ACTA Nº 125-2005 

Sesión extraordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del veintitrés de diciembre del dos mil cinco, con asistencia de los señores Magistrados Fonseca Montoya, quien preside, Sobrado González, la señora Magistrada Zamora Chavarría y los señores Magistrados Casafont Odor y Rodríguez Chaverri. 

ARTÍCULO PRIMERO.- Se conocen los siguientes asuntos:

a) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio Nº 4803-D.E del 22 del mes en curso, mediante el cual, como producto de lo tratado en la reunión celebrada el pasado 21 de diciembre, en donde se conocieron los aspectos relacionados con el proyecto de interconexión con la Asociación Bancaria Costarricense, y con el propósito de continuar con los trámites respectivos, solicita se autorice a la Asesoría Jurídica para que, en conjunto con los asesores legales de dicha entidad, proceda a elaborar el documento de formalización de este convenio.

Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

b) De los señores Fernando Víquez Jiménez, Rodrigo Fallas Vargas, Gerardo Hernández Granda y Rodolfo Villalobos Orozco, Director Ejecutivo, Oficial Mayor Civil, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones y Coordinador de Servicios Regionales, respectivamente, se conoce oficio Nº. 4800-D.E. del 20 del mes en curso, mediante el cual presentan los informes que se les solicitó mediante acuerdo adoptado en sesión Nº. 116-2005 del 6 de diciembre en curso, respecto al estudio realizado en este Tribunal por funcionarios de la Contraloría General de la República, sobre el esquema de seguridad de la base de datos del sistema de certificaciones con bases de datos locales.

Se dispone: Aprobar el informe rendido, incluyendo las medidas y políticas propuestas. Póngase en conocimiento de la Contraloría General de la República. ACUERDO FIRME.

c) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Coordinador del Comité Gerencial de Informática, se conoce oficio Nº 856-2005 C.G.I. del 22 del mes en curso, al que adjunta copia del acta de la reunión extraordinaria Nº 43-2005 CGI, celebrada el 20 de diciembre por ese Comité. De conformidad con el artículo sexto, se remite la documentación relativa a la reformulación del Plan de Adquisición y Gestión de Activos de Informática, con la recomendación de que se apruebe lo que propone el Comité Ejecutivo del Plan Estratégico Institucional.

Se dispone: Aprobar los cambios propuestos. ACUERDO FIRME.

d) De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Asesora Jurídica a.i., se conoce:

1) Oficio Nº 624-2005 del 22 del mes en curso, mediante el cual literalmente indica:

“En atención a su oficio No. 7693-TSE-2005 de 1º de diciembre de 2005, mediante el cual el Tribunal ordena a la Asesoría Jurídica emitir criterio en relación con los pagos que se tengan que realizar como resultado del Convenio suscrito entre este órgano electoral y el Instituto Costarricense de Ferrocarriles, me permito indicar lo siguiente:

En el “Convenio de Permiso Temporal de Uso en Precario de Inmueble entre el Instituto Costarricense de Ferrocarriles y el Tribunal Supremo de Elecciones” suscrito el nueve de noviembre del año en curso, se estableció, en la cláusula décima primera, que el Tribunal cancelará al INCOFER, por concepto de canon mensual por el uso de la Bodega la suma de ¢2.150.000.00 (dos millones ciento cincuenta y (sic) mil colones) mensuales.

En respuesta a la inquietud que el señor Contador institucional le plantea al Tribunal, me permito reiterar que, según se consignó en el documento contractual, el marco legal dentro del que se adopta el convenio, resulta de lo estipulado en el artículo 9 del Reglamento Sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, y lo acordado en reunión celebrada a las catorce horas treinta minutos del primero de noviembre del dos mil cinco, en la sede de la Contraloría General de la República, entre la señora Contralora, señora Rocío Cerdas, los señores Magistrados y la señora Magistrada del Tribunal Supremo de Elecciones, Oscar Fonseca Montoya, Luis Antonio Sobrado González, Eugenia Zamora Chavarría, Ovelio Rodríguez Chavarri (sic) y Juan Antonio Casafont Odor, el señor Presidente Ejecutivo del INCOFER, Miguel Carabaguíaz Murillo y con la asistencia del señor Manuel Corrales, Jefe de la Unidad de Autorizaciones y Aprobaciones de la Contraloría General de la República, los señores Fernando Víquez Jiménez y Hector (sic) Fernandez Masís, Director Ejecutivo y Coordinador de Programas Electorales del Tribunal Supremo de Elecciones.

