ACTA N.º 19-2014


Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las doce horas del once de febrero de dos mil catorce, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Marisol Castro Dobles y Fernando del Castillo Riggioni.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS 2014.

A) Informe ejecutivo sobre los resultados del operativo Elecciones Presidenciales 2014. Del señor Miguel Carmona Jiménez, Presidente de la Cruz Roja Costarricense, se conoce oficio n.° 0080-02-14 Pres del 4 de febrero de 2014, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Como entes [sic] de colaboración en los actos cívicos de cada cuatro años, me permito enviarle un informe ejecutivo sobre los resultados del Operativo Elecciones Presidenciales 2014 que llevó a cabo esta Benemérita Institución desde el momento que iniciamos hasta concluir el Domingo 02 de febrero.

Estamos listos para la segunda ronda pues por supuesto esto genera una inversión institucional para mantener un número significativo de profesionales y técnicos durante el mismo, en alimentación, médico quirúrgicos, vehículos, combustible, etc., a nivel nacional que, aunque no hubo nada delicado, ni problemas en las diferentes tendencias políticas, se atendió un total de 21 pacientes en los centros de votación del  país, con cinco traslados a hospitales.

Le adjunto el Plan Operativo “Proceso Electoral 2014: Elecciones Nacionales Presidencia de la República de Costa Rica 2 de febrero del 2014” [sic], para su conocimiento.".

Se dispone: Agradecer al señor Carmona Jiménez y a la Cruz Roja Costarricense por su valioso y desinteresado aporte al proceso electoral. Pasen los referidos documentos a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y al Programa Electoral de Seguridad Electoral para lo que corresponda. ACUERDO FIRME.

B) Denuncia contra los Delegados ad honorem por infracción al Código Electoral. De la señora Olga Marta Sánchez Oviedo, Secretaria General del partido Acción Ciudadana, se conoce memorial del 6 de febrero de 2014, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual plantea denuncia contra delegados de este Tribunal.

Se dispone: Para lo de su cargo, pase a la Inspección Electoral. ACUERDO FIRME.

C) Retiro de fiscales del escrutinio del partido Liberación Nacional. Del señor José Javier Vega Araya, Secretario de Asuntos Electorales del Partido Liberación Nacional, se conoce oficio n.° SAE-413 del 7 de febrero de 2014, recibido el día siguiente vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"El suscrito, José Javier Vega Araya, cédula de identidad número 1-0540-0788, en mi condición de Secretario de Asuntos Electorales y Fiscal ante el Tribunal Supremo de Elecciones del Partido Liberación Nacional, según consta en la resolución PAF-030-2013, de fecha 12 de noviembre de 2013, a Ustedes con todo respeto manifiesto:

Desde el pasado 28 de enero, el Partido Liberación Nacional acreditó ante el Tribunal Supremo de Elecciones, quince fiscales para participar en las sesiones de escrutinio definitivo de votos.

Por haberse cumplido el supuesto de existir una diferencia de menos del 2% entre la papeleta más votada y la que ocupa el segundo lugar, el Tribunal decidió realizar el recuento manual de los sufragios; no obstante que ambas papeletas se encuentran lejos del 40% necesario para ganar la elección presidencial, y alejadas también de la papeleta que ocupó el tercer lugar.

Desde el primer día de escrutinio hasta el día de hoy, el Partido ha estado presente y participando activamente en el escrutinio.

Las sesiones de escrutinio han transcurrido en un clima cordial, de camaradería con los fiscales de otros partidos políticos, sin ninguna incidencia relevante, donde destaca la excelente organización y eficiencia del personal del Tribunal Supremo de Elecciones y de sus Magistrados.

En aras de agilizar el proceso de escrutinio definitivo de votos de la elección presidencial, considerando que, alcanzado este punto, no cambiará significativamente el resultado obtenido según informe del programa electoral de Transmisión de Datos, y reiterando la absoluta confianza en nuestro máximo Organismo Electoral, por economía procesal el Partido ha decidido retirar temporalmente a sus fiscales, e insta a los demás partidos a dejar el escrutinio presidencial en manos exclusivas del Tribunal.

Los fiscales acreditados se harán presentes nuevamente al iniciar el escrutinio de votos para la elección de diputados.

(…)".

