ACTA N.º 105-2017


Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del siete de diciembre de dos mil diecisiete, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Zetty María Bou Valverde y Luis Diego Brenes Villalobos.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Solicitud de prórroga de licencia sin goce de salario del señor Rodrigo Rodríguez Flores. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-3570-2017 del 30 de noviembre de 2017, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 4 de diciembre de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración la nota recibida el pasado 24 de noviembre, suscrita por el señor Rodrigo Rodríguez Flores funcionario destacado en Servicios Generales y el oficio UNA-BJGM-OFIC-709-2017, recibido el 29 del mismo mes, suscrito por la Licda. Margarita García Segura, Directora de la Biblioteca Joaquín García Monge de la Universidad Nacional, mediante los cuales solicitan -por los motivos que se sirven exponer- que se le prorrogue por un año, entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2018, la licencia sin goce salarial que actualmente está disfrutando el señor Rodríguez Flores que está próxima a vencer.

Para justificar su petición, señala el oficio de la Universidad Nacional, UNA-BJGM-OFIC-709-2017 que “…se está capacitando al personal de la biblioteca en el área de conservación y preservación de nuestros libros en general. Es por esto que le solicitamos la renovación del permiso a partir del 01 de enero al 31 de diciembre del 2018, para poder seguir el programa que se ha establecido.”

Efectivamente en sesión ordinaria 68-2017, artículo segundo celebrada el 10 de agosto de 2017, comunicado mediante oficio STSE-1368-2017 de igual fecha, el Tribunal le concedió al funcionario una licencia sin goce de salario entre el 16 de agosto y el 31 de diciembre de 2017, con base en el artículo 33-c-5 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, el cual señala que las licencias sin goce de salario podrán concederse por “Cuatro años, a instancia de cualquier institución del Estado, o de otra Dependencia del Poder Ejecutivo, o cuando se trate del cónyuge de un funcionario nombrado en el Servicio Exterior; o en los casos de los funcionarios nombrados en otros cargos públicos.  El plazo anterior podrá ampliarse hasta por un período igual, cuando subsistan las causas que motivaron la licencia original.” Siendo así, salvo superior criterio, bien se puede aprobar la ampliación pretendida por el funcionario durante el periodo comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2018, como lo indica en su escrito, pues manifiesta que la Universidad Nacional de Costa Rica le ha solicitado que permanezca laborando para ese centro de estudios superiores. De igual forma, se sugiere instar al interesado para que aporte el documento que demuestre el nombramiento en la citada biblioteca.

Finalmente, puede apreciarse que la gestión cuenta con el visto bueno de los licenciados Gustavo Fitoria Mora y Francisco Rodríguez Siles, Jefe de la Sección de Servicios Generales y Director Ejecutivo respectivamente.".

Se dispone: Prorrogar la licencia sin goce de salario conforme se solicita, debiendo el interesado suministrar el documento que se indica. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de licencia sin goce de salario del funcionario José Francisco Monge Chinchilla. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-3573-2017 del 1.° de diciembre de 2017, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 4 de diciembre de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración la nota recibida en este despacho el pasado 29 de noviembre, suscrita por el señor José Francisco Monge Chinchilla, quien se desempeña en un puesto de la clase Profesional Ejecutor 3 en el Instituto de Formación y Estudios en Democracia y el oficio DRH-12711-2017-DIR suscrito por la MSc. Yaxinia Díaz Mendoza, Directora de la Dirección de Recursos Humanos de la Unidad de Reclutamiento y Selección, del Ministerio de Educación Pública, mediante los cuales solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario por espacio de un año, en virtud de que ha sido nombrado en una plaza vacante de ese ente ministerial como producto del Concurso TAD-01-2015, efectuado por el Área de Carrera Docente de la Dirección General de Servicio Civil.

El señor José Francisco Monge Chinchilla, labora para la institución desde el 1 de julio de 2004 y durante su trayectoria laboral no ha disfrutado de licencias como la que ahora pretende. Según se desprende de su solicitud, requiere que el permiso de cita se le conceda a partir del 1º de febrero de 2018.  Sin embargo, tal inicio debe ser una vez finalizado el disfrute de las vacaciones ordinarias a las cuales tiene derecho por lo que desea disfrutar una fracción de ellas en enero 2018 y el saldo restante, según lo indica, las trasladaría al Ministerio de Educación Pública.

