ACTA Nº 60-2011

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del veintitrés de junio de dos mil once, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría y el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron.

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.
Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por el señor Magistrado Sobrado González, quien no participó de dicha sesión.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACION DE PERSONAL.
A) Solicitud de adelanto de vacaciones de la funcionaria Elizabeth Rodríguez Brenes. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1178-2011 de fecha 17 de junio de 2011, recibido el 20 de junio en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:
“Para lo que a bien tenga resolver el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración la nota del pasado 9 de junio que suscribe la señora Elizabeth Rodríguez Brenes, funcionaria de la Sección de Inscripciones, mediante la cual solicita autorización para disfrutar un adelanto de 14 días de vacaciones en virtud de los motivos que se sirve exponer.
La señora Rodríguez Brenes adquiere derecho al período 2010-2011 el próximo 1° de agosto; sin embargo, de dicho período, que es de 25 días, ya disfrutó en enero pasado un adelanto de 19.5 días por las mismas razones que ahora señala y también 3 días en Semana Santa.  Lo anterior implica que su saldo al 1° de agosto de este año es de 2.5 días y que de ellos, al 5 de julio entrante, tendrá derecho a únicamente ½ día proporcional.  Su solicitud contempla entonces el adelanto de ese mediodía y además otros 13.5 días a los que aún no adquiere derecho ni en forma proporcional, pues serían 2 del período 2010-2011 que completa el 1° de agosto de este año y 11.5 del período 2011-2012 que adquiere el 1° de agosto del año entrante.
Puede apreciarse que su gestión cuenta con la anuencia tanto de su jefe inmediato como de la Dirección General del Registro Civil.”.
Se dispone: Dadas las razones que aduce la señora Rodríguez Brenes, por excepción conceder las vacaciones a título de adelanto. ACUERDO FIRME.
B) Nombramientos interinos por sustitución en la Sección de Solicitudes Cedulares. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1198-2011 de fecha 21 de junio de 2011, recibido ese día en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:
“Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración el oficio número SC-176-2011 recibido hoy en este despacho que suscribe el Lic. Ricardo Mc Donald Umaña, Jefe de la Sección de Solicitudes Cedulares, quien informa que el señor Martín Fernando Rodríguez Rojas, Coordinador de Apoyo de esa unidad administrativa, se encuentra incapacitado por los servicios médicos de la Caja Costarricense de Seguro Social desde la semana pasada y hasta el próximo 17 de julio, con posibilidades de prórroga.
Ante tal situación solicita que en la plaza del señor Rodríguez Rojas se ascienda en forma interina al servidor José Rolando Umaña Torres, quien labora en propiedad como Auxiliar de Operación en esa misma oficina y que en sustitución de este último se nombre también interinamente al señor Allan Rojas Núñez, que si bien no labora actualmente para la institución, sí lo hizo hasta diciembre pasado en puestos de similar categoría y posee experiencia en las tareas a realizar.
Puede apreciarse que la gestión cuenta con la anuencia de la Dirección General del Registro Civil y el aval presupuestario de parte de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría. Por consiguiente, si el Tribunal no tiene objeciones, los nombramientos pretendidos bien pueden aprobarse con fundamento en el artículo 9 del reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría en los puestos que se citan, a partir de la firmeza del acuerdo que así lo autorice y por el período que se prolongue la incapacidad del señor Rodríguez Rojas.”
Se dispone: Aprobar los nombramientos interinos conforme se propone. ACUERDO FIRME.
C) Renuncia por pensión del funcionario Carlos Espinoza Hernández. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1176-2011 de fecha 14 de junio de 2011, recibido el 21 de junio en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:
“Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, me permito elevar a consideración la nota recibida el pasado 14 de junio en este despacho que suscribe el señor Carlos Espinoza Hernández, quien posee una plaza en propiedad de Coordinador de Apoyo en el Departamento Civil, mediante la cual presenta la renuncia a su cargo para acogerse al beneficio de pensión por el régimen general de pensiones Ley Marco (Ley No. 7302 del 15 de julio de 1992).
El señor Espinoza Hernández labora para este organismo electoral desde el 2 de enero de 1980 y desea que su cese de funciones sea efectivo a partir del 1° de julio del presente año, motivado para ello en la resolución DNP-REA-631-2011 que emitió la Dirección Nacional de Pensiones a las nueve horas del 11 de marzo de 2011.
