ACTA N.º 40-2017


Sesión ordinaria celebrada por el Consejo de Directores a las catorce horas del doce de setiembre de dos mil diecisiete, con asistencia de los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones quien preside; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Carlos Alberto Murillo Montoya, Director Ejecutivo a. i.; Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos; Rodrigo Abdel Brenes Prendas, Director General a. i. del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO.  AUSENCIA DE INTEGRANTE DEL CONSEJO.

A) Ausencia del señor José Francisco Rodríguez Siles en sesión del Consejo de Directores.

Sale de la sala de sesiones el señor Carlos Murillo Montoya.

Del señor Josué Rodríguez Berrocal, Profesional Asistente 2 de la Dirección Ejecutiva, se conoce correo electrónico del 11 de setiembre de 2017, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con instrucciones del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, me permito excusar por este medio, la presencia del señor Director antes citado a la sesión del Consejo de Directores programada en su horario ordinario para mañana martes 12 de setiembre a las 14:00 horas, lo anterior en virtud de que se requerirá de su presencia en la entrega de credenciales en el auditorio de esta institución, en consecuencia, asistirá en su lugar, el señor Carlos Alberto Murillo Montoya, Secretario General de la Dirección Ejecutiva.".

Se dispone: Tener por justificada la referida ausencia. Hágase del conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones. ACUERDO FIRME.

Reingresa a la sala de sesiones el señor Carlos Murillo Montoya.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.        

A) Pruebas de contingencia. De la señora Patricia Chacón Jiménez, Jefa del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones y el señor Oscar Fernando Mena Carvajal, Oficial Mayor Electoral, se conoce el oficio n.° DEL-1792-2017 del 1.° de setiembre de 2017, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual rinden informe relativo a pruebas contingenciales.

Se dispone: Tomar nota. ACUERDO FIRME.

B) Informe relativo al incumplimiento de las acciones correctivas y preventivas del Sistema de Gestión de Calidad. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-2762-2017 del 04 de setiembre de 2017, recibido el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual -según lo dispuesto en el acuerdo del artículo segundo de la sesión ordinaria n.° 035-2017, celebrada el 8 de agosto de 2017- rinde informe relativo al incumplimiento de las acciones correctivas y preventivas del Sistema de Gestión de Calidad del Tribunal Supremo de Elecciones.

Se dispone: Para su atención, pase al Órgano Técnico de Gestión de Calidad. ACUERDO FIRME.

C) Informe Semestral de Gestiones I-2017.  Del señor Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios, se conoce oficio n.° CS-215-2017 del 4 de setiembre de 2017, recibido en la Coordinación de este Consejo el 8 de setiembre de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Conforme con las atribuciones establecidas en el artículo octavo del reglamento interno de esta Contraloría de Servicios y lo dispuesto por el Superior en la sesión Nº. 98-2015, artículo quinto, comunicado en oficio STSE-2094-2015, se remite a ese Consejo para lo pertinente el Informe Semestral de Gestiones II-2016.

Dicho informe fue enviado inicialmente a la Dirección Ejecutiva para la valoración técnica estadística, la cual mediante oficio DE-2402-2017 del 22 de agosto del presente remitió el informe respecto para valoración de esta Contraloría de Servicios.  En cuanto a las sugerencias respecto a los aspectos de forma sobre las estadísticas referidas en el informe, la mayoría fueron aplicadas y algunas de ellas no se estimó necesario aplicar luego del análisis de este despacho por lo siguiente:

Recomendación Específica


Sugerencia de la D.E.


Criterio de la CS





1

En el primer párrafo de la página 5, para el Departamento Civil se debe especificar la cantidad de las gestiones recibidas, además, se debe excluir del cálculo del porcentaje los datos de las oficinas regionales.

Para mejor ilustración y dado que el primer párrafo de la página 5 está relacionado con el gráfico 2 se decidió mejor eliminarlo, ya que en el último párrafo de la página 4 se explica en detalle.

