ACTA Nº 80-2008

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del once de setiembre de dos mil ocho, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría y el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron. 

APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.

ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ASUNTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:

Adjudicación de licitaciones para la contratación de “Servicios de Aseo y Limpieza de la Sede Central del TSE” y “Tintas y Tonner para Impresoras”.

a) Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i., se conoce:

1) Oficio n.º PROV-1729-2008, de fecha 9 de setiembre de 2008, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual informa sobre el resultado del estudio de las ofertas correspondientes a la Licitación Pública n.º 2008LN-000071-85001, que se tramitó para la contratación de “Servicios de Aseo y Limpieza de la Torre Principal, Plaza de la Libertad Electoral y Jardinería en las Áreas Verdes Externas del Edificio de la Sede Central del TSE” y recomienda:

“[…] 7. RECOMENDACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN

Efectuado el análisis correspondiente, ajustándose al presupuesto destinado para esta compra según la Solicitud de Pedido No. 4010820048, y tomando en cuenta los aspectos legales y técnicos, se recomienda adjudicar de acuerdo con el siguiente detalle:

Línea Nº 1 Oferta Nº 1 de Multinegocios Internacionales América S.A. por un monto de ¢30.585.807,92 anuales, a razón de ¢2.532.150,66 mensuales.

El presente contrato durará un año con posibilidad de prórroga hasta un máximo de 5 años.

En caso que esta recomendación sea compartida por el Tribunal, es menester además, que se comisionen las siguientes actuaciones:

1) Que el Departamento Legal defina la vía de formalización de la contratación

2) Que se ratifique al señor Gustavo Fitoria Mora, Jefe de Servicios Generales, como Órgano Fiscalizador, o a quién (sic) le sustituya en sus ausencias temporales o permanentes.

3) Que la Comisión de Presupuesto tome nota del compromiso que se adquiere, imputable a la subpartida 10406 “Servicios Generales”, con el fin de atender los pagos de los próximos años.”.

Se dispone: Aprobar según se recomienda, rectificando lo consignado por el señor Herrera Herrera, en punto a que el monto anual adjudicado corresponde a ¢30.385.807,92 (treinta millones trescientos ochenta y cinco mil ochocientos siete colones con noventa y dos céntimos). Se ratifica como Órgano Fiscalizador de la contratación al señor Gustavo Fitoria Mora, Jefe de Servicios Generales o a quien le sustituya en sus ausencias temporales o permanentes. Procedan el Departamento Legal y la Comisión de Presupuesto con lo de su cargo, según lo planteado por el señor Herrera Herrera. Proceda el señor Proveedor a.i. a identificar las causas merced a las cuales se generó la imprecisión que figura en su recomendación. Dicha identificación deberá articularla el señor Herrera Herrera con la valoración de riesgos que haya hecho la dependencia a su cargo, sentando las responsabilidades del caso, en orden a que situaciones como ésta no se vuelvan a presentar en lo futuro bajo ningún concepto. ACUERDO FIRME.

2) Oficio n.º PROV-1796-2008 de fecha 4 de setiembre de 2008, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, en cual informa sobre el resultado de estudio realizado a las ofertas sometidas en la Licitación Abreviada n.º 2008LA-000371-85001, que se tramitó para la compra de: Tintas y Tonner para Impresoras”, y con fundamento en los argumentos que indica, se recomienda literalmente:

Efectuado el análisis correspondiente, ajustándose al presupuesto destinado para esta compra según la Solicitud de Pedido No. 40108200283, y tomando en cuenta los aspectos legales y técnicos, se recomienda adjudicar de acuerdo con el siguiente detalle:

Línea Nº 1 Oferta Nº 2 de Oficina Comercializadora Oficomer S.A. por un monto de $131,64 (sic)

Línea Nº 2 se declara infructuosa la (sic) no haberse presentado ofertas (sic)

Línea Nº 3 Oferta Nº 5 de Direx Internacional S.A. por un monto de $363,48 (sic)

Línea Nº 4 Oferta Nº 4 de IS Productos de Oficina Centroamérica S.A. por un monto de $7.705,00 (sic)

Línea Nº 5 se declara infructuosa al no haberse presentado ofertas (sic)

Línea Nº 6 Oferta Nº 2 de Oficina Comercializadora Oficomer S.A. por un monto de $81,20 (sic)

Línea Nº 7 Oferta Nº 2 de Oficina Comercializadora Oficomer S.A. por un monto de $134,58 (sic)

Línea Nº 8 Oferta Nº 4 de IS Productos de Oficina Centroamérica S.A. por un monto de $870,00 (sic)

Línea Nº 9 Oferta Nº 4 de IS Productos de Oficina Centroamérica S.A. por un monto de $860,00 (sic)

