ACTA N.º 67-2018


Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del tres de julio de dos mil dieciocho, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría, Zetty María Bou Valverde, Luis Diego Brenes Villalobos y Fernando del Castillo Riggioni.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyeron y aprobaron las actas de las sesiones ordinaria y extraordinaria inmediatas anteriores.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Ampliación de recargo de funciones de la jefatura del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos. Del señor Nicolás Prado Hidalgo, Secretario General a. i. de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1268-2018 del 27 de junio de 2018, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación de la ampliación del recargo de funciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo quinto de la sesión ordinaria n.° 57-2018 del 5 de junio de 2018, y como se detalla a continuación:



Unidad Administrativa

Titular

Sustituto

Período

Tipo

Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos

Ronald Chacón Badilla

Guiselle Valverde Calderón

Del 24 de junio al 9 de julio de 2018

Recargo de funciones


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Aprobar la ampliación del recargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.

B) Encargo de funciones del Oficial Mayor del Departamento Electoral. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. i. del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0702-2018 del 26 de junio de 2018, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 28 de junio de 2018, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios, el Instructivo para el trámite de recargos de funciones y la circular número STSE-0030-2016 del 19 de julio del 2016, asimismo lo expuesto en los oficios que se dirá, el suscrito respetuosamente somete a consideración de las señoras magistradas y señores magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, la solicitud de encargo de funciones que se detalla a continuación:

DEPARTAMENTO ELECTORAL

Titular

Oscar Fernando Mena Carvajal

Encargar en

Carlos Luis Brenes Molina

Periodo

6 días

Rige a partir del

6 julio del 2018

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-1864-2018 del 26 de junio de 2018

Oficio de la jefatura

DEL-0555-2018 del 21 de junio de 2018

Con base en lo anterior, esta Dirección avala la recomendación, para que el señor Brenes Molina sustituya al señor Mena Carvajal en el lapso indicado, si a bien lo tiene el Superior.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

C) Renuncia del funcionario Kenny Prendas Cubero de la Oficina Regional de Cartago. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1883-2018 del 27 de junio de 2018, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, remito nota suscrita por el señor Kenny Prendas Cubero, funcionario de la Oficina Regional de Cartago - por los motivos que se sirve exponer- renuncia a su puesto de Asistente Administrativo 2 que ocupa en estos organismos electorales, a partir del 25 de julio del año en curso.

El funcionario Prendas Cubero, labora para la institución desde el 17 de junio de 2013, con un nombramiento interino que vence el próximo 16 de diciembre de 2018, lo que demuestra que ha permanecido en la institución por espacio de 5 años y 9 meses, considerando para ello la fecha de la renuncia. Así las cosas, por la fecha que presentó su escrito ante la administración, bien puede tenerse por cumplida la antelación debida y con ello el preaviso correspondiente de acuerdo con el artículo 28, inciso c) del Código de Trabajo.".

Se dispone: Tener por presentada la renuncia del señor Prendas Cubero. ACUERDO FIRME.

D) Corrección de error material en nombramiento en propiedad en la Sección de Archivo del Registro Civil. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. i. del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0714-2018 del 27 de junio de 2018, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 29 de junio de 2018, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención al oficio STSE-1257-2018, mediante el cual se comunicó el acuerdo adoptado por el Tribunal en el artículo tercero de la sesión ordinaria n°.64-2018, celebrada el 26 de junio de 2018, en el cual se aprobó el ascenso en propiedad del señor Federico Flores Albertazzi en el puesto 55712 de Supervisor de Unidad, en la Sección del Archivo del Registro Civil, muy respetuosamente solicito al Superior gestionar lo pertinente, a fin de corregir la clase del puesto en el cual fue ascendido al servidor Flores Albertazzi, ya que por error material en el oficio DGRC-0682-2018 del 20 de junio del año en curso, se consignó como Técnico Funcional 2, siendo que el correcto es Técnico Funcional 1.".