Dejo de esta forma rendido el informe que se solicita, a fin de que se sirva ponerlo en conocimiento del Tribunal.”

Se dispone: Póngase en conocimiento de la Contaduría Institucional. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº A.J. 626-2005 del 22 de diciembre del 2005, mediante el cual, en atención a lo dispuesto por este Tribunal en sesión Nº 119-2005 del 13 de diciembre del 2005, artículo segundo, al conocer el oficio Nº 2175 DTIC del señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, relacionado con el contrato de “Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para el equipo activo de la red del T.S.E” suscrito con la empresa I.T. Servicios de Infocomunicación S.A., de conformidad con las razones que expone recomienda lo que se transcribe a continuación:

“…d. Recomendación.

En virtud de lo expuesto, recomendamos que en atención a lo señalado por el señor Gerardo Hernández Granda, se autorice a esta Asesoría para que elabore el Addendum al contrato referido, en el entendido de que si los equipos mencionados por el órgano fiscalizador en su oficio están contemplados dentro de la cláusula segunda del contrato, la empresa I.T. Servicios Infocomunicación S.A. puede dar el mantenimiento pactado a los mismos, el cual si se recibe a satisfacción cancelará únicamente en relación con los equipos mencionados.”.

Se dispone: Conceder la autorización que se solicita. ACUERDO FIRME.

e) Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio Nº 1048-2005 del 22 de diciembre del 2005, mediante el cual, de conformidad con los argumentos que expone, recomienda que se solicite al Banco Crédito Agrícola de Cartago, el cierre definitivo de la cuenta corriente N° 302-203-3439692 denominada “Tribunal Supremo de Elecciones-Importaciones”, lo cual debe hacerse mediante oficio suscrito por el señor Magistrado Presidente, quien ostenta la representación de este Organismo Electoral.

Se dispone: Procédase conforme lo recomienda el señor Contador institucional. ACUERDO FIRME.

f) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:

1) Oficio Nº 1703-2005-DHR del 24 de noviembre del 2005, quien de conformidad con lo dispuesto por ese Tribunal en sesión Nº 112-2005 del 22 de noviembre, se refiere a los cambios propuestos por el señor Víctor Manuel Vargas Meneses, a las redacciones de clase de los puestos de la Auditoría Interna, y con fundamento en los argumentos que expone, sugiere que se mantengan los requisitos en la forma en que fueron propuestos a través del oficio Nº 1555-2005-DRH del pasado 9 de noviembre.

Se acuerda: Aprobar la descripción de los cargos de Auditor Interno, Subauditor Interno, Auditor Fiscalizador y Auditor de Tecnologías de Información, con las siguientes modificaciones e inclusiones:

Auditor Interno

1. En cuanto a la tarea “Dictar lineamientos, directrices, políticas e instrucciones pertinentes, según la normativa jurídica y técnica” léase de la siguiente forma: “Dictar lineamientos, directrices, políticas e instrucciones pertinentes en la Auditoría Interna, según la normativa jurídica y técnica".

2. En relación con la tarea “Formular, documentar, ejecutar y controlar el presupuesto de la Auditoría Interna” léase de la siguiente forma "Formular y documentar el plan de gestión, ejecutar y controlar el presupuesto de la Auditoría Interna”.

3. Sobre la tarea “Denunciar en forma oportuna al Ministerio Público en caso de tener noticias de presuntos ilícitos penales en contra de la Hacienda Pública, e informar en forma concomitante al jerarca lo pertinente (salvo que éste último sea el denunciado). En caso…” léase de la siguiente forma “Denunciar en forma oportuna al Ministerio Público en caso de tener noticias de presuntos ilícitos penales en contra de la Hacienda Pública, e informar en forma concomitante al jerarca lo pertinente. En caso…”

4. Incluir las siguientes tareas:

“Asesorar al jerarca cuando éste lo solicite y en materias de su competencia e igualmente advertir a los titulares subordinados que fiscaliza, sobre las posibles consecuencias de determinados hechos, situaciones o decisiones cuando sean de su conocimiento, a fin de realizar una gestión preventiva oportuna.”

