ACTA N.º 49-2016

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del dos de junio de dos mil dieciséis, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría y Max Alberto Esquivel Faerron.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.

A) Informe sobre el procedimiento para aplicar cláusulas penales, multas y sanciones administrativas. Del señor Ronny Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-245-2015 [sic] del 24 de mayo de 2016, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual -según lo ordenado en el acuerdo del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.° 41-2016, celebrada por este Tribunal el 10 de mayo de 2016- rinde informe relativo al procedimiento para aplicar cláusulas penales, multas y sanciones administrativas y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye y recomienda:

"3) Conclusión.

Con fundamento en lo expuesto, se concluye que la propuesta de la Dirección Ejecutiva objeto de este informe se ajusta a derecho, y a mejores prácticas del funcionamiento de la administración pública, razón por la cual su aplicación en esta institución resulta procedente.

4) Recomendación.

Se recomienda que si el Tribunal, a bien lo tiene, acepte implementar la propuesta procedimental de la Dirección Ejecutiva analizada en este informe, se  encargue a este departamento elaborar el proyecto de modificación al Instructivo de Fiscalización Contractual que dicha implementación implicaría.".

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuya conclusión y recomendación se acogen. Proceda el propio Departamento Legal, en el plazo de diez días hábiles, a plantear ante este Tribunal el proyecto de modificación referido. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Solicitud de encargo de funciones del señor Contralor de Servicios. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1415-2016 del 20 de mayo de 2016, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 23 de mayo de 2016, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Este despacho recibió el pasado 6 de mayo el oficio número CS-158-2016 suscrito por el Lic. Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios, a través del cual solicitó que durante los 5 días de vacaciones que disfrutará a partir del próximo 13 de junio, sus funciones se encarguen en el señor Farid Ovares Soto, quien se desempeña como Profesional en Contraloría de Servicios en esa misma oficina, gestión que cuenta con la anuencia de la Secretaría General del Tribunal.

Sin embargo, al realizar el Área de Gestión de Empleo de este departamento la verificación del cumplimiento de requisitos por parte del candidato que se propone para realizar la sustitución, se logró determinar que si bien el señor Ovares Soto satisface los requisitos académico y legal que el cargo demanda de acuerdo con el Manual Descriptivo de Clases de Puestos, no sucede lo mismo con el requisito de experiencia ya que no alcanza los seis años que se exigen, de los cuales tres años deben ser en la ejecución de labores profesionales relacionadas con el puesto, dos años en supervisión de personal y un año en supervisión de labores profesionales relacionadas con el puesto. Como producto de lo anterior, la señora Ileana Molina López, encargada de la citada área, mediante oficio número RH-1387-2016 le informa al señor Solórzano Alvarado el inconveniente suscitado y le sugiere valorar la posibilidad de considerar para dicho encargo a otra persona que sí cumpla en su totalidad los requisitos.

Ante tal situación, el Contralor de Servicios remite un nuevo oficio, número CS-186-2016 de hoy, con el cual a pesar de que tiene claro que efectivamente el colaborador Farid Ovares no alcanza el total de experiencia requerido solicita que el caso se someta a conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones para que, con base en las consideraciones que se sirve exponer, el superior valore la posibilidad de hacer una excepción y apruebe el encargo de sus funciones del 13 al 17 de junio según lo solicitó en el primero de sus oficios.  Así las cosas, remito la documentación antes citada para lo que a bien tenga resolver el Tribunal.".

Se dispone: No ha lugar lo solicitado por el señor Solórzano Alvarado, en virtud de lo expuesto por el señor Carías Mora. En consecuencia, durante la ausencia del primero, se encargan sus funciones, por avocación, al señor Iván Mora Barahona. ACUERDO FIRME.

B) Informe sobre consulta de exigencia de requisito en el Manual descriptivo de clases de puestos. Del señor Ronny Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-243-2016 del 24 de mayo de 2016, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual según lo ordenado en el acuerdo del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.° 41-2016 del 10 de mayo de 2016 rinde informe relativo a la obligación de encontrarse incorporado al Colegio Profesional respectivo para acceder a un puesto profesional según el Manual Descriptivo de Clases de Puestos y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye:

"III. Conclusión.