Observaciones Puntuales



Criterio de la CS






11

Revisar dato inconsistente entre el informe de gestiones y los informes de labores, específicamente las inconformidades recibidas en las Oficinas Regionales de San Ramón y San Carlos. En el caso de San Ramón se reportan 3 inconformidades en el informe de gestiones pero 4 en los informes de labores, para San Carlos, se reporta 1 inconformidad en el informe de gestiones pero 0 en los informes de labores.

Por un error de registro se sumó una gestión a la oficina regional de San Ramón en el mes de marzo, siendo lo correcto asignar la misma a la oficina regional de San Carlos.  Dado lo anterior el efecto neto a nivel estadístico se mantiene igual por lo que el total de gestiones recibidas durante el semestre se mantiene igual, así como los valores absolutos totales.

 




Tabla 1

Valorar cambiar los siguientes nombres: en la primera columna cambiar Oficialía Mayor Civil por Departamento Civil; en la segunda columna cambiar Oficialía Mayor Electoral por Departamento Electoral (…).

Los nombres de la tabla no corresponden a oficinas y/o departamentos, sino son referidas a las áreas de servicio como claramente lo indica el título de la tabla, por lo que el nombre de las oficialías se refieren a las áreas de servicio específicas y no al Departamento como un todo.





Gráfico 3

Valorar el cambio del gráfico circular por un gráfico de barras horizontales ordenado las barras de más grande a la más pequeña, para facilitar la comprensión de la información pues las cifras son similares. Es importante mencionar que el uso de ambos gráficos es correcto.


Valorar cambiar el nombre de “Oficialía Mayor Civil” por “Departamento Civil” indicado en las etiquetas.

Se mantiene el criterio de usar el gráfico circular para una lectura más fácil y comprensible del lector, ya que ilustra más la distribución porcentual de las gestiones al reflejarse áreas y no barras.


En cuanto al nombre “Oficialía Mayor Civil” ya se refirió lo pertinente.



Gráfico 5

Valorar el cambio del gráfico circular por un gráfico de barras horizontales ordenado las barras de más grande a la más pequeña, para facilitar la comprensión de la información pues las cifras son similares.                    Es importante mencionar que el uso de ambos gráficos es correcto.

Se mantiene el criterio de usar el gráfico circular para una lectura más fácil y comprensible del lector, ya que ilustra más la distribución porcentual de las gestiones al reflejarse áreas y no barras.

En cuanto al restante de las sugerencias planteadas luego del análisis de este despacho si se estimó pertinente aplicar las mismas.".

Se dispone: Retorne este asunto al señor Solórzano Alvarado a fin de que ajuste su informe a lo planteado por la Dirección Ejecutiva, en el entendido de que más que sugerencias lo planteado por tal Dirección corresponde a su adecuación técnica estadística. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE CONSTRUCCIONES.

A) Situación de espacio para dos funcionarios de la Contraloría Electoral, y sus tareas de almacenamiento. Del señor Tito José Alvarado Contreras, Jefe de la Sección de Ingeniería y Arquitectura, se conoce oficio n.° IA-809-2017 del 1.° de setiembre de 2017, recibido en la Coordinación de este Consejo el 4 de setiembre de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a oficio CDIR-0310-2017 del 29 de agosto de 2017, referente a la valoración de espacio expuesto por el señor Javier Vega Garrido, Contralor Electoral, mediante oficio CE-419-2017, me permito someter a consideración el área señalada en plano adjunto, ubicada en sector oeste del Parqueo Plataformas.

Dicho espacio consta de 67 m2, y sus dimensiones son de 10 mts de frente y 6.7 mts de profundidad.".

Se dispone: Aprobar conforme se propone. Hágase del conocimiento del señor Contralor Electoral. ACUERDO FIRME.

