ACTA Nº 115-2005

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del primero de diciembre del dos mil cinco, con asistencia de los señores Magistrados Fonseca Montoya, quien preside, Sobrado González, Rodríguez Chaverri, Casafont Odor y Del Castillo Riggioni. 

ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:

a) Se dispone: Instruir a la Oficina de Comunicación y Protocolo para que, a través de comunicados de prensa y publicaciones en los medios de comunicación colectiva, se haga un recordatorio a los partidos políticos que intervienen en el presente proceso electoral y a dichos medios sobre la tregua navideña que impone el artículo 79 del Código Electoral, así como la que rige durante el días de las elecciones y los dos días anteriores a ellas (artículo 85, inciso g). ACUERDO FIRME.

Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Sobrado González.

b) Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del Despacho, se conoce oficio Nº 7661-TSE-2005 del 30 de noviembre del año en curso, mediante el cual, en referencia al acta Nº 2 de la Comisión de Asuntos Académicos, manifiesta lo que se transcribe a continuación:

“Con un cordial saludo, y para lo que a bien tenga disponer el Superior, a la presente adjunto el acta supra citada, con el ruego respetuoso de que el Tribunal se sirva aprobar lo siguiente:

1.- Del artículo 1º del acta en mención, el traslado de recursos por un monto ¢ 1.000.000.oo, a favor de la Universidad de Costa Rica, como aporte para la publicación del estudio sobre abstencionismo. Lo anterior sobre la base de la alta calidad de la investigación supra mencionada, y al amparo del convenio vigente suscrito entre esa casa de estudios y este organismo electoral.

2.- Del artículo 4º, se recomienda al Superior la concesión para el servidor Warner Montoya Sánchez de licencia con goce de salario por medio tiempo, para cursar el programa de Maestría en Derecho Público de la Universidad de Costa Rica, suscribiendo el contrato de estudios del caso y cumpliendo el horario de trabajo que la jefatura de la Asesoría Jurídica estime pertinente.”

Se dispone: Aprobar el traslado de los recursos a favor de la Universidad de Costa Rica, conforme se recomienda. En cuanto a la recomendación para que se le conceda la licencia con goce de salario al servidor Warner Montoya Sánchez, se aprueba pero ampliándola a tiempo completo, con base en las razones y condiciones que indica la Comisión en el informe dado y, en el entendido que el incumplimiento de las mismas o el bajo rendimiento, será motivo suficiente para revocar la autorización que se concede. ACUERDO FIRME.

El señor Magistrado Sobrado González reingresa al Salón de Sesiones.

c) De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce:

1) Resolución Nº 079-2005 de las 10:00 horas del 24 de noviembre del año en curso, mediante la cual se dispone ascender interinamente a partir del 1º de diciembre, a la servidora María Nelly Jiménez Ramírez, Técnico de Operación de la Sección de Cédulas, al cargo de Coordinador de Apoyo en esa misma unidad administrativa, por ascenso interino del señor Mario Villalta Cerceño.

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº 1947-2005-D.G. del 1º de diciembre del 2005, mediante el cual, por las razones que expone, solicita se le conceda el 2 de diciembre próximo, a título de vacaciones, y sus funciones se encarguen en el Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil.

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

d) De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Asesora Jurídica a.i., se conoce:

1) Oficio Nº A.J. 561-2005 del 28 de noviembre del 2005, mediante el cual manifiesta lo que se transcribe a continuación:

“En atención a su oficio 3528-TSE-2005, del pasado 1° de junio, mediante el cual se comunica el acuerdo adoptado por el Tribunal en el artículo segundo de la Sesión Ordinaria No. 54-2005, celebrada en la misma fecha de emisión del oficio dicho, referido al criterio de esta Asesoría Jurídica en cuanto a la posibilidad de aplicar a una renovación de póliza un monto a favor del Tribunal, derivado de una liquidación realizada por el Instituto Nacional de Seguros, me permito rendir el informe solicitado, en los términos que de seguido se exponen:

Según oficio No. 335-2005 Contaduría, del pasado 25 de mayo, se informó por parte del Área de Liquidaciones del Instituto Nacional de Seguros la existencia de un monto a favor del Tribunal, que asciende a la suma de ¢1.826.203,00 (un millón ochocientos veintiséis mil doscientos tres colones netos), y se solicitó indicar al ente asegurador si devuelve dicho monto o si lo aplica a la próxima renovación de la póliza en cuestión. Indica el señor Contador que eventualmente, podría considerarse que dichos dineros deberían ser depositados a favor del Estado bajo el principio de caja única, según se podría inferir de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos.

Se ha de hacer ver, tal y como se colige de la misma norma, que se constituyen como principios de dicha ley la economía, eficiencia y eficacia, según se desprende de lo preceptuado en su artículo 3.