Se dispone: Tomar nota. Hágase del conocimiento de la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y de la encargada del Programa Electoral de Escrutinio. ACUERDO FIRME.

D) Autorización de contrataciones mediante el artículo 304 del Código Electoral. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-135-2014 del 10 de febrero de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Ante la realización de una segunda vuelta electoral, el domingo 6 de abril de 2014, se requiere la contratación de algunos materiales necesarios para que los programas electorales y las juntas receptoras de votos, puedan desempeñar su función adecuadamente.

En razón de que el tiempo con que se cuenta para atender esta segunda votación es corto y que los procesos de contratación llevan implícitos plazos legales, se requiere la compra de los siguientes materiales a la mayor brevedad posible.

Producto

Cantidad requerida

Proveedor en la última contratación

Costo total

Gafete tipo sticker adhesivo

20.000 (6.000 para Guías electorales y 14.000 para auxiliares electorales)

Mundo Creativo S.A.

¢ 500.000

Etiqueta adhesiva para carné de fiscal

5.000 unidades

MULTISA S.A

¢ 200.000

Carné para integrantes de junta receptora de votos

15.500 unidades

Mundo Creativo S.A

¢ 124.000

Formulario Sustituciones de integrantes de junta receptora de votos

100 block

Formularios Standard Costa Rica S.A

¢ 200.000

Sobre lacrado para transmisión de datos

12.000 unidades

R.R. Donnelley

¢ 247.200

Bolsas plásticas sin fuelle

7.000

Corporación DECAPRIM S.A

¢ 2.205.000

Hotel

Hospedaje, alimentación, transporte, obsequios para observadores internacionales, cena de gala y sesión solemne de transmisión de datos

Aurola Holiday Inn

$ 56.731,99


De darse la autorización, se podría contar con estos bienes y servicios de manera rápida favoreciendo con ello el proceso de empaque de material electoral y otros procesos como las sustituciones de fiscales y miembros de mesa. 

Por otra parte, en razón del accidente ocurrido el pasado lunes 3 de febrero con el helicóptero que trasladaba el material electoral de la zona indígena Chirripó, se requiere contratar el servicio de alquiler de un helicóptero para el traslado de material electoral a zonas indígenas, con el siguiente detalle:

Proveedor

Horas de vuelo

Costo

Aerodiva S.A.

5.6

$12.824,00


El costo incluye: piloto y copiloto, personal de apoyo, combustible, traslado de combustible y seguros para pasajeros, la carga y el equipo que este [sic] viajando en el helicóptero. Se recomienda la citada empresa ya que en elecciones anteriores y para los viajes que realiza la Coordinación de Servicios Regionales esta empresa ha ofrecido el servicio a satisfacción de los usuarios.

Por lo anterior, respetuosamente solicito se eleve a conocimiento del Superior para que se autorice a esta Dirección a realizar la contratación de los bienes y servicios indicados con base en la facultad establecida en el artículo 304 del Código Electoral.".

Se dispone: Conforme a las valoraciones expuestas por el señor Fernández Masís, aprobar la realización de las contrataciones para proveerse de los bienes y servicios referidos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 304 del Código Electoral, sin emitir juicio en relación con eventuales adjudicatarios y precisando que los procedimientos que en consecuencia se ejecuten, quedan bajo responsabilidad de las correspondientes instancias administrativas. ACUERDO FIRME.

E) Transmisión de datos electorales de las elecciones nacionales de 2014. Del señor Bernal Jiménez Monge, Presidente del partido Liberación Nacional, se conoce memorial del 7 de febrero de 2014, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 10 de febrero de 2014, mediante el cual literalmente manifiesta:

"[…] por acuerdo del Comité Ejecutivo Superior Nacional del Partido Liberación Nacional, de manera muy atenta y respetuosa hacemos formal solicitud a ese Honorable Tribunal para que haga públicas las cifras finales, o sea el cien por ciento de los votos emitidos en el proceso electoral recién pasado, ya que hasta ahora sólo se conoce el noventa por ciento del mismo.