B) Plano catastrado. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-2837-2017 del 7 de setiembre de 2017, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que corresponda, se remite a conocimiento de ese colegiado, copia del oficio n. ° DRI-CTE-04-041-2017 del pasado 25 de agosto, suscrito por el señor Efraín Menjívar Pérez, funcionario del Subproceso Georreferenciación Catastral del Registro Inmobiliario, en el cual entrega certificación con número de consecutivo IR00216019 del Registro Nacional, perteneciente al plano catastrado n. ° SJ-1995491-2017, que corresponde a la reunión de los terrenos de esta sede central e incluye las propiedades matrícula n. os 29439-000 y 46892-000 respecto a las cuales se están efectuando las gestiones para trasladarlas en administración al Tribunal. Asimismo, se adjunta copia certificada del plano.".

Se dispone: Para su atención, pase al Departamento Legal y a la Sección de Ingeniería y Arquitectura. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS PRESUPUESTARIOS.

A) Aumento salarial. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-2714-2017 del 1.° de setiembre de 2017, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual -según lo dispuesto en el acuerdo del artículo segundo de la sesión ordinaria n.° 038-2017, celebrada el 29 de agosto de 2017- rinde informe relativo a la gestión de varios funcionarios, respecto del aumento salarial para el presente semestre, la cual se conoce conjuntamente. 

Se dispone:

CONSIDERANDO

I. Este órgano colegiado es consciente de que en los últimos años, en materia de aumentos salariales semestrales, la política institucional ha sido la de fijarlos con base en el índice de precios al consumidor, lo cual incluso ha provocado en algunas ocasiones incrementos mayores a los fijados para otros servidores públicos, con base en la autonomía de estos organismos electorales para fijar sus salarios.

II. No obstante lo expuesto, los suscritos Directores, sabedores de la responsabilidad que nos concierne, no solo como funcionarios públicos, sino también, como servidores electorales y tomando muy en cuenta que, lamentablemente, la realidad financiera del Estado costarricense refleja un verdadero estado de necesidad, toda vez que, conforme ha sido expuesto por las autoridades hacendarias, los ingresos ya no logran cubrir todos los gastos del aparato estatal y se está ante una situación en la cual, incluso, la falta de liquidez es un escenario posible, estimamos que, como parte de los esfuerzos que todos los sectores de la sociedad costarricense deben acometer ante la situación económica que atraviesa el país y con absoluto sentido de prudencia, compromiso y mística funcionarial, corresponde responsable e ineludiblemente recomendar al Tribunal Supremo de Elecciones ceñirse a lo establecido respecto del aumento salarial para este semestre por los Poderes Ejecutivo y Judicial, de conformidad con lo fijado en el Decreto Ejecutivo n.° 40634-MTSS-H, publicado en el Alcance n.° 217 a La Gaceta n.° 170 del 7 de setiembre de 2017 y el respectivo acuerdo de la Corte Plena, sea otorgar un aumento salarial general del 0,75% a partir del 1.° de julio de 2017, incremento al que, para el caso del personal no profesional se le adicionaría un 0,26%, reconocimiento que en total sería para estos últimos de un 1,01%, por ser este grupo de compañeros el que cuenta con un ingreso menor.

III. Este Consejo estima que el no ajustarse a tal lógica podría acarrear consecuencias negativas no solo al erario público, sino también a la misma institución y a sus trabajadores, toda vez que la ciudadanía costarricense, la opinión pública y otros actores reclaman en este momento acciones concretas no sólo de nuestros gobernantes, sino también de otros sectores como el del funcionariado público.

IV. Ahora bien, considerando que para el aumento salarial del primer semestre de 2014, en el acuerdo del artículo tercero de la sesión n.° 30-2014, celebrada el 6 de marzo de 2014, el Tribunal dispuso aprobar -por encima del IPC correspondiente- un aumento adicional de un 1% para todos los funcionarios, a título de adelanto, se propone al Superior, tener por compensado y saldado de dicho adelanto para los profesionales un 0,26% de tal adeudo.