Línea Nº 10 Oferta Nº 4 de IS Productos de Oficina Centroamérica S.A. por un monto de $860,00 (sic)

Línea Nº 11 Oferta Nº 4 de IS Productos de Oficina Centroamérica S.A. por un monto de $860,00 (sic)

Línea Nº 12 se declara infructuosa al no haberse presentado ofertas (sic)

Línea Nº 13 se declara infructuosa al no haberse presentado ofertas (sic)

Línea Nº 14 Oferta Nº 5 de Direx Internacional S.A. por un monto de $690,40 (sic)

Línea Nº 15 Oferta Nº 5 de Direx Internacional S.A. por un monto de $1.410,75 (sic)

Línea Nº 16 Oferta Nº 4 de IS Productos de Oficina Centroamérica S.A. por un monto de $342,00 (sic)

Línea Nº 17 Oferta Nº 4 de IS Productos de Oficina Centroamérica S.A. por un monto de $342,00 (sic)

Línea Nº 18 Oferta Nº 4 de IS Productos de Oficina Centroamérica S.A. por un monto de $342,00 (sic)”

Finalmente, el señor Herrera Herrera manifiesta que en caso de que la anterior recomendación sea compartida por este Tribunal, es menester además, que se comisionen las siguientes actuaciones:

  1. Que el Departamento Legal defina la vía de formalización de la contratación.

  2. Que se ratifique al señor William Montero Mayorga, Administrador del Almacén de la Proveeduría, como Órgano Fiscalizador, o a quien le sustituya en sus ausencias temporales o permanentes.”.

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. Se ratifica como órgano fiscalizador del respectivo contrato, al señor William Montero Mayorga, Administrador del Almacén de la Proveeduría, o quien lo sustituya en sus ausencias temporales o permanentes. Proceda el Departamento Legal con lo de su cargo. ACUERDO FIRME.

Aprobación del cartel para la “Compra de mamparas y urnas (cajas de cartón) que se usarán en las elecciones del 2010, y cajas de cartón para archivo”.

b) Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i. de este Tribunal, se conoce oficio n.º PROV-1812-2008 de fecha 8 de setiembre de 2008, recibido ese día en la Secretaría del despacho, en el cual manifiesta que por haber concluido la fase de formulación y aval, somete a conocimiento de este Tribunal, el pliego de condiciones (cartel) que reglamentará la licitación abreviada para la “Compra de mamparas y urnas (cajas de cartón) que se usarán en las elecciones del 2010, y cajas de cartón para archivo”, con la finalidad que si a bien se tiene, se le imparta la respectiva aprobación.

Se dispone: Aprobar. Proceda la Comisión de Productos Gráficos Electorales a informar sobre el remanente actual de urnas y a sugerir el destino que se les puede dar. ACUERDO FIRME.

ASUNTOS DE PERSONAL.

ARTÍCULO TERCERO.- Se conocen los siguientes asuntos:

Solicitud de despido por abandono de trabajo en Oficina Regional de Limón.

a) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-1355-2008 de fecha 8 de setiembre de 2008, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, el cual literalmente dice:

“Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, me permito elevar a consideración los oficios números ORLI-0920-2008 y ORLI-985-2008 recibidos en este despacho los días 13 de agosto y 3 de setiembre del año en curso y que suscribe el señor Giovanni Campbell Smith, Jefe a.i. de la Oficina Regional de Limón, mediante los cuales informa que el servidor Kenneth Castro Sandoval no se ha presentado a laborar desde el pasado 25 de julio y que no se ha comunicado de ninguna forma ni ha justificado sus ausencias.

El señor Castro Sandoval ingresó a laborar para este organismo electoral el 4 de enero de 1999 y desde entonces se desempeña como oficinista 1 – Auxiliar de Operación – en la Oficina Regional de Limón, donde tiene plaza en propiedad. No obstante, durante el presente año ha sido incapacitado en reiteradas oportunidades, siendo que hasta el 24 de julio ya había sumado 122 días de incapacidad. El empleado ha tenido la costumbre de enviar sus boletas varios días después del inicio de las incapacidades o bien presentarlas él mismo cuando regresa de las mismas. Según se ha indicado, la última boleta de incapacidad cubre hasta el 24 de julio y desde entonces no se presenta a laborar ni ha habido comunicación de su parte con el jefe o con los demás compañeros de la oficina, ni personalmente ni a través de terceros.