De antemano extendemos a este Tribunal nuestro agradecimiento por la consideración de esta solicitud.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- La Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos pondrá a disposición del partido gestionante y de todos los demás que lo soliciten, los mensajes de trasmisión correspondientes a la elección de diputados que no fueron susceptibles de procesar. Se advierte que por errores en la elaboración de esos mensajes, por parte de las respectivas juntas, es que, precisamente, no resultaron procesables. Notifíquese a todos los partidos políticos. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Renuncia del señor Billy Araya Olmos. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0242-2014 del 5 de febrero de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, remito el memorando número STSE-0134-2014 de la Secretaría General del Tribunal, con el que se adjunta la nota del pasado 31 de enero que suscribe el señor Billy Araya Olmos, a través de la cual presenta renuncia al cargo que ostenta en esta institución.

El señor Araya Olmos ingresó a laborar al Tribunal el 16 de febrero de 2000, tiene nombramiento en propiedad como oficinista 2 en la Contraloría Electoral y desde el 16 de mayo de 2010 inició el disfrute de una licencia sin goce de salario para laborar en el Poder Judicial, concesión que finalizaba el 31 de enero pasado. En virtud de esto último, el 27 de enero presentó ante este despacho un escrito para solicitar que se le extendiera tal licencia por un mes más. Sin embargo, dado que no respaldó su petición con documentación idónea que demostrara la continuidad de su nombramiento en esa otra institución, el Tribunal acordó en sesión 12-2014 del 30 de enero, oficio STSE-0217-2014 de igual fecha, declarar sin lugar su gestión.

Así las cosas, siendo que la licencia que disfrutaba finalizó el mes pasado y que no existe interés de su parte para regresar a este organismo electoral, se podría considerar su renuncia con rige a partir del 1° de febrero en curso.".

Se dispone: Tener por presentada la renuncia del señor Araya Olmos, en los términos propuestos por el señor Carías Mora. ACUERDO FIRME.

B) Cambio de fecha de rige en nombramiento interino. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0250-2014 del 6 de febrero de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En sesión 16-2014 celebrada el pasado 4 de febrero, oficio STSE-0526-2014 de igual fecha, el Tribunal Supremo de Elecciones aprobó el nombramiento interino de la señora Milena Gabriela Valverde Rodríguez en una plaza de Asistente Administrativo 2 en la Oficina Regional de Alajuela, con rige a partir del día siguiente del acuerdo que así lo autorizara y hasta el 31 de diciembre de 2014 o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. Siendo que el referido acuerdo el [sic] Tribunal fue del día 4 de febrero, se entiende entonces que la fecha de ingreso de la nueva colaboradora sería para el 5 de febrero.

No obstante, para lo que a bien tenga resolver el Tribunal adjunto remito el oficio número ORAL-227-2014 de ayer que suscribe el Lic. Walter Villalobos Zúñiga, jefe de la citada sede regional, a través del cual y en virtud de los motivos que se sirve exponer, solicita que se traslade la fecha de ingreso de la señora Valverde Rodríguez para el 6 de febrero en curso [sic].".

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

C) Nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0270-2014 del 10 de febrero de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración los oficios que suscriben diferentes jefaturas de la institución, a través de los cuales solicitan los nombramientos interinos que seguidamente se detallan:

OFICINA / DEPARTAMENTO

NÚMERO Y CLASE

DEL PUESTO

CONDICIÓN DE LA PLAZA

CANDIDATO (A) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO

  1. Sección de Análisis

45741,

Técnico Funcional 2

Plaza de cargos fijos que se encuentra temporalmente vacante en virtud de la licencia sin goce de salario otorgada a la titular del cargo.

Esteban Somarribas Zamora,

16-FEB al 15-JUN de 2014 o hasta que la titular de la plaza regrese a ocuparla, lo que ocurra primero.  El candidato es propietario de una plaza de oficinista 1 en el Departamento Electoral y tuvo un ascenso interino a un puesto idéntico al que ahora interesa en la Sección de Análisis hasta el 9 de febrero en curso.

  1. Dirección Ejecutiva

370681,

Profesional Asistente 1

Plaza de Servicios

Especiales.

Xiomara Arce Cabrera,

16-FEB al 31-DIC de 2014. La candidata es propietaria de una plaza de Asistente Funcional 3 en la Dirección Ejecutiva, aunque desde enero de 2011 labora interinamente en un puesto de Técnico/a Funcional 2 en el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos.