De acuerdo con lo anterior y salvo superior criterio, se estima que la solicitud es viable y bien se puede autorizar con fundamento en lo que al efecto dispone el artículo 33-c-5 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, el cual señala que las licencias sin goce de salario podrán concederse hasta por “Cuatro años, a instancia de cualquier institución del Estado, o de otra Dependencia del Poder Ejecutivo, o cuando se trate del cónyuge de un funcionario nombrado en el Servicio Exterior; o en los casos de los funcionarios nombrados en otros cargos públicos. El plazo anterior podrá ampliarse hasta por un período igual, cuando subsistan las causas que motivaron la licencia original.” 

Puede apreciarse que la solicitud del señor Monge Chinchilla cuenta con el aval del Lic. Hugo Picado León, Director General Instituto de Formación y Estudios en Democracia.".

Se dispone: Conceder la licencia sin goce de salario conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

C) Renuncia por pensión del funcionario Manuel González González. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-3584-2017 del 4 de diciembre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración la nota recibida hoy en este despacho suscrita por el funcionario Carlos Manuel González González, Auxiliar Operativo 2 de la Sección de Servicios Generales, mediante la cual presenta la renuncia a su cargo para acogerse al beneficio de pensión por el régimen general de pensiones Ley Marco (Ley No. 7302 del 15 de julio de 1992).

El señor González González labora para este organismo electoral desde el 1° de enero de 1987 y desea que su cese de funciones sea efectivo a partir del 2 de enero de 2018, motivado para ello en la resolución DNP-OA-1249-2017 que emitió la Dirección Nacional de Pensiones a las 14 horas del 26 de julio de 2017.

Solicita asimismo el pago tanto de las prestaciones legales que pudieran corresponderle de acuerdo con la legislación laboral vigente, como de las vacaciones que no haya disfrutado a la fecha de su retiro.".

Se dispone: Tener por presentada la renuncia del señor González González, a quien se agradece los servicios prestados a estos organismos electorales, deseándole el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida. Procedan oportunamente con lo de sus cargos la Contaduría, el Departamento Legal y el propio Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

Sale del salón de sesiones la señora Magistrada Bou Valverde.

D) Trámites de la Comisión de Carrera Profesional. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° CCP-0287-2017 del 4 de diciembre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De conformidad con lo que establece el artículo 28 del Reglamento para el Régimen de Carrera Profesional de este organismo electoral, me permito hacer de su conocimiento lo resuelto por esta comisión, en sesión número 07-2017 celebrada el pasado 21 de noviembre, con la finalidad de que el Tribunal se sirva resolver lo que estime pertinente de acuerdo al siguiente detalle:

ACTA Nº 07-2017

NOMBRE DEL FUNCIONARIO

SOLICITA

Blanco Chaves José Andrés

ajuste

Sánchez Esquivel Fernando

ajuste

Sánchez Franco Nelly

ajuste

Canales Bonilla Cristian

ajuste

Alvarado Aguilar María José

ajuste

Artavia Cárdenas Andrés [sic]

ajuste

Benavides González Carlos Roberto

ajuste

Núñez Víquez Karen

ajuste

Bou Valverde Zetty

ajuste

Salazar León Esteban

ajuste

Sequeira Rojas María Fernanda

ajuste

Hoffmann Brenes Lucrecia

ajuste

Solano Ibarra Cedric

ajuste

Espinoza Coronado Wilson

ajuste

Obando Vargas José Leonel

ajuste

Cortes Vega Johanna

ajuste

Mora Umaña Andrea

ajuste

Pacheco Madrigal Adriana

ajuste

Pérez Porta Teresa

ajuste

Montenegro Adams Juan Carlos

ajuste

Amador Chacón Marco Antonio

ajuste

Mora Barahona Iván

ajuste

Maroto Sibaja Karla

ajuste

Alán Gómez Tatiana

ajuste

Mora González Franklin

ajuste

Vargas Nelson Silvia

ajuste

Téllez Romero Laura

ajuste

Chaves Umaña Álvaro

ajuste

Vargas Jiménez Maricel

ajuste

Díaz Sanabria Suellen Rebeca

ajuste

Aguilar Olivares Ileana

ajuste

Fonseca Arias Kattia

ajuste

Leitón Alvarado Guiselle

ajuste

Quesada Marín Leticia

ajuste

Rodríguez Mata Nelson

ajuste

Sibaja Sánchez Jennifer

ajuste

Bagnarello Chaves Melissa

ajuste

Troyo Guevara María José

ajuste

Brosed Lizano Luis Felipe

ajuste

Cedeño Vargas José Pablo

ajuste

Rodríguez Villegas Annia

ajuste

Núñez Gutierrez María Isabel

ajuste

Ovares Carballo Julio César

ajuste

Rodríguez Berrocal Josué David

ajuste

Garbanzo Quirós Yorleny

ajuste

Lizano Araya Gretter Virginia

ajuste

Montero Solano Rocio

ajuste

Vargas Zúñiga Randall

   ajuste".


Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

Reingresa al salón de sesiones la señora Magistrada Bou Valverde.

E) Solicitud de licencia con goce de salario del funcionario William Villalobos Elizondo. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-3585-2017 del 4 de diciembre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga resolver el Tribunal Supremo de Elecciones, me permito elevar a consideración la nota suscrita por el señor William Villalobos Elizondo, funcionario de la Sección de Ingeniería y Arquitectura mediante el cual solicita en virtud de los motivos que se sirve exponer autorización para disfrutar de una licencia con goce de salario por espacio de ocho días contados a partir del próximo 7 de diciembre. Razón por la cual adjunta certificado médico extendido por la Caja del Seguro Social, suscrito por el Doctor Josué Céspedes V.

El funcionario Villalobos Elizondo labora para este organismo electoral desde el 16 de marzo de 2010 y, durante su trayectoria, no ha disfrutado permiso con o sin goce de salario alguno.  La gestión planteada por el funcionario Villalobos Elizondo, cuenta con la anuencia tanto de su jefatura inmediata el Lic. Tito José Alvarado Contreras, Jefe de la Sección de Ingeniería y Arquitectura como el visto bueno del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, por lo que bien, si así lo dispone el Superior, podría autorizarse con fundamento en el artículo 31 nuestro Reglamento Autónomo de Servicios. 

Revisado el Reglamento del Estatuto del Servicio Civil, este es omiso en licencias como la que pretende el señor Villalobos Elizondo. Es menester indicar que el solicitante tiene pendiente de disfrutar 22 días de vacaciones del periodo 2016-2017, a las cuales adquirió derecho el 21 de setiembre de 2017.".

Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de veinticuatro horas, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

F) Traslado en propiedad de la funcionaria Roxana María Meza Chacón a la Sección de Análisis. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce en consulta la resolución n.° DGRA-263-2017 de las dieciséis horas del cuatro de diciembre de dos mil diecisiete, mediante la cual resuelve trasladar en propiedad a partir del 16 de diciembre de 2017 a la funcionaria Roxana María Meza Chacón, al cargo de Secretaria 1 en la Sección de Análisis, plaza n.°45756.

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE COMISIONES Y COMITÉS INSTITUCIONALES.

A) Acta de la reunión n.° 83-207 de la Comisión de Asuntos Culturales. Del señor Gustavo Fitoria Mora, Secretario de la Comisión de Asuntos Culturales, se conoce oficio n.° CAC-020-2017 del 4 de diciembre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De conformidad con lo acordado por el Tribunal Supremo de Elecciones en Sesión Ordinaria N° 028-2009, celebrada el diecisiete de marzo del citado año y comunicado mediante Circular STSE-0015-2009, de misma fecha; le adjunto el acta número 83-2017, correspondiente a la última sesión de la Comisión de Asuntos Culturales realizada el pasado 1° de los corrientes.

Asimismo, por su digno medio hacemos de conocimiento del Superior lo acordado en los artículos primero y segundo, lo que a la letra señala:

ARTÍCULO PRIMERO.- Se conoce memorando STSE-0549-2017, mediante el cual se remite oficio DSC-0961-2017, suscrito por la señor [sic] Lylliam Quesada Carvajal, jefa del Departamento de Servicios Culturales de la Municipalidad de San José, en la que solicita enviar propuestas de participación para el Festival de Verano Transitarte 2018, a realizarse los días 16, 17 y 18 de marzo de 2018.

Se acuerda: Esta Comisión nuevamente se siente complacida de que la Municipalidad de San José considere a nuestra institución para ser tomada como una de las sedes del Festival de Verano Transitarte 2018. Sin embargo, para esta ocasión hay que tomar en consideración que para estas fechas nuestra institución se encuentra en pleno proceso electoral, lo que nos obliga a tomar una serie de medidas de seguridad que por sí mismas hacen que no resulte conveniente, pues además se tiene que valorar la eventualidad de una segunda ronda. En razón de ello, respetuosamente sugerimos al Tribunal Supremo de Elecciones que por esta ocasión no se apruebe la utilización de espacios de estos organismos electorales para ser utilizados como sedes del Festival de Verano Transitarte 2018.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El señor Francisco Rodríguez Siles somete a valoración de esta Comisión, el ofrecimiento brindado por el Coro Laus Deo y la Asociación Solidarista de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones, con el fin de realizar un presentación musical el 20 de diciembre del presente año, a cargo del citado grupo, a partir de las 16:00 horas en el Despacho de Cédulas.