Según lo dispone el inciso f) del artículo 5 de dicha ley, las asignaciones presupuestarias con los niveles de detalle aprobados constituyen el límite máximo de autorizaciones para gastar, vedando la posibilidad de adquirir compromisos para los cuales no existan saldos presupuestarios disponibles. Dicha norma establece que tampoco se pueden destinar saldos presupuestarios a una finalidad distinta de la prevista en el presupuesto, estableciéndose el principio de especialidad cuantitativa y cualitativa.

De lo preceptuado en el artículo 66 de la norma en examen, dicha devolución no constituye un “ingreso” en el sentido en el que lo concibe dicho texto, pues no es tal, sino simplemente un débito a favor del Tribunal. Por lo tanto no es de considerar que dicho monto tenga que ser necesariamente depositado a favor del Estado bajo el principio de caja única, aunque sí es posible.

Considerando que la aplicación del monto a favor del Tribunal a la renovación de la póliza en cuestión no riñe con los principios de economía, eficiencia, eficacia y de especialidad cuantitativa y cualitativa, y que más bien dicho proceder armoniza con los mismos, se concluye la viabilidad de aplicar dicho monto a la próxima renovación, y se recomienda proceder de tal manera. Asimismo, se recomienda facultar a la Contaduría a actuar de igual manera en futuros casos análogos.

Finalmente, tal y como se corroboró mediante la comunicación con la entidad aseguradora, de acogerse la recomendación esgrimida, dicha voluntad deberá ser externada por el Tribunal en los próximos días, con el fin de aplicar el monto a la renovación del próximo año.

Se rinde así el presente informe, el cual solicito elevar a conocimiento del Tribunal para lo que corresponda.”

Se dispone: Procédase conforme lo recomienda la Asesoría Jurídica, aún para casos futuros con las mismas características. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº A.J. 565-2005 del 29 de noviembre del 2005, en el que rinde informe sobre la solicitud de reajuste del precio del alquiler del local que ocupa la Oficina Regional de Cartago, concluyendo lo que se transcribe a continuación:

“... 2.- Conclusión

La solicitud de reajuste de precio del alquiler del local en el que se ubica la Oficina Regional de Cartago es procedente jurídicamente y también en lo que al aspecto contable concierne, según lo manifestado por la Contaduría, por lo que esta Asesoría recomienda su aprobación a fin de cancelar un precio reajustado de ¢529.139,88 (quinientos veintinueve mil ciento treinta y nueve colones con ochenta y ocho céntimos), a partir de 16 de septiembre del 2005. Asimismo, puesto que el pago puede realizarse vía planilla, no es necesario realizar resolución alguna para honrarlo.”

Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, el cual se acoge. En consecuencia, proceda la Contaduría institucional a realizar los trámites de rigor para el pago correspondiente. ACUERDO FIRME.

e) Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio Nº 964-2005 del 28 de noviembre del 2005, mediante el cual manifiesta lo que se transcribe a continuación:

“Mediante oficio No. 7291-TSE-2005, del 14 de noviembre del año en curso, me remitieron un tanto del convenio temporal de uso en precario de inmueble, suscrito entre el Instituto Costarricense de Ferrocarriles y el Tribunal Supremo de Elecciones.

En la cláusula segunda se señala que el Tribunal dará a título de aporte a este convenio por concepto de canon mensual al Instituto Costarricense de Ferrocarriles por el uso de la bodega la suma de ¢2.150.000,00 (dos millones ciento cincuenta mil colones) mensuales.

En razón de que este tipo de gastos no aparece identificado en el diccionario de imputaciones presupuestarias, se consultó a la Unidad de Seguimiento y Control de la Ejecución Presupuestaria del Ministerio de Hacienda, a cual (sic) subpartida se debía cargar el gasto, respondiendo ésta en lo siguientes términos:

“Al respecto le informo, que de la leída del convenio se extrae que independientemente de las razones y del nombre que del mismo se genera, es simplemente un alquiler que debe pasarse por la subpartida presupuestaria 102”.

Sin embargo, en esta Contaduría se genera una duda por cuanto la Contraloría General de la República mediante oficio No. 12778 del 26 de octubre del 2005, no refrenda el contrato de arrendamiento que remitió el Tribunal Supremo de Elecciones en oficio No. 5664-TSE-2005 del 8 de setiembre del 2005 en razón de que los bienes del ferrocarril no pueden ser arrendados o gravados, ni siquiera en forma indirecta.

Además, el convenio no contiene cláusula en que se designe órgano fiscalizador y tampoco quién es el funcionario que tiene que darle el “recibido conforme” a las facturas, conforme el artículo 3.3.1.5 del Instructivo sobre aspectos mínimos a considerar en el análisis de los documentos de ejecución presupuestaria en el proceso de visado. 

Entiendo también y conforme se expresa en la nota al pie del convenio suscrito por los Asesores Jurídicos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Instituto Costarricense de Ferrocarriles que lo pactado se ajusta a lo acordado en reunión celebrada a las 14:30 horas del 1º de noviembre de 2005 en la sede de la Contraloría General de la República, lo cual en lo que a esta Contaduría le interesa es determinar que los pagos que se tengan que realizar como resultado de este convenio está ajustados a derecho, en consecuencia, en forma muy respetuosa solicito pronunciamiento en ese sentido y también se proceda a designar el órgano fiscalizador de dicho convenio.”