De lo anterior se concluye que, el Manual Descriptivo de Clases de Puestos institucional no podría imponer la exigencia de estar incorporado a un colegio profesional, sino sólo en aquellos casos en que el legislador consideró indispensable el imponer la colegiatura obligatoria. 

De tal manera que, el referido Manual puede establecer la incorporación obligatoria a un colegio profesional, siempre y cuando exista el colegio para la disciplina de que se trate y el grado académico que se exige para el puesto, sea obligatorio de incorporación conforme a la ley. Es decir, la obligatoriedad de estar incorporado al colegio profesional respectivo, dependerá de que la ley así lo exija para estar habilitado para el ejercicio del cargo profesional.

Por otra parte, el referido Manual no podría imponer la exigencia de estar incorporado, en casos de disciplinas que aún teniendo un colegio profesional, ser agremiado no resulta ser un requisito obligatorio para habilitar el ejercicio de la profesión de acuerdo con la ley. En igual sentido, no podría el citado Manual exigir la incorporación de la persona que ostenta un grado académico menor a aquel en el que el Colegio sí incorpora, sino solo a partir del grado en que el colegio sí admite su incorporación, así como en los casos en que no exista colegio profesional.

Finalmente, y a partir de lo anterior, este Departamento considera procedente la sugerencia realizada por la Dirección Ejecutiva, en cuanto a que se aclare en el referido Manual que la obligación de estar incorporado en el Colegio Profesional respectivo lo es en el tanto sea una obligación derivada por ley.".

Se dispone: Tener por rendido el informe. Por tratarse de una eventual modificación al manual de puestos institucional, de previo a resolver lo que corresponda, por el plazo de diez días hábiles se concede audiencia a la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), para lo cual, la Secretaría General de este Tribunal le remitirá copia de los antecedentes respectivos. ACUERDO FIRME.

C) Encargo de funciones de la Jefatura de la Oficina de Proyectos Tecnológicos. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1545-2016 del 30 de mayo de 2016, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los efectos consiguientes, remito a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones el oficio número PTE-036-2016 de hoy que suscribe la Licda. Armenia Masís Soto, Jefa de la Oficina de Proyectos Tecnológicos, mediante el cual, en virtud de que disfrutará vacaciones por espacio de 3 días a partir del próximo 2 de junio, solicita que durante ese lapso sus funciones se encarguen en el Lic. Néstor Cordero López, quien se desempeña como Profesional Ejecutor 3 en ese mismo despacho y ya en otras ocasiones ha asumido dicha responsabilidad.

Puede apreciarse que la gestión cuenta con la anuencia del Lic. Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se sugiere. ACUERDO FIRME.

D) Recargo de funciones de la Jefatura del Departamento Legal. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1543-2016 del 30 de mayo de 2016, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los efectos consiguientes, remito a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones el oficio DL-218-2016 del pasado 12 de mayo que suscribe el Lic. Ronny Jiménez Padilla, Jefe a.í. del Departamento Legal, mediante el cual, en virtud de que disfrutará 15 días de vacaciones a partir del próximo 6 de junio, solicita que durante ese lapso sus funciones se recarguen en el señor Vinicio Mora Mora, quien ya en otras oportunidades ha asumido esa misma responsabilidad. 

Puede apreciarse que la gestión cuenta con la anuencia de la Secretaría General del Tribunal Supremo de Elecciones y con el aval presupuestario de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría.".

Se dispone: Aprobar el recargo de funciones conforme se sugiere. ACUERDO FIRME.

E) Permuta de los funcionarios Geiner Quirós Mena y Adriana Gómez Quirós. De los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce en consulta la resolución de las catorce horas del treinta de mayo de dos mil dieciséis, mediante la cual resuelven permutar en sus cargos a partir del 16 de junio de 2016 a los funcionarios Geiner Quirós Mena y Adriana Gómez Quirós, en las plazas 54395 y 353445 de la Sección de Solicitudes Cedulares y del Departamento de Programas Electorales, respectivamente.