POR TANTO

Teniendo en cuenta el estado de necesidad en el que se encuentra imbuida la realidad financiera de la Hacienda Pública, en el que incluso su liquidez se ve atentada y atendiendo a las particulares condiciones que se presentan en esta ocasión, incluida la aprobación por parte de otros Poderes de la República de un aumento salarial austero, conforme a las políticas fijadas por los órganos estatales correspondientes, con absoluto sentido de prudencia, compromiso y mística funcionarial y con la consigna de ceñirse a lo fijado por las autoridades hacendarias en esta ocasión, se recomienda al Tribunal que para las clases del Manual Descriptivo de Puestos de la 17 a la 26 (conserje electoral, auxiliar operativo 1 y 2, asistente administrativo 1 y 2, asistente funcional 1, 2 y 3, técnico funcional 1 y 2) se apruebe un aumento del 1,01%, el cual es equivalente al índice de precios al consumidor correspondiente al primer semestre de 2017 y que para las clases de la 1 a la 16 (director general electoral, ejecutivo electoral 2, ejecutivo funcional 1, 2 y 3, profesional funcional 1 y 2, profesional en gestión 1, 2 y 3, profesional ejecutor 1, 2 y 3, profesional asistente 1 y 2) se apruebe un aumento del 0,75% y que para estas últimas se tenga por compensado un 0,26% del adelanto brindado por el Tribunal en el acuerdo del artículo tercero de la sesión n.° 30-2014, celebrada el 6 de marzo de 2014, todo lo anterior con rige a partir del 1.° de julio de 2017. Proceda la Dirección Ejecutiva a confeccionar y remitir en el plazo de veinticuatro horas a la Coordinación de este Consejo el respectivo índice salarial, el cual se adjuntará al presente acuerdo para conocimiento y resolución del Tribunal Supremo de Elecciones.

El señor Director Ejecutivo a. i. Murillo Montoya salva el voto y lo emite en los siguientes términos:

Siendo que la Dirección Ejecutiva, a diferencia de las otras direcciones institucionales, le correspondió emitir el informe en oficio DE-2714-2017 sobre una propuesta de incremento salarial para el segundo semestre del año en curso, dispuesto  por este honorable Consejo, en razón de las  competencias que le asiste a esa Dirección, como instancia asesora del Tribunal en la materia administrativa, en general, de manera consecuente con los criterios estrictamente técnicos y de orden presupuestario vertidos en el referido informe que arribaron a la propuesta de incremento salarial general para todos los funcionarios de estos organismos electorales del 1.01 % a las bases salariales; el suscrito,  respetuosamente se aparta del criterio de los señores directores que recomiendan adherirse al aumento salarial establecido por el Poder Ejecutivo, del que si bien se entiende perfectamente la loable intención y las motivaciones de lo que resuelven, procede referirse a los tres elementos cardinales  que sustanciaron el informe de marras:  la existencia de contenido presupuestario suficiente en la previsión que se destina exclusivamente para los ajustes por costo de vida en la  partida de remuneraciones  que se incluyó en el anteproyecto de presupuesto del TSE para el 2017 aprobado en Ley de la República, siguiendo los parámetros establecidos por el Ministerio de Hacienda y en la que aún el incremento recomendado dejaría un remanente; mantener incólume la línea que ha sostenido  en los últimos años el Superior, en el sentido de  compensar a todo el  personal institucional al menos la inflación acumulada del semestre anterior y por extensión se le abona que este actuar ha ido aparejado de la  salvaguarda en  la consistencia de la escala  salarial de modo que no se provoquen distorsiones, que aunque pequeñas, podrían degenerar luego en  situaciones que propicien rezagos en la estructura de  remuneraciones  del personal en menoscabo de una  justa compensación a las personas funcionarias electorales frente a sus responsabilidades, técnicamente establecidas en el Manual Descriptivo de Clases de Puestos y que constituyen parte del quehacer de la Dirección Ejecutiva, velar por ese equilibrio a través  del giro del Departamento de Recursos Humanos.  Así las cosas, allende de consideraciones de otro orden ajenas a la función propia de la instancia que representa quien suscribe, y que este Consejo en pleno ha valorado, en este disentimiento se privilegia la cohesión estructura-salarial y responsabilidad-equilibrio en lo técnico administrativo, y por otro lado, las posibilidades legítimas y reales de carácter presupuestario a la luz de un justo y sano equilibrio en las políticas salariales del TSE.

