febrero. En virtud de lo anterior y siendo necesario contar con una persona que continúe el registro de los costos vinculados al proceso electoral, solicita el nombramiento interino del señor Oswaldo Muñoz Pinkay para sustituirla durante su ausencia.

Se dispone: Aprobar el nombramiento interino de Oswaldo Muñoz Pinkay conforme se propone, a partir del 6 de febrero y hasta que la señora Vinocour Vargas se reincorpore al trabajo. ACUERDO FIRME.

d) Del señor Javier Matamoros Guevara, Encargado del Programa de Atención de Observadores Internacionales, se conoce oficio Nº 076-2006-PAOI del 1º de febrero del 20006, mediante el cual, de conformidad con las consideraciones que expone, solicita autorización para que el personal que labora en dicho programa, ingrese a laborar el día martes 7 de febrero a las 11:00 horas, habida cuenta de la imperiosa necesidad de que laboren el lunes de manera normal.

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

e) Del señor Alfredo Gómez Barquero, Gerente a.i. de Área de Servicios Gubernamentales de la Contraloría General de la República, se conoce:

1) Copia de oficio Nº 1291 del 30 de enero del 2006, dirigido al señor Gabriel Esteban Alpízar Chaves, Tesorero Nacional del Ministerio de Hacienda, referente a la cesión del eventual derecho a la contribución del Estado para el Partido Movimiento Libertario, relativa a la segunda emisión, serie B, de bonos de la campaña electoral 2002-2006.

Asimismo, se conoce copia de oficio Nº 1287 del 30 de enero del 2006, suscrito por el señor Gómez Barquero, dirigido al señor Álvaro Alpízar Antillón, Tesorero de dicha agrupación política, referente a la emisión de bonos sellados por el ente contralor, correspondientes a la segunda emisión de bonos, serie B, de la deuda política 2002-2006, aprobada por el Comité Ejecutivo de dicha agrupación política.

Se dispone: Póngase en conocimiento de la Contaduría institucional para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.

2) Copia de oficio Nº 1337 del 31 de enero del año en curso, dirigido al Tesorero Nacional, referente a la cesión del eventual derecho a la contribución del Estado para el Partido Acción Ciudadana, relativa a la tercera emisión de bonos de la campaña electoral 2002-2006. Asimismo, se conoce copia de oficio Nº 1336 de la misma fecha, dirigido al Tesorero del Partido Acción Ciudadana, referente a la remisión de bonos sellados por el ente contralor, correspondientes a la referida emisión de bonos, de la deuda política 2002-2006, aprobada por el Comité Ejecutivo de esa agrupación política.

Se dispone: Póngase en conocimiento de la Contaduría institucional para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.

3) Copia de oficio Nº 1340 del 31 de enero del año en curso, dirigido al Tesorero Nacional, referente a la cesión del eventual derecho a la contribución del Estado para el Partido Guanacaste Independiente, relativa a la primera emisión de bonos de la campaña electoral 2002-2006.

Se dispone: Póngase en conocimiento de la Contaduría institucional para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.

f) Del señor Guillermo Bogarín Jiménez, Fiscalizador del Área de Servicios Gubernamentales de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República, se conoce oficio Nº 1460 del 1º del mes en curso, mediante el cual, por las razones que expone, solicita a este Tribunal, realizar las diligencias que estime pertinentes para que el Partido Unión Nacional suministre la información que puntualiza.

Se dispone: Proceda el Partido Unión Nacional a suministrar al ente contralor la información que interesa. ACUERDO FIRME.

g) Del señor Juan José Vargas Fallas, Presidente del Comité Ejecutivo del Partido Patria Primero, se conoce oficio Nº. PPP/236/2006 del 31 del mes en curso, en el que solicita el Padrón Electoral en forma digital, para lo cual aporta dos discos compactos y autoriza a Cindy Vanesa Salgado Sanabria para que retire dicho material.

Se dispone: Pase a la Sección de Padrón Electoral para su debida atención. ACUERDO FIRME.

h) Del señor Antonio Álvarez Desanti, Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Unión para El Cambio, se conoce oficio sin número del 30 de enero del año en curso, mediante el cual solicita acreditar al señor Eugenio Desanti Hurtado como fiscal propietario del partido ante este Tribunal, según el artículo 94 del Código Electoral.