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

F) Solicitud de beca de la funcionaria Yendri González Salazar de la Proveeduría. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1295-2016 del 30 de mayo de 2016, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Esta Dirección recibió el oficio n.° RH-1398-2015 del 19 de los corrientes, suscrita por la señora Kattya Varela Gómez, Encargada a. i., del Área de Capacitación del Departamento de Recursos Humanos, el cual se adjunta, en el que indica que la funcionaria Yendri González Salazar, colaboradora de la Proveeduría Institucional, solicita una beca a fin de culminar los estudios superiores en el Instituto Centroamericano de Administración Pública (ICAP), específicamente una “Maestría en Gestión de Compras Públicas”.

Ante ello, Resulta importante señalar - entre otras que la funcionaria ha cursado 11 materias y le queda pendiente la misma cantidad, aunado a ello, vale citar lo que se indica en  los apartes de conclusiones y recomendaciones, que en lo que interesa dice:

“CONCLUSIONES

       (…)

4-2.- Comparada la naturaleza del puesto que desempeña la servidora y las tareas a su cargo, con el programa curricular de la maestría, se determina que se encuentran relacionados entre sí.

       (...)

       4-4. La solicitud cuenta con la anuencia de la jefatura de la solicitante para que se le otorgue la beca, quien explica las razones y el beneficio institucional que se obtendría de recibirla.

       4-5. El monto que debería cancelar la institución es de ¢1.630.537,50, del cual en el 2016 se debería pagar ¢1.200.000,oo y ¢430.537.50 en el 2017. (...).

       5.- RECOMENDACIONES

       (...)

       5-1.- El grado de maestría no es requisito para ningún puesto profesional según se establece en el Manual Descriptivo de Clases de Puestos del Tribunal Supremo de Elecciones.

       (...)

       5-3. Se debe tomar en cuenta que el renglón de becas se encuentra comprometido con el pago de la Maestría en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social que se aprobó en el 2014 en forma parcial para la señora Kattia Fonseca Arias, a quien se le debe transferir este año ¢751.200,oo por los dos cuatrimestres que cursa. (...).

Agrega además, en el último párrafo del oficio de cita, lo siguiente: De aprobarse el beneficio de beca (…) para finalizar la maestría (…) se recomienda que el beneficio no sea completo y que la interesada asuma al menos el 50% del costo del posgrado.

Consiguientemente, esta Dirección estima que desde la óptica organizacional es de relevancia contar con profesionales con mayor experticia para beneficio institucional, sin dejar de lado que es un elemento motivacional generador de una mayor proactividad, hay un factor que es fundamental para dar el aval a este tipo de solicitudes y este es, contar con los recursos financieros suficientes para cubrir esos gastos, se tiene que para el año 2016, hay presupuestado en la Subpartida 600201 Becas del subprograma 850-01 un monto de ¢2.000.000,oo, por lo que, de rebajarle el monto que cita la señora Varela Gómez, todavía se estaría contando con un contenido económico menor para ese período pero que sí hace permisible cubrir un 50%, tal y como lo recomienda el Área de Capacitación en el oficio de cita. De igual manera, para el año 2017 se estaría realizando la previsión financiera para cubrir el monto restante.  

Por consiguiente, salvo Superior criterio, por los aspectos citados por esta dirección, se recomienda que se le conceda a la señora González Salazar, el 50% del costo de los estudios para la Maestría en Gestión de Compras Públicas. De ahí que, con fundamento en los artículos 10 y 14 del Reglamento de Facilidades de Capacitación del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, se remite para lo que las Señoras Magistradas y Señores Magistrados estimen pertinente.".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

G) Ascenso en propiedad de la señora Armenia Masís Soto como Jefa de la Oficina de Proyectos Tecnológicos. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce en consulta la resolución de las quince horas y cincuenta minutos del primero de junio de dos mil dieciséis, mediante la cual resuelve ascender en propiedad a partir del 16 de junio de 2016 a la señora Armenia Masís Soto, al cargo de Jefa de la Oficina de Proyectos Tecnológicos, plaza n.° 76368.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar. ACUERDO FIRME.