Solicita asimismo el pago tanto de las prestaciones legales que pudieran corresponderle de acuerdo con la legislación laboral vigente, como de las vacaciones que no haya disfrutado a la fecha de su retiro.”.
Se dispone: Se tiene por presentada la renuncia del señor Carlos Espinoza Hernández, a quien se le dan las gracias por los eficientes servicios prestados durante tantos años a este Tribunal, deseándole el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida. Proceda la Contaduría a realizar los cálculos de rigor para el pago de las prestaciones legales que pudieran corresponderle, así como de las vacaciones a que tenga derecho a la fecha de su retiro, cuyo informe trasladará oportunamente al Departamento Legal, para la confección del respectivo proyecto de resolución. ACUERDO FIRME.
D) Renuncia por pensión del funcionario Wilmer Herrera Durán. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1209-2011 de fecha 22 de junio de 2011, recibido ese día en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:
“Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, me permito elevar a consideración la nota recibida el pasado 20 de junio en este despacho que suscribe el señor Wilmer Herrera Durán, quien posee una plaza en propiedad de Coordinador de Apoyo en la Sección de Inscripciones, mediante la cual presenta la renuncia a su cargo para acogerse al beneficio de pensión por el régimen general de pensiones Ley Marco (Ley No. 7302 del 15 de julio de 1992).
El señor Herrera Durán labora para este organismo electoral desde el 1° de marzo de 1979 y desea que su cese de funciones sea efectivo a partir del 1° de julio del presente año, motivado para ello en la resolución DNP-OA-404-2011 que emitió la Dirección Nacional de Pensiones a las nueve horas del 18 de febrero de 2011.
Solicita asimismo el pago tanto de las prestaciones legales que pudieran corresponderle de acuerdo con la legislación laboral vigente, como de las vacaciones que no haya disfrutado a la fecha de su retiro.”
Se dispone: Se tiene por presentada la renuncia del señor Wilmer Herrera Durán, a quien se le dan las gracias por los eficientes  servicios prestados durante tantos años a este Tribunal, deseándole el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida. Proceda la Contaduría a realizar los cálculos de rigor para el pago de las prestaciones legales que pudieran corresponderle, así como de las vacaciones a que tenga derecho a la fecha de su retiro, cuyo informe trasladará oportunamente al Departamento Legal, para la confección del respectivo proyecto de resolución. ACUERDO FIRME.
E) Encargo de funciones de la Jefatura de la Sección de Padrón Electoral. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-1247-2011 del 22 de junio de 2011, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos consiguientes, me permito elevar a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones el oficio número PE-1418-2011 del pasado 14 de junio que suscribe el Lic. Carlos Arguedas Rojas, Jefe de la Sección de Padrón Electoral, mediante el cual informa que disfrutará diez días de vacaciones a  partir del próximo 27 de junio.
En virtud de lo anterior, solicita que durante ese lapso sus funciones se encarguen en el Lic. Ricardo Mc Donald Umaña, Jefe de la Sección de Solicitudes Cedulares. Puede apreciarse que la gestión cuenta con la anuencia de la señora Directora General del Registro Civil.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
F) Encargo de funciones del señor Director General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-1251-2011 del 22 de junio de 2011, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos consiguientes, me permito elevar a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones el oficio número DGRE-236-2011 de hoy que suscribe el Lic. Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, mediante el cual informa que disfrutará tres días de vacaciones a partir del próximo 27 de junio.
En virtud de lo anterior, solicita que durante ese lapso sus funciones se encarguen en el Lic. Gerardo Abarca Guzmán, Secretario General de esa Dirección.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Normas para el uso del servicio de correo electrónico e internet. Del señor Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica, se conoce oficio n.º DGET-015-2011 del 15 de junio de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Recientemente, la Organización de las Naciones Unidas declaró como parte de los derechos del ser humano el acceso a la red de internet (sic); considerando su uso como una herramienta que además de ser imprescindible para la libertad de expresión, promueve el crecimiento y progreso de los países, para lo cual exhorta a los gobiernos a facilitar su acceso.
Siendo una de las responsabilidades de esta Dirección, asesorar de manera directa al Tribunal en la escogencia de las políticas y planes relacionados con estrategias de TI, se somete a aprobación del Superior la nueva versión de las Normas para el uso del servicio de correo electrónico e internet (sic) de la institución.