Se dispone: Tener por acreditado al señor Eugenio Desanti Hurtado, como fiscal propietario ante este Tribunal. Proceda la Secretaría del despacho a emitir las respectivas credenciales. ACUERDO FIRME.

i) Del señor Francisco Antonio Pacheco Fernández, Presidente del Partido Liberación Nacional, se conoce fax correspondiente a oficio sin número del 1º de febrero del 2006, mediante el cual manifiesta que en estos días, por diferentes medios, el gerente de campaña de uno de los partidos políticos ha estado insinuando la posibilidad de que en las próximas elecciones se dé un fraude, por lo que en nombre del Comité Ejecutivo de su Partido sugiere que este Tribunal se pronuncie públicamente sobre el tema, por las razones que expone. Asimismo reiteran su fe en la institucionalidad y respeto por este Organismo Electoral y hacen votos por el éxito de las próximas elecciones.

Se dispone: Tal y como lo han expresado los funcionarios electorales en diversos apariciones públicas, el Tribunal Supremo de Elecciones garantiza a la ciudadanía que en la jornada electoral del próximo domingo se respetará plenamente la manifestación de la voluntad popular. Los mecanismos legales vigentes, la fiscalización partidaria y ciudadana y la actitud vigilante de la organización electoral así lo aseguran. Asimismo, se insta a los partidos y candidatos de la contienda a no alarmar innecesariamente a la ciudadanía con rumores sin fundamento. Se reitera que el teléfono 800-ELECTOR estará a disposición de todo interesado para denunciar cualquier irregularidad. La Oficina de Comunicación y Protocolo preparará un comunicado de prensa al respecto. ACUERDO FIRME. 

j) De la señora Laura Queralt Camacho, Secretaria General del Partido Nueva Liga Feminista, se conoce oficio Nº PNFL-24-2006 del 31 de enero del año en curso, mediante el cual solicita se acredite a las personas que se detallan en el anexo como fiscales generales de este partido.

Se dispone: Remitir el asunto al Lic. Carlos Brenes Molina, Encargado del Programa de Acreditación de Fiscales, con el fin de que analice la presente gestión y para que proceda con la acreditación que se solicita, dentro de las posibilidades materiales del programa a su cargo, tomando en consideración que el plazo para acreditar a los fiscales generales venció el pasado 12 de enero en curso, según lo acordó este Tribunal en la sesión extraordinaria Nº 125-2005. ACUERDO FIRME.

k) De la señora Sonia Alvarado M., Secretaria del Comité Ejecutivo del Partido Garabito Ecológico, se conoce oficio sin número del 27 de enero del 2006, mediante el cual se refiere al oficio Nº 8322-TSE-2005 de la Secretaría del despacho, relacionado con la presentación tardía de la nómina de miembros de Juntas Receptoras de Votos del cantón de Corredores y por las razones que expone manifiesta que desean dejar constancia de su oposición a que no se haya respectado lo dispuesto por el artículo 49 del Código Electoral.

Se dispone: En el plazo de cuarenta y ocho horas, informe sobre el particular la Junta Cantonal de Corredores. ACUERDO FIRME.

l) Del señor Gian Carlos Mazzali Alfaro, Tesorero del Comité Ejecutivo del Partido Yunta Progresista Escazuceña, se conoce fax del 01 del mes en curso, en el que solicita una copia del Padrón de Electores por mesa por Escuela en orden alfabético con fines de consulta y organización el día de las elecciones.

Se dispone: Pase a la Sección de Padrón Electoral para su debida atención, en el entendido de que suministrará la información correspondiente al cantón de Escazú y la misma se entregará en formato digital. ACUERDO FIRME.

m) Del señor Delroy Barton Brown, Coordinador Regional del Partido Acción Ciudadana en Limón, se conoce nota del 1º del mes en curso, mediante el cual solicita la sustitución de la señora Diana Mc. Lean Aguilar como representante de esta agrupación política ante la Junta del Cantón Central de Limón.