H) Traslado en propiedad del funcionario Eduardo González Paniagua a la Dirección General de Estrategia Tecnológica. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce en consulta la resolución de las quince horas y cincuenta y cinco minutos del primero de junio de dos mil dieciséis, mediante la cual resuelve trasladar en propiedad a partir del 16 de junio de 2016 al señor Eduardo González Paniagua, al cargo de Profesional en Tecnologías de la Información 2, Profesional Ejecutor 3, de la Dirección General de Estrategia Tecnológica, plaza n.° 353423.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.-Aprobar. ACUERDO FIRME.

I) Ascensos en propiedad en la Dirección General de Estrategia Tecnológica. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1103-2016 del 1.° de junio de 2016, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra la Ley de salarios y régimen de méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil y su reglamento y lo expuesto en los oficios que se dirá, me permito proponer los siguientes ascensos en propiedad en la Dirección General de Estrategia Tecnológica:



Funcionario

Esteban Brenes Hernández

Puesto al  que se propone ascender

353742, Profesional Funcional 1, Jefe de la Sección de Riesgos y Seguridad

Clases entre la actual y la propuesta

3

Fecha de rige propuesta

16 de junio de 2016

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-1548-2016 del 31 de mayo de 2016

Oficio de la Jefatura inmediata

DGET-82-2016



Funcionario

José Francisco Jiménez Quirós

Puesto al  que se propone ascender

366528, Profesional Ejecutor 3, Profesional en Tecnologías de Información 2 de la Sección de Riesgos y Seguridad

Clases entre la actual y la propuesta

2

Fecha de rige propuesta

16 de junio de 2016

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-1548-2016 del 31 de mayo de 2016

Oficio de la Jefatura inmediata

DGET-82-2016



Funcionario

Kenneth Durán Delgado

Puesto al  que se propone ascender

353424, Profesional Asistente 2, Profesional Asistente en Servicios Informáticos de la Sección de Servicio al Cliente TI

Clases entre la actual y la propuesta

2

Fecha de rige propuesta

16 de junio de 2016

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-1548-2016 del 31 de mayo de 2016

Oficio de la Jefatura inmediata

DGET-82-2016



Funcionario

Marvin Morales Abarca

Puesto al  que se propone ascender

353707, Profesional Ejecutor 3, Administrador de Servidores de la Sección de Infraestructura

Clases entre la actual y la propuesta

5

Fecha de rige propuesta

16 de junio de 2016

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-1548-2016 del 31 de mayo de 2016

Oficio de la Jefatura inmediata

DGET-82-2016


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Ascender conforme se propone. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Estudio administrativo para conformación de un área y transformación de puesto en el Departamento Legal. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1307-2016 del 31 de mayo de 2016, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinde informe relativo al estudio administrativo en el Departamento Legal y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye y recomienda:

"7. Conclusiones

7.1 El estudio de la Dirección Ejecutiva estableció que el Departamento Legal ha experimentado un incremento de las cargas de trabajo producto del cambio que ha demandado la aplicación del nuevo Código Electoral, entre otros aspectos de la dinámica institucional, así como por la atención de consultas de nuevos usuarios internos y externos (Poder Judicial, Procuraduría General de la República, Defensoría de los Habitantes, etc.), por la intervención activa en asuntos judiciales, así como por la atención de casos que se han generado con la creación de las Direcciones Generales del Registro Electoral, de Estrategia Tecnológica y el IFED y por el incremento de la labor consultiva y de asesoría que brinda ese Departamento por instrucción del Superior y el CDIR, además de otros cambios normativos en el ordenamiento jurídico.