Se dispone: Se designa como órgano fiscalizador al señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales. Sobre el tema del pago, de previo, emita criterio la Asesoría Jurídica. ACUERDO FIRME.

f) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio Nº 1703-2005-DHR del 28 de noviembre del 2005, mediante el cual somete a consideración de este Tribunal, el oficio número 634-CPE-2005 del señor Francisco Rodríguez Siles, Coordinador a.i. de Programas Electorales, en el que solicita que en la plaza de Auxiliar de Operación de Servicios Especiales que dejó vacante el pasado 16 de noviembre la señorita Maurisa Roper Blake, al ser ascendida a un cargo de Secretaria 3 también de Servicios Especiales, se nombre en forma interina al señor Néstor Raúl Córdoba Marín, quien forma parte del registro de elegibles para ese tipo de puestos, cumple los requisitos que el Manual Descriptivo de Puestos exige y cuenta con disponibilidad e interés para dicho nombramiento. Agrega el señor Carias Mora que de no existir objeciones, bien se podría nombrar al señor Córdoba Marín en la plaza número 97896 de Auxiliar de Operación de Servicios Especiales que ha sido asignada a Programas Electorales, lo que se haría con fundamento en el artículo noveno del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, a partir del 1º de diciembre y por el resto del año, siendo que eventualmente se podría prorrogar en caso de que se apruebe el presupuesto institucional del año entrante en los términos en que se presentó.

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

g) Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce oficio Nº 641-C.P.E.-2005 del 30 de noviembre del 2005, mediante el cual, de conformidad con los argumentos que expone, solicita se autorice la suscripción del oficio cuyo borrador adjunta, por parte del señor Magistrado Presidente de este Tribunal, dirigido al señor Robert Quirós Benavides, Director del Instituto Costarricense sobre Drogas, con el objeto de que se faciliten a este Organismo 16 vehículos para uso de varios programas electorales.

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

h) Del señor José Luis Alvarado Vargas, Gerente de Área Servicios Gubernamentales de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República, se conoce:

1) Copia de oficio Nº 15391 del 28 de noviembre del 2005, dirigido al señor Gabriel Esteban Alpízar Chaves, Tesorero Nacional del Ministerio de Hacienda, en el que le comunica la cesión del eventual derecho a la contribución del Estado para el Partido Restauración Nacional, relativa a la emisión única de bonos “Serie A” de la campaña electoral 2002-2006. Asimismo se conoce copia de oficio Nº 15392, dirigido al señor Carlos Avendaño Calvo, Presidente del indicado Partido, referente a la remisión de bonos sellados por el ente contralor, correspondientes emisión única de bonos de la deuda política 2002-2006, aprobada por el Comité Ejecutivo de dicha agrupación política.

Se dispone: Tomar nota. Póngase en conocimiento de la Contaduría institucional para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.

2) Copia de oficio Nº 15420 del 28 de noviembre del 2005, dirigido al señor Gabriel Esteban Alpízar Chaves, Tesorero Nacional del Ministerio de Hacienda, en el que le comunica la cesión del eventual derecho a la contribución del Estado para el Partido Patria Primero, relativa a la emisión primera de bonos “Serie A” de la campaña electoral 2002-2006. Asimismo se conoce copia de oficio Nº 15421, dirigido al señor Juan José Vargas Fallas, Presidente del indicado Partido, referente a la remisión de bonos sellados por el ente contralor, correspondientes a la primera emisión de bonos de la deuda política 2002-2006, aprobada por el Comité Ejecutivo de dicha agrupación política.

Se dispone: Tomar nota. Póngase en conocimiento de la Contaduría institucional para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.

i) De la señora Nydya Arroyo Mora, Secretaria del Concejo Municipal de Vázquez de Coronado, se conoce oficio Nº CM-956-2005 del 28 de noviembre del 2005, mediante el cual transcribe el acuerdo tomado en la sesión ordinaria Nº 187, celebrada el 21 de noviembre del año en curso, según el cual se solicita a este Tribunal, las normas para la autorización de “piquetes” por parte de los partidos políticos y las regulaciones que deben tenerse en cuenta a la hora de otorgar los permisos correspondientes.

Se dispone: Remítase a la Municipalidad de Vázquez de Coronado, copia del Decreto Nº 08-2005, emitido por este Tribunal el 10 de junio del presente año, en el cual -entre otros temas- se regula la materia que se interesa. ACUERDO FIRME.

j) De la señora Ana Rosa Ruiz Fernández, Tesorera del Comité Ejecutivo Superior del Partido Nueva Liga Feminista, se conoce:

1) Oficio Nº PNLF-113-2005 del 28 de noviembre del año en curso, mediante el cual presenta el listado de gastos y donaciones realizadas en el mes de octubre pasado a esa agrupación política.