Se dispone: Rechazar ad portas la gestión, a causa de que el solicitante no se encuentra legitimado para efectuar la sustitución de los miembros de las juntas cantonales, ya que de conformidad con el artículo 46 del Código Electoral la facultad de nombramiento corresponde al Presidente del Comité Ejecutivo Superior del Partido o al Presidente del Comité Ejecutivo de la Asamblea de Cantón. Con base en lo expuesto, la solicitud deberá suscribirla el personero a que alude el numeral predicho. ACUERDO FIRME.

n) Del señor Alberto Cabezas Villalobos, de la Fundación para el Progreso De las Personas Ciegas, se conoce fax correspondiente a oficio sin número ni fecha, recibido el 2 de febrero del 2006, mediante el cual, por las razones que expone, consulta si las personas ciegas que quieran votar secretamente con el sistema que fabricaron pueden hacerlo.

Se dispone: Remítase al gestionante copia del Decreto Nº 17-2005 del 9 de noviembre del año 2005, publicado en La Gaceta Nº 221 del 16 de noviembre del 2005, mediante el cual se establecen las directrices que deberán ser observadas en el procedimiento de votación correspondiente a las elecciones generales del 5 de febrero del 2006, el cual contiene la forma de votar de las personas en situación de discapacidad, y que dice:

“Las personas que por sus condiciones físicas se les haga imposible o difícil emitir el voto a solas en el recinto secreto, todo a juicio de los miembros de la junta, podrán optar por alguna de las siguientes alternativas:

En consecuencia, la utilización eventual de las citadas plantillas (no oficiales) será bajo la exclusiva responsabilidad del interesado y el auxilio que ello demande no será proporcionado por los miembros de las juntas receptoras de votos (lo que significaría oficializar el dispositivo) sino tan sólo por el auxiliar previsto en el esquema de voto semipúblico. Además, los miembros de las citadas juntas deberán velar por la observancia -sin excepciones- de las reglas relativas a la emisión del voto y su validez. La Oficina de Comunicación y Protocolo preparará un comunicado de prensa al respecto. ACUERDO FIRME.

ñ) Del señor Edgar Trejos Jiménez se conoce nota del 31 del mes en curso, en la que solicita el permiso de este Tribunal para -en virtud de las razones que expone- realizar un concierto al aire libre en el Parque de La Paz, el próximo sábado 4 de febrero a partir de las 14 horas.

Se dispone: En virtud de que la actividad que se pretende realizar no es un evento político-electoral, no compete a este Tribunal conceder la autorización que se solicita, sino a la Municipalidad respectiva. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO.- Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del despacho, se conoce:

a) Oficio Nº 0676-TSE-2006 del 1º de febrero del 2006, mediante el cual consulta lo resuelto por él en conjunto con la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, a las 13:05 y 13:20 horas del 1º de febrero del 2006, respecto del traslado interino, a partir del próximo 16 de febrero, de los servidores Yendri González Salazar y Juan Pazos Muñoz, a plazas de Auxiliar de Operación, vacantes en la Oficialía Mayor Electoral.

Se dispone: Aprobar los traslados interinos que se proponen, a partir del 16 de febrero en curso.

b) Oficio Nº 0678-TSE-2006 del 1º de febrero del 2006, mediante el cual remite dos ternas para llenar igual cantidad de plazas en propiedad de Asistente Legal o Profesional Coordinador en el Departamento Legal, a partir del próximo 16 de febrero, según describe.

Se dispone: Nombrar a las personas que ocupan el primer lugar de cada terna, sean los funcionarios Teresa Pérez Porta y Luis Guillermo Chinchilla Mora, a partir del próximo 16 de febrero.

ARTÍCULO CUARTO.- De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce resolución Nº 008-2006-R.A.D.G. de las 14:00 horas del 24 de enero del año en curso, mediante la cual se dispone ascender interinamente a partir del 16 de febrero, a la servidora Kattya Miranda Torrentes, Auxiliar de Operación de la Oficialía Mayor Civil, al cargo de Asistente de Operación en esa misma unidad administrativa, dado el ascenso interino de Abraham Paniagua González.

Se dispone: Aprobar el ascenso interino conforme se propone, a partir del 16 de febrero del año en curso.

ARTÍCULO QUINTO.- Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio Nº 165-D.E. del 31 de enero del 2006, suscrito conjuntamente con la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, mediante el cual se pronuncian sobre la propuesta presentada por el Contador del Tribunal, referente al informe de Normalización Documental, específicamente en cuanto a la forma de hacer anotaciones en los originales; y, de conformidad con las razones que exponen, se recomienda acoger su propuesta en el sentido de que se confeccionen sellos que se pondrían en el reverso y que permitan consignar los apuntes necesarios sin que se afecte la integridad del original, los que serán diseñados y utilizados según las necesidades particulares de cada oficina, previo cumplimiento de lo indicado en el numeral 9 del oficio No. 4605-DE del 24 de noviembre del 2005.