7.2 La última reestructuración del Departamento Legal se realizó en el año 2008, de ahí que fue posible establecer que desde ese año no se han asignado plazas dentro de la estructura ocupacional del Departamento, exceptuando la plaza n.° 368558 de Oficinista 1 que le fue asignada en el 2014, a la que no se le dio continuidad en el siguiente año.

7.3 Se determinó que prioritariamente, el Departamento Legal, además de las dos áreas ya existentes, (Área de Contratación Administrativa y el Área de Empleo Público), requiere la conformación de una nueva área de trabajo en materia de derecho público.

7.4 Se logró precisar la necesidad de que se efectúe la transformación del puesto n.° 86307, para  que funja como encargado del Área de Derecho Público, siendo que se cuenta con el criterio técnico del Departamento de Recursos Humanos, el cual estipuló que es procedente transformar el puesto n.° 86307, para que pase de su clasificación actual como Profesional en Derecho 2, clase Profesional en Gestión 2, a Profesional Funcional 1 y ubicarse en la clase Profesional en Derecho 3, además de que su ocupante en propiedad cuenta con los requisitos determinados en el MDCP.

7.5 Dadas las funciones que tendrá a cargo la nueva Área de Derecho Público, se considera oportuno que se asigne un Profesional en Gestión 2 para la ejecución de las labores propias de dicha Área, en vista del aumento en las gestiones que ha experimentado el Departamento a nivel general y propiamente en materia de derecho público, aunado a que las demás áreas de dicha dependencia además de los encargados de área, cuentan con profesionales en ese nivel. Lo anterior, en tanto las posibilidades presupuestarias así lo permitan. Sin embargo, dadas las limitaciones en el crecimiento de la planilla y por lo avanzado del proceso de formulación presupuestaria 2017, no se podrá incluir para el 2017 sino para el 2018, sin perjuicio que el próximo año se diera la oportunidad de transformar alguna plaza de servicios especiales que pudiera quedar disponible.

[sic] Recomendaciones

1.        Aprobar la creación de una nueva área dentro de la estructura organizacional del Departamento Legal, la cual se denominará Área de Derecho Público, de acuerdo con el organigrama suplementario que se propuso.

2.        Transformar  el puesto número 86307, actualmente ubicado en la clase Profesional en Gestión 2, Profesional en Derecho 2,  a la clase de Profesional Funcional 1,  nombre del puesto Profesional en Derecho 3, lo que cuenta con el criterio técnico del Departamento de Recursos Humanos y a lo que se le daría contenido presupuestario con cargo al disponible de la coletilla 180 de la subpartida 00101 “Sueldos para cargos fijos” del subprograma 850-01, para lo cual la Secretaría [sic] del Tribunal y el Departamento de Recursos Humanos deberán preparar el proyecto de redacción de la resolución respectiva, para que la remitan a la Dirección General de Presupuesto Nacional a efecto de que a esta modificación se le dé contenido económico, de manera que pueda regir a partir del 16 de junio de 2016.

3.        Que la Dirección Ejecutiva, si las condiciones presupuestarias lo permiten, incluya  en el presupuesto de 2018 una plaza de la clase Profesional en Gestión 2, puesto Profesional en Derecho 2, para ser ubicada en el Área de Derecho Público, siempre y cuando las posibilidades presupuestarias lo permitan [sic], sin perjuicio de que en el transcurso del presente año o de 2017 se pueda transformar un puesto del que sea posible prescindir en otra dependencia institucional.".

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas conclusiones y recomendaciones se acogen. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Tercer propuesta de traslado de partidas de 2016. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Coordinador del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-168-2016 (SUSTITUIR) del 30 de mayo de 2016, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 2 de junio de 2016, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los efectos correspondientes le comunico lo acordado por el Consejo de Directores del Tribunal Supremo de Elecciones en el artículo primero, del acta de la reunión extraordinaria n.º 35-2016, celebrada hoy, que literalmente indica:

“ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE CARÁCTER PRESUPUESTARIO.