A raíz de los oficios emitidos por el jefe de la sede regional de Limón, el Lic. Oscar Acuña Alvarado, Encargado del Área de Gestión de Empleo de este despacho, realizó varios intentos para ubicar al empleado, pero los resultados fueron infructuosos. Entre tales intentos tenemos que: a)- se llamó al teléfono registrado en su prontuario o expediente laboral pero la persona que contestó indicó que ya él no vive ahí, b)- a través del Departamento Electoral se obtuvo el teléfono de sus suegros pero al llamar nos indicaron que ellos tienen muy poca comunicación con su hija y el señor Castro Sandoval pues éstos no tienen teléfono y las visitas no son frecuentes, pero en todo caso que si lograban hablar le indicarían al él que nos llamara, c)- se le solicitó al jefe de la oficina regional que visitara la casa de los padres del empleado a fin de obtener alguna información sobre el mismo, pero no le abrieron la puerta a pesar de que era evidente que sí había alguien en la vivienda, ya que el televisor estaba encendido y se escuchaban otros ruidos. 

De acuerdo con lo expuesto, sin duda el caso puede catalogarse como de abandono de trabajo y proceder al despido del empleado, sin responsabilidad patronal, con fundamento en lo que señalan los artículos 22-e de nuestro Reglamento Autónomo de Servicios y 81-g del Código de Trabajo, los cuales establecen que el patrono puede actuar de esa forma en aquellos casos en que el trabajador deje de asistir al trabajo sin permiso y sin causa justificada durante dos días consecutivos o más de dos días alternos dentro del mismo mes calendario.

No omito agregar que ya el suscrito giró las instrucciones pertinentes a fin de que se le retenga el salario al empleado y no se le deposite en el próximo pago quincenal. Sin embargo, se hace necesario instruir al Departamento de Contaduría para que proceda con el cobro de las sumas giradas de más.”.

Se dispone: Proceda el Departamento Legal a preparar el respectivo borrador de resolución. ACUERDO FIRME.

Ascenso interino en Opciones y Naturalizaciones.

b) De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.º DG-0775-2008 de fecha 8 de setiembre de 2008, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual eleva a conocimiento de este Tribunal oficio del Jefe del Departamento de Recursos Humanos, referido a la solicitud de ascenso interino de la servidora Vanessa Quirós González, Técnico de Operación en la Sección de Archivo Microfilm, a la plaza de Coordinador de Analista de Operación u Oficial Calificador que se encuentra vacante en la Sección de Opciones y Naturalizaciones, en virtud del traslado también interino de la señora Ana Lucía Ramírez Rodríguez, a la Sección de Análisis y Control. Asimismo, de conformidad con lo establecido por los artículos 34 y 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios y con lo acordado por el Tribunal en sesión No. 129-2002, artículo quinto, de 26 de setiembre del 2002, manifiesta su aval a la recomendación dada, por lo que solicita la aprobación del referido ascenso. De contarse con la anuencia de este Tribunal, la servidora Quirós González sería ascendida interinamente al cargo de Analista de Operación -Oficial Calificador 2- de la Sección de Opciones y Naturalizaciones, puesto número 45687, a partir del próximo 16 de setiembre.

Se acuerda: Aprobar el nombramiento interino que se propone, a partir del 16 de setiembre del año en curso. ACUERDO FIRME.

Autorización al personal para conmemorar el Día del Empleado Electoral y la Independencia nacional.

c) Se dispone: En adición a lo aprobado por este Tribunal en sesión Nº 78-2008 del 4 de este mes con motivo de la celebración de la Semana Cultural y el Día del Empleado Electoral, con el propósito de unir esta festividad con la conmemoración de la independencia y al igual que en años anteriores, se autoriza a todo el personal de la Institución a vestir indumentaria típica mañana viernes y a organizar desayunos o almuerzos, en el entendido de que no se debe afectar la atención del público, que la vestimenta debe ser acorde con la investidura de funcionarios públicos y que no deben servirse bebidas de ningún tipo con contenido alcohólico. Póngase en conocimiento de los señores Director Ejecutivo, Directora General del Registro Civil y Coordinador de Programas Electorales. ACUERDO FIRME.

ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

ARTÍCULO CUARTO.- Se conocen los siguientes asuntos:

Informe de Auditoría sobre sustitución e integración de estaciones de trabajo del SICI.

a) Del señor Juan Vicente García Matamoros, Auditor a.i., se conoce oficio n.º AI-164-2008, de fecha 8 de setiembre de 2008, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:

“En uso de las competencias que le confiere a esta Auditoría el artículo 22, inciso d) de la Ley General de Control Interno, Nº 8292, que literalmente señala: “Asesorar, en materia de su competencia, al jerarca del cual depende; además advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento”, me permito señalar lo siguiente respecto a lo actuado en relación con el informe referido en el asunto:

  1. Mediante acuerdo adoptado en Sesión Ordinaria N° 77-2008 celebrada el 2 de setiembre en curso, acuerdo comunicado con oficio N° 2862-2008 de la misma fecha, ese Tribunal conoció el informe adjunto al oficio N° CATI-098-2008, preparado por un equipo de trabajo integrado al efecto, con el cual, en cumplimiento de lo dispuesto por ese Órgano Colegiado en Sesión Ordinaria N° 72-2008, celebrada el 14 de agosto del año en curso (oficio N° STSE-2683-2008), analizó lo referente a la situación actual del proyecto de “Sustitución e integración de estaciones de trabajo del SICI”.