  1. Dirección Ejecutiva

370686,

Asistente Administrativo 1

Plaza de Servicios

Especiales.

Diana Jazmín Gómez Vargas,

16-FEB al 31-DIC de 2014.   La candidata labora en un puesto idéntico en esa misma Dirección.

  1. Archivo del Tribunal

370666,

Asistente Administrativo 1

Plaza de Servicios

Especiales.

Marlon Anthony Sancho Quirós,

16-FEB al 31-DIC de 2014.   El candidato labora en un puesto idéntico en esa misma sección.

  1. Oficina de Seguridad Integral

76477,

Asistente Administrativo 2

Plaza de cargos fijos que se encuentra temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria a un cargo de mayor nivel.

Róger Espinoza Artavia,

16-FEB al 31-MAY de 2014 o hasta que la titular de la plaza regrese a ocuparla, lo que ocurra primero.  El candidato labora en un puesto de Asistente Administrativo 1 en la Sección de Archivo.

  1. Sección de Opciones y Naturalizaciones

45686,

Asistente Funcional 2

Plaza de cargos fijos que se encuentra temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria a un cargo de mayor nivel.

Ana Isabel Gutiérrez Castro,

16-FEB al 31-DIC de 2014 o hasta que la titular de la plaza regrese a ocuparla, lo que ocurra primero.  La candidata labora en un puesto de Asistente Funcional 1 en la Sección de Archivo.


Los candidatos que se proponen forman parte de los registros de elegibles actualmente vigentes para ese tipo de puestos o bien han acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el Manual Descriptivo de Clases de Puestos para las plazas que se indican, siendo que además cuentan con interés y disponibilidad para los eventuales nombramientos interinos.

Si el Tribunal no tiene objeciones, los nombramientos que se proponen en el cuadro se podrían autorizar con fundamento en los artículos 9, 22, 34 y 36 del reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría en los puestos, oficinas y por los períodos que se citan en el cuadro. En cuanto a los nombramientos en plazas de Servicios Especiales, se sugiere que se efectúen por el plazo de la vigencia presupuestaria que cada una de ellas tiene.

Puede apreciarse que las solicitudes de nuevos nombramientos cuentan, cuando así corresponde, con el visto bueno de los respectivos superiores jerárquicos.".

Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual, eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

D) Renuncia del funcionario Jose Daniel Gutierrez Peña. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0266-2014 del 7 de febrero de 2014, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 10 de febrero de 2014, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, remito la nota de ayer que suscribe el señor José Daniel Gutiérrez Peña, con la cual presenta renuncia al cargo que ocupa en la institución dados los motivos que se sirve exponer.

El señor Gutiérrez ingresó a laborar a este organismo electoral el pasado 2 de enero nombrado interinamente en una plaza de conserje electoral de servicios especiales dispuesta para el programa de escrutinio.  Si bien él es parte del registro temporal para plazas de oficinista, aceptó una propuesta para laborar como conserje electoral por el período comprendido entre el 16 de enero y el 15 de junio del año en curso.  Sin embargo, luego de que inició funciones, concretamente el día 23 de enero, presentó una epicrisis de la que se deduce que tiene una lesión en el hombro derecho causada aparentemente por un accidente de tránsito. En virtud de ello y siendo que la manipulación de sacos con material electoral podría propiciar un agravamiento de su lesión,  el Departamento de Programas Electorales lo remitió a la Sección de Servicios Generales a fin de que colaborara en funciones en las que su lesión no fuera problema. Sin embargo, aún así el señor Gutiérrez Peña estima que sus labores actuales igual podrían ocasionarle alguna complicación a futuro, por lo que prefiere renunciar a su cargo con rige, según indica, a partir del mediodía de ayer 6 de febrero.

El funcionario aún se encuentra en el período de prueba de tres meses que señala nuestra Ley de Salarios y su respectivo reglamento, lapso dentro del cual, según indica esa normativa,  “… cualquiera de las partes puede ponerle fin al contrato de trabajo sin previo aviso y sin responsabilidad de ningún tipo.".

Se dispone: Tener por presentada la renuncia del señor Gutiérrez Peña. ACUERDO FIRME.

E) Renuncia del funcionario Ariel Lorenzo Martínez. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0271-2014 del 10 de febrero de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, remito la nota de hoy que suscribe el señor Ariel Lorenzo Martínez, a través de la cual presenta renuncia a partir del miércoles 12 de febrero en curso al cargo que ocupa en el Departamento de Programas Electorales, dados los motivos que se sirve exponer.

El señor Lorenzo Martínez ingresó a laborar el pasado 2 de enero en una plaza de oficinista 1 de servicios especiales, con un nombramiento interino que se mantendría vigente hasta el próximo 31 de mayo. Siendo así, aún se encuentra en el período de prueba de tres meses que señala nuestra Ley de Salarios y su respectivo reglamento, lapso dentro del cual, según indica esa normativa,  “… cualquiera de las partes puede ponerle fin al contrato de trabajo sin previo aviso y sin responsabilidad de ningún tipo.”.".

Se dispone: Tener por presentada la renuncia del señor Lorenzo Martínez. ACUERDO FIRME.

F) Permiso con goce de salario de la señora Magistrada Castro Dobles. La señora Magistrada Castro Dobles solicita verbalmente se le conceda el disfrute del beneficio establecido en el artículo 31 del Reglamento Autónomo de Servicios de estos organismos electorales para la tarde del miércoles 12 de febrero de 2014.

Sale del salón de sesiones la señora Magistrada Castro Dobles.

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. Para sustituirla, se designa a la señora Magistrada suplente Zetty María Bou Valverde, prescindiendo de la realización de sorteo, toda vez que los demás Magistrados suplentes se encontrarán en labores de escrutinio esa misma tarde. ACUERDO FIRME.

Reingresa al salón de sesiones la señora Magistrada Castro Dobles.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Plan de capacitación 2014. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-0267-2014 del 5 de febrero de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante memorando n. º RH-057-2014 del 27 de enero del año en curso, la Licenciada Kattya Varela Gómez, Encargada a.i del Área de Capacitación del Departamento [sic],  presentó, en esta Dirección,el [sic] Plan Anual de Capacitación 2014, el cual, cuenta con la revisión y aval de la Licenciada Jocelyn Brown Pérez, Subjefa del Departamento de Recursos Humanos. Este plan muestra la distribución de recursos destinados a esa actividad de acuerdo con los subprogramas presupuestarios 850-01 y 850-02, según se detalla a continuación:

       850-01: Auditoría, Banco de facilitadores internos, Contaduría, Comité Central de Emergencias, Desarrollo y fortalecimiento integral del recurso humano, Materia administrativa y legal, Materia de Género y Ley 7600 y Servicios médicos y odontológicos.

       850-02: Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, Departamento  de Programas Electorales, Dirección General de Estrategia Tecnológica, Dirección General del Registro Electoral, Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED) y Elecciones 2014: Contratación de capacitación (IFED).

La propuesta que se presenta, tiene su origen en los requerimientos que consideraron las diferentes unidades administrativas, incluidas las oficinas regionales, en su Plan Operativo Anual para el presente año.

El fin primordial de este plan es lograr que la capacitación sea una herramienta de retroalimentación y aprendizaje, que facilite el desarrollo de las aptitudes, habilidades y actitudes del recurso humano, con el fin de que se desenvuelva con mayor eficiencia y eficacia en sus funciones. Su aplicación deberá darse conforme a las prioridades institucionales y sin que se afecte el servicio público.

Ahora bien, de lo que se expone en el Plan Anual de Capacitación 2014, específicamente en el punto 2, esta dirección prohíja la sugerencia de dar prioridad a las actividades de capacitación que puedan ser realizadas haciendo uso de recursos institucionales internos, especialmente en temas de Calidad, Desarrollo de Habilidades y Electorales.

En este sentido, también se respalda lo citado en el punto 4. Prioridades, en lo que se refiere a la necesidad de profesionalizar a las personas funcionarias que integren el Banco de Facilitadores, ya que esto causaría un efecto multiplicador del conocimiento y un mejor aprovechamiento de los recursos económicos destinados para tal fin.