Tercer propuesta de traslado de partidas de 2016 (Referencia H-006-2016). Del señor Carlos Murillo Montoya, Secretario General de la Dirección Ejecutiva, se conoce el oficio n.° DE-1296-2016 del 30 de mayo del año en curso que, a la letra indica:

“De conformidad con la circular Nº DGPN-SD-0285-2015 del 04 de diciembre del año anterior, suscrita por el señor José Luis Araya Alpízar, Subdirector General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda, se atiende por medio del presente comunicado lo relacionado al ítem 3.4 de la circular en referencia, en cuanto a la presentación de la tercer propuesta ordinaria de modificación presupuestaria, correspondiente al mes de junio del año en curso, la cual se fundamenta en una serie de requerimientos de refuerzo económico a que deben ser sujetas algunas subpartidas de nuestro presupuesto institucional.   

Por tal motivo, el respectivo equipo técnico en sesión  de trabajo desarrollada el día 17 de mayo y con la participación de representantes de esta Dirección Ejecutiva y Contaduría Institucional, se determinó que no existían casos los cuales serían sujetos de análisis para proponer movimientos presupuestarios necesarios para atender necesidades emergentes de financiamiento; sin embargo, en días posteriores el Área Ejecutiva determinó que se presentaron casos de "última hora” que efectivamente ameritaban atención económica por la vía de la transferencia de partidas.  Así las cosas, de acuerdo con las necesidades institucionales y el requerimiento de fondos para otorgar recursos a subpartidas que por varias razones se vieron disminuidas en su disponible o con faltantes para cubrir líneas presupuestarias importantes debido a factores no siempre controlables en su momento, se definió la redistribución  de varias sumas para dar el respectivo financiamiento, de la forma que se definirá a continuación.

Las modificaciones que se proponen son las siguientes:

2) SUBPROGRAMA 850-02 ORGANIZACIÓN DE ELECCIONES:

2.1) SUBPARTIDAS  A REBAJAR:

59903 Bienes intangibles: se rebaja la suma de ¢11.0 millones, ya que ¢10.0 millones quedaron disponibles al prescindirse de un licenciamiento de alta disponibilidad  para la continuidad de los sistemas SINCE, TIM y Elecciones, en razón de que aún no se dispone de las actualizaciones en el mercado,  y el restante ¢1.0 millón se rebaja de los montos que originalmente estaban destinados para la obtención de licencias para inteligencia de negocio (licencia SQL SVR ENT CORE, LICSAPPK OLP 2LIC NL GOV CORE LIC ALFD), las cuales, desde el mes de febrero anterior se tomó la decisión de posponer su adquisición para otro ejercicio presupuestario, puesto que se debió utilizar parte de sus recursos para el financiamiento de otras necesidades apremiantes.

2.2)  SUBPARTIDAS A  AUMENTAR:

50101 Maquinaria y equipo para la producción: se aumenta en ¢300.000,00 para la urgente adquisición de una destructora de papel para uso de la Secretaría General del TSE, con el fin de eliminar borradores de documentos que contienen información sensible y de alta confidencialidad, coadyuvando con esto a elevar la seguridad en la toma de decisiones.  

50102 Equipo de transporte: se aumenta en ¢1.700.000,00 como previsión para cubrir diferencial cambiario en el trámite de compra de un vehículo sedán de 4 puertas para uso institucional, el cual ya estaba previsto en el presupuesto actual, sin embargo, los trámites de contratación están por iniciarse, pudiendo experimentar rezago en términos de diferencial cambiario al momento de concretarse la adquisición.

50105 Equipo y programas de cómputo: se aumenta en ¢9.000.000,00 para completar el monto faltante para financiar la compra e instalación de una unidad de almacenamiento de alto rendimiento (SAN), para la Sección de Infraestructura, dado que el monto presupuestado inicialmente resultó ser insuficiente para amparar económicamente dicha adquisición.  