El señor Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, Fernández Masís manifiesta en nota separada lo siguiente:

El informe técnico de la Dirección Ejecutiva fundamenta su recomendación, entre otras cosas, en una política reiterada, aplicada por el Tribunal en el pasado, de compensar lo correspondiente al costo de vida, en virtud de lo cual, considero que es competencia del Tribunal y no de este Consejo la variación de dicho criterio, en lo que corresponde a los puestos relativos a clase profesional. No obstante el suscrito avala las consideraciones del voto de mayoría para fundamentar la recomendación de que se apruebe el aumento semestral en los mismos términos a que se refieren los decretos ejecutivos citados. ACUERDO FIRME.

B) Modificación presupuestaria para atención del cuarto ajuste ordinario al presupuesto institucional. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-2848-2017 del 8 de setiembre de 2017, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual plantea modificación presupuestaria para atención del cuarto ajuste ordinario al presupuesto institucional.

Se dispone: Aprobar conforme se propone. Hágase del conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, con la sugerencia de acoger la referida modificación. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Proyecto de reglamento sobre jornada acumulativa y trabajo remoto no habitual por objetivos. De la señora Adriana María Pacheco Madrigal, Prosecretaria General a. i. del Tribunal Supremo de Elecciones, se conoce oficio n.° STSE-1510-2017 del 4 de setiembre de 2017, recibido el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual remite proyecto de reglamento sobre jornada acumulativa y trabajo remoto no habitual por objetivos.

Se dispone: Por el plazo de diez días hábiles, respecto de dicho proyecto se concede audiencia a la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles. ACUERDO FIRME.

B) Avance en trámites de concursos internos y externos. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2786-2017 del 31 de agosto de 2017, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual rinde informe relativo al avance en el trámite de concursos internos y externos y con fundamento en una serie de consideraciones, plantea ajustes a la programación establecida.

Se dispone: Originalmente, este Consejo dispuso la realización de los diversos concursos, en orden jerárquico, el cual se dispone mantener. En consecuencia, se establece la siguiente programación para ser atendida en ese mismo orden por el Departamento de Recursos Humanos:

       Concursos a iniciar de setiembre a diciembre de 2017

PUESTO 

CANTIDAD

DE PLAZAS

UNIDAD ADMINISTRATIVA

ENCARGADO /A DE ÁREA ADMINISTRATIVA

3

DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS

PROFESIONAL EN RECURSOS HUMANOS

1

DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS

PROFESIONAL EN DERECHO 2

1

DEPARTAMENTO LEGAL

JEFE/A DE OFICINA REGIONAL 2

2

OFICINAS REGIONALES DE LIMON Y HEREDIA

ANALISTA ADMINISTRATIVO /A EN CONTRATACIÓN

1

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURIA

PROFESIONAL EN ADMNISTRACIÓN ELECTORAL 1-DGRE

1

DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO ELECTORAL

PROFESIONAL EN ARCHIVÍSTICA

1

DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE PARTIDOS POLITICOS

JEFE/A DE OFICINA REGIONAL 1

7

OFICINAS REGIONALES (SIQUIRRES, OSA, GOLFITO, SARAPIQUÍ, GUATUSO, LOS CHILES Y SANTA CRUZ)

PROFESIONAL ASISTENTE ELECTORAL 2

1

DEPARTAMENTO DE PROGRAMAS ELECTORALES

PROFESIONAL ASISTENTE EN ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS

2

OFICINA DE PROYECTOS TECNOLOGICOS Y DGET

PROFESIONAL ASISTENTE EN COMUNICACIÓN

1

COMUNICACIONES Y RELACIONES PÚBLICAS

PROFESIONAL ASISTENTE ELECTORAL 1

1

DEPARTAMENTO DE PROGRAMAS ELECTORALES

PROFESIONAL ASISTENTE ELECTORAL 1

1

DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO ELECTORAL

ENCARGADO /A  UNIDAD DE RECEPCIÓN Y MENSAJERÍA

1

SECRETARIA GENERAL DEL TSE


Conformación de Registro

PUESTO

OBSERVACIÓN

SECRETARIO/A

PREPARACIÓN DE LAS ACTIVIDADES CORRESPONDIENTES PARA LA EVALUACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN DEFINDOS.