Se dispone: Corregir la clase del puesto del nombramiento a que se refiere el señor Director General a. i. del Registro Civil. ACUERDO FIRME.

E) Solicitud para dejar sin efecto nombramiento interino. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1943-2018 del 29 de junio de 2018, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 2 de julio de 2018, mediante el cual literalmente manifiesta:

"El Tribunal Supremo de Elecciones, en sesión 65-2018 celebrada el 28 de junio del año en curso, oficio número STSE-1273-2018 de igual fecha, aprobó entre otros el ascenso interino de la señorita Michelle Herra Núñez en la plaza 45568 de Asistente Administrativo 2 en el Departamento Civil, con rige a partir del 1. ° de julio.

No obstante, se recibe oficio DC-2529-2018 del 27 de junio, con el cual se requiere dejar sin efecto el nombramiento de la señorita Michelle Herra Núñez solicitado en oficio DC-2364-2018 con fecha 18 de junio, en virtud de que a la funcionaria Herra Núñez se le propone un nombramiento en un puesto superior en otra unidad administrativa de esta institución.".

Se dispone: Dejar sin efecto el nombramiento de la señorita Herra Núñez conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

F) Trámites de la Comisión de Dedicación Exclusiva. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° CDE-062-2018 del 2 de julio de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En sesión número 14-2018 celebrada el día 27 de junio del año en curso, esta Comisión conoció las solicitudes que presentaron tres personas funcionarias quienes laboran para la institución a efectos de ser incorporadas al Régimen de Dedicación Exclusiva o bien para que se ajuste el beneficio que por ese concepto perciben. Estas personas estiman cumplir con los requisitos y reunir las condiciones establecidas para lo que solicitan, y con el propósito de verificarlo se revisó el expediente personal de cada una de ellas.

En cuanto a estas solicitudes, las cuales corresponden a quienes se indican en el cuadro que se muestra más adelante, luego de los estudios pertinentes considera esta Comisión que en efecto son procedentes, pues se trata de personal que se encuentra nombrado en puestos para los cuales se requiere el grado académico de bachillerato o licenciatura, condición que dichas personas poseen en diferentes disciplinas.  

De acuerdo con lo anterior y con fundamento en el artículo sexto del Reglamento para el Régimen de Dedicación Exclusiva, se elevan a conocimiento del Tribunal los trámites que seguidamente se detallan y que se recomienda aprobar en virtud de las razones dadas.

NOMBRE Y CARGO

SOLICITA

COMPLEMENTO

Rolando A. Araya Mora

- Profesional Asistente 1 -

Incorporación

20%

Sandra Monge Montero

- Profesional Asistente 1  -

Incorporación

20%

Osvaldo González Chaves

- Profesional Ejecutor 3 -

ajuste

65%


De confirmar el Tribunal Supremo de Elecciones lo resuelto por la Comisión, a cada solicitante se le otorgaría el porcentaje anotado en el cuadro anterior como incentivo o complemento salarial por concepto de dedicación exclusiva. Asimismo, de acuerdo con pronunciamiento vertido por el Departamento Legal, dicho complemento regiría a partir de la suscripción del contrato correspondiente por parte de la persona funcionaria y del Director Ejecutivo.".

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

G) Ampliación de recargo de funciones del señor Secretario General y encargo de las de la Prosecretaria General a. i. del TSE. Del señor Nicolás Prado Hidalgo, Secretario General a. i. de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1289-2018 del 2 de julio de 2018, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Hago de conocimiento de los señores Magistrados que el señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del TSE, solicitó la ampliación de las vacaciones que actualmente disfruta hasta el 13 de julio de 2018, inclusive, por lo cual respetuosamente se solicita la ampliación del recargo de sus funciones que cumple el suscrito.