Se acuerda: En virtud de que las presentaciones del Coro Laus Deo han sido del agrado del público en general, se decide hacer de conocimiento del Superior para su respectiva aprobación.".

Se dispone. Respecto del artículo primero, acoger conforme se sugiere; en relación con el segundo, aprobar. ACUERDO FIRME.

B) Integración de la Comisión de Carrera Profesional. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° CCP-289-2017 del 4 de diciembre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con el propósito de hacerlo de conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, me permito informarle que como producto de la Asamblea General de Profesionales celebrada el pasado 1° de diciembre, se eligió a la licenciada Paola Barroeta González y al licenciado Esteban Salazar León como miembros propietaria y suplente respectivamente de la Comisión de Carrera Profesional, en representación de los profesionales incorporados al régimen. En consecuencia, con fundamento en lo que señala el artículo cuarto del reglamento, la Comisión ha quedado integrada para el período comprendido entre diciembre de 2017 y noviembre de 2019 de la siguiente forma:

MIEMBROS PROPIETARIOS:


MIEMBROS SUPLENTES

Se dispone: Tomar nota. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.

A) Autorización para firmar certificaciones del Registro Civil a funcionarios de diferentes oficinas regionales. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-1187-2017 SUSTITUIR del 30 de noviembre de 2017, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 5 de diciembre de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Respetuosamente elevo a conocimiento de las señoras magistradas y señores magistrados, los oficios que se dirán, mediante los cuales, el señor Alcides Chavarría Vargas, Coordinador de Servicios Regionales, solicita la autorización para que los funcionarios indicados, puedan firmar certificaciones.

OFICIO DE LA JEFATURA

FUNCIONARIO

CÉDULA

OFICINA


Sandra Vanessa Rojas Barrantes

603600206

Regional de Puntarenas

CSR-0885-2017 del 10 de noviembre de 2017

George Louis Villegas Zuñiga

402010138

Regional de Pococí


Catherine Vanessa Brenes Tenorio

701810648

Regional de

Limón


Ariadme Aurora Manjarres Cubero

702120722


CSR-0931-2017 del 17 de noviembre de 2017

Carlos Alberto Lozano Alvarado

206420725

Regional de Alajuela


Marcos Armando Rodriguez Murillo

205880042


CSR-0942-2017 del 20 de noviembre de 2017

Eider Duarte Gómez

503280829

Regional de

Jicaral


Sofía Calvo Uribe

113930085



Víctor Hugo Quirós Fonseca

701950416



Elvis Alejandro Ramírez Quirós

402010731

Heredia


Juan Alberto Flores Soto

111930080



Gabriela Zamora Bolaños

106460506


CSR-0961-2017 del 28 de noviembre de 2017

Mónica Solórzano Lazo

207020466

Los Chiles


Marcela Áviles Sandoval

303990593



Melvin Antonio Balderramo Castillo

112550498

Cartago


Pablo Breiner Bravo Sojo

304260801



Yamileth Moreno Vargas

112660075


CSR-0964-2017 del 29 de noviembre de 2017

Eimy Rebeca Ramírez Flores

701830063

Limón


Sobre el particular y con la finalidad de no desmejorar el servicio al público, el suscrito muy respetuosamente solicita se conceda la autorización requerida.".

Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a los referidos funcionarios para que firmen certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial. Para esos efectos regístrense las firmas y los sellos que utilizarán. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE LA SECCIÓN ESPECIALIZADA DEL TSE.

Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Brenes Villalobos.

A) Integración de la Sección Especializada del Tribunal Supremo de Elecciones. Del señor Juan Antonio Casafont Odor, Magistrado Presidente de la Sección Especializada que tramita y resuelve en primera instancia asuntos contencioso-electorales de carácter sancionatorio, se conoce memorial del 3 de diciembre de 2017, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 6 de diciembre de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Luego de un cordial saludo me permito solicitarle, de la manera más respetuosa, que el Tribunal Supremo de Elecciones disponga lo correspondiente a fin de renovar la integración de la Sección Especializada del Tribunal Supremo de Elecciones que tramita y resuelve en primera instancias [sic] asuntos contencioso-electorales de carácter sancionatorio.