Concursos a iniciar de enero a abril de 2018

PUESTO 

CANTIDAD

DE PLAZAS

UNIDAD ADMINISTRATIVA

TÉCNICO /A EN MANTENIMIENTO

1

SECCION DE INGENIERIA Y ARQUITECTURA

TÉCNICO /A EN ELECTRICIDAD

3

SECCION DE INGENIERIA Y ARQUITECTURA

ASISTENTE EN SERVICIOS INFORMÁTICOS

1

SECCION DE SERVICIO AL CLIENTE DE TI

BODEGUERO /A

1

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURIA

ASISTENTE EN MANTENIMIENTO 2

1

SECCION DE INGENIERIA Y ARQUITECTURA

ASISTENTE EN MANTENIMIENTO 1

4

SECCION DE INGENIERIA Y ARQUITECTURA

AUXILIAR DE BODEGA

2

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURIA

AUXILIAR EN MANTENIMIENTO 

1

SECCION DE INGENIERIA Y ARQUITECTURA

OFICIAL DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA

4

OFICINA DE SEGURIDAD INTEGRAL


En el caso del puesto de Secretario/a se refiere a la conformación de los registros de elegibles. La Coordinación de este Consejo y la Dirección Ejecutiva darán seguimiento al presente acuerdo, mediante reuniones quincenales con la jefatura, subjefatura y encargados de dicho Departamento, a quienes se hace ver que la no ejecución de esta última reprogramación podría conllevar responsabilidad disciplinaria. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.

A) Readjudicación de líneas 2 y 7 “Compra de central telefónica, teléfonos inalámbricos y teléfonos sencillos de escritorio”, trámite 2017LA-000015-0012300001. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio n.° PROV-0833-2017 del 5 de setiembre de 2017, recibido el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Realizado el procedimiento respectivo, conforme al ordenamiento jurídico, esta Proveeduría -con plena competencia para conducir los trámites del procedimiento de contratación administrativa de estos organismos electorales- plantea al Consejo de Directores del TSE recomendación de readjudicación de las líneas 2 y 7, en vista de que fueron declaradas insubsistentes según oficio CDIR-0289-2017. El detalle es el siguiente:

N.° de trámite: 2017LA-000015-0012300001 Compra de central telefónica, teléfonos inalámbricos y teléfonos sencillos de escritorio

Partidas Nos.

Objeto

Adjudicatario

Monto

2 y 7

Teléfonos IP

AVTEC SOCIEDAD ANONIMA

¢1.354.750.00

En caso de aprobar dicha recomendación, sugiero hacerlo del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, del Administrador del Contrato, señor Héctor Chacón Barquero, de la contraparte técnica, Ing. Tito José Alvarado Contreras, y de la Auditoría Interna.

Se adjunta copia del respectivo informe incluido en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP)."

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de prórroga para presentación de informe. Del señor Ronny Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-387-2017 del 8 de setiembre de 2017, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención al oficio n.° CDIR-0326-2017 del 5 de setiembre de 2017, recibido el día siguiente en este Departamento Legal, mediante el cual se comunica el acuerdo adoptado por ese Consejo en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.° 39-2017, celebrada el 5 de setiembre de 2017, y por medio del cual se solicita en el plazo de tres días hábiles rendir informe relativo a la procedencia legal para adjudicar la licitación abreviada n.° 2017LA-000027-0012300001 a la luz de los criterios emitidos por la Contraloría General de la República sobre el tema de erogación con cargo al erario público de alimentación para funcionarios me permito informar que este Departamento, con el fin de brindar el informe respectivo, ha requerido información de otras dependencias institucionales, así como de otras instituciones públicas, en relación con ciertos aspectos puntuales de la contratación y sobre temas relacionados con Ley de Presupuesto de la República y de regulación en el Ministerio de Seguridad Pública. 