Asimismo, me permito informar que la señora Adriana María Pacheco Madrigal, Prosecretaria General a. i. del TSE, disfrutará vacaciones del 9 al 12 de julio en curso, por lo que se solicita además encargar sus funciones en la señorita Melissa Bagnarello Chaves.".

Se dispone: Aprobar la ampliación del recargo y el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TSE.

A) Permiso para atención de asuntos sindicales. De las señoras Ilenia Ortiz Ceciliano y Arlene Castro Jiménez, Secretaria General y Secretaria de Actas, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.° UNEC-35-2018 del 2 de julio de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Siendo la suscrita Ilenia Ortiz Ceciliano, en su calidad de Representante Legal, Judicial y extrajudicial del Sindicato, requerida por el Juzgado Penal del I Circuito Judicial de la zona Sur (Pérez Zeledón) en expediente de accidente de tránsito de la microbús que perteneció a ésta Organización, para presentarse a audiencia programada para el próximo viernes 06 de julio; solicitamos, con base al artículo 61 del Reglamento Autónomo de Servicios, autorizar permiso para que la misma se ausente durante toda la jornada laboral los días  jueves 05 y viernes 06 del mes en curso. Adjuntamos copia de la cédula de citación.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se solicita. Tomen nota las jefaturas del Departamento de Recursos Humanos y la inmediata de la señora Ortiz Ceciliano. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE COMISIONES Y COMITÉS INSTITUCIONALES.

A) Incorporación de miembro en la Comisión Institucional de Gestión Ambiental. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo y Coordinador de la Comisión de Gestión Ambiental, se conoce oficio n.° DE-2022-2018 del 27 de junio de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante el oficio IFED-162-2018 del 13 de junio del presente año; el señor Hugo Picado León, Director General del IFED, manifiesta su interés de que la M. Sc. Arlette Bolaños Barquero forme parte de la Comisión Institucional de Gestión Ambiental, cito textual:

“La promoción de valores democráticos incluye entre sus componentes esenciales la protección del medio ambiente. Consideramos que la M.Sc. Bolaños Barquero, como Encargada del Servicio de Jurisprudencia Electoral y Normativa del TSE, podría aportar una visión jurídica y facilitar el acceso al marco normativo que requiere la Comisión para atender los compromisos del Tribunal Supremo de Elecciones referentes a la buena gestión ambiental en el marco de los Objetivos para el Desarrollo Sostenible 20/30”.

Por lo anterior, extiendo mi recomendación al Superior de incorporar a la M.Sc. Arlette Bolaños Barquero en la Comisión Institucional de Gestión Ambiental.".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.

A) Autorización para firmar certificaciones del Registro Civil. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. i. del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0711-2018 del 27 de junio de 2018, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Respetuosamente elevo a conocimiento de las señoras magistradas y señores magistrados, el oficio que se dirá, mediante el cual, el señor Alcides Chavarría Vargas, Jefe de la Sección de Coordinación de Servicios Regionales, solicita la autorización para que los siguientes funcionarios, puedan firmar certificaciones.

OFICIO DE LA JEFATURA

FUNCIONARIO

CÉDULA

OFICINA

CSR-0437-2018 del 6 de junio de 2018

Jacqueline Núñez Brenes

1-1568-0958

Regional de Osa

CSR-0460-2018

Michael  Badilla Abarca

1-1448-0469

Regional de Pérez Zeledón


Sobre el particular y con la finalidad de no desmejorar el servicio al público, el suscrito muy respetuosamente solicita se conceda las autorizaciones requeridas.".

Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a los referidos funcionarios para que firmen certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial. Para esos efectos regístrense las firmas y los sellos que utilizarán. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN Y ESTUDIOS EN DEMOCRACIA.