Por consiguiente, en virtud de que el plan se orienta al cumplimiento de los Objetivos, Misión y Visión de este Tribunal, así como de las metas de las diferentes unidades que lo conforman y dado que la subpartida 10701 “Actividades de Capacitación” cuenta con contenido económico necesario, se procede a remitirlo al Superior conforme  lo estipula el inciso q) del artículo segundo del Reglamento de esta Dirección, recomendando su aprobación en los términos indicados.".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

B) Informe respecto a estudio especial realizado por la Auditoria Interna en Informe n° IES-01/2014. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-283-2014 del 6 de febrero de 2014, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual de conformidad con lo dispuesto en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 6-2014 celebrada el 23 de enero de 2014 por este Tribunal rinde informe relativo a estudio especial realizado por la Auditoría Interna en informe n.° IES-01/2014.

Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge. En consecuencia, se tienen por aprobadas las recomendaciones planteadas por la Auditoría Interna en su informe n.º IES-01/2014. Proceda el Departamento Legal a rendir informe en el plazo de diez días hábiles sobre lo expuesto por el señor Rodríguez Siles en su recomendación n.º 4.4. Tomen nota para lo de sus respectivos cargos las Direcciones Ejecutiva y General de Estrategia Tecnológica, la Secretaría General de este Tribunal, los jefes de los subprogramas presupuestarios y los Letrados de este Tribunal. ACUERDO FIRME.

C) Informe sobre suspensión parcial de contrato. De los señores Francisco Rodríguez Siles, Armenia Masís Soto y Ronny Jiménez Padilla, Directores Ejecutivo y General a. i. de Estrategia Tecnológica y Jefe a. i. del Departamento Legal, respectivamente, se conoce oficio n.° DE-315-2014 del 7 de febrero de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"El Tribunal, en acuerdo tomado en sesión ordinaria n.º12-2014, del 30 de enero de 2014, comunicado mediante oficio STSE-0221-2014 de misma fecha, dispuso que la Dirección Ejecutiva, la Dirección General de Estrategia Tecnológica y el Departamento Legal, en conjunto, informemos sobre la solicitud de suspensión de la ejecución contractual que plantea el Órgano Fiscalizador del subítem 3 del contrato para la “Modernización del Sistema de Información Electoral”, cuyo objeto es la elaboración de una aplicación o sistema para el “Traslado Electoral para Voto en el Extranjero”. En virtud de lo anterior, se rinde el informe en los siguientes términos:

Conforme se indica, el Órgano Fiscalizador colegiado del referido subítem contractual, conformado por los funcionarios Patricia Chacón Jiménez, Erick Schmidt Fonseca e Ingrid Paola Chaves Mora, solicitó al Tribunal que autorice una suspensión del plazo de ejecución pactado para ese subítem, por el plazo de dos meses con posibilidad de ampliarla según las circunstancias, hasta por el máximo permitido reglamentariamente. Lo anterior, debido a que ese Órgano Fiscalizador, mediante oficio FSIE-017-2013 del 23 de diciembre de 2013, aprobó la petición de cambio que le planteó el usuario (Jefatura del Departamento Electoral) del subítem, quien requirió que esa aplicación se integrara en forma automática con el “Sistema Integrado de Cédula de Identidad”, en lugar de que se realice en forma manual.

Así las cosas, como literalmente señala el Órgano Fiscalizador en la solicitud de autorización que plantea, obedece a que el contratista, para que logre la integración automática de la aplicación objeto del contrato al SERSICI   “… es necesario que la contraparte técnica del TSE entregue al Contratista (sic) la interface que permita realizar dicha integración entre este sistema y el SERSICI, la cual a la fecha no ha sido provista… [sic]

Ahora bien, para que el Tribunal pueda decretar una suspensión como la que nos ocupa, el sustento jurídico lo encontramos en el artículo 202 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Esta norma faculta a la Administración para que una vez que un contrato adquiera eficacia y se encuentre en ejecución como es el caso concreto este pueda ser objeto de suspensión hasta por seis meses, con posibilidad de una prórroga de hasta por otro período igual, atendiendo para ello a cualquiera de las siguientes circunstancias: interés público, interés institucional, o causas imprevistas o imprevisibles al momento de la ejecución contractual.

Una vez que la Administración esté clara respecto de los motivos o circunstancias que ameritan la suspensión, corresponderá al Jerarca o al titular subordinado competente dictar una resolución administrativa debidamente motivada en la que, en términos generales, se acredite lo siguiente:

       Los motivos de interés público, institucionales o imprevisibles, que originan la decisión de suspender la ejecución contractual.