Se dispone: Acoger la recomendación que hacen la señora Directora General del Registro Civil y el señor Director Ejecutivo. Comuníquese.

ARTÍCULO SEXTO.- De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce:

a) Oficio Nº D.L. 056-2006 del 31 de enero del 2006, mediante el cual, en atención de lo dispuesto por este Tribunal en sesión Nº 165-2004, artículo segundo, celebrada el 14 de diciembre del año 2004, emite criterio con relación a las incapacidades de Edwin Medina Chavarría, concluyendo lo que se transcribe a continuación:

“…IV. Conclusión.

Según los presupuestos de hecho, la normativa, jurisprudencia y doctrina expuestos, no existe en el actuar del servidor Edwin Medina Chavarría irregularidad merecedora de sanción en cuanto a las constantes incapacidades de las cuales fue objeto en los plazos dichos, siendo que no existió continuidad para aplicar lo dispuesto en la normativa atinente para prescindir definitivamente de sus servicios.

La conducta desplegada por el servidor en cuestión y otros funcionarios de la Institución, en la que se denotan constantes y prolongadas incapacidades, las cuales se interrumpen por pocos días para volver a reanudarse, son situaciones que, en lo sucesivo ameritan una profunda y minuciosa investigación por parte de funcionarios de la Inspección Electoral, para que, en coordinación con los Inspectores de la Caja Costarricense del Seguro Social, la Medicatura Forense, y otros organismos afines se pueda determinar su total apego a lo dispuesto por el ordenamiento jurídico.

Por lo anterior se recomienda que se gire instrucción a las Jefaturas de la Institución, con el fin de que en lo sucesivo, el Departamento de Recursos Humanos informe al Tribunal sobre el particular y se delegue en la Inspección Electoral la investigación de cada caso en específico.”

Se dispone: Tener por rendido el informe cuyas recomendaciones se aprueban. En consecuencia, trasládese a conocimiento de la Inspección Electoral y comuníquese por circular a las jefaturas institucionales.

b) Oficio Nº D.L. 058-2006 del 1º de febrero del 2006, mediante el cual se refiere al acuerdo tomado en sesión Nº 7-2006, artículo segundo, al conocer el oficio en el cual el señor Gilberto Gómez Guillén, Contador institucional, se refiere a la liquidación que presentó la Imprenta Nacional, manifiesta que siendo que dicha Contaduría, como oficina encargada de verificar el estado de la cuenta según lo acordado en el aparte b.5. de la cláusula segunda del convenio, informó que aún queda un saldo a favor del Tribunal por la suma de ¢11.829,05, recomienda que el finiquito del convenio en cuestión se realice cuando ambas partes puedan certificar que se ha verificado el estado de cuenta y que se ha reintegrado la totalidad de la suma aportada por el Tribunal. 

Se dispone: Procédase conforme se recomienda.

ARTÍCULO SETIMO.- Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio Nº 223-2006-DRH 1º de febrero del 2006, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal notas que suscriben la señora Mónica Freer Bonilla y el señor Ronulfo Delgado Miranda, funcionarios de la Sección de Servicios Generales y del Departamento de Recursos Humanos, respectivamente, mediante las cuales solicitan autorización para disfrutar vacaciones conforme lo detalla.

Se dispone: Aprobar.

ARTÍCULO OCTAVO.- Del señor Rodolfo Delgado Rojas, Jefe de la Oficina de Proyectos Tecnológicos, se conoce oficio Nº 037-2006-OPT del 1º de febrero del 2006, al que adjunta informe suscrito por la funcionaria Paola Chaves Mora sobre la charla “Elementos de la experiencia del usuario” la cual se realizó el jueves 19 de enero de este año en el Club de Investigación Tecnológica.

Se dispone: Tomar nota.

ARTÍCULO NOVENO.- Del señor Juan Manuel Montero Campos, Coordinador de Subproceso Cobro Administrativo del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, se conoce fax correspondiente a oficio Nº SCOB-0237-2006 del 26 de enero del 2006, mediante el cual solicita la información actualizada de todos los ciudadanos costarricenses inscritos, con el objeto de actualizar su base de datos.