A) Propuesta de carta de entendimiento con la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO). Del señor Rodrigo Abdel Brenes Prendas, Director General a. i. del Instituto de Formación y Estudios en Democracia, se conoce oficio n.° IFED-181-2018 del 29 de junio de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con base en la cláusula tercera del “Convenio Marco de Cooperación entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales”; para la creación de actividades específicas de cooperación que se desarrollen bajo el amparo del convenio, se requiere la suscripción de cartas de entendimiento donde se deberá especificar los objetivos, contenidos y productos, entre otros.

Por tal motivo y en nuestra condición de órgano coordinador, respetuosamente sometemos a consulta la propuesta para la formulación de la Carta de Entendimiento n.o 5 con la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO), cuyo objetivo general es:

…el desarrollo del proyecto denominado "Votante Informado", cuya finalidad es crear y fortalecer espacios informativos y formativos que le permitan a la ciudadanía costarricense, contar con insumos de calidad para el ejercicio del sufragio en las Elecciones Municipales de 2020. Además de la generación de líneas de investigación que fortalezcan la formación en democracia que se desarrolla desde el IFED.

En aras de cumplir lo anterior, el TSE estaría comprometido a ejecutar tareas como elaborar el contenido del fascículo educativo sobre elecciones y gestión municipal; revisar y aprobar la elaboración, producción y realización del fascículo educativo escrito y virtual sobre elecciones y gestión municipal; revisar y aprobar el instructivo impreso y digital para el desarrollo de debates; aportar los recursos económicos para la realización del proyecto “Votante Informado”, entre otros.

Por otra parte, en el tema financiero el TSE se ve comprometido a gestionar un pago de 20.000.000,00 (veinte millones de colones) para desarrollar el “Proyecto Votante Informado”; al respecto, se ha previsto en el Plan Operativo Anual (POA) 2018 del IFED, objetivo n.° 9, subpartida 60701-Coletilla 200, el monto de ¢15.000.000,00 (quince millones de colones) para el primer tracto; así mismo, en el POA 2019, objetivo n.º 8 se previó el segundo tracto y final por la suma de 5.000.000,00 (cinco millones de colones).

En consecuencia, respetuosamente le solicito elevar a conocimiento del Tribunal lo que se propone con la recomendación de aprobar en los términos y cláusulas que contiene. Valga mencionar que esta propuesta cuenta con el aval de los personeros de FLACSO Costa Rica.".

Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Continuidad de préstamo de técnico especializado del Ministerio de Seguridad Pública. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-717-2018 del 25 de junio de 2018, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En Acuerdo Ejecutivo n.° AE-048-2013-TEL-MICITT el Presidente de la República y el Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, acordaron acoger la solicitud suscrita por el señor Magistrado Presidente Luis Antonio Sobrado González, de conceder al Tribunal Supremo de Elecciones el uso de frecuencias para utilizar en redes de radiocomunicación privadas de “uso oficial”, es decir, comunicaciones institucionales internas necesarias para el cumplimiento de las funciones propias del personal asignado a Seguridad Integral, Servicios Regionales, Servicios Generales y Transportes, considerando además la radiocomunicación de los delegados ad honorem en la supervisión de actividades de partidos políticos en sitios públicos, eventos consultivos o elecciones nacionales .

Entre otras condiciones del uso del espectro de radiofrecuencia concedido, el artículo 6 del acuerdo supra citado advierte:

“ARTÍCULO 6.- Indicar al TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, que de conformidad con el artículo 26 de la Ley N° 8642, el permiso de uso de frecuencia para los servicios que se clasifican como de “uso de oficial”, tendrá una vigencia de cinco (5) años, mismo que podrá renovarse por un período igual a solicitud del interesado”.

Considerando que el cómputo del plazo inicia con la notificación a la parte interesada, que en este caso se realizó el 24 de octubre de 2013, se tiene que el próximo 24 de octubre de 2018 concluirá el disfrute del uso de las frecuencias concedidas. Razón por la que resulta indispensable gestionar lo debido para la continuidad de las comunicaciones.