Se dispone: Pase al Contador de este Tribunal para lo de su cargo. Se le recuerda a la gestionante que este tipo de informes deben ser presentados directamente ante la Contaduría de este Organismo Electoral. ACUERDO FIRME.

2) Nota del 28 de noviembre del año en curso, mediante la cual presenta el presupuesto de esa agrupación política para las elecciones del 2006.

Se dispone: Para su estudio e informe pase al Contador de este Tribunal. ACUERDO FIRME.

k) Del señor Arturo Acosta Mora, Presidente del Comité Ejecutivo Superior del Partido Unión Nacional, se conoce nota del 28 del mes pasado, en la que solicita el listado de los nombres de los Centros de Votaciones y los números de mesas.

Se dispone: Para su debida atención pase a la Coordinación de Programas Electorales. ACUERDO FIRME.

l) De la señora Rita Gabriela Chaves Casanova, Tesorera del Comité Ejecutivo del Partido Accesibilidad sin Exclusión, se conoce nota del 29 del mes pasado, a la que adjunta la liquidación de gastos de dicha agrupación política, correspondiente al mes de octubre.

Se dispone: Para lo de su cargo, pase a los funcionarios de la Contraloría General de la República, encargados de la revisión correspondiente. ACUERDO FIRME.

m) Del señor Álvaro Alpízar Antillón, Tesorero del Comité Ejecutivo del Partido Movimiento Libertario, se conoce nota del 29 del mes pasado, a la que adjunta la liquidación de gastos de dicha agrupación política, correspondientes a los meses de setiembre y octubre del año en curso.

Se dispone: Para lo de su cargo, pase la documentación indicada a los funcionarios de la Contraloría General de la República, encargados de la revisión correspondiente. ACUERDO FIRME.

n) De la señora Yolanda Elliot Capella, Tesorera del Partido Unión para el Cambio, se conoce oficio sin número del 30 de noviembre del año en curso, mediante el cual remite la documentación que detalla, correspondiente a la liquidación de gastos de esa agrupación política del mes de octubre del 2005.

Se dispone: Para lo de su cargo, pase a los funcionarios de la Contraloría General de la República, encargados de la revisión correspondiente. ACUERDO FIRME.

ñ) Del señor Oscar Fernández Venegas, Tesorero del Partido Acción Ciudadana, se conoce oficios (2) sin número, ambos del 29 de noviembre del año en curso, mediante los cuales remite liquidaciones de gastos de esa agrupación política, correspondientes al período comprendido entre el 1º de junio de 2002 al 30 de setiembre del 2005, y del 1º al 31 de octubre del 2005, respectivamente.

Se dispone: Para lo de su cargo, pase a los funcionarios de la Contraloría General de la República, encargados de la revisión correspondiente. ACUERDO FIRME.

o) Del señor Vladimir de la Cruz de Lemos, Secretario del Comité Ejecutivo del Partido Fuerza Democrática, se conoce nota del 30 del mes pasado, a la que adjunta la liquidación de gastos de dicha agrupación política, correspondiente al mes de octubre del año en curso.

Se dispone: Para lo de su cargo, pase a los funcionarios de la Contraloría General de la República, encargados de la revisión correspondiente. ACUERDO FIRME.

p) Del señor Alfredo Ortuño Victory, Tesorero del Comité Ejecutivo del Partido Liberación Nacional, se conoce nota del 30 del mes pasado, a la que adjunta la liquidación de gastos de dicha agrupación política, correspondiente al mes de octubre del año en curso.

Se dispone: Para lo de su cargo, pase a los funcionarios de la Contraloría General de la República, encargados de la revisión correspondiente. ACUERDO FIRME.

q) Del señor Walter Villalobos Fernández, Secretario General Adjunto del Comité Ejecutivo del Partido Acción Democrática Nacionalista, se conoce nota del 29 del mes pasado, en la que solicita copia del padrón electoral definitivo que se utilizará en el proceso electoral actual.

Se dispone: Pase a la Sección de Padrón Electoral para que suministre oportunamente lo solicitado en medio electrónico. ACUERDO FIRME.

r) De la señora Lorena Vásquez Badilla, Presidenta del Partido Unidad Social Cristiana, se conoce oficio Nº FC-003 del 30 de noviembre del año en curso, mediante el cual remite la documentación que detalla, correspondiente a la liquidación de gastos de esa agrupación política del mes de octubre del 2005.

Se dispone: Para lo de su cargo, pase a los funcionarios de la Contraloría General de la República, encargados de la revisión correspondiente. ACUERDO FIRME. 

Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Casafont Odor.

s) De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Asesora Jurídica a.i., se conoce oficio Nº. A.J. 558-2005 del 25 del mes pasado, mediante el cual, con relación a lo dispuesto en sesión Nº 89-2005, artículo único, respecto al pago de prestaciones del señor Gastón Quirós Ramírez, informa que con base en la información suministrada por la Secretaría del despacho, y los departamentos de Recursos Humanos y Contaduría institucionales, se procedió a realizar el borrador de la respectiva resolución. Agrega que, sin embargo hace la observación de que esa Asesoría no comparte las razones esbozadas por el señor Secretario para proceder con el cese del señor Gastón Quirós Ramírez, en virtud de las consideraciones que expone.

Se dispone: Aprobar el borrador de resolución que se presenta. Tome nota el Secretario con el propósito de que en el futuro se ajuste a los lineamientos legales referidos. ACUERDO FIRME.

t) Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Coordinador del Programa de Asesores Electorales, se conoce oficio Nº 107-2005-PAE del 30 de noviembre del año en curso, mediante el cual informa a este Tribunal respecto a tres sustituciones de miembros a Juntas Cantonales realizadas durante el acto de juramentación, por parte de los asesores electorales y solicita convalidar las sustituciones efectuadas.

Se dispone: Convalidar la sustitución propuesta por el Partido Alianza Democrática Nacionalista en la Junta Cantonal de Hojancha. En relación a las sustituciones efectuadas en el cantón Central de Limón (Puerto Limón) por el Partido Patria Primero, se rechaza la solicitud de convalidación, a causa de que la sustitución no fue efectuada por el personero del partido legitimado para realizarla, según el artículo 46 del Código Electoral, a saber el Presidente del Comité Ejecutivo Superior del Partido, ya que de previo a resolver es necesario que la solicitud presentada sea ratificada por el personero legitimado del Partido Patria Primero. ACUERDO FIRME.

u) Del señor Víctor Vega Chaverri, Presidente del Comité Cantonal del Partido Alianza Democrática Nacionalista, se conoce oficio sin número del 28 de noviembre del año en curso, en el cual corrige el número de cédula de identidad del señor Roberto Javier Salas Guevara, miembro de la Junta Cantonal.

Se dispone: Remitir el asunto al Lic. Luis Bolaños Bolaños, en su condición de Encargado del Programa de Asesores Electorales. ACUERDO FIRME.

v) Del señor Juan José Vargas Fallas, Presidente del Partido Patria Primero, se conoce oficio Nº PPP-215-2005 del 28 de noviembre del año en curso, mediante el cual solicita tanto la sustitución del señor Carlos Jovel Guillén Chacón, delegado de la Junta Cantonal de Alajuela, ya que por motivos laborales se le dificulta desempeñarse en el puesto, como de la señora Aurora Gabriela Sánchez, delegada de la junta del cantón de Palmares, ya que decidió desistir del puesto por ser candidata a diputada y regidora. En lugar de éstos, el presidente del Partido Patria Primero propone se nombre a las señoras María Elena Cordero García y Alice Salazar Marín respectivamente.

Se dispone: Aprobar la sustitución solicitada y remitir el asunto al Lic. Bolaños Bolaños, en su condición de Encargado del Programa de Asesores Electorales, para que verifique los datos y proceda según corresponda. En relación con el motivo de sustitución del señor Carlos Jovel Guillén Chacón, se remite fotocopia de la resolución Nº 1404-E-2005, en la que este Tribunal emitió criterio interpretativo en torno a las facilidades que deben dar los patronos a los ciudadanos que integran las Juntas Electorales para su conocimiento. ACUERDO FIRME.

w) Del señor Francisco Antonio Pacheco, Presidente del Partido Liberación Nacional, se conoce oficio sin número del 29 de noviembre del año en curso, mediante el cual solicita la sustitución del señor Bernal Antonio Monge Gómez, delegado del cantón de Alajuelita, ya que por motivos de salud no podrá desempeñar el puesto. En lugar del señor Monge Gómez propone se nombre a la señora Maribel Sandí Montero.

Se dispone: Aprobar la sustitución solicitada y remitir el asunto al Lic. Luis Bolaños Bolaños, en su condición de Encargado de Asesores Electorales, para que verifique los datos y proceda según corresponda. ACUERDO FIRME.

El señor Magistrado Casafont Odor reingresa al Salón de Sesiones.

ARTÍCULO TERCERO.- Se acuerda: Con vista de la “Declaración de principios para la observación de elecciones” y el “Código de conducta para observadores internacionales de elecciones” - dado a conocer en el acto de conmemoración celebrado en las Naciones Unidas el 27 de octubre de 2005 y suscrito por las altas autoridades internacionales que ahí se mencionan - y en virtud de que dichos documentos tienden a estandarizar internacionalmente la naturaleza y requerimientos propios de la observación electoral, se dispone acogerlos a título de directrices que deben ser acatadas con motivo de los procesos electorales del 2006 y darlos a conocer a quienes nos visiten en ese eventos electorales y los que se celebren en el futuro. Póngase en conocimiento del Coordinador de Programas Electorales y del respectivo encargado.