“Realizar auditorias o estudios especiales, en relación con los fondos públicos sujetos a su competencia institucional”

“Verificar el cumplimiento, la validez y la suficiencia del sistema de control interno del Tribunal Supremo de Elecciones”

“Preparar los planes de trabajo conforme a los lineamientos de la Contraloría General de la Republica y elaborar informes mensuales de la ejecución de éste.”

5. En relación con el requisito “Dos años comprobables de experiencia en puestos de jefatura en auditoría interna o externa” léase de la siguiente forma “Preferible experiencia mínima de dos años en puestos de jefatura en auditoría interna o externa en el sector público.”

6. En cuanto a la capacitación modificar el texto en los siguientes términos:

Preferiblemente poseer capacitación en:

Leyes, reglamentos, normas y lineamientos en el sector público costarricense.

Métodos de valoración del riesgo y en ambientes computarizados en el campo de trabajo de la auditoría interna.

Subauditor Interno

1. En cuanto a la tarea “Colaborar con el Auditor Interno en el dictado de lineamientos, directrices, políticas e instrucciones pertinentes, según la normativa jurídica y técnica” léase de la siguiente forma: “Colaborar con el Auditor Interno en el dictado de lineamientos, directrices, políticas e instrucciones pertinentes en la Auditoría Interna, según la normativa jurídica y técnica”. 

2. En relación con la tarea “Contribuir con el Auditor Interno en la formulación, documentación, ejecución y control del presupuesto de la Auditoría Interna” léase de la siguiente forma “Contribuir con el Auditor Interno en la formulación y documentación del plan de gestión, ejecución y control del presupuesto de la Auditoría Interna”.

3. Sobre la tarea “Coadyuvar en la formulación de denuncias en forma oportuna al Ministerio Público en caso de tener noticias de presuntos ilícitos penales en contra de la Hacienda Pública, e informar en forma concomitante al jerarca lo pertinente (salvo que éste último sea el denunciado)”. En caso…” léase de la siguiente forma “Coadyuvar en la formulación de denuncias en forma oportuna al Ministerio Público en caso de tener noticias de presuntos ilícitos penales en contra de la Hacienda Pública, e informar en forma concomitante al jerarca lo pertinente. En caso…”

4. Incluir las siguientes tareas:

“Colaborar con el Auditor Interno en la asesoría al jerarca cuando éste lo solicite y en materias de su competencia e igualmente coadyuvar en la formulación de las advertencias a los titulares subordinados que fiscaliza, sobre las posibles consecuencias de determinados hechos, situaciones o decisiones cuando sean de su conocimiento, a fin de realizar una gestión preventiva oportuna.”

“Colaborar con el Auditor Interno en la realización de auditorias o estudios especiales, en relación con los fondos públicos sujetos a la competencia institucional”

“Contribuir con la verificación del cumplimiento, la validez y la suficiencia del sistema de control interno del Tribunal Supremo de Elecciones”

“Colaborar con el Auditor Interno en la preparación de los planes de trabajo conforme a los lineamientos de la Contraloría General de la Republica y en la elaboración de informes mensuales de la ejecución de éste.”

5. En relación con el requisito “Dos años comprobables de experiencia en puestos de jefatura en auditoría interna o externa” léase de la siguiente forma “Preferible experiencia mínima de dos años en puestos de jefatura en auditoría interna o externa en el sector público.”

6. En cuanto a la capacitación modificar el texto en los siguientes términos:

Preferiblemente poseer capacitación en:

Leyes, reglamentos, normas y lineamientos en el sector público costarricense. Métodos de valoración del riesgo y en ambientes computarizados en el campo de trabajo de la auditoría interna.

Comuníquese al Departamento de Recursos Humanos y a la Auditoría Interna institucional. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº 2225-2005-DRH del 20 del mes en curso, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal, oficio del Encargado del Programa de Empaque del Material Electoral, según el cual, en virtud de los motivos que se sirve exponer, solicita que se prorrogue el nombramiento interino de los señores Mauricio Arce Villalobos, Armando Barrantes Acuña, Félix Chamorro Sandoval, Herberth Chaves Ramírez y Bryan Méndez Figueroa, por tres meses a partir del próximo 1º de enero, de manera que puedan continuar colaborando con el programa a su cargo y otras actividades atinentes. Para tales efectos propone utilizar temporalmente plazas de cargos fijos que pertenecen a la Dirección General del Registro Civil y que luego deben llenarse en propiedad, para lo cual la Licda. Marisol Castro Dobles se muestra de acuerdo.

Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

3) Oficio Nº 2231-2005-DRH del 22 de diciembre del 2005, mediante el cual, con fundamento en las razones que expone, solicita se modifique el acuerdo tomado por este Tribunal en sesión Nº 123-2005 del 20 de diciembre, para que el nombramiento de Marcela Soto Coto que ahí se hizo, rija a partir del 1º de enero del 2006, de manera que exista continuidad en la relación laboral de dicha servidora con este organismo electoral.

Se dispone: Conforme se solicita, se modifica el acuerdo supracitado en el sentido de que el nombramiento de la señorita Soto Coto, en la plaza que temporalmente dejará vacante la servidora Ada Xinia Bonilla Castillo, rige a partir del 1º de enero del año 2006 y no como se consignó en el mismo por sugerencia del señor Carías Mora. ACUERDO FIRME.

g) Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce oficio Nº 683-C.P.E.-2005 del 20 de diciembre del 2005, mediante el cual manifiesta lo que se transcribe a continuación:

“La Dirección General del Registro Civil nos remitió los oficios No. 1968-2005-D.G. y 2003-2005-D.G. del 5 y 12 de diciembre respectivamente, mediante los cuales le indica a este despacho que atienda las solicitudes de los partidos políticos y público en general en relación con la entrega de papeletas de muestra; sin embargo, de acuerdo con el artículo 106 del Código Electoral, ésta es una función encomendada a la citada Dirección, la cual ha realizado incluso en los procesos del año 2002, tal y como se puede apreciar en los antecedentes que se adjuntan.

Este despacho no tiene inconveniente en asumir esa tarea, pero al no estar expresamente encomendada por el Superior, ni en el acuerdo de creación de esta oficina, ni en el Reglamento emitido posteriormente y dado que ello requerirá una interpretación de la citada norma, consideramos necesario un pronunciamiento expreso del Tribunal en este sentido.

En virtud de lo anteriormente expuesto, respetuosamente le solicito lo eleve a conocimiento del Superior, a los efectos de que manifieste su criterior (sic) sobre el particular.”

Se dispone: En la inteligencia del artículo 106 del Código Electoral, la obligación del Registro Civil se contrae a ordenar la impresión de las muestras, de suerte que este Tribunal entiende que su distribución puede ser encargada a otras dependencias incluida la Coordinación de Programas Electorales, a la cual, en este caso, se le encarga. ACUERDO FIRME.

h) De la señora Damaris Carmona Bolaños, Fiscalizadora del Centro de Relaciones para el Fortalecimiento del Control y la Fiscalización Superiores de la Contraloría General de la República, se conoce fax correspondiente a oficio Nº 17057 del 16 de diciembre del 2005, referente a la autorización de nombramiento interino del Subauditor Interno del Tribunal Supremo de Elecciones y consideraciones sobre el respectivo proceso de nombramiento en propiedad.

Se dispone: Habida cuenta del plazo que señala la Contraloría General de la República para el nombramiento interino en la plaza de Subauditor Interno y con vista en los expedientes de personas elegibles para puestos de auditoría existentes en el Departamento de Recursos Humanos, se nombra al señor Juan Vicente García Matamoros a partir del 2 de enero del 2006 y por un lapso de seis meses, con arreglo a lo que preceptúan los artículos 9 y 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos de este Tribunal. A su vez, el Jefe del citado Departamento, en el plazo de un mes calendario, presentará al Tribunal el documento que contendrá el ordenamiento que regulará el concurso público que se promoverá para llenar en propiedad dicho cargo. La Asesoría Jurídica, por su parte, procederá a efectuar las acciones que se mencionan en los apartes a) y b) del informe que se conoce. ACUERDO FIRME.

i) Del señor Walter Múñoz Céspedes, Presidente del Partido Integración Nacional, se conoce oficio sin número del 21 del mes en curso, mediante el cual informa que por acuerdo tomado por el Comité Ejecutivo Superior de esta agrupación política en su sesión del 20 de diciembre en curso, se dispuso solicitar audiencia a este Tribunal a la mayor brevedad posible con el propósito de ampliar el recurso de amparo que se tramita bajo el expediente Nº 607-F-2005.