Se dispone: Se le informa al gestionante que, de conformidad con lo dispuesto por este Tribunal en sesión Nº 11653, artículo segundo, inciso l), todo escrito o petición realizada por órganos públicos deberá ser planteada por el jerarca de la institución o quien ostente la representación institucional.

ARTÍCULO DECIMO.- Del señor Macnoer Carranza Parajeles, conocido como Kenneth Carranza Parajeles, miembro del Cuerpo Nacional de Delegados de este Tribunal, se conoce fax correspondiente a oficio sin número del 31 de enero del 2006, mediante el cual solicita se gestione mediante convenio con otras instituciones, el préstamo de un vehículo con chofer para utilizarlo el día de las elecciones.

Se dispone: Gestiones como la presente deben ser atendidas, en primera instancia, por la Jefatura del Cuerpo de Delegados.

ARTÍCULO DECIMOPRIMERO.- Del señor Álvaro Alpízar Antillón, Tesorero del Partido Movimiento Libertario, se conoce oficio sin número del 31 de enero del 2006, al que adjunta la documentación correspondiente a la liquidación de gastos del mes de diciembre del 2005. Adicionalmente adjunta los documentos que puntualiza correspondientes al período de julio, agosto y setiembre 2005.

Se dispone: Pase a conocimiento de los funcionarios de la Contraloría General de la República destacados en el Tribunal, para la revisión de las liquidaciones de gastos de los partidos políticos.

ARTÍCULO DECIMOSEGUNDO.- Del señor Arnoldo Aguilar Quesada, Tesorero Suplente del Partido Unión Nacional, se conoce nota del 1º de febrero del 2006, dirigida a la Contraloría General de la República, mediante la cual remite la información de colocación de bonos del mes de diciembre del año 2005, omitidos en el formulario Nº 17, lo cuales indica que están debidamente registrados y reportados en la contabilidad del cierre del indicado mes.

Se dispone: Póngase en conocimiento de la Contraloría institucional, así como de los funcionarios de la Contraloría General de la República destacados en el Tribunal.

ARTÍCULO DECIMOTERCERO.- De la señora Yadira Fallas Mata, candidata a diputada por el Partido Unión Nacional, se conoce fax correspondiente a nota del 25 de enero del 2006, en la que manifiesta que se ha visto aludida y perjudicada por el análisis político y la publicación masiva del mismo efectuado por Wilberth Navarro Sánchez, candidato a diputado del Partido Restauración Nacional, y del cual adjunta copia y solicita incautar ese tipo de propaganda por resultar nociva para ella y para el partido que representa, además de que no tiene fundamento alguno.

Se dispone: Informarle a la interesada que, a partir de la resolución Nº 1750-97 de la Sala Constitucional, el Tribunal carece de competencia para incautar o suspender propaganda en razón de su contenido. En razón de ello, cualquier discrepancia o desacuerdo al respecto debe ventilarse en el terreno político y no en el jurisdiccional, salvo que se estime lesionado el honor y en tal caso se promueva la respectiva acción penal ante la justicia ordinaria.

ARTÍCULO DECIMOCUARTO.- De la señora Roxana Salazar, Presidenta de la organización Transparencia Internacional Costa Rica, se conoce fax correspondiente a oficio sin número del 1º de febrero del 2006, mediante el cual, de conformidad con lo que expone, solicita a este Tribunal que le recuerde a las casas encuestadoras y a los medios de comunicación la obligación de respetar la legislación vigente.

Se dispone: Hacerle saber a la estimable personera de esa organización que la Oficina de Comunicación y Protocolo ya ha sido instruida sobre la necesidad de divulgar la información que interesa.

ARTÍCULO DECIMOQUINTO.- Del señor Luis Enrique Marín Buitrago se conoce fax correspondiente a nota del 29 de enero del 2006, mediante el cual manifiesta que no acepta su nominación como regidor suplente del Partido Unión Nacional en el cantón de Talamanca, provincia de Limón, por las razones que expone.

Se dispone: Resérvese la gestión del señor Marín Buitrago para se conocida al momento de emitirse la respectiva declaratoria de elección.

A las dieciocho horas terminó la sesión. 

 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
Eugenia María Zamora Chavarría
 
 
 
 
Juan Antonio Casafont Odor
 
 
 
 
Ovelio Rodríguez Chaverri