En esta versión se considera el acceso a todo el personal del TSE a herramientas de TI que faciliten el desempeño de sus funciones y para tal efecto se plantea lo siguiente:
1.  Otorgar acceso al servicio de correo electrónico e internet (sic) a todo el personal que cuente con acceso a la red institucional.
2.  En el caso de que alguna jefatura considere innecesario el acceso a estos servicios por parte de alguno(s) de sus colaboradores, deberá solicitarlo explícitamente a la Sección de Servicio al Cliente de TI.
3.  Los Departamentos de TIC y Proveeduría deberán tomar las previsiones necesarias para concretar a la mayor brevedad posible, la contratación del licenciamiento para el filtrado de contenido Web para todos los usuarios de este servicio; asimismo para la ampliación y renovación de las licencias de correo electrónico, ambos casos cuentan con el respectivo contenido presupuestario para concretar su adquisición durante este año.".
Se dispone: Para su estudio e informe conjunto, el cual se habrá de remitir en el plazo de 5 días hábiles, pase a la Dirección Ejecutiva y al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
B) Informe de avance de la organización del taller de intercambio de experiencias de escuelas e institutos de capacitación electoral de UNIORE. Del señor Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), se conoce oficio n.º IFED-190-2011 del 20 de junio de 2011, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para conocimiento de los señores Magistrados y la señora Magistrada, adjunto un informe del avance de la organización del taller de intercambio de experiencias de escuelas e institutos de capacitación electoral de UNIORE. Este evento se realizará en San José los días 28 y 29 de julio próximo, en la sede del Tribunal Supremo de Elecciones, y es producto de una propuesta conjunta del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), y del Centro de Asesoría y Promoción Electoral (CAPEL).  El detalle se presenta de seguido.
1)  Fecha: 28 y 29 de julio de 2011.2)
2)  Instituciones que convocan: el Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED) y el Centro de Asesoría y Promoción Electoral (CAPEL).
3)  Objetivos:
•   Realizar un intercambio de la experiencia desarrollada por cada una de estas instancias de formación, identificando áreas de acción, poblaciones meta, actividades ejecutadas, así como la identificación de los desafíos existentes para fortalecer la labor de formación y capacitación.
•   Identificar áreas de acción común, que favorezcan el intercambio horizontal de experiencias, materiales, programas, bases de datos de expertos, etc.
•   Establecer un mecanismo de intercambio de documentación, que alimente las bibliotecas de cada escuela o instituto de capacitación.
4)  Perfil de los participantes: el taller está dirigido al director o directora de la escuela o centro de formación, o en su defecto, un funcionario o funcionaria del mismo.
5). Metodología
•   El taller se iniciará con una sesión de apertura el 28 de junio (sic) a las 9 horas, en la que, de tenerlo a bien, participaría algún Magistrado o Magistrada del TSE (según lo estime conveniente el Tribunal); el señor José Thompson, Director de CAPEL y el suscrito, Director del IFED.
•   La actividad se dividirá en tres sesiones de trabajo, las que se desarrollarán durante dos días. Durante las sesiones cada representante del organismo electoral abordará los temas que serán asignados de acuerdo a los términos de referencia que estamos preparando conjuntamente con CAPEL.
6) Organismos electorales convocados: se remitió la invitación a los organismos electorales en los que existe un instituto o escuela de capacitación, o esté en proceso de formación. Estos son: Bolivia, Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Panamá, Perú, República Dominicana y Venezuela.
7)  Cobertura de los gastos: El Centro de Asesoría y Promoción Electoral cubrirá los gastos de traslado aéreo y hospedaje. El IFED cubrirá los gastos de alimentación durante el taller y el traslado interno de los participantes. Los costos de la alimentación están previstos en la subpartida presupuestaria 10702, del subprograma presupuestario 850-02 y tienen su sustento en el objetivo No.6 del POA 2011.
Además de actualizar el estado de avance de este evento, aprovecho la oportunidad para consultar la disponibilidad de los señores Magistrados y Magistrada para participar en el acto de apertura.".
Se dispone: Tomar nota. Al acto de apertura asistirá la Presidenta a.i. del TSE. ACUERDO FIRME.