Se dispone: Pase a conocimiento del respectivo Magistrado instructor. ACUERDO FIRME.

j) Del señor Oscar Núñez Calvo, Secretario General del Comité Ejecutivo del Partido Liberación Nacional, se conoce oficio Nº SGPLN-355 del 20 del mes en curso, mediante el cual, de conformidad con las razones que expone, solicita se reconsidere la definición de la fecha para la presentación de las nóminas de fiscales para su acreditación correspondiente, y se extienda el plazo por los menos en ocho días adicionales.

Se dispone: Para una mayor comodidad de los partidos políticos involucrados, y dado que no hay límite legal al respecto, se fija de mejor acuerdo el día 12 de enero del 2006, como fecha última para la presentación de las indicadas nóminas. Comuníquese a todos los partidos políticos. ACUERDO FIRME.

k) Del señor Jorge Alfredo Robles Arias, Fiscal del Partido Liberación Nacional, se conoce nota del 22 del mes en curso, en el cual se aclara que la gestión de sustitución del miembro de la Junta Cantonal de Corredores presentada ante este Tribunal, el pasado 20 de diciembre, por el señor José Navarro Campos, es en su condición de Presidente del Comité Ejecutivo Cantonal de Corredores de dicha agrupación política, en consecuencia la gestión debe considerarse como válida, ya que quien la suscribió cuenta con la legitimación necesaria para presentarla.

Se dispone: En virtud de la aclaración efectuada por el Fiscal del Partido Liberación Nacional, se aprueba la gestión presentada por el señor José Navarro Campos, en su condición de Presidente del Comité Ejecutivo Cantonal, en el sentido de sustituir a la señorita Tatiana María Tiffer Ortega, como miembro de la Junta Cantonal de Corredores, y en su lugar nombrar al señor Yuedy Aguirre Aguirre. Comuníquese al Lic. Luis Bolaños Bolaños, Encargado del Programa de Asesores Electorales, con el fin de que verifique los datos y proceda según corresponda. ACUERDO FIRME.

l) De la señora Eugenia López Hernández, Directora de Seguridad y Embellecimiento de Carreteras del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se conoce fax correspondiente a oficio Nº DECN-2005-351 del 22 de diciembre del 2005, mediante el cual, en virtud de las razones que expone, solicita la intervención de este Tribunal con el propósito de crear conciencia entre los ciudadanos acerca de la importancia de mantener limpias y aseadas las carreteras nacionales. 

Se dispone: La Coordinación de Programas Electorales, en conjunto con la Oficina de Comunicación y Protocolo, hará la respectiva propuesta al Tribunal. ACUERDO FIRME.

m) De la señora Jenny Phillips Aguilar, Presidenta de la Comisión Nacional de Rescate de Valores, se conoce oficio sin número del 22 de diciembre del 2005, mediante el cual, por las razones que expone, manifiesta que requieren la cantidad de material electoral (papeletas muestra) para abarcar la participación de al menos diez mil niños, niñas y adolescentes.

Se dispone: De previo a resolver, indique la Coordinación de Programas Electorales en qué medida se puede acceder a la colaboración pretendida. ACUERDO FIRME.

n) De dos miembros de la Junta Cantonal de Montes de Oca, cuya firma es ilegible, se conoce oficio sin número del 21 del mes en curso, mediante el cual solicitan autorización a este Tribunal para el cambio de Centro de Votación, de forma tal que se ubiquen diez juntas receptoras de votos en la Universidad Metodista en San Pedro, siendo que en las elecciones pasadas esas juntas se encontraban ubicadas en la Escuela Metodista, a causa de que esta última institución cambio de distrito electoral.

Se dispone: Trasladar la gestión al Lic. Héctor Fernández Masís, en su condición de Coordinador de Programas Electorales, para que determine la procedencia de la gestión presentada por la Junta Cantonal de Montes de Oca y realice la recomendación pertinente a este Tribunal. ACUERDO FIRME.

ñ) Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del despacho, se conoce oficio Nº 8298-TSE-2005 de hoy, mediante el cual, para lo que a bien tenga disponer este Tribunal, adjunta la nueva incapacidad que los servicios médicos de la CCSS han extendido a nombre del señor Víctor Vargas Meneses, Auditor Interno, y que comprende del 23 de diciembre del año en curso al 20 de enero del año entrante, inclusive. Solicita además, habida cuenta de lo anterior, se recarguen las funciones del señor Auditor, en la Licda. Sara Porras Mora durante las fechas supra indicadas.