Asimismo, la Superintendencia de Telecomunicaciones ordenó el espectro de radiofrecuencias a nivel nacional, lo que obliga al TSE a migrar sus sistemas de comunicación mediante tecnología análogo a digital, lo cual se ha avanzado en su primera etapa gracias a la colaboración del señor Gerardo León Núñez, Técnico Especializado del Ministerio de Seguridad Pública.

En tal sentido, refiriéndose al cambio de comunicación vía tecnología digital, el Lic. Richard Poveda Solórzano, Jefe de la Oficina de Seguridad Integral en oficio n.° SI-070-2018 de fecha 23 de mayo de 2018 indicó:

“[…] Esta Labor sólo puede ser realizada por una persona experta en el tema de las radiocomunicaciones, que no existe a nivel institucional.

En este orden de ideas el señor León Núñez, no sólo posee el conocimiento y la expertise necesaria para colaborar en esta labor, sino que en los meses anteriores inició con buen suceso la primera etapa del proceso de digitalización de repetidores en el gran Área Metropolitana (GAM), mismo que debe continuar con la ejecución de las restantes etapas, según se detalla a continuación:

Proceso de digitalización de repetidores, 2018

Descripción

Ubicación geográfica

II etapa

Zona de Guanacaste, cerros Santa Rita, Vista al Mar y Punta Cacique

III etapa

Zona atlántica, volcán Turrialba, cerros Loma Garrón, uatsi y cerro monos

IV etapa

Zona Norte, Cerro Palmira, San Carlos

V etapa

Zona Sur, cero Adams, Golfito, Puntarenas


Esta labor no solo implica la programación de los equipos de cada una de las zonas geográficas, sino la instalación y optimización de la red de comunicación por radiofrecuencia que utiliza el TSE, así como la programación de equipos y la supervisión del funcionamiento óptimo de dicha red, la cual debe cumplir con las especificaciones técnicas indicadas por la SUTEL […]”.

Por lo anteriormente expuesto, ante la inopia de expertos en el tema de radiocomunicación a nivel institucional, con el objeto de cumplir con lo ordenado por SUTEL, resulta necesario gestionar la continuidad del funcionario León Núñez, quien se encontraba en préstamo en la institución por el convenio existente entre el TSE y MSP denominado: “Convenio de cooperación para el préstamo de funcionarios y medios de transporte en atención al proceso electoral de 2018”, que solamente contemplaba el traslado del funcionario durante el anterior período electoral.

Así las cosas, se recomienda extender la permanencia del funcionario del MSP, de conformidad con el artículo 112 del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil, que faculta a que los servidores públicos brinden sus servicios transitoriamente en otras instituciones del Estado, al señalar:

“[…] Artículo 112. Los servidores cubiertos por el Régimen de Servicio Civil podrán ser reubicados con carácter transitorio a desempeñar otros cargos como consecuencia de las siguientes situaciones:

Para desempeñarse en otras Instituciones del Estado en calidad de asesores o asignados como personal de contraparte en Convenios Institucionales o Internacionales debidamente formalizados;

Por designación de la Administración Superior para que ejerza la dirección y/o desarrollo de un proyecto, programa o proceso institucional significativamente importante, siempre y cuando no exista un puesto previamente designado para atender esas necesidades y funciones.

Por designación de la Administración Superior para que ejerza un cargo cuyo titular no se encuentra desempeñándolo, debido a que goza de licencia con goce de salario.

d. Para desempeñarse en sustitución de un titular que haya sido suspendido con goce de salario, por disposición de un Tribunal.

En estos casos, los servidores continuarán disfrutando de los beneficios y deberes que les confieren el Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento, incluso a la reasignación temporal de su plaza, cuando las nuevas funciones que fueren a realizar así lo ameritan y cuando el citado movimiento sea necesario por un plazo igual o mayor a tres meses.