3) RECOMENDACIÓN

De conformidad con lo establecido en los artículos 99 y siguientes,  y 177 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, con arreglo a los principios de gestión financiera y programación contenidos en el artículo 5, incisos b) y e), en ese orden, de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, como consecuencia de lo expuesto y con base en el inciso r) del artículo 2º del Reglamento de esta Dirección Ejecutiva, se recomienda que se apruebe y se le dirija al Superior la presente propuesta de modificación al presupuesto institucional contenido en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico de 2016, Ley n.° 9341, a fin de que disponga lo propio y le remita tal propuesta en atenta instancia a la señora Directora General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda, de manera que se sirva efectuar los siguientes traspasos presupuestarios:

REBAJAR

TITULO 401

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

PROGRAMA 850

SUBPROGRAMA 02- ORGANIZACIÓN DE ELECCIONES

REGISTRO CONTABLE 401.850.02

Subpartida /Descripción

Clasificaciones Presupuestarias

Monto ¢

59903 Bienes intangibles

FF=280, CE=2240, CF= 1190

11.000.000,00

TOTAL REBAJAR DEL SUBPROGRAMA 850-02

11.000.000,00

TOTAL REBAJAR DEL TÍTULO 401

11.000.000,00


AUMENTAR

TITULO 401

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

PROGRAMA 850

SUBPROGRAMA 02- ORGANIZACIÓN DE ELECCIONES

REGISTRO CONTABLE 401.850.02


Subpartida /Descripción

Clasificaciones Presupuestarias

Monto ¢

50101 Maquinaria y equipo para la producción

FF=280, CE=2210, CF= 1190

300.000,00

50102 Equipo de transporte

FF=280, CE=2210, CF= 1190

1.700.000,00

50105 Equipo y programas de cómputo

FF=280, CE=2210, CF= 1190

9.000.000,00

TOTAL AUMENTAR DEL SUBPROGRAMA 850-02

11.000.000,00


TOTAL AUMENTAR DEL TÍTULO 401

11.000.000,00


Se acompaña el cuadro “Uso y Aplicación de Recursos Subprogramas 01 y 02”, el cual debe incorporarse en el Sistema de Formulación Presupuestaria, y que además muestra la afectación directa de subpartidas sujetas de rebaja y la redistribución de sus recursos hacia otras subpartidas que los requieren.”

Se acuerda: 1.-Elevear [sic] a conocimiento del superior con recomendación de aprobar. ACUERDO FIRME.”".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DEL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL.

A) Informe de la sumaria del Padrón Nacional Electoral de abril 2016. Del señor Carlos Arguedas Rojas, Jefe de la Sección de Padrón Electoral, se conoce oficio n.° PE-0592-2016 del 30 de mayo de 2016, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Le remito, a la cuenta de correo electrónico recepciontse@tse.go.cr archivo que contiene el resumen del Padrón Nacional Electoral; con totales por distritos, cantones, provincias y el general de toda la República por sexo, resultado de la gestión de solicitudes cedulares artículo 81 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, aprobadas en abril de 2016.

Asimismo, detallo a continuación algunos aspectos importantes que describen el comportamiento numérico del Padrón Nacional Electoral, según la procedencia de las inclusiones y exclusiones que se ejecutan.


PADRÓN NACIONAL ELECTORAL

PADRÓN NACIONAL ELECTORAL MARZO  2016

3.208.659

Más


Inclusión de primera vez

6.435

Inclusión reincorpora electores con cédula anterior caduca

4.127

Otras inclusiones (incorporación de naturalizados, etc.)

15

Menos


Exclusión de electores por defunción

1.931

Exclusión de electores por caducidad de inscripción

2.920

Otras exclusiones

7

ELECTORES INSCRITOS EN EL PAÍS

3.190.932

ELECTORES EN EL EXTRANJERO

23.446

TOTAL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL ABRIL  2016

3.214.378

Variación neta respecto al periodo anterior.

5.719.".