  2. En el referido informe se analizaron dos escenarios para atender la situación que impera en la actualidad debido al atraso sufrido por el mencionado proyecto. En el aparte III se señalan las medidas alternativas de solución contando con el proyecto, por lo que se propuso llevar a cabo “…conversaciones de alto nivel con el contratista… con el fin de llegar a un acuerdo y compromiso formal entre las partes sobre la fecha de puesta en producción del proyecto…”. (el destacado es nuestro)

Asimismo, en el aparte IV se plantearon cuatro posibles alternativas de solución en caso de que no se logre concluir a satisfacción el proyecto, o que se opte por la rescisión del contrato. En ese sentido se propusieron además las unidades o grupos responsables de ejecutar las acciones que se establecen, así como la estimación del tiempo en meses que demandaría su ejecución. Las alternativas se detallan a continuación:

1. Iniciar otro proceso de contratación administrativa (sic)

2. Adelantar la ejecución del proyecto de Modernización para la emisión de las cédulas de identidad.

3. Desarrollo por parte del DTIC de una solución interna (sic)

4. Plan de emergencia para mantenimiento de estaciones actuales (sic)

  1. En el aparte VIII relativo a las Recomendaciones, se señala:

“…1. En caso de que no se concluya con el proyecto del cambio de estaciones se recomienda:

“b. Elegir una de las tres medidas alternas indicadas en el aparte IV y en forma paralela implementar la opción 4, considerando como base el análisis de riesgos así como los planes de acción propuestos”. (el destacado no es del original).

“2. En caso de que se continúe con el proyecto del cambio de estaciones se recomienda realizar negociaciones de alto nivel con el Consorcio SAGEM-IAFIS con el fin de establecer fecha límite para finalizar el proyecto, la cual debe ser antes de diciembre del 2008 debido al compromiso presupuestario establecido”.

  1. No obstante lo anterior, al analizar el informe de marras, el Tribunal dispuso mediante el citado acuerdo adoptado en Sesión Ordinaria N° 77-2008, conforme a lo recomendado por el Comité Asesor de Tecnologías de Información (CATI) en acuerdo de la reunión extraordinaria N° 20-2008 celebrada el 29 de agosto del año en curso, artículo quinto, lo siguiente:

“tener por rendido el informe y aprobar el plan de acción. Los responsables de cada actividad informarán lo pertinente al CATI, para efectos del seguimiento que esa instancia debe darle a dicho plan, a fin de ese mismo (sic) Comité informe lo que corresponda a este Tribunal a la mayor brevedad y en el momento oportuno…”.

En relación con el informe rendido por el grupo de trabajo integrado, salvo mejor criterio de ese Tribunal, entiende esta Auditoría que se plantearon dos soluciones de carácter excluyente:

  1. La primera consistente en continuar con el proyecto, para lo cual se recomienda concretar mediante un compromiso formal por parte del Consorcio SAGEM-IAFIS, la fecha de terminación del proyecto.

  2. La segunda solución, siendo que no se concluya el proyecto, o en su lugar se opte por rescindir el contrato, para lo cual se proponen cuatro posibles alternativas con su respectivo plan de acción para cada una de las propuestas, a efectos de que el Tribunal elija una de las tres medidas alternativas y que en forma paralela a la que se seleccione, se implemente la alternativa N° 4.

Se desprende de lo anterior que al resolver el Tribunal aprobar el plan de acción propuesto y que los responsables de cada actividad informen lo pertinente al CATI, para efectos del seguimiento que esa instancia debe darle a dicho plan, se estaría aprobando en forma implícita el no continuar con el proyecto y consecuentemente se debió ordenar la ejecución de algunas de las acciones propuestas en el aparte IV del informe. Sin embargo, en lo resuelto por el Tribunal no se hace referencia concreta sobre cuál de las tres alternativas propuestas en este último aparte se acoge, aunque en el aparte VIII del informe “Recomendaciones”, inciso c. , se recomienda la opción N° 3.