Las reasignaciones surgidas producto de lo anterior serán consideradas provisionales, de modo que finalizadas las causas que las motivaron, volverá el puesto a tener la clasificación y valoración original, sin que ello de [sic] lugar a reclamaciones ni indemnizaciones en contra de la Institución o del Estado.

El aumento en los salarios que tales circunstancias originen, puede ser cubierto tanto por la Institución a que pertenece el servidor, como por la que se beneficie con sus servicios. (Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 34071 del 17 de agosto de 2007).

En conclusión, solicitamos elevar lo anterior a conocimiento del Superior jerárquico, con el propósito de que, si a bien lo tiene, autorice a esta Dirección General a realizar los trámites necesarios ante el Ministerio de Seguridad Pública para la continuidad de la asistencia técnica especializada del señor León Núñez.".

Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de cinco días hábiles, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO OCTAVO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Informe de resultados del índice de gestión institucional 2017. Del señor Daniel Sáenz Quesada, Gerente de Área de Secretaría Técnica de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República, se conoce oficio n.° 08965 (DFOE-ST-0051) del 28 de junio de 2018, recibido vía correo electrónico el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con oficio N.° 15958 (DFOE-ST-0091) de 15 de diciembre de 2017, la Contralora General de la República remitió a los jerarcas institucionales una petición para suministrar los datos para actualizar el Índice de Gestión Institucional (IGI).

Este índice mide el avance en el establecimiento y la implementación de factores formales para potenciar la gestión pública, los cuales están relacionados con ocho procesos comunes a las instituciones1. La formulación del instrumento se realizó considerando la normativa jurídica y técnica vigente, así como buenas prácticas basadas en marcos de gestión y control; debe aclararse que la presencia de tales factores en una entidad no garantiza necesariamente la eficiencia en los resultados de la gestión, sino que representa que se han diseñado y aplicado acciones y mecanismos para crear las condiciones necesarias para mejorar el desempeño en los procesos evaluados.

Para este ejercicio participaron ciento cincuenta y seis instituciones, cuyos resultados generales para el 2017 fueron publicados como parte de la Memoria Anual 2017 de la Contraloría General de la República, remitida a la Asamblea Legislativa el pasado 1° de mayo2. Es importante destacar que las respuestas de cincuenta y ocho 2 instituciones fueron sometidas a verificación por funcionarios del Órgano Contralor o de las respectivas Auditorías Internas, con el propósito de depurar la información y efectuar los ajustes que se consideraron necesarios.

En cuanto a los valores alcanzados por su institución, se adjunta una ficha que resume los puntajes para cada uno de los ocho temas del IGI 2017, además a fin de lograr un comparativo, se clasificaron a las instituciones por grupo presupuestario y se muestra la posición en la que se sitúa en el grupo correspondiente según los resultados del índice.

Finalmente, deseo expresarle nuestro agradecimiento por la colaboración brindada al Órgano Contralor para el éxito de este proyecto y le invitamos a gestionar a lo interno de su institución el análisis y reflexión acerca de la información proporcionada; estamos seguros de compartir el deseo de que los resultados obtenidos constituyen una referencia para el fortalecimiento constante de esa entidad.

1 Los factores medidos en el IGI son planificación, financiero contable, control interno, contratación administrativa, presupuesto, tecnologías de información, servicio al usuario y recursos humanos, que se analizan en tres ejes temáticos, a saber: eficiencia, transparencia y ética y prevención de la corrupción.

2 Para mayor detalle véase el documento en https://www.cgr.go.cr/03-documentos/publicaciones/memoria-anual/memoria-anual.html.".

Se dispone: Agradecer al estimable señor Sáenz Quesada la remisión de dicho informe, el cual pasará a conocimiento del Consejo de Directores. ACUERDO FIRME.

