N° 0167-E-2007.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las ocho horas con diez minutos del dieciséis de enero del dos mil siete.

 

Declaratoria de Elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Los Chiles de la Provincia de Alajuela, para el período legal que se iniciará el cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once.

 

RESULTANDO

 

1. Que el Tribunal Supremo de Elecciones por Decreto Número 8-2006, del 1° de agosto del 2006, publicado en “La Gaceta” N° 155 del 14 de agosto del 2006, cumpliendo con lo ordenado por los artículos 9, 99, 102, inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 97 del Código Electoral; 14, 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, convocó a elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito y de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes.

2. Que con la finalidad de darle cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 169 y 172 de la Constitución Política, para el período legal que se iniciará el próximo cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once, el decreto indicado en el resultando anterior señaló el domingo 3 de diciembre del 2006 como fecha para celebrar las correspondientes votaciones.

3. Que para participar en las elecciones de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que se celebraron en los diferentes distritos del cantón Los Chiles de la provincia de Alajuela, en todos y cada uno de ellos inscribieron oportunamente candidaturas los partidos Unión para el Cambio, Liberación Nacional, Movimiento Libertario, Acción Ciudadana, Unión Nacional y Unidad Social Cristiana, salvo el Partido Unión para el Cambio que en el distrito Los Chiles, y el Partido Unión Nacional que en los distritos Los Chiles, Caño Negro y San Jorge no las inscribieron para Síndicos; por su parte, el Partido Renovación Costarricense sólo inscribió candidaturas en los distritos Los Chiles, Caño Negro y El Amparo, excepto en el penúltimo distrito donde no las inscribió para Miembros de Concejo de Distrito.

4. Que de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se llevaron a cabo en la fecha supra señalada en todos y cada uno de los distritos del cantón Los Chiles de la Provincia de Alajuela.

5. Que habiéndose recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente documentación para el escrutinio final; y

 

CONSIDERANDO

 

I. Que al no haber inscrito candidaturas para Miembros de los Concejos de Distrito el Partido Renovación Costarricense según se detalló supra, debe excluírsele del reparto de estas plazas, pues los votos que haya recibido en su favor –al haberse emitido por candidaturas inexistentes– no pueden considerarse votos válidamente emitidos, ya que tienen la misma naturaleza jurídica que los votos nulos o en blanco.

II. Que de igual modo, al no haber inscrito candidaturas para Síndicos los partidos Unión para el Cambio en el distrito Los Chiles y Unión Nacional en los distritos Los Chiles, Caño Negro y San Jorge según se detalló supra, los votos que obtuvieron a su favor –al haberse emitido por candidaturas inexistentes– no pueden considerarse votos válidamente emitidos, ya que tienen la misma naturaleza jurídica que los votos nulos o en blanco.

III. Que, entendiendo por escrutinio el examen de la documentación electoral que de las Juntas Receptoras de Votos ha recibido este Tribunal, dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas en mención, a fin de adjudicar a los partidos inscritos en los distritos mencionados las plazas de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que en la votación corresponda (artículo 130 del Código Electoral) y practicado el predicho escrutinio de la documentación ya referida por este Organismo, para darle cumplimiento a los artículos 172 de la Constitución Política y 54 y 55 del Código Municipal, en lo que a la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Los Chiles de la Provincia de Alajuela se refiere, se dieron los resultados que se consignan en los siguientes cuadros correspondientes a los VOTOS VÁLIDOS cuyo detalle es como sigue:  

CANTON LOS CHILES, VOTOS VALIDOS PARA SINDICOS, POR DISTRITO, SEGUN PARTIDO

ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006

  
 
LOS CHILES
CAÑO NEGRO
EL AMPARO
SAN JORGE
UNION PARA EL CAMBIO
0
3
13
5
RENOVACION COSTARRICENSE
10
3
3
0
LIBERACION NACIONAL
702
195
248
189
MOVIMIENTO LIBERTARIO
515
134
105
57
ACCION CIUDADANA
269
44
364
146
UNION NACIONAL
0
0
19
0
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
135
17
115
75
TOTAL VOTOS VALIDOS
1.631
396
867
472
 