ARTÍCULO CUARTO.- De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio Nº 1941-2005-D.G. del 30 de noviembre del 2005, mediante el cual rinde el informe que se le solicitó por acuerdo tomado en sesión Nº 113-2005, artículo segundo, con respecto a las declaraciones que el Lic. Oscar Mena Carvajal, hiciera para Canal 7.

Se dispone: Tener por rendido el informe el cual se pone en conocimiento de la empresa concernida.

ARTÍCULO QUINTO.- Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio Nº 104-2005- C. de C. del 15 de noviembre del 2005, recibido el pasado 29, al que adjunta copia del acta de la reunión Nº 554-05, celebrada el 14 de noviembre por la Comisión de Construcciones. Asimismo, de conformidad con lo consignado en el artículo cuarto de dicha acta, referido a la donación de un terreno en la ciudad de Limón, remite los antecedentes con la recomendación de que se trasladen a la Asesoría Jurídica a efecto de que se proceda con los trámites de correspondan para que se concrete esa donación.

Se dispone: Tomar nota. Conforme se recomienda pase la documentación a la Asesoría Jurídica para los efectos correspondientes.

ARTÍCULO SEXTO.- De la señora Ana Isabel Fernández Alvarado, Oficial Mayor Electoral, se conoce oficio Nº 1927-2005-O.M.E. del 30 de noviembre del 2005, mediante el cual remite lista de empresas inscritas para brindar servicios de propaganda político-electoral de conformidad con el artículo 85 del Código Electoral. Asimismo informa sobre la recepción de gestiones y el estado en que se encuentran. Además, remite dispositivo con las tarifas y horarios de las empresas inscritas.

Se dispone: Tomar nota. Póngase en conocimiento de la Contraloría General de la República y de los partidos políticos con candidaturas inscritas. Remítase al Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, para su publicación en la web institucional.

ARTÍCULO SETIMO.- Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce:

a) Oficio Nº 960-2005 del 28 de noviembre del 2005, mediante el cual rinde informe con respecto a la solicitud de reajuste del precio de alquiler del local en donde se encuentra ubicada la Oficina Regional de Alajuela, petitoria suscrita por Joaquín Bernardo Soto Saborío, Apoderado Generalísimo de la empresa Hacienda Santa Anita S.A., y recibido en su despacho el 18 de noviembre del año en curso.

Se dispone: Para su estudio e informe, pase a la Asesoría Jurídica.

b) Oficio Nº 966-2005 del 28 de noviembre del 2005, al que adjunta original y una copia de los documentos que amparan la cesión de pago en los que la empresa IPL SISTEMAS S. A., cede a Financiera Desyfin S.A. la suma de $47.500.00 según factura Nº 22926. Asimismo, informa que la factura indicada se encuentra en poder de su despacho, la cual contiene el respectivo visto bueno del órgano fiscalizador, y tanto el cedente como el cesionario se encuentran inscritos en el Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGAF).

Se dispone: Para su estudio e informe, pase a la Asesoría Jurídica.

c) Oficio Nº 968-2005 del 29 de noviembre del 2005, al que adjunta original y una copia de los documentos que amparan la cesión de pago en los que la empresa Tectronic de Costa Rica S. A. cede al Grupo Comercial Tectronic S. A. la suma de $1.198.488.54, según facturas Nº 9350, 8428 y 9451. Asimismo, informa que las facturas indicadas se encuentran en poder de su despacho, las cuales contienen el respectivo visto bueno del órgano fiscalizador, y tanto el cedente como el cesionario se encuentran inscritos en el Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGAF).

Se dispone: Para su estudio e informe, pase a la Asesoría Jurídica.

ARTÍCULO OCTAVO.- De la señora Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, se conoce oficio Nº 449-2005 OCP del 28 de noviembre del 2005, mediante el cual manifiesta lo que se transcribe a continuación:

“Con el propósito de hacer de conocimiento de la señora y señores Magistrados me permito informarle el detalle de una reunión sostenida con la señora Carolina Murillo, Jefa de Prensa de Casa Presidencial. Lo anterior como consecuencia de la organización de la Cadena Nacional de Televisión del próximo año donde participaría el señor Magistrado Presidente, Oscar Fonseca Montoya.

1. La transmisión del espacio se realizaría el domingo 29 de enero de 2006 a las 7 de la noche.

2. La grabación del discurso del Magistrado Fonseca se haría el miércoles 18 de enero a las 9 a.m. ya sea en el Salón de Sesiones del Tribunal o en la sala que la Presidencia de la República tiene destinada para ese fin. El personal técnico de la Casa Presidencial requiere al menos dos horas para instalar el set, lo cual coordinaría con esta Oficina.

3. La cadena tendrá una duración aproximada de 4 minutos. 

4. El discurso tendrá una extensión de dos páginas y media.

5. El costo por concepto de grabación, casetes, edición y técnicos corre por cuenta de la Casa Presidencial.

6. El equipo técnico encargado de la grabación requiere que el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) le suministre transporte para el día 18 de enero. Esto por cuanto necesitan trasladar cámaras, luces y materiales propios de la instalación.