B) Representantes institucionales ante la Comisión Interinstitucional para el seguimiento e implementación de las obligaciones internacionales de Derechos Humanos. De la señora Epsy Campbell Barr, Ministra de Relaciones Exteriores y Culto, se conoce oficio n.° DM-DGPE-0164-2018 del 27 de junio de 2018, recibido vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal el 29 de junio de 2018, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Reciba de mi parte un cordial saludo. Por este medio me dirijo a Usted con ocasión de referirme a la Comisión Interinstitucional para el seguimiento e implementación de las obligaciones internacionales de Derechos Humanos (en adelante Comisión Interinstitucional), la cual fue creada mediante Decreto Ejecutivo No. 36776-RE, publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 30 de setiembre de 2011.

La creación de la Comisión Interinstitucional representa un importante paso en el cumplimiento por parte de Costa Rica de sus compromisos y obligaciones internacionales en materia de Derechos Humanos y a la vez, es un significativo avance en la coordinación y facilitación de los trabajos institucionales del país en éste ámbito.

La Comisión Interinstitucional se ha creado como órgano asesor permanente del Poder Ejecutivo, adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. La Comisión está constituida por representantes de distintas instituciones públicas, incluyendo al Tribunal Supremo de Elecciones, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, Ministerios de la República y entes autónomos, todos (a) relacionados (a) [sic] con la aplicación de los Derechos Humanos.

De conformidad con el artículo 8, inciso (a) del Decreto Ejecutivo 36776-RE, las instituciones integrantes de la Comisión Interinstitucional deben asignar un miembro titular y uno suplente con capacidad de decisión para su efectiva y activa participación en las reuniones de la Comisión.

De conformidad con lo el documento “Perfil de la persona miembro de la Comisión”, que se anexa a este oficio, las personas titular y suplente designadas por su institución deben cumplir determinadas características, en aras de contribuir no sólo a la debida interacción y coordinación entre las instituciones, sino también a un adecuado traslado de las discusiones sobre seguimiento y cumplimiento de obligaciones internacionales en materia de Derechos Humanos al ámbito intra-institucional.

En ese sentido, se espera que estas personas puedan tener acceso y contacto no sólo con los despachos de los Jerarcas, sino también con aquellos departamentos y unidades técnicas que por su competencia y pericia relativa al seguimiento e implementación políticas [sic], programas, planes y medidas; se encuentran vinculados al cumplimiento de obligaciones internacionales de Derechos Humanos. A la vez, estas personas deben contar con el respaldo institucional y disponibilidad de trabajo para participar activamente en reuniones ordinaria y extra ordinarias de la Comisión y sus subcomisiones, apoyar la consecución de los objetivos de la Comisión y coordinar a nivel interno los procesos de gestión de insumos para la elaboración de informes de Estado.

Si bien el Tribunal Supremo de Elecciones no fue incorporado en el Decreto Ejecutivo No. 36766-RE, la representación del T.S.E. es de suma importancia para la Comisión Interinstitucional.

Por lo anterior, se agradece confirmar a los miembros titular y suplente o en su defecto, designar e informar el nombre, cargo y datos de contacto del nuevo miembro titular y del nuevo miembro suplente que el Tribunal Supremo de Elecciones designe ante la Comisión Interinstitucional.

Es importante contar con la información de los miembros a más tardar el día 4 de julio de 2018 en razón de que la III Sesión Ordinaria tendrá lugar el día jueves 12 de julio y por ende, la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Interinstitucional debe llevar a cabo la convocatoria al menos con una semana de anticipación.

Hago propicia la oportunidad para expresarle las muestras de mi consideración y estima.".

Se dispone: Hacer del conocimiento de la señora Ministra de Relaciones Exteriores y Culto que, según el acuerdo adoptado en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.° 37-2016 del 28 de abril de 2016, los representantes institucionales ante dicha comisión lo son la señora Mariela Castro Ávila, Profesional Especializada del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Alejandro Robles Leal, Letrado de este Tribunal. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González




Eugenia María Zamora Chavarría




Zetty María Bou Valverde




Luis Diego Brenes Villalobos




Fernando del Castillo Riggioni