En virtud de lo expuesto, esta Auditoría Interna en el ejercicio de sus competencias, respetuosamente se permite advertir a ese Tribunal que lo dispuesto mediante el acuerdo adoptado en Sesión Ordinaria N° 77-2008 y comunicado con oficio N° STSE-2862-2008, no resuelve sobre los aspectos de fondo a que se refieren los apartes III y IV del informe adjunto al oficio CATI-098-2008, por lo que de llegarse a materializar los riesgos detectados en caso de que no se concluya satisfactoriamente o se rescinda el contrato para la ejecución del proyecto, según se detallan en el aparte V. “Análisis de Riesgos” del informe de repetida cita, podrían generarse consecuencias importantes en la prestación de los servicios que brinda la institución y por ende en el establecimiento de responsabilidades, de conformidad con lo que disponen los artículos 12, 39 y 41 de la Ley General de Control Interno.

Con fundamento en lo anterior, esta Auditoría Interna mucho estimará se sirva comunicar, en el curso de los próximos diez días hábiles, las acciones administrativas que disponga ese Órgano Colegiado con el propósito de corregir las situaciones inconvenientes aquí comentadas.”.

Se dispone: Aclararle al señor Auditor Interno a.i. que el plan de acción aprobado en el artículo quinto de la sesión ordinaria n.º 77-2008, celebrada el 2 de setiembre del año en curso, sólo devendrá aplicable en un escenario de rescisión o resolución contractual y que la aprobación impartida en el acuerdo antes mencionado a dicho plan no comporta su efectiva o inmediata ejecución, toda vez que este Tribunal fue determinante al establecer que la eventual recomendación para proceder de tal forma corresponde formularla al Órgano Fiscalizador, cuando advierta fundamento para ello, sea porque desde el punto de vista técnico el atraso en la ejecución del contrato resulte de tal magnitud que provoque el incumplimiento contractual y la insatisfacción del interés público, sea porque el monto de las multas a imponer supere el 25% del monto total del contrato, según fue establecido en la resolución de las 15 horas del 12 de agosto de 2008. También conviene reseñar que, mediante acuerdo de sesión ordinaria n.º 75-2008, celebrada el 26 de agosto de 2008, este Tribunal dispuso que el Órgano Fiscalizador y el consorcio contratista tomaran puntual nota de la advertencia realizada por la Comisión de Presupuesto mediante el oficio n.º CPRE-027-2008 del 21 de agosto de 2008, en punto a que, conforme a la Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos, no es posible trasladar el compromiso económico relativo a la contratación en cuestión como un “no devengado” a cancelar en el año 2009. Hágase el presente acuerdo de conocimiento del CATI y del señor Gerardo Hernández Granda, Órgano Fiscalizador de la convención supra citada. ACUERDO FIRME. 

Informe del estado del proceso contencioso administrativo relacionado con el SICI.

b) De la señora Arlette Bolaños Barquero, Asistente Legal de la Presidencia de este Tribunal, se conoce oficio n.º ALP-14-2008 del 10 de setiembre del 2008, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual informa sobre el seguimiento acerca del caso referente a la resolución n.º 366-P-2006 de las 10:45 horas del 28 de febrero de 2003 que fuera trasladado a la Procuraduría General de la República, en relación con la resolución contractual por incumplimiento de la empresa proveedora del sistema SICI, según detalla.

La Lic. Bolaños Barquero detalla las últimas actuaciones que constan en el expediente en cuestión, señalando que según el sistema informático del Poder Judicial “Consulta de Expedientes Sistema de Gestión Despachos” del Juzgado en mención, el asunto está para asignarse a un Juez para que resuelva este último escrito de la actora.

Se dispone: Tener por rendido el informe que se conoce, el cual se pondrá en conocimiento de la Contraloría General de la República según el borrador que al respecto preparó la Lic. Bolaños Barquero, quien continuará informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.

Solicitud de prórroga para presentar informe sobre defunciones.

c) De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.º DG-0781-2008 del 10 de setiembre del 2008, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica que, en atención al acuerdo adoptado por este Tribunal en sesión ordinaria n.º 78-2008, artículo tercero, relacionado con las mejoras implementadas en el sistema de inscripciones, en razón de estar trabajando en la contestación de una demanda de un Juicio Contencioso Administrativo, se le ha hecho difícil cumplir en el plazo de siete días establecido el análisis de la propuesta planteada por el Lic. Luis Bolaños Bolaños, referente a que se prescinda de los asientos de defunción que constan al pie de los asientos de nacimiento.

Indica además la Licda. Castro Dobles que, tomando en cuenta que en esta fecha sale a vacaciones el Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil, con quien todavía no ha podido tratar el tema por las razones predichas, solicita -dado que el Lic. Fallas Vargas regresa el próximo 22 de septiembre- se prorrogue el plazo de siete días a partir de aquella fecha.