Se dispone: Tener por rendido el informe; continúese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Informe sobre condena en costas, daños y perjuicios en amparo de legalidad. Del señor Edgar Mauricio Valverde Segura, Abogado de la Procuraduría General de la República, se conoce oficio n.° ADPb-4968-2016 del 25 de mayo de 2016, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 27 de mayo de 2016, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Siguiendo instrucciones de la MSc. Maureen Medrano Brenes, Procuradora Adjunta, le informo que por medio de la sentencia N° 1266-2016 de las 14:00 horas del 19 de mayo del 2016, dictada por el Tribunal Contencioso Administrativo (de la cual le adjunto copia), se declaró con lugar el proceso de amparo de legalidad (…) tramitado bajo el expediente N° 15-007155-1027-CA, por violación al derecho a un procedimiento administrativo pronto y cumplido.

La parte actora interpuso la demanda contencioso administrativa por la falta de respuesta de la solicitud de naturalización presentada 5 [sic] de marzo del 2014.

En la contestación de la demanda esta representación señaló que la gestión fue resuelta por el Departamento [sic] de Opciones y Naturalizaciones mediante la resolución N° 9085 de las 8:44 horas del 21 de diciembre del 2015; sin embargo, el Tribunal consideró que fue dictada y notificada fuera del plazo otorgado al efecto en el auto de traslado.

Por lo tanto, si bien se tuvo por atendida la gestión, se condenó al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios.".

Se dispone: Tomar nota. Hágase del conocimiento de la Dirección General del Registro Civil y del Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO OCTAVO. ASUNTOS DE LA JURISDICCIÓN ELECTORAL.

A) Corrección del “Reglamento de la Sección Especializada del Tribunal Supremo de Elecciones que tramita y resuelve en primera instancia asuntos contencioso-electorales de carácter sancionatorio”. Se dispone: Visto que el “Reglamento de la Sección Especializada del Tribunal Supremo de Elecciones que tramita y resuelve en primera instancia asuntos contencioso-electorales de carácter sancionatorio” fue promulgado en la sesión de este Tribunal n.º 48-2016, celebrada el 31 de mayo de 2016, que su artículo tercero presenta algunas omisiones que conviene subsanar y que el Reglamento no ha sido aún objeto de publicación, se ordena la respectiva corrección en orden a que se lea de la siguiente manera:

“Artículo 3.- Designación de los miembros. La designación de los miembros de la Sección Especializada será por períodos de seis meses.

Integrarán la Sección los tres Magistrados suplentes de mayor antigüedad, siendo sustituidos luego de vencido el plazo de su designación por los restantes tres Magistrados suplentes. Ese orden de renovación se hará de forma sucesiva.

Si, durante su designación como miembro de la Sección, un Magistrado suplente es llamado a integrar el Pleno propietario, en razón de lo prescrito en los ordinales  100 de la Constitución Política y 13 del Código Electoral, deberá ser sustituido previo sorteo y por el resto del período por otro de los Magistrados suplentes.

Durante las ausencias temporales de alguno de los integrantes de la Sección Especializada, será llamado a ejercer el cargo, por sorteo, alguno de los Magistrados suplentes que no se encuentre designado. Quedará comprendido dentro de ese supuesto de ausencia temporal el lapso en el que un integrante de la Sección Especializada haya sido llamado a suplir, por más de un mes en forma continua, a uno de los miembros propietarios del Tribunal.

Si llegado el tiempo de renovar la integración de la Sección Especializada, uno o varios de los Magistrados suplentes a los que les corresponde asumir funciones se encuentran integrando el Pleno propietario (por la ampliación prevista constitucional y legalmente), entonces se realizará un sorteo -entre los demás Magistrados suplentes habilitados- a fin de completar el quórum de tres jueces. Tal designación lo será por el lapso en el que al miembro que le correspondía integrar la Sección Especializada se encuentre nombrado en el Pleno propietario.

Los miembros de la Sección Especializada únicamente devengarán las dietas que correspondan a las sesiones a las que efectivamente concurran.”.

Publíquese el Reglamento en el Diario Oficial incorporando la referida corrección. Notifíquese este acuerdo a las mismas personas e instituciones indicadas en su antecedente.  ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.





Luis Antonio Sobrado González





Eugenia María Zamora Chavarría





Max Alberto Esquivel Faerron