Siendo que parte de la información solicitada hasta el momento no ha sido remitida a este despacho, a pesar del estricto seguimiento que se le ha brindado, con todo respeto le solicito al digno Consejo que usted preside, una prórroga de tres días hábiles al plazo establecido para rendir el informe en cuestión; lo anterior, con el propósito de recabar y analizar toda la información que resulte de interés para este caso.".

Se dispone: Conceder la prórroga conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

C) Propuesta del Consorcio ICE-Oberthur. De los señores Patricia Chacón Jiménez, Jesús Barboza Retana y Tommy Aguilar Peralta, Órgano Fiscalizador del Centro de Personalización de Documentos de Identidad, se conoce oficio n.° FPDI-107-2017 del 7 de setiembre de 2017, recibido el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiestan:

"Este órgano fiscalizador mediante oficio FPDI-100-2017, expuso su punto de vista en relación a la propuesta del consorcio ICE-Oberthur sobre modificaciones contractuales, con base a lo solicitado por el CDIR en su oficio CDIR-236-2017

Dado lo anterior, recibimos respuesta en oficio CDIR-0270-2017, indicando que no se desprende solicitud o recomendación alguna. Por lo tanto, en atención a lo indicado por el Departamento Legal en el oficio DL-305-2017 que señala “…el órgano fiscalizador y el propio CDIR, cada cual desde su propia óptica, realicen las valoraciones correspondientes.”, los suscritos realizamos el estudio pertinente y recomendamos lo siguiente:

A) Respecto a la propuesta para variar a un colaborador la cantidad de personal de operación con presencia física en el CPDI, y utilizar dos personas para su atención remota, de lunes a viernes y durante el horario ordinario de la institución.

Se realice una modificación contractual de la cláusula tercera inciso e) relativo al “Personal de Operación”, considerándose lo indicado en el escrito FPDI-100-2017, en relación a requerimientos para los recursos físicos.

C) En cuanto a la solicitud para modificar la definición y contenido de las categorías de incidentes propuesta por el consorcio contratista.

No es necesaria una modificación al contrato, debido a que el esquema utilizado actualmente satisface los objetivos de la Administración, según se mencionó en el oficio FPDI-100-2017 del 3 de agosto del presente año.

Así las cosas, los miembros de este Órgano Fiscalizador Colegiado realizamos el análisis de los dos puntos anteriormente indicados y deja constancia en la presente nota de la respectiva recomendación para cada una de ellos, por lo que solicitamos respetuosamente se actúe conforme lo señalado, salvo mejor criterio de ese Consejo Director.".

Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de diez días hábiles, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

D) Adjudicación “Alquiler de GPS para vehículos”, trámite 2017LA-000032-0012300001. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, se conoce oficio n.° PROV-0863-2017 del 6 de setiembre de 2017, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Realizado el procedimiento respectivo, conforme al ordenamiento jurídico, esta Proveeduría -con plena competencia para conducir los trámites del procedimiento de contratación administrativa de estos organismos electorales- plantea al Consejo de Directores del TSE recomendación de adjudicación, conforme al siguiente detalle:

N.° de trámite

Objeto

Adjudicatario

Monto

2017LA-000032-0012300001

Alquiler de GPS para vehículos del proceso de elecciones

SKY DATA SOCIEDAD ANONIMA

¢15.113.640,00

(Desglose: 2017 ¢4.278.930,00 2018 ¢5.195.940,00 2da. Ronda: ¢4.198.770,00)

En caso de aprobar dicha recomendación, sugiero hacerlo del conocimiento de la Secretaría General de la Dirección Ejecutiva, del señor Eric Schmidt Fonseca, Administrador del Contrato, del Departamento Legal y de la Auditoría Interna.

Se adjunta copia del respectivo informe incluido en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

A las dieciséis horas terminó la sesión.




Erick Adrián Guzmán Vargas




Luis Antonio Bolaños Bolaños




Carlos Alberto Murillo Montoya




Héctor Enrique Fernández Masís




Rodrigo Abdel Brenes Prendas




Dennis Cascante Hernández