Se dispone: Tomar nota. Recargar las funciones del señor Vargas Meneses, a partir del próximo 2 de enero, en el señor Lic. Juan Vicente García Matamoros, quien fue nombrado como Subauditor institucional interinamente en esta misma sesión. ACUERDO FIRME.

Salen del Salón de Sesiones la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría y el señor Magistrado Ovelio Rodríguez Chaverri.

o) De los señores Pedro Sánchez Gómez, Olga Mireya Araya Araya y Juan Carlos Arteaga Palacios, miembros de la Junta Cantonal de Talamanca del Partido Liberación Nacional, se conoce fax correspondiente a oficio sin número del 23 del mes en curso, mediante el cual remiten el listado de miembros de mesa.

Se dispone: Para que resuelva lo que en Derecho corresponda, se traslada este asunto a la Junta Cantonal de Talamanca. ACUERDO FIRME.

p) Del señor Gilberto Morera Salas, Subcoordinador Electoral del Partido Liberación Nacional de Corredores, se conoce fax correspondiente a oficio sin número del 22 del mes en curso, mediante el cual remite el listado de miembros de Juntas Receptoras de Votos.

Se dispone: Para que resuelva lo que a Derecho corresponda se traslada este asunto a la Junta Cantonal de Corredores. ACUERDO FIRME.

q) De miembros de la Junta Cantonal de Montes de Oca, cuya firma es ilegible, se conoce oficio sin número del 21 del mes en curso, mediante el cual comunican el nuevo nombramiento de Presidente de ese Organismo Electoral, en virtud de que la anterior Presidenta y su suplente renunciaron al cargo.

Se dispone: Tomar nota y trasladar el asunto al Lic. Luis Bolaños Bolaños, Encargado del Programa de Asesores Electorales, para que proceda según corresponde. ACUERDO FIRME.

La señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría y el señor Magistrado Ovelio Rodríguez Chaverri reingresan al Salón de Sesiones.

ARTICULO SEGUNDO.- Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio Nº 4808 D.E. del 22 de diciembre del 2005, mediante el cual se pronuncia con respecto a la recomendación del señor Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios, para que las unidades de servicio se mantengan disponibles al público después de las tres de la tarde, en donde una pequeña parte del personal labore de las 8:00 a las 16:00 horas, e indica las acciones realizadas en cuanto a la situación presentada en el área de expedición de la Tarjeta de Identidad de Menores (TIM). Asimismo, manifiesta que no ve inconveniente en que las jefaturas de los despachos que indica, analicen su propia particularidad y si así lo estiman, envíen a Recursos Humanos el detalle de los funcionarios que laborarían de las 8:00 a las 16:00 horas a efecto de solucionar la situación que apunta el señor Contralor de Servicios.

Se dispone: Pase a las jefaturas respectivas a fin de que hagan la valoración del caso.

ARTÍCULO TERCERO.- De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Asesora Jurídica a.i., se conoce oficio Nº A.J. 623-2005 del 22 de diciembre del 2005, mediante el cual, en atención a lo oportunamente dispuesto por este Tribunal, emite criterio con respecto a la inmunidad fiscal de este Organismo en cuanto a una serie de rubros relacionados con el pago del derecho de circulación de la flotilla de vehículos propiedad de la Institución, concluyendo lo que se transcribe a continuación:

“…Conclusión.

De los razonamientos expuestos se desprende que el Tribunal, en cuanto al pago que debe realizar al Instituto Nacional de Seguros por derecho de circulación de su flotilla, se encuentra exento de las cargas impuestas por la Ley 7088, la que impone tributo a favor de Guías y Scouts de Costa Rica, Patronato Nacional de Rehabilitación, Asociación Pueblito de Costa Rica, Centro Diurno de Atención al Ciudadano en la Tercera Edad (ASCATE) y Asociación Hogar de Ancianos de Pérez Zeledón. No obstante, en cuanto a los tributos de Fauna Silvestre e Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, destinado a las Municipalidades, no se encuentra fundamento jurídico para invocar la improcedencia de tales cargas, puesto que no existe en las normas que les dieron origen, disposición expresa de que el Tribunal se encuentre exento de las mismas, así como tampoco existe identidad entre el sujeto activo y pasivo de la obligación, por lo que no es aplicable el principio de inmunidad fiscal.