       El plazo específico de la suspensión. En este sentido se entenderá que, de decretarse, esta regirá a partir de la notificación oficial al contratista de la resolución respectiva, por lo que el reinicio o reactivación de la ejecución contractual se entenderá a partir del día inmediato siguiente al último del plazo de suspensión.

       Detalle claro y preciso del estado (avance) de la ejecución contractual que hasta ese momento se tenga. En este aspecto resulta relevante que se precise si el contratista está o no en mora respecto a dicho avance según lo pactado.

       Referencia en forma expresa y detallada, sobre las medidas que el Órgano Fiscalizador adoptará para garantizar el equilibrio financiero del contrato.

Siendo que, conforme se indica líneas atrás, el Órgano Fiscalizador, mediante el referido oficio FSIE-017-2014, aprobó la petición del usuario que nos ocupa, los suscritos recomendamos lo siguiente:

a) Que el Órgano Fiscalizador, en el plazo de tres días hábiles, documente la información desglosada en los cuatro puntos del párrafo anterior [sic] y, de inmediato, la remita al Departamento Legal como insumo para que este elabore el proyecto de resolución respectivo, a fin de elevarlo a conocimiento del Tribunal para lo de su cargo. Asimismo, se recomienda autorizar al Departamento Legal para que requiera a dicho Órgano Fiscalizador o a quien corresponda, la información que considere pertinente para efectos de la elaboración del citado proyecto de resolución.

b)        Que el Órgano Fiscalizador indique, en forma expresa, que con la eventual suspensión no se verá menoscabado el interés público para el cual se tramitó la contratación de este subítem.   

Rendimos de esta forma el informe ordenado, el cual se eleva a conocimiento del Tribunal para lo que corresponda.".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.

A) Autorización para firma de certificaciones en oficinas regionales de Grecia y Liberia. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. i. del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0106-2014 del 6 de febrero de 2014, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Respetuosamente elevo a conocimiento del Tribunal, los oficios CSR-084-2014 y CSR-086-2014, del 01 y 04 de febrero de este año respectivamente, suscritos por el señor Rodolfo Villalobos Orozco,  Jefe  de la Sección de Coordinación [sic] de Servicios Regionales, mediante el cual solicita autorización para que la funcionaria de la Oficina Regional de Grecia, Evelyn María Rojas Núñez y el funcionario de la Oficina Regional de Liberia, Jairo Luis Apu Murillo,  puedan firmar certificaciones.

Sobre el particular y con la finalidad de no desmejorar el servicio al público, el suscrito muy respetuosamente solicita al Superior, se concedan las autorizaciones requeridas por el señor Villalobos Orozco.".

Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a los referidos funcionarios para que firmen certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial. Para esos efectos regístrense las firmas y los sellos que utilizarán. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.

A) Solicitud de aumento semestral para el primer semestre de 2014. De los señores Ilenia Ortiz Ceciliano y Gerardo Zamora Ramírez, Secretarios General y de Finanzas de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), respectivamente, se conoce oficio n.° UNEC-05-2014 del 6 de febrero de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"Esta organización ve con preocupación lo que está ocurriendo en relación con el aumento salarial decretado por el Ejecutivo para el primer semestre de este año, ya que ha producido una molestia generalizada en los funcionarios institucionales, más aún si se considera el esfuerzo y dedicación que la población laboral dedicó para la realización de los comicios electorales que recién pasó [sic].

Estamos seguros que ese Tribunal es consciente del esfuerzo realizado por sus funcionarios para que las labores civiles y electorales se realicen [sic] en forma adecuada, razón por la cual solicitamos se conceda a las personas que trabajamos en esta Institución al menos un 2.5% de ajuste salarial; porcentaje que consideramos razonable y proporcionado a lo dispuesto en el presupuesto Institucional.".

Se dispone: Adiciónese al estudio encargado a la Dirección Ejecutiva en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.° 17-2014, comunicado mediante oficio n.° STSE-0281-2014 del 6 de febrero de 2013. ACUERDO FIRME.

A las trece horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González





Eugenia María Zamora Chavarría





Max Alberto Esquivel Faerron





Marisol Castro Dobles





Fernando del Castillo Riggioni