7. Para incluir imágenes dentro de la cadena se requiere la grabación de diversos procesos electorales tales como la impresión de papeletas, empaque y traslado de materiales. Además, es indispensable la grabación de la señora y señores Magistrados sesionando en el Tribunal.

8. Tanto para la introducción como para la conclusión del espacio se editará una “cortina televisiva” con el Himno del TSE y algunas imágenes correspondientes a la campaña publicitaria del 2002. Asimismo se incluirá el logotipo institucional.

Visto lo anterior me permito solicitar con todo respeto autorización para dar cumplimiento a esta propuesta con las observaciones que el Superior estime oportunas.”

Se dispone: Se concede la autorización que interesa.

ARTÍCULO NOVENO.- Del señor José Joaquín Chaverri, Director General de Política Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, se conoce fax correspondiente a oficio #316/11/05/DGPE/DPB del 29 de noviembre del 2005, quien con instrucciones del señor Ministro Roberto Tovar Faja, informa sobre el interés del Diputado federal del Reino de Bélgica, señor Rick Daems, Jefe de Fracción del Partido Liberal Flamenco, por participar como observador en las elecciones de febrero próximo. Agrega que por los motivos que expone, ese Ministerio vería complacidamente que el señor Daems pudiera observar nuestro proceso eleccionario como invitado de este Tribunal.

Se dispone: Con especial complacencia el Tribunal acredita al señor Rick Daems, Jefe de Fracción del Partido Liberal Flamenco de Bélgica como observador internacional. Póngase en conocimiento del Lic. Javier Matamoros Guevara, Encargado del respectivo Programa, para los trámites respectivos.

ARTÍCULO DECIMO.- Del señor Guillermo Barquero Chacón, Jefe de la Unidad de Cooperación Internacional de Transparencia y Rendición de Cuentas de la Contraloría General de la República, se conoce fax correspondiente a oficio Nº 15634 del 30 de noviembre del 2005, en el que informa que la respectiva Comisión Institucional que ha conducido el proyecto sobre la Transparencia en el Proceso de Contratación Administrativa de la cual forma parte este Tribunal, ha acordado solicitar al señor Magistrado Presidente de este Organismo, Oscar Fonseca Montoya, la coordinación general de esa instancia en la nueva etapa que comienza, en virtud de los criterios que puntualiza. Asimismo manifiesta el deseo de dicha Comisión de que sea aceptada la propuesta e indica que con respecto a la función principal de seguimiento, se efectuará una o dos sesiones mensuales, con la presencia del Magistrado Fonseca Montoya o la de su representante, encuentros que tendrán lugar en este Tribunal o en la Embajada de los Estados Unidos, socio activo de ese importante proyecto. Agrega que la Comisión se verá reforzada con otros miembros que han pedido la incorporación a la misma.

Se dispone: El Tribunal, con el mayor entusiasmo, acepta y asume la responsabilidad de coordinar la Comisión Institucional de Transparencia y Rendición de Cuentas, y designa, al efecto, al Lic. Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo institucional, para esa importante misión.

ARTÍCULO DECIMOPRIMERO.- Del señor Carlos Sojo, Director de FLACSO-Costa Rica, y José Manuel Hermida, Representante Residente del PNUD-Costa Rica, se conoce oficio Nº 39935:547 del 24 de noviembre del 2005, mediante el cual reiteran el agradecimiento por el apoyo brindado a la realización de la actividad “Desafíos de la democracia: una propuesta para Costa Rica”, efectuada el pasado 21 de noviembre.

Se dispone: Agradecer a los señores Sojo y Hermida los elogiosos conceptos que expresan al Presidente y funcionarios de este Tribunal en relación con la actividad “Desafíos de la democracia: una propuesta para Costa Rica”. En la medida de las posibilidades institucionales, este organismo seguirá brindando todo su apoyo a iniciativas y actividades como la que, en este caso, han patrocinado, con gran éxito, FLACSO-Costa Rica y el PNUD-Costa Rica.

Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Sobrado González.

ARTÍCULO DECIMOSEGUNDO.- Del señor Carlos Sandoval García, Director del Instituto de Investigaciones Sociales de la Universidad de Costa Rica, se conoce fax correspondiente a oficio Nº IIS.667-2005 del 17 de noviembre del 2005, mediante el cual, por las razones que expone solicita se considere nuevamente la petitoria de apoyo económico para la publicación del libro “Abstencionistas en Costa Rica: ¿Quienes son y por qué no votan?.

Se dispone: El presente asunto fue resuelto en esta misma sesión, artículo segundo, inciso b).

El señor Magistrado Sobrado González reingresa al Salón de Sesiones.