C) Informe de solicitud de mejoras en los servicios que se prestan en el Distrito de Río Cuarto de Grecia. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1485-2011 de fecha 21 de mayo (sic) de 2011, recibido el 22 de junio de 2011 en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:
“En atención al oficio STSE-1655-2011 del pasado 14 de junio, respecto de la solicitud de los integrantes de la Junta Directiva de la Unión Cantonal de Asociaciones de Desarrollo de Grecia, quienes solicitan mejoras en los servicios que presta este Tribunal para la zona de Río cuarto de Grecia, me permito informar que la Coordinación de Servicios Regionales tiene programada una gira para trámites civiles en dicha zona para los días 15, 16 y 17 de julio próximos.
Dicha gira y otras futuras, se efectúan también para dar cumplimiento a lo dispuesto por el Superior en sesión 45-2011 del 12 de mayo 2011, oficio STSE-1276-2011 de esa fecha, cuando acogió el análisis realizado por esta Dirección, también por petición de esa Unión que solicitaba la creación de una oficina regional del TSE en Río Cuarto.
En todo caso, puede bien reiterarse a la Unión Cantonal de Asociaciones de Desarrollo de Grecia que cuentan con los servicios de ese Tribunal en la sede regional de Grecia, así como en las sedes regionales de Ciudad Quesada y Sarapiquí, por cercanía a otros distritos de este cantón.
Por su parte, una vez que se logre llegar a acuerdos con otras instituciones públicas se comunicará los servicios que estarán brindándose descentralizadamente (sic). Estos son esfuerzos motivados en el enfoque al usuario y usuaria que promueven estos organismos electorales.”.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a este Tribunal, el cual se pondrá en conocimiento de la Unión Cantonal de Asociaciones de Desarrollo de Grecia. ACUERDO FIRME.
D) Directriz relativa a la potestad disciplinaria del Secretario del TSE y los Directores institucionales. Se dispone: Con el establecimiento de nuevas Direcciones institucionales, este órgano colegiado interpreta que la potestad disciplinaria administrativa que el ordenamiento jurídico confiere al Secretario de este Tribunal y al Director del Registro Civil se extiende a los Directores Ejecutivo, Generales del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, de Estrategia Tecnológica y del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), por lo que, a partir del 1º de julio de 2011 y en lo sucesivo, los referidos Secretario y Directores resolverán, en primera instancia, lo atinente a los procedimientos administrativos de dicha naturaleza, respecto de los funcionarios bajo su jerarquía; el primero conocerá además los casos de jefaturas y funcionarios que dependen directamente de este Tribunal.
Asimismo, conforme a lo dispuesto por este Tribunal en la resolución n.º 1869-P-2011 de las quince horas con treinta y cinco minutos del treinta y uno de marzo de dos mil once, una vez emitida la resolución de primera instancia y, en su caso, conocido el o los recursos interpuestos contra ella, el expediente administrativo deberá ser trasladado, para lo de su cargo, a la Junta de Relaciones Laborales, la cual únicamente de concurrir al menos uno de los siguientes tres casos, remitirá el asunto a conocimiento de este Tribunal: a) cuando medie apelación del funcionario sobre lo dispuesto en primera instancia; b) cuando se imponga una sanción de suspensión o despido; y c) cuando la referida Junta, mediante criterio mayoritario o unánime, discrepe de lo resuelto en primera instancia. De no concurrir ninguno de los tres citados supuestos, dicha Junta remitirá el expediente administrativo al Secretario o Director que dictó la resolución de primera instancia, a fin de que éste proceda con el archivo del asunto y haga del conocimiento de la Inspección Electoral y del Departamento de Recursos Humanos tal circunstancia, en su caso; o bien, haga del conocimiento de tales despachos la firmeza de la sanción impuesta, a fin de que el predicho Departamento comunique tal situación a la jefatura inmediata del funcionario para que se proceda a aplicar la respectiva sanción y a dejar constancia de ello en el respectivo prontuario. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL PADRON NACIONAL ELECTORAL.
A) Informe sobre el resultado de la gestión de solicitudes cedulares en mayo del 2011. Del señor Carlos Arguedas Rojas, Jefe de la Sección de Padrón Electoral, se conoce oficio n.° PE-1502-2011, de fecha 16 de junio de 2011, recibido el 20 de junio en la Secretaría del despacho, al cual adjunta libros con el resumen de totales por distritos, cantones, provincias y el general de toda la República por sexo, resultado de gestión de solicitudes cedulares aprobadas en el mes de mayo de 2011. Asimismo informa sobre aspectos importantes que describen el comportamiento numérico del Padrón Nacional Electoral, en razón de la procedencia de las inclusiones y exclusiones que se ejecutan.