Lo anterior en razón de que, conforme lo ordena el numeral 3 del reglamento de esa instancia (publicado, por decreto n.° 5-2016, en el Alcance n.° 91 a La Gaceta n.° 107 del 3 de junio de 2016), las integraciones de la Sección regirán por periodos de seis meses, y la conformación actual vence el día de hoy, 3 de diciembre.

Me despido con mis mayores muestras de consideración.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Conforme a la rotación correspondiente, tener por integrada dicha sección, por un nuevo período de seis meses, con las señoras Magistradas Luz de los Ángeles Retana Chinchilla y Mary Anne Mannix Arnold; para sustituir al señor Magistrado Brenes Villalobos -en virtud de encontrarse integrando el Tribunal de propietarios- procederá la señora Retana Chinchilla, como Presidenta de dicha Sección, con la designación respectiva, previo sorteo de rigor. ACUERDO FIRME.

Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Brenes Villalobos.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS DE 2018.

A) Recordatorio, aclaración y directriz relativos a las fichas técnicas de encuestas y sondeos de opinión. Se dispone:  A las entidades (públicas y privadas) autorizadas para divulgar sus encuestas y sondeos de opinión de carácter político-electoral durante la presente campaña electoral, se les recuerda que, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Reglamento sobre la inscripción para la realización de encuestas y sondeos de opinión de carácter político-electoral (decreto de este Tribunal n.º 18-2009), deben, el mismo día en que se difundan, remitir a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos la ficha técnica del respectivo estudio. Asimismo, que la omisión o los defectos de la información suministrada, luego de prevenida su subsanación, dará lugar a la suspensión cautelar del asiento de registro de la entidad correspondiente.

Se aclara que esa ficha técnica consiste, únicamente, en la descripción clara y suficiente de los siguientes elementos:

1.        La cobertura geográfica.

2.        El tipo de muestreo.

3.        Tamaño de la muestra.

4.        Error de muestreo.

5.        Nivel de confianza.

6.        Selección de la muestra.

7.        Controles de calidad.

8.        Fechas en que se realizó el trabajo de campo.

9.        Fecha de emisión del estudio.

10.        Medio de comunicación con el que se tiene convenio o acuerdo para divulgar los resultados.

Por otra parte, los documentos e información que adicionalmente menciona el párrafo primero del citado artículo (cuestionarios, lista de encuestadores y supervisores, materiales utilizados en la tabulación, manual de códigos, base de datos digital, hojas de rutas, mapas, tasas de respuesta por pregunta y cualquier otro que se haya tenido como fundamento para la elaboración de la encuesta) no deben ser enviados a la citada Dirección del TSE; solamente deberán mantenerse en custodia de la entidad de que se trate y a disposición de este Tribunal.

Se instruye a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos para que, en lo sucesivo, proceda a colgar en el sitio web de este Tribunal las referidas fichas de forma inmediata a su recepción -conforme a lo aclarado supra- sin perjuicio de que, en su caso, advierta que las mismas se encuentran en estudio de cumplimiento de requisitos o en prevención para su corrección.

Proceda dicha Dirección a comunicar lo resuelto a los entes acreditados para la divulgación de sus encuestas y sondeos de opinión. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.

A) Pasantía de personeros del Tribunal Supremo Electoral de la República de Guatemala. De la señora María Eugenia Mijangos Martínez, Magistrada Presidenta del Tribunal Supremo Electoral de la República de Guatemala, se conoce oficio n.° OF-PRES-456-12-2017 del 6 de diciembre de 2017, recibido vía correo electrónico el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual solicita la anuencia de este Tribunal, en el marco de la cooperación horizontal entre organismos electorales establecido en el Protocolo de Tikal, para realizar una pasantía con el objetivo de conocer el manejo los temas de fiscalización a los partidos políticos y de nuevos mecanismos de participación ciudadana, los días 13, 14 y 15 de diciembre de 2017. Los funcionarios que participarían son los señores Renzo Lautaro Rosal, Jefe de la Unidad Especializada de Medios de Comunicación y Estudios de Opinión, Gerson Giovanni Rodríguez, Jefe de la Unidad Especializada de Control y Fiscalización de las Finanzas de los Partidos Políticos y Eddy Fernández Ovalle, Director del Instituto de Formación y Capacitación Cívico Política y Electoral.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Autorizar conforme lo solicita la señora Magistrada Presidenta Mijangos Martínez. Tomen nota la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, el Instituto de Formación y Estudios en Democracia y el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas, para la debida atención de este particular. ACUERDO FIRME.

A las dieciséis horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González




Eugenia María Zamora Chavarría




Max Alberto Esquivel Faerron




Zetty María Bou Valverde




Luis Diego Brenes Villalobos