Se deberá oponer ante el ente asegurador la exención de la cual es sujeto el Tribunal en cuanto a los rubros contenidos en la Ley 7088.”

Se dispone: Póngase en conocimiento de la Contaduría institucional.

ARTÍCULO CUARTO.- Del señor Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios, se conoce oficio Nº 422-2005 CS del 20 de diciembre del 2005, mediante el cual, por las razones que expone, presenta el resultado de un sondeo de opinión general sobre la prestación de los servicios institucionales. Asimismo manifiesta que considera importante que los funcionarios puedan conocer algunos de los resultados obtenidos en dicho informe, por lo que sugiere que en la próxima edición del boletín “El Elector” se pueda consignar alguna información, para lo cual su despacho coordinaría lo pertinente con la Oficina de Comunicación y Protocolo. Además, indica que desea realizar una presentación ejecutiva a este Tribunal sobre los resultados, por lo que -si a bien se tiene- solicita la audiencia respectiva.

Se dispone: Para los efectos que se indican, pase el informe a la Oficina de Comunicación y Protocolo. Póngase en conocimiento de la Directora General del Registro Civil y de la Dirección Ejecutiva.

ARTÍCULO QUINTO.- Del señor Oscar Fernando Mena Carvajal, en calidad de Presidente de la Junta de Relaciones Laborales, se conoce oficio sin número del 22 de diciembre del 2005, informa que ha sido declarado sin lugar por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, el recurso de amparo que interpuso en su contra el señor Víctor Manuel Vargas Meneses, Auditor Interno. Asimismo adjunta copia del informe que remitió para contestar el citado recurso.

Se dispone: Tomar nota.

ARTÍCULO SEXTO.- Del señor Fabio Enrique Delgado Hernández, Presidente del Comité Ejecutivo Superior del Partido Rescate Nacional, se conoce:

a) Oficio sin número del 21 de diciembre del 2005, mediante el cual solicita la legalización de los libros de esa agrupación política, por las razones que expone. Asimismo, pide copia certificada del acuerdo tomado por el Tribunal prorrogando la jornada de trabajo ordinario del Registro Civil, y consecuentemente habilitando horas extraordinarias para dictar resoluciones durante los meses de octubre, noviembre y diciembre del presente año.

Se acuerda: En cuanto a la solicitud de legalización de los libros que se solicita, proceda la Secretaría del despacho conforme a derecho corresponda.

Con respecto a la certificación que se solicita sobre la habilitación de hora, se le aclara al petente que no existe acuerdo de este Tribunal en el sentido precitado.

b) Fax correspondiente a nota del 22 de diciembre del 2005, mediante el cual solicita copias certificadas de los documentos que detalla, respecto de inscripción de candidaturas, para los efectos que señala. Indica que las mismas deben ser facilitadas a costa de esta Institución por las razones que expone.

Se dispone: Atienda la Secretaría del despacho la petición de acuerdo con los procedimientos usuales.

c) Fax correspondiente a nota del 22 de diciembre del 2005, mediante el cual solicita se le suministre la información que puntualiza, respecto de la lista de observadores internacionales que participarán de las próximas elecciones nacionales.

Por otra parte, el señor Delgado Hernández, manifiesta que da respuesta al oficio Nº 8143-TSE-2005, e informa y recuerda que desde las fechas que detalla, en representación de dicho Partido, señaló en sendas comunicaciones, medios y lugares para recibir notificaciones, entre las que se incluyó el correo electrónico que menciona.

Se dispone: Atienda la Oficina de Comunicación y Protocolo. Tome nota la Secretaría del despacho de la dirección electrónica que se aporta. 

ARTÍCULO SETIMO.- Del señor Alexander Yung Li se conoce memorial, recibido el 22 de diciembre del 2005, mediante el cual plantea nulidad del inciso 1) del artículo 6 del Código Electoral y de la candidatura y todo acto propio de la elección a celebrarse el próximo año, que esté relacionado con el Dr. Oscar Arias Sánchez, y cualquier otra u otro candidato a la presidencia o vicepresidencia de la República, y que hubiere ejercicio la presidencia la mayor parte de un período constitucional.

Se dispone: Turnar al señor Magistrado que corresponda.

A las dieciséis horas terminó la sesión.

 
 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
 
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
 
Eugenia María Zamora Chavarría
 
 
 
 
Juan Antonio Casafont Odor
 
 
 
 
Ovelio Rodríguez Chaverri