 

CANTON LOS CHILES, VOTOS VALIDOS PARA CONCEJALES DE DISTRITO, POR DISTRITO

SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006

 
 
LOS CHILES
CAÑO NEGRO
EL AMPARO
SAN JORGE
UNION PARA EL CAMBIO
58
3
13
5
RENOVACION COSTARRICENSE
10
0
3
0
LIBERACION NACIONAL
702
195
248
189
MOVIMIENTO LIBERTARIO
515
134
105
57
ACCION CIUDADANA
269
44
364
146
UNION NACIONAL
83
0
19
3
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
135
17
115
75
TOTAL VOTOS VALIDOS
1.772
393
867
475
 

IV. Que la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, según lo establecen los artículos 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 55 del Código Municipal, se efectúa por mayoría relativa de cada distrito y por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente), respectivamente.

V. Que mediante la aplicación de la normativa supra citada y practicadas las operaciones aritméticas de rigor para determinar, en el caso de los Síndicos propietarios y suplentes la mayoría relativa y en el de los Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito las plazas por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente) que, en cada distrito del cantón Los Chiles de la Provincia de Alajuela, han obtenido las organizaciones políticas que intervinieron en la elección, procede consignar los resultados que figuran a continuación:

ADJUDICACIONES DE PLAZAS PARA CONCEJALES DE DISTRITO

SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006

 

 

PROVINCIA: ALAJUELA

CANTON: LOS CHILES

DISTRITO ADMINISTRATIVO: LOS CHILES 

CIFRA COCIENTE 443,000

CIFRA SUBCOCIENTE 221,500 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

UNION PARA EL CAMBIO 58 0 0,000 0

RENOVACION COSTARRICENSE 10 0 0,000 0

LIBERACION NACIONAL 702 1 259,000 1

MOVIMIENTO LIBERTARIO 515 1 72,000 0

ACCION CIUDADANA 269 0 0,000 1

UNION NACIONAL 83 0 0,000 0

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 135 0 0,000 0

TOTAL 1.772 2 2 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL 

 

PROVINCIA: ALAJUELA

CANTON: LOS CHILES

DISTRITO ADMINISTRATIVO: CAÑO NEGRO 

CIFRA COCIENTE 98,250

CIFRA SUBCOCIENTE 49,125 

PARTIDO(S) A SUSTRAER: VOTOS

RENOVACION COSTARRICENSE 3 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

UNION PARA EL CAMBIO 3 0 0,000 0

LIBERACION NACIONAL 195 1 96,750 1

MOVIMIENTO LIBERTARIO 134 1 35,750 1

ACCION CIUDADANA 44 0 0,000 0

UNION NACIONAL 0 0 0,000 0

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 17 0 0,000 0

TOTAL 393 2 2 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL

PROVINCIA: ALAJUELA

CANTON: LOS CHILES

DISTRITO ADMINISTRATIVO: EL AMPARO 

CIFRA COCIENTE 216,750

CIFRA SUBCOCIENTE 108,375 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

UNION PARA EL CAMBIO 13 0 0,000 0

RENOVACION COSTARRICENSE 3 0 0,000 0

LIBERACION NACIONAL 248 1 31,250 0

MOVIMIENTO LIBERTARIO 105 0 0,000 0

ACCION CIUDADANA 364 1 147,250 1

UNION NACIONAL 19 0 0,000 0

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 115 0 0,000 1

TOTAL 867 2 2 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: ACCION CIUDADANA 

 

PROVINCIA: ALAJUELA

CANTON: LOS CHILES

DISTRITO ADMINISTRATIVO: SAN JORGE 

CIFRA COCIENTE 118,750

CIFRA SUBCOCIENTE 59,375 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

UNION PARA EL CAMBIO 5 0 0,000 0

LIBERACION NACIONAL 189 1 70,250 1

MOVIMIENTO LIBERTARIO 57 0 0,000 0

ACCION CIUDADANA 146 1 27,250 0

UNION NACIONAL 3 0 0,000 0

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 75 0 0,000 1

TOTAL 475 2 2 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL 

POR TANTO

 