Se dispone: vistas las razones expuestas por la Licda. Castro Dobles, se concede la prórroga solicitada. ACUERDO FIRME.

Convenio de Cooperación entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la Universidad de Costa Rica.

d) Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario de este Tribunal, se conoce oficio n.º STSE-2945-2008 del 10 de setiembre de 2008, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Siendo que el “Convenio de Cooperación entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la Universidad de Costa Rica” establece en su cláusula décimo primera que su duración es de “[…] tres años, a partir del 11 de octubre de 2005 […]” y que no se pactó su prórroga tácita, me permito recomendar que se comisione al Departamento Legal para que a la brevedad posible gestione lo necesario a efecto de reformar dicho texto, de manera tal que en vez de “tres años” se lea “cinco años”. Se adjunta copia de la convención.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Proceda el Departamento Legal conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

Procedimiento de cómputo y validación de las firmas de apoyo al proyecto “Ley de Conservación de la Vida Silvestre”.

e) Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce oficio n.º CPE-355-2008 SUSTITUIR de fecha 08 de setiembre de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 10 de setiembre de 2008, mediante el cual literalmente manifiesta:

“En atención a su oficio STSE-2737-2008, del 21 de agosto del 2008, mediante el cual se comunicó a esta oficina el acuerdo adoptado por el Tribunal en sesión ordinaria No. 74-2008, celebrada en esa misma fecha, en relación con el procedimiento de cómputo y validación de las firmas de apoyo al proyecto “Ley de Conservación de la Vida Silvestre”, expediente legislativo No. 17.054, de conformidad con lo establecido en la Ley de Iniciativa Popular número 8491 y el Reglamento de Aplicación del artículo 3 de la Ley de Iniciativa Popular, Decreto No 4-2007 del 30 de marzo del 2007, me permito informarle lo siguiente:

De conformidad con lo resuelto por esta oficina a las 14 horas del 8 de julio del mes en curso, donde se le previno a los gestores que procedieran, en un plazo de 90 días, a completar 28.096 firmas a efectos de cumplir con el 5 % del padrón del mes de mayo del 2008 que equivale, a 135.936 electores, y habida cuenta de la autorización expresa del Tribunal para proceder con la revisión y validación de aquellas firmas que se presenten dentro del plazo dado para completar el faltante, debemos informar que se han revisado 4 tomos numerados 16,17,18,19 con 1666 folios numerados del 006855 al 008521, validando 24.142 firmas contenidas en dichos documentos. De tal suerte, existe aún un faltante de 3.952 firmas que deberá ser completado dentro del mismo plazo que continúa vigente, el cual dio inició (sic) el 12 de julio y finaliza el día 9 de octubre de este año.

En virtud de lo anterior, me permito solicitarle se sirva elevar a conocimiento y consideración de la señora y los señores magistrados la información antes señalada, adjuntando en este mismo acto un CD con el detalle de los estudios realizados.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Tener por rendido el informe que se conoce. 3.- De conformidad con lo establecido en el numeral 3º de la “Ley de Iniciativa Popular” n.º 8491 y el Reglamento sobre la aplicación de dicho artículo, al medio señalado se comunicará el presente acuerdo a los gestionantes, a quienes se les hace ver que en la Secretaría de este Tribunal se encuentra a su disposición el disco compacto que contiene el reporte del procedimiento de revisión detallado, información que también se encuentra disponible a cualquier interesado. Asimismo, se reitera que los actos emitidos sobre el conteo, la verificación y la legitimidad de firmas están sujetos al régimen de impugnaciones de la Ley General de la Administración Pública y que el recurso podrá ser presentado por cualquier ciudadano. Para tales efectos, se ordena la publicación inmediata del presente acuerdo. Hágase del conocimiento del señor Presidente de la Asamblea Legislativa y de la Oficina de Iniciativa Popular de dicho Poder de la República. ACUERDO FIRME.

ASUNTOS DE COMISIONES INSTITUCIONALES.

ARTÍCULO QUINTO.- Se conocen los siguientes asuntos:

Acta de la Comisión de Construcciones.

a) Del señor Fernando Víquez Jiménez, en su condición Coordinador de la Comisión de Construcciones, se conoce oficio n.º CC-109-2008 de fecha 5 de setiembre de 2008, recibido el 8 de setiembre en la Secretaría del despacho, al cual adjunta copia del acta de la reunión ordinaria n.º 628-08, celebrada el 2 de setiembre en curso, por dicha Comisión.

Asimismo, de conformidad con lo consignado en el artículo 5º de la misma y en cumplimiento de lo ordenado por este Tribunal en sesión ordinaria n.º 68-2008, celebrada el 31 de julio del presente año, eleva a conocimiento de este Tribunal copia del oficio SGMI 0244-2008 del 28 de agosto de 2008, suscrito por el señor Carlos Ysaac Márquez, Encargado de la Unidad de Mantenimiento de la Sección de Servicios Generales, en el que rinde informe sobre aquellas tuberías que tienen mayor riesgo de un nuevo evento como el ocurrido el pasado 21 de julio, consignado algunas alternativas de solución, sobre las cuales según manifiesta el señor Víquez Jiménez, se solicitará a la Comisión de Presupuesto informe en cuanto a la posibilidad de darle financiamiento a estas obras con presupuesto del año 2009.

Se dispone: Tomar nota. La Comisión de Presupuesto y la Comisión de Construcciones establecerán la coordinación del caso para solucionar y prever lo relativo a los riesgos que generan las tuberías e informarán a este Tribunal lo pertinente, una vez que hayan formulado -en un plazo razonable- la solución que este caso amerita. En lo demás, se continuará informando lo que corresponda. ACUERDO FIRME.

Actas de la Comisión Legislativa Especial de Reformas Electorales y Partidos Políticos

b) Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce oficio n.º CPE-351-2008, de fecha 8 de setiembre de 2008, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, al cual adjunta copia de las actas números 48, 49, 50, 51, 52 y 53 de la Comisión Especial de Reformas Electorales y Partidos Políticos, de la Asamblea Legislativa.

Se dispone: Agréguense a sus antecedentes.

Solicitud de sustitución en la Comisión de Productos Gráficos Electorales.

c) Del señor Héctor Fernández Masís, en su condición de Coordinador de la Comisión de Productos Gráficos Electorales, se conoce oficio n.º CPGE-352-2008 del 9 de setiembre del 2008, recibido el 10 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe:

“En la pasada sesión Nº 12-2008, celebrada el día 05 de setiembre, la Comisión de Productos Gráficos Electorales, acordó en el artículo primero “solicitar al Tribunal la incorporación de un representante de la Sección de Capacitación a la Comisión de Productos Gráficos Electorales, dado que se considera que proporcionaría un gran valor agregado al importante papel que desarrolla esta Comisión, asimismo para contribuir con el análisis para la simplificación de los formularios que se remitirán a las Juntas Receptoras de Votos en las próximas elecciones, con el fin de dar cumplimiento a las recomendaciones planteadas en la pasada evaluación de los programas electorales…”.

Por otra parte, el Tribunal en la sesión ordinaria Nº 30-2005, del veintinueve de marzo del dos mil cinco, aprobó la incorporación del Jefe del Archivo del TSE a esta Comisión, con base en la sugerencia planteada por la señora Katia Zamora Guzmán, Coordinadora del Equipo de Trabajo de Normalización Documental, para llevar a cabo la normalización de los formularios. En virtud de lo anterior, cabe señalar que esta Comisión ya incorporó los respectivos códigos a cada uno de los productos gráficos, asimismo se debe considerar que la Comisión desde el veintitrés de marzo del dos mil seis, en sesión ordinaria Nº 101-2006, aprobó cambiar el nombre de Comisión de Formularios a Comisión de Productos Gráficos Electorales, porque ha dado seguimiento, no solo a la producción de diversos formularios, afiches, instructivos, carnés y demás documentos que se requieren en los diferentes programas electorales, sino además a otros productos gráficos como camisetas, gorras, brazales (sic), etc; por lo que se considera que la presencia de un representante del Archivo de forma permanente no es necesario, sino que esta Comisión lo citaría solo cuando se trate asuntos relacionados con la normalización de la información, situación que ya fue conversada con el señor Fernando Mora y cuenta con su aprobación, por lo que esta Comisión considera que lo más recomendable sería considerar la sustitución del señor Mora Ureña, Jefe del Archivo TSE por el representante de la Sección de Capacitación. De la manera más atenta, solicito elevar lo anterior a conocimiento del Superior.”. 

Se dispone: Aprobar la sustitución conforme se solicita. La señora Jefa de la Sección de Capacitación se incorporará a la Comisión de Productos Gráficos Electorales. Se entiende asimismo que esa Comisión citará, cuando sea necesario, al señor Jefe de Archivo de este Tribunal.

ASUNTOS EXTERNOS.

ARTÍCULO SEXTO.- Se conocen los siguientes asuntos:

Proyecto de Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario para el 2009.

a) De la señora Marjorie Morera González, Directora General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda, se conoce circular n.º DGPN-450-2008 del 1º de setiembre del 2008, recibida en la Secretaría del despacho el 9 de este mes, mediante la cual en cumplimiento de la normativa que enumera, indica que se presentó ante la Asamblea Legislativa el Proyecto de Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico de 2009, el cual puede ser consultado en la dirección electrónica que señala.

Indica, además, la señora Morera González que cualquier modificación que se requiera hacer al proyecto en mención, deberá solicitarse formalmente ante esa Dirección General, acompañada de las justificaciones de rigor, a más tardar el próximo 3 de octubre, para valorar la pertinencia de gestionar la moción según corresponda.

Se dispone: Tomar nota de lo informado y hacerlo del inmediato conocimiento de la Dirección Ejecutiva institucional, para lo que corresponda. ACUERDO FIRME.

Invitación para participar en la Misión de Observación de las Elecciones para elegir el gobierno de Puerto Rico.

b) Del señor Ramón E. Gómez Colón, Presidente de la Comisión Estatal de Elecciones del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, se conoce fax correspondiente a oficio sin número del 2 de setiembre del 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 5 de este mes, mediante el cual se refiere a las elecciones para elegir el gobierno de Puerto Rico el próximo martes 4 de noviembre, para lo que extiende cordial invitación para participar de dicho evento.

Indica el señor Gómez Colón que los gastos de viaje aéreo, hospedaje, transportación y alimentación serán cubiertos por esa Comisión, según se indica.

Se dispone: Para atender la cordial invitación que hace la Comisión Estatal de Elecciones de Puerto Rico se designa al Magistrado Sobrado González. Para sustituirlo durante su ausencia y previo sorteo de rigor, se llama al ejercicio de la magistratura al Lic. Casafont Odor. La Presidencia interina corresponderá a la Magistrada Zamora Chavarría y, a partir del 5 de noviembre, al Magistrado Esquivel Faerron, en tanto que de ese día en adelante la Magistrada Zamora también estará ausente. ACUERDO FIRME.

Consulta legislativa sobre el proyecto de Ley para el fortalecimiento de las consultas populares en el ámbito cantonal y distrital.

c) De la señora Rosa María Vega Campos, Jefa de Área de la Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo de la Asamblea Legislativa, se conoce fax relativo al oficio n.º CPEM-091 de fecha 10 de setiembre de 2008, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual, atendiendo instrucciones del señor Gilberto Jeréz Rojas, Diputado y Presidente de dicha comisión, consulta el criterio de este Tribunal en relación con el Proyecto de Ley denominado “Reforma al artículo 13, inciso j) y adición de un párrafo final al artículo 19 y un nuevo título VIII, al Código Municipal, Ley N.º 7794. Ley para el fortalecimiento de las consultas populares en el ámbito cantonal y distrital”, el cual se tramita bajo número de expediente 16.876, para lo cual se fija el plazo de ocho días hábiles.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para la elaboración del proyecto de respuesta respectivo -que deberá rendirse a más tardar el 22 de setiembre de 2008-, pase al señor Coordinador de Programas Electorales. Para su examen, se fijan las 11:00 horas del 16 de setiembre de 2008. ACUERDO FIRME.

Audiencia para contestar de amparo interpuesto por el señor Alex Torres Castrillo.

d) De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, se conoce cédula de notificación relativa a la resolución de las 11 horas con 22 minutos del 05 de setiembre de 2008, notificada a las 09 horas con 05 minutos de hoy en la Secretaría del despacho, dictada dentro del expediente judicial n.º 08-012068-007-CO, el cual corresponde a recurso de amparo interpuesto por el señor Alex Torres Castrillo contra el Presidente de este Tribunal y la Directora General del Registro Civil, según la cual se otorgan tres días para remitir el informe respectivo, con remisión completa, certificada, debidamente identificada, foliada y estricto orden cronológico del expediente administrativo a que se refiere el amparo, así como de los demás documentos relacionados.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para la formulación del respectivo proyecto de respuesta -el cual deberá remitirse a la Secretaría del despacho en el plazo de veinticuatro horas- pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

ASUNTOS DE PARTIDOS POLITICOS.

Informe del Departamento Legal sobre la obligación de los partidos políticos cantonales de informar sobre contribuciones.

ARTÍCULO SETIMO.- De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.º DL-440-2008 de fecha 5 de setiembre de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 08 de setiembre de 2008, al cual adjunta el informe que se le ordenara rendir, según el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 52-2008, celebrada el 17 de junio de 2008, en relación con la recomendación n.º 6.5 formulada por el señor Contador en el oficio n.º CONT-374-2008 del 30 de mayo de 2008, que versa sobre controles contables relativos a los Partidos Políticos a escala cantonal.

Se dispone: Túrnese a la Magistrada o al Magistrado que corresponda. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión. 

 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
Eugenia María Zamora Chavarría
 
 
 
 
Max Alberto Esquivel Faerron