ARTÍCULO DECIMOTERCERO.- Del señor Rodrigo Gutiérrez Schwanhäuser, Fiscal del Partido Acción Ciudadana ante este Tribunal, se conoce oficio Nº PAC-EL-410-2005 del 29 de noviembre del 2005, mediante la cual plantea consulta relacionada con lo dispuesto por el artículo 40 del Código Electoral, en cuanto al requisito de “ser vecino del cantón asiento de la Junta Respectiva” para ser miembro de Junta Receptora de Votos; así como si es requisito estar inscrito electoralmente en el cantón o no para los fiscales generales y jefes de centro de votación.

Se dispone: Previo a resolver, aporte el interesado el respectivo acuerdo del Comité Ejecutivo del Partido en donde se dispuso realizar la consulta que interesa.

ARTÍCULO DECIMOCUARTO.- Del señor Guillermo Delgado Ulloa se conocen memoriales (2) recibidos el 30 de noviembre del 2005, mediante los cuales plantea varias preguntas a este Tribunal referentes a la normativa electoral.

Se dispone: El asesoramiento que se reclama no puede ser brindado por este Tribunal, puesto que las reglas constitucionales y legales que disciplinan su competencia no le confieren atribuciones de esta naturaleza, como sí sucede con otros órganos o entes consultivos, como lo son la Procuraduría General de la República y el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal. Téngase en cuenta que la única competencia consultiva de la cual goza el Tribunal Supremo de Elecciones está consagrada en el artículo 19.c del Código Electoral, que lo habilita a evacuar las peticiones de los partidos políticos relativas a la interpretación de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral.

En razón de lo expuesto, el Tribunal no puede acceder a las solicitudes planteadas.

ARTÍCULO DECIMOQUINTO.- Del señor Luis Fernando Allen Forbes se conoce fax correspondiente a copia de nota del 28 de noviembre del 2005, dirigida a la señora Yamileth González, Rectora de la Universidad de Costa Rica, mediante el cual se refiere al foro que está organizando entre algunos aspirantes a regidor, la sede del Atlántico en Turrialba.

Se dispone: Archivar.

ARTÍCULO DECIMOSEXTO.- Del señor Hugo Virgilio Rodríguez Estrada se conoce oficio del 23 de noviembre del 2005, mediante el cual plantea queja por el uso de la bandera de Costa Rica, en propaganda política y solicita se tomen las medidas del caso.

Se dispone: Remítase al interesado, copia de la resolución Nº 2509-E-2005, emitida por el este Tribunal a las trece horas con treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil cinco, en la cual se resuelve sobre el particular.

Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Casafont Odor.

ARTÍCULO DECIMOSETIMO.- Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, y de la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio Nº 4605-DE del 24 de noviembre del 2005, mediante el cual, en atención a lo dispuesto por este Tribunal en sesión Nº 90-2005, artículo duodécimo, celebrada el 20 de setiembre del año en curso, según el cual se les solicitó criterio sobre el documento elaborado por el Equipo de Trabajo de Normalización Documental del Tribunal Supremo Elecciones, denominado “Propuesta de Normalización Documental para el Tribunal Supremo de Elecciones”, sugieren que se aprueben las recomendaciones conforme lo resumen.

Se acuerda: Aprobar conforme se recomienda. La utilización del título académico seguirá siendo potestativo para quien suscribe. Póngase en conocimiento del equipo de trabajo de normalización gubernamental y demás oficinas concernidas.

ARTÍCULO DECIMOCTAVO.- Del señor Fernando Víquez Jiménez, Coordinador del Comité Gerencial de Informática, se conoce oficio Nº 836-2005 C.G.I. del 24 de noviembre del 2005, al que adjunta copia del acta de la reunión extraordinaria Nº. 38-2005 CGI, celebrada el 22 de noviembre del año en curso por dicho Comité.

Se acuerda: Tomar nota.

ARTÍCULO DECIMONOVENO.- De los señores Jaime Garita Sánchez, Inspector Electoral, y Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conocen oficios Nº I.E.-398-2005 y Nº 1942-2005-D.G., respectivamente, ambos del 30 de noviembre del 2005, en los que rinden informe respecto a la queja presentada por el señor Tobías Chacón Ramírez, según detallan.

Se dispone: Tener por rendidos los informes, los cuales se ponen en conocimiento del interesado.

ARTÍCULO VIGESIMO.- Del señor Juan José Vargas Fallas, Presidente del Partido Patria Primero, se conoce oficio sin número del 22 de noviembre del 2005, mediante el cual informa que la única persona autorizada por el Comité Ejecutivo de esa agrupación política para solicitar información ante este despacho y el Registro Civil, ya sea verbal o escrita, es el Presidente del mismo, solicitando se ignoren solicitudes de información que hagan otras personas por las razones que expone.

Se acuerda: Informarle al interesado que si bien los organismos electorales sólo reconocen la representación partidaria a sus personeros legales, se encuentran constitucional y legalmente obligados a permitir el acceso de cualquier interesado a la información pública con que se cuenta. 

A las doce horas terminó la sesión.

 

 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
 
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
 
Juan Antonio Casafont Odor
 
 
 
 
 
Ovelio Rodríguez Chaverri Fernando del Castillo Riggioni