De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos 102, incisos 7) y 8) y 172 de la Constitución Política; 97, 98, 99 y 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 54 y 55 del Código Municipal, se declaran electos Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito del cantón Los Chiles de la provincia de Alajuela, que se detallan infra, para el período legal comprendido entre el cinco de febrero del dos mil siete y el seis de febrero del dos mil once, a las siguientes personas:----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

LOS CHILES

 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

DANILO GUILLEN MIRANDA YORLENI GARCIA GARCIA

 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

HECTOR ALTAMIRANO RUIZ P.L.N

C.C. HECTOR ALTAMIRANO CENTENO

NATALY GABRIELA MOLINA LOPEZ P.L.N

OSCAR FERNANDO ROJAS ESQUIVEL P.M.LIB

RONALD PINEDA ROJAS P.A.C

 

SUPLENTES

FREDDY PALACIOS REYES P.L.N

ESTELA JIMENEZ BONICHE P.L.N

GONZALO SOLANO SOTO P.M.LIB

MAYELA GODINEZ CALDERON P.A.C

 

CAÑO NEGRO

 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

ELIECER GAITAN ALVARADO MARIA ISABEL GUERRA LOPEZ

 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

ELIZABETH DIAZ LEON P.L.N

CARMEN LIDIA JIMENEZ GARBANZO P.L.N

CIPRIANO GARCIA TELLES P.M.LIB

CAROLINA RAMIREZ VILLALOBOS P.M.LIB

 

SUPLENTES

NO INSCRIBIO CANDIDATURA P.L.N

NO INSCRIBIO CANDIDATURA P.L.N

CRECENSIANO SIRIAS ESPINOZA P.M.LIB

C.C. CRESENCIO SIRIAS ESPINOZA

MISAEL RAMIREZ VILLALOBOS P.M.LIB

 

EL AMPARO

 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

LUIS FERNANDO MORERA CASTILLO ROSIBEL FERNANDEZ CHAVES

 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

ANA FELICIA RODRIGUEZ GONZALEZ P.A.C

MARIA ELENA CHACON RODRIGUEZ P.A.C

EFRAIN GERARDO CORRALES GAMBOA P.L.N

JOSE RAMON CHAVES CASTRO P.U.S.C

 

SUPLENTES

LUIS DIEGO ROJAS CAMPOS P.A.C

YADIRA BARQUERO VASQUEZ P.A.C

KALEF CERDAS GAITAN P.L.N

RAQUEL ROBLETO ZUÑIGA P.U.S.C

 

 

SAN JORGE

 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

OLIVIER GAMBOA RODRIGUEZ NIDIA MARIA VINDAS MURILLO

 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

SERGIO EDUARDO CABEZAS RODRIGUEZ P.L.N

HILDA MARIA ROJAS SALAS P.L.N

LUIS ALBERTO MORERA ROJAS P.A.C

RAFAEL SALAZAR VALVERDE P.U.S.C

 

SUPLENTES

SARA MURILLO MARTINEZ P.L.N

GEINER ANTONIO RAMIREZ MADRIGAL P.L.N

ALEJANDRA CORTES MOLINA P.A.C

BELLANIRA RODRIGUEZ HIDALGO P.U.S.C

 

 

Comuníquese esta declaratoria a las personas electas por medio de la correspondiente Secretaría Municipal, a los Concejos Municipales, al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, a los partidos políticos que intervinieron en la respectiva elección, a los Poderes del Estado y a la Contraloría General de la República. Consígnese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.-------------------------------------------------------------  

 
 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
Presidente
 
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
Magistrado
 
 
 
 
 
Eugenia María Zamora Chavarría
Magistrada
  

Programa de Declaratorias de Elección

Declaratoria de Síndicos y Concejales

Provincia de Alajuela Cantón Los Chiles