Se dispone: Tener por recibidos los libros y el informe que somete el señor Arguedas Rojas. Continúese informando oportunamente sobre el particular.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Informe sobre la participación del señor Olman Ramírez Moreira en el Convenio con la UCR y la Asamblea Legislativa. Del señor Antonio Ayales, Director Ejecutivo de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° DE-1334-2011 de fecha 14 de junio de 2011, recibido vía fax el 20 de junio en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:
“En atención a su requerimiento, le remito copia del oficio DSB-125-06-2011, suscrito por la Licda. Edith Paniagua Hidalgo, Directora del Departamento de Servicios Bibliotecarios, mediante el cual expone las razones por las cuales no considera conveniente que el máster Olman Ramírez Moreira continúe participando en el convenio tripartito entre el Tribunal Supremo de Elecciones, la Universidad de Costa Rica y la Asamblea Legislativa.
En virtud de lo anterior, esta Dirección Ejecutiva se ve imposibilitada para tramitar su solicitud.”.
Se dispone: Tomar nota. Póngase en conocimiento de los señores Directores Ejecutivo y del Instituto de Formación y Estudios en Democracia, quienes conjuntamente formularán la recomendación que sea del caso en este particular. ACUERDO FIRME.
B) Invitación a charla “Teletrabajo y Liderazgo, nuevos paradigmas”. De la señora Sandra Piszk, Ministra de Trabajo y Seguridad Social, se conoce oficio n.° DTM-775-2011 de fecha 20 de junio de 2011, recibido vía fax el día siguiente en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:
“El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y Gobierno Digital, con el apoyo del Instituto Centroamericano de Administración Pública, en el marco de las actividades preparatorias para el lanzamiento de una nueva normativa que permita implementar el Teletrabajo en la Administración pública costarricense, tiene el agrado de invitarle a la charla "Teletrabajo y Liderazgo, nuevos paradigmas", a desarrollarse por la expositora internacional Ana Cristina Rozo, Máster en Administración de Empresas de la Universidad Católica de Córdoba en Argentina, asesora en la aplicación de sistemas de teletrabajo y experta en procesos de coaching con ejecutivos de empresas.
Por tal motivo hemos reservado espacio para 5 representantes del nivel de jefatura de su institución, para participar en la charla a realizarse el próximo jueves 30 de junio, de las 13:30 a las 16:00 horas, en el Auditorio del Colegio de Ciencias Económicas.
Reiteramos el Interés y la prioridad que se le ha asignado a este proyecto dentro del marco de las actividades que impulsa el Gobierno de la República para la modernización del Estado. (…)”.
Se dispone: Agradecer a la señora Ministra Piszk Feinzilber la cordial invitación que hace a este Tribunal. Para que asistan a tan importante evento, se designa al Magistrado Seing Jiménez, así como a los miembros de la Comisión de Teletrabajo de este Tribunal. ACUERDO FIRME.
C) Solicitud de listado de los Intendentes, Vice intendentes, Síndicos Propietarios y Suplentes y Concejales del Distrito de Lepanto Puntarenas. Del señor Rodolfo Sotomayor Aguilar, Diputado a la Asamblea Legislativa y Subjefe de Fracción del partido Unidad Social Cristiana, se conoce oficio n.º RSA 319-06-2011 del 20 de junio de 2011, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Sirva la presente para saludarlo y solicitar respetuosamente el listado completo con su respectivo número de cédula de los Intendentes, Vice-intendentes, Síndicos propietarios y suplentes y Concejales Municipales del Distrito de Lepanto, Cantón de Puntarenas del 2002 a la actualidad. Así mismo (sic) ruego se me informe el número de traslados electorales hacia el distrito de Lepanto de personas que anteriormente tenían su domicilio en poblados pertenecientes a cantones de la Provincia de Guanacaste, en el período del 2005 a la actualidad. […]".
Se dispone: La Secretaría de este Tribunal y la Contraloría Electoral suministrarán al estimable señor Diputado Sotomayor Aguilar, respectivamente, el listado y la información sobre traslados requeridos, a la brevedad posible. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.

 

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron