ACTA Nº 70-2005

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las once horas del diecinueve de julio del dos mil cinco, con asistencia de los señores Magistrados Fonseca Montoya, quien preside, Sobrado González, Casafont Odor, Rodríguez Chaverri y la señora Magistrada Castro Dobles. 

ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por la señora Magistrada Castro Dobles por no haber participado de dicha sesión.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:

a) En adición a lo dispuesto por este Tribunal en sesión ordinaria Nº 69-2005, artículo segundo, celebrada el 14 de julio en curso, y comunicado por oficio No. 4503-TSE-2005 de esa misma fecha, relacionado con el “Plan de Contingencia Consumo Nacional de Combustible”,

Se dispone: La Dirección Ejecutiva considerará además, para el informe que debe rendir a este Tribunal, la Directriz emitida por el Poder Ejecutivo Nº 042-2005, publicada en La Gaceta Nº 137 del viernes 15 de julio del 2005. ACUERDO FIRME.

b) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce:

Sale del Salón de Sesiones la señora Magistrada Castro Dobles.

1) Oficio Nº 4023-D.E. del 12 de julio del 2005, mediante el cual informa que, en reunión efectuada el 27 de mayo del año en curso, en la Dirección General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda, se convino en realizar un estudio para que, en el presupuesto del 2006, se separara en un subprograma el proceso productivo relativo a las elecciones, por las razones expuestas y luego de haber sometido el asunto a conocimiento del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, recomienda lo que se transcribe a continuación:

“... De conformidad con lo anterior y luego de las conversaciones que se han llevado a cabo, con el señor Héctor Fernández Masís, en las que hemos analizado esta situación, se propone al Superior lo siguiente:

1- Que el anteproyecto de presupuesto que en la actualidad conoce el Ministerio de Hacienda sea modificado de forma que se abra un nuevo subprograma que se denominaría “Organización de Elecciones”, en el que se incluiría la relación de puestos de cargos fijos de la Oficina de Coordinación de Programas Electorales, así como los gastos presupuestados al amparo del artículo 177 de la Constitución Política. Las variantes las practicarían los técnicos de la Dirección Ejecutiva en coordinación con los de la Dirección de Presupuesto.

2- Para el 2006 la Unidad Ejecutora continuaría siendo la Dirección Ejecutiva, de manera que se disponga de un periodo de transición a efecto de que el despacho de Programas Electorales se prepare para asumir este nuevo rol a partir del 2007. Para dicho propósito se requeriría que los puestos números 97559 y 98737, que figuran en Servicios Especiales en el anteproyecto de presupuesto para el próximo año, ambos como Asistente Funcional, se trasladen a cargos fijos, uno con esa misma categoría y otro como Profesional de Gestión, de manera que a inicios del próximo año se puedan hacer los nombramientos en propiedad e iniciar la capacitación que necesitan en las nuevas labores que asumirían.

3- Para efectos de aplicar lo propuesto, resultaría necesario reformar los reglamentos de funcionamiento de la Dirección Ejecutiva y de Programas Electorales para adecuarlos a las nuevas circunstancias, lo que se haría a finales del año próximo con la idea de que rijan a partir del 2007.

4- Con la finalidad de obtener una mejor programación y coordinación en esta materia, que el señor Coordinador de Programas Electorales se incorpore a la Comisión de Presupuesto institucional a partir de enero del próximo año.”

Se dispone: Aprobar conforme lo recomienda el señor Director Ejecutivo. ACUERDO FIRME.

La señora Magistrada Castro Dobles reingresa al Salón de Sesiones.

2) Oficio Nº 4046-D.E. del 15 de julio del 2005, mediante el cual se refiere, de conformidad con lo acordado en sesión N. 65-2005 del 30 del mes pasado, artículo 5º, a lo que dispuso aprobar este Tribunal sobre la recomendación relativa a que la Oficina de Capacitación efectuara las gestiones necesarias, con la Comisión de Coordinación de la Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, a los efectos de que se concretara una charla a las jefaturas y subjefaturas de esta institución sobre el SIGAF, tal como lo había propuesto el señor Auditor Interno. Sobre el particular informa que dicha actividad se llevará a cabo el 29 de los corrientes, de las 9:00 a las 12:00 horas en el Salón Multiuso, en la que también participarán otros funcionarios relacionados con ese proceso.

Se dispone: Tomar nota. Póngase en conocimiento de la Auditoría Interna de este Tribunal. ACUERDO FIRME.

3) Memorando Nº 3369-D.E. del 18 de julio del 2005, mediante el cual solicita se deje sin efecto la aprobación de la solicitud de pedido Nº 2505020130 por ¢61.872.194,01, toda vez que el monto resulta insuficiente por razones de variación cambiaria. A su vez, remite para su aprobación nueva solicitud con la misma numeración y objeto por un monto de ¢66.672.196,01, cuyo propósito es comprar equipo de cómputo, según lo programado para el presente ejercicio presupuestario y consignando al señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, como órgano fiscalizador en la ejecución del respectivo contrato.

Se dispone: Aprobar. Se designa al señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, como órgano fiscalizador en la ejecución del respectivo contrato.

ACUERDO FIRME.

c) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Coordinador de la Comisión de Transmisión de Datos, se conoce oficio Nº 107-2005 CTD del 13 de julio del 2005, mediante el cual informa que dicha Comisión ha venido analizando las propuestas formuladas por el Comité Técnico, relativas al sistema de transmisión a utilizar, lo que se concretó en la reunión que menciona, por lo que solicita audiencia con el Tribunal para hacer la respectiva presentación.

Se dispone: Conceder la audiencia para el próximo jueves 21 de julio, a las 15:00 horas. ACUERDO FIRME.

d) De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Asesora Jurídica a.i., se conoce:

1) Oficio Nº A.J. 284-2005 del 13 de julio del 2005, suscrito conjuntamente con el señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, mediante el cual se refieren, con base en las interrogantes que plantea el señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, en oficio Nº 319-2005 del 12 de mayo del 2005, a lo que ordenara el Tribunal a la Asesoría Jurídica, y posteriormente a la Dirección Ejecutiva, a los fines de emitir criterio en relación con el tema del fraccionamiento ilícito de las contrataciones administrativas, de frente a un grupo determinado de contrataciones que gestiona la Proveeduría, y por las razones que expone detalla sus conclusiones al respecto, así como la posición de la Dirección Ejecutiva sobre ese mismo particular.

Se dispone: Tener por rendido el informe. Tome nota para lo de su cargo el señor Proveedor, quien ampliará los términos de su oficio Nº 796 refiriéndose en forma puntual a las observaciones formuladas por el señor Contador institucional, el cual a su vez puntualizará las contrataciones en las que se ha dado aglomeración de ítem. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº A.J. 285-2005 del 15 de julio del 2005, mediante el cual, en atención a lo dispuesto en el artículo 2º la sesión ordinaria N° 66-2005 del 5 de julio del año en curso, relacionado con la cesión de pago por parte de la empresa SECURE S.A. a la sociedad cesionaria Financiera Desyfin S.A., por las razones que expone indica que puede continuarse con los trámites de pago, en el entendido de que se cumpla con lo mencionado en el acuerdo de cita.

Se dispone: Pase a la Contaduría para los efectos correspondientes. ACUERDO FIRME.

3) Oficio Nº A.J. 286-2005 del 15 de julio del 2005, mediante el cual, en atención a los dispuesto en el artículo 17º de la sesión ordinaria n.º 61-2005, relacionado con la cesión de pago por parte de la empresa Corporación Andrea Industrial Inc. S.A., a favor de Financiera Desyfin S.A., por las razones que expone indica que puede continuarse con los trámites de pago.

Se dispone: Pase a la Contaduría para los efectos correspondientes. ACUERDO FIRME.

4) Oficio Nº A.J. 287-2005 del 15 de julio del 2005, mediante el cual, en atención al acuerdo adoptado por el Tribunal en el artículo 2º de la sesión ordinaria N° 66-2005, celebrada el 5 de julio del año en curso, relacionado con la cesión de pago por parte de la empresa Servicio de Cuido Responsable Secure S.A. a favor de la Sociedad Financiera Desyfin S.A., por las razones que expone indica que puede continuarse con los trámites de pago, en el entendido de que se cumplió con lo mencionado.

Se dispone: Pase a la Contaduría para los efectos correspondientes. ACUERDO FIRME.

5) Oficio Nº A.J. 289-2005 del 15 de julio del 2005, mediante el cual consulta si – en virtud de que el Tribunal en sesión No. 67-2005, artículo quinto, conoció el oficio N° AJ-273-2005, en el cual ese despacho rindió informe relativo al reconocimiento y pago por parte del Tribunal de horas extras y viáticos en convenios de préstamo de funcionarios, lo cual en aquella sesión se dispuso poner en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, y en vista de que la Asesoría Jurídica tiene en trámite varios convenios de ese tipo, en los que eventualmente el Tribunal deberá asumir el pago de extras, viáticos y otros rubros – es conveniente que este Tribunal manifieste si avala el contenido del informe antes mencionado, a fin de proceder con la elaboración de los citados convenios.

Se dispone: El Tribunal en efecto, avaló el informe a que se refiere la Asesoría Jurídica, en el artículo quinto de la sesión ordinaria Nº 67-2005. ACUERDO FIRME.

e) Del señor Víctor Manuel Vargas Meneses, Auditor Interno, se conoce oficio Nº 231-A.I.-2005 del 8 de julio del 2005, mediante el cual remite el documento denominado “Advertencia sobre independencia y objetividad de esa Auditoría”, y por las razones que expone, adjunta pronunciamiento de la Contraloría General de la República que indica, asimismo suscribe la siguiente petición: 

“... PETICION:

Con el propósito de evitar posibles riesgos, de eventuales incumplimientos a la normativa legal, tanto por parte de la Administración Activa, como de la Auditoría Interna, solicitamos muy respetuosamente al Superior, disponer lo pertinente en relación con los siguientes extremos:

1. Que se analice y definan de acuerdo con las condiciones imperantes, los cambios que hay que realizar en la organización interna del TSE (Reglamentos, Manuales, u otros), para salvaguardar la “Objetividad e Independencia de la Auditoría Interna”.

2. Que se analice jurídicamente, si los procedimientos internos que ha seguido el Superior, de trasladar todos los asuntos que pone en conocimiento la Auditoría Interna, sobre su organización interna, a la Dirección Ejecutiva, pueden significar alguna violación a los principios de “Objetividad e Independencia del la (sic) Auditoría Interna ”

3. Que se establezca un procedimiento para asegurar los recursos de la Auditoría Interna, de manera que se facilite el cabal cumplimento de de (sic) la normativa vigente.

4. Que se analicen los alcances de la normativa vigente y del pronunciamiento de la Contraloría General de la República, No.11503 del 28 de setiembre del 2004, para que se establezca un sistema de evaluación del desempeño del Auditor Interno, y de su personal conforme al ordenamiento.

5. Que se analice el procedimiento de otorgamiento y ejecución de los recursos a la Auditoría Interna, para salvaguardar la vigencia de los principios de “Objetividad e Independencia” indicados.”

Se dispone: Para su estudio e informe dentro del plazo de quince días, pase a la Asesoría Jurídica institucional. ACUERDO FIRME.

f) Del señor Jaime Garita Sánchez, Inspector Electoral, se conoce:

1) Oficio Nº I.E.-246-2005 del 13 de julio del 2005, mediante el cual, respecto de la impresión de las listas provisionales de electores -Padrón Nacional- y para los efectos de reducir costos, sugiere se les entregue a los partidos políticos copia en medio magnético. Sugiere además que – dado que el artículo 22 del Código Electoral no define que la copia del padrón deba ser necesariamente en papel – estudie la viabilidad legal de su sugerencia la Asesoría Jurídica.

Se dispone: Se le informa al señor Garita Sánchez, que ya este Tribunal desde el año 2000, se pronunció sobre el particular, mediante acuerdo adoptado en sesión Nº 71-2000, celebrada el 3 de octubre de ese año, artículo decimosexto, reiterado por acuerdos tomados en el artículo segundo, inciso h) de la sesión Nº 38-2001, y en el artículo decimosexto de la sesión No. 40-2001, y adicionado por acuerdo de la sesión No. 79-2002, artículo segundo. Asimismo, en la sesión del día de hoy, se aprobó la recomendación del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, de fijar la fecha límite para que los partidos políticos soliciten las listas provisionales de electores impresas, estableciéndose como tal el próximo 12 de agosto del año en curso y posterior a esa fecha solamente se entregarán dichas listas en medio magnético o digital. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº I.E. 248-2005 del 14 de julio del 2005, al que en atención a lo dispuesto por el Tribunal en sesión Nº 70-2004 del 27 de mayo del año pasado, remite el expediente 030-O-2004, referido al Procedimiento Administrativo Ordinario en contra de la Empresa Rojas Constructores Limitada.

Se dispone: Túrnese al señor Magistrado que corresponda. ACUERDO FIRME.

g) Del señor Jaime Madriz Muñoz, Contralor Electoral, se conoce oficio Nº 147-2005 C.E. del 18 del mes en curso, mediante el cual rinde el informe que se le solicitó referente al estudio sobre la posibilidad de establecer un distrito electoral en la Isla del Coco, y con base en las razones que expone, sugiere se dicte el acuerdo respectivo en los términos que detalla, y encomienda que la Coordinación de Servicios Regionales coordine lo propio a los efectos de realizar los respectivos traslados electorales.

Se dispone: Aprobar conforme se propone. Díctese el respectivo decreto. ACUERDO FIRME.

h) Del señor Javier Vega Garrido, Proveedor, se conoce:

1) Oficio Nº 1317-2005 del 14 de julio del 2005, de conformidad con el cual somete, para la aprobación de este Tribunal y como parte del Plan Anual Proyectado de Adquisiciones y su respectiva programación financiera, el pliego de condiciones y especificaciones que reglamentará la licitación por registro: “Compra de vehículos de transporte”.

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº 1321-2005 del 15 de julio del 2005, mediante el cual informa lo que se transcribe a continuación:

“De conformidad con el acuerdo tomado por el Tribunal en el artículo segundo de la Sesión Ordinaria N° 68-2005, celebrada el 12 de los corrientes, transcrita en el Oficio N° 4444-TSE-2005 de igual fecha, en el que se conoció el oficio del suscrito N° 1278-2005 del 11 de este mes y se aprobó la recomendación de solicitar autorización a la Contraloría General de la República para la eventual celebración de un contrato con la empresa Control Electrónico S.A. con el fin de que brinde el servicio de soporte técnico para el desarrollo e implementación de la Solución Emergente Informática para el traslado de elecciones, y para lo cual se dispuso que el DTIC y la Oficina de Proyectos Tecnológicos validaran los contenidos técnicos del proyecto de solicitud, me permito indicar que hoy el señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del DTIC, y el señor Rodolfo Delgado Rojas, Jefe de Proyectos Tecnológicos, a través de oficios N° 1148 DTIC y N° 259-2005-OPT, respectivamente, realizaron sus observaciones que fueran debidamente consideradas en el documento que se adjunta que en este acto y que también se remite electrónicamente, con el fin de que se sirva diligenciar lo que corresponda ante la Contraloría General de la República, con copia a esta Oficina para el respectivo expediente administrativo.

El oficio que se remita deberá acompañarse de los documentos adjuntos y que se especifican a continuación:

De lo anterior, le solicito se sirva también hacerlo del conocimiento de los señores Magistrados para su respectivo seguimiento.”

Se dispone por mayoría: Tomar nota. Proceda la Secretaría del despacho a remitir la respectiva solicitud a la Contraloría General de la República, conforme se sugiere. ACUERDO FIRME.

La señora Magistrada Castro Dobles salva el voto y lo emite en los siguientes términos:

La Magistrada Castro Dobles reitera lo ya manifestado en voto salvado tomado en la sesión ordinaria Nº 56-2005 de fecha 7 de junio del año en curso.

3) Oficio Nº 1348-2005 del 18 de julio del 2005, mediante el cual informa sobre el resultado del estudio realizado a las plicas sometidas para la licitación restringida Nº 01-2005 “Compra de teléfonos y faxes para Programas Electorales”, recomendando lo que se transcribe a continuación:

“... 6. RECOMENDACIÓN

Conforme se desprende de la tabla precedente, las ofertas presentadas por Instalaciones Telefónicas Costa Rica S.A. y Siemens S.A. alcanzaron la mejor puntuación según la metodología de evaluación aplicada, y considerando el criterio del Lic. Fernando Víquez Jiménez, con carácter de Coordinador del Programa de Transmisión de Datos, es posible para el Tribunal adjudicar este concurso de la siguiente manera y con base en los artículos 4 de la LCA y 49.3 del RGCA.

A: Instalaciones Telefónicas Costa Rica S.A., lo siguiente:

Item No.1: 100 teléfonos de escritorio marca Panasonic, modelo Kx-TS500. Precio unitario: $12.50, precio total: $ 1.250.00

Item No.3: 20 Equipos fax marca Panasonic, modelo Kx-FHD331. Precio unitario: $110.00, precio total $ 2.200.00.

Total a adjudicar a Instalaciones Telefónicas Costa Rica S.A: $3.450.00.

A: Siemens S.A.

Item No. 2: 70 teléfonos celulares para tecnología GSM marca Siemens, Modelo C 60. Precio unitario: $110.00. Total a adjudicar: $7.700.00.

En caso de que el Superior, acoja esta recomendación se deben comisionar las siguientes actuaciones:

1) Que la contratación se formalice por la vía que defina la Asesoría Jurídica.

2) Que se ratifique al suscrito como órgano fiscalizador para los ítemes 1 y 3 de la presente contratación, y para el ítem 2 al Lic. Fernando Víquez Jiménez, Coordinador del Programa de Transmisión de Datos.

3) Que se declare desierto el ítem número 4 de la presente licitación por inopia de ofertas y que se autorice a la Proveeduría para seguir una contratación directa para adquirir los dos teléfonos para personas con discapacidad.

4) Que se autorice al señor Jaime Madriz Muñoz, Contralor Electoral, para que custodie en la bodega de insumos de seguridad, los teléfonos celulares una vez que se hubieran identificado con número de activo; debido a limitaciones de espacio en el almacén de la Proveeduría.”

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

4) Oficio Nº 1349 del 18 de julio del 2005, mediante el cual -en atención a lo dispuesto por el Tribunal en sesión ordinaria Nº 65-2005 del 30 de junio, según el cual se amplió el plazo otorgado para que informara sobre la contratación del mantenimiento a la plataforma conocida como IVR- informa sobre las actuaciones que al respecto ha ejecutado su despacho, y por las razones que apunta solicita una prórroga de ocho días hábiles para completar el respectivo informe.

Se dispone: Se concede la prórroga que se solicita, siempre que, como lo indica, el propósito sea para concluir el informe debido. ACUERDO FIRME.

i) Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce:

1) Oficio Nº 507-2005 del 11 de julio del 2005, mediante el cual informa lo que se transcribe a continuación: 

“De acuerdo a lo dispuesto por el Superior en Sesión Nº 64-2005 del 28 de junio del año en curso, comunicada mediante Oficio Nº 4117–TSE–2005, se hace énfasis en que esta Contaduría debe ser la oficina que le dé seguimiento al cumplimiento de las prevenciones que se le hacen a las distintas agrupaciones políticas que no suministran la información de lo estipulado tanto en el artículo 176 Bis del Código Electoral como en el artículo 14 del Reglamento sobre el pago de los gastos de los partidos políticos. En virtud de esto y para garantizar el mayor grado de eficiencia del seguimiento, es necesario que se autorice a esta Contaduría elaborar las respectivas prevenciones dentro de los términos establecidos, a fin de efectuar el control de las respuestas e informar al Superior sobre su cumplimiento final para lo que estime pertinente.”

Se dispone: Aprobar conforme se propone. Coordinarán puntualmente en este aspecto lo pertinente, la Secretaría del Tribunal y la Contaduría. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº 512-2005 del 13 del mes en curso, mediante el cual, en atención a lo dispuesto por el Tribunal en sesión No. 67-2005, artículo 2º, relacionado con el presupuesto presentado por el Partido Integración Provincial Tres, informa que de conformidad con los artículos Nº 176 y 177 del Código Electoral, 2º del Reglamento sobre el Pago de los Gastos de los Partidos Políticos dictado por el Tribunal Supremo de Elecciones, y 12 del Reglamento sobre el Pago de los Gastos de los Partidos Políticos promulgado por la Contraloría General de la República, así como el Manual y Cuadro de Cuentas a que remite la última disposición citada, éste se ajusta a dicha normativa, presentando su presupuesto conforme la clasificación establecida considerando tanto los ingresos como los gastos posibles, aportando el acuerdo del Comité Ejecutivo Superior mediante el cual se aprobó debidamente rubricado y se destina un monto para capacitación debidamente diferenciado de los demás rubros.

Se dispone: Tener por rendido el informe y, en consecuencia, se aprueba el presupuesto presentado. Póngase en conocimiento de la Contraloría General de la República, a fin de que cuente con tal insumo al momento de revisar posteriormente las liquidaciones de gastos que eventualmente se presenten. Incorpórese al sitio web del Tribunal. ACUERDO FIRME.

3) Oficio Nº 513-2005 del 13 del mes en curso, mediante el cual, en atención a lo dispuesto por el Tribunal en sesión No. 67-2005, oficio No. 4310-TSE-2005 del 7 de julio del año en curso, relacionado con el presupuesto presentado por el Partido Movimiento Libertario, informa que de conformidad con los artículos No. 176 y 177 del Código Electoral, 2° del Reglamento sobre el Pago de los Gastos de los Partidos Políticos dictado por el Tribunal Supremo de Elecciones y 12 del Reglamento sobre el Pago de los Gastos de los Partidos Políticos promulgado por la Contraloría General de la República, así como el Manual y Cuadro de Cuentas a que remite la última disposición citada, este se ajusta a dicha normativa, presentando su presupuesto conforme la clasificación establecida considerando tanto los ingresos como los gastos posibles, aportando el acuerdo del Comité Ejecutivo Superior mediante el cual se aprobó debidamente rubricado y se destina un monto para capacitación debidamente diferenciado de los demás rubros.

Se dispone: Tener por rendido el informe y, en consecuencia, se aprueba el presupuesto presentado. Póngase en conocimiento de la Contraloría General de la República, a fin de que cuente con tal insumo al momento de revisar posteriormente las liquidaciones de gastos que eventualmente se presenten. Inclúyase en el sitio web de este Tribunal, conjuntamente con los presupuestos que ya están aprobados y los que en lo sucesivo se validen, lo cual deberá supervisar el señor Contador. ACUERDO FIRME.

4) Oficio Nº 514-2005 del 13 del mes en curso, mediante el cual, en atención a lo dispuesto por el Tribunal en sesión No. 67-2005, artículo 2º, celebrada el 7 de julio del año en curso, relacionado con el presupuesto presentado por el Partido Unión para el Cambio, informa que de conformidad con los artículos Nº 176 y 177 del Código Electoral, 2° del Reglamento sobre el Pago de los Gastos de los Partidos Políticos dictado por el Tribunal Supremo de Elecciones, y 12 del Reglamento sobre el Pago de los Gastos de los Partidos Políticos promulgado por la Contraloría General de la República, así como el Manual y Cuadro de Cuentas a que remite la última disposición citada, éste se ajusta a dicha normativa, presentando su presupuesto conforme la clasificación establecida considerando tanto los ingresos como los gastos posibles, aportando el acuerdo del Comité Ejecutivo Superior mediante el cual se aprobó debidamente rubricado y se destina un monto para capacitación debidamente diferenciado de los demás rubros.

Se dispone: Tener por rendido el informe y, en consecuencia, se aprueba el presupuesto presentado. Póngase en conocimiento de la Contraloría General de la República, a fin de que cuente con tal insumo al momento de revisar posteriormente las liquidaciones de gastos que eventualmente se presenten. Inclúyase en el sitio Web del Tribunal. ACUERDO FIRME.

5) Oficio Nº 524-2005 del 18 de julio del 2005, mediante el cual manifiesta lo transcrito a continuación:

“En el anteproyecto de presupuesto para el año 2006 del Tribunal Supremo de Elecciones se incluyó la suma de ¢ 15.193.557.860,00 por concepto de financiamiento del Estado a los partidos políticos.

De acuerdo con el artículo 96 inciso 1) de la Constitución Política, el financiamiento del Estado a los partidos políticos será del 0.19% del Producto Interno Bruto del año trasanterior a la celebración de las elecciones para Presidente, Vicepresidentes de la República y Diputados a la Asamblea Legislativa.

De acuerdo con datos de la página electrónica del Banco Central relativa al Producto Interno Bruto (PIB) del año 2004, existe información en donde se establece que existen dos tipos de PIB, un “Producto Interno Bruto a Precios Básicos” por un monto de ¢ 7.301.612,7 millones de colones y otro denominado “Producto Interno Bruto a Precios de Mercado” por un monto de ¢ 8.055.487,6 millones de colones.

Esta diferencia en los montos del PIB, genera una situación muy particular ya que dependiendo del tipo de Producto Interno Bruto que se aplique para efectos del cálculo, así será el monto a que tendrán derecho los partidos políticos como parte del financiamiento del Estado.

En caso de que utilicemos el “Producto Interno Bruto a Precios Básicos” dicho financiamiento ascendería a ¢ 13.873.064.130,00, pero si utilizamos el “Producto Interno Bruto a Precios de Mercado” éste alcanzaría la suma de ¢15.305.426.440,00.

La norma constitucional no hace diferencia en cuanto al tipo de Producto Interno Bruto a utilizar con el objeto de determinar el monto del financiamiento que debe otorgar el Estado a los partidos políticos, sin embargo, lo cierto es que oficialmente, de acuerdo con la información suministrada por el Lic. Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del Tribunal, en certificación del quince de julio, existen dos tipos de Producto Interno Bruto.

Lo anterior lo hago de conocimiento del Superior con el objeto de que sirva definir el PIB que se debe utilizar, para efectos de ajustar el monto incluido inicialmente dentro del anteproyecto de presupuesto del Tribunal Supremo de Elecciones para el 2006. De manera que si establece como base para dicho cálculo el “Producto Interno Bruto a Precios Básicos” el monto a presupuestar sería por la suma de ¢13.873.064.130,00, pero en caso contrario, si el Tribunal determina que es el “Producto Interno Bruto a Precios de Mercado” el monto sería ¢15.305.425.300,00.”

Se dispone: Utilizar para efectos de cálculo presupuestario, el “Producto Interno Bruto a precios básicos”. ACUERDO FIRME.

j) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio Nº 899-2005-DRH del 13 de julio del 2005, mediante el cual informa que, en vista de que en el presupuesto institucional del presente año se incluyeron, con rige a partir del segundo semestre, dos plazas en propiedad de Asistente Legal para la Secretaría de este Tribunal, eleva a consideración oficio número 4472-TSE-2005 del Secretario del despacho, mediante el cual solicita -mientras se realiza el respectivo concurso para ocupar dichas plazas- se nombre en forma interina a la señorita Wendy González Araya, lo que se haría a partir del próximo 1º de agosto del año en curso y con un contrato que se mantendría vigente hasta que se designe al propietario de la plaza.

Se dispone: Hacer el nombramiento conforme se sugiere. ACUERDO FIRME.

k) Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce:

1) Oficio Nº 235-C.P.E.-2005 (SUSTITUIR) del 13 de julio del 2005, mediante el cual informa que en sus oficios Nº 100-CPE-2005 y 112-CPE-2005 elevó a conocimiento de este Tribunal la información relativa a la bodega cuyo arrendamiento se estaba negociando con el INCOFER, en virtud de lo cual se había ordenado que tanto la Proveeduría como la Asesoría Jurídica gestionaran y formalizaran los trámites necesarios para concretar esta contratación, advirtiendo que se estaba a la espera de la respetiva oferta. Indica además el Lic. Fernández Masís que el Arq. Institucional estimó – en oficio n.º 187-ARQ-2005 – los trabajos de remodelación en aproximadamente ¢5.000.000.oo y recomendó que la Proveeduría comprara los materiales y que Servicios Generales hiciera las modificaciones. Refiere asimismo el Coordinador de Programas Electorales que el INCOFER lo que ha hecho llegar es un contrato de arrendamiento, ya autorizado por el Consejo Directivo, el cual autoriza suscribir el convenio a razón de ¢ 2.150.000.oo mensuales con aumentos anuales de 15%, vigencia por un año prorrogable a 4 años y con la obligación para el TSE de solicitar autorización para remodelar, ante lo cual recomienda lo que se transcribe de seguido: 

“... Con base en lo expuesto con todo respeto recomendamos al Tribunal que se ordene las siguientes acciones:

1) Que la Asesoría Jurídica, con base en el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo del INCOFER, coordine con el Departamento Legal de dicha institución la redacción del documento que mejor sirva a los intereses de ambas instituciones, sea convenio institucional o contrato administrativo, así como los demás requisitos necesarios a los efectos que el mismo pueda suscribirse a la mayor brevedad posible.

2) Que una vez firmado el respectivo documento y con base en éste se solicite a través de la Secretaría del Tribunal, el permiso de uso respectivo al INCOFER para acondicionar temporalmente la bodega y poder iniciar los trabajos propios del Programa de Empaque mientras se tramita el refrendo del respectivo contrato;

3) Que la Oficina de Arquitectura de la Institución coordine con la Proveeduría la compra de materiales necesarios para los trabajos de acondicionamiento de la bodega; los cuales se iniciarán tan pronto esté refrendado el contrato.

4) Que la labor de acondicionamiento de las bodegas, una vez refrendado el contrato, sea efectuado por el Departamento de Servicios Generales.

5) Proceda la Proveeduría con el respectivo procedimiento de contratación. Habida cuenta de la naturaleza pública del cocontratante, acreditando la razonabilidad del precio y si es factible la contratación directa.”

Se dispone: Aprobar conforme se sugiere. ACUERDO FIRME.

Sale del Salón de Sesiones la señora Magistrada Castro Dobles.

2) Oficio Nº 238-C.P.E.-2005 del 14 de julio del 2005, mediante el cual manifiesta lo que se transcribe de seguido:

“El señor Carlos Alberto Murillo Montoya, Jefe de la Sección de Padrón Electoral, mediante oficio No. 0985-2005 S.P.E., manifiesta su preocupación de que en anteriores procesos electorales los partidos políticos han solicitado copias impresas tanto de las listas provisionales como definitivas de electores, sin embargo en muchas ocasiones éstas no son retiradas. Agrega el señor Murillo Montoya que lo anterior conlleva no sólo un aumento en la jornada extraordinaria que se destina a dicha labor, sino que ello también implica un aumento de los costos, debido a que actualmente se cuenta con una nueva tecnología de impresión, razón por la cual solicita que en atención a de lo (sic) establecido por el artículo 22 del Código Electoral y de lo dispuesto en Sesión No. 79-2002, que se establezca una fecha límite para la impresión de las listas de electores, que a su criterio debe ser el 12 de agosto del presente año, por lo que posterior a esa fecha la información solo se entregaría en forma digital o magnética. Además, recomienda que por medio de la Sección de Padrón Electoral se canalicen las autorizaciones que el Tribunal apruebe en cuanto a la entrega de copias del Padrón Electoral en medio escrito o magnético, lo que a su criterio agilizará los tiempos de entrega de los citados listados a los partidos políticos, así como llevar un control detallado de las solicitudes hechas.

Este despacho avala las recomendaciones supra indicadas, ya que son congruentes con lo dispuesto por el Superior en Sesión N° 79-2002, por lo que le ruego elevarlas a conocimiento del Tribunal; adicionalmente, si el Superior aprueba la solicitud, este despacho sugiere que se comunique mediante circular a los partidos políticos la fecha limite del 12 de agosto del presente año para solicitar la impresión de las listas provisionales de electores, así como que la Oficina de Comunicación y Protocolo emita un comunicado de prensa.”

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

La señora Magistrada Castro Dobles reingresa al Salón de Sesiones.

3) Oficio Nº 240-C.P.E.-2005 del 14 de julio del 2005, mediante el cual, aclara y solicita la rectificación del acuerdo tomado en sesión ordinaria Nº 67-2005 del 7 de julio, en el sentido de que el señor Valverde Calvo es delegado, el puesto para el cual se recomendó se le nombrara es como Jefe Regional de Cartago, y su nombre correcto es Alcides y no “Alices” como por error se consignó en el referido acuerdo.

Se dispone: Rectificar el acuerdo que señala el señor Fernández Masís, en el sentido de que el nombramiento del señor Alcides Valverde Calvo, es como Jefe Regional de Cartago. ACUERDO FIRME.

4) Oficio Nº 248-C.P.E.-2005 del 15 de julio del 2005, mediante el cual eleva nota del señor Alcides Valverde Calvo, actual Jefe de Delegados de Cartago, en la que manifiesta que se le ha planteado la consulta de parte de funcionarios que laboran en la Auditoría Interna del Banco Crédito Agrícola de Cartago, en el sentido de que si la Ley de Control Interno, les limita su participación como delegados de este Tribunal. Al respecto recomienda que la Asesoría Jurídica se pronuncie sobre el particular, para lo cual externa su criterio.

Se dispone: Siendo la interpretación de las normas electorales atribución propia y exclusiva de este Tribunal, túrnese el asunto al señor Magistrado que corresponda. ACUERDO FIRME.

l) De la señora Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, se conoce oficio Nº 209-2005-OCP del 14 de julio del 2005, suscrito conjuntamente con el señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, mediante el cual informan que, en acatamiento a lo dispuesto en sesión Nº 54-2005 del 1º de junio de 2005, comunicado por oficio Nº 3500-TSE-2005, recibieron el pasado 30 de junio a los señores Juan Sepúlveda y Javier Castro, representantes de la Cámara Nacional de Radio (CANARA), remitiendo una síntesis de lo conversado con el afán de que sea puesta en conocimiento de los señores Magistrados.

Se dispone: Tomar nota de la información que suministran el señor Fernández Masís y y la señora Jiménez Rodríguez. Para efectos de aprovechar al máximo los espacios que cedería la Cámara Nacional de Radio, prepare en el término de quince días hábiles la Oficina de Comunicación el respectivo cronograma con especificación de los contenidos, para lo cual consultará lo pertinente con la Coordinación de Programas Electorales. ACUERDO FIRME.

m) Del señor Luis Diego Brenes Villalobos, Letrado, se conoce nota del 12 del mes en curso, mediante el cual informa sobre su participación en el taller de trabajo preparatorio para las “Primeras Jornadas Iberoamericanas sobre formación de gestores electorales: experiencias comparadas en Ibero América y presentación del Proyecto Bridge.”, el pasado 4 y 8 de julio en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, según detalla. Sugiere el Letrado Brenes Villalobos a este Tribunal trasladar los documentos adjuntos a custodia de la Biblioteca institucional, así como remitir un caluroso agradecimiento a IDEA Internacional por la invitación cursada.

Se dispone: Tener por rendido el informe que somete el Letrado Brenes Villalobos y procédase conforme se sugiere. ACUERDO FIRME.

n) De la señora Arlette Bolaños Barquero, Asistente Legal de este Tribunal, se conoce oficio sin número del 13 de julio del 2005, mediante el cual informa de su participación en el seminario Cumbre de Liderazgo Internacional de las Ameritas 2005, el pasado 16 y 18 de julio, según detalla.

Se dispone: Tener por rendido el informe que somete la Licda. Bolaños Barquero. ACUERDO FIRME.

ñ) Del señor Federico Carrillo Zürcher, Ministro de Hacienda, se conoce fax correspondiente al oficio Nº DM-1021 del 5 de julio del 2005, de conformidad con el cual se refiere a la crisis fiscal, a las medidas que deben adoptarse para solventarla y al anteproyecto de presupuesto de este organismo electoral para el año 2006, el cual indica el señor Ministro, tiene un exceso de ¢857.7 millones por lo que respetuosamente solicita variarlo, remitiendo los ajustes del caso a la Dirección General de Presupuesto Nacional a más tardar el próximo 11 de julio del año en curso. El ajuste se hará de oficio si el Tribunal no comunica nada sobre el particular a la antedicha dirección.

Se dispone: En los términos de la conversación sostenida con el señor Viceministro de Hacienda el pasado 13 de julio, proceda la Dirección Ejecutiva a hacer los ajustes correspondientes. ACUERDO FIRME.

o) Del señor Roberto Tovar Faja, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto se conoce oficio Nº DM-334-05 del 12 de julio del 2005, mediante el cual informa que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos, ha solicitado al Estado costarricense información sobre la “Aplicación en el Orden Interno de las Normas Internacionales en Materia de Derechos Humanos y de las Decisiones de los Órganos Internacionales de Protección de Derechos Humanos”, por lo que solicita completar, en la medida de lo posible, el cuestionario que adjunta y devolverlo a dicho Ministerio, con la intención de dar cumplimiento a los compromisos internacionales asumidos por el Estado costarricense en ese sentido.

Se dispone: Para su atención, en lo que respecta a este organismo, pase a la Dirección Ejecutiva, quien contará con el auxilio de la Licda. Arlette Bolaños Barquero. ACUERDO FIRME.

p) Del señor José Luis Araya Alpízar, Director General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda, se conoce:

1) Circular Nº 323 del 7 de julio del 2005, recibida el pasado 18 de los corrientes, mediante la cual informa sobre la remisión de formularios e instructivos para el I Informe Evaluación Presupuestaria del Ejercicio 2005, indicando que los mismos se encuentran en la dirección de la página electrónica que detalla. Agrega que la fecha límite para la remisión del informe será el 1º de agosto del 2005, tanto en forma impresa como en medio magnético y deberán ser remitidos y firmados por el máximo jerarca institucional.

Se dispone: Pase a la Comisión de Presupuesto, para su pronta y oportuna atención. ACUERDO FIRME

2) Oficio Nº 335 del 8 de julio del 2005, mediante el cual se refiere al oficio Nº 4120-TSE-2005 de 28 de junio, suscrito por el Secretario del despacho, mediante el cual remitió la modificación al presupuesto de este Tribunal, e informa que analizada la solicitud esa Dirección procede al trámite respectivo en el proyecto de Decreto Ejecutivo bajo referencia DGPN-H-016, excepto los movimientos de rebaja de las subpartidas de salario escolar, Otros Servicios Personales y su correspondiente aumento, según el origen y aplicación de fondos suministrados, por las razones que expone. Agrega que de conformidad con la normativa vigente, las modificaciones presupuestarias deben presentarse a esa Dirección por escrito, firmadas por el jefe del programa o subprograma según corresponda y autorizadas por el máximo jerarca de la dependencia, por lo que recuerda la necesidad de que ello sea observado en modificaciones futuras. 

Se dispone: Para su atención, pase a la Comisión de Presupuesto. ACUERDO FIRME.

3) Oficio Nº 337 del 8 de julio del 2005, mediante la cual informa sobre la emisión del “Lineamiento técnico para la aplicación del compromiso no devengado y otras disposiciones para ejecutar los presupuestos de los órganos del Gobierno de la República”.

Se dispone: Póngase en conocimiento de la Comisión de Presupuesto para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.

q) Del señor Carlos Fernández, Gerente General del Banco de Costa Rica, se conoce oficio GG-07-250-2005, del 8 del mes en curso, mediante el cual, en relación a la nota en el que el Tribunal solicita el préstamo de vehículos con chofer, para colaborar en la organización de las elecciones nacionales del 2006, informa que su representada ha dispuesto suministrar en calidad de préstamo tres vehículos tipo automóvil sedán, con capacidad para cinco pasajeros; cada uno con su chofer, asumiendo por cuenta del Banco los gastos inherentes al mantenimiento, suministro de combustible, viáticos y tiempo extraordinario de sus funcionarios. Indica además, que han designando como encargado por parte de dicha entidad bancaria al señor Gerardo Calvo Vargas, Gerente de Servicios Generales y Proveeduría con el fin de que se coordinen todos los aspectos correspondientes.

Se dispone: Acusar recibo y dar gracias por la fina atención dispensada a este Tribunal. Procédase con los trámites de rigor para la confección y suscripción -a la mayor brevedad- del respectivo convenio de cooperación. ACUERDO FIRME.

r) De la señora Julia Pomares, Coordinadora Institucional de la Prueba Piloto de Voto Electrónico de la Ciudad de Buenos Aires, Argentina, se conoce correo electrónico del 14 de julio del 2005, mediante el cual adjunta para el señor Presidente de este Tribunal, información sobre la invitación para participar como Observador Internacional de dicha Prueba Piloto, a desarrollarse el próximo 23 de octubre. Adjunta asimismo, los Términos de Referencia de la Observación de la Prueba.

Se dispone: Agradecer a la señora Pomares la información suministrada y por su medio, a la Dirección General Electoral del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la invitación cursada, y comunicar, muy a nuestro pesar, la imposibilidad de aceptarla en virtud del trabajo intenso de preparación de las elecciones generales previstas para febrero del año próximo. ACUERDO FIRME.

s) Del señor Vladimir de la Cruz, Secretario General del Comité Ejecutivo Superior del Partido Fuerza Democrática, se conoce:

1) Oficio sin número del 18 de julio del 2005, mediante el cual informa sobre los números de fax y telefónicos de la sede central, así como los números del teléfono de la Secretaría y Presidencia de esa agrupación política. Además indica que el lugar para oír notificaciones seguirá por ahora en la misma dirección anterior, la cual detalla.

Se dispone: Tome nota la Secretaría del despacho y póngase en conocimiento de la Dirección General del Registro Civil y de la Coordinación de Programas Electorales para lo de sus respectivos cargos. ACUERDO FIRME.

2) Oficio sin número del 18 de julio del 2005, mediante el cual informa, para los efectos que señala, que han abierto un local o club político en la dirección que detalla, lo cual han comunicado a las autoridades policiales correspondientes para los efectos de su inscripción.

Se dispone: Tome nota la Secretaría del despacho y póngase en conocimiento de la Dirección General del Registro Civil y de la Coordinación de Programas Electorales para lo de sus respectivos cargos. ACUERDO FIRME.

Sale del Salón de Sesiones la señora Magistrada Castro Dobles

t) Del señor Carlos Vargas Solano, Presidente del Partido Rescate Nacional se conoce oficio sin número del 15 de julio del 2005, mediante el cual informa sobre la convocatoria a las asambleas del cantón de Turrubares, provincia de San José, así como la asamblea provincial de Guanacaste.

Se dispone: Se deniega la supervisión solicitada respecto de la asamblea cantonal de Turrubares, provincia de San José, habida cuenta de que no consta que ese partido haya realizado las asambleas distritales correspondientes a ese cantón. Asimismo se deniega la supervisión de la asamblea provincial de Guanacaste, por no haberse realizado las cantonales de Tilarán, Nandayure y La Cruz, ni tampoco las distritales de Nacascolo y Curubades del cantón de Liberia; las de Sámara, Nosara y Belén de Nosarita del cantón de Nicoya; la de La Fortuna del cantón de Bagaces y la de Puerto Carrillo del cantón de Hojancha. ACUERDO FIRME.

u) Del señor Walter Muñoz Céspedes, Presidente del Partido Integración Nacional se conoce:

1) Oficios (2) sin número del 15 de julio del 2005, mediante los cuales informa sobre la convocatoria a la Asamblea Nacional de ese partido, y las Asambleas Provinciales de Cartago, San José, Heredia y Alajuela, según detalla.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente, sujeta a que en el plazo de 24 horas se presente ante la Coordinación de Programas Electorales, el permiso para la utilización de las instalaciones del Auditorio Fernando Volio Jiménez, y el Liceo de Alajuela, así como el nombre y número de teléfono del responsable de la coordinación de esta asamblea. Se le recuerda a esa organización política que la validez de la celebración de esta asamblea está sujeta a la celebración de todas las asambleas de inferior nivel. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

La señora Magistrada Castro Dobles reingresa al Salón de Sesiones.

2) Nota sin número del 18 de julio del 2005, mediante la cual informa que el Comité Ejecutivo de dicha agrupación política, a solicitud de la totalidad de los delegados cantonales de la provincia de Cartago, acordó realizar la Asamblea Provincial de Cartago el próximo sábado 23 de julio a las 11 a.m. en el Auditorio Fernando Volio de la Asamblea Legislativa.

Se dispone: Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.

Sale del Salón de Sesiones la señora Magistrada Castro Dobles

v) Del señor Juan Vianney González Ramírez, Presidente del Comité Ejecutivo del Partido Independiente Belemita, se conoce oficio sin número del 12 de julio del 2005, mediante el cual informa de la realización de la asamblea distrital de La Ribera en la provincia de Heredia, según detalla.

Se dispone: Se omite la designación de delegados por resultar extemporánea la comunicación a este Tribunal. Se le recuerda al gestionante que solicitudes como la presente, deben hacerse al menos cinco días hábiles antes de la realización de la asamblea misma. ACUERDO FIRME.

La señora Magistrada Castro Dobles reingresa al Salón de Sesiones.

w) De los señores José Zamora Cordero y Ligia Elizondo Morales, Presidente y Secretaria General, respectivamente, del Partido Alianza por San José, se conoce oficio Nº PASJ 282-07-05 del 14 de julio del 2005, mediante el cual informan sobre la realización de la asamblea cantonal de Central, provincia de San José, según detalla.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

x) Del señor Walter Villalobos Fernández, Secretario General Adjunto del Comité Ejecutivo del Partido Alianza Democrática Nacionalista se conoce oficio Nº ADN-ELECTORALES-114-05, del 14 de julio del 2005, mediante el cual informa sobre la realización de las asambleas cantonales de Naranjo y San Ramón en la provincia de Alajuela, según detalla.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

y) Del señor Antonio Álvarez Desanti, Presidente del Partido Unión para el Cambio, se conoce oficio Nº UPC-EL-116-05 del 12 del mes en curso, mediante el cual solicita la legalización del libro de Actas del Comité Ejecutivo Nacional y el Libro Contable, de esa agrupación política, según detalla.

Se dispone: Proceda el señor Secretario del despacho, conforme a derecho corresponda. ACUERDO FIRME.

z) De la señora Lorena Vásquez Badilla, Presidenta del Partido Unidad Social Cristiana, se conoce oficio Nº 082-P-PUSC-2005 del 13 de julio del 2005, mediante el cual, respecto de las gestiones del señor José Manuel Lobo Vargas, en las que planteó varias consultas solicitando la interpretación de varios artículos del estatuto de dicha agrupación política, transcribe el artículo 140 de dicho estatuto considerándolo de especial importancia para lo que resuelva este Tribunal.

Se dispone: Agréguese a sus antecedentes. ACUERDO FIRME.

Sale del Salón de Sesiones la señora Magistrada Castro Dobles.

a.1) Del señor Mariano Barquero Fonseca, Presidente del Comité Ejecutivo Superior del Partido Acción Democrática Alajuelense, se conoce fax correspondiente a oficio sin número del 18 de julio del 2005, mediante el cual informa que han convocado a la Asamblea Provincial para el sábado 30 de julio a las 2 p.m. en el salón público cuya dirección indica y para conocer la agenda que detalla.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. ACUERDO FIRME.

b.1) Del señor Carlos Vargas Solano, Presidente del Comité Ejecutivo Superior del Partido Rescate Nacional, se conocen nuevamente oficios (2) sin número con fecha del 15 de julio del 2005, mediante los cuales informa sobre la convocatoria a la asamblea cantonal de Turrubares, San José, y la Asamblea Provincial de Guanacaste conforme lo detalla. 

De mejor acuerdo se dispone: Aprobar la fiscalización correspondiente, quedando sujeta la cantonal de Turrubares, a que el gestionante en el plazo de veinticuatro horas presente ante la Coordinación de Programas Electorales la agenda a conocer y aclare la dirección en que se efectuará la misma. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad, por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

La señora Magistrada Castro Dobles reingresa al Salón de Sesiones.

ARTÍCULO TERCERO.- Del señor Fernando Víquez Jiménez, Coordinador del Comité Gerencial de Informática, se conoce oficio Nº 736-2005-C.G.I. del 15 de julio del 2005, mediante el cual, adjunta copia del acta de la reunión ordinaria Nº 26-2005 CGI, celebrada el pasado 13 de julio por dicho Comité.

Se dispone: Tomar nota. Continúese informando al Tribunal sobre el particular.

ARTÍCULO CUARTO.- Del señor Fernando Víquez Jiménez, Coordinador de la Comisión Transmisión de Datos, se conoce oficio Nº 116-2005 CTD del 14 de julio del 2005, en el que comunica que dicha Comisión en su reunión Nº 15-2005 CTD del 12 del mes en curso, acordó solicitar autorización a este Tribunal para fijar el pago a los tutores que colaboren en los procesos electorales del próximo año, en un monto único de ¢30.000,00 por cada elección, lo cual se recomienda aprobar en virtud de que ello se ajusta a lo presupuestado.

Se dispone: Aprobar conforme se solicita.

Sale del Salón de Sesiones la señora Magistrada Castro Dobles.

ARTÍCULO QUINTO.- Del señor Víctor Manuel Vargas Meneses, Auditor Interno, se conoce oficio Nº 246-A.I.-2005 del 13 de julio del 2005, al que adjunta información relacionada con las auto evaluaciones de control interno que se han llevado a cabo en dicha Auditoría Interna, correspondiente a los años comprendidos del 2002 al 2004. Indica asimismo el señor Auditor Interno que se pone a la orden del Tribunal para exponer un resumen ejecutivo de dichas autoevaluaciones.

Se dispone: Este Tribunal, en sesión Nº 90-2003 del 4 de setiembre de ese año, conoció el oficio Nº 1-2003 C.A.R. en que el señor Fernando Víquez Jiménez, Coordinador de la Comisión de Administración del Riesgo, presentó el documento denominado “Administración del Riesgo. Fase 1: plan para la implementación de la Autoevaluación de Control Interno”, en el que se propuso establecer un modelo genérico de guía para dicho proceso, basado en el elaborado por la Contraloría General de la República. En el punto 3 de dicho oficio, se consignó que el “Equipo Gerencial” estaría constituido por todas las jefaturas de la institución, con excepción de la Auditoría Interna por no ser parte de la administración activa, cuyas atribuciones serían las contenidas en las páginas 37 y 38 del folleto que se adjuntó. En efecto, en la página 38 se lee que dicho despacho, en el cumplimiento de sus competencias, deberá “Realizar la autoevaluación de la Auditoría Interna de conformidad con la metodología y lineamientos institucionales.” Por consiguiente, el señor Auditor Interno remitirá a este Tribunal, en el plazo de quince días, la documentación que sustenta la autoevaluación que ha presentado, la cual, de acuerdo con los antecedentes, deberá ajustarse a la metodología y lineamientos institucionales aprobados tanto para el 2003 como para el 2004, de conformidad con lo que en cada oportunidad ha recomendado la Comisión de Administración del Riesgo, de la que forma parte.

La señora Magistrada Castro Dobles reingresa al Salón de Sesiones.

ARTÍCULO SEXTO.- Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:

a) Oficio Nº 903-2005-DRH del 14 de julio del 2005, al que adjunta solicitud de la funcionaria Magali Villalobos Mora, Auxiliar de Operación de la Sección de Inscripciones, para que se le conceda una licencia sin goce de salario hasta por seis meses a partir del próximo 1 de agosto. Agrega el señor Carías Mora que la gestión cuenta con la anuencia de su jefe inmediato, el señor Luis Bolaños Bolaños, y de Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil, y entonces Director General a.i. del Registro Civil. Además indica que el señor Bolaños Bolaños, solicita que en caso de aprobarse la licencia pretendida, se nombre un empleado interino, proponiéndose el nombre de Minor Vargas López.

Se dispone: Aprobar la licencia sin goce de salario que solicita la señora Villalobos Mora, y el nombramiento interino del señor Minor Vargas López.

Sale del Salón de Sesiones la señora Magistrada Castro Dobles.

b) Oficio Nº 904-2005-DRH del 14 de julio del 2005, al que adjunta oficios de los señores Juan Rafael Madrigal Hernández, Secretario General del Registro Civil, Luis Bolaños Bolaños, Jefe de Inscripciones, Javier Vega Garrido, Proveedor, y Carlos Alberto Camacho Murillo, Jefe de la Oficina Regional de Pococí, y del Proveedor institucional, para que en las unidades administrativas a sus cargos se nombren empleados interinos conforme se detalla, a las señorita Paola Castro Galeano y Vera Roxana Víquez Benavides, y a los señores Carlos Gómez Gómez y Mauricio Torres Morales, respectivamente, todos a partir del próximo 1º de agosto.

Se dispone: Aprobar los nombramiento interinos conforme se proponen.

La señora Magistrada Castro Dobles reingresa al Salón de Sesiones.

ARTÍCULO SETIMO.- Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce oficio Nº 233-C.P.E.-2005 del 12 de julio del 2005, mediante el cual remite – para conocimiento de este Tribunal – copia del informe sobre la celebración del Cabildo para aprobar el Plan Regulador del Distrito La Fortuna en el Cantón de San Carlos, según lo aprobado en Sesión Nº 59-2005, artículo segundo, que fue enviado a esa coordinación por el Lic. Walter Villalobos Zúñiga, funcionario de la Oficina Regional de San Carlos.

Se dispone: Con base en el informe del Lic. Walter Villalobos Zúñiga, tener por cumplido lo que se le encargó a la Coordinación de Programas Electorales en el artículo segundo de la sesión ordinaria Nº 59-2005.

ARTICULO OCTAVO.- Del señor Néstor Cordero López, Contralor de Servicios a.i., se conoce oficio Nº 220-2005 CS del 14 de julio del 2005, mediante el cual informa de la gestión presentada por el señor Rick Asch Vargas, respecto de la prohibición de adherir las especies fiscales necesarias para las certificaciones que expide el Registro Civil, con saliva. Al respecto informa de las acciones tomadas por dicho despacho, y por las razones que expone, solicita el criterio jurídico para dilucidar si la administración puede negarse a brindar el servicio de certificaciones cuando los timbres se peguen con saliva, o bien si existe norma explícita que obligue a brindar el servicio independientemente de la forma en que sean adheridos a las boletas respectivas.

Se dispone: Atienda este asunto el señor Director Ejecutivo.

ARTICULO NOVENO.- De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia se conoce notificación de la resolución Nº 2005-03392 del 29 de marzo del año en curso, dentro del recurso de amparo interpuesto por Solano Sánchez Elizabeth, contra la Contraloría General de la República y el Tribunal Supremo de Elecciones, el cual se declara parcialmente con lugar.

Se dispone: Incorpórese al respectivo expediente.

ARTICULO DECIMO.- Del señor Guillermo Alvarado Herrera, Gerente General del Instituto Costarricense de Turismo, se conoce oficio Nº G-1334-2005 del 14 de julio del 2005, mediante el cual a efectos de definir la publicidad que lleva a cabo esa institución, con el fin de impulsar el turismo nacional e internacional, y con el objeto de no incurrir en roces con lo dispuesto en el artículo 85 inciso j) del Código Electoral, eleva formal consulta en el sentido de que si las campañas publicitarias, que detalla, se encuentran comprendidas dentro de las prohibiciones de dicha norma.

Se dispone: El asesoramiento que se reclama no puede ser brindado por este Tribunal, puesto que las reglas constitucionales y legales que disciplinan su competencia no le confieren atribuciones de esta naturaleza, como sí sucede con otros órganos o entes consultivos, como lo es la Procuraduría General de la República. Téngase en cuenta que la única competencia consultiva de la cual goza el Tribunal Supremo de Elecciones está consagrada en el artículo 19.c del Código Electoral, que lo habilita a evacuar las peticiones de los partidos políticos relativas a la interpretación de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral.

Sin embargo, se le informa al gestionante que la jurisprudencia electoral ha precisado que corresponde a las propias instituciones ponderar sus actuaciones, a fin de ajustarlas puntualmente al mandato legal indicado, que en caso de duda deberá ser interpretado a favor de la restricción publicitaria, y que compete a los tribunales de justicia sancionar su incumplimiento.

ARTICULO DECIMOPRIMERO.- Del señor Vladimir de la Cruz, Secretario General del Partido Fuerza Democrática, se conoce oficio sin número del 18 de julio del 2005, al que adjunta fotocopia de la protocolización del acta número catorce de la Asamblea Nacional de esa agrupación política, celebrada el 5 de junio pasado y presentada al Registro Civil para los trámites respectivos de acreditación de las nuevas autoridades partidarias. Asimismo informa sobre las personas nombradas y solicita que se comuniquen a las instancias respectivas y se ordene actualizar en la página oficinal del Tribunal y del Registro, las autoridades de dicho partido que en ella aparecen.

Se dispone: Tome nota la Secretaría, a los efectos indicados.

A las dieciséis horas terminó la sesión. 

 
 
 
 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
 
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
 
Juan Antonio Casafont Odor
 
 
 
 
 
Ovelio Rodríguez Chaverri
 
 
 
 
 
Marisol Castro Dobles